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2015 CÓDIGO DEONTOLÓGICO

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2015CÓDIGO DEONTOLÓGICO

CÓDIGO DEONTOLÓGICO 2015

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

CÓDIGO DEONTOLÓGICO

1. DEFINICIÓN………………………………………………………………………………………………

2. DEONTOLOGÍA Y CÓDIGO DEONTOLÓGICO…………………………………………………...

3. CARACTERÍSTICAS………………………………………………………………………………

4. FUNCIONES………………………………………………………………………………………………

5. IMPORTANCIA EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL……………………………………………..

6. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LOS INGENIEROS EN EL PERÚ…………………………………

CONCLUSIONES……………………………………………………………………………………………………

ANEXOS………………………………………………………………………………………………………………

BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………………………………

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INTRODUCCIÓN

La ética y moral son de suma importancia para cada profesión. Los principios fundamentales de la ética no

deben cambiar y son aquellos factores humanos que otorgan a la ciencia en general, su grandeza y su

servicio en vista de que sus objetivos primordiales deban ser siempre dirigidos al respeto hacia el ser humano

en su moral e integridad física e intelectual. Sin embargo, los principios éticos necesitan cierta adaptación que

dependen de los cambios sociales, avances científicos y aplicaciones prácticas farmacéuticas, médicas, etc.

En una profesión organizada, es imprescindible formular y aceptar libre y voluntariamente normas éticas que

tengan como efecto la regulación de la actividad profesional en todos los campos que ésta abarca. Surge

pues, la necesidad de precisar dichas normas y también de contar con organismos que aseguren su

cumplimiento y puedan eventualmente determinar sanciones en caso de faltas a las mismas.

El propósito de este trabajo es dar a conocer qué son los Códigos Deontológicos. Esta investigación contiene

básicamente definición, características, funciones, importancia (tanto en el campo profesional, empresarial y

social). Así como su aplicación en nuestro país y en el campo de la ingeniería.

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1. DEFINICIÓN

- Un código deontológico es un documento que recoge un conjunto de criterios,

apoyados en la deontología con normas y valores que formulan y asumen quienes

llevan a cabo correctamente una actividad profesional. Los códigos deontológicos

se ocupan de los aspectos éticos del ejercicio de la profesión que regulan.

2. DEONTOLOGÍA Y CÓDIGO DEONTOLÓGICO

Deontología

El término deontología viene del fruto de dos componentes que son:

“Deontos”, que puede traducirse como “deber u obligación”.

“Logía”, que es sinónimo de “estudio”.

La deontología es rama de la ética cuyo objetivo el conjunto de principios y reglas que

han de guiar una conducta profesional.

- El código de deontología es un conjunto de normas que se aplican a un colectivo de

profesionales y que hace las veces de un prontuario (conjunto de reglas) morales.

- El código de ética y deontología constituye el conjunto de preceptos de carácter moral

que aseguran una práctica honesta y una conducta honorable a todos y cada uno de

los miembros de la profesión

- No se debe confundir la deontología con los códigos deontológicos. La deontología

tiene un carácter más amplio, y puede incluir normas que no figuren en ningún código

particular. El código deontológico es la aplicación de la deontología a un campo

concreto.

3. CARACTERÍSTICAS

Los códigos deontológicos tienen como característica que se divide entre un sentido amplio

y un sentido estricto:

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Sentido Amplio

Conjunto de todas las normas legales y convencionales, además de los principios y

costumbre tenidos como de general aceptación en la profesión. Es decir, la deontología

engloba todas las normas. Entre los legales estarían estatutos profesionales y los

convenios colectivos de trabajo

Sentido estricto

Conjunto sistemático de normas, usos, principios y deberes que no van a estar

respaldados por ninguna sanción legal, sino por una aceptación voluntaria de los

profesionales. Reglas del buen hacer profesional o normas que pueden someter a

determinados profesionales

- Los códigos deontológicos son un mecanismo de autorregulación en el ámbito de las

profesiones, pero no son el único instrumento: libros, estatuto, convenios, etc.

contribuyen a que una comunidad profesional fije sus propios límites, en muchos países

esta regulación es a través de colegios profesionales.

- Las normas dictadas en el código deontológico son previamente pactadas y

aprobadas de manera común y unánime por todos los miembros de la profesión para

las que se elaboran.

- Son pautas de conducta a seguir que tienen como objetivo cumplir con un adecuado

trabajo y ayudar a que el conjunto de la sociedad que solicita los servicios de la

profesión obtenga plena satisfacción ante la buena ejecución de la labor.

- Se puede afirmar que el código es un instrumento para la regulación de la deontología

profesional.

4. FUNCIONES

Los códigos deontológicos cumplen una triple función:

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A. Fijar una serie de criterios de carácter científico-funcional para el ejercicio de la

profesión, con el objetivo de dar operatividad y eficacia a las actividades ejercidas en

el ámbito cubierto por las normas establecidas.

B. Refundir orientaciones éticas para el ejercicio de la profesión y plasmarlas en códigos

de deontología profesional.

C. La posibilidad de imponer sanciones disciplinarias a los colegiados que incumplan los

dictados de los códigos deontológicos. Esta función tiene la singularidad de conferir a

éstos relevancia jurídica estatal, lo que otorga a la deontología ciertas coincidencias con

el Derecho en lo que se refiere a la utilización de un procedimiento judicial.

Además, como síntesis podemos enunciar las siguientes funciones y utilidad de los códigos

en:

- Reconocimiento público de una actividad profesional.

- Establecimiento de normas y obligaciones que deben regir dicha actividad.

- Defensa de la profesión frente a intrusismos o presiones externas.

- Crecimiento del prestigio profesional.

- Instrumento para garantizar el compromiso social que tienen para la ciudadanía, titulares

del derecho a recibir información veraz

5. IMPORTANCIA EN LA FORMACIÓN PROFESIONAL

- El contenido de los códigos deontológicos suele abarcar los siguientes aspectos:

Deberes generales y objetivo de la profesión; deberes específicos en situaciones

especiales dentro de cada profesión; deberes respecto a otros compañeros de

profesión; prohibiciones y situaciones especiales.

- El cumplimiento de las normas contenidas en el Código deontológico conlleva un deber

ser que va a fortalecer la profesión, que va a proyectar una imagen hacia la sociedad

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de nuestra profesionalidad y, ante la Administración y los demás colectivos de

profesionales, va a reflejar nuestras actitudes del buen hacer profesional.

- Un código de ética indica la aceptación de la responsabilidad y confianza invertida por

la sociedad en una profesión. Bajo los términos del contrato implícito entre la sociedad y

la profesión, esta le otorga autonomía y autoridad considerables para funcionar en el

desempeño de sus tareas. El desarrollo de un código de ética es una actividad esencial

de una profesión

6. CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE LOS INGENIEROS EN EL PERÚ.

CÓDIGO DEONTOLÓGICO:

Aprobado por Unanimidad en la Cuarta Sesión Extraordinaria, realizado en la Ciudad de Lima los días 25, 26, 27 y 28 de Junio del 2011 y su modificatoria aprobado por Unanimidad en la Sétima Sesión Extraordinaria, realizado en la Ciudad de Huancayo los días 10 y 11 de Agosto del 2012 del Congreso Nacional de Consejos Departamentales del Colegio de Ingenieros del Perú Periodo 2010 – 2012.

INFORMACIÓN GENERAL: El código deontológico vigente al 10 de agosto del 2012. Consta de 231 Artículos y 4 Disposiciones finales. Comprende 4 títulos:

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1. Disposiciones generales.2. De las faltas contra la ética.3. De las faltas contra la institución.4. Faltas contra el ejercicio de la actividad profesional.

¿Qué es el Código deontológico?

Reglamento ético de conducta, que contiene los deberes, valores y las normas morales y éticas, que rigen a los profesionales de la ingeniería en sus distintas especialidades.

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CAPITULO II PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 5.- Los ingenieros están al servicio de la sociedad. Por consiguiente tienen la obligación de contribuir al bienestar humano, dando importancia primordial a la seguridad y adecuada utilización de los recursos en el desempeño de sus tareas profesionales.Los ingenieros deben reconocer y hacer suyos los principios que el Colegio de Ingenieros del Perú desarrolla según el Art. 2.05 y 2.06 de su Estatuto y que resulten de aplicación al ejercicio profesional.

Artículo 6.- Los ingenieros deben promover y defender la integridad, el honor y la dignidad de su profesión, contribuyendo con su conducta a que el consenso público se forme y mantenga un cabal sentido de respeto hacia ella y sus miembros, basado en la honestidad e integridad con que la misma se desempeña. Por consiguiente, deben ser honestos e imparciales. Sirviendo con fidelidad al público, a sus empleadores y a sus clientes; deben esforzarse por incrementar el prestigio, la calidad y la idoneidad de la ingeniería y deben apoyar a sus instituciones profesionales y académicas.

CAPITULO III DE LAS FALTAS

Artículo 9.- Son faltas contra la Ética Profesional:a. Faltas contra el juramento de incorporación al Colegio.b. Faltas a la ética profesional, tipificadas en el Título II del presente Código.

Artículo 10.- Son faltas contra la Institución:a. Faltas en perjuicio de la institución, tipificadas en el Título III del presente Código.b. Faltas a las normas contenidas en la Ley, el Estatuto, sus Reglamentos, Resoluciones y Directivas emitidas por los órganos competentes del Colegio de Ingenieros del Perú.

Artículo 11.- Son faltas contra el ejercicio de la actividad profesional:a. Ejercer labores propias de ingeniería sin estar colegiado en el Colegio de Ingenieros del Perú.b. Ejercer labores propias de la ingeniería sin encontrarse habilitado en su respectivo Consejo Departamental.

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c. Desempeñar cargos o realizar actividades inherentes a la ingeniería ya sea en entidades públicas, privadas o independientes sin contar con el respectivo certificado de habilidad otorgado por el Colegio de Ingenieros del Perú.

TITULO II DE LAS FALTAS CONTRA LA ÉTICA

CAPITULO III FALTAS CONTRA LA ÉTICA PROFESIONAL Y SANCIONES

SUB CAPITULO I DE LA RELACIÓN CON LA SOCIEDAD

Artículo 98.- Los ingenieros reconocerán que la seguridad de la vida, la salud, los bienes y el bienestar de la población y del público en general, así como el desarrollo tecnológico del país dependen de los juicios, decisiones incorporados por ellos o por su consejo, en dispositivos, edificaciones, estructuras, máquinas, productos y procesos.Por ninguna razón pondrán sus conocimientos al servicio de todo aquello que afecta la paz y la salud.

Artículo 99.- Los ingenieros cuidarán que los recursos humanos, económicos, naturales y materiales, sean racional y adecuadamente utilizados, evitando su abuso o dispendio, respetarán y harán respetar las disposiciones legales que garanticen la preservación del medio ambiente.

Artículo 101.-Los ingenieros que adviertan hechos o condiciones que en su opinión puedan poner en peligro la vida, la salud, la seguridad o la propiedad, deberán llamar la atención de ello directamente o a través del Tribunal Departamental de Ética a quienes sean responsables para que cumplan con su deber, advirtiendo a las autoridades competentes.

SUB CAPITULO II RELACIÓN CON EL PUBLICO

Artículo 105.- Los ingenieros serán objetivos y veraces en sus informes, declaraciones o testimonios profesionales, expresarán opiniones en temas de ingeniería solamente cuando ellas se basen en un adecuado análisis y conocimiento de los hechos en competencia técnica suficiente y convicción sincera.

Artículo 106.- Los ingenieros, al explicar su trabajo, méritos o emitir opiniones sobre temas de ingeniería, actuarán con seriedad y convicción, cuidando de no crear conflictos de intereses, esforzándose por ampliar el conocimiento del público a cerca de la ingeniería y de los servicios que presta a la sociedad.

Artículo 107.- Los ingenieros no participarán en la difusión de conceptos falsos, injustos o exagerados acerca de la ingeniería en la actividad pública o privada, de proyectos, productos, métodos o procedimientos relativos a la ingeniería.

SUB CAPITULO III DE LA COMPETENCIA Y PERFECCIONAMIENTO DE PROFESIONAL

Artículo 109.- Los ingenieros realizarán trabajos de ingeniería solamente cuando cuenten con estudios o experiencia en el campo específico de la ingeniería de que se trata.

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Artículo 110.- Los ingenieros podrán aceptar trabajos que requieran estudios o experiencias ajenos a los suyos, siempre que sus servicios se limiten a aquellos aspectos para los cuales están calificados, debiendo los demás ser realizados por asociados, consultores o empleados calificados.Si en un diseño, obra o proyecto a su cargo, se presentan problemas que no estén en su capacidad resolver, el ingeniero deberá sugerir a quien corresponda la necesidad de consultar con especialistas.

Artículo 111.- Los ingenieros autorizarán planos, documentos o trabajos sólo cuando hayan sido elaborados por ellos, o ejecutados bajo su control.

Artículo 112.- Los ingenieros deberán mantener actualizados sus conocimientos a través de medios como la asistencia a cursos de educación continua, lectura de material técnico, la participación en reuniones y seminarios y la práctica profesional.

SUB CAPITULO IV PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Artículo 127.- Los ingenieros servirán con fidelidad a sus empleadores y clientes.

Artículo 128.- Los ingenieros evitarán los conflictos de intereses previstos o previsibles con sus empleadores o clientes, debiendo informarlos oportunamente de la existencia de cualquier asociación, vinculación o circunstancia que pueda afectar su juicio profesional o la calidad de sus servicios.

Artículo 133.- Los ingenieros que actúen como empleadores o como funcionarios con niveles de responsabilidad, deberán garantizar plenamente los derechos ciudadanos y laborales de su personal dependiente

SUB CAPITULO VIII DE LA RELACIÓN CON LOS COLEGAS

Artículo 140.- Los ingenieros no revisarán ni emitirán opinión sobre el trabajo de otros ingenieros para el mismo cliente, salvo que estos últimos tengan conocimiento de ello y solo cuando hayan concluido los acuerdos para la realización de los trabajos. Estas exigencias no regirán cuando estén de por medio el interés nacional o el interés público.

Artículo 141.- Los ingenieros al servicio del sector público tienen el derecho y la obligación de revisar y evaluar la tarea profesional de otros ingenieros a su cargo.

Artículo 143.- Los ingenieros no dañarán la reputación profesional, las perspectivas, la práctica o el empleo de otro ingeniero.

Artículo 146.- Los ingenieros en ningún caso se atribuirán la autoría de tareas desarrolladas por otros u otro ingeniero.

TITULO III DE LAS FALTAS CONTRA LA INSTITUCIÓN

CAPITULO III FALTAS CONTRA LA INSTITUCIÓN Y SANCIONES

SUB CAPITULO III DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR

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Artículo 175.- El Tribunal Disciplinario de acuerdo a la gravedad de las faltas, puede aplicar las siguientes sanciones:

AMONESTACIÓN: Por faltas leves consiste en exhortar al ingeniero sancionado a cumplir con sus deberes y no incurrir en faltas contra la Institución. Siempre se aplica en forma escrita y en caso de faltas leves puede ser pública o privada.

SUSPENSIÓN: Inhabilitación temporal como miembro del Colegio de Ingenieros del Perú. Por faltas leves con reincidencia no mayor de seis (06) meses. Por falta grave, no mayor de doce (12) meses y en caso de reincidencia no mayor de 24 meses.

EXPULSIÓN: Por causa de extrema gravedad o en caso de reincidencia. Consiste en la separación definitiva del Colegio de Ingenieros del Perú.

FALTA LEVE: Amonestación escrita, privada o pública. FALTA LEVE CON REINCIDENCIA: Suspensión no mayor de seis (06) meses. FALTA GRAVE: Suspensión no mayor de doce (12) meses. FALTA GRAVE CON REINCIDENCIA: Suspensión no mayor a veinticuatro (24) meses o Expulsión. FALTA DE EXTREMA GRAVEDAD: Expulsión.

TITULO IV DE LAS FALTAS CONTRA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL

CAPITULO III FALTAS CONTRA EL EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD PROFESIONAL Y SANCIONES

Artículo 229.- El incumplimiento de lo establecido en la Ley 28858 y su Reglamento, serán consideradas como infracciones administrativas, las cuales serán sancionadas de acuerdo a la siguiente tabla:

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CONCLUSIONES

Estos deberes que debemos cumplir como ingeniero son muchos y las normas a

desempeñar juegan un rol de mucha importancia para la sociedad y para la empresa en

donde desempeñas tu labor.

En este código se sitúa en lo esencial para ser un ingeniero de potencia de mucha calidad,

dándole mayor importancia a la seguridad, salud y bienestar del público y a la protección del

entorno natural.

Recordar siempre que la guerra, la avaricia, la miseria y la ignorancia junto con los

desastres naturales y la contaminación y destrucción de los recursos inducidos por la

actividad humana, son las principales causas del deterioro progresivo del entorno y que los

ingenieros, como miembros activos de la sociedad, profundamente involucrados en la

promoción del desarrollo, deben usar su talento, conocimiento e imaginación para ayudar a

la sociedad a eliminar los mencionados males y mejorar la calidad de vida para toda la

gente.

Este es un código donde expresa los deberes que posee un ingeniero, expresando las

expectativas de los ingenieros ante la sociedad, de las responsabilidades profesionales que

asume cuando es obtenido su título.

Este se basa fundamentalmente en amplios principios de honestidad, sinceridad y honradez

que los ingenieros de todo el mundo deben y pueden cumplir cuando se esta ejerciendo el

rol de ingeniero en una industria u empresa, para traerles mejores beneficios y menores

gastos, o mayores beneficios con menores gastos.

La interpretación de las reglas son la base y fundamento para que un ingeniero pueda

desempeñar su rol sin disturbios ni consecuencias.

Desempeñemos nuestro rol como ingenieros para así ser personas con un buen sentido

común al momento realizar diferentes actividades y que siempre se nos tomen en cuenta en

el desarrollo de una empresa.

El código para los ingenieros industriales no cambia mucho con respecto al resto de

ingenierías, todos tienen los mismos deberes para su profesión.

Todos debemos tenerle el mismo respeto a colegas y clientes.

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ANEXOS

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BIBLIOGRAFÍA

- http://es.slideshare.net/lezamary/concepto-carteristicas-deontologia

- http://www.bioeticacs.org/iceb/seleccion_temas/deontologia/

CODIGOS_DEONTOLOGICOS.pdf

- http://www.cip-trujillo.org/multimedia/CodigoEtica/Deontologico_CIP.pdf

- https://www.google.com.pe/url?

sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=1&cad=rja&uact=8&ved=0CBsQFjAA&url

=http%3A%2F%2Fes.wikipedia.org%2Fwiki%2FC%25C3%25B3digo_deontol

%25C3%25B3gico&ei=b1p1VfruAtPAgwTJnoXoCA&usg=AFQjCNFwxVivX3BH_C9

h9Fn_ZVRJjlO5ew&sig2=JMUjOYrdag4FbrhNPdotgA

- http://www.ciptumbes.org.pe/documentos/cetica.pdf

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