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1.Ago.2017 14:36 Nº273 1 p. 1 ________ Gran Vla de les corls 111. cdlflcl c. planta u ·Barcelona • C.P.: UtlUlti TEL.: 93S!'i49423 FAX: 9351i'19!i23 C:MAIL:lnstancla2:[email protected] M.!.G.: Medidas Cautelares Previas 561/2017 -51 Materia: Medidas calltelares previas (mee) cuenta. BANCO SANTANDE'R: tieneficiario: · Juzgado de Primera Instancian'' ?3 de Barcel1Jna Para in!Jrl!sos i!n 1:11ja, C1mc:epln: Cuenta Ex¡lí.!dlatlli:! df!l JULgacJo (16 cJ(gltos) Pagos por l<anstcrcncla IBAN en formato clcctrónlco: ES55 004\J 3ti6!) 9200 O . tiOO 1214. Concepto; N" Ct•enta Dcpcdlcnte del Juzgado (lo dígitos} Pagos por tram;ferencia IBAN en fórrnnto pa¡u!I : IBAN ES!i5 0049 3!iG9 9200 O!iOO 1274. conccpti;i: cuenta Elcp()cJ]llllle dlll JUL(¡O.ClO (1G dfgltos) ' . rartc dcmallelill1IC/CjCCUlantc: CLUB BALONCESTO DI:! SC!VILLA, S.A.D. Pmt:urncJor/n: .lldP.fnnsn L<1gn Pi!rP.7. . AbogacJaJa: Mo/la c11su11a Martlncz Laburta. Parte demandada/ejecutada: ASOCIACION Cl.ÜAS F.!Al.ONCESTO Procurndor/a: '"" _ :; Abogado/a: -,_;) "" "'ii z.:3> AUTO Nº 266/2017 Magistrada que lo dicta: Maria Jesus Garayoa Arrasate. Lugar: Barcelona Fecha: 31 de julio de 2017 ANTECEDENTES DE HECHO . . UNICO.- Con techa 24 de· julio de 2017 se presenta por el Procurador don ILDEFONSO LAGO PEREZ en . representación de CLUB BALONCESTO SEVILLA S.A.D. (REAL BETIS-ENERGIA PLUS) solicitud de medidas cautelares contra ASOCIACION DE CLUBES DE -BALONCESTO solicitando se proceda·a declarar el derecho ' del solicitante a inscribirse en la ACB ocupando la plaza númel'o 18, todo ello de modo transitorio .hasta que se resuelvan las . pretensiones que se formularán en demanda e imponiendo la obligación a Ja ACB de proceder a cursar la invitación de modo inmediato a la actora para que ingrese en la ACB para la temporada 2017/2018 .. Tras dictarse Auto declarando la competencia de este Juzgado, quedaron las actuaciones pendientes de resolver FUNDAMENTOS DE DERECHO 1 .l\d111ini:>l1<1r.:iú jw;lfd¡:¡ C;Jt,· 11tmy;1 : Adrnini:>ln1dón ele .Jut.lic:i ;J en Cnloluíia_ . Pftnin;i 1 <lr.fi

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  • 1.Ago.2017 14:36 Nº273 1 p. 1

    ________ Juzgado-deJ~dmera-lnstancia-n~23-de-Ba~celoi1a.------------' Gran Vla de les corls Catalanc~. 111. cdlflcl c. planta u ·Barcelona • C.P.: UtlUlti

    TEL.: 93S!'i49423 FAX: 9351i'19!i23 C:MAIL:lnstancla2:[email protected]

    M.!.G.: 000!9~2!20!?!!Q!!22!!Q

    Medidas Cautelares Previas 561/2017 -51 Materia: Medidas calltelares previas (mee)

    cuenta. BANCO SANTANDE'R: tieneficiario:·Juzgado de Primera Instancian'' ?3 de Barcel1Jna Para in!Jrl!sos i!n 1:11ja, C1mc:epln: Nº Cuenta Ex¡lí.!dlatlli:! df!l JULgacJo (16 cJ(gltos) Pagos por l

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    1. Ago. 2017 14 :37

    P~IMERO.- Seílala la parte acto.ra en el escrito rector qe la solicitud de medidas cautelares previas. que la demandada Asociación de Clubes de Baloncesto (ACB o Liga ACB) es la liga profesior:ial de la modalidad deportiva de baloncesto, integrada exclusiva y obligatoriamente por todos los clubes que participen en

    . · competiciones oficiales de balo"ncesto de carácter profesional y ámbito estatal, · .ajustando su funcionamiento a lo dispuesto en la ley 10/1990, de 15 de octubre,

    del Deporte así como a sus estatutos y los acuerdos válidamente adoptados por sus órganos de gotJierno y en lo no previsto se regula por lq, Ley Orgánica 112002, de 22 .de marzo~ Señala que los estatutos de. la ACB establecen ·811 su artículo 8.2 quo "los clubes y las sociedades anónimas deportivas que hayan adquirido el derect10 de carácter deportivo de acceder a la competición profesional deberán solicitar su afiliación a la ACB antes del día 15 de junio ... acreditando el cumplimiento . de determinados requisitos", seílalando que e.I derecho. deportivo de ascenso a la liga ACB lo logran los equipos que resultan campeón y subcampeón de la liga LEB Oro, de modo qu'e una vez adquirido el derocho de ascenso, · 1a afiliación a la ACB precisa el cumplimiento de los requisitos fijados en los estatutos, señalando que de otra parte, clescíenden los · equipos que en la competició.n de liga ACB ocupan las dos últimas posiciones en la clasificación final. de la temporada. A su ·vez manifiesta que si alguno de los equipos con derecho de ascenso no logra cumplir con los requisitos que exigen los estatutos su plaza es ofertada al club mejor clasificado en la plaza de descenso, y si este rehúsa no reúne los requisitos . pasan al último clasificado,

    / (ascenso por 1'invítaciórl'', regulado ·en el artículo 8.3 de los Estatutos). ·

    Sefíala la actora que se le· tia privado i.iel derécho a !>Olicitar la inscripción en la sede y por ello cornp.etir e"n la .liga ACB manifestando que al final de la temporada deportiva 2015/2016 los dos equipos con dere.cho de ascenso son el Palencia Basket y CB Melilla, t1abiemlo ocupado plazas de descenso deportivo el CB Estudiantes y el Guipuzkoa Basket GBC, refiriendo en fecha 14 de junio los

    ·dos equipos con derecho ci~ ascenso solicitaron que se sometiera consideración . la posibilidad de reservar las plazas . de ascenso para la temporada 2017 /18 en

    caso de ser denegada la solicitud se diera por tramitada la petición para participar en la temporada 2016/2017, señalando que en la asamblea de 4 de julio de 2017 (a líi\ que no pudo asistir el actor) se aprobó la solicitud de ascenso en diferido para la temporada 2017/2018 para los equipos dei Palencia Basket y CB Malilla, condicionado a llegar a un acuerdo suscrito entre la ACB y la Federación Espaílola de Baloncesto, en la que esta última renunciaba a los derechos de ascenso deportivo del primer y segundo clasificado de la temporada de la liga LEB 2016/2017, por lo que en virtucl de la disposición adicional quinta de las normas de competición se invitaba a ocupar dichas plazas para la temporada 2016/2017 a los clubes descendidos deportivamente (CB E~tudiantes y el Guipuzkoa Basket GBC). Refiere así en la asamblea de la ACB de 22 de i\JliO de 2016 se admitió como. nuevo socio al CB Estudíantes, renunciando el Guipuzkoa Basket GBC.

    P. 2

    AntonioLápiz

    AntonioLápiz

  • 1.Ago.2017 14:39 Nº273 1 P. 3

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  • 1.Ago.2017 14:42 Nº2731 P. 5.

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    1.Ago.2017 14:43

    formular la demandada art. 733.2 LEC)_,_. ________________ _

    TERCERO.- En cuanto . a la caución i¡ no acreditados perjuicios especiales en este momento procesal por la ejecución de la medida cautelar solicitada, se fija la misma en ·3.000 euros siguiendo criterios prudenciales. · Debe seílalarse también que la prestación será siempre previa a cualquier acto de cumplimiento de la medida cautelar adoptada.

    La medida Cfü.Jte!ar pretendida debe por todo e!!o estimarse.

    CUARTO.- Respecto a las costas y habida cuenta que se acuerda inaudita parte, . no ha lugar a realizar un pronunciamiento específico sobre éstas.

    ·Vistos los preceptos citados y demás de pertinente y general aplicación.

    DISPONGO

    ACORDAR LA MEDIDA CAUTELAR solicitada por la parte actora DECLARANDO transitoriamente el de.recho de Baloncesto Sevilla/Real Betis a inscribirse en la AC~ ocupando la plaza nllmero 18 wvacante desde la finalización de la temporada 2015/2016w, IMPONIENDO LA OBLIGACION a la demandada (ASOCIACION DE CLUBES DE BALONCESTO} de PROCEDER A CURSAR LA INVITACIÓN de modo inmediato a Club Baloncesto Sevilla S.A.D. para que ingrese en la ACB en la temporada 2017/20181 todo ello previa prestación .de caución por el actor de TRES MIL EUROS (3.000 EUROS)

    . . No ha lugar a la imposición de costas.

    Mnnn ni: IMDI 11':::1\l llí'lñl\I· l"nntro b nroc·anh:), rocnl11f"ir IJ