Acta N° 049 del 03 de Julio del 2007

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N 49-07

CONSEJO SUPERIOR DEL PODER JUDICIAL.- San Jos, a las trece horas treinta minutos del tres de julio del dos mil siete.Sesin ordinaria con asistencia del Magistrado Mora, Presidente; de las licenciadas Miriam Ancha Paniagua, Milena Conejo Aguilar, y el licenciado Marvin Martnez Fernndez y la suplente Carmen Aguilar Mora en sustitucin de la licenciada Lupita Chaves Cervantes por permiso con goce de salario. Asiste tambin el Director Ejecutivo, licenciado Alfredo Jones Len.APROBACIN DE ACTASARTCULO ISe aprueba la separata del acta N 48-07 celebrada el 28 de junio del ao en curso, artculo LVIII.El Magistrado Mora y la licenciada Aguilar Mora, se abstienen de votar en la aprobacin de la separata del 28 de junio ltimo, artculo LVIII, por no haber participado de la citada sesin. CONTRATACIONES ADMINISTRATIVASARTCULO II La licenciada Sonia Navarro Solano, Directora del Programa Poder Judicial-BID, en oficio N PJ-BID-497-07 de 22 de junio ltimo, presenta lo siguiente:Con el ruego atento de que se someta a la consideracin del Consejo Superior, me permito remitir el resultado del estudio tcnico aplicado a las ofertas presentadas, mismo que origina la recomendacin de adjudicacin para la Licitacin Pblica Nacional 2006LN-000121-01 Contratacin del Diseo e Implantacin de un Observatorio Judicial.ANTECEDENTESLa Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, conforme a las autorizaciones correspondientes, invit a presentar oferta mediante publicacin en el Diario Oficial La Gaceta, en el Un Development business y en el sitio Web de la Unidad Ejecutora, adems se invit directamente a las siguientes empresas:Perspectivas para el Desarrollo.Estudios para el Futuro.Estado de la Nacin.

En la Gaceta N 21 del 30 de enero del 2007, se public la invitacin a participar en dicho concurso, establecindose como ltimo da para recibir ofertas el da 2 de marzo del 2007 a las 10:00 horas, producto de observaciones de posibles oferentes se ampli el plazo para ejecutar la contratacin y para recibir ofertas para el da 13 de marzo, ante nuevas solicitudes de aclaracin, se realizaron otras modificaciones y se ampli el plazo para recibir ofertas al 20 de marzo del 2007 a las 10:00 am, llegado ese da se procedi con el acto de apertura y se recibieron las siguientes ofertas:

NmeroParticipanteCdula Jurdica No.Pas de Origen1Azertia Tecnologas de la Informacin S.A.U.A-48306260Espaa2Fundacin de la Universidad de Costa Rica para la Investigacin (Fundevi) 3-006-101757-35Costa RicaANLISIS DE LAS OFERTASANLISIS LEGAL:Se solicit el criterio respectivo a la Seccin de Asesora Legal, ubicada en la Direccin Ejecutiva, la que mediante oficio 463-DE/AL-07, indic lo correspondiente a cada oferente. Resultado de ste estudio, se determin que las dos ofertas cumplen legalmente.ANLISIS TCNICO:Paralelo a la remisin de las ofertas a la Asesora Legal, se remitieron copias de las ofertas a la comisin interdisciplinaria del Poder Judicial conformada por Mara Emilia Campos Sols colaboradora de la Secretara de Gnero, Franklin Gonzlez Morales Jefe de la Seccin de Estadstica del Departamento de Planificacin, Freddy Chavarra Chaves colaborador de la Seccin de Estadstica del Departamento de Planificacin y el Asesor en Informtica de la UEP Fernando Ruiz Elizondo con la finalidad de proceder a la evaluacin tcnica de las mismas. Producto de esto se le previno a las dos empresas, para que aportaran informacin curricular de los profesionales ofertados.PREVENCIONES:Producto de los dos estudios, se procedi a prevenir a las firmas para que corrigieran los errores subsanables, para lo cual se les concedi un plazo de cinco das hbiles. Las dos empresas respondieron a lo solicitado en tiempo y forma.METODOLOGA DE EVALUACINUna vez vencido el plazo para la recepcin de las respuestas a las prevenciones realizadas, el equipo de profesionales encargado de la evaluacin tcnica de las ofertas, procedi a conformar dicho estudio, conforme la Metodologa de Calificacin contenida en el cartel del concurso. RESULTADO DE LA EVALUACINEl equipo de especialistas tcnicos mencionados anteriormente, analiz todos los criterios de evaluacin y los confrontaron con las ofertas respectivas y las respuestas recibidas a las prevenciones, aplicaron la metodologa de calificacin incluida en el cartel y remitieron el resultado de dicho procedimiento a la UEP. La Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, de acuerdo con el estudio tcnico suscrito por la comisin interdisciplinaria del Poder Judicial conformada por Mara Emilia Campos Sols colaboradora de la Secretara de Gnero, Franklin Gonzlez Morales Jefe de la Seccin de Estadstica del Departamento de Planificacin, Freddy Chavarra Chaves colaborador de la Seccin de Estadstica del Departamento de Planificacin y el Asesor en Informtica de la UEP Fernando Ruiz Elizondo, el cual se adjunta; se permite realizar la siguiente recomendacin del orden de mrito.De las dos ofertas recibidas, la mejor calificada como se puede observar en el cuadro siguiente, corresponde a la oferta No. 2 Fundevi, con una nota de 94.5 %. CUADRO RESUMEN

CRITERIOS DE EVALUACIN1. AZERTIA/SEINTEX2. FUNDEVI Detalle de la Metodologa (20%)15%15% Cronograma (10%)5%10%Experiencia en desarrollo de observatorios similares al requerido. (20%20%20%Competencia tcnica especfica de consultores/as Ofrecidos/as en relacin con las actividades asignadas. (20%20%20%Experiencia general de los/as consultores/as principales (10%)10%10%Grado acadmico (10%)8.8%9.5%Valor agregado a la capacidad institucional(10%)5%10%NOTA FINAL83.8%94.5%

APERTURA DE LA PROPUESTA ECONMICA Y NEGOCIACIN

El 29 de mayo del 2007, se procedi a la apertura del respectivo sobre econmico, contando con la participacin de los representantes de la empresa y la Unidad Ejecutora, la oferta econmica es de US $133.000, (Ciento treinta y tres mil dlares estadounidenses exactos).

En ese mismo momento, se procede a realizar el proceso de Negociacin previsto para la segunda fase de este procedimiento con la presencia de los representantes de la empresa y de la Unidad Ejecutora del Programa de Modernizacin de la Administracin de la Justicia.

Monto negociado: US $133.000, (Ciento treinta y tres mil dlares estadounidenses exactos). Monto que se tiene como precio firme y definitivo y corresponde a suma alzada.

Forma de pago: La forma de pago ser por etapas, constituidas en ocho tractos, divididos de la siguiente manera:

Etapa I Diseo del modelo del Observatorio Judicial

$18,588, Contra la entrega y aprobacin del Informe sobre la elaboracin y aprobacin del plan de trabajo, definicin conceptual y agenda temtica del Observatorio, alcances, filosofa, objetivos, misin y visin.

$18,588, Contra la entrega y aprobacin del Informe sobre la presentacin de los resultados obtenidos y validacin final de la filosofa, alcances, objetivos y agenda temtica del Observatorio Judicial, definicin de la red de usuarios (as) y proveedores (as) de servicios e informacin del Poder Judicial, adems de la definicin de la organizacin que soportar el Observatorio Judicial.

$18,588, Contra la entrega y aprobacin del Informe sobre el procesamiento de la informacin, revisin exhaustiva de la documentacin e iniciativas existentes sobre la materia de indicadores en Justicia, recoleccin de informacin con criterios claros e inventario de recursos y servicios en el sector.

Etapa II Desarrollo de Indicadores estructurales y lnea base del estado de la administracin de justicia costarricense.$15.984 Contra la entrega y aprobacin de la segunda etapa del Proyecto

Etapa III Validacin del sistema de indicadores y resultado de la lnea base $15.984 Contra la entrega y aprobacin de la tercera etapa del Proyecto.

Etapa IV Servicios Informticos$15.984 Contra la entrega y aprobacin de la cuarta etapa del Proyecto.

Etapa V Puesta en Operacin del Observatorio Judicial$15.984 Contra la entrega y aprobacin de la quinta etapa del Proyecto.

$13.300, El ltimo pago, conforme las polticas del BID, ser girado al momento de contar con la aprobacin del informe final por parte de la representacin del BID en Costa Rica.

Plazo de ejecucin: Se pacta un plazo mximo de 14 meses de ejecucin, el cual incluye 2 meses para el plazo de aprobaciones del Poder Judicial.

RECOMENDACIN DE ADJUDICACIN:

En virtud de lo anterior, y de la no objecin del BID emitida a travs del oficio No. COF/CCR/956/2007, la Unidad Ejecutora del Programa, se permite recomendar la adjudicacin de la Licitacin Pblica Nacional 2006LN-000121-01 a la fundacin Fundevi, conforme con los trminos del concurso, la evaluacin y el Acta de Negociacin adjuntas.

El Monto a adjudicar es de US $133.000, (Ciento treinta y tres mil dlares estadounidenses exactos). Monto que se tiene como precio firme y definitivo y corresponde a suma alzada. Forma de pago: La forma de pago ser por etapas, constituidas en ocho tractos, de acuerdo con lo indicado en el apartado anterior. Plazo de ejecucin: Se pacta un plazo mximo de 14 meses de ejecucin, el cual incluye 2 meses para el plazo de aprobaciones del Poder Judicial.- 0 -De conformidad con lo que establecen los artculos 81, inciso 10, de la Ley Orgnica del Poder Judicial y la recomendacin formulada por el Programa Poder Judicial-BID en el oficio anteriormente transcrito, se acord: Adjudicar la Licitacin Pblica Internacional N 2006LI-000121-01, para la Contratacin del Diseo e Implantacin de un Observatorio Judicial, a la fundacin Fundevi, conforme con los trminos del concurso, la evaluacin y el Acta de Negociacin adjuntas.El Monto a adjudicar es de US $133.000, (Ciento treinta y tres mil dlares estadounidenses exactos). Monto que se tiene como precio firme y definitivo y corresponde a suma alzada. Forma de pago: La forma de pago ser por etapas, constituidas en ocho tractos, de acuerdo con lo indicado en el apartado anterior. Plazo de ejecucin: Se pacta un plazo mximo de 14 meses de ejecucin, el cual incluye 2 meses para el plazo de aprobaciones del Poder Judicial.El Programa Poder Judicial-BID tomar nota para los fines consiguientes. Se declara firme este acuerdo.ARTCULO III Con oficio N 4532-DP/03-07 de 25 de junio ltimo, la mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, adjunta ejemplar del cartel o pliego de condiciones para la licitacin abreviada, ya dictaminado por la Seccin de Asesora Legal de la Direccin Ejecutiva N 2007LN-000011-PROV, la cual tiene por objeto la Compra de papel higinico y toallas de papel bajo la modalidad de entrega segn demanda, para su respectiva aprobacin y orden de inicio.Vista la anterior comunicacin y de conformidad con los artculos 81, inciso 10), de la Ley Orgnica del Poder Judicial, 8 y 9 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, se acord: 1) Ordenar el inicio de los procedimientos de contratacin segn la modalidad y requerimientos fijados en el pliego de condiciones para la licitacin abreviada indicada, documento que tambin se aprueba. Lo anterior, con fundamento en las necesidades institucionales previstas en el programa de actividades y en estricta observancia de los siguientes requisitos:Justificacin de la procedencia de la contratacin:Este procedimiento de contratacin se promueve con el fin de suministrar a todos los despachos judiciales del pas, papel higinico y toallas de papel, necesarios para el funcionamiento de las oficinas que lo requieran, los cuales son de uso diario para las labores normales, segn programacin y estudio de requerimientos de diversos despachos judiciales, realizado por el Proceso de Administracin de Bienes del Departamento de Proveedura.

Descripcin del objeto, las especificaciones tcnicas y caractersticas de los bienes:De conformidad con el requerimiento formulado por el Proceso de Administracin de Bienes del Departamento de Proveedura, se requiere la compra de papel higinico y toallas de papel, segn la cantidad, especificaciones y dems trminos y condiciones que se incorporaron en el cartel que se adjunta.

Procedimientos de control de calidad:Los procedimientos que se aplicarn para la ejecucin del servicio se efectuarn a travs del Subproceso de Almacn del Proceso de Administracin de Bienes de la Proveedura Judicial, el cual revisar minuciosamente los bienes recibidos para verificar su estricto apego con lo adjudicado. Adems, dicho Subproceso har revisiones peridicas durante el tiempo que los bienes estn almacenados para asegurar que conserven su estado. Finalmente, se atendern las quejas de los usuarios en caso de que alguno de los bienes que se distribuyan en las oficinas judiciales presente algn defecto.

Estimacin actualizada del costo del objeto y disponibilidad presupuestaria:De conformidad con los montos presupuestados para esta contratacin se estima que la compra rondar la suma anual de 17.376.120,00, por lo que de conformidad con la Ley de Contratacin Administrativa, su reglamento y la resolucin R-CO-7-2007 de la Contralora General de la Repblica, publicada en el diario oficial La Gaceta nmero 43 del da 1 de marzo de 2007, y por tratarse de una compra de suministros bajo la modalidad de entrega segn demanda, corresponde tramitar una licitacin pblica.

Asimismo, es importante aclarar que conforme el artculo 9 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, esta licitacin iniciar en el perodo 2008, razn por la cual esta Administracin deber tomar las previsiones necesarias para garantizar en su oportunidad el pago de las obligaciones que contraer durante todos los ejercicios presupuestarios que involucran la relacin contractual.Estudios previos que motivan el inicio de los procedimientosEl Proceso de Administracin de Bienes del Departamento de Proveedura determin la necesidad de compra de estos bienes realizando un estudio con base en la cantidad consumida en el ltimo ao, de esta forma se estableci un consumo mensual y se definieron las cantidades de cada bien que se van a requerir para suplir a las oficinas judiciales de lo necesario para su normal funcionamiento durante el ao, as como sus caractersticas.

Recursos humanos y materiales que se disponen para verificar la correcta ejecucin del objeto de la contratacinAl Subproceso de Almacn del Proceso e Administracin de Bienes del Departamento de Proveedura le corresponde verificar la correcta ejecucin del objeto contractual, como despacho competente que cuenta con el personal tcnico necesario para llevar a cabo y hacerse responsables de lo relacionado con la ejecucin del contrato. En esta labor coadyuvar el Subproceso de Verificacin y Ejecucin Contractual del Departamento de Proveedura, el cual en caso de incumplimiento, desplegar las acciones que resulten aplicables.

Cronograma de tareas y responsables de su ejecucin para el correcto desarrollo de las actividades previstas en el presente proceso licitatorio:Con el fin de dar seguimiento y velar por el debido cumplimiento de las diferentes actividades necesarias para la ejecucin del proceso de contratacin, se adjunta el cronograma de actividades para el ptimo desarrollo de las tareas previstas a ejecutar en este concurso, el cual deber hacerse del conocimiento de los diferentes actores en el proceso para que dispongan de informacin respecto a las actividades que deban realizar y el tiempo que disponen para cada una de ellas.

El cronograma que se presenta comprende desde la apertura de ofertas hasta la adjudicacin por parte del Consejo Superior. El grfico que contiene las dems etapas hasta el inicio del contrato se conserva en el expediente de licitacin.El Departamento de Proveedura tomar nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.ARTCULO IV La mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, en oficio N 4666-DP/40-2007 de 25 de junio ltimo, comunica lo siguiente:Con la finalidad que se someta a consideracin de los miembros del Consejo Superior, el proceso de inhabilitacin establecido contra la empresa Analytical Instruments S.A., cdula jurdica No. 3-101-274478-05, representada por el seor Delio Poveda Chacn, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.504-2005, se describen los hechos que dan lugar a dicho proceso.

1. Mediante la Contratacin Directa No. 504-2005, pedido 2005-051491, se contrat con la empresa Analytical Instruments S.A., la compra de diversos productos qumicos, por un monto de 646.149,76 (seiscientos cuarenta y seis mil ciento cuarenta y nueve colones con 76/100) y un plazo de entrega de 60 das naturales luego de recibido el pedido por la empresa, hecho ocurrido el 07 de octubre de 2005, por lo que el plazo de entrega venci el 06 de diciembre del mismo ao.

2. Segn correo electrnico del 25 de mayo de 2006, emitido por la Seccin de Qumica Analtica, el 23 de diciembre de 2005 se recibieron los productos adjudicados, con un atraso de 16 das naturales. Del atraso observado, mediante resolucin No.125-VEC-2007 de las 14:00 horas del 24 de mayo de 2007, notificada el 04 de junio en curso, se le dio audiencia a la contratista, por el plazo de cinco das hbiles, para que expusiera sus alegatos y aportara las pruebas que estimara pertinentes. La audiencia fue atendida por el representante de la cocontratante en escrito recibido el 08 de junio en curso, manifestando en lo que interesa: (...)le informo que los productos ingresaron tarde debido a problemas de produccin en la casa matriz.(...)

3. Sobre las manifestaciones del representante de la empresa, del atraso incurrido, es importante aclarar, que a pesar de manifestar que el mismo se produjo por problemas de produccin en su casa matriz, debi gestionar ante la Administracin la respectiva extensin del plazo, en los trminos que establece el artculo 22.2 el Reglamento General de la Contratacin Administrativa, Decreto Ejecutivo No. 25038-H del 06 de marzo de 1996, vigente al inicio del presente proceso, segn se dir. Por otra parte, no acredit el hecho que menciona como causa del atraso.

4. En general, todo contratista est obligado a cumplir, plenamente con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestacin documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalizacin o ejecucin del contrato (Artculo 22.1 del Reglamento citado). Uno de los aspectos que estn comprendidos en tales condiciones, lo constituye el plazo de entrega, a no dudarlo. Sin embargo, si en curso de la ejecucin del contrato, el contratista se encuentra en una situacin imprevista que pueda catalogarse de fuerza mayor o frente a hechos de la Administracin, que le impidan la ejecucin plena del contrato, ese contratista est obligado a gestionar ante la Administracin la respectiva prrroga, en los trminos que establece el artculo 22.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, que literalmente dice: Solamente se autorizan prrrogas para la ejecucin del contrato por razones de fuerza mayor debidamente acreditada por el contratista, o por demoras ocasionadas por la propia Administracin. En uno y otro caso, el contratista, solicitar dicha prrroga a ms tardar dentro de los ocho das siguientes al conocimiento del hecho que demorar la ejecucin. No se concedern prrrogas vencidos los trminos de ejecucin previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos. El contratista privado, que al encontrarse en una situacin adversa para cumplir con los trminos convenido en un contrato administrativo, situacin que no provoc y que no est a su alcance subsanar, debe gestionar ante la Administracin la prrroga que dispone el 22.2 de recin transcripcin, cumpliendo, claro est, con el requisito de oportunidad procesal que la misma norma establece. Quien al encontrarse en alguno de los supuestos que contempla este artculo, no solicite la respectiva prrroga, transgrede abiertamente la opcin que le brinda esta disposicin reglamentaria. De hecho es muy diferente la conducta de un cocontratante que en forma oportuna ofrece a la Administracin las razones del caso, explicando porqu se va atrasar en la entrega de la cosa, la prestacin del servicio o la ejecucin de la obra, respecto del que permite que transcurra el plazo originalmente pactado, sin formular gestin alguna al respecto.

5. Sobre la trascendencia del plazo de entrega, la Contralora General de la Repblica ha destacado que, el plazo de entrega Debe ser real y ejecutable. Resulta necesario sealar que, en cuanto al plazo de entrega, este Despacho ha manifestado que (...) el plazo de entrega, es decir, el plazo dentro del cual el oferente se compromete a cumplir con el objeto contractual es un aspecto relevante, tanto as, que est incluido en el artculo 45 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, que desarrolla el contenido mnimo del cartel, al contrario de las reglas que privan en la contratacin Privada, en donde bajo ciertas circunstancias el plazo se tiene como un elemento accidental, no esencial. (RSL No. 164-99). A ello agregaramos que esencial es su definicin, es decir, no imaginamos un contrato administrativo en el cual se omita el plazo dentro del cual se debe cumplir la prestacin, sea que este haya sido definido por la Administracin o bien por el oferente. El plazo de entrega adems de ser un elemento que requiere estar definido con precisin, debe ser real y ejecutable, pues de lo contrario el oferente, como futuro contratista, se podra estar colocando desde un inicio en una situacin de incumplimiento contractual y como tal, contrariando las reglas de la buena fe negocial. (R-DAGJ-40-99 de las 9:00 horas del 25 de octubre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999).

6. Por su parte, el artculo 99 a) de la Ley de Contratacin Administrativa, sanciona con apercibimiento a la persona fsica o jurdica que durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas: El contratista, que sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecucin de las garantas de participacin o cumplimiento.A la empresa Analytical Instruments S.A., por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No. 204-2005, el Consejo Superior en sesin No.92-05, artculo XC, celebrada el 22 de noviembre de 2005, le aplic la sancin de apercibimiento, la cual, de acuerdo con el artculo 106.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, (...) consiste en una formal amonestacin escrita dirigida al particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin perjuicio de la ejecucin de garantas, cuando as procediere y constituye un antecedente para la aplicacin de la sancin de inhabilitacin.

7. Debido a que la empresa Analytical Instruments S.A., incurri en una conducta similar a la que motiv el apercibimiento, le es aplicable la sancin de inhabilitacin que dispone el artculo 100 a) de la Ley de Contratacin Administrativa, que dice: La Administracin o la Contralora General de la Repblica inhabilitarn para participar en procedimientos de contratacin administrativa, por un perodo de dos a diez aos, segn la gravedad de la falta, a la persona fsica o jurdica que incurra en las conductas descritas a continuacin: a) Despus del apercibimiento previsto en el articulo anterior, incurra en una conducta similar, dentro de los tres aos siguientes a la sancin.. (As reformado mediante Ley 8439 publicada en la gaceta #79 del 26 de abril de 2005).

8. El atraso de Analytical Instruments S.A. en la contratacin bajo examen, es de diecisis das naturales en la entrega de varios productos qumicos, lo que representa un incumplimiento considerable, no obstante, por la trascendencia del negocio y en reconocimiento del principio de razonabilidad de los actos pblicos, en criterio de este Departamento debe inhabilitarse a esta empresa por el perodo mnimo, que segn el artculo de recin transcripcin es de 2 aos.

9. Con fundamento en lo expuesto y normativa citada, el Departamento de Proveedura recomienda: Inhabilitar por un perodo de dos aos a la empresa Analytical Instruments S.A., cdula jurdica nmero 3-101-274478-05, para participar en todo proceso de Contratacin Administrativa, por incumplir con el plazo pactado en la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.504-2005 y encontrarse previamente apercibida; sancin que debe comunicarse tanto a la cocontratante infractora como a la Contralora General de la Repblica y adems publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

La contratista puede notificarse mediante el fax 272-9700, se adjunta el legajo respectivo."- 0 -

Se dispuso: 1.) Acoger la recomendacin del Departamento de Proveedura y en consecuencia, de conformidad con la normativa citada, inhabilitar por dos aos a la empresa Analytical Instruments S.A. cdula jurdica N 3-101-274478-05, para participar en todo procedimiento de contratacin administrativa que promueva el Poder Judicial, por incumplir el plazo pactado en la Contratacin Directa N 504-2005. 2.) Comunquese a la empresa sancionada representada por el seor Delio Poveda Chacn y a la Contralora General de la Repblica. 3.) Realizar la publicacin en el diario oficial La Gaceta para informacin de la Administracin Pblica. Contra este pronunciamiento procede el recurso de reconsideracin, que en caso de presentarse deber hacerlo ante la Secretara General de la Corte, dentro del tercer da despus de la notificacin de esta resolucin.El Departamento de Proveedura tomar nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.ARTCULO V En oficio N 4659-DP/40-2007 de 22 de junio ltimo, la mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, presenta la siguiente gestin: Con la finalidad que se someta a consideracin de los miembros del Consejo Superior, el proceso de apercibimiento establecido contra la empresa ATP Global Investments of Costa Rica S.A., cdula jurdica No.3-101-255544-00, representada por el seor Javier Vargas Len, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.200-2006, se describen los hechos que dan lugar a dicho proceso.

1. Mediante la Contratacin Directa No.200-2006, pedido 2006-060831, se contrat con la empresa ATP Global Investments of Costa Rica S.A., la compra de diversos productos qumicos, por un monto de 123.505,51 (ciento veintitrs mil quinientos cinco colones con 51/100) y un plazo de entrega de 120 das naturales luego de recibido el pedido por la empresa, hecho ocurrido el 21 de junio de 2006, por lo que el plazo de entrega venci el 19 de octubre del mismo ao.

2. Segn Constancia de Recibo de Bienes y Materiales emitida por la Seccin de Biologa Forense, el 14 de noviembre se recibieron los productos adjudicados, con un atraso de 25 das naturales. Del atraso observado, mediante resolucin No.133-VEC-2007 de las 14:30 horas del 28 de mayo de 2007, notificada el 04 de junio en curso, se le dio audiencia a la contratista, por el plazo de cinco das hbiles, para que expusiera sus alegatos y aportara las pruebas que estimara pertinentes. La audiencia fue atendida por el representante de la cocontratante en escrito recibido el 08 de junio en curso, manifestando en lo que interesa: (...)le informo que los productos ingresaron tarde debido a las nuevas regulaciones impuestas por la TFA de Estados Unidos para el manejo de los productos qumicos desde Miami hasta Costa Rica.(...)

3. Sobre las manifestaciones del representante de la empresa, del atraso incurrido, es importante aclarar, que a pesar de manifestar que el mismo se produjo por las nuevas regulaciones impuestas para la importacin de este tipo de productos, debi gestionar ante la Administracin la respectiva extensin del plazo, en los trminos que establece el artculo 22.2 el Reglamento General de la Contratacin Administrativa, Decreto Ejecutivo No. 25038-H del 06 de marzo de 1996, vigente al inicio del presente proceso, segn se dir. Por otra parte, no acredit el hecho que menciona como causa del atraso.

4. En general, todo contratista est obligado a cumplir, plenamente con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestacin documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalizacin o ejecucin del contrato (Artculo 22.1 del Reglamento citado). Uno de los aspectos que estn comprendidos en tales condiciones, lo constituye el plazo de entrega, a no dudarlo. Sin embargo, si en curso de la ejecucin del contrato, el contratista se encuentra en una situacin imprevista que pueda catalogarse de fuerza mayor o frente a hechos de la Administracin, que le impidan la ejecucin plena del contrato, ese contratista est obligado a gestionar ante la Administracin la respectiva prrroga, en los trminos que establece el artculo 22.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, que literalmente dice: Solamente se autorizan prrrogas para la ejecucin del contrato por razones de fuerza mayor debidamente acreditada por el contratista, o por demoras ocasionadas por la propia Administracin. En uno y otro caso, el contratista, solicitar dicha prrroga a ms tardar dentro de los ocho das siguientes al conocimiento del hecho que demorar la ejecucin. No se concedern prrrogas vencidos los trminos de ejecucin previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos. El contratista privado, que al encontrarse en una situacin adversa para cumplir con los trminos convenido en un contrato administrativo, situacin que no provoc y que no est a su alcance subsanar, debe gestionar ante la Administracin la prrroga que dispone el 22.2 de recin trascripcin, cumpliendo, claro est, con el requisito de oportunidad procesal que la misma norma establece. Quien al encontrarse en alguno de los supuestos que contempla este artculo, no solicite la respectiva prrroga, transgrede abiertamente la opcin que le brinda esta disposicin reglamentaria. De hecho es muy diferente la conducta de un cocontratante que en forma oportuna ofrece a la Administracin las razones del caso, explicando porqu se va atrasar en la entrega de la cosa, la prestacin del servicio o la ejecucin de la obra, respecto del que permite que transcurra el plazo originalmente pactado, sin formular gestin alguna al respecto.

5. Sobre la trascendencia del plazo de entrega, la Contralora General de la Repblica ha destacado que, el plazo de entrega Debe ser real y ejecutable. Resulta necesario sealar que, en cuanto al plazo de entrega, este Despacho ha manifestado que (...) el plazo de entrega, es decir, el plazo dentro del cual el oferente se compromete a cumplir con el objeto contractual es un aspecto relevante, tanto as, que est incluido en el artculo 45 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, que desarrolla el contenido mnimo del cartel, al contrario de las reglas que privan en la contratacin Privada, en donde bajo ciertas circunstancias el plazo se tiene como un elemento accidental, no esencial. (RSL No. 164-99). A ello agregaramos que esencial es su definicin, es decir, no imaginamos un contrato administrativo en el cual se omita el plazo dentro del cual se debe cumplir la prestacin, sea que este haya sido definido por la Administracin o bien por el oferente. El plazo de entrega adems de ser un elemento que requiere estar definido con precisin, debe ser real y ejecutable, pues de lo contrario el oferente, como futuro contratista, se podra estar colocando desde un inicio en una situacin de incumplimiento contractual y como tal, contrariando las reglas de la buena fe negocial. (R-DAGJ-40-99 de las 9:00 horas del 25 de octubre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999).

6. Por su parte, el artculo 99 a) de la Ley de Contratacin Administrativa, sanciona con apercibimiento a la persona fsica o jurdica que durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas: El contratista, que sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecucin de las garantas de participacin o cumplimiento. El apercibimiento, de acuerdo con el artculo 106.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, (...) consiste en una formal amonestacin escrita dirigida al particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin perjuicio de la ejecucin de garantas, cuando as procediere y constituye un antecedente para la aplicacin de la sancin de inhabilitacin.

7. Con fundamento en lo expuesto y normativa citada, el Departamento de Proveedura recomienda: Apercibir a la empresa ATP Global Investments of Costa Rica S.A., cdula jurdica No.3-101-255544-00, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.200-2006, sancin que debe comunicarse tanto a la cocontratante infractora como a la Contralora General de la Repblica.

La contratista puede notificarse mediante el fax 271-5982, se adjunta el legajo respectivo."- 0 -Se dispuso: Acoger la recomendacin del Departamento de Proveedura, en consecuencia, de conformidad con los numerales 99 inciso a) de la Ley de Contratacin Administrativa, 22.1, 22.2 y 106.2 de su Reglamento General y dems normativa citada, sancionar con apercibimiento a la empresa ATP Global Investments of Costa Rica S.A., cdula jurdica N 3-101-255544-00, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa N 200-2006. Comunquese al seor Javier Vargas Len, representante de la empresa ATP Global Investments of Costa Rica y a la Contralora General de la Repblica.Contra este pronunciamiento procede el recurso de reconsideracin, que en caso de presentarse deber hacerlo ante la Secretara General de la Corte, dentro del tercer da despus de la notificacin de esta resolucin.El Departamento de Proveedura tomar nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.ARTCULO VI

En oficio N 4541-DP/40-07 de 21 de junio ltimo, la mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, presenta la siguiente gestin:"Con la finalidad que se someta a consideracin de los miembros del Consejo Superior, el proceso de apercibimiento y cobro de daos establecido contra la empresa O. Fischel R y Compaa S.A., cdula jurdica No.3-101-003992-15, representada por el seor Jos Miguel Madrigal, por cumplir defectuosamente con el objeto contractual de la Contratacin Directa No.056-2006, se describen los hechos que dan lugar a dicho proceso.1. Mediante la Contratacin Directa No.056-2006, pedido 2006-060486, se contrat con la empresa O. Fischel R y Compaa S.A., la compra de 1 CAVITRN ULTRASNICO BOBCAT-PRO, marca DENTSPLY, y 1 AMALGAMADOR PRO-MIX, marca DENTSPLY, por un monto de 689.544,45 (seiscientos ochenta y nueve mil quinientos cuarenta y cuatro colones con 45/100) y un plazo de entrega para el CAVITRN ULTRASNICO de 30 das naturales, y para el AMALGAMADOR de 5 das hbiles, luego de recibido el pedido por la empresa, hecho ocurrido el 14 de marzo de 2006, por lo que el plazo de entrega para el primer producto venci el 13 de abril del mismo ao, y para el segundo producto venci el 21 de marzo.2. Segn correo electrnico del 13 de junio de 2006, emitido por el rea de Odontologa del Servicio Mdico de Empresa, el CAVITRN ULTRASNICO se recibi el 22 de marzo de 2006, dentro del plazo de entrega. De acuerdo al oficio No.206-SALEM-2006 del 28 de abril de 2006, el AMALGADOR se recibi a finales del mes de marzo, indicndose a la vez en dicho oficio, que a los 2 das de uso present problemas de funcionamiento, lo que se comunic al seor Edwin Salazar, representante de ventas de la contratista, quien accedi al cambio del equipo. No obstante, el 28 de abril de 2006, dicho representante manifest que estaban a la espera de los equipos, los cuales ingresaran en un plazo de 15 das. En nota de fecha 24 de mayo de 2006, ante una instancia administrativa, el seor Jos Miguel Madrigal, Apoderado Generalsimo de la contratista, manifest: Con relacin al Oficio No.3595-DP/14-2006 del 17 de mayo del 2006, en el cual se nos informa sobre los problemas que present el Amalgamador Pro-Mix marca Dentsply, adquirido a travs de mi representada mediante la contratacin de referencia, nos permitimos manifestar nuestra anuencia a reponer dicho equipo... el da de hoy estaremos sustituyendo el equipo daado por otro en calidad de prstamo, mientras se realizan los trmites de cambio con la fbrica; hecho que se llev a cabo el 25 de mayo de 2006(ver folios 13 y 14 del legajo). 3. Con correo electrnico del 29 de agosto de 2006, el rea de Odontologa del Servicio Mdico de Empresa, inform que (...)la empresa Fischel facilit un amalgamador en calidad de prstamo, con caractersticas inferiores al comprado, el cual da problemas en la manipulacin de las cpsulas de amalgama, por la dureza de los botones.(...). Por lo anterior, mediante oficio No.6749-DP/33-2006 de fecha 29 de agosto de 2006, se inst a la empresa para que en cinco das hbiles entregara el amalgamador adjudicado, lo que no cumpli. Con oficio No.7111-DP/33-2006 de fecha 11 de setiembre de 2006, se le comunic a la cocontratante que debido a que no se haba cumplido con lo indicado en el oficio No. 6749-DP/33-2006, se adquirira el amalgamador, trasladndosele posteriormente el costo del artculo. La adquisicin se realiz mediante Contratacin Directa No. 734-2006, pedido No. 2006-62216, por un costo de 212.851,50, el cual fue cancelado por la empresa, de acuerdo al comprobante de depsito judicial No. 48307978. Sin embargo, la suma cancelada a la contratista por el amalgamador que se le devolvi fue de 289.699,20, lo que deja un saldo de 76.847,70 sin cubrir. Por otra parte, de acuerdo al estudio realizado por el Subproceso de Adquisiciones, el costo del procedimiento para adquirir el amalgamador fue de 291.882,33, el cual debe cubrir la empresa O. Fischel R y Compaa S.A., a ttulo de dao econmico causado al Poder Judicial con el incumplimiento. 4. Del incumplimiento observado, mediante resolucin No.81-VEC-2007 de las 13:00 horas del 31 de mayo de 2007, notificada el 04 de junio en curso, se le dio audiencia a la contratista, por el plazo de cinco das hbiles, para que expusiera sus alegatos y aportara las pruebas que estimara pertinentes. Dicha audiencia no fue atendida, lo que implica una renuncia a la posibilidad de alegar y aportar pruebas de descargo, y la conformidad de la empresa con lo que, en virtud del incumplimiento y el cobro de daos, resuelva esta Administracin.5. El hecho de que la empresa O. Fischel R y Compaa, no corrigiera el funcionamiento del Amalgamador adjudicado, ni sustituyera el mismo por otro de similares condiciones a las pactadas, en el tiempo propuesto y concedido por esta Administracin (ver folios 14, 19 y 27 del legajo), contraviene lo dispuesto por el artculo 22.1 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, Decreto Ejecutivo No. 25038-H del 06 de marzo de 1996, vigente al inicio del presente proceso, que establece que todo contratista est obligado a cumplir, plenamente, con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestacin documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalizacin o ejecucin del contrato.6. Por su parte, el artculo 99 a) de la Ley de Contratacin Administrativa, sanciona con apercibimiento a la persona fsica o jurdica que durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas: El contratista, que sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecucin de las garantas de participacin o cumplimiento. El apercibimiento, de acuerdo con el artculo 106.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, (...) consiste en una formal amonestacin escrita dirigida al particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin perjuicio de la ejecucin de garantas, cuando as procediere y constituye un antecedente para la aplicacin de la sancin de inhabilitacin.7. Con fundamento en lo expuesto, y normativa citada, el Departamento de Proveedura recomienda: a) Apercibir a la empresa O. Fischel R Y Compaa S.A., cdula jurdica No.3-101-003992-15, por cumplir defectuosamente con el objeto contractual de la Contratacin Directa No.056-2006, sancin que debe comunicarse tanto a la contratista infractora como a la Contralora General de la Repblica. b) Prevenir a dicha empresa, para que dentro del plazo de diez das hbiles, deposite la suma de 76.847,70 que corresponde a la suma sin cubrir por el pago del nuevo amalgamador adquirido mediante Contratacin Directa No.734-2006, ms 291.882,33 correspondiente al costo del procedimiento para adquirir dicho bien, para una suma global de 368.730,03 (trescientos sesenta y ocho mil setecientos treinta colones con 03/100) a ttulo de dao econmico causado al Poder Judicial con el incumplimiento, en la cuenta corriente judicial No.20192-8 del Banco de Costa Rica, denominada Contadura Judicial, mediante el formulario denominado Depsito judicial, del cual deber presentar copia ante el Departamento de Proveedura, para acreditarlo en el expediente respectivo. De no hacerlo, esta Proveedura coordinar el proceso de cobro respectivo.La contratista puede notificarse mediante el fax 253-4448, se adjunta el legajo respectivo."- 0 -Se dispuso: 1) Acoger la recomendacin del Departamento de Proveedura y en consecuencia, de conformidad con los numerales 99 inciso a) de la Ley de Contratacin Administrativa, 22.1, 106.2 y 106.4 de su Reglamento General y dems normativa citada, sancionar con apercibimiento a la empresa O. Fischel R y Compaa S.A., cdula jurdica 3-101-003992-15, por cumplir defectuosamente con el objeto contractual de la Contratacin Directa No.056-2006, 2) Prevenir a dicha empresa, para que dentro del plazo de diez das hbiles, deposite la suma de 76.847,70 que corresponde a la suma sin cubrir por el pago del nuevo amalgamador adquirido mediante Contratacin Directa No.734-2006, ms 291.882,33 correspondiente al costo del procedimiento para adquirir dicho bien, para una suma global de 368.730,03 (trescientos sesenta y ocho mil setecientos treinta colones con 03/100) a ttulo de dao econmico causado al Poder Judicial con el incumplimiento, en la cuenta corriente judicial N 20192-8 del Banco de Costa Rica, denominada Contadura Judicial, mediante el formulario denominado Depsito judicial, del cual deber presentar copia ante el Departamento de Proveedura, para acreditarlo en el expediente respectivo. De no hacerlo, esta Proveedura coordinar el proceso de cobro respectivo.Comunquese al seor Jos Miguel Madrigal Snchez, representante de la empresa O. Fischel R y Compaa S.A., y a la Contralora General de la Repblica.Contra este pronunciamiento procede el recurso de reconsideracin, que en caso de presentarse deber hacerlo ante la Secretara General de la Corte, dentro del tercer da despus de la notificacin de esta resolucin.El Departamento de Proveedura tomar nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.ARTCULO VII La mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, en oficio N 4652-DP/40-07 de 22 de junio ltimo, presenta la siguiente gestin:"Con la finalidad que se someta a consideracin de los miembros del Consejo Superior, el proceso de apercibimiento establecido contra la empresa Muebles Crometal S.A., cdula jurdica No.3-101-112243-00, representada por el seor Jos Joaqun Soto Ziga, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.411-2006, se describen los hechos que dan lugar a dicho proceso.1. Mediante la Contratacin Directa No.411-2006, pedido 2006-061262, se contrat con la empresa Muebles Crometal S.A., la compra de 53 mesas para capacitacin, por un monto de 3.459.082,90 (tres millones cuatrocientos cincuenta y nueve mil ochenta y dos colones con 90/100) y un plazo de entrega de 17 das hbiles luego de recibido el pedido por la empresa, hecho ocurrido el 31 de agosto de 2006, por lo que el plazo de entrega venci el 26 de setiembre del mismo ao.2. Segn Entrada de Materiales No.1013 emitida por el Almacn de esta Proveedura, el 05 de octubre se recibieron las 53 mesas, con un atraso de 8 das naturales. Del atraso observado, mediante resolucin No.139-VEC-2007 de las 10:40 horas del 30 de mayo de 2007, notificada el 04 de junio en curso, se le dio audiencia a la contratista, por el plazo de cinco das hbiles, para que expusiera sus alegatos y aportara las pruebas que estimara pertinentes. La audiencia fue atendida por el representante de la cocontratante en escrito recibido el 06 de junio en curso, manifestando en lo que interesa: (...)estoy de acuerdo en el atraso en la entrega de los muebles indicados en el presente oficio, as mismo ofreciendo disculpas del caso solicito a la administracin la comprensin en dicho atraso, ya que realizando un estudio en nuestra base de datos el atraso fue ocasionado por causas ajenas a nuestro control como lo fue el desperfecto en el horno de secado de pinturas el cual nos ocasiono(sic) incumplir en el plazo de entrega estipulado. Tomando en cuenta lo anteriormente mencionado en el que se indica que el atraso fue ocasionado por motivos ajenos a nuestro control, y si lo amerita el expediente de mi representada el cual demuestra que este es un caso ajeno y que nuestros plazos de entrega en lo general han sido de acuerdo a lo ofrecido, adems de que nuestra empresa al da de hoy no ha sufrido ninguna sancin al respecto y que el hecho del atraso no perjudico(sic) gravemente a la institucin, solicito con todo respeto que no se sancione en la medida de lo posible a mi representada por el atraso ocasionado.(...)3. Sobre la aceptacin por parte del representante de la empresa, del atraso incurrido, es importante aclarar, que a pesar de manifestar que el mismo se produjo por motivos ajenos a su control(desperfecto en el horno de secado de pinturas), debi gestionar ante la Administracin la respectiva extensin del plazo, en los trminos que establece el artculo 22.2 el Reglamento General de la Contratacin Administrativa, Decreto Ejecutivo No. 25038-H del 06 de marzo de 1996, vigente al inicio del presente proceso, segn se dir. 4. En general, todo contratista est obligado a cumplir, plenamente con las condiciones del concurso, lo ofrecido tanto en su oferta como en cualquier manifestacin documentada que haya aportado adicionalmente durante el procedimiento del concurso o aceptado en la formalizacin o ejecucin del contrato (Artculo 22.1 del Reglamento citado). Uno de los aspectos que estn comprendidos en tales condiciones, lo constituye el plazo de entrega, a no dudarlo. Sin embargo, si en curso de la ejecucin del contrato, el contratista se encuentra en una situacin imprevista que pueda catalogarse de fuerza mayor o frente a hechos de la Administracin, que le impidan la ejecucin plena del contrato, ese contratista est obligado a gestionar ante la Administracin la respectiva prrroga, en los trminos que establece el artculo 22.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, que literalmente dice: Solamente se autorizan prrrogas para la ejecucin del contrato por razones de fuerza mayor debidamente acreditada por el contratista, o por demoras ocasionadas por la propia Administracin. En uno y otro caso, el contratista, solicitar dicha prrroga a ms tardar dentro de los ocho das siguientes al conocimiento del hecho que demorar la ejecucin. No se concedern prrrogas vencidos los trminos de ejecucin previstos, sin perjuicio del derecho de justificar el incumplimiento por los medios legales establecidos. El contratista privado, que al encontrarse en una situacin adversa para cumplir con los trminos convenido en un contrato administrativo, situacin que no provoc y que no est a su alcance subsanar, debe gestionar ante la Administracin la prrroga que dispone el 22.2 de recin transcripcin, cumpliendo, claro est, con el requisito de oportunidad procesal que la misma norma establece. Quien al encontrarse en alguno de los supuestos que contempla este artculo, no solicite la respectiva prrroga, transgrede abiertamente la opcin que le brinda esta disposicin reglamentaria. De hecho es muy diferente la conducta de un cocontratante que en forma oportuna ofrece a la Administracin las razones del caso, explicando porqu se va atrasar en la entrega de la cosa, la prestacin del servicio o la ejecucin de la obra, respecto del que permite que transcurra el plazo originalmente pactado, sin formular gestin alguna al respecto.5. Sobre la trascendencia del plazo de entrega, la Contralora General de la Repblica ha destacado que, el plazo de entrega Debe ser real y ejecutable. Resulta necesario sealar que, en cuanto al plazo de entrega, este Despacho ha manifestado que (...) el plazo de entrega, es decir, el plazo dentro del cual el oferente se compromete a cumplir con el objeto contractual es un aspecto relevante, tanto as, que est incluido en el artculo 45 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, que desarrolla el contenido mnimo del cartel, al contrario de las reglas que privan en la contratacin Privada, en donde bajo ciertas circunstancias el plazo se tiene como un elemento accidental, no esencial. (RSL No. 164-99). A ello agregaramos que esencial es su definicin, es decir, no imaginamos un contrato administrativo en el cual se omita el plazo dentro del cual se debe cumplir la prestacin, sea que este haya sido definido por la Administracin o bien por el oferente. El plazo de entrega adems de ser un elemento que requiere estar definido con precisin, debe ser real y ejecutable, pues de lo contrario el oferente, como futuro contratista, se podra estar colocando desde un inicio en una situacin de incumplimiento contractual y como tal, contrariando las reglas de la buena fe negocial. (R-DAGJ-40-99 de las 9:00 horas del 25 de octubre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999). Del criterio del rgano superior de control, queda claro que En los procedimientos de contratacin pblica, (...) el plazo de entrega de los bienes y servicios es un aspecto esencial, que debe estar perfectamente definido, por estar contemplado como un requisito mnimo del cartel (artculo 45.1.16 del Reglamento), por seguridad jurdica y porque la Administracin aspira trabajar con tiempos programados. (RSL 385-99 de las 15:30 horas del 3 de septiembre de 1999).6. Por su parte, el artculo 99 a) de la Ley de Contratacin Administrativa, sanciona con apercibimiento a la persona fsica o jurdica que durante el curso de los procedimientos para contratar, incurra en las siguientes conductas: El contratista, que sin motivo suficiente, incumpla o cumpla defectuosa o tardamente con el objeto del contrato; sin perjuicio de la ejecucin de las garantas de participacin o cumplimiento. El apercibimiento, de acuerdo con el artculo 106.2 del Reglamento General de la Contratacin Administrativa, (...) consiste en una formal amonestacin escrita dirigida al particular, a efecto de que corrija su conducta, cuando fuere posible, sin perjuicio de la ejecucin de garantas, cuando as procediere y constituye un antecedente para la aplicacin de la sancin de inhabilitacin.7. Con fundamento en lo expuesto, y normativa citada, el Departamento de Proveedura recomienda: Apercibir a la empresa Muebles Crometal S.A., cdula jurdica No.3-101-112243-00, por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa No.411-2006, sancin que debe comunicarse tanto a la cocontratante infractora como a la Contralora General de la Repblica.La contratista puede notificarse mediante el fax 225-7589, se adjunta el legajo respectivo."- 0 -Se dispuso: Acoger la recomendacin del Departamento de Proveedura y en consecuencia, de conformidad con los numerales 99 inciso a) de la Ley de Contratacin Administrativa, 22.1, 106.2 y 106.4 de su Reglamento General y dems normativa citada: 1) Imponer a la empresa Muebles Crometal S.A. la sancin de apercibimiento por incumplir el plazo pactado para la entrega del objeto contractual de la Contratacin Directa N 411-2006. 2) Comunquese al seor Jos Joaqun Soto Ziga, Representante de la empresa Muebles Crometal S.A, y a la Contralora General de la Repblica.Contra este pronunciamiento procede el recurso de reconsideracin, que en caso de presentarse deber hacerlo ante la Secretara General de la Corte, dentro del tercer da despus de la notificacin de esta resolucin.El Departamento de Proveedura tomar nota para lo que corresponda. Se declara acuerdo firme.ARTCULO VIII La licenciada Sonia Navarro Solano, Directora del Programa Poder Judicial-BID, en oficio N PJ-BID-500-07 de 22 de mayo del ao en curso, recibido el 25 de junio ltimo, expres:Con la finalidad de solicitar la aprobacin del Consejo Superior, me permito remitirle el resultado del estudio tcnico aplicado a la nica oferta, el cual origina la recomendacin para la Licitacin Pblica Internacional No. 200711-000122-01 CONTRATACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA PARA EL REDISEO DE PROCESOS EN LOS DESPACHOS JUDICIALES Y EL REDISEO DE PROCESOS DEL MINISTERIO PBLICO.ANTECEDENTESLa Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, conforme a las autorizaciones correspondientes, invit a presentar oferta mediante publicacin en el Diario Oficial La Gaceta, Peridico La Nacin y en el Un Development Business.Conforme lo disponen la Ley de la Contratacin Administrativa y el Reglamento General de Contratacin Administrativa, se determina lo siguiente:El da 6 de junio del 2007, se procedi al acto de apertura. Para este procedimiento se recibi nicamente una oferta, presentada por DELOITTE.ANLISIS DE LAS OFERTASANLISIS LEGAL:Se solicit el criterio respectivo, a la Seccin de Asesora Legal, ubicada en la Direccin Ejecutiva, la que mediante oficio 989-DE / AL-07, indic lo correspondiente al nico oferente. Resultado de ste estudio, se deduce que la oferta se considera admisible, al indicarse:7 de junio de 2007 989-DE/AL-07LicenciadaSonia Navarro Solano, DirectoraPrograma Poder Judicial-BIDSu DespachoEstimada seora:En atencin a su oficio PJ-BID 432-0 7 de 6 de junio del ao en curso, requiriendo el anlisis legal de la nica oferta recibida en la Licitacin Pblica Internacional N2007LI-122-O1, cuyo objeto es la Contratacin de servicios de consultora para el rediseo de procesos en los despachos judiciales y el rediseo de procesos del Ministerio Pblico ; le refiero lo siguiente:OFERTA NICA.- DEL OITTE & TOUCHE S. A.:Sobre la recepcin y anlisis de una sola oferta en un determinado procedimiento de contratacin administrativa, la Contralora General de la Repblica en el oficio N 3726 (DAGJ-597- 2000) de 24 de abril del 2000, expres:La Administracin debe tener en cuenta que en esta situacin de oferta nica, prevalece el principio de eficiencia, y el principio de igualdad no se aplica. Al respecto, en la R-DEAJ-008- 2000 de las 11:45 horas del 10 de enero del 2000, se seala: Cabe explicar que esta posibilidad encontrara sustente en la aplicacin del principio de eficiencia frente a una oferta nica no sometida a rgimen de competencia, pues sabemos que el lmite que encuentra este principio es el respecto a los dems principios de contratacin administrativa en relacin con los otros oferentes (principalmente el principio de igualdad) No obstante como en este caso no hay otras ofertas admitidas al concurso aparte del consorcio (...), en la etapa en que nos encontramos (la aplicacin del sistema de evaluacin) no se violentara ninguno de los principios de contratacin administrativa con esta accin y ms bien se protegera la satisfaccin del inters general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la Administracin.Al amparo de lo sealado por el rgano Contralor en los documentos de citada y aplicando al caso concreto el principio de eficiencia, esa Unidad Ejecutora puede solicitar a la oferente que aporte cualquier dato o documento omitido para valorar su propuesta, y si es del caso, la ajuste a los requerimientos cartelarios. Tambin es preciso establecer su idoneidad para resultar adjudicataria y la razonabilidad del precio cotizado.Atentamente,Lic. Carlos T. Mora Rodrguez VB Lic. Alfredo Jones LenJEFE SECCION ASESORA LEGALDIRECTOR EJECUTIVOc: archivo.-ANLISIS TCNICO:Paralelo a la remisin de la oferta a la Asesora Legal, se remitieron copias de la oferta a la Doctora Jenny Quirs Camacho, Gerente del Proyecto de Eficiencia Judicial, a la Licenciada lleana Mora Muoz, Gerente del Proyecto Fortalecimiento del Ministerio Pblico y al Master Fernando Ruiz Elizondo, Asesor de Tecnologa de Informacin de la UEP, a fin de proceder con la evaluacin tcnica de la misma.PREVENCIONES:Producto de los dos estudios, se procedi a prevenir a la nica firma oferente, para que corrigieran errores subsanables, para lo cual se les conceda un plazo de cinco das hbiles.METODOLOGA DE EVALUACINUna vez vencido el plazo para la recepcin de la respuesta a la prevencin realizada, el equipo de profesionales encargado de la evaluacin tcnica de las ofertas, procedi a conformar dicho estudio, conforme la Metodologa de Calificacin contenida en el cartel del concurso.RESULTADO DE LA EVALUACINEl equipo de especialistas tcnicos de las distintas instancias mencionadas anteriormente, analizaron los criterios de evaluacin y los confrontaron con la oferta recibida y la respuesta recibida a la prevencin, aplicaron la metodologa de calificacin incluida en el cartel, remitiendo el resultado de dicho procedimiento a la UEP.DEL CONTENIDO PRESUPUESTARIOLa Unidad Ejecutora del Programa, mediante la emisin de solicitudes de pedido con cargo al Programa 943 Prstamo Corte BID Aporte BID, cuenta con un total equivalente a $1 ,000,000.00 (un milln de dlares exactos), para hacer frente a este procedimiento.RECOMENDACIN DE ADJUDICACINLa Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, de acuerdo con el informe presentado por el comit encargado, se permite recomendar Declarar Infructuoso el procedimiento Licitacin Pblica InternacionalNo. 200711-000122-01 CONTRATACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA PARA EL REDISEO DE PROCESOS EN LOS DESPACHOS JUDICIALES Y EL REDISEO DE PROCESOS DEL MINISTERIO PBLICO.Lo anterior, basado en el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad, por parte de la firma oferente, dado que el equipo de consultores incluidos en su plica, no cumplen con los perfiles requeridos, conforme el estudio tcnico, indicado anteriormente.- 0 -Se acord: Acoger la recomendacin del Programa Poder Judicial-BID y en consecuencia: Declarar infructuoso el procedimiento Licitacin Pblica Internacional N 200711-000122-01 CONTRATACIN DE SERVICIOS DE CONSULTORA PARA EL REDISEO DE PROCESOS EN LOS DESPACHOS JUDICIALES Y EL REDISEO DE PROCESOS DEL MINISTERIO PBLICO, basado en el incumplimiento de los requisitos de admisibilidad, por parte de la firma oferente, dado que el equipo de consultores incluidos en su plica, no cumplen con los perfiles requeridos, conforme el estudio tcnico, indicado anteriormente.El Programa Poder Judicial - BID tomar nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.ARTCULO IX

La licenciada Sonia Navarro Solano, Directora del Programa Poder Judicial-BID, en oficio N PJ-BID-501-07 de 25 de junio ltimo, expres:En relacin con la Licitacin Pblica Nacional No. 2007LN-000129-01 CONTRATACIN DE SERVICIOS PROFESIONALES DE CONSULTORA EN EL DISEO, PRODUCCIN E IMPLANTACIN DE DIECISIETE HORAS DE CAPACITACIN VIRTUAL, DISTRIBUIDAS EN LOS CURSOS SOBRE LOS TEMAS DE: FORMACIN INICIAL, RECURSO DE CASACIN, ESTRATEGIAS Y PROTOCOLOS DE DEFENSA TCNICA PARA LA DEFENSA PBLICA DE COSTA RICA Y DIEZ HORAS DE CAPACITACIN VIRTUAL, DISTRIBUIDAS EN CURSOS DE TEORIA DEL DELITO, FORMACIN INICIAL, ABORDAJE DE LA INVESTIGACIN Y SIMILARES PARA EL MINISTERIO PBLICO DE COSTA RICA, remitimos a usted la documentacin adjunta, para que sea sometida a conocimiento del Consejo Superior, a efecto de que tomen el acuerdo que consideren conveniente.

ANTECEDENTES

La Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, conforme a las autorizaciones correspondientes, invit a presentar oferta mediante publicacin en el Diario Oficial La Gaceta, solicitud de publicacin en el Development Business y en la pgina web del Programa.

Conforme lo disponen la Ley de la Contratacin Administrativa y el Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, se determina lo siguiente:

El da 19 de abril del 2007, se procedi al acto de apertura. Para este procedimiento se recibi nicamente la siguiente oferta:

NmeroParticipantePas de Origen1SOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S.A.Costa Rica

ANLISIS DE LAS OFERTAS

ANLISIS LEGAL:

Se solicit el criterio respectivo, a la Seccin de Asesora Legal, ubicada en la Direccin Ejecutiva, la que mediante oficio 616-DE / AL-07, indic que la oferta es susceptible de adjudicacin, toda vez que no present errores que la excluyeran del concurso, al indicarse:

616-DE/AL-07

LicenciadaSonia Navarro Solano, DirectoraPrograma Poder Judicial-BIDSu Despacho

Estimada seora:

En atencin a su oficio PJ-BID-285-07 de 19 de abril del ao en curso, requiriendo el anlisis legal de la nica oferta recibida en la Licitacin Pblica Nacional N 2007LN-129-01, cuyo objeto es la Contratacin de servicios profesionales de consultora en el diseo, produccin e implantacin de diecisiete horas de capacitacin virtual, distribuidas en los cursos sobre los temas de: Formacin inicial, recurso de casacin, estrategias y protocolos de defensa tcnica para la Defensa Pblica de Costa Rica y diez horas de capacitacin virtual, distribuidas en cursos de teora del delito, formacin Inicial, abordaje de la investigacin y similares para el Ministerio Pblico de Costa Rica; le refiero lo siguiente:

OFERTA NICA.- SOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S. A.:

Sobre la recepcin y anlisis de una sola oferta en un determinado procedimiento de contratacin administrativa, la Contralora General de la Repblica en el oficio N 3726 (DAGJ-597-2000) de 24 de abril del 2000, expres :

La Administracin debe tener en cuenta que en esta situacin de oferta nica, prevalece el principio de eficiencia, y el principio de igualdad no se aplica. Al respecto, en la R-DEAJ-008-2000 de las 11:45 horas del 10 de enero del 2000, se seala: Cabe explicar que esta posibilidad encontrara sustente en la aplicacin del principio de eficiencia frente a una oferta nica no sometida a rgimen de competencia, pues sabemos que el lmite que encuentra este principio es el respecto a los dems principios de contratacin administrativa en relacin con los otros oferentes (principalmente el principio de igualdad) No obstante como en este caso no hay otras ofertas admitidas al concurso aparte del consorcio (....), en la etapa en que nos encontramos (la aplicacin del sistema de evaluacin) no se violentara ninguno de los principios de contratacin administrativa con esta accin y ms bien se protegera la satisfaccin del inters general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la Administracin.

Al amparo de lo sealado por el rgano Contralor en los documentos de citada y aplicando al caso concreto el principio de eficiencia, esa Unidad Ejecutora puede solicitar a la oferente que aporte cualquier dato o documento omitido para valorar su propuesta. Adems, es preciso tambin establecer su idoneidad para resultar adjudicataria y la razonabilidad del precio cotizado.

Por ltimo, le refiero que consultado el licenciado Cerefino Martnez, servidor de la Unidad de Verificacin y Ejecucin Contractual del Departamento de Proveedura, seala que la citada firma comercial no se encuentra inhabilitada para contratar con el Poder Judicial.

Atentamente,

Lic. Carlos T. Mora RodrguezV B Lic. Alfredo Jones LenJEFE SECCIN ASESORA LEGALDIRECTOR EJECUTIVO

c: archivo.-

ANLISIS TCNICO:

Paralelo a la remisin de las ofertas a la Asesora Legal, se remitieron copias de las ofertas a las Gerencias de los Componentes del Ministerio Pblico y de la Defensa Pblica, a fin de proceder con la evaluacin tcnica de las misma. El estudio requera la coordinacin y participacin de los responsables de cada Gerencia, recibindose el siguiente informe:Informe Calificacin de OfertaLicitacin Pblica Nacional 2007LN-000129-01Contratacin de Servicios Profesionales de Consultora en el Diseo, Produccin e Implantacin de Diecisiete Horas de Capacitacin Virtual, Distribuidas en los Cursos sobre los Temas de: Formacin Inicial, Recurso de Casacin, Estrategias y protocolos de Defensa Tcnica para la Defensa Pblica de Costa Rica y diez horas de Capacitacin Virtual, Distribuidas en Cursos de Teora del Delito del Delito, Formacin Inicial, Abordaje de la Investigacin y Similares para el Ministerio Pblico de Costa Rica

Introduccin

El grupo o comit de evaluacin ha procedido a la revisin y anlisis de la oferta presentada por la empresa Soluciones Interactivas en Multimedios S. A. de acuerdo con la metodologa de calificacin definida en el cartel de la licitacin pblica nacional 2007LN-000129-01 y en estricto apego a la misma.

Es importante advertir que este proceso de calificacin no comprende la etapa y estudio de admisibilidad de las ofertas, con lo cual partimos del hecho de que todos los requisitos legales fueron previamente valorados por la Unidad Ejecutora del Programa Corte-BID y la Seccin de Asesora legal de la Direccin Ejecutiva, por lo que no se profundiza sobre tales extremos.

Observaciones

1.- La empresa acepta y se compromete con las condiciones especficas establecidas en el cartel en los apartados de objeto de contratacin de ambas lneas, los alcances y etapas del proyecto.

2.- Se evalu la idoneidad de los/as consultores/as ofrecidos/as para desarrollar este proyecto, considerando los tpicos que deber controlar en la ejecucin de sus labores en materia sustantiva.

3.- Se toma como base los valores porcentuales de calificacin definidos en el apartado de evaluacin o valoracin de las ofertas: cronograma (20%), experiencia del o la oferente (70%) y generacin de valor agregado (10%).

Calificacin

1.- La calificacin final de la empresa Soluciones Interactivas en Multimedios S. A., una vez sumados los resultados parciales de cada aspecto, fue de 98 puntos porcentuales.

2.- El resultado de dicho proceso de calificacin se adjunta en un cuadro resumen con el resultado obtenido y otro con las observaciones pertinentes sobre la asignacin de los puntajes por cada aspecto y los valores especficos en cada subpunto.

Conclusin

De acuerdo al proceso de calificacin seguido y el resultado de la misma se recomienda la adjudicacin a la empresa Soluciones Interactivas en Multimedios S. A.

Atentamente.

Licda. Yorleny Clarke MartnezLicda. Ileana Mora MuozGerente GerenteComponente FortalecimientoComponente Fortalecimiento de la Defensa Pblicadel Ministerio Pblico Programa Corte-BIDPrograma Corte-BID

Lic. Rodrigo Villegas AriasProfesional 2

c.c.: Archivos

PREVENCIONES:

Producto de los dos estudios, se determin que no se requera la realizacin o solicitud de prevenciones.

METODOLOGA DE EVALUACIN

Una vez vencido el plazo para la recepcin de las respuestas a las prevenciones realizadas, el equipo de profesionales encargado de la evaluacin tcnica de las ofertas, procedi a conformar dicho estudio, conforme la Metodologa de Calificacin contenida en el cartel del concurso, documento aprobado por la representacin del BID (en oficio COF/CCR/226/2007) y por el Consejo Superior en Sesin 15-07, artculo XIII).

RESULTADO DE LA EVALUACIN

Los profesionales encargados de la evaluacin de ofertas, analizaron los criterios de evaluacin y los confrontaron con la plica, aplicaron la metodologa de calificacin incluida en el cartel, remitiendo el resultado de dicho procedimiento a la UEP.

Es de sealar que el equipo de profesionales, fue conformado por las Licenciadas Yorleny Clarke Martnez, Gerente del Componente Fortalecimiento de la Defensa Pblica, e Ileana Mora Muoz, Gerente del Componente Fortalecimiento del Ministerio Pblico, y el Licenciado Rodrigo Villegas Arias, funcionario del Ministerio Pblico.

DEL CONTENIDO PRESUPUESTARIO

La Unidad Ejecutora del Programa, mediante la emisin de solicitud de pedido con cargo al Programa 943 Prstamo Corte BID Aporte BID, cuenta con un total equivalente a $99,600.00 (noventa y nueve mil seiscientos dlares exactos), para hacer frente al gasto que genere este procedimiento. El Monto reservado, corresponde a las distintas dependencias mencionadas anteriormente.

RECOMENDACIN DE ADJUDICACIN

La Unidad Ejecutora del Programa Modernizacin de la Administracin de Justicia, de acuerdo con la recomendacin emitida, y resumida en oficio 079-2007-PJ-MP-BID, suscrito por la Gerente del Componente del Ministerio Pblico, mismo que se adjunta, se permite realizar la siguiente recomendacin de adjudicacin:

Defensa Pblica.

LneaCant.DescripcinEmpresaOrigen del BienMonto

117HORAS PARA VIRTUALIZACIN DE CURSOS (CAPACITACIN VIRTUAL) PARA LA DEFENSA PBLICA DE COSTA RICASOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S.A.C.R.$62,500.00

Ministerio Pblico.

LneaCant.DescripcinEmpresaOrigen del BienMonto210HORAS PARA VIRTUALIZACIN DE CURSOS (CAPACITACIN VIRTUAL) PARA EL MINISTERIO PBLICO DE COSTA RICASOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S.A.C.R.$35,000.00

DEL PLAZO DE ENTREGA Y GARANTA DE CUMPLIMIENTO

Conforme lo indicado en el cartel del procedimiento, aprobado por el BID (en oficio COF/CCR/226/2007) y por el Consejo Superior en Sesin 15-07, artculo XIII), el plazo de entrega, como una clusula invariable, estim que para efectos del presente concurso, el plazo de entrega mximo aceptable, no debe ser mayor a ciento veinticinco das hbiles una vez entregada la orden de compra, plazo aceptado por la oferente. El monto por concepto de garanta de cumplimiento ser el equivalente al 10% del monto adjudicado.

RESUMEN DE ADJUDICACIN POR EMPRESA

Casa Comercialtems adjudicadosMonto adjudicado en US $SOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S.A.1 y 2 97,500.00

Total Adjudicado97,500.00

Aporte financiado por el BIDTotal97,500.0097,500.00

El BID, otorg la no objecin a la recomendacin de adjudicacin, segn oficio COF/CCR/986/2007.

Todo de acuerdo con lo solicitado en el pliego de condiciones y las ofertas recibidas.- 0 -De conformidad con lo que establecen los artculos 81, inciso 10, de la Ley Orgnica del Poder Judicial y la recomendacin formulada por el Programa Poder Judicial-BID en el oficio anteriormente transcrito, se acord: Adjudicar la Licitacin Pblica Nacional N 2007LN-000129-01, para la Contratacin de Servicios Profesionales de Consultora en el Diseo, Produccin e Implantacin de diecisiete horas de Capacitacin Virtual, distribuidas en los cursos sobre los temas de: Formacin Inicial, Recurso de Casacin, estrategias y Protocolos de Defensa Tcnica para la Defensa Pblica de Costa Rica y diez horas de Capacitacin Virtual, distribuidas en cursos de Teora del Delito, Formacin Inicial, Abordaje de la Investigacin y Similares para el Ministerio Pblico de Costa Rica, conforme al siguiente resumen;Casa Comercialtems adjudicadosMonto adjudicado en US $SOLUCIONES INTERACTIVAS EN MULTIMEDIOS S.A.1 y 2 97,500.00

Total Adjudicado97,500.00

Aporte financiado por el BIDTotal97,500.0097,500.00

El Programa Poder Judicial-BID, otorg la no objecin a la recomendacin de adjudicacin, segn oficio COF/CCR/986/2007.Lo anterior de acuerdo con lo solicitado en el pliego de condiciones y las ofertas recibidas.El Programa Poder Judicial-BID tomar nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.ARTCULO X La mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, en oficio N 4649-DP/15-07 de 25 de junio recin pasado, presenta la siguiente gestin: En relacin con la Licitacin Abreviada N 2007LA-000034-PROV Construccin de caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo Forense, se remite a usted la documentacin adjunta, con el ruego de que sea sometida a conocimiento de los miembros del Consejo Superior para lo que consideren conveniente resolver.

El plazo dispuesto para el vencimiento para adjudicar de conformidad con la clusula 2.1.18 del cartel, qued definido para el da 06 de julio de 2007.

Al tenor de los artculos 78, siguientes y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, 33 y 37 del Reglamento Interno de Compras del Poder Judicial, el pliego de condiciones y de acuerdo con los documentos aportados y los que conserva esta Proveedura, se determin que:

PARTICIPANTES:

Para este concurso, se recibi la oferta de un nico oferente:

N 1Arquitectura JOF, S. A., cdula jurdica N 3-101-141203.

ANLISIS DE LAS OFERTAS:

A la Seccin de Asesora Legal de la Direccin Ejecutiva, se le solicit el anlisis legal de la oferta presentada, mediante oficio N 3886-DP/15-07 de 29 de mayo del ao en curso, en el cual en lo conducente se indic:

A efecto de que se proceda con el estudio legal de la nica oferta recibida en la Licitacin Abreviada N 2007LA-000034-PROV, denominada Construccin de caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo de Ciencias Forenses, adjunto el correspondiente expediente administrativo.

Asimismo, sin perjuicio del estudio que se realice por parte de ese Despacho, en donde se determine tanto la admisibilidad de la oferta como cuales defectos u omisiones son subsanables, producto de la revisin inicial de los documentos aportados, esta Proveedura ha advertido lo siguiente:N 1ARQUITECTURA JOF, S. A., cdula jurdica N 3-101-141203.

No se observan vicios u omisiones.

En cuanto al precio cotizado, el mismo es de 28.988.000,00, siendo el presupuesto dado por el Departamento de Servicios Generales de 18.320.401,18, existiendo una diferencia de 10.667.598,82.

En este sentido, indicar si es factible negociar con el oferente el precio para que lo ajuste al presupuesto existente.

ANLISIS LEGAL:

Mediante oficio N 904-DE/AL-07 recibido el 30 de mayo en curso, el licenciado Carlos T. Mora Rodrguez, Asesor Legal de la Direccin Ejecutiva, al referirse al estudio legal de la oferta recibida, seal:

En respuesta al oficio #3886-DP/15-07 de 29 de mayo del ao en curso, suscrito por la licenciada Nidia Fernndez Arley, Jefa a. i. del Subproceso de Licitaciones de ese departamento, requiriendo el anlisis legal de la nica oferta recibida en la Licitacin Abreviada N 2007LA-00034-PROV, cuyo objeto es la Construccin de una caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo de Ciencias Forenses; me permito referirle que la propuesta de ARQUITECTURA JOF S. A., debe ser analizada a tenor de lo que dispone el artculo 30, inciso c) del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa, pues el precio cotizado supera el monto presupuestado para atender ese negocio. Es preciso referir que esta norma permite que el oferente ajuste dicho precio al lmite presupuestario, debiendo mantener las condiciones y calidad de lo ofrecido.

ANLISIS TCNICO:

Mediante oficio N 0765-04-SG-2007 del 04 de junio del ao en curso, la M.B.A. Pilar Obando Masis, Subjefa a.. del Departamento de Servicios Generales remite el criterio tcnico emitido mediante el oficio 0274-ai-2007 por el Ingeniero Douglas Villalobos Gmez, Supervisor de Construcciones de ese Departamento, que al referirse a la nica oferta presentada, seal:

En relacin con el oficio N 8744-DP/15-06 por el cual se solicita valorar la oferta recibida para la Licitacin Abreviada N 2007LA-000034-PROV para la Construccin de caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo de Ciencias Forenses, le informo:

Se presenta una nica oferta: Arquitectura JOF S.A., monto: 28.988.000,00 (veintiocho millones novecientos ochenta y ocho mil colones) y un plazo de 6 semanas.

Se establece expresamente que la empresa oferente manifiesta su inters y se ajusta al objeto de la contratacin sealado en el cartel, planos y aclaraciones correspondientes.

Anlisis de la experiencia de la empresa: presenta un listado de seis proyectos: 1.- Terraflas, 2.- Plaza La Amistad, 3.- Auto Star Vehculos, 4.- Cambio cubierta edificio Waserstein, 5.- Clnica y locales comerciales Syl y 6.- locales comerciales Manga Ancha. De estos proyectos no se toma como contratos de similar naturaleza el 4), todos los restantes cumplen con los parmetros requeridos por lo tanto en cuanto a la clusula 13.1.3 Experiencia se le asignan se le asignan 4 puntos por cada uno, por lo tanto completa 20 puntos.

Con el objeto de valorar la razonabilidad del precio ofertado se solicit a la Sra. Marjorie Sand, presupuestista del Departamento una revisin del mismo y su actualizacin. Se report un costo de 23.152.377,00 (veintitrs millones ciento cincuenta y dos mil trescientos setenta y siete colones).

Lo anterior significa que la oferta es ms del 25% del presupuesto base; condicin que se presenta prcticamente en todos los rubros, de manera que se trata de una estructura de precios superior; por lo que tomando en cuenta la directriz N 736-05-SG-2007 que establece para la inclusin de ofertas un, ms menos 10%, sobre el presupuesto establecido por obra, se deber descartar la misma.

ANLISIS DE OFERTASCASETA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS COMPLEJO SAN JOAQUIN

PJJOF S.A.Caseta vigilancia

Caseta dos pisos6.707.615,00 9.621.340,69

Canalizacin elctrica1.795.406,59 2.393.263,76

Trazo212500 240.624,43

Sistema mecnico 452.835,10

Obra urbanizacin

12.456.097,00

Limpieza y corte 226.125,00

Calle principal 5.983.297,69

Cordn y cao 600.525,00

Borde calle 297.500,00

Demarcacin vial 41.875,00

Enzacatado 1.453.500,00 2.469.813,96

Jardinera 150.000,00

Mesa y bancas 157.500,00 463.090,12

Lmpara 1031 360.000,00 308.726,74

Instalac. Prelim 550.000,00 786.420,04 Transporte materiales147.841,59

Equipo y herramientas 199.589,46 248.623,26 Cargas Sociales

822.425,00

Utilidad contratista 1.995.894,60

Imprevistos

997.947,30

23.152.377,33 28.988.000,00 PREVENCIONES:

De acuerdo con lo externado en el informe de Asesora Legal y en el anlisis tcnico de la oferta, se procedi a realizar la prevencin respectiva; asimismo, a la oferente se le solicit, amparado a los artculos 14, 28 y 30 del Reglamento a la Ley de Contratacin Administrativa indicar cules motivos subyacen para que el precio cotizado variara tanto en relacin con el presupuesto y si era factible obtener un descuento en el precio, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido, la prevencin fue atendida en tiempo y forma por la oferente, pero no accedi a brindar una rebaja en el precio.

ANLISIS DE LOS PRECIOS:

En cuanto a la razonabilidad del precio ofertado, del ANLISIS TCNICO trascrito se concluye que el precio ofertado supera en ms de un 25% el presupuesto base, en todos los rubros que conforman el presupuesto, lo que hace ese monto un precio inaceptable.

Mediante el oficio N 4281-DP/15-07 de 13 de junio en curso se solicit a la empresa Constructora JOF, S. A., como ya se indic, sealar cuales motivos subyacen para que el precio variara tanto en relacin con el presupuesto y se solicit un descuento en el precio cotizado, manteniendo las condiciones y calidad de lo ofrecido.

Con nota de fecha 18 de junio en curso, el Licenciado Jos Flasterstein Zoberman, Presidente de la empresa oferente manifest que el precio ofertado se encuentra acorde a las necesidades planteadas por lo cual no considera viable un descuento, sustentando lo indicado con un desglose ampliado de los rubros que conforman el precio ofertado.

Con correo electrnico de fecha 19 de junio en curso, esta Proveedura solicit al Departamento de Servicios Generales pronunciarse sobre lo manifestado por el Licenciado Flasterstein.

Con el oficio N 0862-04-SG-2007 del 22 de junio en curso, la M.B.A. Pilar Obando Masis, Subjefa del Departamento de Servicios Generales, remiti el criterio tcnico emitido con el oficio N 0316-ai-2007 por el Ingeniero Douglas Villalobos Gmez, Supervisor de Construcciones de ese departamento, en su oficio la M.B.A. Obando manifest:

En atencin con su (sic) correo electrnico, sobre la contratacin para la construccin de caseta de vigilancia y obras Complementarias en el Complejo Forense, se adjunta informe N 0316-ai-2007, realizado por el Ing. Douglas Villalobos Gmez, Profesional II de este departamento.

Sobre el particular le informo que:

El presupuesto de la obra es de 23.152.377.33, el cual no contempl los siguientes gastos.

DetalleMontoMaestro de obras570.000.00Polizas160.487.61Garanta de cumplimiento55.000.00Laboratorio175.000.00Gastos financieros 500.000.00Total1.460.487.61

Por lo tanto, considerando que tales gastos forman parte de la inversin que se requiere en el proyecto; para una nueva licitacin se debe considerar un presupuesto de 24.612.864.94 (veintisis millones seiscientos doce ochocientos sesenta y cuatro con 94/100).(sic)

Con el oficio N 0316-ai-2007, el Ingeniero Villalobos Gmez indic:

En relacin con el correo electrnico por el cual se remite oficio de la empresa Constructora JOF S.A. en el que se aclaran aspectos de su oferta para la Licitacin Abreviada N 2007LA-000034-PROV para la Construccin de caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo de Ciencias Forenses, le informo:Con las observaciones dadas en la nota, se replanteo la distribucin de partidas consideradas en el presupuesto y se determin que algunos elementos sealados por la empresa no estaban claramente establecidos en el presupuesto base, por lo que si se incluyen esos elementos la base se incrementara en 1.710.487,61.Ahora bien, si se toma este factor en el anlisis, an as la oferta se ubica un 17% por encima del presupuesto base, de tal manera que en concordancia con la directriz N 736-05-SG-2007 la misma deber descartarse.Por lo tanto se mantiene el criterio externado en el oficio 274-si-2007 y se recomienda no proceder a la adjudicacin.ANLISIS DE OFERTASCASETA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS COMPLEJO SAN JOAQUN

JOF S.A.P.J.

1Instalaciones provisionales596.625,00550.000,00

2Equipo y herramienta177.170,00199.589,46

3Actividad trazo221.470,00212.500,00

4Concreto para calle y cordn4.623.157,906.881.322,69

5Cortes con sierra y juntas130.500,00

6malla electrosoldada73.600,00

7geotextil395.000,00

5.622.257,908Alcantarilla y tubo de concreto150.000,00452.835,10

9Rodillo compactador400.000,00

10Tragante225.000,00

775.000,0011Material de sustitucin1.995.000,00

12Demarcacin vial73.000,0041.875,00

13Limpieza y corte1.000.000,00226.125,00

14Caseta de guarda7.218.500,006.707.615,00

15Muebles de concreto330.000,00157.500,00

16Enzacatodo1.760.000,001.453.500,00

17Iluminacin exterior320.000,00360.000,00

18Canalizaciones y acometidad1.705.450,001.795.406,59

19Maestro de obras570.000,00

20Cargas sociales1.056.877,29822.425,00

21Polizas160.487,61

22Garanta de cumplimiento55.000,00

23Laboratorio175.000,00

24Varios250.000,00297.841,59

25Gastos financieros500.000,00

26Agua y Luz250.000,00

27Imprevistos1.205.591,89997.947,30

28Administracin y utilidad2.970.570,311.995.894,60

28.988.000,0023.152.377,331.710.487,61

24.862.864,94

0,17

As las cosas, de las manifestaciones vertidas por el Departamento de Servicios Generales, se concluye que el precio ofertado es excesivo y a pesar de que se concedi la audiencia al oferente para que justificara su precio, an as el criterio tcnico lo considera inaceptable.

ANLISIS Y VALORACIN:

Luego de haber obtenido los estudios de carcter legal y tcnico detallados en los puntos anteriores, se procede seguidamente a la exposicin, anlisis y valoracin de las circunstancias concurrentes en el presente procedimiento de contratacin. Se tiene como primer resultado de la promocin de este procedimiento de contratacin, la participacin de un nico oferente Constructora JOF, S. A.

De conformidad con el criterio emanado por la Seccin de Asesora Legal, la oferta califica a una eventual adjudicacin, siempre y cuando resuelva la prevencin correspondiente, la cual se atendi en tiempo y forma.

En cuanto a la razonabilidad del precio de acuerdo con el criterio tcnico, la oferta de la empresa Constructora JOF, S. A., no puede ser considerada para adjudicacin, ya que, tal y como se concluy el monto ofertado por la suma de 28.988.000,00 no es razonable en comparacin con el presupuesto que actualiza el Departamento de Servicios Generales, que finalmente arroja un resultado de 24.862.864,94, el cual incluye no solo actualizacin de los montos, sino inclusin de algunas actividades que no fueron consideradas en un principio y an as excede en un 17% la ltima versin del presupuesto.

Tal y como se indic en el apartado de ANLISIS DE LOS PRECIOS, una vez realizadas las gestiones y otorgada la audiencia correspondiente en vista de lo excesivo del precio, se colige que el precio es inaceptable.RECOMENDACIN: As las cosas, se recomienda declarar infructuoso el presente concurso, expedir una resolucin que as declare y disponer el inicio de un nuevo procedimiento licitatorio.

Igualmente, dado que el Departamento de Servicios Generales actualiz el presupuesto para la construccin de la caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo Forense en la suma de 24.612.864,94, este Departamento buscar alternativas de financiamiento de los recursos faltantes para hacerle frente a dicha erogacin.- 0 -

Se acord: Acoger la recomendacin del Departamento de Proveedura, en consecuencia: 1.) Declarar infructuoso el procedimiento de Licitacin Abreviada N 2007LA-000034-PROV. 2.) Disponer el inicio de un nuevo procedimiento licitatorio para la Construccin de caseta de vigilancia y obras complementarias en el Complejo Forense.El Departamento de Proveedura tomar nota para los fines consiguientes. Se declara acuerdo firme.ARTCULO XI

La mster Ana Eugenia Romero Jenkins, Jefa del Departamento de Proveedura, en oficio N 4647-DP/09-07 de 28 de junio ltimo, presenta lo siguiente:En referencia a la Contratacin Directa N 2007CD-000288-PROV Alquiler de local para alojar al Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, remitimos a usted la documentacin adjunta, para que sea sometida a conocimiento del Consejo Superior, a efecto de que tomen el acuerdo que consideren conveniente.

En este sentido, es importante indicar que el plazo de 30 das hbiles dispuesto en la clusula 6.2.11 del aparte condiciones generales del cartel para resolver esta contratacin, vence el 18 de julio del 2007.

Conforme las estipulaciones de los artculos 69 bis del Reglamento Interno de Compras del Poder Judicial, 106 de la Ley de Contratacin Administr