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La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

Avisos Judiciales

EDICTO JUDICIAL

EN EL EXPEDIENTE N° 1620-2015-0-2301-JR-CI-3 ANTE EL TERCER JUZGADO CIVIL DE TACNA, QUE DESPACHA EL SEÑOR JUEZ JUAN MANUEL VERA ESQUIVEL, CON INTERVENCION DE LA ES-PECIALISTA LEGAL ABOGADA JESSICA ROXANA DIAZ PLATA, SOBRE PRESCRIPCION ADQUISITI-VA DEL BIEN INMUEBLE, SE HA DISPUESTO SE NOTIFIQUE LO SIGUIENTE: RESOLUCION N° 09 DE FECHA TREINTA Y UNO DE MAYO DEL DOS MIL DIECISEIS, LA CUAL RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE EN LA VIA PROCEDIMENTAL DEL PRO-CESO ABREVIADO LA DEMANDA DE PRESCRIP-CION ADQUISITIVA DE DOMINIO INTERPUESTA POR DOÑA VICTORIA DOMINGUEZ LUNA Y DON ANGEL BAILON HUARACHA EN CONTRA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA ASI COMO EL SEÑOR PROCURADOR PUBLICO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, ASO-CIACION DE COMERCIANTES 07 DE AGOSTO, REPRESENTADO POR DON JUAN EVANGELINO MAMANI CHULLO, Y ASOCIACION DEL TERMINAL PESQUERO. EN CONSECUENCIA, CORRASE TRAS-LADO A LAS DEMANDADAS PARA QUE EN PLAZO DE DIEZ DIAS DE NOTIFICADAS CUMPLAN CON CONTESTAR LA DEMANDA, BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADAS REBELDES. TENGANSE POR OFRECIDOS LOS MEDIO PROBATORIOS Y AGREGUENSE A AUTOS LOS ANEXOS QUE SE ACOMPAÑAN. DE CONFORMIDAD CON LO DIS-PUESTO POR EL ARTICULO 506 DEL CODIGO PROCESAL CIVIL, PUBLIQUESE UN EXTRACTO DE LA PRESENTE RESOLUCION POR TRES VECES CON INTERVALO DE TRES DIAS EN LA FORMA PREVISTA POR LOS ARTICULOS 167 Y 168 DEL CODIGO ADJETIVO. NOTIFIQUESE A LOS COLIN-DANTES CIRILO USCAMALTA APAZA, LIDIA QUIS-PE CAYO Y SEBASTIAN GALINDO CHOQUE. AL PRIMER OTROSI: TENGASE POR DELEGADAS LAS FACULTADAS DE REPRESENTACION A FAVOR DE LOS ABOGADOS PEDRO ANTONIO DE LA CUBA Y ANDREA CHAPARRO HUALPA QUE SE INDICA EN CONFORMIDAD AL ARTICULO 74° Y 80° DEL CODIGO PROCESAL CIVIL. AL SEGUNDO OTRO-SI: AUTORICESE A LA SEÑORA MARISOL DIANA CHAPARRO HUALPA, CONFORME LO SOLICITA. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER. TACNA, 22 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/23, 03, 07 SET).

EDICTO

NOTIFICACION DEMANDADO: HERBERT

RAMIRO RODRIGUEZ RIVEROS

La Señora Juez del Segundo Juzgado Civil , Doc-tora Rosalynn Mercado Díaz bajo la actuación del Especialista Legal Dr. David Gustavo Romero Basurco, en el Proceso N° 00230-2017-0-230l-JR-CI-04, en el proceso seguido por VICTOR EMILIO ALBARRACÍN MONTAÑEZ sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA en contra de VIGILANCIA, SER-VICIO Y SEGURIDAD SAC Y OTROS, mediante resolución N° 09 de fecha 13 de noviembre del 2017, ha dispuesto la notificación por edicto del demandado HERBERT RAMIRO RODRIGUEZ RIVEROS, de conformidad con el artículo 167° del Código Procesal Civil; en consecuencia se publica: Resolución N° 04-Tacna cuatro de abril del año dos mil diecisiete; SE RESUELVE: Admitir la demanda sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE- DOMINIO interpuesta por VICTOR EMILIO ALBARRACIN MONTAÑEZ en contra del; BANCO REPUBLICAen liquidación representada por los liquidado-res Demetrio Castro Zarate y Armando Olivares Lopez, de VIGILANCIA SERVICIOS Y SEGURIDAD S.A.C. y en contra de HERBERT RAMIRO RODRI-GUEZ RIVEROS en la vía del Proceso ABREVIADO; en consecuencia córrase traslado a los deman-dados por el termino de DIEZ- días para la abso-lución correspondiente bajo apercibimiento de declarárseles Rebeldes, téngase por ofrecido los medios probatorios y agréguese a sus antece-dentes los anexos presentados, PUBLIQUESE un resumen de lo Demanda conforme a los artícu-los 167° y 168° del Código Procesal Civil, por el termino de ley, todo ello del vehículo con placa de rodaje Nro. AQI-485 marca Chevrolet, año de fabricación 1997, modelo Cavalier, de color ver-de, que desde hace 09 años se encuentra en mi posesión, desde el 14 de octubre del año 2008. TOMESE RAZON Y AGASE SABER. (3V/24, 04, 10

SET).

NOTIFICACION POR EDICTO

Ante el Primer Juzgado Civil de Tacna que despa-cha el señor Juez Dra. Carmen Nalvarte Estrada y actuación del Especialista Legal Dr. José Luis Vilca Becerra Exp. Nro. 00764-2017-0-2301-JR-CI-01, solicita se declare propietario del inmue-ble ubicado en la Asociación de Vivienda Bella Vista (pago aymara) Manzana A2, Lote 4 del Dis-trito, Provincia y Departamento de Tacna, con un área de 163.76 m2, tiene como colindantes: Por el Frente: con la calle Pago Aymara en línea recta de 9.49 mL; Por la derecha: con el lote 05 Mz. A2 de propiedad de Marcelino Ascencio Mama-ni en línea recta de 19.02 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por la Izquierda con el lote 03 Mz. A2 de propiedad de Juan Ángel Ma-cedo Mamani en línea recta de 18.38 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; Por el Fondo con el lote 06 Mz. A2 de propiedad de Estanislao Anco Chambilla en línea recta de 9.09 ml. de la Asociación de Vivienda Bella Vista; manifestan-do que lo viene conduciendo desde el año 1998, en forma pacífica, pública, de buena fe, com-portándose como propietario, dictando el Juz-gado Resolución Nro. 12...Tacna, 09 de Julio del 2018... se RESUELVE: Admitir en la vía de proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por JORGE LEONIDAS YACO AGUILAR sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN INMUEBLE en contra de la SUCESION DE JUAN MAMANI APAZA representada por Jesusa Mamani Segura y Rubén Humberto Mamani Segura y en contra de la SUCESION DE JUANA HUANCA DE MAMANI; en consecuencia TRASLADO a los demandados a fin que contesten la demanda en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Por ofrecido los medios probatorios de la demanda. Publíquese un extracto de la de-manda en el Diario Oficial el Peruano y Diario la República conforme dispone el artículo 506 del Código Procesal Civil. Notifíquese a la deman-dad SUCESION DE JUANA HUANCA DE MAMANI mediante edictos judiciales bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal. Notifíquese la demanda a los colindantes para los fines de ley. T.R. y H.S. TACNA, 22 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/03, 07, 13 SET).

PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO

EXPEDIENTE N° 0658-2018-0-2301 -JR-CI-01, EDICTO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO.-En autos seguidos por don LUIS AL-BICIADES CONTRERAS RAZURI , en contra de LUIS ANDRES HUMBERTO LIENDO RUEDA, OS-CAR MANUEL LIENDO RUEDA , MANUEL RAUL LIENDO RUEDA, MERCEDES CAROLINA LIENDO RUEDA Y MANUEL LIENDO RAZURI sobre PRES-CRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, por ante el Primer juzgado civil de Tacna que despacha la Dra. CARMEN NALVARTE ESTRADA, que ha proveído lo siguiente: RESOLUCION N°02 del 02 de abril del 2018, asumiendo fundones la Espe-cialista CUEVA OJEDA, MIRIAM YESSENIA; VISTO y Siendo que la demanda, reúne los requisitos generales que debe contener toda demanda y teniendo el demandante legitimidad e interés para obrar, así como la capacidad procesal de la parte y la competencia de! Juzgado. El presente proceso se tramitará por la vía del proceso abre-viado, estando todo ello a lo establecido en el Código Procesal Civil. Es por esto que respecto a Todo en cuanto la demanda se aprecia conexión lógica entre los hechos y el petitorio el cual ha sido determinado, por todo lo que, RESUELVO : ADMITIR a trámite en la vía del proceso abre-viado, la demanda interpuesta por LUIS ALBI-CIADES CONTRERAS RAZURI en contra de LUIS ANDRES HUMBERTO LIENDO RUEDA, OSCAR MANUEL LIENDO RUEDA, MANUEL RAUL LIENDO RUEDA, MERCEDES CAROLINA LIENDO RUEDA Y MANUEL LIENDO RAZURI sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, por ofrecidos los medios probatorios indicados, a sus anteceden-tes los documentos anexados. Y conforme a lo dispuesto en el artículo 506 del Código Procesal Civil se dispone la publicación de la presente en los diarios El Peruano y en la República. (3V/27, 05, 11 SET).

REMATE PÚBLICO – JUDICIAL EN PRIMERA

CONVOCATORIA

En el Proceso Único de Ejecución de Garantía con expediente judicial N° 01179-2015-0-2301-JR-CI-01 que sigue SCOTIABANK PERU SAA; contra Juan Carlos Tintaya Tintaya con intervención de la tercera Angela Tintaya Chui; el Primer Juzgado Civil – de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo de la Juez CARMEN NALVARTE ESTRADA, con intervención del Es-pecialista Legal ROSEMBERG FLORES POMA, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el INMUEBLE de 145 m2 de propiedad de ANGELA TINTAYA CHUI que a con-tinuación se detalla:

Predio Urbano ubicado en Mz. 115 Lt. 09 ZONA PROMUVI LA UNION del distrito Cnel. Grego-rio Albarracín Lanchipa, provincia y departa-mento de Tacna, inscrito en la partida registral N°11026107 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII- Sede Tacna, La TASACIÓN del inmueble ha sido aprobada por S/ 106 123,90 Soles (ciento seis mil ciento veintitrés con 90/100 soles). Siendo la BASE del remate la cantidad de S/ 70 749.27 (setenta mil setecientos cuarenta y nueve con 27/100 soles), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual el bien ha sido valorizado.AFECTACIONES: Asiento D0003 HIPOTECA.- A favor del BANCO SCOTIABANK PERÚ SAA; hasta por la suma de S/ 156 000,00 soles, según consta en la Escritura Pública del 16/09/2014 extendida ante la Notaria Pública de Tacna Elba Aurora An-güis de Adawi.DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE:La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Mar-tillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018 A LAS 10:00 HORAS AM en las instalaciones del PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, ubi-cado en el edificio de su sede central, sito en la esquina de las calles Inclán y Presbítero Andía s/n de esta ciudad.POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya constituido depó-sito, en efectivo o en cheque de gerencia gira-do a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble (S/ 10 612,39 soles), presentando este depósito al Martillero Público, a los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, deberá presen-tarse el pago del arancel judicial respectivo por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del juzgado respectivo (Có-digo Nº07153 por S/ 415 soles), suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expe-diente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento nacional de identidad co-rrespondiente. De conformidad con lo dispues-to por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Tacna, 07 de agosto del año 2018. (03, 04, 05, 06, 07, 10 SET).

REMATE PÚBLICO – JUDICIAL EN PRIMERA

CONVOCATORIA

En el Proceso Único de Ejecución de Garantía con expediente judicial N° 01179-2015-0-2301-JR-CI-01 que sigue SCOTIABANK PERU SAA; contra Juan Carlos Tintaya Tintaya con intervención de la tercera Angela Tintaya Chui; el Primer Juzgado Civil – de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna a cargo de la Juez CARMEN NALVARTE ESTRADA, con intervención del Es-pecialista Legal ROSEMBERG FLORES POMA, ha ordenado sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el INMUEBLE de 145 m2 de propiedad de ANGELA TINTAYA CHUI que a con-tinuación se detalla:

Predio Urbano ubicado en Mz. 115 Lt. 09 ZONA PROMUVI LA UNION del distrito Cnel. Grego-rio Albarracín Lanchipa, provincia y departa-mento de Tacna, inscrito en la partida registral N°11026107 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII- Sede Tacna,

La TASACIÓN del inmueble ha sido aprobada

Corte Superior de Justicia de Tacna

NOTA DE PRENSA

N° 140-2018-II-CSJT-PJ

JUEVES 6 DE SETIEMBRE DE 2018 Ante circunstancias graves que comprometan su cargo

PODER JUDICIAL ENTREGA A CONGRESO PROYECTO DE LEY PARA APARTAR A JUECES SUPREMOS Y

CONSEJEROS

Sala Plena espera que iniciativa sea tramitada con la prioridad y urgencia que la situación de crisis

amerita.

El Poder Judicial entregó ayer jueves 6 de setiembre, al Congreso de la República, el proyecto de Ley para que la Corte Suprema pueda apartar, de manera excepcional, a jueces supremos titulares, provisionales o integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por 90 días de la función jurisdiccional o de gobierno, hasta que sea restaurado el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). La propuesta busca que la Sala Plena separe a los mencionados magistrados cuando surjan circunstancias de relevante gravedad que comprometan la dignidad de su cargo en el ejercicio de la función jurisdiccional o de gobierno. “Con esta medida se busca reducir el riesgo que significa que aquellos jueces o consejeros continúen realizando labor jurisdiccional o de gobierno, afectando aún más el descrédito y la desconfianza de la población en el Poder Judicial y en la administración de justicia”, puntualiza el proyecto. La aprobación de esta propuesta por parte del Parlamento está justificada en tanto no existan los mecanismos regulares para separar a los magistrados debido a que el CNM está en reorganización. Esta iniciativa fue entregada por el secretario general de la Corte Suprema, Juan Carlos Collantes, a través de Mesa de Partes del Congreso, con la invocación de dar trámite con la prioridad y urgencia que la situación de crisis del sistema de justicia amerita. Actualmente, cuando los jueces supremos titulares incurren en una inconducta funcional o están involucrados en hechos que ponen en serio riesgo la majestad del cargo o la imagen del Poder Judicial, solo pueden ser separados o destituidos por el CNM.

Imagen Institucional

Corte Superior de Justicia de Tacna

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

por S/ 106 123,90 Soles (ciento seis mil ciento veintitrés con 90/100 soles). Siendo la BASE del remate la cantidad de S/ 70 749.27 (setenta mil setecientos cuarenta y nueve con 27/100 soles), cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor por el cual el bien ha sido valorizado.

AFECTACIONES: Asiento D0003 HIPOTECA.- A favor del BANCO SCOTIABANK PERÚ SAA; hasta por la suma de S/ 156 000,00 soles, según consta en la Escritura Pública del 16/09/2014 extendida ante la Notaria Pública de Tacna Elba Aurora An-güis de Adawi.

DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE:La diligencia del remate estará a cargo del abogado Juan Pablo Kong Eyzaguirre – Mar-tillero Público con Registro Nº 227 (teléfono N°952390320) el día VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018 A LAS 10:00 HORAS AM en las instalaciones del PRIMER JUZGADO CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA, ubi-cado en el edificio de su sede central, sito en la esquina de las calles Inclán y Presbítero Andía s/n de esta ciudad.

POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya constituido depó-sito, en efectivo o en cheque de gerencia gira-do a su nombre, una cantidad no menor al 10% del valor de tasación del inmueble (S/ 10 612,39 soles), presentando este depósito al Martillero Público, a los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Así mismo, deberá presen-tarse el pago del arancel judicial respectivo por derecho a participar en remate judicial de bien inmueble a la orden del juzgado respectivo (Có-digo Nº07153 por S/ 415 soles), suscribiéndolo con indicación del juzgado y número de expe-diente, adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento nacional de identidad co-rrespondiente. De conformidad con lo dispues-to por el artículo 732º del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Tacna, 07 de agosto del año 2018. (6V/03, 04, 05, 06, 07, 10 SET).

EDICTO PENAL

Expediente N° 2276-2018-0-2301-JR-PE-1.- PRO-CESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGA-CIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes CondoriEn el proceso N° 2276-2018-0-2301-JR-PE-2, se-guido contra CARLOS ESTEBAN ALAY CATACORA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de Y.A.A.Q. representado por su ma-dre Liliana Doris Quispe; el señor Juez del Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a CARLOS ESTEBAN ALAY CATACORA con la reso-lución número uno de fecha nueve de agosto y acta de fecha veintinueve de agosto del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1) DIS-PONER la notificación por edictos al procesado CARLOS ESTEBAN ALAY CATACORA 2) REQUERIR al procesado CARLOS ESTEBAN ALAY CATACORA que cumpla con apersonarse al presente proce-so, designando al abogado defensor de su elec-ción y señalando domicilio procesal, otorgándo-le el plazo de un día contado a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa téc-nica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INMEDIATO PARA EL DIA DIEZ DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS DOCE Y TREINTA DEL DIA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investi-gación Preparatoria -Sede Central (Corte Supe-rior de Justicia de Tacna - Calle Inclán S/N) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE TACNA. FIRMADO ROSA PAREDES CON-DORI-ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tac-na, 29 de agosto del 2018. (3V/04, 05, 06 SET).

REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA

CONVOCATORIA

En el Exp. 00170-2015-0-2301 -JR-CI-03 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A., sobre EJECUCIÓN • DE GARANTÍAS en contra de ULISES WALTER

CHINO CCALLI Y MARLENY CHAMBILLA MAQUE-RA, el Sr. Juez del Juzgado Civil Transitorio - Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Dr. Máximo Caballero Roldan, Especialista Legal Dra. Marjorie Maricela Olaya Ruelas ha ordena-do sacar a remate público en SEGUNDA CON-VOCATORIA el inmueble de propiedad de FER-NANDO ULISES CHINO CHAMBILLA, ubicado en ASENTAMIENTO HUMANO A.H. ASOCIACIÓN DE VIVIENDA HIJOS DEL CENTRO POBLADO MENOR AUGUSTO B. LEGUÍA MZ B LOTE 12 del distrito, provincia y departamento de Tacna, Inscrito en la Partida N° P2O068265 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, Oficina Registral Tacna.TASACION: Asciende a la suma de S/ 94,697.34 (NOVENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVEN-TA Y SIETE CON 34/100 SOLES); siendo la base del remate la suma de S/ 53,661.83 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 83/100 SOLES), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos la deduc-ción del quince por cientosobre la base del remate anterior.LUGAR. DIA Y HORA DE REMATE: 14 DE SEPTIEM-BRE DEL 2018, A HORAS ONCE CON TREINTA MI-NUTOS ANTES DEL MERIDIANO (11:30 HORAS), el cual se llevará a cabo en el frontis del local del Juzgado Civil Transitorio - Sede Central, sito en Avenida Municipal s/n del Distrito Coronel Gre-gorio Albarracín Lanchipa, Provincia y Departa-mento de Tacna. El remate será realizado por el Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315.AFECTACIONES: 1) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA: inscrita en el asiento 00004 a favor de BANCO SCOTIABANK PERU S.A.A., hasta por la suma de US $ 55,000.00 (CINCUENTA Y CINCO MIL CON 00/100 DÓLARES AMERICANOS). -No se conocen otras afectaciones.POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 9,469.73 (NUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 73/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efecti-vo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor. EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nuli-dad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicata-rio una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Re-glamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. TACNA, 2018 AGOSTO 21. (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

En el Expediente N° 1901-2018-0-2301-JR-PE-01, seguido en contra de GREGORIO DELFIN LAGU-NA LOPEZ, por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en la modalidad de AGRESIONES EN CONTRA DE LAS MUJERES O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR, ilícito previsto en el primer párrafo del artículo 122-B del Código Penal, en agravio de MERCEDES USECA CONDORI; el señor Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dis-puesto, SE NOTIFIQUE al imputado GREGORIO DELFIN LAGUNA LOPEZ mediante edictos con lo resuelto mediante resolución N° 03, expedida en fecha veinticuatro de agosto del presente año, mediante la cual “SE RESUELVE: PROGRAMAR LA AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION (INAPLAZABLE), para el día JUEVES 13 DE SETIEMBRE del presente año a las 09:00 HORAS DE LA MAÑANA (hora exacta), la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juz-gado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la presencia obliga-toria del Representante del Ministerio Público, y defensa técnica del acusado, bajo apercibimien-to en caso de inconcurrencia injustificada del primero de los nombrados de ponerse en cono-cimiento de la Oficina Desconcentrada de Órga-no de Control Interno del Ministerio Publico, en caso del abogado defensor público de comuni-car a la Directora Distrital de la Defensoría Públi-ca sede Tacna. Asimismo se exhorta a la defensa técnica que es deber de los letrados organizar debidamente su agenda y la atención de sus casos de acuerdo a sus posibilidades materiales.

Asimismo notifiquese a la Directora Distrital de la Defensoría Pública de Tacna a fin de que infor-me, a quién de los defensores públicos asigno para representar al imputado, a cuyo efecto ad-júntese oficio N° 1241-2018-JIPAC-CSJT-PJ”. No-tifiquese al imputado mediante edictos penales tres días hábiles consecutivos en el Diario “La República”. Firmado por el doctor Garry Arman-do Chávez Valdivia - Juez titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. ALTO DE LA ALIANZA, 24 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

Exp. N° 01251-2016-28-2301-JR-PE-01.- FECHA DE AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTOPRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPA-RATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. MILAGROS FARFAN ROMEROEn el proceso N° 01251-2016-28-2301-JR-PE-01, seguido contra ODY ARIAS CUSACANI, por el delito de Receptación Aduanera en agravio de SUNAT; la señora Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, dispone se realice la notificación mediante edictos al acu-sado ODY ARIAS CUSACANI la RESOLUCIÓN N° 07: Conforme al estado del proceso, habiendo vencido el plazo del traslado del requerimiento fiscal de sobreseimiento, se procede a señalar fecha de AUDIENCIA DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DIA DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL PRESEN-TE AÑO, A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (hacién-dose presente que la audiencia programada es de carácter inaplazable), a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Primer Juzgado de Inves-tigación Preparatoria de Tacna (ubicado en Calle Hipólito Unánue N° 636). con la concurrencia obligatoria del representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso de incon-currencia injustificada del señor fiscal de po-nerse en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público si por su causa se frustra la audiencia, y en caso de inasistencia de los demás sujetos procesales de instalarse la audiencia con los que asistan. FDO. DRA. GINA TAPIA LIENDO, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE TACNA.- FDO. ABOG. MILAGROS FARFAN ROMERO, ESPECIALIS-TA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 27 DE AGOS-TO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

PUBLICACIÓN JUDICIAL

En el presente Proceso de Alimentos, tramitado ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, del Expediente N° 01297-2017-0-2301 -JP-FC-03; que sigue TEODORA JAELLETA FURA contra de GREGORIO QUISPE PANCAYA, que despacha la señora juez Ingrid Rodríguez Cotrado, con inter-vención de la Especialista Legal Noeli Sanizo Ca-nahua mediante Resolución N° 08, de fecha 14 de Agosto del 2018, HA DISPUESTO: Notificar al demandado GREGORIO QUISPE PANCAYA , me-diante edictos para que conteste la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal, debiendo publicarse un extracto del Auto Admisorio en el diario Oficial EL PERUANO y en el Diario de mayor Circulación. AUTO ADMI-SORIO, Resolución N°01 de fecha 14 de Diciem-bre del 2017.-RESUELVE: ADMITIR en la vía pro-cedimental del PROCESO UNICO la demanda de alimentos presentada por JAELLETA FURA, TEO-DORA en representación de la menor Yhasmin Esthefany Quispe Jaelleta, en contra de QUISPE PANCAYA, GREGORIO, bajo apercibimiento de ley. Tacna, 04 de septiembre del 2018. Abogado Alvaro Antonio Zacarías Valderrama I.C.A.T. 087.- (05,06 Y 07 de Septiembre). (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 2014-108-01 -JIP-JB-CSJT/Sobre-seimiento/Caso N°2017-298 JUZGADO MIXTO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BA-SADREEn el proceso N° 2014-108-01-JIP-JB-CSJT, se-guido contra Pedro Pablo Peña Cordova, por la presunta comisión del delito Contra la Voluntad Popular, en la modalidad de Atentado Contra el Derecho de Sufragio, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de Eleccio-nes; la señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a PEDRO PABLO PEÑA CORDOVA la resolución N° 16 de fecha veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho, que señala

“Al escrito de fecha de ingreso seis de junio de dos mil dieciocho presentado por el Fiscal Pro-vincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre: Estando a la subsanación del Requeri-miento de Sobreseimiento Fiscal y conforme a lo previsto en el artículo 345 numeral 1 del Nuevo Código Procesal Penal, córrase traslado a las par-tes procesales por el plazo de diez días, pudien-do formular oposición a la solicitud de archivo. Al primer otrosí: Téngase por recibido la carpe-ta fiscal N° 2014-298-0 a fojas 135. Al segundo otrosí: Téngase presente.”; FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA-JUEZ DEL JUZGADO MIXTO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE LOCUMBA-FIRMADO JUAN CARLOS HUANACUNI QUISPE- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE AGOSTO DE 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 2014-108-01-JIP-JB-CSJT/Sobre-seimiento/Caso N°2017-298 JUZGADO MIXTO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BA-SADRE.En el proceso N° 2014-108-01-JIP-JB-CSJT, se-guido contra Pedro Pablo Peña Cordova, por la presunta comisión del delito Contra la Voluntad Popular, en la modalidad de Atentado Contra el Derecho de Sufragio, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de Eleccio-nes; la señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a PEDRO PABLO PEÑA CORDOVA la resolución N° 16 de fecha veintiuno de agosto del año dos mil dieciocho, que señala “Conforme al estado del proceso y estando a las constancias de notificación que anteceden se procede a programar fecha para la AUDIENCIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO PARA EL DÍA CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (05.10.2018) A LAS DIEZ HORAS DE LA MAÑANA (10:00 AM), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre, con la concurrencia obligatoria del representan-te del Ministerio Público a cargo de la investiga-ción, bajo apercibimiento en caso de inconcu-rrencia de ponerse en conocimiento al Órgano de Control Interno del Ministerio Público y a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tacna; siendo facultativa la asistencia de los demás sujetos procesales. Sin perjuicio de ello, notifíquese al imputado mediante edictos. NO-TIFIQUESE”; FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VA-LENCIA- JUEZ DEL JUZGADO MIXTO E INVESTI-GACION PREPARATORIA DE LOCUMBA. FIRMADO JUAN CARLOS HUANACUNI QUISPE- ESPECIALIS-TA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE AGOS-TO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

EXPEDIENTE N° 2014-108-01-JIP-JB-CSJT/Sobre-seimiento/Caso N°2017-298JUZGADO MIXTO E INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE JORGE BASADRE.En el proceso N° 2014-116-01-JIP-JB-CSJT, segui-do contra Freddy Elmer Suarez Huarcaya, por la presunta comisión del delito Contra la Voluntad Popular, en la modalidad de Atentado Contra el Derecho de Sufragio, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de Eleccio-nes; la señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a FREDDY ELMER SUAREZ HUARCAYA la resolución N° 10 de fecha veintiu-no de agosto del año dos mil dieciocho, que se-ñala “Conforme al estado del proceso y estando a las constancias de notificación que anteceden se procede a programar fecha para la AUDIEN-CIA DE CONTROL DE SOBRESEIMIENTO para el día CINCO DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO (05.10.2018) A LAS NUEVE HORAS Y TREINTA MI-NUTOS DE LA MAÑANA (09:30 AM), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre, con la concurren-cia obligatoria del representante del Ministerio Público a cargo de la investigación, bajo aperci-bimiento en caso de inconcurrencia de ponerse en conocimiento al Órgano de Control Interno del Ministerio Público y a la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tacna; siendo facultativa la asistencia de los demás sujetos procesales. Sin perjuicio de ello, notifíquese al imputado mediante edictos. NOTIFIQUESE. “; FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO MIXTO E INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE LOCUMBA- FIRMADO JUAN CARLOS HUANACUNI QUISPE- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

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EXPEDIENTE N° 2014-116-01-JIP-JB-CSJT/Sobre-seimiento/Caso N°2014-288 JUZGADO MIXTO E INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE JORGE BA-SADRE.En el proceso N° 2014-116-01-JIP-JB-CSJT, segui-do contra Freddy Elmer Suarez Huarcaya, por la presunta comisión del delito Contra la Voluntad Popular, en la modalidad de Atentado Contra el Derecho de Sufragio, en agravio del Estado representado por el Jurado Nacional de Eleccio-nes; la señora Juez del Juzgado de Investigación Preparatoria de Jorge Basadre ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a FREDDY ELMER SUAREZ HUARCAYA la resolución N° 09 de fecha catorce de junio del año dos mil dieciocho, que señala “Al escrito de fecha de ingreso cinco de junio de dos mil dieciocho presentado por el Fiscal Pro-vincial de la Fiscalía Provincial Mixta de Jorge Basadre: Estando a la subsanación del Requeri-miento de Sobreseimiento Fiscal y conforme a lo previsto en el artículo 345 numeral 1 del Nuevo Código Procesal Penal, córrase traslado a las par-tes procesales por el plazo de diez días, pudien-do formular oposición a la solicitud de archivo. Al primer otrosi: Téngase por recibido la carpe-ta fiscal N° 2014-288-0 a fojas 127. Al segundo otrosí: Téngase presente.”; FIRMADO OLGA ROSA CORTEZ VALENCIA- JUEZ DEL JUZGADO MIXTO E INVESTIGACION PREPARATORIA DE LOCUMBA. FIRMADO JUAN CARLOS HUANACUNI QUISPE- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. TACNA, 22 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/05, 06, 07 SET).

EDICTO PENAL

Expediente N° 2288-2018-0-2301-JR-PE-1.- PRO-CESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATO-RIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Pa-redes CondoriEn el proceso N° 2288-2018-0-2301-JR-PE-2, seguido WALTER AGUSTIN BLANCO ZANGA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus menores hijos S.S.B.M., A.A.B.M. Y A.J.B.M. representados por su madre Elizabeth Jaqueline Mamani Mamani; el señor Juez del Se-gundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a WALTER AGUSTIN BLANCO ZANGA con la resolu-ción número dos de fecha cuatro de setiembre del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RE-SUELVE: 1) DISPONER la notificación por edictos al procesado WALTER AGUSTIN BLANCO ZANGA 2) REQUERIR al procesado WALTER AGUSTIN BLANCO ZANGA que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días con-tados a partir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PROCESO INME-DIATO PARA EL DIA DIECINUEVE DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investi-gación Preparatoria -Sede Central (Corte Supe-rior de Justicia de Tacna -Calle Inclán SIN) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE TACNA. FIRMADO ROSA PAREDES CON-DORI- ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tac-na, 04 de setiembre del 2018. (3V/06, 07, 10 SET).

EDICTO JUDICIAL

El 4° JUZGADO CIVIL-SEDE CENTRAL; que despa-cha el Señor Juez SAUL FELIPE ARENAS PEREZ, bajo la actuación del especialista: MAQUERA PILCOMAMANI, EDWIN, se tramita el proceso 00827-2018-0-2301-JR-CI-04, sobre NULIDAD DEL ACTO JURIDICO, iniciado por CHIPANA CHU-RA, ELSA NERY en contra de VALDEZ CHIPANA, MADELEINE CHIPANA CHURA, O LINDA ODILON JESUS CHIPANA MAMANCHURA UNICO HEREDE-RO UNIVERSAL DE SUCESION TORIBIA MAMAN-CHURA MAQUERA VDA DE CHIPANA, en el que se ha emitido la siguiente Resolución Judicial N°06 del uno de agosto el año 2018 en la que en su parte resolutiva SE RESUELVE: SUSPENDER el presente PROCESO y DISPONER la notificación

Page 4: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA€¦ · diaz plata, sobre prescripcion adquisiti-va del bien inmueble, se ha dispuesto se notifique lo siguiente: resolucion n° 09 de fecha

La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

mediante EDICTOS en el diario local encargado de la publicación de los avisos judiciales, a los sucesores de ODILÓN JESÚS CHIPANA MAMAN-CHURA, a fin de que comparezcan a proceso dentro del plazo de TREINTA DÍAS de notifica-dos; debiendo acreditar su calidad documen-talmente (sucesión intestada judicial/notarial o testamento), bajo apercibimiento de nombrarse Curador Procesal y continuar el proceso. La ges-tión de los edictos es de la parte demandante. Lo que se publique para fines de Ley. T.R. y H.S. Tacna 4 de septiembre del año 2018. (3V/06, 07, 10 SET).

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA

CONVOCATORIA

En el expediente N° 01471-2015-0-2301-JP-CI-02, en los seguidos por FINANCIERA CON-FIANZA S.A.A., en contra AURELIA HUANCCO FLORES, sobre Obligación de dar suma de dine-ro, el Sr. Juez del Primer Juzgado de Paz Letra-do de Tacna, que despacha el Dr. Freddy Fidel Ochoa Aragón y Especialista Legal Dra. María Griselda Tapia Tito, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble de propiedad de AURELIA HUANCCO FLORES, ubicado en HABILITACIÓN URBANA PROMUVI VIÑANI II MZ 102 LOTE 1, DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 160 M2, cuyo dominio, linderos, medi-das perimétricas y demás características técni-cas, se encuentran inscritas en la Partida Regis-tral N° P20051446, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de S/ 121,395.20 (CIENTO VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 20/100 SOLES), sien-do la base del remate la suma de S/ 80,930.13 (OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 13/100 SOLES), importe equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.AFECTACIONES: 1) Asiento 00003: Inscripción de cargas: Constituida por la MUNICIPALIDAD PRO-VINCIAL DE TACNA con fecha 07/11/2014.- 2) Asiento 00004: Inscripción de Embargo: a favor de FINANCIERA CONFIANZA S.A.A. hasta por S/ 11,000.00 (ONCE MIL CON 00/100 SOLES).- 3) Asiento 00005: Inscripción de Embargo: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/ 38,000.00 (TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 SOLES).- 4) Asiento 00006: Inscripción de Embargo: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL PERÚ LTDA. Hasta por la suma de S/ 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 SOLES).- 5) Asien-to 00007: Inscripción de Embargo: A favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de S/ 38,500.00 (TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES).- No se conocen otras afec-taciones. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 28 DE SEPTIEM-BRE DE 2018, A HORAS DIEZ ANTES DEL MERI-DIANO (10:00 HORAS), el cual se llevará a cabo en el frontis del local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, sito en la Calle Inclán esquina con Presbítero Andía s/n Cuarto Piso del Distri-to, Provincia y Departamento de Tacna. El rema-te será realizado por la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315. POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 12,139.52 (DOCE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 52/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o che-que de Gerencia (endosable y con una antigüe-dad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Ex-pediente y Generales de Ley del postor.EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nuli-dad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicata-rio una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Regla-mento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Tacna, 2018 Agos-to 24. (6V/06, 07, 10, 11, 12, 13 SET).

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA

CONVOCATORIA

En el expediente N° 01471-2015-0-2301-JP-

CI-02, en los seguidos por FINANCIERA CON-FIANZA S.A.A., en contra AURELIA HUANCCO FLORES, sobre Obligación de dar suma de dine-ro, el Sr. Juez del Primer Juzgado de Paz Letra-do de Tacna, que despacha el Dr. Freddy Fidel Ochoa Aragón y Especialista Legal Dra. María Griselda Tapia Tito, ha dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble de propiedad de AURELIA HUANCCO FLORES, ubicado en HABILITACIÓN URBANA PROMUVI VIÑANI II MZ 102 LOTE 1, DISTRITO CORONEL GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE TACNA, con un área de 160 M2, cuyo dominio, linderos, medi-das perimétricas y demás características técni-cas, se encuentran inscritas en la Partida Regis-tral N° P20051446, del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna.VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de S/ 121,395.20 (CIENTO VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 20/100 SOLES), sien-do la base del remate la suma de S/ 80,930.13 (OCHENTA MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 13/100 SOLES), importe equivalente a las dos terceras partes del valor de la tasación.AFECTACIONES: 1) Asiento 00003: Inscripción de cargas: Constituida por la MUNICIPALIDAD PRO-VINCIAL DE TACNA con fecha 07/11/2014.- 2) Asiento 00004: Inscripción de Embargo: a favor de FINANCIERA CONFIANZA S.A.A. hasta por S/ 11,000.00 (ONCE MIL CON 00/100 SOLES).- 3) Asiento 00005: Inscripción de Embargo: A favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE AREQUIPA S.A. hasta por la suma de S/ 38,000.00 (TREINTA Y OCHO MIL CON 00/100 SOLES).- 4) Asiento 00006: Inscripción de Embargo: A favor de COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DEL PERÚ LTDA. Hasta por la suma de S/ 15,000.00 (QUINCE MIL CON 00/100 SOLES).- 5) Asien-to 00007: Inscripción de Embargo: A favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A. hasta por la suma de S/ 38,500.00 (TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES).- No se conocen otras afec-taciones. LUGAR, DIA Y HORA DE REMATE: 28 DE SEPTIEM-BRE DE 2018, A HORAS DIEZ ANTES DEL MERI-DIANO (10:00 HORAS), el cual se llevará a cabo en el frontis del local del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, sito en la Calle Inclán esquina con Presbítero Andía s/n Cuarto Piso del Distri-to, Provincia y Departamento de Tacna. El rema-te será realizado por la Martillero Público Dra. Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315. POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 12,139.52 (DOCE MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE CON 52/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o che-que de Gerencia (endosable y con una antigüe-dad menor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial correspondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Ex-pediente y Generales de Ley del postor.EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nuli-dad del remate, tal y como lo señala el Art. 741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicata-rio una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Regla-mento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. Tacna, 2018 Agos-to 24. (6V/06, 07, 10, 11, 12, 13 SET).

PRIMER REMATE PÚBLICO

Expediente N° 508-2017-0-2301-JR-CI-03, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, en autos seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL, re-presentado por Renza Cecilia de Lourdes Mazze-rini Carbajal, en contra de EMPRESA IMPORTEX R.W.S. S.R.L. representada por Walter Sucasaire Sonco y WALTER SUCASAIRE SONCO; actuando como Sucesor Procesal Parcial CONECTA CMS S.A., y en calidad de Tercera AIDA CHOQUE GUTIÉRREZ. El Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, a cargo del Señor Juan Manuel Vera Esquivel, y como Especialista Legal Jéssica Roxana Díaz Plata, ha dispuesto sacar a Remate Público, el bien inmueble ubi-cado en:LOTE 6, MZA. B, LOS OLIVOS (ACTUALMENTE CA-LLE SAN MARCOS NUM. 1045. URBANIZACION LOS OLIVOS TACNA; en el distrito, provincia y departamento de TACNA; cuyo dominio, área,

linderos, y demás características, corren inscri-tas en la Partida N° 05010473 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII Sede - Tacna.AFECTACIONES.- AS. D00002: HIPOTECA.- A favor del BANCO CONTINENTAL, hasta por US$. 120,000.00, según Escritura Pública del 15/05/2008, otorgada ante Notaria Ángela Ma-ría Díaz Jara Almonte (Tacna). AS. D00003: AM-PLIACION DE HIPOTECA.- Se procede a ampliar la hipoteca inscrita en el asiento D00002, hasta por US$. 178,000.00 Dólares Americanos, se-gún Escritura Pública del 14/06/2011, otorgada ante Notaria Ángela Díaz Jara Almonte (Tacna). AS. D00004: RATIFICACION, AMPLIACIÓN Y MO-DIFICACION DE HIPOTECA.- A favor del BANCO CONTINENTAL, hasta por US$. 382,797.00 Dó-lares Americanos, según Escritura Pública N° 1160 del 10/09/2014, otorgada ante Notaria Rosa María Málaga Cutipé (Tacna). AS. D00005: EMBARGO ADMINISTRATIVO.- A favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TACNA, has-ta por S/ 18,724.02 Soles, sobre las acciones y derechos espectaticios de WALTER SUCASAIRE SONCCO, según Exp. 2017-2235. AS. D00006: EMBARGO.- A favor de BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por S/ 60,000.00 Soles, según Exp. 1354-2017-3-2301-JR-CI-03. VALOR DE TASACION.- US$. 190,552.47 (Cien-to noventa mil quinientos cincuenta y dos con 47/100 Dólares Americanos)BASE DEL REMATE EN PRIMERA CONVOCATO-RIA.- US$. 127,034.98 (Ciento veintisiete mil treinta y cuatro con 98/100 Dólares America-nos).DÍA Y HORA.- MARTES 25 DE SEPTIEMBRE DEL 2018. A LAS 9:00 A.M.LUGAR.- Frontis del Tercer Juzgado Civil de Tac-na, ubicado en el primer piso de la Corte Supe-rior de Justicia de Tacna, sito en la esquina de la calle Inclán con Presbítero Andía S/N; en el dis-trito, provincia y departamento de TacnaPOSTORES.- Presentarán: A) Original de su Do-cumento de Identidad y/o RUC, si corresponde, con documentos de Representación. B) Arancel por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles (Banco de la Nación, Código 07153, más 1000 URP), por S/ 830.00 Soles, indi-cando el Juzgado: Civil, el Expediente: 508-2017, y número de DNI o RUC según postor. C) Mon-to no menor al 10% del valor de tasación (US$. 19,055.25), en efectivo o Cheque de Gerencia, que será devuelto a los no beneficiados. El Adjudicatario cancelará los Honorarios del Martillero, al concluir la diligencia, según D.S. N° 008-2005-JUS. El remate será efectuado por Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón, Martillero Público con Registro N° 347. Celular 995904045. Tacna, 27 de agosto, 2018. (6V/06, 07, 10, 11, 12, 13 SET).

PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE

PÚBLICO JUDICIAL

En el expediente Nro.00363-2014-0-2301-JP-CI-03, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE AREQUIPA S.A., contra GREGORIA ORTIZ QUISPE, sobre Obligación de dar suma de dinero, el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, que despacha la Juez Dra. Ma-ría Soledad Anco Rejas y Especialista Legal Dra. Maritza Gómez Cutipa, han dispuesto sacar a REMATE PUBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el Predio Rústico denominado “COROJOLLO”, ubicado en el sector LUPAJA - PUQUIRJATA C.P./PARCELA 9_3858065_45203 Distrito y Provincia de Tarata y departamento de Tacna, con una ex-tensión superficial de 1.530 HAS, cuyo dominio, linderos, medidas perimétricas y demás carac-terísticas técnicas, se encuentran inscritas en la Partida Registral N° 05127542, de la Sección Especial de Predios Rurales de la Zona Registral Nro. XIII-Sede Tacna.VALOR DE TASACION: El valor de tasación del bien inmueble, asciende a la suma de S/30,950.00 (Treinta mil novecientos cincuenta con 00/100 Soles). PRECIO BASE DE REMATE: Las 2/3 partes del valor de tasación es equivalente a S/20,633.33 (Veinte mil seiscientos treinta y tres con 33/100 Soles). AFECTACIONES DEL BIEN: Se-gún la Partida Registral aparecen en los asientos:1)D00001: Embargo en forma de Inscripción - Sobre el predio inscrito en ésta partida,hasta por la suma de S/9,000.00 Nuevos Soles a favor de la Caja Rural de Ahorro yCrédito Nuestra Gente S.A.A. en mérito a la Reso-lución Judicial N° 01 de fecha08.08.2013, suscrita por la Juez (T) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna,Paola Lourdes Castillo Vicente, con intervención

del Secretario Judicial Margot LiendoMoscoso; en el Expediente N° 1422-2013-23-2301-JP-CI-03.2) D00002: Embargo en forma de Ins-cripción - Sobre el predio inscrito en ésta parti-da,hasta por la suma de S/ 22,000.00 Nuevos Soles a favor de la Caja Municipal deAhorro y Crédito de Arequipa S.A. en mérito a la Resolución Judicial N° 01 de fecha04.03.2014, suscrita por la Juez (T) del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna,Paola Lourdes Castillo Vicente, con intervención del Secretario Judicial Margot LiendoMoscoso; en el Expediente N° 363-2014-23-2301-JP-CI-03.LUGAR DEL REMATE: El bien inmueble se rema-tara en el frontis del Segundo Juzgado de Paz Letrado, ubicado en el Primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna, en calle Inclán con Presbítero Andía S/N del cercado de Tacna. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 12 de Julio del 2018, a horas 09:00 de la mañana. POSTORES: Sólo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado, en efectivo o en che-que de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE), una cantidad no menor del 10% del valor de la tasación, esto es la suma de S/3,095.00 (Tres mil noventa y cinco con 00/100 Soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados, debiendo además presentar el arancel judicial por derecho a par-ticipar en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/207.50, donde conste el nom-bre del Juzgado, número de expediente y DNI o RUC. y traer copias de su DNI y arancel judicial y presentar su DNI; tratándose de personas jurí-dicas deberán además de presentar vigencia de poder correspondiente, DNI y copias. SALDO DE PRECIO: De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudi-catario, una vez concluido el remate, de confor-midad con el artículo 732 del Código Procesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S. Nro. 008.2005 JUS) y están afectos al IGV. La diligencia de re-mate estará a cargo del Martillero Público Luis Beltrán Ramos Ortega, con Registro Nro. 292. (6V/06, 07, 10, 11, 12, 13 SET).

REMATE JUDICIAL EN SEGUNDA

CONVOCATORIA

En el Exp. 01392-2016-0-2301 -JR-CI-02 seguido por MIBANCO BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A., sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DI-NERO en contra de OLINDA LLATASI MAMANI Y DANIEL COAQUERA HUAYHUA, la Sra. Juez del Segundo Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, Dra. Rosalynn Mercado Díaz, Especialista Legal Dra. Milagros Parihuana Se-rrano; ha ordenado sacar a remate público en SEGUNDA CONVOCATORIA el inmueble de pro-piedad de OLINDA LLATASI MAMANI, ubicado en HABILITACIÓN URBANA PROMUVI VIÑANI IV Manzana-316 Lote-24 distrito Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, inscrito en la Partida N° P20059549 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, Oficina Registra! Tacna. TASACION: Asciende a la suma de S/ 101,303.25 (CIENTO UN MIL TRESCIENTOS TRES CON 25/100 SOLES); siendo la base del remate la suma de S/ 57,405.18 (CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIEN-TOS CINCO CON 18/100 SOLES), que equivale a las dos terceras partes del valor de la tasación, menos la deducción del quince por ciento sobre la base del remateanterior.LUGAR. DIA Y HORA DE REMATE: 21 DE SEPTIEM-BRE 2018, A HORAS DIEZ ANTES DEL MERIDIA-NO (10:00 HORAS), el cual se llevará a cabo en el frontis del local del Segundo Juzgado Civil de Tacna, sito en la Calle Inclán esquina con Presbí-tero Andía s/n Cuarto Piso del Distrito, Provincia y Departamento de Tacna. El remate será realiza-do por el Martillero Público Dra.Patricia Victoria Vásquez Zubieta, con Registro SUNARP Número 315.AFECTACIONES: 1) CARGA: inscrita en el asiento 00003 a favor de La Municipalidad Provincial de Tacna por causales de Reversión. Fecha de Inicio 23/03/2007.- 2) EMBARGO: inscrito en el asiento 00005 a favor de MIBANCO BANCO DE LA MI-CROEMPRESA, hasta por la suma de S/ 79,000.00 (SETENTA Y NUEVE MIL CON 00/100 SOLES). 3)

EMBARGO: inscrito en el asiento 00006 a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CRÉDITO DE TACNA S.A., hasta por la suma de S/ 60,000.00 (SESENTA MIL CON 00/100 SOLES).- No se cono-cen otras afectaciones. POSTORES: Oblarán suma no menor a S/ 10,130.32 (DIEZ MIL CIENTO TREINTA CON 32/100 SOLES) equivalente al 10% del valor de la tasación del inmueble, en efectivo o cheque de Gerencia (endosable y con una antigüedad me-nor a 30 días) y entregarán en original y copia: el DNI del postor y el recibo del arancel judicial co-rrespondiente (tributo 07153), donde conste el nombre del Juzgado, el número de Expediente y Generales de Ley del postor.EL ADJUDICATARIO: Deberá depositar el saldo del precio, dentro del tercer día de cerrada elacta, bajo apercibimiento de declararse la nuli-dad del remate, tal y como lo señala el Art.741 del Código Procesal Civil. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo deladjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con el artículo 732 del CódigoProcesal Civil, la Ley del Martillero Público Nro. 27728 y su Reglamento (Artículo 18 del D.S.Nro. 008.2005 JUS) encontrándose afectos al IGV. TACNA, 2018 AGOSTO 22. (3V/06, 07, 10 SET).

CONVOCATORIA A SEGUNDO REMATE

PUBLICO

En los seguidos por Oscar Jaime Rosado Ta-pia, contra Percy Tapia Aslia, sobre Obliga-ción de Dar Suma de Dinero, Expediente N° 00622-2016-0-2301-JP-CI-03; por orden del Se-gundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, a cargo de laDra. María Soledad Anco Rejas, con la in-tervención de la Especialista Legal Dra Maritza Gómez Cutipa, ha dispuesto sacar a REMATE PÚ-BLICO EN PRIMERA CONVOCATORIA el inmueble ubicado en el Programa de Vivienda Habilitación Urbana Progresiva Alfonso ligarte MZ H-4 LOTE 28 del distrito Gregorio Albarracín Lanchipa, provincia y departamento de Tacna, con un área de 120.00 m2; cuyos antecedentes, colindancias, medidas perimetricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P20029818 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° XIII Sede Tacna.VALOR DE TASACIÓN: S/ 245,676.60 (doscientos cuarenta y cinco mil seiscientos setenta y seis con 60/100 solesPRECIO BASE DEL REMATE: 139,216.74 (ciento treinta y nueve mil doscientos diez y seis con 74/100 soles) que es la deducción del 15 % del precio base de la postura anterior DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El día 19 de setiembre del 2018 a horas 11.00 de la mañana, a realizarse en el frontis de! local del Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el primer piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna; sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N del cercado de Tacna. FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMATE: Dr. Pedro Nolasco Gonzá-les Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domicilio procesal Agrup. Jor-ge Basadre G. Block “C” 101 Of.01 frente al local del Poder Judicial de la ciudad de Tacna (CEL. 952685901 - RPM #952685901)GRAVAMENES y CARGAS:1. - Asiento 00007 Embargo en Forma de Inscripción a favor del Banco Continental hasta por la suma de S/ 17,500.00 soles2. - Asiento 00008 Embargo en For-ma de Inscripción a favor del demandante Os-car Jaime Rosado Tapia hasta por la suma de S/ 39,500.00 soles; no se conoce otros graváme-nes POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes de! remate haya depositado en efectivo o cheque de gerencia girado a su nom-bre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto es no menor de S/ 24,567.66 soles, suma que será devuelta íntegramente a los postores no bene-ficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial por derecho de participación en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de 3/ 622.50 soles, que será adquirido en el Banco de la Nación, donde conste el nombre del Juzgado, el número del expediente, y el número de DNI del postor, asi-mismo deberá adjuntar el original de su DNI y dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la vigencia de pode-res correspondientes;Los honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

Art. 732 del Código Procesal Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más el IGV. TACNA, 16 DE AGOSTO DEL 2018. (3V/06, 07, 10 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso N° 1241-2017-18-230l-JR-PE-01, seguido en contra de Nicolás Dionicio Huerta Borja y otros por la comisión del delito contra la Fe Pública en la modalidad de Falsedad Ideoló-gica, en agravio de Ángel David Quispe Tintaya; el señor Juez del Juzgado de Investigación Pre-paratoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva ha dispuesto, SE NOTIFIQUE al imputado EFRAIN QUISPE QUISPE mediante edictos con lo resuel-to mediante resolución N° 05, expedida en fecha veintiuno de agosto del presente año, mediante la cual se dispone lo siguiente “Al escrito con cargo de ingreso N° 41754-2018; Estando al contenido del escrito presentado por la defensa técnica el imputado Ángel David Quispe Tintaya, téngase por variado su domicilio procesal y casi-lla electrónica lugar donde se le harán llegar las posteriores notificaciones que se expidan. Asi-mismo estando a la constancia de no realización de audiencia y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 351 inciso 1 del Código Procesal Penal, SEÑALESE fecha y hora para la AUDIENCIA PRELIMINAR DE SOBRESEIMIENTO, (AUDIENCIA INAPLAZABLE), para el día JUEVES 27 DE SETIEM-BRE del año dos mil dieciocho a las 09:00 HORAS DE LA MAÑANA, (hora exacta), la que se llevará a cabo en la Sala de audiencias del Juzgado de In-vestigación Preparatoria del Distrito de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva, con la presencia obli-gatoria del Representante del Ministerio Públi-co, bajo apercibimiento en caso de inconcurren-cia injustificada de ponerse en conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Órgano de Control Interno del Ministerio Público de Tacna, siendo facultativa la concurrencia de los demás sujetos procesales en el presente proceso. Asimismo se exhorta a la defensa técnica que es deber de los letrados organizar debidamente su agenda y la atención de sus casos de acuerdo a sus po-sibilidades materiales. Notifiquese al imputado mediante edicto penales tres días hábiles conse-cutivos en el Diario La República”. Firmado por el doctor Garry Armando Chávez Valdivia - Juez ti-tular del Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva de la Corte Superior de Justicia de Tacna. Firmado por Nitzy Yuremi Pineda Machaca - Especialista Judicial de Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza y Ciudad Nueva. Alto de la Alianza, 21 de Agosto del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

Expediente N° 2551-2018-0-2301-JR-PE-1.- PRO-CESO INMEDIATO 2do JUZGADO DE INVESTIGA-CIÓN PREPARATORIA DE TACNA ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: Rosa Paredes Condori.En el proceso N° 2551-2018-0-2301-JR-PE-2, se-guido contra NEHEMIAS EZEQUIEL MAQUERA PARIA por el delito OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de sus hijos A.M.M.M. y Y.C.M.M. representados por su madre Julia Vic-toria Machaca Chambi; el señor Juez del Segun-do Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a NEHEMIAS EZEQUIEL MAQUERA PARIA con la resolución número uno de fecha …… de agosto del dos mil dieciocho, mediante la cual SE RESUELVE: 1)DISPONER la notificación por edictos al procesado NEHEMIAS EZEQUIEL MAQUERA PARIA 2) REQUERIR al procesado NE-HEMIAS EZEQUIEL MAQUERA PARIA que cumpla con apersonarse al presente proceso, designan-do al abogado defensor de su elección y seña-lando domicilio procesal, otorgándole el plazo de tres días contados a partir de la última pu-blicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE PRO-CESO INMEDIATO PARA EL DIA VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS OCHO Y MEDIA DE LA MAÑANA, la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria -Sede Central (Corte Superior de Justicia de Tacna -Calle Inclán SIN) con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibi-miento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Público. FIRMADO JORGE ANTONIO MACHICAO TEJADA - JUEZ DEL 2do JUZGADO DE INVESTI-

GACION PREPARATORIA DE TACNA.- FIRMADO ROSA PAREDES CONDORI- ESPECIALISTA JUDI-CIAL DE JUZGADO. Tacna, 05 de setiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso N°2280-2018-55-2301 -JR-PE-02, seguido contra SERGIO RENE VILCA PARI por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de JOHANNA SHALTALL DEL ROSARIO VILCA COPAJA representado por su madre LUZ COPAJA BAUTISTA, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Tacna, HA RE-SUELTO: 1)DISPONER la notificación por edictos al procesado SERGIO RENE VILCA PARI 2)REQUE-RIR al procesado SERGIO RENE VILCA PARI, que cumpla con apersonarse al presente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a partir de la última pu-blicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimiento de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUI-CIO INMEDIATO PARA EL DIA DIECISIETE DE SEP-TIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS OCHO CON VEINTE MINUTOS DE LA MAÑANA (08:20AM), la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Unipersonal Penal, ubi-cado en la calle Inclán S/N_esquina con Presbí-tero Andía, Segundo Piso -Sede Central, con la concurrencia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifíquese la presente mediante edictos judiciales con la pre-sente resolución. Bajo de apercibimiento, para el acusado de deparar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conduc-ción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento. FIRMADO SAUL SAN-TOS\PASTOR TAPIA - JUEZ DEL SEGUNDO JUZGA-DO UNIPERSONAL PENAL DE TACNA.- FIRMADO PATRICIA ARACELY MORALES HIDALGO - ESPE-CIALISTA JUDICIAL. Tacna, 05 de Septiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso Exp.N°2230-2018-70-2301 -JR-PE-02, seguido contra SERGIO RUBEN MAMANI CONDORI por el delito OMISIÓN A LA ASISTEN-CIA FAMILIAR, en agravio de ANTONELLA MAITE MAMANI PACSI representado por su madre GLO-RIA WILMA PACSI PALACIOS, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Tacna, HA RESUELTO:1)DISPONER la notificación por edictos al pro-cesado SERGIO RUBEN MAMANI CONDORI. 2)REQUERIR al procesado SERGIO RUBEN MAMANI CONDORI, que cumpla con apersonarse al pre-sente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a par-tir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimien-to de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DIA DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS OCHO CON CUARENTA MINUTOS DE LA MAÑANA (08:40AM), la misma que tiene el ca-rácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Segundo Juzgado Unipersonal Penal, ubicado en la calle Inclán S/N_esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso -Sede Central, con la concurrencia obliga-toria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifiquese la presente median-te edictos judiciales con la presente resolución. Bajo de apercibimiento, para el acusado de de-clarar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA - JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPER-SONAL PENAL DE TACNA.- FIRMADO PATRICIA ARACELY MORALES HIDALGO - ESPECIALISTA JUDICIAL. Tacna, 05 de Septiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso N°2091 -2018-71 -2301 -JR-PE-02, seguido contra LUIS ABEL CONDE YAÑEZ por el delito OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de MARIA DEL CARMEN CONDE MAMA-

NI representado por su madre GISELA GAVY MA-MANI CATACORA, el señor Juez del Segundo Juz-gado Unipersonal Penal de Tacna, HA RESUELTO: 1)DISPONER la notificación por edictos al pro-cesado SERGIO RUBEN MAMANI CONDORI 2)REQUERIR al procesado SERGIO RUBEN MAMANI CONDORI, que cumpla con apersonarse al pre-sente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a par-tir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimien-to de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DIA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS DIEZ DE LA MAÑANA (10:00AM), la misma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Se-gundo Juzgado Unipersonal Penal, ubicado en la calle Inclán S/N_esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso -Sede Central, con la concurren-cia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifíquese la presente mediante edictos judiciales con la presente re-solución. Bajo apercibimiento, para el acusado de declarar Reo contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA. JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE TACNA. FIRMADO PA-TRICIA ARACELY MORALES HIDALGO. ESPECIA-LISTA JUDICIAL. TACNA, 05 DE SEPTIEMBRE DEL 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso Exp.N°2090-2018-77-2301 -JR-PE-02, seguido contra MARCO ANTONIO CRUZ PORTUGAL por el delito OMISIÓN A LA ASIS-TENCIA FAMILIAR, en agravio de FERNANDO MANUEL CRUZ CUNURANA representado por su madre JUANA BARBARITÀ CUNURANA GU-TIERREZ, el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Tacna, HA RESUELTO: 1)DISPONER la notificación por edictos al pro-cesado MARCO ANTONIO CRUZ PORTUGAL 2)REQUERIR al procesado MARCO ANTONIO CRUZ PORTUGAL, que cumpla con apersonarse al pre-sente proceso, designando al abogado defensor de su elección y señalando domicilio procesal, otorgándole el plazo de un día contado a par-tir de la última publicación de los edictos en el diario oficial de la localidad, bajo apercibimien-to de disponer que un defensor público ejerza su defensa técnica. 3) SEÑALAR FECHA PARA LA AUDIENCIA DE JUICIO INMEDIATO PARA EL DIA DIECINUEVE DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A LAS ONCE DE LA MAÑANA (11:00AM), la mis-ma que tiene el carácter de inaplazable, la que se llevara a cabo en la Sala de Audiencias del Se-gundo Juzgado Unipersonal Penal, ubicado en la calle Inclán S/N_esquina con Presbítero Andía, Segundo Piso -Sede Central, con la concurren-cia obligatoria del Fiscal, Imputado y Abogado defensor, bajo apercibimiento para el Fiscal de poner en conocimiento de la Oficina de Control Interno del Ministerio Notifíquese la presente mediante edictos judiciales con la presente re-solución. Bajo de apercibimiento, para el acusa-do de declarar Reo Contumaz y disponer a nivel nacional, su ubicación, captura y conducción de grado o fuerza por la Policía Nacional del Perú para su juzgamiento. FIRMADO SAUL SANTOS PASTOR TAPIA - JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL PENAL DE TACNA - FIRMADO PA-TRICIA ARACELY MORALES HIDALGO - ESPECIA-LISTA JUDICIAL. Tacna, 05 de Septiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO JUDICIAL

En el expediente N° 00940-2018-0-2301 -JR-CI-02, tramitado por ante el 1o Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Tac-na, que despacha el juez Freddy Fidel Ochoa Aragón, con intervención de la especialista In-grid Rodríguez Cotrado, sobre rectificación de partida de matrimonio respecto a su segundo nombre de pila, a efectos de que de “MARÍA PEÑA TINCOPA” pase a consignarse “MARÍA HER-MELINDA PEÑA TINCOPA”, al haberse omitido el mismo al emitirse la partida de matrimonio n.° 7, de fecha 21 de enero de 1967. SE RESUEL-VE: 1) ADMITIR a trámite en la vía de PROCESO NO CONTENCIOSO, la solicitud de RECTIFICA-CIÓN DE PARTIDA DE MATRIMONIO presentada

por MARIA HERMELINDA PEÑA TINCOPA (DNI 00413117). 2) En consecuencia, CITECE a la peticionante a la AUDIENCIA DE ACTUACIÓN Y DECLARACIÓN JUDICIAL a realizarse el día DIE-CINUEVE DE SETIEMBRE del año dos mil diecio-cho, a horas NUEVE de la mañana en la Sala de Audiencias del Juzgado, previa realización de la PUBLICACIÓN de un extracto de la solicitud en el diario encargado de los avisos judiciales de la localidad y en el diario Oficial “El Peruano”, por el término de un día hábil. Regístrese y notifí-quese. - Tacna 8 de agosto de 2018. (1V/10 SET).

CONVOCATORIA A PRIMER REMATE

PUBLICO

En los seguidos por MI BANCO - BANCO DE LA MICRO EMPRESA S.A, contra HERNAN PILCO CHURA, sobre Obligación de Dar- Suma de Dine-ro, Expediente N° 01019-2014-0-2301 -JP-CI-02; por orden del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, a cargo del Dr, Freddy Fidel Ochoa Ara-gón, con la intervención de la Especialista Legal Dra. María Gómez Cayro, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO EN PRIMERA CONVOCATO-RIA el inmueble ubicado en el Centro Poblado Menor MZ - H lote 10 del distrito de Quilahua-ni, provincia de Candarave, departamento de Tacna, con un área de 388.90 m2; cuyos ante-cedentes, colindancias, medidas permétricas y demás características se encuentran inscritas en la Partida Electrónica N° P20044700 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° XIII Sede Tacna.VALOR DE TASACIÓN: S/ 50,128.22 (cincuenta mil ciento veintiocho con 22/100 soles)PRECIO BASE DEL REMATE: S/ 33,418.81 (treinta y tres mil cuatrocientos dieciocho con 81/100 soles), equivalente a las 2/3 partes de la valori-zación del bien DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: El dia 08 de octubre del 2018 a horas 11.00 de la mañana, a realizarse en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado de Tacna, ubicado en el cuarto piso de la Corte Superior de Justicia de Tacna; sito en la esquina de las calles Inclán con Presbítero Andía S/N del cercado de Tacna. FUNCIONARIO QUE EFECTUA EL REMATE: Dr. Pedro Nolasco Gonzáles Villanueva, Martillero Publico, con Registro Nacional N° 261; domi-cilio procesal Agrup. Jorge Basadre G. Block “C” 101 Of. 01 frente al local del Poder Judicial de la ciudad de Tacna. (CEL. 952685901 - RPM #952685901) GRAVAMENES y CARGAS:1. Asiento 00004 Hipoteca a favor del Banco de Materiales S.A.C. hasta por la suma de S/ 14,880.00 soles2. - Asiento 00005 Embargo en forma de Inscripción a favor de la Cooperativa de Aho-rro yCrédito CREDICOOP LA ISLA LTDA. hasta por la suma de S/ 4,500.00 soles.3. - Asiento 00006 Embargo en Forma de Inscripción a favor de Mi Banco - Banco de laMicroempresa S.A. hasta por la suma de S/. 25,000.00 soles; no se conoce otros gravámenes.POSTORES: Solo se admitirá como postor a quien antes del remate haya depositado en efec-tivo o cheque de gerencia girado a su nombre (SIN SELLO NO NEGOCIABLE) una cantidad no menor del 10% del valor de tasación; esto es no menor de S/ 5,013.00 (cinco mil trece con 00/100 soles), suma que será devuelta íntegramente a los postores no beneficiados; además deberán presentar el original y dos copias del arancel judicial por derecho de participación en remate judicial de bienes inmuebles por la suma de S/ 207.50 soles, que será adquirido en el Banco de la Nación, donde conste el nombre del Juzgado, el número del expediente, y el número de DNI del postor, asimismo deberá adjuntar el origi-nal de su DNI y dos fotocopias; tratándose de personas jurídicas deberán además entregar la vigencia de poderes correspondientes; Los ho-norarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario una vez concluido el remate, de conformidad con lo dispuesto por el Art. 732 del Código Procesal Civil, concordante con la ley 28371 y D.S. N° 008-2005; más el IGV. (6V/07, 10, 11, 12, 13, 14 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso N° 01755-2017-73-2301-JR-PE-01, seguido contra JESUS RICARDO ASCUÑA CASTI-LLO y DIEGO ARMANDO DUEÑAS MOYA, por el delito de ESTAFA AGRAVADA en agravio de JUAN ISIDRO ALMOGUERA APAZA, la señora Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna ha dispuesto, SE NOTIFIQUE mediante

Edictos a: JESUS RICARDO ASCUÑA CASTILLO con la Resolución N°05 de fecha 29/08/2018, mediante la cual SE RESUELVE:1. DISPONER EL SOBRESEIMIENTO de la causa se-guida contra de JESÚS RICARDO ASCUÑA CASTI-LLO; investigado por el presunto delito Contra el Patrimonio en la modalidad de Estafa Agravada, ilícito previsto y penado en el artículo 196 tipo base en concordancia con el Artículo 196-A, inci-so 2 del Código Penal, en agravio de Juan Isidro Almoguera Apaza. Debiendo anularse los ante-cedentes penales y policiales que se hubieran generado por el presente proceso.2. Y conforme a su estado, SEÑÁLESE FECHA PARA LA CONTINUACIÓN DE AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN PARA EL DÍA 20 DE SETIEMBRE DEL 2018 A LAS 10:00 DE LA MAÑA-NA (hora exacta) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, la misma que tiene el carácter de INAPLAZABLE, con la presencia obli-gatoria del Señor Representante del Ministerio Público, y del defensor público del acusado, bajo apercibimiento, en caso de inconcurrencia del Representante del Ministerio Público, de comu-nicarse a la Junta de Fiscales Superiores del Dis-trito Judicial de Tacna, a fin de que tome las ac-ciones que correspondan y en caso del abogado defensor público del acusado de comunicarse al Ministerio de Justicia para los fines de ley corres-pondientes. NOTIFÍQUESE a las partes del proce-so a domicilio real y procesal. - FIRMADO SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA - JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE TACNA. FIRMADO HILDA CHAMBE C0LQUE - ES-PECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 04 de setiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

EDICTO PENAL

En el proceso N° 00256-2018-3-2301-JR-PE-03 (Requerimiento Mixto), seguido contra JUAN CARLOS ALVARADO SUCA Y OTROS, por el delito de DEFRAUDACIONES, FRAUDE PROCESAL, ABU-SO DE FIRMA EN BLANCO Y OTRO en agravio de LUZ EDILBERTA FERNANDEZ JAILLITA, la señora Juez del Sexto del Sexto Juzgado de Investiga-ción Preparatoria de Tacna ha dispuesto, SE NO-TIFIQUE mediante Edictos a: JUAN CARLOS AL-VARADO SUCA con la Resolución N° 04 de fecha 04/09/2018 mediante el cual SE DISPONE:Al cargo de ingreso N° 50799-2018: Al Principal: Téngase por apersonada a Kely Cáceres Saldi-var en calidad de defensa pública de YOLANDA GRACIELA VIZCACHO MAMANI, con domicilio procesal en Calle Deustua N° 270/Tacna, CA-SILLA ELECTRÓNICA N° 19903. Al Otrosí Digo: Expidas las copias simples, dejando constancia en autos de la entrega. Al Segundo Otrosí Digo: Téngase presente.

Al cargo de ingreso N° 50937-2018: Al Principal: Téngase presente la absolución al traslado de la acusación en los términos expuestos debiendo oralizarse en acto de audiencia. Al Otrosí Digo: Téngase presente.De Oficio: Y conforme al estado del proceso y el rol de audiencias programadas, SE SEÑALA FE-CHA DE AUDIENCIA DE REQUERIMIENTO MIXTO (SOBRESEIMIENTO) PARA EL DIA 19 DE SETIEM-BRE DEL 2018. A HORAS 12:00PM. a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tacna, la au-diencia se instalará con los que asistan, confor-me a lo previsto en el artículo 345.3 del Código Procesal Penal; siendo obligatoria la presencia del Fiscal, bajo apercibimiento de comunicar-se al Órgano de Control, a fin de que tome las acciones que corresponda en caso de inconcu-rrencia injustificada. NOTIFÍQUESE. - FIRMADO SONIA CAROLINA MARIN VALDIVIA - JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DE TACNA. - FIRMADO HILDA CHAMBE COLQUE - ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO. Tacna, 04 de setiembre del 2018. (3V/07, 10, 11 SET).

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La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

Rol de Audiencias del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Tacna del día viernes 07 de setiembre del año 2018

N° Expediente Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Hora Delito

1 2004-05022-0 SALA PENAL LIQUIDADORA (AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.) SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 10:30 Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años)2 2016-00839-57 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 11:00 Formas Agravadas de la Trata de Personas3 2016-02596-98 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 12:00 Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad)4 2009-01847-16 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA 01 PENAL DE POCOLLAY 12:31 Violación sexual de Menor ( entre 14 años y menos de 18 años)5 2017-00363-15 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 12:30 Robo Agravado6 2017-01310-80 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA 03 PENAL DE POCOLLAY 13:00 Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas.7 2014-01090-2 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 08:15 Falsedad genérica.8 2016-01372-63 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 09:30 Hurto Agravado9 2015-01589-28 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 10:00 Robo Agravado

10 2016-01038-21 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 10:30 Uso de documentos falsos.11 2014-02007-92 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 11:00 Posesión indebida de Teléfonos celulares en establecimiento penitenciario12 2014-02379-98 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 12:00 Peculado culposo13 2015-02123-74 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 12:40 Uso de documentos falsos.14 2016-01984-47 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 15:00 Lesiones graves15 2015-02168-89 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 16:00 Falsedad genérica.16 2016-01194-59 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 17:00 Falsedad ideológica.17 2015-02799-64 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central SALA 1 JUNI -2DO PISO 17:20 Desobediencia o resistencia a la autoridad18 2018-00289-57 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 09:00 Omisión de asistencia familiar19 2015-02581-72 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 09:30 Omisión de asistencia familiar20 2017-02462-50 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 10:00 Omisión de asistencia familiar21 2017-02199-58 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 10:30 Omisión de asistencia familiar22 2017-01089-96 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 11:00 Omisión de asistencia familiar23 2017-01655-59 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 11:30 Omisión de asistencia familiar24 2018-00192-20 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 12:00 Omisión de asistencia familiar25 2018-00820-59 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 12:30 Omisión de asistencia familiar26 2018-02542-0 2° JUZ. INV. PREP. - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JIP - 1ER PISO 16:30 Hurto Agravado27 2014-01319-65 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 08:30 Uso de documentos falsos.28 2012-01969-29 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 09:00 Hurto simple.29 2018-01971-89 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 10:00 Omisión de asistencia familiar30 2018-01681-26 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 10:30 Omisión de asistencia familiar31 2015-02929-96 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 12:00 Negociación incompatible o aprovechamiento indebido de cargo32 2013-00896-56 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED - SEDE CENTRAL SALA 2 JUNI - 2DO PISO 12:30 Hurto agravado.33 2018-02035-0 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 09:00 Lesiones leves por Violencia Familiar34 2018-02207-0 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 10:00 Lesiones leves por Violencia Familiar35 2018-00369-75 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 11:00 Lesiones leves por Violencia Familiar36 2013-01632-20 3° J.INVESTIG. PREPARATORIA - Sede Central SALA 3 JIP - 1ER PISO 15:00 Lesiones culposas37 2018-02530-61 4° JUZGADO DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA - SEDE CENTRAL SALA 4 JIP - 1ER PISO 10:00 Marcaje o reglaje38 2016-00441-59 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 09:00 Hurto agravado.39 2018-00527-0 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 10:00 Lesiones leves por Violencia Familiar40 2017-01016-24 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 11:00 Violación de la libertad sexual (Tipo base).41 2017-01960-38 5° JUZGADO INV. PREPARATORIA - FLAGRANCIA - SEDE CENTRAL SALA 5 JIP- LOCAL ZELA 12:00 Lesiones leves por Violencia Familiar42 2016-01492-38 J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 09:00 Apropiación ilícita.43 2017-00032-52 J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 11:00 Lesiones leves44 2018-00047-59 J.INVESTIG.PREPARATORIA - MBJ G. Albarrac¡n SALA INV. PREP. - GREGORIO ALBARRACIN 15:30 Usurpación45 2018-02059-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 09:00 Lesiones leves por Violencia Familiar46 2018-01991-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 10:00 Lesiones leves por Violencia Familiar47 2018-01669-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 11:00 Hurto simple.48 2018-01818-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 12:00 Lesiones leves por Violencia Familiar49 2018-02496-0 J.INVESTIG. PREPARATORIA - MBJ Alto del Alianza SALA INV. PREP. - MBJAA 15:30 Conducción en estado de ebriedad o drogadicción.50 2016-00232-55 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 08:30 Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad)51 2017-01232-34 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 08:45 Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad)52 2015-02259-88 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 09:10 Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas.53 2015-02080-57 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 10:01 Lesiones graves54 2017-01848-40 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 10:30 Robo.55 2017-01525-84 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 11:00 Robo Agravado56 2017-02257-6 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 11:30 Violación sexual de menor de edad seguida de muerte o lesión grave.57 2014-02329-47 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 15:00 Peculado Doloso Agravado58 2016-00270-99 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 15:40 Violación de la libertad sexual59 2015-00243-6 JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL SALA NUEVO COLEG.- 1ER PISO 16:10 Robo.60 2010-01350-27 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 15:00 Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años)61 2014-01200-94 SALA DE APELACIONES - Sede Central SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO 15:31 Apropiación ilícita.

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La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE Tacna OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA

UNIDAD DE INVESTIGACION Y VISITAS

“Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional”

Tacna, 06 de setiembre del 2018.

Oficio No 480 - 2018-UIV- ODECMA- CSJT-TACNA. SEÑOR GERENTE GENERAL: DIARIO LA REPUBLICA CIUDAD.- Tengo el agrado de dirigirme a Ud. a fin de SOLICITARLE la publicación de la programación de la VISITA JUDICIAL ORDINARIA correspondiente al mes de setiembre de 2018:

Juzgado de Paz Letrado Laboral de Tacna Miércoles 12 de setiembre del 2018 (8.00 am)

Tercer Juzgado de Paz Letrado de Tacna Martes 18 de setiembre del 2018 (8.00 am)

Segundo Juzgado de Paz Letrado de Tacna Viernes 21de setiembre del 2018 (8.00 am)

Juzgado Mixto de Candarave Martes 25 de setiembre del 2018 (8.00 am)

Primer Juzgado de Paz letrado de Tacna Jueves 27 de setiembre del 2018 (8.00 am)

Juzgado de Paz del Alto de la Alianza Viernes 28 de setiembre del 2018 (8.00 am)

Las visitas judiciales ordinarias programadas, se realizaran en los días y horas indicadas, durante las cuales los señores abogados y justiciables, podrán formular sus pedidos y/o quejas concernientes a los señores magistrados y personal respectivo, directamente en el Juzgado visitado, la labor jurisdiccional en las mencionadas dependencias proseguirá normalmente con las diligencias señaladas.

La publicación se efectuará por tres días consecutivos y hábiles del 07, 10 y 11 de setiembre del año en curso.

NOTA: Mediante la presente se corrige la publicación efectuada en el Diario la Republica el 06 de agosto del 2018 respecto a la visita judicial ordinaria de los órganos jurisdiccionales con sede en Tarata.

Pedro Limache Ninaja

Jefe de la Unidad de Investigaciones y Visitas

ODECMA

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La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

COMUNICADO

La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores y señoras litigantes y justiciables que, en cumplimiento de la Resolución Administrativa Nº 140-2018-P/PJ, del lunes 3 hasta el miércoles 12 de setiembre, se extenderá el horario de atención al público hasta las 18:00 horas (6:00 p.m.). De esta manera se recuperarán las horas dejadas de laborar por el feriado del día 31 de agosto de 2018, establecido mediante Decreto Supremo Nº 021-2017-TR. Corte Superior de Justicia Tacna, setiembre de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA “Año del Dialogo y la Reconciliación Nacional”

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La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

N Expediente Hora Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia Delito

1 2016-01586-42 09:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACIOAN DE AUTO Ursurpación Agravada

2 2016-02100-57 10:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOARCHIVA EL INCIDENTE DE

REVOCATORIAOmisión de asistencia familiar

3 2016-00356-88 11:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOIMPROCEDENTE EXCEPCION Contrabando

4 2018-00009-69 12:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAUDIENCIA DE APELACION DE AUTO Malversación de fondos.

5 2006-01649-0 15:00SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

VISTA DE LA CAUSA Lesiones culposas

6 2007-05107-0 16:01SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

CONTINUACION DE JUICIO ORAL Peculado

N Expediente Hora Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia Delito

1 2018-00652-90 08:15SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA 01 PENAL DE

POCOLLAYINFUNDADA CESACION DE PRISION

PREVENTIVALesiones culposas

2 2007-00287-0 14:45SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA 03 PENAL DE POCOLLAY

LECTURA DE SENTENCIA Violación sexual de menor de edad

3 2001-05008-0 15:01SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA 03 PENAL DE POCOLLAY

LECTURA DE SENTENCIA Violación sexual de Menor

4 2013-00187-55 09:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE SENTENCIA Falsificación de documentos.

5 2016-01626-34 10:30SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE SENTENCIA Hurto Agravado

6 2016-00459-27 12:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE SENTENCIA Robo Agravado

7 2017-01633-79 14:45SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOINFUNDADA CESE DE PRISION Violación sexual de menor de edad

8 2013-01318-78 15:30SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOSENTENCIA CONDENATORIA Colusión

N Expediente Hora Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia Delito

1 2018-02195-72 14:45SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA 02 PENAL DE

POCOLLAYFUNDADA PRISION Uso ilegal de productos pirotécnicos

2 2015-01699-32 08:45SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAUDIENCIA DE APELACION DE

SENTENCIAApropiación ilícita.

3 2011-01231-78 09:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE SENTENCIA

ABSOLUTORIAActos contra el pudor en menores

4 2016-00762-94 10:30SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOSENTENCIA ABSOLUTORIA Lesiones graves

5 2018-00803-24 12:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOSENTENCIA CONDENATORIA OAF Omisión de asistencia familiar

6 2009-01434-80 16:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOCONTINUACION DE APELACION DE

SENTENCIA Lavado de Activos

N Expediente Hora Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia Delito

1 2004-05022-0 10:30SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA 01 PENAL DE POCOLLAY

CONTINUACION ED JUICIO ORAL Violación sexual de menor de edad

2 2016-00839-57 11:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA 01 PENAL DE

POCOLLAYSENTENCIA CONDENATORIA

Formas Agravadas de la Trata de Personas

3 2016-02596-98 12:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA 01 PENAL DE

POCOLLAYSENTENCIA CONDENATORIA Violación sexual de menor de edad

4 2009-01847-16 12:31SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA 01 PENAL DE

POCOLLAYLECTURA DE SENTENCIA DE VISTA Violación sexual de Menor

5 2010-01350-27 15:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAUDIENCIA DE LECTURA DE SENTENCIA Violación sexual de menor de edad

6 2014-01200-94 15:31SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOLECTURA DE SENTENCIA DE VISTA Apropiación ilícita.

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 05 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNASALA ESPECIALIZADA PENAL DE APELACIONESSEMANA DEL 03 AL 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL LUNES 03 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

1 / 2

N Expediente Hora Organo Jurisdiccional Sala Audiencia Tipo de Audiencia Delito

1 2007-01370-0 09:30SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

VISTA DE LA CAUSA Defraudacion Tributaria

2 2016-00864-0 10:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE AUTO Actos contra el pudor.

3 2015-00984-27 11:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOREVOCATORIA DE SUSPENSION DE LA

PENA FUNDADAApropiación ilícita.

4 2015-02492-81 12:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOAPELACION DE SOBRESEIMIENTO Lavado de Activos

5 2015-00476-62 13:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOLECTURA DE SENTENCIA DE VISTA Homicidio culposo

6 2015-02506-53 15:00SALA DE APELACIONES -

Sede CentralSALA PENAL SUPERIOR-

3ER PISOLECTURA DE SENTENCIA DE VISTA Actos contra el pudor en menores

7 2006-01182-0 15:31SALA PENAL LIQUIDADORA

(AD. FUNC. SALA PENAL APELAC.)

SALA PENAL SUPERIOR-3ER PISO

AUDIENCIA DE INICIO DE JUICIO ORAL Violación sexual de menor de edad

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

2 / 2

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:00 2505-2017-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia2 09:10 247-2018-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia3 09:20 246-2018-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia4 09:30 2685-2017-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia5 09:40 453-2018-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia6 09:50 2160-2017-CI P.CUMPLIMIENTO Sentencia

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:00 1901-2013-LA CONTENC.ADMIN Auto2 09:10 1704-2014-LA CONTENC.ADMIN Sentencia3 09:20 2171-2015-LA CONTENC.ADMIN I.O./Dte4 09:30 538-2016-CI OTORGAM ESC Sentencia-Auto I.O./Dte5 09:40 1753-2015-LA CONTENC.ADMIN Auto I.O./Ddo6 09:50 679-2012-LA CONTENC.ADMIN Sentencia7 10:00 1934-2011-LA CONTENC.ADMIN Sentencia I.O./Dte

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:00 2269-2015-CI P.AMPARO Auto2 09:30 *95-2014-CI NULIDAD ACT JUR Sentencia3 09:40 2242-2016-CI PRESC.ADQUIS Consulta4 10:30 564-2018-CI P.AMPARO Auto5 10:35 282-2018-CI P.AMPARO Auto6 10:40 1017-2018-CI P.AMPARO Auto7 10:45 674-2018-CI P.CUMPLIMIENTO Auto

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:50 1872-2013-LA CONTENC.ADMIN Sentencia2 10:00 1922-2015-LA CONTENC.ADMIN Sentencia3 10:10 684-2016-LA CONTENC.ADMIN Sentencia4 10:20 782-2016-LA CONTENC.ADMIN Sentencia I.O./Dte5 10:30 489-2015-LA CONTENC.ADMIN Sentencia6 10:40 1894-2014-LA CONTENC.ADMIN Sentencia7 10:50 92-2009-LA CONTENC.ADMIN Sentencia

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:00 604-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia2 09:10 1607-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia3 09:20 431-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia4 09:30 554-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia5 09:40 483-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia6 09:50 538-2017-LA CONTENC.ADMIN Sentencia7 10:00 1689-2015-LA CONTENC.ADMIN Sentencia I.O./Ddo8 10:10 1375-2015-LA CONTENC.ADMIN Sentencia9 10:20 245-2016-LA CONTENC.ADMIN Sentencia

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MARTES 04 DE SEPTIEMBRE 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 05 DE SEPTIEMBRE 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL JUEVES 06 DE SEPTIEMBRE 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL VIERNES 07 DE SEPTIEMBRE 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNAPRIMERA SALA CIVIL

TABLA VISTAS DE LA CAUSA DE LA SEMANA DEL 03 AL 07 DE SEPTIEMBRE DEL 2018

TABLA DE VISTA DE LA CAUSA DEL LUNES 03 DE SEPTIEMBRE DEL 2018

1 / 1821

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:05 502-2016-LA Const. Administrativo Sentencia2 09:10 153-2008-LA Const. Administrativo Sentencia3 09:15 674-2015-LA Const. Administrativo Sentencia I/O Ddte-Dddo4 09:20 466-2016-LA Const. Administrativo Sentencia I/O Ddte-Dddo5 09:25 215-2015-LA Const. Administrativo Sentencia I/O Ddte 6 09:30 1975-2015-LA Const. Administrativo Auto I/O Ddte 7 09:35 803-2017-LA Const. Administrativo Auto

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:00 1723-2015-FC Violencia Familiar Cons./Sent.2 09:05 070-2018-CI Cambio de Nombre Sentencia3 09:10 2318-2017-CI AMPARO Sentencia4 09:15 1263-2016-CI Presc Adquisitiva Sentencia5 09:20 1981-2016-FC Contravención Sentencia6 09:25 3469-2016-FC Tenencia Sentencia7 09:30 1271-2015-CI Cont Administrativo Sentencia8 09:35 2252-2015-CI Cont Administrativo Sentencia9 09:50 15-2018-CI Laudo Arbitral Audiencia 1ra Instancia

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME1 09:04 2241-2017-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia2 09:12 243-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia3 09:16 388-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia4 09:20 617-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia5 09:24 145-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia6 09:28 481-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia7 09:32 497-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia8 09:36 537-2018-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia9 09:40 2618-2017-CI P. CUMPLIMIENTO Sentencia

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA2° SALA CIVIL PERMANENTE

SEMANA DEL 03 AL 07 DE SETIEMBRE DEL 2018

1 / 1

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La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA

COMUNICADO

La Corte Superior de Justicia de Tacna, comunica a los señores y señoras litigantes, justiciables y abogados, que según lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 093-2018-CE-PJ, a partir de la fecha está permitido la toma de notas de la información contenida en los expedientes judiciales, a través de mecanismos de digitalización o con el uso de teléfonos celulares. En tal sentido, se han impartido las directivas necesarias para el cumplimiento de dicha resolución. Corte Superior de Justicia Tacna, abril de 2018

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME

1 09:00 236-2015 Reposición Sentencia NLPT

2 09:10 1425-2015 Indemnización por accidente de trabajo Sentencia NLPT3 09:20 1525-2015 Pago de horas extras Sentencia NLPT

4 09:30 915-2017 Reposición Sentencia NLPT

5 09:40 725-2017 Desnaturalización de contrato y reposición Sentencia NLPT

6 09:50 228-2015 Reposición Sentencia NLPT

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME

1 09:00 91-2016 Reposición Sentencia NLPT

2 09:10 1103-2016 Indemnización por daños y perjuicios Sentencia NLPT

3 09:20 1445-2016 Nulidad de resolución administrativa Sentencia NLPT

4 09:30 632-2016 Desnaturalización de tercerización laboral y reposición Sentencia NLPT

5 09:40 994-2016 Indemnización por daños y perjuicios Sentencia NLPT

6 09:50 599-2017 Reposición Sentencia NLPT

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME

1 09:00 609-2017 Reconocimiento de la relación laboral sujeta a plazo indeterminado Sentencia NLPT

2 09:10 1533-2016 Reposición Sentencia NLPT

3 09:20 891-2016 Indemnización por daños y perjuicios Sentencia NLPT

4 09:30 1035-2017 Reposición Sentencia NLPT

5 09:40 1087-2017 Reposición Sentencia NLPT

N° HORA EXPEDIENTE MATERIA/PROCESO RES INFORME

1 09:00 1359-2017 Reposición Sentencia NLPT

2 09:10 1305-2017 Reposición Sentencia NLPT

3 09:20 1349-2017 Reposición Sentencia NLPT

4 09:30 1083-2017 Reposición Sentencia NLPT

5 09:40 1085-2017 Reposición Sentencia NLPT

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL VIERNES 07 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNASALA ESPECIALIZADA LABORAL PERMANENTESEMANA DEL 03 AL 07 DE SETIEMBRE DEL 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 04 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MIERCOLES 05 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL JUEVES 06 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2018

Page 12: 2 La República SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA€¦ · diaz plata, sobre prescripcion adquisiti-va del bien inmueble, se ha dispuesto se notifique lo siguiente: resolucion n° 09 de fecha

La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018

FECHA: 26 DE DICIEMBRE DEL 2018

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

NO HUBO VISTAS DE LA CAUSA INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

RESOLUCIONES DE VISTA: 00

AUTOS:

DECRETOS: 00

---------------------------------------------

MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 27 DE DICIEMBRE DEL 2018

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES.

2202-2016-CI SINDICATO PET TACNA SITPET CHARLES CASTRO CRUZ Y OTRS P.AMPARO Sentencia

312-2016-FC GREGORIO TAPIA NINA KARINA RAMOS MOSCOL DIVORC.CAUSAL Consulta

22-2016-FC ISABEL HUALLPA INCACUTIPA RECTIF.PARTIDA Sentencia

1935-2017-CI EUSEBIO CONDORI MAQUERA AGUSTIN ROJAS PAUCARA Y OTR REIVINDICACION Auto

2223-2017-CI RODOLFO MEJIA SAAVEDRA DONATO SAAVEDRA GARATE INDEMNIZACION Auto

156-2017-CI SCOTIABANK PERU BEATRIZ HUACCA INCACUTIPA O.D.S.D. Auto

1753-2017-CI VICTOR BARRIOS CACERES PROC.PODER JUDICIAL P.AMPARO Auto

868-2014-CI CARMEN ALARCON PINO TERESA POLO BERIOS OTORGAM.ESC PUB Sentencia

1809-2017-CI NESTOR AGUILAR TORRES D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1062-2017-CI MARIA ESTRADA REJAS D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1310-2017-CI GRETA CORNEJO TRILLO D.S.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1823-2017-CI MARINA GARCIA BEDOYA D.S.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1440-2017-CI PRUDENCIO UCHARICO D.S.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

2320-2015-FC LUCAS PONCIANO ALVAREZ ALEJANDRA RAMIREZ CHAVEZ DIVORCIO CAUSAL Consulta

INFORMES ORALES

1. EXP. Nº 2202-2016-CI, con informe oral del abogado Santos Pablo Agama. 2. EXP. Nº 156-2017-CI, con informe oral del abogado Edgar David Pereira Flores. 3. EXP. Nº 868-2014-CI, con informe oral de los abogados Carolina Vega Rossi y Aureo A. Ramos Conti.

DESPACHO

1. EXP. NRO. 1338-2015-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número cincuenta y nueve, obrante de folios setecientos veinticinco a setecientos treinta, de fecha treinta de julio del dos mil diecisiete, , que resuelve declarar INFUNDADA en todos sus extremos la demanda de Prescripción Adquisitiva de Dominio interpuesta por María Diana Cueva Choque y Luis Walter Gómez Catachura, en contra de Asociación de Vivienda de Empleados Municipales Villa Municipal Tacna y los litisconsortes necesarios pasivos Celestino Marcelo Cueva Acero y Lucy Marilia Ana Cueva Choque. Sin costos y costas. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

RESOLUCIONES DE VISTA: 01

AUTOS: 02

DECRETOS: 15

---------------------------------------------

MACARENA LIENDO DUARTE RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

FECHA: 28 DE DICIEMBRE DEL 2018

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES

402-2014-CI CARMEN CONTRERAS ROBLEDO GUIDO ROMERO MENENDEZ PRESC.ADQUISIT Auto

3648-2017-FP 2°FISCALIA FAMILIA/ K.Y.H.L Y.L.A.S.F. INFRACC C/PATRIM Auto

684-2015-FC JUANA MOLINA HUIZA BORIS MAMANI MOLINA RECONOC.UNION H Consulta

1473-2014-CI EULOGIA CALDERON CASTRO DEMETRIA CALIZAYA AMONES PRESC.ADQUISIT Consulta

1392-2017-CI SUSAN GUTIERREZ RAMIREZ BENEFICENCIA PUBLICA NULIDAD ACT.JUR Auto

15-2017-FC CEM. JORGE BASADRE JOSE MAMANI YUFRA VIOLENCIA FAMILIA Auto

1255-2017-CI CAJA AREQUIPA GENARO GOMEZ MAMANI EJECUC.GARANTS Auto

1849-2017-CI JULIO VILDOSO LIENDO D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1486-2017-CI RICARDO NINA NINA D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1985-2017-CI ANA PINTO DE INGAROCA D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1445-2017-CI HERNAN SIÑA COLQUE D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1488-2017-CI JULIA RAFAEL BERNABE D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

1340-2017-CI REY BAUTISTA MELCHOR D.R.E.T. P.CUMPLIMIENTO Sentencia

622-2013-FC EMILIO MITA VIRGINIA CASTILLO DE MITA DIV. POR CAUSAL Sentencia

2638-2014-FC 2° FISCALIA BRAULIO BECERRA GONZALES VIOLENCIA FAMILIA Consulta

2680-2015-FC REYNA LEON HUAMANI RUBEN LOPEZ UCEDO TENENCIA Sentencia

2897-2016-FC DEYSI URIETA GUTIERREZ TENENCIA Sentencia INFORMES ORALES

1. EXP. Nº 402-2014-CI, con informe oral del abogado Miguel Elguera Vargas. 2. EXP. Nº 622-2013-FC, con informe oral de los abogados María Urquizo V. y Juan Soto Aranda.

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

RESOLUCIONES DE VISTA: 00

AUTOS: 02

DECRETOS: 06

--------------------------------------------- MACARENA LIENDO DUARTE

RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

FECHA: 29 DE DICIEMBRE DEL 2018

PRIMERA SALA CIVIL PERMANENTE CONFORMADA POR LOS SEÑORES ZEGARRA RAMIREZ, JUAREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

TABLA DE LA VISTA DE CAUSA

EXPEDIENTE DEMANDANTE DEMANDADO MATERIA RES.

19-2017-FC APARICIO CAHUANA LIZET CAHUANA MARIACA EXON. ALIMENTOS Sentencia INFORMES ORALES

NO HUBO INFORMES ORALES

DESPACHO

1. EXP. NRO. 402-2014-CI.- CONFIRMARON la Resolución número treinta y seis de fecha veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas seiscientos nueve a seiscientos once, que declara IMPROCEDENTE la Interrupción solicitada por el abogado Javier Navarro Aratea. Hacer Efectivo el apercibimiento dispuesto en la resolución número 34 de fecha veintiocho de setiembre del año dos mil diecisiete y declarar Concluido sin declaración sobre el

fondo el presente proceso sobre prescripción adquisitiva de dominio seguido por Carmen Orieta Contreras Robledo y Rosa María Contreras Robledo en contra de Guido Javier Romero Menéndez, disponiéndose su Archivo Definitivo y la devolución de los anexos presentados, consentida que sea la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, TITO PALACIOS Y BEGAZO DE LA CRUZ.

2. EXP. NRO. 2223-2017-CI.- CONFIRMARON el Auto contenido en la Resolución Nº 01 de fecha veinte de octubre de dos mil diecisiete, corriente a fojas dieciocho, que resuelve declarar INCOMPETENTE al Juzgado por razón de la cuantía, debiendo remitirse el expediente al Juzgado de Paz Letrado competente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

3. EXP. NRO. 312-2016-FC.- APROBARON la Sentencia contenida en la resolución número ocho de fecha diez de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas noventa y nueve a ciento doce; que declara Infundada la demanda de fojas quince a veintitrés, subsanado a fojas veintiocho, interpuesto por Kenide Gregorio

Tapia Nina, sobre Divorcio respecto a la causal de Abandono Injustificado de la Casa Conyugal, en contra de Karina Del Pilar Ramos Moscol. Declara

Improcedente la misma demanda en cuando se refiere a la causal de Adulterio. Declara Fundada la demanda respecto a la causal de Separación de Hecho, por tanto, Declaro Disuelto el matrimonio civil celebrado entre los mismos el nueve de marzo de mil novecientos noventa, ante la Municipalidad Distrital de la Victoria de la provincia y departamento de Lima, extinguidos los derechos hereditarios entre los ex-cónyuges y fenecida la sociedad de gananciales la misma que se liquidará en ejecución de sentencia conforme al considerando décimo sexto. Asimismo, se dispone la cesación de llevar el apellido del marido en el caso de doña Karina Del Pilar Ramos Moscol, debiendo en lo posterior llevar sus apellidos de soltera; así como la Terminación de la afinidad colateral. Innecesario el pronunciamiento respecto a los Regímenes de Patria Potestad, Tenencia y Régimen de Visitas, dado a que los hijos de los justiciables son mayores de edad. No se fija monto por concepto de indemnización por daños, al no haberse acreditado la existencia de daño moral o personal de ninguno de los cónyuges. Ni tampoco se fija alimentos a favor de la demandada. Sin costos, ni costas. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

4. EXP. NRO. 2680-2015-FC.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número doce de fecha uno de septiembre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas sesenta y nueve a setenta y tres; en el extremo que declara FUNDADA la demanda de fojas cinco a siete, subsanado a fojas once, en cuanto se refiere a la pretensión acumulada de Alimentos; por lo que, ordena que el demandado José Rubén López Ucedo acuda en forma mensual y adelantada a favor del menor alimentista André Jesús López León, con una pensión alimenticia mensual equivalente a cuatrocientos soles, desde el día siguiente a la notificación con la demanda. Asimismo, se hace conocer al demandado en caso que, adeude tres cuotas sucesivas o no, de la obligación alimentaría establecida en la presente será inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos. Sin costas, ni costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA

CRUZ. 5. EXP. NRO. 438-2016-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número diez de fecha catorce de agosto del año dos mil diecisiete, que corre a

fojas doscientos cincuenta y siete a doscientos sesenta y seis, en el extremo que declara FUNDADA en parte la demanda de fojas ciento cuarenta y uno a ciento sesenta y cinco interpuesta por el Sindicato Unitario de los Trabajadores en la Educación de la Región Tacna – SUTE Regional Tacna, representado por Luis

Alberto Flores Villavicencio, sobre proceso de amparo contra la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Tacna, con emplazamiento al Procurador Publico Regional encargado de los Asuntos Judiciales. En consecuencia, se dispone la nulidad de la Resolución Gerencial Regional N° 080-2016, de fecha veintitrés de marzo del dos mil dieciséis, que en su parte resolutiva, resuelve en su artículo primero: “Declarar la nulidad de oficio de la Resolución Directoral Regional N° 00193 de fecha cuatro de febrero del dos mil dieciséis, reponiendo las cosas al estado anterior a la violación de los derechos constitucionales señaladas, es que debe continuarse con el trámite administrativo conforme corresponde; con costos a favor del demandante. INTEGRARON la misma sentencia en cuanto debe remitirse copias de los actuados pertinentes al Ministerio Público, para que actué conforme sus atribuciones. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

6. EXP. NRO. 1809-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número cuatro, de fecha veinticuatro de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veintiocho a treinta y uno; que declara FUNDADA la demanda interpuesta por Néstor Aguilar Torres, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna – UGEL Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento; En consecuencia, Ordena: Que la demandada cumpla con el pago dispuesto en la Resolución Directoral UGEL TACNA N° 005920 de fecha 18 de Diciembre del 2015, mediante la cual resuelve otorgar al demandante la suma de S/. 11,374.56 (once mil trescientos setenta y cuatro con 56/100 soles) y esta se ejecute en sus propios términos, estableciendo el plazo de diez días para iniciar los trámites a que se contrae la ley del presupuesto, y de ser el caso la entidad demanda priorice la ejecución del pago en el modo y forma previsto en la Ley N° 30137 y su Reglamento Decreto Supremo N° 001-2014-JUS; con costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

7. EXP. NRO. 1445-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número cinco, de fecha veintitrés de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas treinta y cinco a cuarenta, corregido por la resolución número seis que corre a fojas diecisiete; que declara FUNDADA la demanda interpuesta por Hernán Rufo Siña Colque, en contra de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna – UGEL Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento. En consecuencia, Ordena: Que la demandada cumpla con el pago dispuesto en la Resolución Directoral UGEL TACNA N° 005841 de fecha 19 de Diciembre del 2016, mediante la cual resuelve otorgar al demandante la suma de S/. 9,159.12 (nueve mil ciento cincuenta y nueve con 12/100 soles) y esta se ejecute en sus propios términos, estableciendo el plazo de diez días para iniciar los trámites a que se contrae la ley del presupuesto, y de ser el caso la entidad demanda priorice la ejecución del pago en el modo y forma previsto en la Ley N° 30137 y su Reglamento Decreto Supremo N° 001-2014-JUS; con costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ,

JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 8. EXP. NRO. 1823-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número tres, de fecha diez de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a

fojas veinticuatro a treinta; que declara FUNDADA la demanda interpuesta por Marina Margot García Bedoya, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordena que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Regional Sectorial cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 562-2015-EARRHH-DEGDRRHH-DRS.T/GOB. REG.TACNA de fecha 07 de mayo del 2015 que le reconoce y otorga el pago del Interés Legal Efectivo, derivado de los devengados por aplicación de la Bonificación Especial otorgada por el Decreto de Urgencia N° 37-94, que asciende a la suma de S/. 18,376.97 (dieciocho mil trescientos setenta y seis con 97/100 soles), modificada por Resolución Administrativa N° 699-2015-EARRHH-DEGDRRHHDRS.T/GOB. REG.TACNA del 10 de junio del 2015. En consecuencia debe proceder a iniciar el proceso respectivo de pago; conforme lo establece los artículos 22° y 59° del Código Procesal Constitucional, debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la ley del sistema de presupuesto, en el plazo de diez días; con condena de costos del proceso. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

9. EXP. NRO. 1392-2017-CI.- CONFIRMARON la resolución número uno, del diez de julio del dos mil diecisiete, corriente a folios nueve y diez, que resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Susan Karine Gutiérrez Ramírez sobre Nulidad de Acto Jurídico; en consecuencia, dispone el Archivo Definitivo, debiendo remitirse al Archivo Central para su custodia, devolviendo los anexos acompañados, dejándose copia en su lugar. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

10. EXP. NRO. 1255-2017-CI.- CONFIRMARON la resolución número tres, corriente de folios setenta y cuatro a setenta y seis, de fecha diecinueve de setiembre del dos mil diecisiete que resuelve: 1) Disponer se proceda con el remate del bien dado en garantía, inmueble ubicado en el Asentamiento Humano Asociación de Vivienda Villa Los Próceres Mz. 61 Lote 24 del Distrito de Gregorio Albarracín, Provincia y Departamento de Tacna inscrito en la Partida Registral N° P20021673 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° XIII-Sede Tacna 2) Ordenar, la tasación del inmueble dado en garantía hipotecaria, para cuyo efecto desígnese dos peritos uno ingeniero civil y otro Arquitecto, debiendo cursarse oficio a la administración de la Corte Superior de Justicia de Tacna, para la asignación de los dos peritos de la señaladas profesiones, una vez quede consentida la presente, quienes deberán aceptar el cargo en el plazo de tres días de notificados, bajo apercibimiento de subrogación y presentar su dictamen respectivo; fijándose la suma de una unidad de referencia procesal como honorarios profesionales para cada perito, que deberán ser consignados por la parte ejecutante en el plazo de tres días de consentida la presente; así mismo deberá pagar la

tasa judicial correspondiente por remate judicial bajo apercibimiento de multa. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y

BEGAZO DE LA CRUZ. 11. EXP. NRO. 1440-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número cinco, del veinticinco de octubre del año dos mil diecisiete,

corriente de folios treinta a treinta y cinco, que falla declarando FUNDADA la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por Prudencio Ucharico Gómez, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección Regional de Salud Tacna, representada por su director Claudio Willbert Ramírez Atencio, con citación del Procurador Público del Gobierno Regional, en consecuencia ORDENO que la Dirección Regional de Salud de Tacna a través de su Director Regional cumpla con lo dispuesto en la Resolución Administrativa número 428-2015-EARRHH- DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA, de fecha veintisiete de marzo del dos mil quince, en sus propios términos; por lo que debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor del demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor del demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

12. EXP. NRO. 1985-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia emitida mediante resolución número tres, corriente de folios veintiuno a veintiséis, de fecha diez de noviembre del dos mil diecisiete, en el extremo que falla declarando: IMPROCEDENTE la demanda interpuesta por Ana María Pinto de Ingaroca, sobre Proceso de Cumplimiento en contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, con emplazamiento de la Procuraduría Publica del Gobierno Regional de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

13. EXP. NRO. 1849-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia emitida mediante resolución número tres, corriente de folios veintidós a veintisiete, de fecha diez de octubre del dos mil diecisiete, que falla declarando: IMPROCEDENTE la demanda en todos sus extremos interpuesta por Julio Teobaldo Vildoso Liendo, sobre Proceso de Cumplimiento en contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y

BEGAZO DE LA CRUZ. 14. EXP. NRO. 1486-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia emitida mediante resolución número tres, del dos de noviembre del año dos mil diecisiete, corriente de

folios veintitrés a veintiocho, que falla: 1. DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por Ricardo Bernardo Nina Nina, sobre Proceso Constitucional de Cumplimiento, en contra la Dirección Regional de Educación de Tacna con emplazamiento de la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Tacna. 2.

ORDENAR que la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna cumpla con lo dispuesto en: (i) la Resolución Directoral Regional número 2146, donde se reconoce al demandante, crédito devengado sobre la bonificación especial por preparación de clases y evaluación, por el monto de setenta y tres mil setecientos trece con 43/100 soles (S/ 73,713.43); (ii) la Resolución Directoral Regional número 8064, donde se reconoce al demandante, crédito devengado por concepto de la bonificación establecida mediante Decreto Supremo número 154-91-EF, por el monto de siete mil ochenta y nueve con 48/100 soles (S/ 7,089.48); así como al pago de los intereses legales, que serán liquidados en ejecución de sentencia. En consecuencia debe proceder a iniciar el procedimiento respectivo de pago señalado en la ley del sistema de presupuesto; conforme con los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional y en concordancia con el artículo 47 del T.U.O. de la Ley número 27584, en el plazo de diez días hábiles. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

15. EXP. NRO. 3134-2017-67-FC.- DECLARARON NULA la resolución número tres, emitida en Audiencia Especial de fecha dieciocho de agosto del dos mil diecisiete, corriente en copia certificada a folios ciento seis a ciento nueve, en el extremo que resuelve: PRIMERO: Dictar las siguientes MEDIDAS DE PROTECCIÓN: a) SE PROHIBE a la parte denunciada Wilver Aníbal Juanillo Cusacani incurrir en nuevos hechos de violencia física, psicológica o de cualquier otro tipo en agravio de Hilda Cruz Quenta; b) SE PROHIBE a la parte denunciada acosar, intimidar, amenazar o coaccionar a la víctima, en cualquier lugar, sea este público o privado; c) SE PROHIBE a la parte agresora cualquier forma de acercamiento o proximidad hacia la víctima con fines de violencia a una distancia no menor de quinientos metros, además comunicarse con la víctima por teléfono, carta, internet, ni por medio de terceros en contra de la voluntad de la víctima, d) SE EXHORTA a la denunciante a no incurrir en nuevos hechos de violencia física, psicológica o de cualquier otro tipo en agravio de Wilver Aníbal Juanillo Cusacani. Haciendo CONOCER a las partes, que las citadas medidas de protección se encontrarán vigentes hasta que sea emitida sentencia por el juzgado penal o de paz letrado, o hasta que sea emitido pronunciamiento fiscal por el que decida no formular denuncia penal, salvo que tales pronunciamientos sean impugnados; asimismo se hace CONOCER que en caso de incumplimiento por parte del agresor de las medidas de protección dictadas, incurrirá en el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad, con lo demás que contiene. MANDARON que la señora Juez de la causa emita nueva resolución con arreglo a ley, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

16. EXP. NRO. 2638-2014-FC.- APROBARON la sentencia consultada, que obra de folios ciento dieciocho a ciento veinticuatro, de fecha treinta y uno de Mayo del dos mil dieciséis, en el extremo que falla; declarando infundada en cuanto a la Violencia Familiar en la modalidad de Violencia Psicológica, promovida en contra de Eva Blanca Gonzáles Castillo y Orlando Diego Becerra Gonzáles, en agravio de Yesica Clorinda Antuane Calcina Ramos y Sebastián Antonio Becerra Calcina representado por su progenitora Yesica Clorinda Antuane Calcina Ramos. Dispusieron se remitan copias de los actuados al Órgano Desconcentrado de Control de la Magistratura para que actúe de acuerdo a sus atribuciones conforme se ha señalado en la parte considerativa de la presente sentencia. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

17. EXP. NRO. 19-2017-FC.- DECLARARON NULA la sentencia apelada, emitida mediante resolución número trece, corriente de folios ciento tres a ciento diez, de fecha veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, que falla declarando Fundada la demanda de exoneración de pensión de alimentos postulada por Lorenzo Aparicio Cahuana; en consecuencia se dispone: La exoneración de la pensión de alimentos que el demandante viene prestando a su hija Meriyen Lizet Cahuana Mariaca, solo en la proporción que a ésta le corresponde, esto es por el importe de noventa soles, con lo demás que contiene. MANDARON que, el señor Juez de la causa expida nueva sentencia con arreglo a ley, corrigiendo las irregularidades incurridas, conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución, guardando el derecho al debido proceso y con ello a la tutela jurisdiccional efectiva. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ

TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 18. EXP. NRO. 22-2016-FC.- CONFIRMARON la sentencia apelada, emitida mediante resolución número once, corriente de folios noventa a noventa y ocho, de fecha

treinta y uno de agosto del dos mil diecisiete, que falla declarando Infundada la solicitud de Cambio de Nombre interpuesta por Leslye Isabel Huallpa Incacutipa y Lisbeth Mayuri Huallpa Incacutipa, sobre Cambio de Apellido, dispone que una vez quede consentida la presente resolución se archive en forma definitiva en el Archivo Central de la Corte Superior de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

19. EXP. NRO. 2202-2016-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución número nueve de fecha diecisiete de octubre del año dos mil diecisiete, que corre a fojas ciento sesenta y uno a ciento sesenta y nueve; que declara IMPROCEDENTE la demanda de fojas cuarenta a setenta y ocho, subsanada a fojas ochenta y tres y siguientes interpuesta por el Sindicato de Trabajadores del Proyecto Especial Tacna – SITPET, representado por su Secretario General Juan Carlos Ticona Pilco interpone proceso de amparo contra Santos Pablo Agama, (Ex Presidente del Consejo Regional de Tacna), Octavio Benito Vega, Jaime Sergio

Bautista Aquino, Wilson Willy Ayala Sangines, Nixon Mamani Mamani, Serapio Filomeno Ramos Nina, Charles Castro Cruz Consejeros Regionales; Doctor

Omar Jiménez Flores Gobernador del Gobierno Regional Tacna y Jorge Ortiz Faucheaux Gerente General de la Zona Franca; con emplazamiento al Procurador Publico de Asuntos Jurídicos del Gobierno Regional de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO

DE LA CRUZ. 20. EXP. NRO. 2168-2017-CI.- DESAPROBARON la resolución número uno de fecha dieciséis de octubre del año dos mil diecisiete, de fojas sesenta y seis, que

declara la INCOMPETENCIA del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna para conocer la demanda de ejecución de garantía interpuesta por el Banco de Crédito del Perú en contra de Edgar Condori Choquecota y Adela Isabel Cabrera Cachicatari. Remitir la presente demanda al Segundo Juzgado Especializado en lo Civil; en consecuencia; DECLARARON competente, para conocer la presente causa, al señor Juez del Cuarto Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna de la Corte Superior de Justicia de Tacna, y DISPUSIERON la remisión de los actuados ante dicho órgano jurisdiccional para efectos del avocamiento; con conocimiento de la señorita Juez del Segundo Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA

CRUZ. 21. EXP. NRO. 1753-2017-CI.- CONFIRMARON la Resolución número uno de fecha veintitrés de agosto del año dos mil diecisiete, que corre a fojas veintidós a

veintitrés, que declara IMPROCEDENTE la demanda sobre Proceso Constitucional de Amparo interpuesta por Víctor Raúl Barrios Cáceres en contra del Juez del Primer Juzgado Unipersonal de Tacna, Doctor Raúl Caballero Laura y otro. Se Dispone el archivo del expediente y la devolución de anexos y la remisión de los actuados al archivo central para su custodia Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

22. EXP. NRO. 15-2017-FC.- CONFIRMARON la Resolución N° 01 de fecha veintidós de junio del dos mil diecisiete, obrante de fojas quince a diecisiete, que resuelve: Declarar IMPROCEDENTE la denuncia contra José Antonio Mamani Yufra en agravio de Nora Amelia Lima Contreras, solicitado por el abogado del Centro Emergencia Mujer-Jorge Basadre. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

23. EXP. NRO. 1062-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 04 de fecha primero de setiembre del dos mil diecisiete, obrante de fojas diecinueve y siguientes, donde se resuelve: DECLARAR FUNDADA la demanda interpuesta por MARIA DEL CARMEN ESTRADA REJAS, sobre Proceso de Cumplimiento contra la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna; en consecuencia ORDENO que la Dirección de la Unidad de Gestión Educativa Local de Tacna a través de su Directora Graciela Lourdes Ticona Calizaya cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral UGEL Tacna N°000110 de fecha 24 de enero del 2017 que resuelve reconocer el crédito devengado sobre la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación a favor de la demandante en su condición de profesora por el monto de S/.4 752 58 (Cuatro mil setecientos cincuenta y dos con 58/100 soles). Con condena de costos del proceso. En consecuencia debe proceder a iniciar el proceso respectivo de pago; conforme lo establece los artículos 22 y 59 del Código Procesal Constitucional, debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la ley del sistema de presupuesto, en el plazo de diez días. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

24. EXP. NRO. 2320-2015-FC.- DESAPROBARON la sentencia contenida en la resolución N° 22 de fecha dos de octubre del dos mil diecisiete, mediante la que se falla: “PRIMERO: Declarando FUNDADA la demanda de fojas trece, subsanada a fojas treinta y seis, interpuesta por LUCAS RAPHAEL PONCIANO ALVAREZ en contra de YUBITZA ALEJANDRA RAMIREZ CHAVEZ sobre Divorcio por la causal de Abandono Injustificado de la casa conyugal (como pretensión principal); declarándose, en consecuencia, DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por las partes el veinticuatro de diciembre del dos mil tres en la Municipalidad Provincial de Tacna, extinguidos los derechos hereditarios entre los ex-cónyuges y fenecida la sociedad de gananciales, sin liquidación al no haberse acreditado haber adquirido bienes durante el matrimonio; declarando asimismo el cese del derecho de la demandada de llevar el apellido del demandante. (…)” con lo demás que contiene. ORDENARON que el A quo, cumpla con emitir nuevo pronunciamiento, atendiendo a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

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07900 Por Ofrecimiento de Pruebas excepciones

07927 Por Recurso Apelación de Auto

07447 Copia Certificada por cada folio

08991Por Expedición de Copias Simples de todos los tipos de Procesos y en Violencia Familiar

08214 Exhorto

03670 Certificado de Antecedentes Penales

09970 Derecho de Notificación Judicial

07285 TUPA- Expediente con Mandato Judicial de Archivo

08222 Medidas Cautelares

07935 Por recurso de apelación de sentencias

08079 Solicitud de remate judicial

07951 Por recurso de nulidad y casación

09148 Multas

07978 Por diligencias a realizarse fuera del local del juzgado

08168Por formas especiales de conclusión del proceso, allanamiento y desentimiento

07439 Por solicitud de nulidad de actos procesales

07153 Por derecho a participar en remate judicial

a través de:

25. EXP. NRO. 3436-2017-22-FC.- Declararon NULA la Resolución N° 02 contenida en el Acta de Audiencia Oral de fecha quince de setiembre del dos mil diecisiete, obrante en copias de fojas cincuenta y seis y siguientes, que resuelve: PRIMERO: Dictar como MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de las víctimas ROYCE WILBER GONZALES MELCHOR y ERIKA KIMBERLY GONZALES MELCHOR: a) LA PROHIBICION A LA AGRESORA CARMEN ASUNTA PEREZ QUISPE DE INCURRIR EN NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA; b) LA PROHIBICION DE ACERCAMIENTO O PROXIMIDAD POR PARTE DE LA AGRESORA HACIA LAS VICTIMAS A EFECTOS DE INCURRIR EN NUEVOS HECHOS DE VIOLENCIA, ASIMISMO SE ABSTENGA DE INCURRIR EN HECHOS QUE PERTURBEN EL TRABAJO DE LOS AGRAVIADOS; y c) TRATAMIENTO REEDUCATIVO O TERAPÉUTICO PARA LA AGRESORA Y LOS AGRAVIADOS; por el término que el profesional considere pertinente, debiendo de cursarse el oficio respectivo al equipo multidisciplinario; con lo demás que contiene. ORDENARON que el A quo vuelva expedir nueva resolución teniendo en cuenta los considerandos de la presente. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

26. EXP. NRO. 156-2017-CI.- CONFIRMARON El auto contenido en la resolución N° 06 de fecha veintiocho de junio del dos mil diecisiete, obrante de fojas sesenta y seis a sesenta y siete, que resuelve: Declarar IMPROCEDENTE la NULIDAD DE LA NOTIFICACION CON LA DEMANDA y anexos, presentada por IZABEC CORPORACION S.A.C.; debidamente representada por BEATRIZ HUACCA INCACUTIPA, a fojas cuarenta y nueve en consecuencia se declara válida y con efecto legal la notificación de fojas treinta y cuatro, efectuada a la entidad demandada en el domicilio ubicado en la URBANIZACION 3 DE DICIEMBRE MZA-E, LOTE-14, del distrito de GREGORIO ALBARRACIN LANCHIPA, provincia y departamento de TACNA. CONFIRMARON el auto final contenido en la resolución N° 11 de fecha veintinueve de agosto del dos mil diecisiete, corriente de fojas noventa y ocho y siguientes, que resuelve: ORDENAR que se lleve adelante ejecución hasta que las ejecutadas IZABEC CORPORACION SAC representada por doña Beatriz Huacca Incacutipa en calidad de deudora principal y de doña Beatriz Huacca Incacutipa en calidad de fiadora solidaria cumplan con pagar a la entidad ejecutante la suma de cincuenta y un mil quinientos treinta soles con treinta y seis céntimos (S/. 51 530.36) más intereses compensatorios y moratorios pactados, costas y costos del proceso. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ

TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 27. EXP. NRO. 1340-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 05 de fecha dos de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas treinta y

siguientes, que resuelve: PRIMERO: FUNDADA, la demanda de fojas seis a ocho, interpuesta por ESTEBAN REY BAUTISTA MELCHOR, sobre Proceso de Cumplimiento contra la DIRECCIÓN DE LA UGEL DE EDUCACIÓN DE TACNA y con citación del PROCURADOR PUBLICO DEL GOBIERNO REGIONAL. SEGUNDO: ORDENO que la DIRECCIÓN DE LA UGEL DE EDUCACIÓN DE TACNA cumpla con lo dispuesto en la Resolución Directoral UGEL Tacna número 0005913 de fecha dieciocho de diciembre de dos mil quince, en sus propios términos; en consecuencia debe proceder iniciar el proceso respectivo de pago a favor del demandante, en la forma que establece la ley, en el plazo de diez días de consentida la presente; bajo apercibimiento de imponerse multas fijas o acumulativas de conformidad al artículo 22 del Código Procesal Constitucional. Con pago de costos del proceso a favor del demandante. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

28. EXP. NRO. 1488-2017-CI.- CONFIRMARON la Sentencia contenida en la resolución N° 03 de fecha veinticuatro de octubre del dos mil diecisiete, obrante de fojas veinticinco y siguientes, donde se resuelve: Declarando: FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Julia Ubaldina Rafael Bernabé, en contra de la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna, sobre Proceso de Cumplimiento; En consecuencia, ORDENO: Que la demandada cumpla con el pago dispuesto en la Resolución Directoral Regional N° 005256 de fecha 02 de Setiembre del 2013, y Resolución Directoral Regional N° 000478 de fecha 11 de Febrero del 2014 y esta se ejecute en sus propios términos, estableciendo el plazo de diez días para iniciar los trámites a que se contrae la ley de presupuesto, y de ser el caso la entidad demanda priorice la ejecución del pago en el modo y forma previsto en la Ley N°30137 y su reglamento Decreto Supremo 001-2014-JUS; 2) IMPROCEDENTE en cuanto al pago de intereses CON COSTOS. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

29. EXP. NRO. 1310-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 06 de fecha veinticinco de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas cincuenta y siguientes, que resuelve: Declarar FUNDADA la demanda de folios quince y siguientes, interpuesta por GRIETA ROSARIO CORNEJO TRILLO, sobre Proceso de Cumplimiento en contra de la Dirección Regional de Salud de Tacna. En consecuencia, Dispongo: Que la parte demandada CUMPLA con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° N°160-2016-EARRHH-DEGDRRHH-DRS.T/GOB.REG.TACNA de fecha veinticinco de febrero del dos mil dieciséis, conforme lo establecen los artículos 22° y 59° del Código Procesal Constitucional; debiendo la entidad demandada iniciar el trámite a que se contrae la Ley del Sistema de Presupuesto, en el plazo de diez días, con costos del proceso a cargo de la parte vencida. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ

TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 30. EXP. NRO. 149-2017-CI.- APROBARON la sentencia contenida en la resolución N° 12 de fecha veintitrés de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas

ochenta y cinco y siguientes, mediante la que se falló: Declarar FUNDADA La demanda de folios veinticuatro a veintinueve sobre otorgamiento de escritura pública de compra venta del 50% de acciones y derechos interpuesta por Felipe Ale Tellería en contra de la sucesión de doña Mercedes Grados Díaz de Aliaga. En consecuencia, DISPONGO: Que la demandada cumpla con otorgar la respectiva escritura pública de compra y venta del 50% de acciones y derechos del bien inmueble rústico ubicado en las Pampas de la Yarada, (hoy distrito La Yarada - Los Palos) provincia y departamento de Tacna inscrito en la ficha N° 5022 hoy partida N° 05117544 de los Registros Públicos de la ciudad de Tacna. Con costas y costos. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ

TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 31. EXP. NRO. 43-2017-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la Resolución N° 08 de fecha diecisiete de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas 474

a 486, mediante el cual se resuelve declarar IMPROCEDENTE la demanda de fojas ciento ochenta a doscientos diecisiete interpuesta por LUIS DAVID ENRIQUEZ

BENITO, sobre Proceso de Amparo contra el Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna, debidamente representado por su Presidente en Funciones el Señor OCTAVIO BENITO VEGA, y en contra el Gobernador del Gobierno Regional Tacna Doctor Omar Jiménez Flores; con emplazamiento al PROCURADOR

PUBLICO DE ASUNTOS JURIDICOS DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y

BEGAZO DE LA CRUZ. 32. EXP. NRO. 1654-2015-CI.- APROBARON la Resolución N° 17 de fecha veintiséis de setiembre del dos mil diecisiete que obra a foja 290 y 291, mediante el cual la

magistrada del Primer Juzgado Civil se abstiene de su conocimiento; en consecuencia; DECLARARON competente, para conocer la presente causa, al señor Juez del Tercer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Tacna, y DISPUSIERON la remisión de los actuados a dicho órgano jurisdiccional para efectos del avocamiento respectivo; con conocimiento de la señora Jueza del Primer Juzgado Especializado en lo Civil de Tacna. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA

RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 33. EXP. NRO. 868-2014-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución número treinta de fecha seis de octubre del dos mil diecisiete, corriente de fojas

trescientos diecisiete a trescientos veintisiete, mediante la que se falló: Declarando FUNDADA la demanda interpuesta por CARMEN GLADYS ALARCON PINO, en contra de MARIA TERESA DEL PILAR POLO BERRIOS y de la SUCESION de quien en vida fuera JOSE ANTONIO POLO BERRIOS, sobre OTORGAMIENTO DE

ESCRITURA PUBLICA; en consecuencia ordena que la demandada cumpla con otorgar Escritura Pública a favor de la demandante, respecto del inmueble consistente en área de quinientos metros cuadrados que forma parte del inmueble ubicado en la Avenida Celestino Vargas No. 224 del Distrito de Pocollay, Provincia y Departamento de Tacna, que consta inscrito en la Partida Electrónica No. 05114444 de la Oficina Registral de Tacna; bajo apercibimiento de otorgarla el Juzgado. Con condena de costas y costos del proceso. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

34. EXP. NRO. 2897-2016-FC.- DECLARARON NULA la sentencia contenida en la resolución N° 12 de fecha veintitrés de agosto del dos mil diecisiete, obrante de fojas setenta y nueve y siguientes, que resuelve: PRIMERO: Declarando FUNDADA en parte la demanda de Tenencia y Alimentos de fojas dieciséis interpuesta por Daysi Julieta Urieta Gutiérrez en representación de la menor Astrid Ghia Karolina Huanca Urieta en contra de Ronal Darwin Huanca Mayorga; con lo demás que contiene. NULO E INSUBSISTENTE todo lo actuado hasta el estado de notificarse nuevamente con la demanda, auto admisorio y anexos al demandado Huanca Mayorga Ronald Darwin, debiendo proseguir el proceso de acuerdo a ley, conforme a los considerandos precedentes. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA

RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ. 35. EXP. NRO. 2003-2013-CI.- CONFIRMARON la sentencia contenida en la resolución N° 49 de fecha 31 de marzo del 2017, corriente de fojas 745 a 778, en el

sentido que falla declarando: INFUNDADA la demanda interpuesta por Empresa de Transportes Ríos E.I.R.L: representado por su Gerente Iris Urbina de Ríos en contra José Luis Qwistgaard Suárez Director General de Transporte Terrestre y Darío Fuentes Dueñas Director Regional de Transportes y Comunicaciones de la Región de Tacna, sobre proceso Contencioso Administrativo. Conformando Sala los Magistrados ZEGARRA RAMÍREZ, JUÁREZ TICONA Y BEGAZO DE LA CRUZ.

CANTIDAD DE RESOLUCIONES

RESOLUCIONES DE VISTA: 35

AUTOS: 03

DECRETOS: 20

--------------------------------------------- MACARENA LIENDO DUARTE

RELATORA (E) DE LA SALA CIVIL

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La República 15SUPLEMENTO JUDICIAL TACNAViernes, 7 de setiembre de 2018

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La República16 SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA Viernes, 7 de setiembre de 2018