Diapósitivas
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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL
ECUADOR
FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS
CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
INTEGRANTES:
CURICHO CÓRDOVA GISSELA
FLORES GUEVARA ISABEL
NARVÁEZ CUEVA IRENE
OBJETIVOS Exportar productos nacionales hacia los mercados de Chile y
Argentina mediante una asociación con los distribuidores de dichospaíses para obtener una ganancia aproximada de $12000 en elprimer año.
Crear nuevas plazas de trabajo, mediante la compra, promoción yventa de los artículos textiles nacionales para dar a conocer anuestra cultura.
Brindar productos de calidad a través de una correcta selección deproveedores, para satisfacer adecuadamente las necesidades denuestros clientes.
Contribuir al desarrollo económico y cultural del país a través de unproceso comercial entre naciones, para obtener beneficiosbilaterales.
MISIÓN
Somos una exportadora textil que comercializaproductos de alta calidad con respecto a nuestracompetencia, adecuándonos a las necesidades y deseosde nuestros clientes actuales y potenciales.
VISIÓN
Ser una empresa líder en el mercado textil a nivelnacional e internacional, consolidándonos como unaexportadora reconocida obteniendo una certificaciónde calidad ISO.
VALORES
Honestidad: Creemos en ella firmemente como en unprincipio de acción que no es negociable y lo reflejamos altener congruencia entre lo que pensamos, hacemos ydecimos.
Responsabilidad: Nuestro máximo esfuerzo al realizarcualquier trabajo, siempre garantiza nuestro únicoobjetivo: satisfacer las necesidades de nuestros clientes.
Puntualidad: Sabemos que el tiempo de nuestros clienteses lo más valioso, por lo cual nuestra consigna es que cadapedido sea entregado oportunamente.
POLÍTICAS EMPRESARIALES Asegurar la optimización de todos los recursos y procesosde la empresa.
Involucrar a todo el personal con actitudes deresponsabilidad y cooperación hacia el logro de losobjetivos.
Realizar acciones preventivas que perfeccionen nuestrosistema de mejora continua para el logro de una excelentecalidad.
El personal es consciente que todo el equipamientodisponible para el logro de mayor calidad y mejora en lascondiciones de trabajo, es tema prioritario y normapermanente en la empresa.
Quito, 15 de julio del 2011
Señor
Superintendente de Compañías
Presente
De mi consideración:
Gissela Elizabeth Curicho Córdova, portadora de la Cédula de Identidad No.
1726662073, tengo a bien solicitar a Usted se sirva aprobar el nombre de la Exportadora
“GIRSA” S.A. Cuya actividad social y comercial estará destinada a la compra,
transporte, promoción y comercialización de productos textiles fuera del país.
Esperando que mi solicitud sea atendida favorablemente, le anticipo mis
agradecimientos.
Atentamente,
Gissela Elizabeth Curicho Córdova
C.I. 1726662073
Oficina: Quito
Nº trámite: 005248
Srta: Flores Guevara Elena Isabel
Tipo de trámite: Constitución
Fecha de reservación: 21/07/2011
Presente:
A fin de atender su petición previa de nuestros archivos le informamos que la consulta para reserva de nombre de la
compañía ha tenido el siguiente resultado:
TEXTILANA S.A NEGADO
EXPO TEJIDOS S.A NEGADO
Roxxan APROBADO
EXPORTADORA GIRSA S.A APROBADO
Particular que comunico a usted
Dr. Ángel Cevallos Black
Secretario General
ESCRITURA PÚBLICA
ESCRITURAS PÚBLICAS
CONSTITUCIÓN DE COMPAÑÍA
COMPAÑÍA EXPORTADORA GIRSA S.A
CUANTÍA: $1250
En la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano. Capital de la República del
Ecuador, hoy día, viernes 8 de enero del dos mil diez, ante mí, Doctor Roberto David
Barrionuevo Merizalde, Notario Vigésimo Cuarto de este cantón, comparecen los
señores/as: Elena Isabel Flores Guevara, de estado civil soltera, Gissela Elizabeth Curicho
Córdova , de estado civil soltera, Irene Belén Narváez Cueva, de estado civil soltera, de
este domicilio, legalmente capaces conforme a derecho, a quienes de conocer fe, y dicen
que eleve a escritura pública la minuta de Constitución de Compañías: investigación,
producción y comercialización de productos textiles. Que me entregan cuyo tenor literal
continuación transcribo: SEÑOR NOTARIO: En el registro de Escrituras Públicas a
dígnese insertar una que contenga la constitución de la Compañía EXPORTADORA
GIRSA S.A de acuerdo a las estipulaciones que a continuación se expresan. PRIMERA
COMPARECIENTES.- Concurren al otorgamiento de esta escritura los señores: Fernanda
Narváez, de estado civil casada, Xavier Corrales, de esta civil soltero, Cristian Proaño, de
estado civil casado, Alejandra Tapia, de estado civil soltero, David Clavijo, de estado civil
casado, Digner Arboleda, de estado civil soltero, Fernando Guerrero, de estado civil
casado, Johanna Andino, de estado civil soltero y Santiago Martínez, de estado civil
casado, todos de nacionalidad ecuatoriana, domiciliados en Quito, con capacidad legal para
contratar y poder obligarse, sin prohibición para establecer esta compañía; quienes
comparecen por sus propios derechos. SEGUNDA: Los comparecientes convienen en
constituir “EXPORTADORA GIRSA S.A. que se regirá por las leyes de Ecuador y el
siguiente estatuto. TERCERA: ESTATUOS DE LA COMPAÑÍA DE EXPORTACIÒN
DE PRODUCTOS TEXTILES CARSCAPITULO DENOMINACIÓN,
NACIONALIDAD, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL Y PLAZO DE DURACIÓN,
ARTÍCULO UNO: DENOMINACIÓN.- La compañía se denominará, razón social con la
que figurará oficialmente en todos los actos y los contratos que intervengan así como en las
gestiones y trámites judiciales y extrajudiciales que estén a su cargo. ARTÍCULO DOS:
NACIONALIDAD Y DOMICILIO.- Pesado es de nacionalidad ecuatoriana y su domicilio
principal, será el Distrito Metropolitano de Quito, Cantón Quito, Provincia de Pichincha, y
por resolución de la Junta General de Accionistas, podrá establecer sucursales, agencias,
oficinas, representaciones y establecimientos en cualquier lugar del país o del extranjero,
conforme a la ley. ARTÍCULO TES.- OBJETO SOCIAL.- La compañía tiene como objeto
social dedicarse a las siguientes actividades: Realizar en forma permanente, la investigación
de los mercados. A la exportación, transporte, promoción y comercialización. Para el
desarrollo del objeto social, la compañía podrá adquirir, conservar, gravar, enajenar, bienes
muebles e inmuebles que se juzgare necesarios. Podrá concurrir a la constitución de otras
compañías o entidades similares o suscribir, adquirir acciones o partes de interés, en ellas o
incorporarlas a ella igualmente la compañía podrá realizar o desarrollar el servicio de
mantenimiento, instalación, y venta de insumos para el computador. La compañía para el
adecuado cumplimiento de sus fines podrá realizar directamente o por intermedio de
terceros pero siempre bajo su responsabilidad toda clase de actos y contratos permitidos por
la ley. ARTÍCULO CUATRO.- Duración.- el plazo de duración de la compañía es el de
cincuenta años contados a partir de la fecha de inscripción de la compañía en el Registro
Mercantil del domicilio principal de la compañía, pero podrá disolverse en cualquier
tiempo o prorrogar su plazo e duración, si así lo resolviese la “Junta General de Accionistas
en la forma prevista en el Estatuto y la Ley. CAPÍTULO II,. INTEGRACIÓN DEL
CAPITAL Y ACCIONES.- ARTÍCULO CINCO.- CAPITAL SOCIAL.- El capital social
de la compañía es de dos mil dólares ($2000) dividido en dos mil acciones ($2000) de un
dólar cada una, nominativas y ordinarias, las que estarán representadas por títulos que serán
firmados por el Presidente y el Gerente General de la compañía. El capital se encuentra
íntegramente suscrito y pagado por los accionistas en numerario de la siguiente manera: el
cien por ciento (100) contado a partir de la inscripción en el Registro Mercantil de la
presente escritura pública, de acuerdo al detalle constante en las cláusulas de integración de
capital de este estatuto. ARTÍCULO SEIS.- ACCIONES.-La compañía llevará un libro de
acciones y accionistas en el que se registrará las transferencias de acciones. Los títulos o
certificados de acciones se expedirán de conformidad con lo dispuesto en la Ley de
Compañías y podrán representar una o más acciones. El derecho de negociarlas y
transferirlas se sujeta a lo dispuesto por la ley de compañías. ARTÍCULO SIETE.-
AUMENTO DE CAPITAL.- El capital de la compañía podrá ser aumentado en cualquier
momento, por resolución de la Junta General de Accionistas, por los medios y en la forma
establecida por la ley de compañías. Los accionistas tendrán derecho referente en la
suscripción de las nuevas acciones en proporción de las que tuvieren pagadas a momento
de efectuar dicho aumento. ARTÍCULO OCHO.- RESPONSABILIDAD.- La
responsabilidad de los accionistas por las obligaciones sociales se limita al monto de sus
acciones. La acción con derecho a voto la tendrá en relación a su valor pagado. Los votos
en blanco y las abstenciones se sumarán a la mayoría. CAPÍTULO III.- DE LA
DISECCIÓN Y ADMINISTRACIÓN.- ARTÍCULO NUEVE.- ADMINISTRACIÓN.- La
compañía estará gobernada por la Junta General de accionistas y administrada por el
presidente y gerente general; cada uno de estos órganos con las atribuciones y deberes que
les concede la Ley de Compañías y estos Estatutos. ARTÍCULO DIEZ.- DE LA JUNTA
GENERAL DE ACCIONISTAS.- La JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS es el
organismo supremo de la compañía, se reunirá ordinariamente una vez al año, dentro de los
tres meses posteriores a la finalización del ejercicio económico; y, extraordinariamente las
veces que fuera convocada para tratar los asuntos puntualizados en la convocatoria. La
Junta General estará formada por los accionistas legalmente convocados y reunidos.
ARTÍCULO ONCE.- CONVOCATORIAS.- Las juntas generales serán convocadas por el
Presidente o por Gerente General de la compañía o por quien lo estuviere reemplazando, en
caso de urgencia por el comisario y en los casos previstos por la ley de compañías por el
señor superintendente de compañías. ARTÍCULO TRECE.- FORMA DE CONVOCAR.-
Las convocatorias se realizarán por la prensa en forma señalada en el artículo doscientos
treinta y seis (236) de la ley de compañías con ocho días de anticipación por lo menos al
fijado para la reunión , señalando: lugar, día , fecha, hora y objeto de la reunión.
ARTÍCULO CATORCE.- CONVOCATORIA ESPECIAL.- de acuerdo con lo establecido
en el artículo doscientos trece (213) de la ley de Compañías. A los accionistas que
presenten por lo menos el veinte y cinco por ciento del capital social podrán pedir, por
escrito, en cualquier tiempo la convocatoria en Junta General de accionistas para tratar de
los asuntos que indiquen en petición. ARTÍCULO QUINCE.- DEL QUÓRUM.- Para que
la Junta general pueda considerarse constituida para deliberar en primera convocatoria será
necesario que esté representada por los concurrentes a ella, por los menos la mitad del
capital social pagado. En segunda convocatoria será necesario que esté representada por los
concurrentes a ella, por lo menos la mitad del capital social pagado. En segunda
convocatoria la Junta se instalará con el número de accionistas presentes sea cual fuere la
aportación del capital social que representen y así se expresará en la convocatoria que sea
haga. Si la Junta General no pudiere reunirse en primera convocatoria por falta de quórum
se procederá a una segunda convocatoria con la que no podrá demorarse más de treinta días
de la fecha fijada para la primera reunión, en la segunda convocatoria no podrán
modificarse el objeto de la primera convocatoria. ARTÍCULO DIEZ Y SEIS.- QUÓRUM
ESPECIAL.- Para que la Junta General Ordinaria o Extraordinaria pueda acordar
válidamente el aumento o disminución de capital, transformación, fusión la disolución
anticipada, la reactivación, si se hallare en proceso de liquidación, la convalidación y en
general cualquier modificación, deberá estar presente más de la mitad del capital pagado;
en segunda convocatoria bastará la representación de la tercera parte del capital pagado y si
luego de la segunda convocatoria no hubiere el quórum requerido.
Nº NÓMINA DE ACCIONISTAS ACCIONES PORCENTAJES
1 FLORES GUEVARA ELENA ISABEL $20000,00 33.33
2 CURICHO CÓRDOVA GISSELA ELIZABETH $ 20000,00 33.33
3 NARVÁEZ CUEVA IRENE BELÉN $ 20000,00 33.34
SUMAN $60 000,00 100
Comprobante de depósito de Cuenta de Integración de Capital
BANCO INTERNACIONAL
RUC 1790047660001
COMPROBANTE DE BANCO INTERNACIONAL
RUC 1790047660001
COMPROBANTE DE DEPÓSITO
FECHA: 15 DE AGOSTO DEL 2011
HORA: 15:00
COMPROBANTE Nº: 65461684
OFICINA: SUR 512
CAJERO: 3
IDENTIFICACIÓN: CRISTIAN LÓPEZ
NOMBRE: EXPORTADORA GIRSA S.A
FORMA: EFECTIVO
VALOR: $40 000,00
GASTOS COBRANZA: $3,00
TOTAL: 40 003,00
Este comprobante es válido solo si consta el sello y firma del cajero.
REGISTRO MERCANTIL DEL CANTÓN QUITO
RAZON: Con esta fecha queda inscrito el presente documento y la Resolución No.- 05.QIJ. DIEZ MIL DÓLARES del SEÑOR ESPECIALISTA JURIDICO de agosto 20, 2011, bajo el número 1709 del Registro Mercantil, Tomo 136.- Queda archivada la SEGUNDA COPIA Certificada de la Escritura Pública de CONSTITUCIÓN de la Exportadora “GIRSA” S.A, otorgada el 30 de julio del 2011, ante el Notario VIGÉSIMO PRIMERO del Distrito Metropolitano de Quito,
Se da así cumplimiento al artículo SEGUNDO, de la citada Resolución de conformidad a lo establecido en el Decreto 733 de 22 de Agosto de 1975, publicado en el Registro Oficio de 1 de marzo del 2010- Se anotó en el repertorio bajo el número 8769.-
Quito, diez de marzo del dos mil diez..EL REGISTRADOR.-
Dra. Rubén Darío Flores Román
REGISTRADOR MERCANTIL
DEL CANTON QUITO.-
MUNICIPIO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO
DIRECCIÓN FINANCIERA
2.010
200082168521
COMPROBANTE DE COBRO
FECHA DE PAGO
10/08/2011
DIRECCIÓN
JORGE STEPHENSON S11 383
CLAVE CATASTRAL
AVALÚO COMERCIAL
EXO/ REB AVALÚO IMPONIBLE
EMISIÓN
04/03/2010
NÚMERO DE PREDIO
84000899
PATENTE MUNICIPAL
CONCEPTO
TRANSACCIÓN
355146
PÁGINA DE
1
VENTANILLA
1
BANCO
VALOR PATENTE MUNICIPAL
CUERPO DE BOMBEROS
SERVICIO ADMINISTRATIVO
$24.4
$2.40
$0.20
CUENTA
SUBTOTAL $26.64
PAGO TOTAL $26.64
RESPONSABLE: FLORES GUEVARA ELENA ISABEL
DIRECTOR FINANCIERO TRIBUTARIO
CONCEPTO VALOR
CÉDULA: 1725485468001 NOMBRE: GIRSA S.A.
NO. 7758249