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El Desalojo y Su Defensa Instrucciones y Formularios

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Tabla de Contenido – Página 1

Tabla de Contenido:

Introducción… ............................................................................................................... 1

¿Debería usar esto?...................................................................................................... 1

Información importante: ................................................................................................. 1

¿El arrendador necesita tener algún motivo para pedir que me mude? ........................ 2

¿Y si vivo en una vivienda subsidiada por el gobierno federal? .................................... 2

¿Y si vivo en un parque de casas móviles y soy dueño de mi casa móvil? .................. 3

¿Y si vivo en Seattle? .................................................................................................... 3

¿Hay cosas que un arrendador no puede hacer? ......................................................... 3

Avisos de Terminación del Arrendamiento .................................................................... 5

Un arrendador tiene que darle un aviso escrito correcto para iniciar el proceso de

desalojo. .................................................................................................. 5

¿Cómo debe hacer entrega de estos avisos el arrendador? ......................................... 6

Me mudé antes de que se cumpliera el plazo en el aviso de desalojo. ¿El arrendador

igual me puede demandar? ..................................................................... 6

Se venció el plazo que aparece en el aviso. ¿Y si todavía estoy viviendo en la

unidad? .................................................................................................... 6

Inicio de una Acción de Retención Ilícita (Demanda de Desalojo) ................................ 6

¿Y si el arrendador me da un “Citatorio de Desalojo” y una “Demanda por Retención

Ilícita”? ..................................................................................................... 6

Recibí un Citatorio de Desalojo y Demanda. ¿Y si me mudo ahora? ........................... 7

¿Qué es una “Contestación”? ....................................................................................... 8

¿Cómo presento mi “Aviso de Comparecencia” o “Contestación”? .............................. 9

¿Y si el Citatorio de Desalojo dice que debo ir a una audiencia judicial a dar mi

Contestación en vez de entregarla en la Secretaría? ............................ 10

¿Y si recibo un aviso llamado “Requerimiento de Pago o Declaración Jurada RCW

59.18.375”? ............................................................................................ 10

Yendo al Juzgado ....................................................................................................... 11

¿Voy a tener que ir a una audiencia judicial? .............................................................. 11

¿Qué pasa en una “Audiencia para Demostrar Justificación”? ................................... 11

¿Cómo me preparo para la audiencia? ....................................................................... 11

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Tabla de Contenido – Página 2

¿Adónde voy para mi audiencia? ................................................................................ 13

¿Qué pasa en la audiencia? ....................................................................................... 13

¿Quién es el “demandante” y el “demandado”? .......................................................... 13

¿Y si no hablo inglés? ................................................................................................. 13

¿Qué pasa cuando se llama mi caso? ........................................................................ 13

¿Qué debo decir cuando sea mi turno? ...................................................................... 13

¿Cuándo anunciará el juez su decisión? ..................................................................... 14

¿Un jurado escuchará mi caso? .................................................................................. 14

Falta a una Audiencia Judicial ..................................................................................... 15

¿Y si falto a mi “Audiencia para Demostrar Justificación”? ......................................... 15

¿El arrendador puede obligarme físicamente a salir de la propiedad? ....................... 15

El juez decidió que el caso debe tener un juicio en pleno. ¿Cómo consigo la fecha del

juicio?..................................................................................................... 15

¿Puedo resolver el caso sin ir al juzgado? .................................................................. 15

La Orden Judicial de Restitución ................................................................................. 16

¿Qué pasa si no respondo al Citatorio de Desalojo y Demanda, o si pierdo en la

audiencia para demostrar justificación? ................................................. 16

¿Qué es una “orden judicial de restitución”? ............................................................... 16

Recibí aviso procesal de una “orden judicial de restitución”. ¿Y si no puedo mover mis

pertenencias yo mismo? ........................................................................ 16

No me mudé para la fecha indicada en la orden judicial de restitución. Le pedí al

arrendador que guardara mis cosas. ¿Y ahora qué? ............................ 17

Recibí una “orden judicial de restitución”. ¿Todavía puedo parar mi desalojo? ......... 17

Más Información .......................................................................................................... 18

¿Puedo conseguir más información sobre mis derechos? .......................................... 18

¿Y si necesito asistencia legal? .................................................................................. 18

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Introducción

¿Debería usar esto?

Sí, si usted es un inquilino - alquila el lugar donde vive. Los arrendadores deben cumplir

con ciertas reglas cuando quieren que un inquilino se mude. Este paquete explica:

cuándo/por qué el arrendador puede desalojarlo

cómo funciona el proceso de desalojo

qué hacer si su arrendador trata de desalojarlo

cómo defenderse en el tribunal en contra de un desalojo

Información importante:

Es ilegal que su arrendador le cierre las puertas de su unidad, que corte sus

servicios públicos o que tome sus pertenencias. Si su arrendador hace alguna de

éstas cosas, usted lo puede demandar. Nuestra publicación El arrendador me cerró

la puerta y me dejó afuera: ¿Qué puedo hacer? tiene más información.

Debe guardar todos los avisos y documentos que reciba de su arrendador Y copia de

todo lo que usted le envíe a su arrendador.

Consígase algo para guardar su documentación. En su expediente, guarde:

su contrato de arrendamiento

el recibo de su depósito de seguridad

su lista de daños en la propiedad al momento en que usted se mudó a vivir ahí

(“Lista de Condiciones Iniciales”)

los recibos del alquiler y los cheques canjeados

La dirección y teléfono de su arrendador

cualquier aviso o documento que el arrendador le envíe

copia de todas las cartas o documentos que usted le envíe a su arrendador

En Washington, una demanda de desalojo se llama “Demanda por Retención Ilícita”.

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¿El arrendador necesita tener algún motivo para pedir que me mude?

Depende del tipo de contrato de arrendamiento que usted tenga. Hay dos tipos principales:

Contrato de arrendamiento mes a mes:

No tiene un límite de tiempo definido. Un contrato de arrendamiento de mes a mes

continúa en vigencia hasta que usted o el arrendador notifique debidamente de su

deseo de ponerle término.

Puede ser por escrito o puede ser un acuerdo verbal.

Si usted paga algún depósito, su arrendador está obligado a darle un contrato de

arrendamiento escrito.

La renta se paga mensualmente.

Si usted tiene un contrato de arrendamiento mes a mes, su arrendador no necesita un

motivo para pedir que usted se mude (excepto en Seattle). Pero sí tiene que informarle por

escrito que quiere que usted se mude del lugar al menos 20 días antes del fin del período de

arrendamiento. En algunas ciudades (Bellingham, Tacoma y Vancouver), el arrendador

tiene que darle por lo menos 60 días de aviso por escrito.

Ejemplo: El período de alquiler termina el 30 de junio. La renta para el siguiente mes se debería pagar el 1º de julio. El arrendador debe darle aviso por escrito que se mude a más tardar para el 10 de junio.

Contrato de arrendamiento a término fijo:

Debe ser por escrito.

Requiere que usted permanezca en la propiedad por un período de tiempo

específico. También limita la capacidad del arrendador para cambiar los términos

del contrato.

El arrendador generalmente no puede pedir que se mude de la vivienda sin motivo

alguno. Revise su contrato por si hubiera alguna excepción.

¿Y si vivo en una vivienda subsidiada por el gobierno federal?

Usted tiene otros derechos. Su arrendador podría no poder desalojarlo. Estas otras

publicaciones contienen más información:

Desalojo por no pagar la renta de una vivienda pública o subsidiada

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Desalojos de Viviendas de HUD

¿Y si vivo en un parque de casas móviles y soy dueño de mi casa móvil?

También podría tener otros derechos. Nuestra la publicación titulada Los Derechos de los

Inquilinos conforme a la Ley de Arrendadores e Inquilinos de Casas Móviles contiene más

información.

¿Y si vivo en Seattle?

En Seattle, un arrendador generalmente no puede pedir que se mude de la vivienda sin

motivo alguno. Para más información, llame a

El Sindicato de Inquilinos al 206-723-0500 o

El Departamento de Construcción e Inspección de Seattle al 206-615-0808

¿Hay cosas que un arrendador no puede hacer?

Sí. La ley prohíbe:

Cierres

o Pase lo que pase, el arrendador no puede cerrarle la unidad y dejarlo afuera. No

puede cambiar las cerraduras, agregar cerraduras nuevas, o evitar de alguna

otra forma que usted entre a su unidad. No puede impedirle la entrada aunque

usted esté retrasado con la renta.

Corte de Servicios Públicos

o Un arrendador solo puede cortar los servicios públicos para realizar

reparaciones. No puede cortarle los servicios públicos porque usted esté

atrasado en la renta. Un arrendador no puede cortarle los servicios públicos para

tratar de forzarlo a irse de la unidad.

o Es ilegal que el arrendador intencionalmente deje de pagar las cuentas de

servicios públicos para que le corten el servicio.

Usted puede demandar al arrendador si le cortan los servicios públicos. Si usted gana, el Juez le puede otorgarle a usted hasta $100 diarios por daños y perjuicios por cada día que los servicios públicos estuvieron cortados.

Tomar sus pertenencias

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o El arrendador no puede tomar sus pertenencias a menos a que usted esté

atrasado con la renta y usted abandone la unidad (se mude).

o Es ilegal incluir una cláusula en el contrato de arrendamiento que le permita a su

arrendador tomar sus pertenencias.

o Si el arrendador toma sus pertenencias, usted debe exigir por escrito la

devolución de sus cosas. Si eso no funciona, llame a la policía. Usted puede

demandar al arrendador para obligarlo a que le devuelva sus pertenencias. El

juez puede otorgarle a usted daños y perjuicios por la toma de su propiedad.

Medidas de Represalia en Contra de Usted

o El arrendador no puede tomar “represalias” en su contra porque usted tomó

medidas legales contra él/ella. Algunos ejemplos de posibles casos de

represalias:

Ejemplo 1: Usted reportó un grave problema de moho a la agencia de

encargada del cumplimiento de códigos de la ciudad. La ciudad

notifica su arrendador que van a ir a inspeccionar la unidad suya. El

arrendador le dice después a usted que va subir la renta.

Ejemplo 2: Usted le pide por escrito al arrendador que arregle el

inodoro y la regadera. Inmediatamente después de que el arrendador

recibe este aviso, el arrendador le da un Aviso de Terminación de

Arrendamiento de 20 Días.

o Si su arrendador toma alguna medida en contra suyo dentro de los 90 días en

que usted tomó alguna acción legal en su contra, eso puede considerarse una

“represalia,” y podría ser ilegal. Hable con un abogado si piensa que el

arrendador podría estar tomando represalias ilegales en su contra.

Uso de fuerza física para obligarlo a abandonar la propiedad

o A su arrendador jamás le está permitido usar fuerza física para obligarlo a dejar

la propiedad. Solo el sheriff puede sacarlo físicamente de la propiedad. El

arrendador debe ganar un caso de desalojo en el juzgado para que un sheriff se

pueda involucrar.

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Avisos de Terminación del Arrendamiento

Un arrendador tiene que darle un aviso escrito correcto para iniciar el proceso de desalojo.

El arrendador puede darle un aviso de terminación:

1. Por no pagar la renta

Basta con que usted se atrase en pagar la renta un solo día para que su arrendador

pueda iniciar el proceso de desalojo. Su arrendador puede darle un Aviso de 14 días

para Pagar la Renta o Desalojar la Propiedad. Si usted paga toda la renta que debe

dentro de los 14 días de recibir el aviso, el arrendador tiene que aceptar el pago.

Pero el arrendador no tiene que aceptar pagos parciales.

2. Por no cumplir con el contrato de arrendamiento.

Si usted quebranta uno de los términos del contrato de arrendamiento, el

arrendador puede darle un Aviso de 10 Días para que Cumpla o Desaloje. Ejemplo:

El contrato de arrendamiento tiene una regla de "no se permiten mascotas". Su

arrendador podría darle un Aviso de 10 Días exigiendo que usted se deshaga de su

mascota.

Si usted soluciona el problema (“cumple”) dentro de 10 días de haber recibido el

aviso, su arrendador debe detener el proceso de desalojo. Si usted no soluciona el

problema o no se muda dentro de estos 10 días, entonces su arrendador puede

comenzar una demanda de desalojo.

3. Por generar “pérdidas o molestias.”

Usted no puede:

dañar o destruir permanentemente la propiedad del arrendador

usar la propiedad para algún tipo de actividad ilícita, incluyendo actividades

ilícitas relacionadas con drogas

involucrarse en actividades relacionadas con pandillas

interferir con el uso de la propiedad por parte de otros inquilinos

Si usted hace cualquiera de estas cosas, su arrendador puede darle un Aviso de 3

Días para desalojar. No existe la opción de corregir el problema y quedarse.

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Usted debería tratar de conseguir ayuda legal si usted recibe un aviso de terminación del

arrendamiento.

¿Cómo debe hacer entrega de estos avisos el arrendador?

El arrendador, su administrador o empleado, o algún otro adulto puede entregárselos a

usted. Si usted no está en casa, pueden dejar el aviso con otra persona en la casa suya. Si

dejan el aviso con alguien que no sea usted, también le deben enviar una copia por correo.

Si no hay nadie en casa, el arrendador o su agente puede fijar el aviso en su casa. Si hace

esto, también debe hacerle llegar una copia por correo.

Me mudé antes de que se cumpliera el plazo en el aviso de desalojo. ¿El arrendador igual me puede demandar?

El arrendador no debería presentar una demanda de desalojo en su contra si usted se muda

("desaloja") antes del fin del Aviso de 14 Días para Pagar o del Aviso de 10 Días para

Cumplir. Es posible que de todas maneras lo demanden por la renta u otros daños que

crean que usted debe. Su arrendador tiene seis años después de que usted se mude para

demandarlo por renta adeudada.

Se venció el plazo que aparece en el aviso. ¿Y si todavía estoy viviendo en la unidad?

El arrendador puede entablar una demanda por desalojo que en Washington se llama

“Demanda por Retención Ilícita”. Para iniciar la demanda por desalojo, el arrendador debe

entregarle un “Citatorio de Desalojo” y una “Demanda por Retención Ilícita”.

Inicio de una Acción de Retención Ilícita (Demanda de Desalojo)

¿Y si el arrendador me da un “Citatorio de Desalojo” y una “Demanda por Retención Ilícita”?

El arrendador ha iniciado una demanda de desalojo en su contra. Usted tiene que

responder por escrito dentro del plazo indicado en el Citatorio o perderá

automáticamente.

1. Primero, intente conseguir ayuda legal.

2. A continuación, usted debe preparar y entregar un “Aviso de Comparecencia” o una

“Contestación” dentro del plazo indicado en el Citatorio. No tiene mucho tiempo

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para hacer esto. Es muy importante que presente estos documentos a tiempo

incluso si no cuenta con asistencia legal.

El Citatorio de Desalojo contiene la fecha para cuando debe presentar su “Aviso de

Comparecencia” o “Contestación". Generalmente tendrá 7 días para responder por

escrito.

Su arrendador debe seguir ciertas reglas para hacerle entrega procesal del Citatorio y la

Demanda. Primero, debe intentar darle el Citatorio y Demanda en persona en su hogar. A

partir del 28 de julio de 2019, si intentan 3 veces en un par de días de hacerle entrega

procesal en persona, pero usted no está en casa, pueden poner los documentos en su

puerta y también enviárselos por correo.

Recibí un Citatorio de Desalojo y Demanda. ¿Y si me mudo ahora?

Mudarse ahora puede que no ponga alto a la demanda por desalojo. Si usted no

contesta la Demanda, perderá automáticamente. Si usted no está de acuerdo con cualquier

cosa en la Demanda, igual tiene que escribir un “Aviso de Comparecencia” o

“Contestación”. Puede ser que usted reciba una “Orden para Demostrar Justificación” que

le dirá la fecha y hora de la audiencia de desalojo. Si usted no va a la audiencia,

probablemente perderá automáticamente.

¿Qué es un “Aviso de Comparecencia”?

Cuando usted reciba el Citatorio y Demanda, debe responder por escrito dentro del plazo

que se indica el Citatorio. Si no está seguro qué poner en su Contestación o necesita más

tiempo para obtener ayuda legal, puede presentar, en vez, un “Aviso de Comparecencia”

sencillo. El "Aviso de Comparecencia" le dice al arrendador y al juzgado que usted desea

recibir aviso sobre cuándo se programará la audiencia de desalojo.

Si no presenta ni el “Aviso de Comparecencia” ni la “Contestación”, su arrendador

probablemente ganará el caso automáticamente. El juez le ordenará mudarse.

Probablemente se le ordenará pagar la cantidad que el arrendador pidió en la Demanda.

Use el formulario en blanco del “Aviso de Comparecencia” al final de este paquete. En

la parte de arriba del formulario, anote el condado donde el arrendador entabló la

demanda. (Aparece en el Citatorio de Desalojo y Demanda.) Anote el nombre de su

arrendador como el “demandante” y el nombre suyo como el “demandado”. Si el formulario

de Citatorio de Desalojo y Demanda tiene un número de caso, anote ese número en el

espacio al lado de la palabra “No.”(que significa Número.) Si no hay uno, deje el espacio

para el número de caso en blanco. Aún si no hay un número de caso, usted igual debe

presentar su “Aviso de Comparecencia” o “Contestación” dentro del plazo que se indica en

el Citatorio.

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Anote el nombre del abogado de su arrendador en el espacio para “Abogado del

Demandante”. Anote la fecha. Firme el formulario y anote su nombre, dirección y número

de teléfono.

¿Qué es una “Contestación”?

Si recibe un Citatorio de Desalojo y Demanda, usted puede presentar una “Contestación”

escrita. La “Contestación” le da la oportunidad de explicar su versión de la situación.

Use el formulario en blanco de “Contestación, Defensas Afirmativas, Compensación” al final de este paquete. Puede llenarlo a mano.

En la parte de arriba del formulario, anote el condado donde el arrendador entabló la

demanda. Anote el mismo condado que aparece en el Citatorio de Desalojo y Demanda.

Anote el nombre de su arrendador como el “demandante” y el nombre suyo como el

“demandado”. Si el formulario de Citatorio de Desalojo y Demanda tiene un número de

caso, también anote ese número. Si no hay un número de caso en el Citatorio de Desalojo y

Demanda, deje ese espacio en blanco..

Luego, hay espacios que piden “admitir” o “negar” las aseveraciones del arrendador en la

Demanda. Lea cada párrafo de la Demanda cuidadosamente. (Los párrafos están

numerados.) Anote los números de todos los párrafos con los que está de acuerdo en la

categoría “admito”. Anote los números de todos los párrafos con los que no está de acuerdo

en la categoría “niego”.

Es posible admitir solo una parte de un párrafo. Anote el número del párrafo en la sección “admito”. Luego copie las partes con las que está en desacuerdo donde dice “excepto por las siguientes aseveraciones:”

En la sección llamada “Defensas Afirmativas,” usted puede explicar su versión de la

situación. Anote en esta sección por qué su arrendador no debiera poder desalojarlo.

Defensa Ejemplo 1: Su arrendador no hizo las reparaciones necesarias después de que

usted pidió la reparación por escrito. Defensa Ejemplo 2: Su arrendador no le dio un aviso

de terminación correcto.

Si usted cree que su arrendador le debe dinero a usted, escriba eso en la sección titulada

“Compensación”. Indique la cantidad y los motivos por los que usted piensa que su

arrendador le debe dinero.

Anote su dirección y número de teléfono. Firme y feche la forma.

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¿Cómo presento mi “Aviso de Comparecencia” o “Contestación”?

Step 1. Haga al menos 2 copias de todos sus formularios después de completarlos.

Step 2. Lleve una copia al abogado de su arrendador. (La dirección del abogado

debe estar impresa en la parte derecha de abajo de su Citatorio y Denuncia de Desalojo.) Es

mejor entregar el formulario personalmente. El abogado del arrendador tiene que recibir el

formulario no más allá del plazo límite que aparece en el Citatorio. Si su arrendador no

tiene un abogado, lleve el formulario al arrendador en persona.

Cuando haga entrega del formulario, pida al abogado o secretaria que le timbre el original y

una copia del formulario con un sello “copia recibida” y la fecha. Si el Citatorio de Desalojo

dice que usted debe entregar el formulario para cierta hora del día, pida al abogado o la

secretaria que anoten la hora. Guarde la copia timbrada en su carpeta de documentos. Esto

será su prueba que usted entregó el formulario dentro del plazo indicado en el Citatorio de

Desalojo.

Si no puede entregar el formulario personalmente en el plazo indicado, también puede

enviarlo por correo. Si hay un número de fax en el Citatorio de Desalojo, lo puede enviar

por fax. Si envía el formulario por fax, imprima la confirmación de transmisión de fax y

guárdela.

Step 3. Si ya hay un número de caso en el Citatorio de Desalojo y la Demanda,

necesita presentar el formulario original del Aviso de Comparecencia o Contestación

en el juzgado.

Junto con el Aviso de Comparecencia o Contestación original, usted debe presentar

un "Certificado de Aviso Procesal" en el juzgado. El Certificado de Aviso Procesal

demuestra usted entregó al arrendador (o su abogado) una copia de su Aviso de

Comparecencia o Contestación dentro del plazo indicado. Puede usar el “Certificado de

Aviso Procesal” en blanco al final de este paquete.

Si no hay un número de caso en el Citatorio de Desalojo y la Demanda, quédese con el

original por el momento. Espere a recibir el número del caso sea por correo o entrega

personal. Luego, lleve el “Aviso de Comparecencia” o “Contestación” que completó al

tribunal del condado que aparece en el Citatorio de Desalojo.

Cuando presente el original en el tribunal, pídale al funcionario de la Secretaría que le

timbre su copia con un timbre que tenga la fecha. Esto comprobará que usted presentó el

formulario a tiempo.

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¿Y si el Citatorio de Desalojo dice que debo ir a una audiencia judicial a dar mi Contestación en vez de entregarla en la Secretaría?

Usted no debería tener que ir a una audiencia judicial hasta que reciba una “Orden para

Demostrar Justificación”. (Se explica más adelante.) Si el Citatorio de Desalojo dice que

usted debe ir a una audiencia judicial para dar su Contestación, hable con el abogado de su

arrendador. Dígale que usted no debería tener que ir a una audiencia judicial hasta recibir

una “Orden para Demostrar Justificación”. Pida al abogado confirmar que él o ella le

avisará por escrito después si usted tiene que presentarse a una audiencia judicial.

¿Y si recibo un aviso llamado “Requerimiento de Pago o Declaración Jurada RCW 59.18.375”?

Este aviso dice que usted debe pagar la renta atrasada al registro judicial para evitar el

desalojo. Este aviso lo va a recibir si la demanda de desalojo es por no pagar la renta. El

arrendador puede hacer entrega de este aviso junto con el Citatorio de Desalojo y la

Demanda, o después.

Si recibe este aviso, usted debe hacer una de las siguientes cosas:

pagar la renta reclamada al registro judicial

O

presentar una declaración jurada de que usted no adeuda la renta reclamada dentro

del plazo indicado en el aviso.

Este paquete tiene un formulario en blanco "RCW 59.18.375 Declaración Jurada Denegando

Alquiler Adeudado" que usted puede usar. Si usted no paga la renta al registro judicial o

no presenta y hace entrega de la Declaración Jurada Denegando Alquiler Adeudado

dentro del plazo que indica el aviso, su arrendador puede obtener una orden judicial

para desalojarlo incluso sin una audiencia de desalojo.

Independientemente de la opción que elija, usted también debe darle al abogado del

arrendador un aviso escrito que muestre que usted pagó al registro judicial O una copia de

su "Declaración Jurada" que niega que usted adeuda la renta reclamada por el arrendador.

El comprobante del pago o la declaración jurada lo puede entregar en persona, por correo,

o por fax si el aviso tiene un número de fax.

Por lo general, debe pagar en efectivo, cheque bancario o giro postal. Por lo general, la Secretaría no acepta cheques personales.

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Usted debe responder a este aviso dentro del plazo además de hacer entrega de su Aviso de

Comparecencia o Contestación dentro del plazo indicado en el Citatorio de Desalojo y debe

presentarse a la audiencia para Demostrar Justificación que haya sido programada.

Yendo al Juzgado

¿Voy a tener que ir a una audiencia judicial?

A lo mejor. Si usted tiene que ir a una audiencia de desalojo, debería recibir un aviso

llamado “Orden para Demostrar Justificación” además del citatorio y demanda. Esto

significa que el arrendador ha programado una audiencia judicial.

Si usted quiere defenderse del desalojo, tiene que ir a la audiencia judicial.

No es suficiente simplemente

entregar su "Aviso de Comparecencia" o "Contestación".

pagar su renta en la Secretaría del Tribunal Superior O presentar una declaración

jurada diciendo que usted no debe toda la renta que se le cobra.

La fecha y hora de la “Audiencia para Demostrar Justificación” estará en la “Orden para

Demostrar Justificación”. Debe tratar de llegar temprano a la audiencia porque puede

perder automáticamente si llega aunque sea unos minutos tarde.

¿Qué pasa en una “Audiencia para Demostrar Justificación”?

Un juez o un comisionado decidirá si usted tiene una buena defensa contra el desalojo. Si

piensan que sí, la demanda puede ser desestimada. O puede ser que el juez le conceda un

juicio completo para que se defienda.

Si el juez piensa que usted no tiene argumentos suficientemente fuertes en contra del

desalojo, podría decidir que debe ser desalojado en pocos días y también decidir cuánto

dinero le debe al arrendador.

El abogado de su arrendador tendrá la oportunidad de argumentar las razones por las que

usted debe ser desalojado. Luego usted podrá dar sus razones de por qué no.

¿Cómo me preparo para la audiencia?

1. Debería juntar toda la documentación y papeles importantes que necesita para

argumentar su caso. Debería llevar consigo todo lo que tenga que ver con su

arrendamiento. Esto puede incluir:

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su contrato de arrendamiento, incluyendo la lista de verificación de las

condiciones iniciales

recibos de alquiler, recibos de depósitos o cheques canjeados o estados de

cuenta bancarios

sus avisos de desalojo y el Citatorio de Desalojo y la Demanda

sus copias de su "Aviso de Comparecencia" o "Contestación" (deberían estar

timbradas con la fecha en que las entregó al abogado del arrendador y al

juzgado)

presupuesto(s) por escrito para las reparaciones por daños en la unidad de

alquiler

su lista de problemas de la vivienda

fotografías de los problemas de la vivienda

recibos de reparaciones que usted haya hecho

Traiga documentos originales siempre que pueda. Traiga una copia extra en caso que el juez quiera quedarse con algo que usted tenga.

Si no está seguro que vaya a necesitar algún documento, ¡llévelo de todas maneras!

2. Pida a cualquier testigo que pueda apoyar su caso que vaya a la audiencia. Los

testigos deben tener información personal de por qué usted no debería ser

desalojado. Los testigos deben haber visto en persona el daño o las disputas entre

usted y el arrendador.

3. Vea cómo funciona el sistema antes de su audiencia. Pregunte en la secretaría del

juzgado cuándo se hacen las audiencias para "demostrar justificación". Pida permiso

para asistir y observar una audiencia y así tener una idea de cómo será la suya.

4. Antes de la audiencia, practique lo que quiere decir. Su presentación debe ser

organizada y breve. Trate de anotar una lista de sus puntos importantes.

5. Diga a sus testigos de antemano lo que les va a preguntar.

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¿Adónde voy para mi audiencia?

Preséntese en la secretaría cuando llegue al tribunal para su audiencia. El funcionario le

indicará a qué sala ir. La lista de casos del día podría estar a la entrada de la sala O será

anunciada al inicio de la sesión. Si el nombre de su caso no aparece en la lista o no lo leen

en voz alta, hable con la secretaría del juzgado.

¿Qué pasa en la audiencia?

El juez por lo general comenzará describiendo el procedimiento del tribunal. Cuando el

juez anuncie su caso, pase adelante con sus pruebas y testigos. Generalmente, todos los

demandantes, demandados y testigos deben jurar decir la verdad antes de testificar.

¿Quién es el “demandante” y el “demandado”?

Su arrendador es el "demandante". Usted es el “demandado”. Usted se está defendiendo

contra el arrendador.

¿Y si no hablo inglés?

Si usted no habla inglés o tiene un impedimento del habla o de la audición, tiene derecho a

un intérprete en el juzgado. Usted tiene que avisar al juzgado con la mayor

anticipación posible que desea un intérprete.

¿Qué pasa cuando se llama mi caso?

El abogado de su arrendador hablará primero. Luego el juez le hará preguntas al abogado y

a los testigos del arrendador, si los hay. El juez podría darle a usted la oportunidad de hacer

preguntas al abogado y a los testigos también. Luego, será el turno suyo.

¿Qué debo decir cuando sea mi turno?

Primero, explique por qué cree que no debiera ser desalojado. Puede ser que tenga muchos

argumentos. Debería decirle al juez si su arrendador no hizo las reparaciones que debería

haber hecho, o si usted no debe el dinero que el arrendador reclama.

Muéstrele al juez todas las pruebas que haya llevado. Si usted tiene testigos, dígale al juez

que quiere que testifiquen. Cuando el juez le diga que haga preguntas a sus testigos, hágales

las preguntas que usted preparó sobre las razones por las que no debería ser desalojado.

A partir del 28 de julio de 2019: Si su arrendador lo está desalojando porque usted debe

dinero de la renta, puede pedirle al juez un plan de pago para tener más tiempo para pagar.

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La ley RCW 59.18.410(3) explica qué tipo de factores puede considerar el juez al decidir si

usted debería recibir un plan de pago. Esté preparado para explicarle al juez: por qué se

atrasó en el pago del alquiler, qué tan pronto podría pagar el alquiler atrasado, qué tipo de

plan de pago funcionaría para usted, si se ha atrasado antes y todas las dificultades que

sufrirá si lo desalojan.

Es posible que el juez le pregunte sobre sus ingresos, cuentas bancarias y otros datos de su

vida. El juez podría ordenar que usted pague en un plazo de 3 meses, y podría establecer un

programa estricto sobre cuándo hacer los pagos al arrendador.

El juez también puede permitirle obtener ayuda financiera de una organización benéfica o

de una agencia gubernamental que pueda darle o prestarle dinero para pagarle al

arrendador.

¿Cuándo anunciará el juez su decisión?

Después de escuchar a ambas partes, el juez puede decidir una de las siguientes cosas:

1. Usted pierde el caso. Si el juez decide que usted no tiene una buena defensa contra

la demanda de desalojo, el juez firmará una orden instruyendo al sheriff a que lo

desaloje. También podría decidir que usted le debe dinero a su arrendador.

2. O usted gana el caso. El juez podría decidir que usted ha presentado una buena

defensa contra el desalojo y desestimar el caso. Usted no tiene que mudarse, al

menos por ahora. Algunas veces el juez toma esta decisión simplemente porque el

arrendador no cumplió con el procedimiento correcto para el desalojo. El

arrendador igual podría desalojarlo después si rectifica los errores que cometió en

el proceso de desalojo.

3. O el juez necesita un juicio completo para decidir el caso. Usted y su arrendador

deberían recibir una fecha para el juicio. Si usted todavía está viviendo en la

propiedad, su arrendador tiene derecho a un juicio dentro de 30 días.

¿Un jurado escuchará mi caso?

Usted no tiene derecho a un jurado en una “audiencia para demostrar justificación”. Pero sí

tiene derecho a un jurado si el juez ordena un juicio en pleno. Si usted quiere que un jurado

sea quien escuche su caso en un juicio:

Usted debe pedir un juicio por jurado por escrito antes que le den la fecha del juicio.

Vaya a la Secretaría del Tribunal Superior para pedir esto.

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Hay un costo. Un jurado de 6 personas cuesta $125. Un jurado de 12 personas cuesta

$250. Si usted no puede pagar esto, puede pedir al juez que condone (que no se

cobre) la cuota del jurado. Debiera pedirle al juez que condone esta cuota antes de

presentar la petición para un juicio con jurado.

Falta a una Audiencia Judicial

¿Y si falto a mi “Audiencia para Demostrar Justificación”?

Si usted no se presenta o incluso si llega unos minutos tarde, probablemente perderá el

caso automáticamente. El juez permitirá que el arrendador lo desaloje. El sheriff podrá

forzarlo a que abandone la propiedad. Usted podría tener que pagarle a su arrendador casi

todo lo que él pidió en la Demanda. Esto puede incluir renta, daños, costas judiciales y algo

de los honorarios del abogado.

¿El arrendador puede obligarme físicamente a salir de la propiedad?

Solo el sheriff puede sacarlo físicamente de la propiedad. El arrendador debe recurrir a los

tribunales para involucrar al sheriff.

Juicio y Alternativas a un Juicio

El juez decidió que el caso debe tener un juicio en pleno. ¿Cómo consigo la fecha del juicio?

Esto puede variar de condado en condado. Generalmente, el juez o comisionado firma una

orden instruyendo a la Secretaría del Tribunal Superior que programe el caso para un

juicio en una fecha específica. Pregunte al juez o al comisionado o contacte a Secretaría

sobre cómo obtener una fecha de juicio en su condado.

¿Puedo resolver el caso sin ir al juzgado?

A lo mejor, si usted y su arrendador pueden llegar a un acuerdo sobre el caso, algo que se

llama "estipulación". Este acuerdo debe estar por escrito y decir:

Si usted se puede quedar en la unidad o si tiene que mudarse

La fecha para cuando se mudará, si usted accede a mudarse

Si usted es responsable de pagar alguna renta, daños, recargos por atraso, cuotas,

costas judiciales, u honorarios de abogado

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Lo que pasa si usted no se muda para la fecha acordada o si no paga la suma de

dinero acordada

Si usted y su arrendador hacen un acuerdo por escrito, trate de conseguir ayuda legal antes de firmarlo.

La Orden Judicial de Restitución

¿Qué pasa si no respondo al Citatorio de Desalojo y Demanda, o si pierdo en la audiencia para demostrar justificación?

Generalmente tendrá que:

1. Mudarse pronto (por lo general a los pocos días de haber perdido la audiencia).

2. Pagar lo que el juez diga que usted debe al arrendador. Generalmente, si usted no

responde al Citatorio de Desalojo y Demanda, tendrá que pagar casi todo lo que su

arrendador pidió en la Demanda.

3. Reembolsar al arrendador por costas judiciales y por sus gastos en el proceso de

desalojo. Las costas judiciales pueden ser más de $200. Los honorarios de abogado

pueden ser $1,000 o más.

¿Qué es una “orden judicial de restitución”?

El sheriff puede entregarle a usted personalmente una “orden judicial de restitución” o

pegarla en la puerta de su vivienda. La orden judicial generalmente indica la fecha para

cuando debe mudarse. Si usted no se muda por su propia cuenta antes de esta fecha, el

sheriff

vendrá a ordenarle que se retire de la propiedad

puede sacarlo físicamente de la propiedad junto con sus pertenencias

Si tiene alguna pregunta sobre el derecho del sheriff para forzarlo a salir de la propiedad,

llame a la oficina del sheriff. El número generalmente aparece en la “orden judicial de

restitución”.

Recibí aviso procesal de una “orden judicial de restitución”. ¿Y si no puedo mover mis pertenencias yo mismo?

Si es posible, debería sacar sus pertenencias de la unidad antes de que llegue el sheriff.

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Su arrendador debe guardar sus pertenencias solo si usted le entrega un pedido por

escrito al arrendador para que guarde sus cosas dentro de los 3 días de recibir la

orden judicial de restitución. El arrendador también podría tener que guardarle sus

pertenencias si sabe que usted está discapacitado y que su discapacidad interfiere con su

capacidad para pedir que guarden sus cosas.

Probablemente usted tendrá que pagar los costos de almacenaje de su arrendador para recuperar sus pertenencias.

Si su arrendador no guarda sus pertenencias, generalmente las pertenencias serán puestas

en la acera o en el estacionamiento. Si no se guardan sus pertenencias, ni el arrendador ni

el sheriff tienen obligación de protegerlas de robos, el clima u otros daños.

No me mudé para la fecha indicada en la orden judicial de restitución. Le pedí al arrendador que guardara mis cosas. ¿Y ahora qué?

El arrendador debe guardar las pertenencias hasta venderlas o disponer de ellas después

de notificarle apropiadamente a usted de la venta propuesta. Lea RCW 59.18.312.

Si sus pertenencias valen más de $250: el arrendador puede vender las pertenencias

luego de darle a usted aviso de 30 días de la venta. El arrendador puede vender todas sus

pertenencias, incluyendo documentación personal y recuerdos familiares. El arrendador

puede deshacerse de cualquiera de los artículos que no se hayan vendido.

Si sus pertenencias valen $250 o menos: el arrendador tiene que darle aviso de solo 7

días antes de vender O disponer de todas sus cosas.

El arrendador puede quedarse con algo de lo recaudado en la venta para pagar los gastos

reales o razonables del almacenaje de sus pertenencias. El arrendador tiene que entregarle

a usted el resto.

Recibí una “orden judicial de restitución”. ¿Todavía puedo parar mi desalojo?

Es muy difícil poner alto a un desalojo a estas alturas. Podría tener éxito si el arrendador

hizo algo incorrecto en el proceso de desalojo. Intente obtener ayuda legal lo antes posible.

A partir del 28 de julio de 2019: si fue desalojado por adeudar la renta, es posible que

también pueda "reinstaurar" su contrato de arrendamiento si puede pagar todo el dinero

que debe en la sentencia (el alquiler atrasado, los costos del juzgado y los honorarios del

abogado). Tendrá que presentar una solicitud formal ante el juez (llamada "Petición") antes

de que el sheriff se presente a desalojarlo físicamente. Es posible que también pueda

presentar una Petición para pedir un plan de pago.

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Puede leer más sobre estas Peticiones en WashingtonLawHelp.org.

Más Información

¿Puedo conseguir más información sobre mis derechos?

El paquete llamado Sus derechos de inquilino en Washington y cientos más de

publicaciones y formularios legales gratuitos están disponibles en

WashingtonLawHelp.org.

¿Y si necesito asistencia legal?

Fuera del Condado de King: Llame al Teléfono Directo de CLEAR al 1-888-201-

1014 de lunes a viernes, entre las 9:15 a.m. y las 12:15 p.m.

En el Condado de King: Llame al 211 para información y derivación a un proveedor

apropiado de servicios legales de lunes a viernes entre las 8:00 a.m. y 6:00 p.m.

Las personas de 60 años de edad o más pueden llamar a CLEAR*Sr. al 1-888-387-

7111 (en todo el estado).

Las personas sordas, con problemas para oír, o con dificultades del habla,

pueden llamar a CLEAR o al 211 (o gratis al 1-877-211-9274) usando el servicio de

repetición de su opción.

Aplique por internet en CLEAR*Online - nwjustice.org/get-legal-help

También puede obtener información sobre proveedores de servicios legales en todo

Washington en el sitio web del 211 en www.resourcehouse.info/win211/Index.

Esta publicación ofrece información general sobre sus derechos y responsabilidades. No es su intención reemplazar

asesoramiento legal específico.

Esta información se actualizó por última vez en julio de 2019.

© 2019 Northwest Justice Project

(Se otorga permiso para su copia y distribución a Alliance for Equal Justice y a individuos solo para fines no comerciales.)

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IN THE SUPERIOR COURT OF THE STATE OF WASHINGTON

IN AND FOR THE COUNTY OF _________________

_____________________________________

Plaintiff(s)

vs.

_____________________________________

Defendant(s)

No. ____________________________

ANSWER,

AFFIRMATIVE DEFENSES,

SET-OFFS AND

CERTIFICATE OF SERVICE

I. ANSWER

Defendant(s) answers the complaint as follows:

(1) Admits the statements in the following numbered paragraphs: __________________

except for the following statements: _________________________________________

(2) Denies the statements in the following numbered paragraphs: _________________

except for the following statements: _________________________________________

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(3) Lacks knowledge about the truth and therefore denies the statements in the following

numbered paragraphs: _________________________________________

II. AFFIRMATIVE DEFENSES

Defendant(s), other defense(s) is (are):

.

III. SET-OFFS

1. The plaintiff(s) owes the defendant(s) $ __________________________________________

.

Defendant(s) requests the court to dismiss this lawsuit and enter a judgment against the

plaintiff(s) for any set-off, costs or attorney fees.

Sign here Print name Date

street address or P.O. box city state zip

(Optional) email:

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CERTIFICATE OF SERVICE

FOR ANSWER, AFFIRMATIVE DEFENSES and SET-OFFS

I certify under penalty of perjury under the laws of the State of Washington that on the date(s)

stated below, I did the following:

On the ______ day of _______________, 20__, I served a true copy of the foregoing

Answer, Affirmative Defenses and Set-Offs to: _____________________________

_____________________________________ (Name of Plaintiff or Plaintiff’s Attorney),

by (check all that apply):

hand-delivering a copy to this address:

______________________________________________________________________

mailing (regular US Mail, postage pre-paid) a copy to this address:

______________________________________________________________________

faxing to this fax number:

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Sign here Print name Date

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IN THE SUPERIOR COURT OF THE STATE OF WASHINGTON

IN AND FOR THE COUNTY OF _________________

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Plaintiffs(s)

vs.

__________________________________

Defendant(s)

No. ____________________________

NOTICE OF APPEARANCE

AND CERTIFICATE OF SERVICE

TO: ___________________________________ Attorney for Plaintiff

AND TO: Clerk of the Superior Court

Notice of Appearance (for a party without a lawyer)

1. My name is: .

2. I am filing this notice to appear in this case. I must be notified of any court hearings and

receive copies of any papers filed in this case.

3. I agree to accept legal papers for this case at the following address

(This does not have to be your home address):

street address or PO box city state zip

4. (Optional) I also agree to accept legal papers for this case at the following email address:

_______________________________________

Sign here Print name Date

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CERTIFICATE OF SERVICE FOR

NOTICE OF APPEARANCE

I certify under penalty of perjury under the laws of the State of Washington that on the date(s)

stated below, I did the following:

On the ______ day of _______________, 20__, I served a true copy of the foregoing

Notice of Appearance to: ________________________________________________

_____________________________________ (Name of Plaintiff or Plaintiff’s Attorney),

by (check all that apply):

hand-delivering a copy to this address:

______________________________________________________________________

mailing (regular US Mail, postage pre-paid) a copy to this address:

______________________________________________________________________

faxing to this fax number:

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RCW 59.18.375 SWORN STATEMENT DENYING RENT OWED AND

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IN THE SUPERIOR COURT OF THE STATE OF WASHINGTON

IN AND FOR THE COUNTY OF _________________

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Plaintiff(s)

vs.

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Defendant(s)

No. _____________________________

RCW 59.18.375 SWORN STATEMENT

DENYING RENT OWED

AND CERTIFICATE OF SERVICE

SWORN STATEMENT DENYING RENT OWED UNDER RCW 59.18.375

I, , deny owing the rent alleged due in

the plaintiff’s complaint, based on a legal or equitable defense or set-off arising out of the

tenancy.

I make this certification in accordance with RCW 59.18.375.

I certify under penalty of perjury under the laws of the State of Washington that the

foregoing is true and correct.

Dated this ________ day of ________________, 20____, in _______________

Washington.

(Signature)

Name (print)

Address:

Telephone No.:

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RCW 59.18.375 SWORN STATEMENT DENYING RENT OWED AND

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CERTIFICATE OF SERVICE FOR

SWORN STATEMENT DENYING RENT OWED

I certify under penalty of perjury under the laws of the State of Washington that on the date(s)

stated below, I did the following:

On the ______ day of _______________, 20___, I served a true copy of the foregoing

Sworn Statement Denying Rent Owed to: __________________________________

_____________________________________ (Name of Plaintiff or Plaintiff’s Attorney),

by (check all that apply):

hand-delivering a copy to this address:

______________________________________________________________________

mailing (regular US Mail, postage pre-paid) a copy to this address:

______________________________________________________________________

faxing to this fax number:

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