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PAPEL EXCLUSIVO PARA DOCUMENTOS MOTAF1IAIDOCUMENTO N.'
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ESCRITORA DE SEGREGACIÓN y COMPRAVENTA otorgada
'por DON/ JAVIER CARRILLO RABANA a favor de
ESTATECNIC, S.A.
!RO CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE (437).
'En Los Llanos de Aridane, mi residencia, a
•eintitres de marzo de dos mil seis.
Ante mí, INMACULADA MOLINA PILAR, Notario del
[Ilustre Colegio de las Islas Canarias,
COMPARECEN: -
- En representación del vendedor:
DON ROSENDO LUIS CÁCERES, mayor de edad, vecino
de \s Llanos de Aridane, con domicilio en Camino
Los \Pulidos, número 13, con D.N.I./N.I.F. número
7841\880Q.
!n representación de la entidad compradora: --
DON \O SÁNCHEZ PÉREZ, mayor de edad,
vecino de Sitges, con domicilio en Avenida Sofía,
número 32, con D.N.I./N.I.F. número 36467453X.
INTERVIENEN:
a) . El primero, en representación de DON JAVIER
CARRILLO KÁBANA, mayor de edad, casado, vecino de
Madrid, con domicilio en calle Agustín de
Bethencourt, número 5, con D.N.I./N.I.F. número
42126522K.
Acredita la representación alegada con copia
autorizada de escritura de poder autorizada en
Madrid por el notario don Gerardo Muñoz de Dios el
día 11 de noviembre de 2005, número 5040 de
Protocolo, del que resultan facultades, entre otras
cosas, para vender las dos fincas que se reseñan en
el expositivo II) por el precio de DOS MILLONES
DOSCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE
EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO
(2.203.447,51 €) , y como acto preparatorio o
complementario, segregarías de su matriz, que es la
registral número 893 del término de Tazacorte, así
como para formalizar todos los demás actos
complementarios contenidos en la presente escritura
pública. De conformidad con lo dispuesto por el
artículo 98.1 de la Ley 24/2.001 de 27 de diciembre
de Medidas Fiscales, administrativas y de orden
social, yo, el Notario, hago constar, que a mi
juicio, según resulta del documento auténtico
reseñado, el apoderado se encuentra suficientemente
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facultad^ para este otorgamiento.
Manifiesta que sus facultades se encuentran
subsistentes, sin modificar ni revocar, asi como
que/ no ha variado el estado civil ni la capacidad
íegal de su representado.
b) . Y, el último, en representación de la
entidad mercantil ESTATECNIC, S.A., con domicilio
en Barcelona, Plaza Gala Placidia, números 1 y 3,
con C.I.F. número A58103755.
Fue constituida, por tiempo indefinido, en
escritura autorizada en Barbera del Valles por el
notario don Javier López-Polim Méndez de Vigo, el
dia\0 de diciembre de 1985, inscrita en el
Registro Mercantil de Barcelona, tomo 7200, libro\, sección 2a, folio 152, hoja B-82579,
inscripción 1a; fueron adaptados sus estatutos a la
vigente Ley de sociedad anónimas en escritura
otorgada en Barcelona ante el Notario don Andrés A.
Sexta Carballeiro, el día 19 de junio de 1992,
número 1670 de Protocolo, inscrita en el Registro
Mercantil de Barcelona, tomo 23210, folio 184, hoja
B-50520.
Ostenta el cargo de administrador solidario de
la Sociedad, cargo para el que fue nombrado por
plazo de cinco años, por acuerdo de la Junta
General celebrada el día 10 de junio de 2002, que
fue elevado a público en escritura otorgada en
Sitges ante la Notario doña María del Pilar Cabanas
Trejo, el día 28 de junio de 2002, número 330 de
Protocolo, inscrita en el Registro Mercantil de
Barcelona, tomo 23210, folio 191, hoja B-50520,
inscripción 14*. De conformidad con lo dispuesto
por el artículo 98.1 de la Ley 24/2.001 de 27 de
diciembre de Medidas Fiscales, administrativas y de
orden social, yo, el Notario, hago constar, que a
mi juicio, según resulta del documento auténtico
reseñado, se encuentra suficientemente facultado
para el presente otorgamiento como representante
orgánico de dicha Sociedad.
Manifiesta que sus facultades se encuentran
subsistentes, sin modificar ni revocar, y que no ha
experimentado variación la capacidad jurídica de su
representada en este acto.
Conozco al primer compareciente, e identifico al
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último /por su reseñado documento. Tiene a mi
juicio/ según interviene, capacidad legal para
otorqrar esta escritura de SEGREGACIÓN y
CO$tf?RAVENTA, y, al efecto,
EXPONEN: --
I. - DETERMINACIÓN DE DOMINIO.- Manifiesta que
DON JAVIER CARRILLO KÁBANA es titular, con carácter
privativo, del pleno dominio sobre la siguiente
inca: __^^T7=—._ _
RÚSTICA. Trozo de tierra conocido pot WLA NAO" ,
en\el término municipal de TAZACORTE, antes en
término de Los Llanos de Aridane, cuya superficie
real, según reciente medición, es de CUATRO
HECTÁREAS, CUARENTA Y UN ÁREAS, NOVENTA Y SEIS
CENTIÁREAS (44.196 m2} , de las que una hectárea,
cincuenta y un áreas, noventa centiáreas
corresponden a la parte llana de la finca, y dos
hectáreas, noventa áreas, dieciséis centiáreas a
laderas y erial. Y linda: NORTE, acecniia vieja de
la Hacienda de Tazacorte y camino que va al
repetidor de televisión, que la separa de la
propiedad de don Antonio Morales Arzol; SUR,
Barranco de Tenisque o Tenisca; ESTE, terrenos de
don Pedro Concepción Gutiérrez y don Miguel Ángel
Brito Cáceres, separados por una barranquera que
partiendo del Barranco Tenisca llega hasta una caja
de reparto de aguas situada en la acequia viej a de
la Hacienda de Tazacorte, siendo el lindero el
centro del cauce de dicha barranquera en su ramal
del Este, y estando formado el lindero en su último
tramo hacia el Sur por una barranquera construida•en la parte de barranquera perteneciente a esta
finca; y OESTE, centro del cauce de una barranquera
que lo separa de terrenos de la familia Guadalupe
Perera. Dentro de la finca, y junto a su lindero
Oeste, existe un transformador perteneciente a la
Comunidad de Aguas Tenisca. Contiene una pequeña
casa.
INSCRIPCIÓN: inscrita en el Registro de la
Propiedad de Santa Cruz de La Palma, tomo 180,
libro 33, folio 45, finca número 893 de Tazacorte,
inscripción 2 *.
Mani f íes ta la parte vendedora que 1a f inca
objeto de esta escritura no constituye su domicilio
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residencia habitual familiar.
DATOS CATASTRALES: manifiesta que es la parcela
81 dea polígono 7, con situación en La Nao, y
referencia catastral 38045A007000810000OB, e
ícorporo certificación catastral de dicha parcela.
TÍTULO: la adquirió por adjudicación por
extinción de comunidad de bienes hereditarios, en
escritura otorgada en Santa Cruz de La Palma, ante
el notario don José Luis Ruiz Mesa, el día 19 de
^diciembre de 1974, número 1709 de protocolo.
CARGAS/ GRAVÁMENES Y LIMITACIONES: según
manifiesta, la finca descrita se encuentra libre de
carcas, gravámenes y limitaciones, y al corriente
en ei pago de impuestos, especialmente del Impuesto
sobre Bienes Inmuebles; con relación a este
impuesto, yo, el Notario, advierto de que la finca
quedará afecta al pago de la totalidad de la cuota
tributaria del Impuesto sobre Bienes Inmuebles que
pudiera quedar pendiente.
SITUACIÓN ARRENDATICIA: según manifiesta, la
finca descrita se encuentra libre de arrendatarios
y ocupantes, en los últimos seis años.
INFORMACIÓN REGISTRAL.- La descripción del
inmueble, su titularidad y situación de cargas, en
la forma expresada en los párrafos anteriores,
resulta de sus manifestaciones.
Hago constar, yo, el Notario, conforme a lo
dispuesto en el artículo 175 del Reglamento
Notarial, que se ha obtenido nota simple de
información continuada, cuyo contenido declara
conocer, y que incorporo a esta escritura.
Advierto que la situación regístral existente
con anterioridad a la presentación de esta
escritura en el Registro de la Propiedad
prevalecerá sobre la información registral antes
expresada. •
informo sobre la posibilidad de presentación de
esta escritura en el Registro de la Propiedad,
según el procedimiento regulado en el artículo
249.2 del Reglamento Notarial, haciendo constar su
voluntad de usar este medio.
II.- SEGREGACIÓN. - Que, con destino a su venta,
SEGREGA de la finca predescrita las dos siguientes:
1. URBANA. Parcela urbanizable de forma
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I
irregular, situada en el lugar conocido por "La (Torn,-,_ í #_'•*ft
Nao", /sujeta al ámbito del Plan -Parci^^j¡fj^ll [0"JÍ
Barranco de Tenisca, en el término municipal de í ííncsJS—-í in:crp, —d
Ta^acorte, y con una superficie de CATORCE MIL \• : f t.í.'C!0. _—
C L-'CINCUENTA Y CIN_CjD METROS,.. CUARENTA DECÍMETROS u~J"
CUADRADOS (14 . 055 , 4Q., m2) - Y linda: NORTE, resto de
finca matriz; SUR, finca segregada número
lsiguiente; ESTE, finca de doña Carmen Bella Lorenzo
'érez; y, OESTE, finca de doña María Ángeles
Guadalupe Perera.
VALOR: UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE EUROS CON SETENTA Y
SEIS\CÉNTIMOS DE EURO (1.773.967,76 €) .
2.\. Parcela urbanizable de formal\ TÍ '
irregular, situada en el lugar conocido por "LajLltro—j^"
Nao", sujeta al ámbito del Plan Parcial ZSR2-l¡F¡ri
Puerto y Barranco de Tenisca. en el término \t Anido
municipal de Tazacorte, y con una superficie de '
TRES MIL CUATROCIENTOS DOS METROS, OCHENTA Y TRES
DECÍMETRO CUADRADOS (3.402,83 m2}. Y linda: NORTE,
finca anterior que se segrega; SUR, cauce del
Barranco de Tenisca; ESTE, finca de doña Carmen
Bella Lorenzo Pérez; y, OESTE, finca de doña María
Ángeles Guadalupe Perera.
VALOR: CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIEN-
TOS SETENTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y CINCO
CÉNTIMOS DE EURO (429.479,75 €).
Me entregan fotocopia legalizada de la licencia
de segregación, expedida por el Ayuntamiento de
Tazacorte en virtud de decreto número 156/2006, que
incorporo a esta escritura.
RESTO.- Una vez practicada la anterior
segregación, la finca matriz permanece con los
mismos linderos, excepto por el Sur, en que deja de
lindar con el Barranco de Tenisca y ahora lo hará
con parcela segregada número 1, y su cabida queda
reducida a DOS HECTÁREAS, SESENTA Y SIETE ÁREAS,
TREINTA Y SIETE CENTIÁREAS, SETENTA SIETE
DECÍMETROS CUADRADOS (26.737,77 m2) .
III.- CALIFICACIÓN URBANÍSTICA. La parte
compradora manifiesta conocer y aceptar como
condiciones mínimas a efectos de la presente
compraventa, la siguiente calificación urbanística:
- la finca descrita anteriormente bajo número
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1) del/ expositivo II) , se encuentra clasificada
como /suelo urbanizable sectorizado no ordenado y
totalmente incluida dentro del ámbito del Plan
Parcial ZSR2-2 Barranco de Tenisca del Ayuntamiento
de Tazacorte, que establece como aprovechamiento
urbanístico de todo el sector, un coeficiente de
edificabilidad 0,70 m2 construidos/m2 suelo, una
densidad de 62 viviendas por hectárea, y un número
máximo de 89 viviendas, con una superficie del
^total ámbito de 14.462 m2 de suelo, y demás
¡receptos establecidos en la ficha del vigente Plan
General de Ordenación Urbana de Tazacorte;
- la finca descrita anteriormente bajo número
2) \del expositivo II) , se encuentra clasificada
como\o urbanizable sectorizado no ordenado y
totalmente incluida dentro del ámbito del Plan
Parcial ZSR2-1 Puerto y Barranco de Tenisca del
Ayuntamiento de Tazacorte, que establece como
aprovechamiento urbanístico de todo el sector, un
coeficiente de edificabilidad 0,73 m2 construidos/m2
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suelo, una densidad de 64 viviendas por hectárea, y
un número máximo de 269 viviendas, con una
superficie del total ámbito de 42.111 m2 de suelo,
y demás preceptos establecidos en la ficha del
vigente Plan General de Ordenación Urbana de
Tazacorte. ; •
Me entregan a efectos de identificación y
ubicación de las fincas objeto de segregación, por
duplicado -un ejemplar para incorporar a esta
matriz y otro a la primera copia que se expida-,
plano en el que figuran perimetradas en color azul
y cuadricula la numero 2, y en color naranja y sin
cuadrícula la número 1.
IV. - COMPRAVENTA. Y, expuesto lo que antecede,
manifiestan los señores comparecientes que han
convenido el presente contrato de compraventa que
formalizan con arreglo a las siguientes,
ESTIPULACIONES; -
PRIMERA.- Compraventa. DON JAVIER CARRILLO
KÁBANA, previa su segregación en los términos del
expositivo II) , VENDE Y TRANSMITE, y ESTATECNIC,
S.A. COMPRA Y ADQUIERE, como cuerpo cierto, el
pleno dominio de las dos fincas segregadas y
descritas en el expositivo II) de esta escritura,
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sus derechos, acciones, usos y accesiones
ín inherentes, en el estado físico y jurídico
Ito, libres de cargas, gravámenes,
arrendamientos y ocupantes de cualquier clase y al
"corriente de pago de cuantos conceptos les afecten,
incluidos los suministros de agua y luz, impuestos,
contribución del año 2006 y arbitrios.
SEGUNDA.- Precios. Son precios de este contrato
los valores asignados a cada una de las fincas en
el expositivo II) , que hacen un total de DOS
AMILLONES DOSCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA
SIETE EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS DE EURO
(2 .203 .447 ,51 € > .
De dicho precio:
el importe de SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL
DIECINUEVE EUROS CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS DE
EURO (682.019,49 €) , lo recibe la parte vendedora
en este acto y en mi presencia mediante cheque
bancario al portador y cruzado -fotocopia del cual,
que compruebo coincide con su original, incorporo a
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esta escritura-, otorgando carta de pago por dicha
suma;
el resto, es decir, la cantidad de UN MILLÓN
QUINIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO
EUROS CON DOS CÉNTIMOS DE EURO (1.521.428,02 €) ,
más la suma de DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
OCHOCIENTOS VEINTIÚN EUROS CON NOVENTA Y OCHO
CÉNTIMOS DE EURO (287.821,98 €} que se satisfacen
en concepto de intereses convenidos por el coste
financiero del descuento bancario al día de hoy del
pagaré que se dirá, para que se entienda precio al*contado, -es decir la total cantidad de UN MILLÓN
OCHOCIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA EUROS
(1.809.250,00 €) -, son satisfechos mediante un
pagaré de la CAIXA DEL PENEDES, debidamente
liquidado del impuesto de Actos Jurídicos
Documentados, librado por el mencionado importe por
"ESTATECNIC,S.A.", con vencimiento el día veinte de
diciembre de dos mil nueve, y avalado barcariamente
por CAIXA DEL PENEDES, -y fotocopia del cual, que
compruebo coincide con su original, incorporo a
esta escritura-, otorgando por tanto la parte
vendedora carta de pago por el precio total de esta
compraventa.
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.- La presente escritura equivale a la
de las fincas objeto de compraventa,
entregando la vendedora la posesión de las mismas a
la jzompradora en este acto.
CUARTA.- Gastos. Son de cuenta y cargo de la
parte compradora, el pago de todos los gastos,
honorarios de Notario y Registrador, impuestos,
incluido el Impuesto sobre Transmisiones
atrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, que
e deriven de la presente escritura publica, tanto
lo _gue se refiere a_ la segregación como a la
compraventa, hasta su total inscripción en el
Registro de la Propiedad, incluido el IGIC
devengado por la venta según la estipulación quinta
siguiente.
t de cuenta y cargo de la parte vendedora el
Impuesto sobre el Incremento de Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana, Plusvalía, que se
devengue por esta compraventa.
QUINTA.- Impuesto General Indirecto Canario. El
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sujeto pasivo solicita la renuncia de la exención
prevista en apartado 22 del articulo 11 del Real
Decreto 2538/1994, por declarar ser la parte
adquirente sujeto pasivo del impuesto y actuar en
el ejercicio de sus actividades empresariales, con
derecho a la deducción total del impuesto soportado
por la correspondiente adquisición. La parte
adquirente se da por notificada de forma fehaciente
a todos los efectos, y en especial a los efectos
previstos en el artículo 11.3 del Decreto
2538/1994, sirviendo la presente por tanto comoicomunicación simultánea. Declara la parte
adquirente ser sujeto pasivo con derecho a la
deducción total del impuesto soportado por la
adquisición del bien inmueble, declaración que
ratifica y suscribe en la presente.
Como consecuencia de lo anterior, declara la
parte transmitente que ha repercutido a la parte
adquirente la suma correspondiente por el I.G.I.C.
-CIENTO DIEZ MIL CIENTO SETENTA Y DOS EUROS CON
TREINTA Y OCHO CÉNTIMOS DE EURO (110.172,38 €) ,
equivalente al cinco por ciento del precio de la
compraventa-, circunstancia que acreditará con la
oportuna carta de pago de su ingreso a la Hacienda
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Pública;/ la parte vendedora recibe dicha suma en
este agito mediante cheque bancario, fotocopia del
cual/ que coincide con su original, incorporo a
esjía escritura.
Y la parte vendedora entrega a la parte
compradora la correspondiente factura de venta,
fotocopia de la cual, que coincide con su original,
incorporo a esta escritura a instancia de los
omparecientes.
Y, por ello, se solicita del señor Liquidador
de\ Impuesto de este Distrito Hipotecario, que
declare no sujeta al de Transmisiones Patrimoniales
la Vitada transmisión por estarlo, por tal
circunstancia, sólo a Actos Jurídicos Documentados.
• OTORGAMIENTO y AUTORIZACIÓN
Así lo dicen y otorgan.
Esta escritura ha sido redactada conforme a
minuta entregada por la parte compradora.
Hago las reservas y advertencias legales, en
particular, y a efectos fiscales, advierto de las
17
obligaciones y responsabilidades tributarias, que
incumben a las partes, en su aspecto material,
formal y sancionador, y de las consecuencias de
toda índole, incluso en el orden penal, que se
derivarían de la inexactitud de sus declaraciones y
la trascendencia de las mismas por constar en
documento publico.
Advierto yo, el Notario, que: la transmisión de
fincas no modificará la situación de su titular en
orden a los deberes establecidos por la legislación
urbanística aplicable o exigibles, por los actos de*ejecución derivados de la misma; que el nuevo
titular quedará subrogado en el lugar y puesto del
anterior propietario en los derechos y deberes
urbanísticos, así como en los compromisos que éste
hubiere acordado con la Administración urbanística
competente y hayan sido objeto de inscripción
registral, siempre que tales compromisos se
refieran a un posible efecto de mutación jurídico-
real; y que de no consignarse por la parte
transmitente: la no susceptibilidad de edificación
de un terreno, su situación de fuera de ordenación,
la fecha de aprobación del planeamiento de los
terrenos de urbanizaciones de iniciativa particular
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i
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y las cláusulas referentes a la disposición de las
parcelas y compromisos con los adquirentes, o en
los / terrenos en proceso de urbanización los
compromisos aún pendientes que el propietario
lubiere asumido en orden a la misma y que se
encuentren pendientes de cumplimiento, podrá la
parte adquirente rescindir el contrato en el plazo
de un año a contar del otorgamiento, y exigir la
indemnización de los daños y perjuicios irrogados.
Advierto también de conformidad con la
tlegislación del Impuesto de Transmisiones
patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de la
coligación de presentar copia autorizada de esta
escritura, con copia simple, acompañada de la
pertinente autoliquidación para satisfacer, en el
plazo\e treinta días hábiles, contados desde el
otorgamiento de esta escritura, las cantidades
correspondientes al Impuesto y la afección de los
bienes objeto de esta escritura al pago del mismo.
Advierto a la parte vendedora de su obligación
19
de presentar declaración, y a la parte compradora
de presentar comunicación, en el plazo de treinta
días hábiles, en el Ayuntamiento donde radique la
finca objeto de esta escritura, para cumplir con
sus obligaciones derivadas del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza
Urbana.
Los datos de los intervinientes y comparecientes
serán incorporados a los ficheros existentes en
esta Notaría. Su finalidad es realizar la formación
del presente documento público, su facturación y su
posterior seguimiento, la realización de remisiones
de obligado cumplimiento a las Administraciones
Publicas y las funciones propias de la actividad
notarial, por lo que su aportación es obligatoria.
Los datos serán tratados y protegidos según la
legislación notarial y la Ley Orgánica 15/1999, de
13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. El titular podrá ejercer su derecho de
acceso a los mismos en esta Notaría.
Permito a los comparecientes, por su elección,
la lectura de esta escritura, advertidos de la
opción del artículo 193 del Reglamento Notarial;
manifiestan, después de preguntarles expresamente,
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no tenefr dudas sobre su contenido; enterados según
dicen/ por la lectura que han efectuado y por mis
explicaciones verbales, la encuentran conforme,
icen constar su consentimiento, la otorgan y
firman.
Yo, el Notario, doy fe de que el consentimiento
ha sido libremente prestado, y de que el
otorgamiento se adecúa a la legalidad y a la
voluntad informada de los otorgantes.
Del total contenido del presente instrumento
>úblico, que queda extendido en once folios, de
lapel exclusivo para documentos notariales, números
e A presente y los diez anteriores de la misma
ser\ie, DOY FE.Escán las firmas de los comparecientes .Signado.INMACULADA MOLINA PILAR. Rubricado y sellado.* * \ * * * * * * * * * * * * * * *
NOTA.- El mismo día de su otorgamiento, remitooficio, por medio de FAX, al Registro de laPropiedad donde está inscrita la finca objeto de lapresente, a los efectos prevenidos en el Art. 249.2del Reglamento Notarial, y 418.4, párrafo 1° delReglamento Hipotecario. Doy fe.-Está la media firma.* * * * * * * * * * * * * * * * *
_Bose de aplicación: 2.203.447,51, 2.203.447,51Números del arancel aplicados: 2, 4, Na 8, 7, 5
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Derechos Arancelarios: 2 . 3 2 4 , 8 7Está la media firma.
SIGUE DOCUMENTACIÓN UNIDA.-
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22
'Ooori
<?<3oeroiitat de CatalunyaDepartament d'Economia i Finances
IMPOST SOBRE THAKSMISSIOWS MTHIMCNIAL3lACTESJURlDICS DOCUMENTOS
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610€
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Dades del declaran!
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24
(*P£L EXCLUSIVO PAflA DOCUMENTOS NOTARIALES
.«49
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MlNETtfllOOE ECONOMÍAY HACIENDA
SollclUnl*: NOTARÍA 19 OE LOS LLANOS DE ARIDANE [S.C.T»n«rif«]
Finalidad: otorgamiento «critura
CERTIFICACIÓN CATASTRAL DESCRIPTIVA Y GRÁFICABIENES INMUEBLES DE NATURALEZA RÚSTICA
Municipio de TAZACORTE Provincia de S.C, TENERIFEINFORMACIÓN GRÁFICA E: 1/3000
REFERENCIA CAIASTEALOEUNMUEB LEI 3BQ45A00700Q81000C3BQ45A0070009100000B I
rmmmifflft
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Domingo, 12 d* Marzo de 2006E sis certificado puM« Mr v*rlllc«A> «n
iwe.e«t«iiro. nwh. n
7ccti93i>9
VER ANEXO DE COLINDANTES
. weoRELACIÓN DE FINCAS RÚSTICAS COUNOANTES
MINISTERIODE ECONOMÍAY HACIENDA
DF1 IMM1IFRI F
38045 AOQ70008100000B I
LORENZO PÉREZ CARMEN BELLA
Dom.nflo . 12 4e Mino de 2006Esit «niTicado puede sur vitrificado en:
SOOZ/Ol
yviON soiNitwiDOn vmw wisniDvg i^w
REGISTRO DE LA PROPIEDAD SANTA CRUZ DE LA PALMATRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS
C/JOSE LÓPEZ. 39 BAJO-EDIF.TMABANA38700 SANTA CRUZ DE LA PALMA
NOTA SIMPLE INFORMATIVA M" 11B7ART. 175-1RM.
Fecha de Petición: 13J03J2006Fecha de Despacho: 1403/2006Fecha da Emisión: 14/03/2006Petición n* 357 del Notario de Loa Llanos De Arldane, InmacJada Molina Pilar.
FINCA DE TAZACORTE N": 893
DESCRIPCIÓN DE LA FINCA
Rustica.-Trozo de terreno conocido por "La Nao", en el termino municipal de Tazacorte cuyaverdadera medida, según rédente medición practicada, es de cuatro hectáreas, 41 áreas. 96centiáreas-de las que una hectárea cincuenta y un áreas noventa cenfiáreas corresponden a laparte nana de a finca y dos hectáreas noventa áreas dieciséis «ruernas a laderas y erial,existiendo por tarto un excaso sobre la superficie inscrita de dos hectáreas ochenta y dosáreas cuarenta centiáreas que ahora es objeto de Inscripción y linda NORTE, acequia vieja dela Hacienda de Tazacorte y camino que va al repetidor de televisión que la separa dapropiedad de Don Antonio Morales Arzol; SUR, barranco de Terisque o Tenisca; ESTE,terrenos de Don Pedro Concepción Gutiérrez y Don Miguel Ángel Brito Caceres. separadospor UTH barranquera que partiendo del Barranco de Tenisca Oega hasta una caja de reparto deaguas situada en la acequia vieja de la Hacienda de Tazacorte, siendo el lindera el centro delcauce de dicha barranquera en su ramal del Este y estando formado el lindero en su últimotramo hada el Sur por una barranquera construida an la parte de barranquera perteneciente aesta flnea; OESTE, cantro del cauce de una barranquera que lo separa de terrenos de la familiaGuadalupe Perera. Dentro de la finca /junto a fiu lindero Oeste, existe un transformadorpertenederte a la comunidad de aguas Tenisca. Contiene una pequeña casa.
TITULARIDADES
Dan JA VER CARRILLO KA6ANA. titular del pleno dominio de ti totalidad de esta incaAdquirida por ADJUDICACIONES en virtud de Escritura Púbica otorgada en Santa Cruz de LaPalma, ante Don JOSÉ LUIS RUÉ MESA el veintidós de Octubre del ano mil novecientossetenta y cuatro, según consta en la inscripción 2*. de techa veintitrés de Diciembre del anomil novecientos setenta y cuatro, al folio 45, det Libro 49 del término municipal daTu a corte. Tomo 180 del Archivo.
POTA SM°LE INFORMATIVA DE LA FINCA DE TAZACORT MJM- BU Oig 1 di I
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WE1. EXCLUSIVO P*R» DOCUMENTOS NOTARIAl FS
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•
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CARGAS
NO hay cargas registradas
Documentos relativos a la finca presentados y perdientes de despacho, vigente el asientade presentación, al cierre del Libro Diario del día anteriora la (echa de expedición de lapresente nota:NO hay documentos pendientes de despacha
^Informaciones péndrenles de contestar•Jo hay peticiones de Información vigentes sobre esta finca.
Informaciones remitidas en los 10 días naturales anteriores:i hay,iotas de esta finca remitidas en este plazo.
A V7ÍO: Las datos consignados en la pésente nota se rvfann al ala da 14/03/2006, antesde ra apertura del dreno.
MUY IMPORTANTE, queda proruOrda la incorpomci&n da los datos de asía rwfa a Schsms obases ¡titarmifcas para la consulta individualizada d9 personas físicas o jurídicas. Inclusoexpresando ía fuente do Información (B.O£. 27X2/1998).
fCTA aHPLE INFDRW*T?VA DE LA FUCA 06TAÍACOITT MÜMt BKJ
Le notifico que por la Afcaldia-Presdeocia de este Ayuntamiento, se ha emitidod siguiente:
DECRETO DE ALCALDÍA NÚMERO 1502005 DE LOS SERVICIOSJUHÍDICOS MTJNIOPALES
la instancia presentada por Don Rosendo Luis CAcetes, ca nombre yrepreseotación de Don Javier CarriUo Kftbana, provisto dd DJN.L 78 4 10.380- K,solicitando licencia municipal de segregación de dos fincas urbanizableí de una fincaparte urbarüzable y parte rústica de 55. 163,80 m2
LT^eícnpción óe la Afinca matriz es la siguiente: hinca situada parte ca jueTcT"urí)iniíable y parte cu sudo rústico de protección paisajística en el (¿nnino municipalde Tazacoite, e» Finca La Nao, Barranco Temsca, que mide cincueoia y cinco mi}ciento sesenta y tres menos cuadrados coa ochenta centímetros cuadrados, cuyoslinden» son: Norte, Don Pedro Francisco Camacbo Pérez y Hnoi; Sur. cauce BarrancoTanaca; Ene: Doña Carmen Bdla Lorenzo Pérez y Oeste: Doña María AngelesGuadalupe Perera.
• •Vistas Us atribuciones que me confiere la legislación vigente, y en concreto el
artículo 21.1 de la Ley 7/S5, de 2 de abril, reguladora de tas Bases dd Régimen Local ydemás disposiciones concordantes y que sean de aplicación, con esu fecha HERESUELTO:
Primero.- Concederla Don Roseado Luii C&ceres, en nombre y representaciónde Don Javier CamCS Rabana, ucencia municipal pan segregar de la parte urbuñablede la finca anteriormente descriíaiaTsiguieuirs fincas.' - : — -
Finca Número 1: Superficie de 14.055,40 metros cuadrados cuyo» linden» sonlo» sigmentes: Norte: fines matriz; Sur Finca segregada N* 2; Este: Dofia Carmen BeHaLorenzo Pérez y Oeste: Don* María Angeles Guadalupe Perera. •
Finca Número 2: Superficie de 3.402,83 metroi cuadrados, cuyos linderos sonlos siguientes: Norte: Finca segregad* N* 1; Sur cauce Barranco Tecuca, Este: DoñaCarmen Bella Lorenzo Pérez y Oeste: Doña María Angeles Guadalupe Peiera.
Segundo,- Aprobar la tasa municipal que asciende a 10.477,99 €.
Tercero.- Notificar esta resolución al interesado, coa advertencia de k» recursosa que baya tugar.
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PAPEL EXCLUSIVO PARA DOCUMENTOS NOTARIALES
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;' • Lo manda y firma d Sr Alcalde. D. Ángel Pablo Rodríguez Martin, es la Vií» yPuerto de Tazacorte, a ocho de noviembre de 200S.- Firmado y moneado.- El AJcalde-Firma ilegible.- Ante rai. El Secretario.- Firma legible.
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Contra esta Resobdón que pone fin a la vía administrativa puede Vd. interponerrecurso potestativo de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en d plazo
de UN MES cornado a partir de] día siguiente a la notificación que se enleodefádesestimado si transcurre un mes desde u preseotadÓQ, «a que se notifique resotuáóa
Dentro de los DOS MESES siguientes a U desestimación expresa dd recurso deconUdo-tlmje -il -dí«-aigmema a 1 jqoS6eaciott-dfe Ifr-desestiroaeíoo.- 1
hubiere resolución apresa, en d plazo de SEIS MESES a coatar desde Ea interposicióndd recurso de reposición, podrí entablar recurso ccrdencioso-adminittrBtivo ante USala correspondiente dd Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma deCacan 13.
No obstante lo anterionnecle expuesto, podrá utiliza Ud, cualquier otro recursoque estime conveniente.
En la Villa y Puerto de TazÁcorte, a 8 de noviembre de 2005
EL
SR. DON ROSENDO LUIS CÁCERESCAMINO LOS PULIDOS, N* 13M7ÓO-LOS LLANOS DE ARJDANE
JAVIER CARRILLO KABANACalle Agustín de Belhencourt n* 5.
2ÍOQ3 - MADRIDD.N.I. 42.126J2Í-K
FACTURA N° 1/2006 FECHA: 23 / MARZO / 2006
ESTATECNIC. S.A.Plaza Gala Placldia rt* 1-3, 13*.
080M-BARCELONANIF AS81037S5
CONCEPTO;
Por la venia del pleno dominio de las siguientes fincas jroanizables sitas en elBarranco de Tenisca del municipio da Tazacorte, (Santa Cruz de Tenerife), segúnescritura otorgada el 23 de Marzo de 2006 ante la Notario de Los Llanos deAridane Dofla Inmaculada Molina Pilar
a) Parcela urbanizare de forma irregular, situada en el lugarconocido por "La Nao', sujeta al ámbito del Plan ParcialZR2-1 Puerto y Barranco de Tenisca, en el términomunicipal tía Tazacorte, y con una superficie de TRES MILCUATROCIENTOS DOS METROS, OCHENTA Y TRESDECÍMETRO CUADRADOS (3.402,83 m2), inscrita la fincamatriz de procedencia en el Registro de la Propiedad deSanta Cruz de La Palma, finca regisíral n° 893. VALOR = 429.479,75.- €
b) Parcela urbanizable de forma irregular, situada en el lugarconocido por 'La Nao', sujeta al ámbito del Plan ParcialZR2-2 Puerto y Barranco de Tenisca. en el términomunicipal de Tazacorte, y con una superficie deCATORCE MIL CINCUENTA Y CINCO METROS,CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS (14.055,40m2), inscrita la finca matriz de procedencia en el Registrode la Propiedad de Santa Cruz de La Palma, finca registraln" 893. VALOR = „ 1.773.967.76.- €
PRECIO TOTAL COMPRAVENTA: 2203.447.51.- EUROS5 % IGIC: _ 110.172.38.- EUROSTOTAL IMPORTE FACTURA: 2.313.619.S9.- EUROS
0,10
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SiiC. Totilde It Medtarin (finca Mal''i):-Si 163.BO mi.
M 055-40 m 2.
. A SEGREGAR I - :
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Escala 1:Í500
PARCELA A SEGREGAR 1
PARCELA A SEGREGAR 2
RESTO DE FINCA MATRIZ
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PAPEL EXCLUSIVO PAflA DOCUMENTOS NOTAHIALES
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VILLA Y PUERTO QE TAZACORTE
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- PARCELA A SEGBEGAft 1 - :
Escala 1:1500
PARCELA A SEGREGAR 1
PARCELA A SEGREGAR 2
RESTO OE FINCA MATRIZ
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PAPEL EXCLUSIVO PARA DOCUMENTOS NOTARIALES
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ES PRIMERA COPIA de su matriz con la que concuerday donde queda anotada. La expido a instanda de laentidad compradora., en diecinueve folios de papelexclusivo para documentos notariales, el presente ylos dieciocho anteriores de la misma serie, quesigno, firmo, rubrico y sello. En Los Llanos deAridane, El mismo día de su otorgamiento^ DOY FE.
• ••-' V s Siil SeQFV"
NOTA.- Dentro del tercer día de su autorización,recibo del Registro de la Propiedad donde consta/ninscrita/s la/s finca/s objeto de la presente, porFax, la comunicación positiva a que se refiere elartículo 418.4, párrafo 2 ° del ReglamentoHipotecario. Doy fe. --
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, , .,, 6000026241605Por declar-»«f3rM;ijqyidaci6n del Impuesto sobre T . P . y
A . J . D - c¿2»tÍ££Sporídiéhte%al precedente documento, núm.2208/1, /^^'•t1fa¿4:ngr9;srad<ij.-fca cant idad de 16.525,86 euros.S« ha/jStesenlÜído CopH que se conserva en la Oficinapara /c6mptoB|.'fcidn y,' ' .-en.' '¿su caso, práctica d« lasliquidaciones-complementarias que procedan
->. JTÍ rniTÍ "nf.:i.a.'..pajj A.' >i.1 05-abc-2006
\ífc¿.
UlIItlKllllltllllllllUlllllllMllllliniU 6000026241614Por declaración-liquidaci-ir. del Impuesto sobre T . P . y
A . J . D . correspondiente al precedente documento, nüm.2208 /2 , se ha _inqresado la cantidad de 16.525,86 sucos.Se ha pfé's'íincatíD-..copia que se conserva en la Of i c inapaca .-^comprobación "T-y^ en su caso, práct ica de lasliqí/ífciacioHes cowpl*nvéntarias que procedan
SANTA Cft&Z DE IA'PALMA 05-abr-2006El Liquidador,
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANTA CRUZ DE LA PALMAY SU DISTRITO HIPOTECARIO
CALIFICADO el precedente documento, que se presentó el díaveinticuatro de Marzo del año dos mil seis, tras examinar losantecedentes del Registro, el REGISTRADOR QUE SUSCRIBE, ha practicadolas inscripciones correspondientes en loa lugares que indican loscajetines puestos al margen de las descripciones de las fincas, envirtud de las cuales ha quedado inscrito a favor de ESTATECNIC,SOCIEDAD ANÓNIMA, el dominio de las fincas.
Al margen de las inscripciones practicadas se hanextendido notas de afección fiscal por plazo de cinco años.
Los asientos practicados producen los efectos previstos enla Ley Hipotecaria y en especial, la Legislación Civil y Procesal afavor de su titular, y presunción de existencia del derecho (artículos38 y 41) y los efectos del articulo 3 4 , quedando bajo la salvaguardiade los Tribunales (artículo 1-3 de la Ley Hipotecaria).
Santa CjftjS-De La --Palma a veintiséis de Mayo del año dos mil seis.
Y/¿$/r Él Registrador de la Propiedad,
C>, , - . , . . . ^^/-Ffcto: ANTONIO DÍAZ MARQUINA
*"'•" .*' ^" • ' • ' " ' -^'^yAplicación Ley~^Íf/1989r de 13 de Abril, de Tasas y precios Públicos, yReaJ Decreto 1427/1989, jje_l7 de NoviembreHonorarios, incluido I .G.I .C. : EurosNúmeros de Arancel aplicados: 1, 2, 3 y 4. Base: Declarada en eldocumento. Minuta n°:
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANTA CRUZ DE LA PALMATRIBUNAL SUPERIOR DS JUSTICIA DE CANARIASC/ JOSÉ LÓPEZ, 39 BAJO -EDIF. TINABANA
38700 S/C DE LA PALMA
Fecha de Emisión: VEINTISÉIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS
FINCA DE TAZACORTE N° : 6009
DESCRIPCIÓN DE LA FINCA
URBANA: Parcela urbanizarle de forma irregular, situada en el lugar conocido por LANAO, sujeta al ámbito del Plan Parcial ZSR2-2 BARRANCO DE TENISCA, en el términomunicipal de TAZACORTE, y con una superficie de CATORCE MIL CINCUENTA Y CINC METROS,CUARENTA DECÍMETROS CUADRADOS, y linda: NORTE, resto de finca matriz; SUR, fincasegregada número siguiente: ESTE, finca de doña Carmen Bella Lorenzo Pérez; y, OESTE,finca de doña María Angeles Guadalupe Perera.
TITULARIDADES
ESTATECNIC SA, con C.I.F. A58103755, titular del pleno dominio de la totalidad deesta finca. Adquirida por COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública otorgada en LosLlanos de Aridane, ante Doña INMACULADA MOLINA PILAR el veintitrés de Marzo del añodos mil seis, según consta en la inscripción 1a, de fecha veintiséis de Mayo del añodos mil seis, al folio 140, del Libro 88 del término municipal de Tazacorte, Tomo1849 del Archivo.
CARGAS
- ATECCIÓN. AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES.AFECCIÓN: Esta finca queda afecta durante el plazo de cinco aflos, contados a partir
de Iioy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse porel impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,quedando desde ahora liberada por la cantidad de 33.051,72 euros satisfechos porautoliquidación, de la que se archiva copia. Santa Cruz De La Palma a 26 de Mayo de2 .006 .Formalizada en escritura con fecha 23/03/06 , autorizada en LOS LLANOS DE ARIDANE, porDOÑA INMACULADA MOLINA PILAR, n° de protocolo 4 8 7 .Nota Número: 1 Al Margen de Insc/Anot: 1 Tomo: 1 .849 Libro: 88 Folio: 140Fecha: 26/05/2006
Documentos relativos a la finca presentados y pendientes de despacho, vigente elasiento de presentación, al cierre del Libro Diario del dia anterior a la fecha deexpedición de la presente nota:
NO hay documentos pendientes de despacho
AVISO- Los datos consignados en la presente nota se refieren al día efe VEINTISÉIS DSMAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS, antes de la apertura cíeJ diario.
MUY ItíPORXAUTE/ queda prohibida la 4 neo £p~ o rabión 'de los datos de esta nota a fich&roso bases Informáticas para Ja g&ñsúlta"-'* indi-j/Sd^alizada de personas físicas ojurídicas/ incluso expresando la fuente de.- infprÁáél'Ón (B.O.E. 27/02/1998).
£ /REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE SANTA CRUZ DE LA PALMA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DS CANARIASC/ JOSÉ LÓPEZ, 39 BAJO -EDIF. TINABANA
38700 S/C DE LA PALMA
Fecha de Emisión: VEINTISÉIS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS
FINCA DE TAZACORTE N°: 6010
DESCRIPCIÓN DE LA FINCA
URBANA; Parcela urbanizable de forma irregular, situada en el lugar conocido por LANAO, sujeta al ámbito del Plan Parcial ZSR2-1 PUERTO Y BARRANCO DE TENISCñ, en eltérmino municipal de TA3ACORTE, y con una superficie de TRES MIL CUATROCí: JTOS DOSMETROS, OCHENTA Y TRES DECÍMETROS CUADRADOS, y linda: NORTE, finca anterior que sesegrega; SUR, cauce del Barranco de Tenisca; ESTE, finca de doña Carmen Bella Loren2oPérez; y, OESTE, finca de doña Maria Angeles Guadalupe Perera.
TITULARIDADES
ESTATECNIC SA, con C.I.F. A58103755, titular del pleno dominio de la totalidad deesta finca. Adquirida por COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública otorgada en LosLlanos de Aridane, ante Doña INMACULADA MOLINA PILAR el veintitrés de Marzo del añodos mil seis, según consta en la inscripción 1a, de fecha veintiséis de Mayo del añodos mil seis, al folio id O, del Libro 88 del término municipal de Tazacorte, Tomo1849 del Archivo.
CARGAS
- AFECCIÓN. AUTOLIQUIDADA DE TRANSMISIONES.AFECCIÓN: Esta finca queda afecta durante el plazo de cinco años, contados a partir
de.hoy, al pago de la liquidación o liquidaciones que, en su caso, puedan girarse porel impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados,quedando desde ahora liberada por la cantidad de 33.051,72 euros satisfechos porautoliquidación, de la que se archiva copia. Santa Cruz De La Palma a 26 de Mayo de2 . 0 0 6 .Formalizada en escritura con fecha 23/03/06, autorizada en LOS LLANOS DE ARIDANE, porDOÑA INMACULADA MOLINA PILAR, n° de protocolo 487.Nota Número: 1 Al Margen de Insc/Anot: 1 Tomo: 1.849 Libro: 88 Folio: 140Fecha: 2 6 / 0 5 / 2 0 0 6
Documentos relativos a la finca presentados y pendientes de despacho, vigente elasiento de presentación, al cierre del Libro Diario del dia anterior a la fecha deexpedición de la presente nota:
NO hay documentos pendientes de despacho
AVISO: Los datos consignados en la presente nota se refieren al día de VEINTISÉIS DEMAYO DEL AÑO DOS MIL SEIS, antes de la apertura del diarlo.
MOY IMPORTANTE, queda prohibida la inco-rpo-ra^lón de los datos de esta nota a ficheroso bases informáticas para la consult^^odivid-ualizada de personas físicas ojurídicas, incluso expresando la furente"d^ información (B.O.E. 27/02/1998).
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