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www.dip-caceres.es D.L.CC-1-1958 Lunes 19 de Septiembre de 2016 Número 180 ADMINISTRACIÓN LOCAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES BOP-2016-3831 CONVOCATORIA de subvenciones en especie para municipios de hasta 20.000 hab. y entidades locales menores de la provincia de Cáceres: Elementos integrantes para personas con discapacidad para parques infantiles........ Página 3 BOP-2016-3830 EXTRACTO de la convocatoria de subvenciones a municipios de la provincia de Cáceres de hasta 20.000 hab. y entidades locales menores, de elemen- tos integrantes para personas con discapacidad para parques infantiles y espacios públicos. ................................................................................... Página 14 BOP-2016-3849 Acuerdo del Pleno para aprobación inicial de la Ordenanza regu- ladora de los precios públicos por Enseñanza no reglada en la escuela de Danza de Plasencia y en las escuelas de bellas artes “Eulogio Blasco” y “Rodrigo Alemán” de la Diputación ............................................................................ Página 18 BOP-2016-3850 Acuerdo del pleno para aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las tasas por enseñanza en el Conservatorio de Danza El “Brocense” y Conserva- torio de Música “García Matos” de la Diputación Provincial de Cáceres.... Página 21 AYUNTAMIENTOS Almaraz BOP-2016-3836 CONVOCATORIA licitación de obras de construcción de dos naves industriales, en el polígono industrial Las Laderas. .......................... Página 23 BOP-2016-3844 RESOLUCIÓN convocatoria para la adjudicación del contrato privado de enajenación de chatarra mediante concurso público ................... Página 26 Almoharín BOP-2016-3839 Delegación de funciones de Alcaldía. .................... Página 28 Cáceres BOP-2016-3846 Delegación para celebración de matrimonio civil .... .. Página 29 BOP-2016-3828 Notificación requerimiento sobre vehículo abandonado en depósito municipal .................................................................................. Página 30 Galisteo BOP-2016-3842 Aprobación pliego de cláusulas para la adjudicación por procedi- miento abierto del servicio de Campo de Golf Municipal................... Página 31

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Lunes19 de Septiembre de 2016 Número 180

ADMINISTRACIÓN LOCALDIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

BOP-2016-3831 CONVOCATORIA de subvenciones en especie para municipios de hasta 20.000 hab. y entidades locales menores de la provincia de Cáceres: Elementos integrantes para personas con discapacidad para parques infantiles......... Página 3BOP-2016-3830 EXTRACTO de la convocatoria de subvenciones a municipios de la provincia de Cáceres de hasta 20.000 hab. y entidades locales menores, de elemen-tos integrantes para personas con discapacidad para parques infantiles y espacios públicos...................................................................................... Página 14BOP-2016-3849 Acuerdo del Pleno para aprobación inicial de la Ordenanza regu-ladora de los precios públicos por Enseñanza no reglada en la escuela de Danza de Plasencia y en las escuelas de bellas artes “Eulogio Blasco” y “Rodrigo Alemán” de la Diputación ............................................................................. Página 18BOP-2016-3850 Acuerdo del pleno para aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las tasas por enseñanza en el Conservatorio de Danza El “Brocense” y Conserva-torio de Música “García Matos” de la Diputación Provincial de Cáceres.... Página 21

AyuNTAMIeNTOSAlmaraz

BOP-2016-3836 CONVOCATORIA licitación de obras de construcción de dos naves industriales, en el polígono industrial Las Laderas............................ Página 23BOP-2016-3844 RESOLUCIÓN convocatoria para la adjudicación del contrato privado de enajenación de chatarra mediante concurso público.................... Página 26

AlmoharínBOP-2016-3839 Delegación de funciones de Alcaldía...................... Página 28

CáceresBOP-2016-3846 Delegación para celebración de matrimonio civil....... Página 29BOP-2016-3828 Notificación requerimiento sobre vehículo abandonado en depósito municipal................................................................................... Página 30

GalisteoBOP-2016-3842 Aprobación pliego de cláusulas para la adjudicación por procedi-miento abierto del servicio de Campo de Golf Municipal.................... Página 31

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Guijo de Santa BárbaraBOP-2016-3822 Aprobación inicial Presupuesto General ejercicio 2016..... Página 32

Mesas de IborBOP-2016-3823 Cuenta General 2014.......................................... Página 33

Navalmoral de la MataBOP-2016-3835 Contratación anticipada para la adjudicación del suministro de carbu-rantes con destino a los vehículos municipales (Exp. 007/2016-C)....... Página 34BOP-2016-3834 Contratación anticipada para la adjudicación del suministro de pellet para la caldera de biomasa de la piscina municipal climatizada. (Exp. 006/2016-C)............................................................................. Página 37

RomangordoBOP-2016-3847 Exposición pública solicitud de devolución de aval.............. Página 39

San Martín de TrevejoBOP-2016-3845 Aprobación inicial Ordenanza reguladora de la limpieza de terrenos y solares.................................................................................... Página 40

Tejeda de TiétarBOP-2016-3821 Delegación de competencias en materia de festejos taurinos.. Página 41

ADMINISTRACIÓN AuTONÓMICAJuNTA De eXTReMADuRAConsejería de economía e InfraestructurasMérida

BOP-2016-3820 RESOLUCIÓN de citación para levantamiento de actas previas a ocupación, sobre expediente de expropiación forzosa....................... Página 42

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIATRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRASeCReTARIA De GOBIeRNOCáceres

BOP-2016-3804 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Torre de Santa María................................................................................ Página 44BOP-2016-3803 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Tornavacas............................................................................ Página 45BOP-2016-3802 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Serradilla............................................................................... Página 46BOP-2016-3801 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Santibáñez el Bajo........................................................................................ Página 47BOP-2016-3800 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Ruanes.................................................................................. Página 48BOP-2016-3799 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Portaje...................................................................... . Página 49

ANuNCIOS eN GeNeRALCOMuNIDAD DeL pLAN De RIeGO De vALDeCAÑASSaucedilla

BOP-2016-3694 Anuncio de cobranza........................................... Página 50

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ADMINISTRACIÓN LOCAL

DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

BOP-2016-3831 CONVOCATORIA de subvenciones en especie para municipios de hasta 20.000 h y entidades locales menores de la provincia de Cáceres: Elementos inte-grantes para personas con discapacidad para parques infantiles.

BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA COMPETITIVA Y EN ESPECIE PARA MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁCERES DE HASTA 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES, DE ELEMENTOS INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA SU UBICACIÓN EN PARQUES INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016PREÁMBULO

La Diputación Provincial de Cáceres, dentro del ámbito de las competencias que le atribuye el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su actual redacción -tras la modificación operada por Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad local (LRSAL)- y de conformidad con las líneas de actuación contempladas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de Cáceres, aprobado por el Pleno de dicha Corporación Provincial, en sesión ordinaria de 29 de diciembre de 2015 (BOP nº 11 de 19/01/2016), modificado en sesión plenaria extraordinaria de 31 de mayo de 2016 (BOP n.º 117 de 20/06/2016), consciente de su responsabilidad en la asistencia económica a los municipios de Cáceres y sus entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, estima conveniente la convocatoria de concurrencia pública para la concesión de subvenciones en especie a dichas entidades locales de hasta 20.000 habitantes de la provincia de Cáceres, de elementos integrantes para personas con discapacidad, con el fin de ubicarlos en parques infantiles y espacios públicos, que, al mismo tiempo, posibilite a los ciudadanos disfrutar de actividades lúdicas en dichos lugares, todo ello con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, libre concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la asig-nación y uso de los recursos públicos, y de conformidad con el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad.

En lo no previsto expresamente en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y por lo dispuesto en el Re-glamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955, en cuanto no se oponga a la citada Ley de Subvenciones. Además, se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución de Presupuesto para 2016, en la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Cáceres y en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

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Base Primera. DENOMINACIÓN Y CÓDIGO.

El presente plan de subvenciones se denomina “PLAN DE AYUDAS A MUNICIPIOS MENORES DE 20.000 HABITANTES Y ENTIDADES LOCALES MENORES CONSISTENTES EN LA ENTREGA DE ELEMENTOS INTEGRANTES PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD, CON DESTINO A SU UBICACIÓN EN PARQUES INFANTILES Y ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCICIO 2016“. Y responde al código PIA/DTS/2016.

Base Segunda. OBJETO Y ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. EXCLUSIONES.

OBJETO. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva para la concesión de ayudas en especie para los municipios de hasta 20.000 habitantes así como para las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, de la provincia de Cáceres que tenga necesidad de adquirir dichos elementos nuevos con destino a la población infantil (de 3 a 12 años) con discapacidad.ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Será objeto de las ayudas la entrega de un asiento de columpio de integración para sustitución de asientos no adaptados con los elementos necesarios para su instalación, para parques infantiles y espacios públicos, con el fin de destinarlos a su uso por parte la población infantil a partir de 3 años y hasta 12 años. Este elemento integrante, cuya adquisición se subvenciona, será exclusivamente destinado a uso en lugares o espacios públicos.

Base Tercera. SISTEMA DE TRAMITACIÓN Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN.

SISTEMA DE TRAMITACIÓN. El presente plan de subvenciones se tramitará a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Cáceres.RÉGIMEN DE CONCESIÓN. Dado el carácter de subvención en especie, se efectuará la en-trega del elemento subvencionado una vez se produzca la concesión definitiva de las ayudas y haya sido adquirido por la Diputación de Cáceres, previa la tramitación del procedimiento de licitación adecuado, de conformidad con el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. La Institución Provincial adjudicará el contrato de suministro a una empresa, que suministrará el material a la Diputación, quien a su vez, una vez recepcionados a confor-midad, los entregará a las entidades locales beneficiarias.Regirá este régimen de concesión siempre que el beneficiario no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación.

Base Cuarta. IMPUTACIÓN TEMPORAL, FINANCIACIÓN Y APLICACIÓN PRESUPUESTARIA.

IMPUTACIÓN TEMPORAL. El gasto previsto en la presente convocatoria está imputado ex-clusivamente al presente ejercicio presupuestario de 2016.FINANCIACIÓN. La financiación del plan está recogida en su totalidad en el Presupuesto General de la Diputación para el presente ejercicio. La cuantía total de la subvención será de 100.000,00 € (cien mil euros).

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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA. El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación, en la aplicación 2016.4.1710.76209 denominada “PARQUES INFANTILES ADAPTADOS”, dotada con un importe inicial de 100.000,00 €. Las subvenciones concedidas nunca sobrepasarán el importe de la dotación presupuestaria, y el órgano competente se reserva el derecho a no asignar el importe total de la aplicación si las circunstancias así lo aconsejaran, motivando la resolución.

Base Quinta. BENEFICIARIOS: REQUISITOS Y OBLIGACIONES. Podrán solicitar esta sub-vención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarias de las ayudas los municipios de la provincia de Cáceres de hasta 20.000 habitantes, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al Municipio (en adelante EELL menores) de la provincia de Cáceres que, en 2016, tenga la necesidad de adquirir los elementos ya indicados en la base segunda para su uso en lugares o espacios públicos.

Para ser beneficiarios de la subvención, las entidades solicitantes habrán de reunir los req-uisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en las convocatorias correspondientes a los años 2015 o 2016.

Serán obligaciones de las entidades beneficiarias las establecidas en el artículo 14 de la LGS y artículo 6 de la OGS, y en concreto para esta convocatoria de subvenciones:1º) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, consistente en instalar los elementos integrantes, junto a los carteles informativos o señalización, que serán proporcionados gratuitamente por la empresa suministradora, en uno de los espacios o lugares públicos de la localidad, en el plazo de ejecución establecido en la base octava.

2º) En caso de resultar beneficiaria, no aceptar ayudas de ninguna otra Administración o entidad privada que financien el mismo objeto subvencionable, puesto que las ayudas regu-ladas en la presente convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse de las distintas Administraciones públicas o entidades privadas para la misma finalidad.

3º) Hacer constar expresamente el patrocinio de la Diputación de Cáceres en todos los me-dios utilizados para la divulgación de las actividades subvencionadas (entre otras, a través de la colocación del Cartel Informativo).

Base Sexta. SOLICITUD: REQUISITOS, DOCUMENTOS, PLAZO, SUBSANACIÓN Y REFOR-MULACIÓN.

REQUISITOS. La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento a cargo del solicitante y beneficiario: solicitud, subsanación de la solicitud, reformulación (en su caso), renuncia, alegaciones, justificación, subsanación de la justificación, reintegro

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y otras que pudieran producirse en el procedimiento. La Diputación, asimismo, realizará todos sus trámites a través de la tramitación electrónica, salvo que por circunstancias excepcionales y motivadas tenga que recurrir a otros procedimientos sustitutivos, con las debidas garantías para todas las partes.

Todos los documentos serán presentados en la sede electrónica de la Diputación, firmados electrónicamente por quien posea el poder de representación, formalizándose su entrega en el registro electrónico creado y regulado por el Reglamento del Registro General de Entrada y Salida de la Diputación (B.O.P. nº 74, de 21 abril de 2010). Los formularios, las declaraciones responsables y demás documentos electrónicos a cumplimentar en las dif-erentes fases del procedimiento estarán disponibles en la mencionada sede y deberán ser obligatoriamente utilizados cuando así proceda.

La dirección de Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es. Todo lo relativo a la identificación y acceso, cumplimentación de solicitudes y justificaciones, anexión de documentos, firma electrónica, etc., está recogido en la propia sede electrónica a través de un manual de ayuda para todo el procedimiento de tramitación.

DOCUMENTOS:En fase de solicitud se rellenarán los modelos que están recogidos en la sede electrónica y deberá aportarse los documentos específicos a continuación indicados:- Anexo I de Solicitud, cuyo modelo se recoge al final de estas bases (y en formato editable en la página web de Diputación de Cáceres, apartado "Tus Servicios-Subvenciones-Planes de subvenciones").

- Certificación del Secretario o Secretario-Interventor sobre el número de parques infantiles públicos existentes en la actualidad en el término municipal, con detalle de la ubicación y número y elementos que contienen.

- Informe expedido por técnico competente que acredite que el parque o la zona donde se pretende instalar los elementos cumple la normativa vigente de accesibilidad para usuarios discapacitados.

En su caso, y para que sea objeto de la correspondiente valoración, conforme a los crite-rios de la base séptima, se presentará Certificación del Secretario o Secretario-Interventor sobre las actuaciones de mejora de accesibilidad en el parque o la zona donde se pretende instalar los elementos realizadas durante el ejercicio 2015, con detalle de su ubicación, instalaciones objeto de la actuación y somera explicación de la misma.

Si la entidad solicitante necesitara incorporar algún otro documento para complementar información, podrá dirigirse telefónicamente o por correo electrónico al órgano gestor para plantear tal circunstancia, quien autorizará, en su caso, adjuntarlo bajo la denominación de “documento excepcional”.

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Todos los documentos electrónicos que se adjunten con la solicitud deberán cumplir los requisitos que se definen en la sede electrónica. Las entidades solicitantes aportarán copias digitalizadas de los documentos, y la Diputación generará y almacenará los correspondientes códigos de huella digital, identificativos fielmente del contenido presentado por el solicitante. Una relación de documentos y sus huellas digitales asociadas será firmada por la persona solicitante e incorporada a la solicitud. La Diputación podrá solicitar del correspondiente archivo el cotejo del contenido de las copias aportadas. Si el cotejo no pudiera llevarse a cabo, podrá requerir con carácter excepcional al solicitante la exhibición del documento o de la información original. De acuerdo con el artículo 48.1 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, los interesados, en cualquier fase del procedimiento, podrán aportar al expediente los documentos (o las copias digitali-zadas de los mismos cuya fidelidad con el original garantizará mediante la firma electrónica avanzada).

Las personas representantes o autorizadas podrán consultar el estado de tramitación del expediente y los documentos de los que tenga interés legítimo o representación bastante. La presentación de la solicitud con firma electrónica implicará la conformidad del inter-esado para recibir todas las comunicaciones y notificaciones que se realicen a lo largo de la tramitación del expediente electrónico a través de dicho Registro Electrónico, y podrá autorizar a la persona de contacto referida en la solicitud (siempre que ésta sea distinta de la persona solicitante), para que sea incluida como interesada del procedimiento, a efectos de notificación y gestión del expediente.

Adicionalmente a la publicación de comunicaciones y notificaciones registradas a través de la sede electrónica de la Diputación, se pondrá a disposición de la entidad un sistema complementario de alertas por medio de correo electrónico. Las personas interesadas, tras identificarse electrónicamente de forma segura, podrán consultar los actos del procedimiento que les sean notificados y efectuar la presentación de la documentación adicional que pudi-era ser requerida por el órgano actuante. La incorporación de los documentos al expedi-ente surtirá todos los efectos de la notificación practicada según lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley LRJAPPAC. En aquellos casos en los que, como resultado de la fase de justificación y comprobación, tuviera lugar un procedimiento de reintegro, las notificaciones relacionadas con dicho procedimiento se realizarán bajo la modalidad de notificación por comparecencia electrónica, según lo establecido en el artículo 40 del referido Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.

PLAZO. Las solicitudes deberán presentarse por los interesados en el plazo de 15 días natu-rales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.La presentación de la solicitud por parte de las entidades locales implicará la aceptación de las presentes bases de convocatoria. Las solicitudes serán examinadas por el Órgano Gestor, que emitirá el correspondiente informe de comprobación, para todos los efectos.

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SUBSANACIÓN. Ante errores subsanables en la solicitud, se requerirá por el órgano instructor, esto es, el Área de Desarrollo y Turismo Sostenible Social, al interesado a los efectos de que proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a su notificación. En caso de no resolver adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente.

La concurrencia a la presente convocatoria implicará la manifestación tácita de consen-timiento inequívoco al tratamiento de datos de carácter personal y a su publicación, todo ello de conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

REFORMULACIÓN. No se admiten reformulaciones en el presente plan de ayudas, al tratarse de una subvención en especie.

Base Séptima. CONCESIÓN: CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO, CUANTÍA DE LAS AYUDAS, PLAZO Y NOTIFICACIÓN.

CRITERIOS OBJETIVOS DE OTORGAMIENTO. Una Comisión de Valoración –cuya compos-ición se determina en la base duodécima- llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios establecidos a continuación. Emitirá la correspondiente acta de conc-esión provisional, debidamente motivada, concediendo un plazo de 10 días para presentar alegaciones. La Comisión de Valoración examinará las alegaciones aducidas en su caso por los interesados, e informará al órgano gestor, quien tramitará la resolución de concesión definitiva ante el órgano competente, y la notificará a los interesados.

No se requerirá a los beneficiarios la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.Se concederá una subvención en especie por entidad local, consistente en un asiento de columpio de integración para sustitución de asientos no adaptados con los elementos nec-esarios para su instalación, valorado en 1.400,00 €, IVA incluido, a aquellas entidades que obtengan la mayor puntuación, de acuerdo con los siguientes criterios y hasta agotar la partida presupuestaria:

1.- HABITANTES. Habitantes según los últimos datos oficiales del INE.- Población hasta 10.000 habitantes: 10 puntos- Población de 10.001 habitantes hasta 20.000 habitantes: 15 puntos

2.- NÚMERO DE PARQUES INFANTILES EXISTENTES EN EL MUNICIPIO.- Un parque infantil: 5 puntos- Dos parques infantiles: 10 puntos- Tres o más parques infantiles: 15 puntos

3.- ACTUACIONES DE MEJORA DE ACCESIBILIDAD. Por la realización de actuaciones de mejora de accesibilidad en espacios públicos en el ejercicio 2015, acreditadas mediante certificación expedida por el/la Secretario/a o Secretario/a-Interventor: 10 puntos

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4.- BENEFICIARIO DE AYUDAS. Por no haber sido beneficiario de la ayuda para la adquisición de parques infantiles de las ediciones de Diputación de Cáceres en años anteriores:- Beneficiario en 2012 o antes: 6 puntos- Beneficiario en 2013: 4 puntos- Beneficiario en 2014: 2 puntos

PLAZO. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución final del procedimiento no podrá exceder de 2 meses, a contar a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, transcurrido el cual la solicitud de concesión de la subvención se entenderá desestimada por silencio administrativo.

NOTIFICACIÓN. La resolución de concesión será notificada a todos los solicitantes, e infor-mará de la relación de beneficiarios, el proyecto o actuación aprobada, el importe concedido y cualquier otro detalle que se considere de interés. Asimismo, informará de la relación de los no beneficiarios y de la causa que fundamentó la denegación de la ayuda.Esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma re-curso contencioso administrativo, directamente (sin necesidad de interponer previamente el recurso de reposición) ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación de la resolución, en la forma y con los requisitos exigidos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Base Octava. EJECUCIÓN: PLAZO Y PRÓRROGA.

PLAZO. La realización de la actividad subvencionada, esto es, la instalación de los elementos subvencionados junto con los carteles informativos, en los parques o lugares públicos es-pecificados en dicha solicitud, deberá realizarse en el plazo de dos meses desde la entrega de los bienes a los beneficiarios.PRÓRROGA. Los beneficiarios no podrán solicitar una prórroga del plazo de ejecución.

Base Novena. JUSTIFICACIÓN: REQUISITOS, DOCUMENTOS, PLAZO, SUBSANACIÓN Y PRÓRROGA.

REQUISITOS. Los requisitos en esta fase serán análogamente equivalentes a los establecidos para la solicitud en la base sexta. Procedimiento de justificación:

Las Entidades Locales beneficiarias quedan obligadas una vez realizada la actividad (recep-cionar y colocar los elementos integrantes de parques de mayores, en parques o espacios públicos, junto a los carteles informativos de referencia), a remitir a la Diputación la docu-mentación que se especifica en el siguiente apartado

Presentada la documentación exigida en esta convocatoria, el Área de Desarrollo y Turismo Sostenible emitirá informe en el que se especifique:

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1.- Si los documentos y demás obligaciones establecidas al beneficiario han sido presenta-das y llevadas a cabo en plazo.

2.- Si la justificación presentada acredita que la actividad ha sido realizada en plazo y se cumple el fin para el cual se concedió la subvención.

B) La documentación justificativa, junto con los informes correspondientes, será remitida a la Dirección Adjunta de Gestión Presupuestaria, Normalización de Procedimientos, Compras y Patrimonio, la cual, previa las comprobaciones oportunas, remitirá a la Intervención esa documentación a los efectos de su preceptiva fiscalización.

C) Corresponde a la Presidencia o Diputado/a delegado/a, de conformidad con lo establecido en el artículo 185.2 del TRLRHL, la aprobación de la justificación de la subvención.

DOCUMENTOS. En fase de justificación, se rellenarán los modelos que están recogidos en la sede electrónica y deberá aportarse el documento específico a continuación indicado:- Anexo II de Justificación, cuyo modelo se recoge al final de estas bases (y en formato editable en la página web de Diputación de Cáceres, apartado "Tus Servicios-Subvenciones-Planes de subvenciones").- Archivo conteniendo fotografías de los elementos instalados en los espacios munici-pales.

PLAZO. La justificación de las ayudas concedidas deberá realizarse en el plazo de un mes meses desde la finalización del periodo de ejecución.

SUBSANACIÓN. Ante errores subsanables en la justificación, se requerirá al interesado que proceda a corregirlos, concediéndole un plazo de 10 días hábiles, a partir del día siguiente a su notificación. En caso de no resolver adecuadamente la subsanación, se le tendrá por desistido del expediente, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de aplicación.

Transcurrido el plazo de justificación sin haberse presentado la misma, la Diputación se la requerirá al beneficiario para que la presente en un plazo improrrogable de 15 días, sin per-juicio de aplicar las sanciones que estén establecidas para este tipo de incumplimientos. Ante ausencia de justificación definitiva, la Diputación iniciará el correspondiente expediente de reintegro, salvo que el beneficiario se acoja a la opción de devolución voluntaria prevista en el artículo 90 del Reglamento de la LGS, opción que le eximiría de la prohibición de concurrir al resto subvenciones de la Diputación en el mismo ejercicio o sucesivos, aunque sin perjuicio de aplicar las sanciones que estén establecidas para este tipo de incumplimientos.

PRÓRROGA. Los beneficiarios podrán solicitar una prórroga del plazo de justificación de las ayudas. Es obligado que dicha solicitud de prórroga esté registrada en Diputación al menos diez días naturales antes del término de su correspondiente plazo inicial. La Diputación, a la vista de las razones expuestas, podrá conceder o denegar la ampliación, en las condiciones establecidas en el artículo 70 del Reglamento de la LGS y 49 de la

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LRJAPPAC. En el primer caso, la resolución de ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate.La Diputación podrá ampliar de oficio el plazo de justificación de las ayudas, mediando causas objetivas, que deberá motivar.

Base Décima. INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS, Y PROCEDIMIENTOS DE REINTEGRO, DE DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA, Y CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE POSIBLES INCUMPLIMIENTOS.

Constituyen infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones u omisiones tipificadas en los artículos 56 a 58 de la LGS, y el régimen y graduación de sanciones será el establecido en el capítulo II del título IV de la referida ley.

Si la Diputación apreciara alguno de los supuestos de reintegro establecidos en el artículo 37 de la LGS, exigirá al beneficiario las cantidades que correspondan, de acuerdo al pro-cedimiento establecido en los artículos 41 y 42 de la LGS y 94 y siguientes del RLGS. La competencia para acordar el reintegro corresponderá a la Presidencia de la Diputación. El procedimiento se regirá por las disposiciones contenidas en el Título XI de la LRJAPPAC, con las especialidades previstas en la LGS, por tener carácter de administrativo.

La Diputación podrá imponer multas pecuniarias y no pecuniarias. Las pecuniarias se fijarán proporcionalmente a la cantidad indebidamente obtenida, aplicada o no justificada. Las no pecuniarias podrán consistir en la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones de la Diputación durante un plazo de hasta cinco años.

No obstante, el artículo 90 del RLGS posibilita al beneficiario a devolver la ayuda con carácter voluntario, sin el previo requerimiento de la Diputación, de acuerdo con la situación de su expediente. Procederá acompañar el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la cuenta de la Diputación ES70.2048.1298.36.3400002575. Esta opción vol-untaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 %, salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.

Base Undécima. INCOMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS Y GARANTÍAS.INCOMPATIBILIDAD CON OTRAS AYUDAS. Las subvenciones reguladas por la presente con-vocatoria son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse de las distintas Administraciones Públicas o Entidades Privadas para la misma finalidad

A tal efecto, en el Anexo IV (ver Base VI), se hace constar, in fine, mediante Declaración Responsable del Alcalde/sa que “el Municipio o EELL menor peticionario/a (en caso de resultar beneficiario/a de esta subvención) no aceptará en 2016, ayudas de otras Administraciones o Entidades Privadas que financien el mismo objeto subvencionable”.

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GARANTÍAS. No se establece ningún régimen de garantías para este plan.Base Duodécima. ÓRGANOS COMPETENTES, NORMATIVA DE APLICACIÓN Y JURISDIC-CIÓN.

ÓRGANOS COMPETENTES. El órgano competente para la aprobación de las presentes bases de convocatoria es la Presidenta de la Excma. Diputación de Cáceres u órgano en quien delegue.

La instrucción del procedimiento corresponderá al área de Desarrollo y Turismo Sostenible, con las atribuciones que le confiere el artículo 24 de la LGS.La selección de las solicitudes las llevará a cabo la Comisión de Valoración, que tendrá el carácter de órgano colegiado para los efectos de lo establecido en la LRJAPPAC y la LGS. Su composición será la siguiente:

Presidente: El Diputado Delegado del Área de Desarrollo y Turismo Sostenible, o quien legalmente le sustituya.

Vocales: el Director Adjunto de Gestión Presupuestaria, Normalización de Procedimientos, Compras y Patrimonio, o empleado público en quien delegue; la Jefa del Área de Desarrollo y Turismo Sostenible, o empleado público en quien delegue; un técnico del Área de Desarrollo y Turismo Sostenible; un Diputado de cada grupo político de la Corporación.

Secretario: Un empleado público del Área de Desarrollo y Turismo Sostenible, con voz pero sin voto.

La competencia para aprobar la concesión definitiva será de la Presidencia de la Diputación, u órgano en quien delegue.De conformidad con el artículo 24.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión provisional tendrá carácter definitivo.

NORMATIVA DE APLICACIÓN.En lo no previsto expresamente en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 8/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley General de Subvenciones; la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en el BOP nº 50, de 14 marzo del 2016; las Bases de Ejecución del Presupuesto General de la Diputación; la Ley 39/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común; el decreto de 17 de junio de 1955, Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales (en lo que no se oponga a la LGS); la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciem-bre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal; la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicio públicos; el RD 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de

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acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicio Públicos; el RD 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica; el RD 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica; la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad.

JURISDICCIÓN. Contra estas bases se podrá interponer, en el plazo de dos meses a contar desde su publicación en el BOP, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Inter-vención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), en su apartado Quinto, punto 2, la eficacia de la convocatoria quedará supeditada a la publicación de su extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Cáceres, 14 de septiembre de 2016.

EL SECRETARIOAugusto Cordero Ceballos

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DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

BOP-2016-3830 EXTRACTO de la convocatoria de subvenciones a municipios de la provincia de Cáceres de hasta 20.000 hab y entidades locales menores, de elemen-tos integrantes para personas con discapacidad para parques infantiles y espacios públicos.

BDNS(Identif.):317146

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).

Primero.- Objeto y destinatarios de la convocatoria.Esta Convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas en especie para los municipios de hasta 20.000 habitantes así como para las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipio, de la provincia de Cáceres que tenga necesidad de adquirir dichos elementos nuevos con destino a la población infantil (de 3 a 12 años) con discapacidad.

Destinatarios: Municipios de hasta 20.000 habitantes y Entidades Locales de ámbito territo-rial inferior al Municipio existentes al 31/12/2013, de la provincia de Cáceres.

Segunda.- Dotación presupuestaria.

El presente plan de subvenciones está consignado en el Presupuesto General de la Diputación, en la aplicación 2016.4.1710.76209 denominada “PARQUES INFANTILES ADAPTADOS”, dotada con un importe inicial de 100.000,00 €.

Tercero.- Requisitos de los solicitantes.

Podrán solicitar esta subvención y, en consecuencia, podrán ser beneficiarias de las ayudas los municipios de la provincia de Cáceres de hasta 20.000 habitantes, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al Municipio (en adelante EELL menores) de la provincia de Cáceres que, en 2016, tenga la necesidad de adquirir los elementos ya indicados en la base segunda para su uso en lugares o espacios públicos. Para ser beneficiarios de la sub-vención, las entidades solicitantes habrán de reunir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (en adelante, LGS) y el artículo 5 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación, publicada en BOP de Cáceres 15 marzo 2016 (en adelante, OGS) siempre y cuando no hayan resultado beneficiarias de las subvenciones dinerarias para la adquisición de Parques Infantiles en las convocatorias correspondientes a los años 2015 o 2016.

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Serán obligaciones de las entidades beneficiarias las establecidas en el artículo 14 de la LGS y artículo 6 de la OGS, y en concreto para esta convocatoria de subvenciones:1º) Realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, consistente en instalar los elementos integrantes, junto a los carteles informativos o señalización, que serán proporcionados gratuitamente por la empresa suministradora, en uno de los espacios o lugares públicos de la localidad, en el plazo de ejecución establecido en la base octava.2º) En caso de resultar beneficiaria, no aceptar ayudas de ninguna otra Administración o entidad privada que financien el mismo objeto subvencionable, puesto que las ayudas regu-ladas en la presente convocatoria son incompatibles con cualesquiera otras que pudieran obtenerse de las distintas Administraciones públicas o entidades privadas para la misma finalidad.3º) Hacer constar expresamente el patrocinio de la Diputación de Cáceres en todos los me-dios utilizados para la divulgación de las actividades subvencionadas (entre otras, a través de la colocación del Cartel Informativo).

Cuarto.- Solicitudes. Tramitación. Plazo de presentación.

Tramitación: La tramitación electrónica será obligatoria en todas las fases del procedimiento a cargo del solicitante y beneficiario: solicitud, subsanación de la solicitud, reformulación (en su caso), renuncia, alegaciones, justificación, subsanación de la justificación, reintegro y otras que pudieran producirse en el procedimiento.Todos los documentos serán presentadas en la sede electrónica de la Diputación. La dirección Internet de acceso a la sede electrónica es https://sede.dip-caceres.es.

Plazo: Las solicitudes deberán presentarse por los interesados en el plazo de 15 días natu-rales, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

Quinto.- Documentos.

En fase de solicitud se rellenarán los modelos que están recogidos en la sede electrónica y deberá aportarse los documentos específicos a continuación indicados:

- Anexo I de Solicitud, cuyo modelo se recoge al final de estas bases (y en formato editable en la página web de Diputación de Cáceres, apartado “Tus Servicios-Subvenciones-Planes de subvenciones”).

- Certificación del Secretario o Secretario-Interventor sobre el número de parques infantiles públicos existentes en la actualidad en el término municipal, con detalle de la ubicación y número y elementos que contienen.

- Informe expedido por técnico competente que acredite que el parque o la zona donde se pretende instalar los elementos cumple la normativa vigente de accesibilidad para usuarios discapacitados. En su caso, y para que sea objeto de la correspondiente valoración, conforme

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a los criterios de la base séptima, se presentará Certificación del Secretario o Secretario-Interventor sobre las actuaciones de mejora de accesibilidad en el parque o la zona donde se pretende instalar los elementos realizadas durante el ejercicio 2015, con detalle de su ubicación, instalaciones objeto de la actuación y somera explicación de la misma.

Sexto.- Criterios de Valoración.

Una Comisión de Valoración llevará a cabo la evaluación de las solicitudes, en virtud de los criterios establecidos a continuación. No se requerirá a los beneficiarios la aceptación fehaciente de las ayudas, que se entenderá en todo caso positiva si no mediara renuncia expresa.Se concederá una subvención en especie por entidad local, consistente en un asiento de columpio de integración para sustitución de asientos no adaptados con los elementos necesarios para su instalación, valorado en 1.400,00 €, IVA incluido, a aquellas entidades que obtengan la mayor puntuación, de acuerdo con los siguientes criterios y hasta agotar la partida presupuestaria:

1.- HABITANTES. Habitantes según los últimos datos oficiales del INE.- Población hasta 10.000 habitantes: 10 puntos.- Población de 10.001 habitantes hasta 20.000 habitantes: 15 puntos.

2.- NÚMERO DE PARQUES INFANTILES EXISTENTES EN EL MUNICIPIO.- Un parque infantil 5 puntos.- Dos parques infantiles 10 puntos.- Tres o más parques infantiles 15 puntos.

3.- ACTUACIONES DE MEJORA DE ACCESIBILIDAD. Por la realización de actuaciones de mejora de accesibilidad en espacios públicos en el ejercicio 2015, acreditadas mediante certificación expedida por el/la Secretario/a o Secretario/a-Interventor: 10 puntos.

4.- BENEFICIARIO DE AYUDAS. Por no haber sido beneficiario de la ayuda para la adquisición de parques infantiles de las ediciones de Diputación de Cáceres en años anteriores:- Beneficiario en 2012 o antes 6 puntos.- Beneficiario en 2013 4 puntos.- Beneficiario en 2014 2 puntos.

Otros datos de interés.Las bases de la convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial Pro-vincia junto con el presente extracto, y en el tablón de anuncios virtual de la Diputación Provincial de Cáceres, en la siguiente dirección:

http://www.dip-caceres.es/temas/subvenciones/subvenciones/planes-de-subvenciones/in-dex.html

Plazo de ejecución: Dos meses a contar desde la entrega de los bienes por parte de la Ex-cma. Diputación para su instalación.

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Pago de la subvención: Se realizará con carácter de prepagable, esto es una vez se produzca la concesión definitiva de las ayudas y en todo caso siempre que el beneficiario no tenga cantidades pendientes de reintegrar relativas a expedientes de subvenciones de la Diputación.

Justificación de la subvención: La justificación de las ayudas concedidas deberá realizarse en el plazo de un mes desde la finalización del periodo de ejecución, y se aportará la docu-mentación indicada en la BASE Novena.

Cáceres, 14 de septiembre de 2016

EL SECRETARIOAUGUSTO CORDERO CEBALLOS

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DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

BOP-2016-3849 Acuerdo del Pleno para aprobación inicial de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por Enseñanza no reglada en la escuela de Danza de Plasencia y en las escuelas de bellas artes “Eulogio Blasco” y “Rodrigo Alemán” de la Diputación Provincial de Cáceres

ANUNCIO

El Pleno de la Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el veintinueve de julio de dos mil dieciséis acordó aprobar inicialmente el Texto de la Ordenanza reguladora de los precios públicos por Enseñanza no reglada en la escuela de Danza de Plasencia y en las escuelas de bellas artes “Eulogio Blasco” y “Rodrigo Alemán” de la Diputación provincial de Cáceres, así como el de la Ordenanza reguladora de las tasas por enseñanza en el con-servatorio de danza “El Brocense” y conservatorio de Música “García Matos” de la Diputación provincial de Cáceres; además se aprobó Derogar la Ordenanza de la Tasa por enseñanza en las Escuelas de danza de Cáceres y Plasencia, Escuelas de Bellas Artes “Eulogio Blasco” y “Rodrigo Alemán” y Conservatorio de música “García Matos”, dependientes de esta Excma. Diputación provincial (publicada en el BOP de 12 de junio de 2012) a partir de la entrada en vigor de las Ordenanzas aprobadas en el punto anterior.

Sometidos los acuerdos anteriormente citados al trámite de información pública y no habiéndose presentado reclamaciones ni sugerencias dentro de plazo, se hace constar que se elevan automáticamente a definitivos los acuerdos de aprobación inicial anteriormente referenciados, de conformidad con lo establecido en el artículo 111, 70.2, en relación con el 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL), así como, en su caso, el artículo 17. 3 y 4 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo (TRLHL).

Igualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 70.2, en relación con el 49 de la LRBRL, así como, en su caso, el artículo 17.4 del TRRLHL (para las Tasas), se inserta a continuación el texto íntegro de las nuevas Ordenanzas aprobadas.

ORDENANZA REGULADORA DE LOS PRECIOS PUBLICOS POR ENSEÑANZA NO REGLADA EN LA ESCUELA DE DANZA DE PLASENCIA Y EN LAS ESCUELAS DE BELLAS ARTES EULOGIO BLASCO Y RODRIGO ALEMAN DE LA DIPUTACION PROVINCIAL DE CACERES.

Articulo 1º .- Fundamento y naturaleza.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 41 y 148 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Diputación provincial de Cáceres establece los precios públicos por la prestación de los servicios de enseñanza no reglada en la escuela de danza de Plasencia y de Bellas Artes de Cáceres y Plasencia .

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Artículo 2º .- Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de los precios públicos reguladas en la presente ordenanza la prestación de los servicios de enseñanza de Bellas Artes y de danza en los centros citados en el art. 1º dependientes de la Excma. Diputación provincial de Cáceres.

Artículo 3º .- Sujetos pasivos.

1. Son sujetos pasivos del Precio Público, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el art. 35 de la Ley General Tributaria que asistan a los cursos en los centros a que se refiere el art. 1º de la presente ordenanza.

2. Serán responsables del pago de esta tasa los padres o tutores de quienes encontrándose bajo su patria potestad o tutela, conforme a los artículos 154, 206 y siguientes del Código Civil, se encuentren matriculados en los estudios a que se refiere la presente ordenanza.

Artículo 4º.- Cuantía

Las tarifas a aplicar por alumno y curso serán las siguientes:

• Escuelas de Bellas Artes Eulogio Blasco y Rodrigo Alemán.- 140 € + IVA vigente.• Escuela de Danza de Plasencia.- 140 € + IVA vigente.

Articulo 5º .- Exenciones, bonificaciones y reducciones.

Se establece una bonificación del 20 % de la cuantía establecida en el artículo anterior para las familias numerosas, previa acreditación fehaciente de dicha condición en el momento de formalización de la matrícula.

Artículo 6º .- Devengo.

El devengo de los precios públicos establecidos en la presente ordenanza se produce en el momento de la matriculación en las enseñanzas y en los centros recogidos en el artículo 1º de la presente ordenanza fiscal.

Articulo 7º .- Gestión y recaudación .

La gestión tributaria de los precios públicos corresponderá a cada uno de los centros de enseñanza. La recaudación se llevará a cabo mediante ingreso en la cuenta corriente y entidad colaboradora que se proponga desde la Tesorería provincial, debiéndose unir el justificante del ingreso al resto de la documentación necesaria para la formalización de la matrícula.

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Disposición derogatoria.-

Queda derogada la Ordenanza de la Tasa por enseñanza en las Escuelas de Danza de Cáceres y Plasencia, Escuelas de Bellas Artes Eulogio Blasco y Rodrigo Alemán y Conserva-torio de Música García Matos, aprobada por acuerdo plenario de la Diputación provincial de Cáceres de fecha 29 de marzo de 2012 y publicada en el B.O. P. nº 112, de fecha 12 de junio de 2012.

Disposición final

La presente ordenanza entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir de la publicación definitiva en el B.O.P., permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación ex-presa.

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DIpuTACIÓN pROvINCIAL De CáCeReS

BOP-2016-3850 Acuerdo del pleno para aprobación inicial de la ordenanza reguladora de las tasas por enseñanza en el Conservatorio de Danza El “Brocense” y Conservatorio de Música “García Matos” de la Diputación Provincial de Cáceres

ORDENANZA REGULADORA DE LAS TASAS POR ENSEÑANZA EN EL CONSERVATORIO DE DANZA EL "BROCENSE" Y CONSERVATORIO DE MÚSICA "GARCIA MATOS" DE LA DIPUTA-CION PROVINCIAL DE CACERES.

Articulo 1º .- Fundamento y naturaleza.

En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, por al artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 al 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Diputación provincial de Cáceres establece las tasas por la prestación de los servicios de enseñanzas en los conservatorios de danza "Brocense " y en el de música "García Matos".

Artículo 2º .- Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de las tasas reguladas en la presente ordenanza la prestación de los servicios de enseñanza de música y de danza en los centros citados en el art. 1º dependientes de la Excma. Diputación provincial de Cáceres.

Artículo 3º .- Sujetos pasivos.

1. Son sujetos pasivos de la tasa, en concepto de contribuyentes, las personas físicas y jurídicas, así como las entidades a que se refiere el art. 35 de la Ley General Tributaria que cursen estudios en los centros a que se refiere el art. 1º de la presente ordenanza.2. Serán responsables del pago de esta tasa los padres o tutores de quienes encontrándose bajo su patria potestad o tutela, conforme a los artículos 154, 206 y siguientes del Código Civil, se encuentren matriculados en los estudios a que se refiere la presente ordenanza.

Artículo 4º.- Cuotas tributarias.

Las cuotas tributarias a aplicar serán las siguientes:

• Matrícula general .- La tasa por matriculación en curso completo es de 165 €.• Pruebas de acceso a grado medio.- 31, 50 €.

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Articulo 5º .- Exenciones, bonificaciones y reducciones.

Se establece una bonificación del 20 % de la cuantía establecida en el artículo anterior para las familias numerosas, previa acreditación fehaciente de dicha condición en el momento de formalización de la matrícula.

Artículo 6º .- Devengo.

El devengo de las tasas reguladas en la presente ordenanza se produce en el momento de la matriculación en las enseñanzas y en los centros recogidos en el artículo 1º de la presente ordenanza fiscal.

Articulo 7º .- Gestión y recaudación .

La gestión tributaria de las tasas corresponderá a cada uno de los centros de enseñanza. La recaudación se llevará a cabo mediante ingreso en la cuenta corriente y entidad colabo-radora que se proponga desde la Tesorería provincial, debiéndose unir el justificante del ingreso al resto de la documentación necesaria para la formalización de la matrícula.

Disposición derogatoria.-

Queda derogada la Ordenanza de la Tasa por enseñanza en las Escuelas de Danza de Cáceres y Plasencia, Escuelas de Bellas Artes Eulogio Blasco y Rodrigo Alemán y Conserva-torio de Música García Matos, aprobada por acuerdo plenario de la Diputación provincial de Cáceres de fecha 29 de marzo de 2012 y publicada en el B.O. P. nº 112, de fecha 12 de junio de 2012.

Disposición final

La presente ordenanza entrará en vigor y comenzará a aplicarse a partir de la publicación definitiva en el B.O.P., permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación ex-presa.

Cáceres a 13 de septiembre de 2016......................

EL SECRETARIOAugusto Cordero Ceballos

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AyuNTAMIeNTO

ALMARAz

BOP-2016-3836 CONVOCATORIA licitación de obras de construcción de dos naves in-dustriales, en el polígono industrial Las Laderas.

ANUNCIO

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de 13/09/2016, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria del procedimiento abierto, atendiendo a la oferta económicamente más ventajosa, con varios criterios de adjudicación, para la adjudicación del contrato de obras consistentes en la construcción de dos naves industriales, en el polígono industrial Las Laderas del término municipal de Almaraz, según Proyecto de construcción (memoria, planos, pliego de condiciones, mediciones y presupuesto) que acompaña al presente Pliego, conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a. Organismo: Ayuntamiento de Almaraz b. Dependencia que tramita el expediente: Secretaríac. Obtención de documentación e información:1. Dependencia: Secretaría.2. Domicilio: Plaza de España S/N3. Localidad y código postal: Almaraz. 103504.- Teléfono: 927 54 40 045. Fax: 927 54 43 306. Correo electrónico: [email protected]. Dirección Perfil del Contratante: www.ayto-almaraz.com8.Fecha límite de obtención de documentación e información: Trece días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

2. Objeto del Contrato:a. Tipo: Obrab. Descripción: Construcción de dos naves industriales, en el polígono industrial Las Laderas del término municipal de Almaraz, conforme Proyecto de construcción visado por técnico competente.c. División por lotes y número de lotes/unidades: Si:- Lote 1: NAVE 1: Nave industrial totalmente diáfana, situado en la Parcela C del Polígono Las Laderas de Almaraz, con una superficie construida de 620,62 m2 en una parcela de 867 m2 (según proyecto visado n º 004130543055, con nº de expediente CC1144/16).- Lote 2: NAVE 2: Nave industrial totalmente diáfana, situado junto al lavadero munici-pal del Polígono Las Laderas de Almaraz, con una superficie construida de 838,09 m2 en una parcela de 1.037 m2 (según proyecto visado nº 004347149193, con nº de expediente CC1204/16)

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d. Lugar de ejecución: Polígono Las Laderas de Almaraz.e. Plazo de ejecución/entrega: Máximo de 2 meses (60 días), a contar desde el comienzo de las obras.f. Admisión de prórroga: No.

3. Tramitación y procedimiento:a. Tramitación: Urgenteb. Procedimiento: Abierto, oferta económicamente más ventajosa, varios criterios de adjudicación.c. Criterios de adjudicación:

A. PROPOSICIÓN ECONÓMICA (De 0 a 70 puntos): La oferta económica no podrá ser superior al valor estimado para cada lote al que se licite (106.959,63 o 144.199,50 €).La valoración de la oferta económica se efectuará sin tomar en consideración el Impuesto sobre el Valor Añadido que recae sobre el mismo.Se asignará el máximo de puntuación (70 puntos) a la oferta de precio inferior con respecto al presupuesto base de licitación previsto para cada lote, asignándose la puntuación al resto de las ofertas presentadas para ese mismo lote mediante la regla de proporcionalidad inversa.(OE X 70)/OVDónde:OE: Oferta más económicaOV: Oferta objeto de valoraciónSe valorarán por separado mediante dicha fórmula matemática, los licitadores que participen respecto al lote nº 1 y los que liciten al lote nº 2, teniendo en cuenta que el presupuesto base de licitación es distinto en uno y otro.Para la apreciación de las ofertas desproporcionadas, se estará a lo previsto en el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones públicas.Cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal se estará a lo dispuesto en el artículo 152.3 y 4 del TRLCSP, en relación a lo establecido en el artículo 22.f) del RPLCSP, y, a la vista de su resultado, la Mesa de contratación propondrá al Órgano de contratación su aceptación o rechazo.

B. REDUCCIÓN DEL PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA (De 0 a 30 puntos):Se asignará el máximo de puntuación (30 puntos) al licitador que ofrezca una mayor reduc-ción del plazo máximo previsto para la finalización de las obras (60 días según la cláusula 5ª PCAP), asignándose al resto la puntuación que corresponda mediante la regla de pro-porcionalidad inversa siguiente:(MR X 30)/RDónde:MR: Mayor reducción de entre las propuestas por los candidatosR: Reducción a valorar en el caso particular

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De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional 4ª, párrafo 2º del TRLCSP, en caso de igualdad entre dos o más proposiciones, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la adjudicación del contrato la empresa que, en el momento de acreditar su solvencia técnica, se encuentre en alguna de las circunstancias siguientes:

Tener en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2%. Si varias empresas licitadoras de las que hubieren empatado en cuanto a la proposición más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcen-taje superior al 2 por 100, tendrán preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.En caso de persistir el empate, se resolverá la adjudicación por sorteo entre los candidatos empatados.

4. Valor estimado del contrato: 251.159,13 €, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 52.743,41 euros, lo que supone un total de 303.902,54 euros.

5. Garantías exigidas:a. Provisional: 1,5 % del presupuesto estimado del contrato, según lote al que liciten.b. Definitiva: 5% del precio de adjudicación.

6. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica-financiera, técnica y pro-fesional, conforme al Pliego (Cláusula sexta)

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a. Fecha límite de presentación: Treces días naturales a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceresb. Modalidad de presentación: Sobres cerrados.c. Lugar de presentación: i. Dependencia: Oficinas Generales. ii. Domicilio: Plaza de España S/N iii. Localidad y código postal: Almaraz. 10350 iv. Dirección electrónica: [email protected]

8. Apertura de ofertas:a. Descripción: Mesa de contrataciónb. Dirección: Plaza de España S/Nc. Localidad y código postal: Almaraz. 10350d. Fecha: Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas.

9. Gastos de Publicidad: A cargo del licitador.

En Almaraz a 14 de septiembre de 2016.

LA ALCALDESA,M.ª Sabina Hernández Fernández

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AyuNTAMIeNTO

ALMARAz

BOP-2016-3844 Resolución Convocatoria para la adjudicación del contrato privado de enajenación de chatarra mediante concurso público

ANUNCIO

De conformidad con la Resolución de Alcaldía de fecha 13 de septiembre de 2016, por medio del presente anuncio se efectúa convocatoria para la adjudicación del contrato privado de enajenación de chatarra mediante concurso público (art. 107 LPAP), con un único criterio de adjudicación (precio), conforme a los siguientes datos:

1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:a) Organismo: Ayuntamiento de Almarazb) Dependencia que tramita el expediente: Secretaríac) Obtención de documentación e información:

i. Dependencia: Secretaríaii. Domicilio: Plaza de España S/Niii. Localidad y código postal: Almaraz. 10350iv. Teléfono: 927 54 40 04v. Fax: 927 54 43 30vi. Correo electrónico: [email protected]. Dirección Perfil del Contratante: www.ayto-almaraz.comviii. Fecha límite de obtención de documentación e información: Quince días natu-

rales a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres

2. Objeto del Contrato:a) Tipo: Ordinariob) Descripción: Enajenación de todos aquellos materiales desechables propiedad del

Ayuntamiento de Almaraz, que merecieran la calificación de chatarra, de confor-midad con el Pliego de Prescripciones Técnicas.

c) Fecha de ejecución y duración: La ejecución del contrato se realizará el día que de mutuo acuerdo determinen el Ayuntamiento y el futuro adjudicatario tras la for-malización del contrato, y se extenderá durante el tiempo estrictamente necesario hasta la total retirada y pesado de la chatarra.

.3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Concurso público (art. 107 LPAP).c) Criterios de adjudicación: Un solo criterio: Precio (mejor oferta económica), no

pudiendo ser inferior al precio mínimo indicado en el Pliego.

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4. Presupuesto base de licitación: 0,05 €/Kilo de chatarra, más IVA.

5. Garantías exigidas (provisional y definitiva): Se dispensan

6. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera y solvencia téc-nica y profesional.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: Quince días naturales a contar desde el siguiente a la

publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceresb) Modalidad de presentación: Sobres cerrados.c) Lugar de presentación:

i. Dependencia: Oficinas Generales.ii. Domicilio: Plaza de España S/Niii. Localidad y código postal: Almaraz. 10350iv. Dirección electrónica: [email protected]

8. Apertura de ofertas:a) Descripción: Mesa de contrataciónb) Dirección: Plaza de España S/Nc) Localidad y código postal: Almaraz. 10350d) Fecha: Una vez finalizado el plazo de presentación de ofertas.

9. Gastos de Publicidad: A cargo del licitador.

En Almaraz a 13 de septiembre de 2016

LA ALCALDESAMª. Sabina Hernández Fernández

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AyuNTAMIeNTO

ALMOhARíN

BOP-2016-3839 Delegación de funciones de Alcaldía.

Por motivos de ausencia del Municipio, en uso de las potestades que me confiere la legalidad vigente, por el presente

DECRETO

Delegar el ejercicio de todas mis funciones en la Primer Teniente de Alcalde, Dª. ANTONIA MOLINA MÁRQUEZ, desde el día 17 de septiembre del presente año y, hasta la fecha de mi incorporación.

Dado en la Villa de Almoharín provincia de Cáceres a catorce de septiembre de dos mil dieciséis.

Antonio Cano Cano, Ante mí, Alcalde-Presidente. El Secretario, Francisco Sánchez Chacón.

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AyuNTAMIeNTO

CáCeReS

BOP-2016-3846 RESOLUCIÓN de delegación para celebración de matrimonio civil

Mediante Resolución de Alcaldía de fecha 6 de septiembre de 2016 la llma. Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cáceres, ha RESUELTO.

“PRIMERO.-Determinar la fecha para la celebración de la ceremonia de matrimonio civil entre D. FRANCISCO JAVIER IGLESIAS DOMINGUEZ y Dña. MONTAÑA MARTÍN NEVADO, el día 16 de septiembre de 2016 a las 20,00 horas, en el Palacio de la lsla.

SEGUNDO.- Delegar en el Concejal D. FRANCISCO CENTENO GONZÁLEZ la celebración de dicho matrimonio civil, a petición de los interesados.Lo manda y firma la lima. Sra. Alcaldesa, en Cáceres a 6 de septiembre de 2016”

Cáceres, 9 de septiembre de 2016.

El Secretario GeneralJuan Miguel González Palacios

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AyuNTAMIeNTO

CáCeReS

BOP-2016- 3828 NOTIFICACIÓN de requerimiento sobre vehículo abandonado en depósito municipal

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Ad-ministrativo Común (B.O.E. 285, de 27 de noviembre de 1992) se hace pública notificación del requerimiento que se hace desde la Jefatura de la Policía Local de Cáceres a los titulares de los vehículos, cuyos datos se relacionan en la parte inferior, para que en el plazo de un mes procedan a la retirada de los citados vehículos que se encuentran en el Depósito Muni-cipal desde hace mas de dos meses, con la advertencia de que en el caso de no atender a este requerimiento, se procederá de acuerdo con el artículo 86 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, a su destrucción y descontaminación por parte de un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos.

El expediente que ha dado lugar a este requerimiento, obra en la Sección de Tramitación de la Jefatura de la Policía Local de Cáceres, sita en Avd. Alemania s/n, ante la cual le asiste el derecho de alegar por escrito lo que estime conveniente dentro del plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

MATRICULA MARCA Y MODELO TITULARM-9617-WG HONDA ACCORD GRIGORE IVASCU

Cáceres, 13 de septiembre de 2016.

Rafael Mateos Pizarro

Concejal delegado

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AyuNTAMIeNTO

GALISTeO

BOP-2016-3842 Aprobación pliego de cláusulas para la adjudicación por proced-imiento abierto del servicio de Campo de Golf Municipal.

EDICTO

Por acuerdo de Pleno de fecha 18-08-16, se aprobó el pliego de cláusulas administrativas particulares que han de regir en la adjudicación por procedimiento abierto, varios criterios de adjudicación, en régimen de concesión administrativa, de la prestación del servicio de Campo de Golf Municipal.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 122 del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril, se hace público que dicho pliego estará de manifiesto en la Secretaría de este Ayuntamiento, para que durante el plazo de ocho días hábiles, a contar desde el siguiente a la inserción de ese anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, puedan efectuarse reclamaciones.

Simultáneamente se publica el anuncio de licitación para que los interesados puedan presentar ofertas durante el plazo de quince días hábiles, a partir del siguiente al de la inserción de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, si bien la licitación se aplazará cuanto sea necesario en caso de que se presenten reclamaciones contra el pliego de condiciones.

Galisteo a trece de Septiembre de dos mil dieciséis.

LA ALCALDESA,

Dª María Toscano Cáceres.

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AyuNTAMIeNTO

GuIJO De SANTA BáRBARA

BOP-2016-3822 ACUERDO de aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio 2016

ANUNCIO

En cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, se comunica que el Pleno de la Corporación, reunido en sesión ordinaria en fecha de 6 de septiembre de 2016, acordó, por mayoría absoluta de sus miembros, la aprobación inicial del Presupuesto General de la Entidad para 2016. Por espacio de 15 días, el Presu-puesto estará expuesto al público, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimaren oportunas. Transcurrido dicho plazo sin haberse registrado reclamaciones, el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado.

En Guijo de Santa Bárbara, a 12 de septiembre de 2016.

Sra. Alcaldesa-Presidente,

Ángela Jiménez Castañares.

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AyuNTAMIeNTO

MeSAS De IBOR

BOP-2016-3823 Cuenta General 2014

EDICTO

Rendidas las cuentas Generales del Presupuesto y de Administración de Patrimonio, cor-respondientes al ejercicio 2014, e informadas favorablemente por la Comisión Especial de Cuentas de esta Entidad, en cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en los art. 116 de la Ley 7/85 y 212 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Testo Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, quedan ex-puestas al público en la Secretaría de esta Entidad, por plazo de quince días hábiles, para que durante el mismo y ocho días más, puedan los interesados presentar por escrito los reparos, observaciones y reclamaciones que estimen pertinentes.

Mesas de Ibor a 12 de septiembre de 2016.

LA ALCALDESA,

Eloisa Martín Sánchez.

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AyuNTAMIeNTO

NAvALMORAL De LA MATA

BOP-2016-3835 CONVOCATORIA licitación de suministro de carburantes con destino a los vehículos municipales (Exp. 007/2016-C).

ANUNCIO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, de fecha 12 de septiembre de 2016, se ha dispuesto la siguiente contratación anticipada para la adjudicación del suministro de “CARBURANTES CON DESTINO A LOS VEHÍCULOS MUNICIPALES DE LAS DISTINTAS DEPENDENCIAS DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA”:.............1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información:

a) Organismo: Ayuntamiento de Navalmoral de la Matab) Dependencia que tramita el expediente: Secretaríac) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Secretaría2) Domicilio: Pza. España nº 13) Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 103004) Teléfono: 927 53 01 045) Telefax: 927 53 53 606) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.aytonavalmoral.es8) Fecha límite de obtención de documentación e información: La de presentación

de ofertas.d) Número de expediente: 007/2016-C

2. Objeto del Contrato: a) Tipo: Suministrob) Descripción: Carburantes con destino a los vehículos municipales de las distintas

dependencias del Ayuntamiento de Navalmoral de la Matac) Lugar de ejecución: Navalmoral de la Matad) Plazo de ejecución: Desde el 1 de enero de 2017, o en su caso la fecha de formal-

ización del contrato, hasta el 31 de diciembre de 2017.e) Admisión de prórroga: Seis mesesf) CPV: 09000000-3 09100000-0

3. Tramitación y procedimiento:a) Tramitación: Ordinariab) Procedimiento: Abierto

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c) Subasta electrónica: Nod) Criterios de adjudicación: En los términos y desglose que se detallan en la cláusula

novena del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, los siguientes:1.- Oferta económica: hasta un máximo de 60 puntos. 2.- Ubicación del punto de repostaje: hasta un máximo de 25 puntos. 3.- Mejoras en oferta tickes lavado de vehículos: hasta un máximo de 10 puntos. 4.- Horario de apertura de la Estación de Servicio: hasta un máximo de 5 puntos.

4. Valor estimado del contrato: 40.500,00 €

5. Presupuesto base de licitación:a) Importe neto: 27.000,00 €. Importe total: 32.670,00 (IVA incluido)

6. Garantías exigidas. Provisional: No procede Definitiva (%): 5 % del importe de adjudicación, excluido I.V.A.

7. Requisitos específicos del contratista:a) Clasificación del contratista: No se exigeb) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional: según cláusula

Sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.c) Otros requisitos específicos: Nod) Contratos reservados: No

8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del día sigu-

iente al de publicación del presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de Contratante. Si el último día coincidiera en sábado, se prorroga al primer día hábil siguiente.

b) Modalidad de presentación: Sobres cerrados conforme a la cláusula Séptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

c) Lugar de presentación:1. Dependencia: Secretaría2. Domicilio: Pza. España nº 13. Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 103004. Dirección electrónica: www.aytonavalmoral.es

9. Apertura de ofertas:a) Dirección: Pza. España nº 1b) Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 10300c) Fecha y hora: Primer lunes hábil siguiente, tras la finalización del plazo de present-

ación de las proposiciones, a las 09:00 horas.

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 36

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10. Gastos de Publicidad: Los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 500,00 euros, de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen, serán de cuenta del adjudicatario.

En Navalmoral de la Mata, a 13 de septiembre de 2016.

La AlcaldesaRaquel Medina Nuevo

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 37BOPCáceres

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NAvALMORAL De LA MATA

BOP-2016-3834 CONVOCATORIA licitación de suministro de pellet para la caldera de biomasa de la piscina municipal climatizada. (Exp. 006/2016-C).

ANUNCIO

Por acuerdo de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, de fecha 12 de septiembre de 2016, se ha dispuesto la siguiente contratación anticipada para la adjudicación del suministro de “PELLET PARA LA CALDERA DE BIOMASA DE LA PISCINA MUNICIPAL CLIMATIZADA”:.............1. Entidad adjudicadora: Datos generales y datos para la obtención de la información: a) Organismo: Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría c) Obtención de documentación e información: 1) Dependencia: Secretaría 2) Domicilio: Pza. España nº 1 3) Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 10300 4) Teléfono: 927 53 01 04 5) Telefax: 927 53 53 60 6) Correo electrónico: [email protected] 7) Dirección de Internet del perfil del contratante: www.aytonavalmoral.es 8) Fecha límite de obtención de documentación e información: La de presenta- ción de ofertas. d) Número de expediente: 006/2016-C

2. Objeto del Contrato: a) Tipo: Suministro b) Descripción: PELLET PARA LA CALDERA DE BIOMASA DE LA PISCINA MUNICIPAL CLIMATIZADA c) Lugar de ejecución: Navalmoral de la Mata d) Plazo de ejecución: Desde el 1 de enero de 2017, o en su caso la fecha de for- malización del contrato, hasta el 31 de diciembre de 2017. e) Admisión de prórroga: Seis meses f) CPV: 09111400-4

3. Tramitación y procedimiento: a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto c) Subasta electrónica: No d) Criterios de adjudicación: En los términos y desglose que se detallan en la cláusula octava del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, los siguientes: 1.- Oferta económica: hasta un máximo de 95 puntos. 2.- Mejoras del plazo de entrega: hasta un máximo de 5 puntos.

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 38

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BOPCáceres

4. Valor estimado del contrato: 99.000,00 €

5. Presupuesto base de licitación: a) Importe neto: 66.000,00 €. Importe total: 79.860,00 (IVA incluido)

6. Garantías exigidas. Provisional: No procede Definitiva (%): 5 % del importe de adjudicación, excluido I.V.A.

7. Requisitos específicos del contratista: a) Clasificación del contratista: No se exige b) Solvencia económica y financiera, y solvencia técnica o profesional: según cláusula Sexta del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Otros requisitos específicos: No d) Contratos reservados: No

8. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación: a) Fecha límite de presentación: 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de publicación del presente anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Perfil de Contratante. Si el último día coincidiera en sábado, se prorroga al primer día hábil siguiente. b) Modalidad de presentación: Sobres cerrados conforme a la cláusula Séptima del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares. c) Lugar de presentación: 1. Dependencia: Secretaría 2. Domicilio: Pza. España nº 1 3. Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 10300 4. Dirección electrónica: www.aytonavalmoral.es

9. Apertura de ofertas: a) Dirección: Pza. España nº 1 b) Localidad y código postal: Navalmoral de la Mata, 10300 c) Fecha y hora: Primer lunes hábil siguiente, tras la finalización del plazo de prsent-ación de las proposiciones, a las 10:00 horas.

10. Gastos de Publicidad: Los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y adjudicación hasta el límite máximo de 300,00 euros, de la formalización del contrato, así como cualesquiera otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que éstas señalen, serán de cuenta del adjudicatario.

En Navalmoral de la Mata, a 12 de septiembre de 2016.

La AlcaldesaRaquel Medina Nuevo

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AyuNTAMIeNTO

ROMANGORDO

BOP-2016-3847 EXPOSICIÓN pública de solicitación de devolución de aval

ANUNCIO

Solicitada en este Ayuntamiento por la Empresa INYCONEX OBRAS PUBLICAS S.L.. devolu-ción de aval bancario correspondiente a la fianza definitiva constituida para responder de la obra “Urbanización del Paseo de Circunvalación” en Romangordo (Cáceres), se expone al público durante el plazo de quince días para oír reclamaciones a quienes se consideren afectados por citada devolución.

Romangordo a 9 de septiembre de 2016.

La Alcaldesa-Presidenta,

Rosario Cordero Martín.

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BOPCáceres

AyuNTAMIeNTO

SAN MARTíN De TReveJO

BOP-2016-3845 ACUERDO de aprobación inicial de Ordenanza reguladora de la limp-ieza de terrenos y solares

El Pleno del Ayuntamiento de San Martin de Trevejo, en sesión ordinaria celebrada el día 14 de septiembre de 2016, acordó la aprobación inicial de la Ordenanza municipal reguladora de la limpieza de terrenos y solares en el término municipal de San Martin de Trevejo ( Cáceres ),, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real De-creto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inser-ción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinado y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho Acuerdo.

San Martin de Trevejo a 14 de Septiembre de 2016.

El Alcalde,Carlos María García-Casillas Jiménez.

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AyuNTAMIeNTO

TeJeDA De TIéTAR

BOP-2016-3821 DELEGACIÓN de competencias en materia de festejos taurinos

EDICTO

En virtud de Decreto de Alcaldía núm.2016/0214 de 7 septiembre de 2016, la Sra.Alcaldesa de Tejeda de Tiétar delega en el Concejal D. Francisco Sojo Manzano la totalidad de sus com-petencias en materia de festejos taurinos durante los días 1 y 2 de octubre de 12.016.

Lo que se hace público en cumplimiento del art.44 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales.

Tejeda de Tiétar a 13 de septiembre de 2016.

LA ALCALDESA,

Dolores Paniagua Timón.

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 42

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BOPCáceres

ADMINISTRACIÓN AuTONÓMICA

JuNTA De eXTReMADuRA

Consejería de eConomía e InfraestruCturas

BOP-2016-3820 RESOLUCIÓN de citación para levantamiento de actas previas a ocupación, sobre expediente de expropiación forzosa.

Resolución de 12 de septiembre de 2016 de la Consejería de Economía e Infraestructuras por la que se cita para el levantamiento de actas previas a la ocupación, en expediente de expropiación forzosa de terrenos para la obra: “Mejora de la Seguridad Vial en la Carretera EX-203 P.K. 35+000 al 37+000, intersección en el P.K. 35+200 (Jaraiz de la Vera)”.

Declarada urgente la ocupación de los bienes afectados por las obras de: “Mejora de la Segu-ridad Vial en la Carretera EX-203 P.K. 35+000 al 37+000, intersección en el P.K. 35+200 (Jaraiz de la Vera)”, por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 6 de septiembre de 2016, ha de procederse a la expropiación de terrenos por el procedimiento previsto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa.

En consecuencia esta Consejería ha resuelto convocar a los propietarios de los terrenos titulares de derecho que figuran en la relación que a continuación se expresa, los días y horas que se señalan.

A dicho fin deberán asistir los interesados personalmente o bien representados por personas debidamente autorizadas para actuar en su nombre, aportando los documentos acredita-tivos de su titularidad, sin cuya presentación no se les tendrá por parte, el último recibo del I.B.I o certificación registral, pudiéndose acompañar, y a su costa, si así les conviene, de Perito o Notario.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, los inter-esados, así como los que siendo titulares de derechos o intereses económicos directos sobre los bienes afectados que se hayan podido omitir, o se crean omitidos en la relación antes aludida, podrán formular ante esta Consejería de Economía e Infraestructuras en Mérida, Av. de las Comunidades, s/n, por escrito, hasta el día señalado para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, las alegaciones que consideren oportunas, a los efectos de subsanar posibles errores que involuntariamente hayan podido tener lugar al relacionar los bienes y derechos afectados.

La presente publicación, a tenor de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación a los posibles interesados no identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados que sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore su paradero.

Mérida, 12 de septiembre de 2016. El Consejero de Economía e Infraestructuras. P.D. Resolución de 10 de agosto de 2015, (D.O.E. num. 154, de 11 de agosto)

La Secretaria General, Consuelo Cerrato Caldera

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 44

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BOPCáceres

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3804 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Torre de Santa María.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE CACERESLOCALIDAD DE TORRE DE SANTA MARIA

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO. .

D/Dª JOSE LUIS MATEOS CAMPOS

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016..

. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 45BOPCáceres

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ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3803 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Tornavacas.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE TORNAVACAS

JUEZ DE PAZ TITULAR. .

D/Dª LUIS MARTIN APARICIO

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016.. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 46

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BOPCáceres

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3802 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Serradilla.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE SERRADILLA

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO. .

D/Dª MARIA DEL ROCIO SANCHEZ CAMPO

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016.. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 47BOPCáceres

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ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3801 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Santibáñez el Bajo.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE PLASENCIALOCALIDAD DE SANTIBAÑEZ EL BAJO

JUEZ DE PAZ SUSTITUTO. .

D/Dª PEDRO JESUS GARCIA GOMEZ

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016.. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 48

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BOPCáceres

ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3800 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Ruanes.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE TRUJILLOLOCALIDAD DE RUANESJUEZ DE PAZ TITULAR

. .D/Dª JOSE MARIA SANCHEZ- ESCOBERO ALONSO

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016.. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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Número 180 / Lunes 19 de Septiembre de 2016 Página 49BOPCáceres

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ADMINISTRACIÓN De JuSTICIA

TRIBuNAL SupeRIOR De JuSTICIA De eXTReMADuRA

seCretarIa de GoBIerno

BOP-2016-3799 ACUERDO de nombramiento para cargo de Juez de Paz – Portaje.

EDICTO

La Sala de Gobierno de este Tribunal Superior de Justicia, en sesión celebrada en fecha doce de septiembre de dos mil dieciséis, acordó el siguiente nombramiento para el cargo de JUEZ DE PAZ, debiendo tomar posesión, conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1 del Reglamento número 3/1995, de 7 de junio de los Jueces de Paz; dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha de publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de la Provincia, previo juramento o promesa ante el Juez de Primera Instancia e Instrucción del Partido, o Decano si hubiere varios. ..........

PARTIDO JUDICIAL DE CORIALOCALIDAD DE PORTAJEJUEZ DE PAZ SUSTITUTO

. .D/Dª AMANCIO CORRALES GRANADO

Contra el presente acuerdo y de conformidad con el artículo 12 del Reglamento nº 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz en concordancia con el artículo 14 del Reglamento 1/2000 de los Órganos de Gobierno de Tribunales, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes y por los motivos y formas que establece la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público, por medio del presente, para general conocimiento y efectos con-siguientes.

Cáceres a 12 de septiembre de 2016.. EL PRESIDENTE, EL SECRETARIO DE GOBIERNO en funciones,

JULIO MARQUEZ DE PRADO PEREZ DIEGO JESUS ROSADO MONTERO

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BOPCáceres

ANuNCIOS eN GeNeRAL

COMuNIDAD DeL pLAN De RIeGOS De vALDeCAÑAS

SAuCeDILLA

BOP-2016-3694 Anuncio de cobranza

Aprobados los presupuestos para el 2016 por la Junta General Ordinaria celebrada el 31/03/2016, se pone al cobro la 1ª CUOTA ENERGÍA ELÉCTRICA AÑO 2016, cuya liquidación es la que a continuación detallo:

LIQUIDACIÓN CUOTA ENERGIA ELECTRICA AÑO 2016:PRECIO M3 =0,0215

El abono de esta cuota podrá hacerse en PERIODO VOLUNTARIO (art. 68 RD 939/2005, Reglamento General de Recaudación, BOE nº 210 DE 2-9) hasta el 19-octubre-2016 inclu-sive. A partir de entonces la cantidad debida será incrementada en un 4% en aplicación del acuerdo adoptado en Junta General el 31/03/2016.

Finalmente se informa que si la cuota no se satisficiera antes del 18-noviembre -2016 in-clusive, se exigirá por la vía de apremio, junto con los intereses, costas y recargos que se devenguen, todo ello conforme al art. 161 de la Ley 58/2003, de 17-12, General Tributaria y demás preceptos concordantes.

Si el interesado no hubiera domiciliado este pago, podrá hacerlo efectivo en las cuentas de las que es titular esta Comunidad de Regantes en las oficinas en Casatejada de las enti-dades colaboradoras LIBERBANK o BANCO SANTANDER, o en Navalmoral de la Mata en la entidad BBVA.

Esta liquidación podrá impugnarse mediante RECURSO DE REPOSICIÓN que deberá inter-ponerse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de esta publicación y dirigir a la Junta de Gobierno de esta Comunidad, sin perjuicio del ejercicio de cualquier otro que considere oportuno y quepa en Derecho.

Cualquier aclaración será atendida en las oficinas de la Comunidad, sitas en Avda. de Ex-tremadura, nº 3, - 10390 - Saucedilla (Cáceres), Telf. 927545042, en el horario de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes, o mediante e-mail general@crvaldecañas.com

Saucedilla a 01 de septiembre de 2016

EL PRESIDENTEPRIMITIVO GÓMEZ PASCUAL

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