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[1] [email protected] tel: 925 22 87 10 DEPARTAMENTO ECONÓMICO ÁREA FISCAL TUTORIAL PARA LA DESCARGA DEL CERTIFICADO DIGITAL (imprescindible para remitir facturas electrónicas a la Administración Central, Entes Locales y otros) 20/02/2015 FIRMA DIGITAL www.fedeto.es INDICACIONES SOBRE CÓMO OBTENER LA FIRMA DIGITAL El proceso de obtención de la firma digital se puede completar en unos días y nos servirá para realizar multitud de gestiones en materia tributaria a través de la oficina virtual de la Agencia Tributaria, así como para enviar las facturas a las administraciones entre otras utilidades. Por supuesto es necesario contar con conexión a Internet. Accedemos a la dirección de la web de Hacienda (www.aeat.es ) y tenemos disponible la información sobre los certificados digitales el apartado “Certificados de usuario” que está en el menú de la derecha. Se desplegará la pantalla que adjuntamos en la circular y que os aclarará todas las dudas sobre este proceso.

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DEPARTAMENTO

ECONÓMICO

ÁREA FISCAL

TUTORIAL PARA LA DESCARGA DEL CERTIFICADO DIGITAL

(imprescindible para remitir facturas electrónicas a la Administración

Central, Entes Locales y otros)

20/02/2015

FIRMA DIGITAL

www.fedeto.es

INDICACIONES SOBRE CÓMO OBTENER LA FIRMA DIGITAL

El proceso de obtención de la firma digital se puede completar en unos días y nos servirá para

realizar multitud de gestiones en materia tributaria a través de la oficina virtual de la Agencia

Tributaria, así como para enviar las facturas a las administraciones entre otras utilidades.

Por supuesto es necesario contar con conexión a Internet.

Accedemos a la dirección de la web de Hacienda (www.aeat.es) y tenemos disponible la

información sobre los certificados digitales el apartado “Certificados de usuario” que está en el menú

de la derecha.

Se desplegará la pantalla que adjuntamos en la circular y que os aclarará todas las dudas

sobre este proceso.

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Para la obtención del certificado:

Obtención de un Certificado de Usuario en soporte software

Para la obtención de un certificado en soporte software, en el caso de la Autoridad de Certificación de la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre) los pasos son:

1.- Solicitud del certificado vía Internet.

2.- Acreditación de la identidad ante alguna de las Oficinas de Registro, establecida por la Autoridad de Certificación. La documentación a aportar en la acreditación, dependerá de si se trata de un certificado de persona física, certificado de persona jurídica o un certificado de entidad sin personalidad jurídica.

3.- Descarga del certificado vía Internet.

A través de la web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre podremos iniciar el proceso, para ello

seguiremos la siguiente ruta a través de la web: www.fnmt.es

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Accedemos por el link de abajo a la derecha (obtenga su certificado digital).

Nos aparece la página de certificados y tenemos que elegir si se trata de un certificado de

persona física o jurídica:

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Desde la FNMT te ofrecen el certificado para software (guardamos en el ordenador), o para

tarjeta o android (sistema operativo de algunos teléfonos móviles).

Veremos el proceso para el certificado que se guarda en el ordenador para lo cual entramos

en la primera opción “obtener certificado software”.

En la siguiente pantalla “solicitud vía Internet de su certificado”

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PASO Nº 1: Ahora comenzaremos por el paso número uno “Solicitud vía Internet del certificado”

(este proceso lo realizaremos desde el ordenador en el que queremos tener instalada la firma digital

de la empresa), y en la pantalla que nos aparece introduciremos el CIF de la SA o SL para la cual lo

estamos solicitando y enviamos la petición.

Enseguida nos aparecerá un código que debemos imprimir para llevar a la oficina donde vamos a

“acreditar nuestra identidad”.

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PASO Nº 2:

Cuando se trata de personas jurídicas la Agencia Tributaria nos impone la personación en sus

oficinas con la siguiente documentación:

Documentación acreditativa en el caso de Certificado de Usuario de persona jurídica.

La documentación a aportar, además de otras posibles que solicite la Autoridad de Certificación

elegida, necesaria para usar el certificado de persona jurídica en el ámbito tributario es:

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A. Documentación relativa a la entidad:

Las sociedades mercantiles y demás personas jurídicas cuya inscripción sea obligatoria en el

Registro Mercantil, certificado del Registro Mercantil relativo a los datos de constitución y

personalidad jurídica de las mismas.

Las Asociaciones, Fundaciones y Cooperativas no inscribibles en el Registro Mercantil,

certificado del registro público donde consten inscritas, relativo a su constitución.

Las sociedades civiles y demás personas jurídicas, documento público que acredite su

constitución de manera fehaciente.

B. Documentación relativa al representante:

Si el solicitante es administrador o representante legal del sujeto a inscripción registral,

certificado del Registro correspondiente relativo a su nombramiento y vigencia de su cargo.

Dicho certificado deberá haber sido expedido durante los diez días anteriores a la fecha de

solicitud del certificado de persona jurídica para el ámbito tributario.

En el supuesto de representación voluntaria,además del documento recogido en el párrafo

anterior, poder notarial que contenga una cláusula especial para solicitar el Certificado

Electrónico para Personas Jurídicas para el ámbito tributario. Importante: El poder de los

representantes voluntarios, sólo se entenderá que es bastante a efectos de la expedición del

certificado de personas jurídicas cuando contenga una cláusula especial y expresa de

apoderamiento para solicitar el certificado de la persona jurídica para el ámbito tributario en

cuestión.

La persona física solicitante del certificado, a efectos de su identificación, deberá personarse

en cualquier oficina de acreditación, y se acreditará mediante Documento Nacional de

Identidad. Podrá prescindirse de la personación si su firma en la solicitud del Certificado

Electrónico de Persona Jurídica para el ámbito tributario ha sido legitimada en presencia

notarial.

Las oficinas de la Agencia Tributaria son las únicas que actúan como Autoridad de Registro, en

el caso de que se haya iniciado la solicitud del certificado de persona jurídica para ámbito

tributario con la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT).

Cuando se trata de personas físicas nos personamos en hacienda con nuestro DNI para

identificarnos.

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PASO Nº 3: El tercer y último paso consiste en descargarse la firma al día siguiente (ocuando nos los

remitan por correo electrónico) de la identificación en la Agencia Tributaria (necesariamente en el

mismo ordenador desde el cual solicitamos el primer código).

Finalmente se nos recomienda hacer inmediatamente copia de seguridad de la firma.