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ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.-E.S.P. SUBGERENCIA COMERCIAL INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SC-059-2011 TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SUSPENSIÓN, RECONEXIÓN, VERIFICACIÓN PERSUACION Y/O NOVEDADES EN LOS MUNICIPIOS ZONA NEIVA-NORTE, CENTRO, SUR Y OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, A LOS CLIENTES CON MOROSIDAD EN EL PAGO EN EL SECTOR URBANO Y RURAL, MERCADO REGULADO ATENDIDO POR LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. Y CONECTADO A SU SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN

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ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.-E.S.P.SUBGERENCIA COMERCIAL

INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SC-059-2011

TÉRMINOS DE REFERENCIA PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE “SUSPENSIÓN, RECONEXIÓN, VERIFICACIÓN PERSUACION Y/O NOVEDADES EN LOS MUNICIPIOS ZONA NEIVA-NORTE, CENTRO, SUR Y OCCIDENTE DEL DEPARTAMENTO DEL HUILA, A LOS CLIENTES CON MOROSIDAD EN EL PAGO EN EL SECTOR URBANO Y RURAL, MERCADO REGULADO ATENDIDO POR LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P. Y CONECTADO A SU SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN

NEIVA, MAYO2011

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CAPÍTULO I

TÉRMINOS Y CONDICIONES GENERALES DE LA INVITACIÓN

1.1. OBJETO

A través de este contrato, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Encargará al CONTRATISTA la prestación de servicios en las actividad de suspensión, reconexión y novedades y/o persuasión rural en los municipios de la Zona Neiva Norte, Centro, Sur y Occidente del departamento del Huila, a los clientes con morosidad en el pago en el sector urbano y rural, mercado regulado atendido por la Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. y conectado a su sistema de distribución.

La Electrificadora del Huila S.A.-E.S.P. ha determinado la necesidad de vincular a las comunidades al desarrollo de la gestión comercial en zonas de difícil gestión, áreas de menor desarrollo y otras de interés social, con el fin de coadyuvar en las políticas de orden social en materia del servicio público de energía eléctrica. En tal sentido y en cualquier momento podrá sustraer al alcance del presente contrato las áreas que considere dentro de tal política, especialmente en las actividades de gestión técnica de cartera

1.2. ALCANCE

El alcance de la presente invitación es la provisión de mano de obra, herramientas, transporte de equipo y personal, para ejecutar los trabajos relacionados en el objeto, dentro de los plazos fijados por ELECTROHUILA S.A.-E.S.P..

1.3. INFORMACIÓN GENERAL DE LA INVITACIÓN

- La ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.-E.S.P. es una sociedad anónima comercial de nacionalidad colombiana, clasificada como Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios de naturaleza mixta, con autonomía administrativa, patrimonial y presupuestal, sometida al régimen aplicable a las empresas de servicios públicos y a las normas especiales que rigen las Empresas del Sector Eléctrico.

- La presente invitación y el contrato que de ésta se derive se regirá por el derecho privado y el Acuerdo 018 de septiembre 29 de 2006 mediante el cual se aprobó el Reglamento de Contratación de la Electrificadora del Huila S.A.-E.S.P.”.

1.3.1 Participantes

Podrán presentar ofertas las personas jurídicas, cuyo objeto social permita el desarrollo del objeto de la presente invitación, calidad ésta que deberá acreditarse a través del certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición no superior a 30 días. No se aceptan propuestas que sean presentadas por uniones temporales o consorcios.

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1.3.2 Identificación

Toda la correspondencia que se dirija a la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.- E.S.P., con motivo de la presente invitación deberá ser enviada a:

ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.-E.S.P.División de Servicios Administrativos

Km. 1 Vía Palermo, Neiva – Huila

Teléfono: PBX (8) 8753222. Telefax (8)8757062 Fax: (8) 8757111Email: [email protected]

1.3.3 Valor de los Términos de Referencia

Los términos de Referencia tienen un valor no reembolsable de TRES MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE (3.000.000,00), los cuales deberán consignarse a nombre de la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A.-E.S.P. en la cuenta corriente número 390 01009-8 del BANCO POPULAR, indicando en el comprobante: “VALOR PLIEGOS INVITACIÓN PÚBLICA EHUI-SC-059-2011". Con la copia del recibo de consignación se obtendrá el derecho a participar en la invitación pública EHUI-SC-059-2011 para presentar oferta.

El plazo máximo para compra de pliegos será el 6 de mayo de 2011.

La persona que adquiera pliegos deberá remitir la consignación correspondiente al correo electrónico [email protected] a más tardar el 6 de mayo del 2011.

Quien adquiera el derecho en los términos antes señalados para participar en la invitación pública EHUI-SC-059-2011, podrá obtener el texto de los términos de referencia para su impresión a través de la página Web: www.electrohuila.com .co .

No se aceptarán las propuestas de quienes no hayan adquirido el derecho para participar en la presente invitación pública en la forma aquí establecida.

1.4 PROCESO DE LA INVITACION

1.4.1 Cronología del Proceso de Contratación

- APERTURA:La apertura de la invitación será a partir de las 10:00 horas del día 03 de MAYO de 2011, en la página www.electrohuila.com.co .

- ACLARACIONES:

Las aclaraciones e inquietudes necesarias podrán dirigirse a la Subgerencia Comercial de ELECTROHUILA S.A. E.S.P, por correo electró[email protected], a partir del día 03 de mayo de 2011 y hasta el día 06 de mayo de 2011, las cuales serán resueltas hasta el 10 mayo de 2011.

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Igualmente la Electrificadora del Huila S.A E.S.P., se reserva el derecho de realizar aclaraciones o adendos tres días antes del cierre de la Invitación pública.

- CIERRE:Las propuestas deberán ser presentadas a más tardar a las 16:00 horas (04:00 p.m.) del día 13 de mayo de 2011 en la oficina de radicación y archivo de la Electrificadora del Huila S. A.-E.S.P., ubicada en el edificio sede El Bote, kilómetro 1 vía Palermo, en original y copia en sobres independientes y cerrados, debidamente marcados, indicando nombre y dirección del oferente. Luego de la recepción de las propuestas debidamente radicadas se elaborará un acta de cierre en la División de Servicios Administrativos.

No se aceptarán propuestas enviadas vía fax, correo postal o correo electrónico.

No se tendrán en cuenta para la calificación las ofertas entregadas por fuera de la hora señalada para el cierre en estos términos de referencia.

1.4.2 Documentos de la Propuesta

La propuesta debe contener los documentos que a continuación se indican:

a. Carta de presentación de la propuesta.La cual debe contener nombre y firma del representante legal, dirección, número de teléfono, correo electrónico y número de fax, conforme al Anexo No. 1 de los presentes términos. Es obligatorio el reporte de un correo electrónico a través del cual la Empresa remitirá las comunicaciones que se requieran en desarrollo de proceso pre-contractual y contractual.

b. Garantía de seriedad de la propuesta.El proponente debe garantizar la suscripción del contrato, para lo cual debe presentar garantía de seriedad de la propuesta mediante póliza, expedida por compañía aseguradora establecida en Colombia, que cumpla los siguientes requisitos:

Asegurado / Beneficiario: Electrificadora del Huila S.A. E.S.P. Valor asegurado: Diez por ciento (10%) de la propuesta económica. Vigencia: noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de

la invitación. Tomador / Afianzado: El proponente.

Si el proponente es una persona jurídica, la póliza deberá contener el nombre o razón social que figura en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, o el documento correspondiente de acuerdo a su naturaleza jurídica. Si el proponente es persona natural deberá figurar en la póliza el nombre de la misma manera como esté en la cedula de ciudadanía.

Estar debidamente firmada por las partes (Tomador y aseguradora) Anexar el recibo de pago de la prima.

c. La oferta técnica - económica.El Proponente deberá entregar la propuesta técnica y económica, en sobres independientes, con folios numerados consecutivamente y tabla de contenido identificando la página de cada ítem.

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La oferta técnico económica debe presentarse en medio impreso y magnético.

d. Experiencia. Específica certificada a partir del 1 de enero de 2006 en actividades iguales a las que constituyen el objeto de la invitación. En caso de que la experiencia sea con Electrohuila S.A E.S.P el oferente podrá relacionar los contratos ejecutados con la Empresa o que estén en ejecución.

NOTA: Los anteriores documentos (a, b, c y d) se consideran “NO SUBSANABLES” de tal forma que en el evento de omitirse su presentación la propuesta será rechazada. Electrohuila S.A. E.S.P. podrá solicitar la aclaración, complementación o modificación respecto a cualquiera de los documentos anteriores que hubiesen sido presentados.

Los documentos que a continuación se detallan tendrán la calidad de “SUBSANABLES“. En este sentido el Comité Evaluador podrá solicitar su remisión, aclaración, modificación, actualización o complementación según sea el caso.

e. Certificado de existencia y representación legal y certificado de inscripción en el registro de proponentes expedido por la Cámara de Comercio.

La fecha de expedición de los anteriores certificados no deberá ser mayor a los 30 días anteriores a la presentación de la propuesta.

f. Fotocopia de la cedula de ciudadanía del Representante Legal de la Persona Jurídica que oferta o de la Persona Natural proponente, según sea el caso.

g. Estados Financieros del último periodo contable (Balance General y Estado de Resultado).

h. Certificado expedido por la Contraloría General de la República en el que se acredite que el proponente no se encuentra inscrito en el Boletín de Responsables Fiscales.

i. Certificado de registro de precios temporal de bienes y servicios prestados SICE.

j. Registro Único Tributario – RUT

k. Recibo de consignación por la compra de pliegos.

La omisión de envío de la documentación, total o parcial, exigida en los términos de referencia será un factor que Electrohuila S.A. E.S.P. tendrá en cuenta al momento de calificar a todos sus proveedores.

Si el proveedor no anexa en su propuesta alguno de los documentos que son considerados subsanables el comité evaluador solicitará al correo electrónico reportado por el proponente en la carta de presentación, o cualquier otro medio expedito, que estos sean remitidos. El comité evaluador otorgara un término hasta de cinco (5) días hábiles para la remisión de los documentos, de no ser atendida la solicitud, la propuesta

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será descalificada. El comité evaluador solicitará la remisión de la documentación que se requiera mediante comunicación dirigida al correo electrónico reportado por el oferente.

1.4.3 Impuestos, Deducciones y Gastos

Son de cargo exclusivo del contratista los impuestos, tasas, contribuciones y en general todos los gravámenes que se causen por razón del perfeccionamiento y ejecución del contrato.

El oferente deberá desagregar el impuesto de IVA, señalando los exentos o excluidos.

En materia de impuestos no se aceptarán salvedades de naturaleza alguna.

1.4.4 Causales de Rechazo de las Propuestas

Se procederá al rechazo de las propuestas, ante la ocurrencia de una cualquiera de las siguientes eventualidades:

- Cuando en la lista de cantidades y precios el proponente omita la cotización de uno o más componentes requeridos.

- Cuando durante la invitación pública se presenten circunstancias que alteren sustancial y desfavorablemente la capacidad del proponente.

- Cuando se compruebe que un proponente ha interferido, influenciado, u obtenido correspondencia interna, proyectos de concepto de evaluación o de respuesta a observaciones, no enviados oficialmente a los proponentes.

- Cuando se compruebe confabulación entre los proponentes que altere la aplicación del principio de selección objetiva.

- Cuando el proponente se encuentre incurso en las causales de inhabilidad o incompatibilidad fijadas por la Constitución y la ley.

- Cuando en la propuesta se encuentre información o documentos que contengan datos falsos, tergiversados, alterados, inexactos o tendientes a inducir a error a ELECTROHUILA S.A.

- Cuando la propuesta se reciba con posterioridad a la fecha y hora fijadas para el cierre de la invitación pública o hayan sido enviadas por correo.

1.4.5 Causales Para dar por Terminado El Proceso de Selección.

ELECTROHUILA S.A. ES.P., podrá dar por terminado el presente proceso, cuando se presente alguna de las siguientes circunstancias que impidan la selección objetiva del contratista:

- Cuando ninguna de las propuestas se ajuste a los términos de la invitación pública.

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- Cuando se descubran acuerdos o maniobras fraudulentas por parte de los proponentes durante el proceso de selección que impidan o no garanticen la selección objetiva del contratista.

- Cuando las propuestas se consideren económicamente inconvenientes para ELECTROHUILA S.A. ESP.

La terminación del proceso de selección se hará mediante documento de Gerencia de ELECTROHUILA S.A. ESP.; de lo cual, no habrá responsabilidad alguna por parte de la misma; lo anterior, se comunicará a todos los proponentes participantes.

Elaboración y Presentación de la Propuesta

El Proponente deberá elaborar la propuesta de acuerdo con lo establecido en los TÉRMINOS DE REFERENCIA, sus Anexos y ADENDOS en caso que los hubiese y adjuntar la documentación exigida.

La propuesta deberá ser presentada en original y una (1) copia, en sobres diferentes, debidamente foliados e identificando en la primera página la tabla de contenido identificando la página de cada ítem; la copia debe contener los mismos documentos que el original y en el mismo orden. Adicionalmente, se deberá incluir copia magnética, utilizando Word para el texto y Excel para los formatos que tienen cuadros de cálculo.

Si se presenta alguna discrepancia entre el original de la propuesta y la copia, prevalecerá el texto del original.

Los proponentes deberán presentar de manera detallada la forma de acometer las actividades descritas en el CAPÍTULO 3, para lo cual se deberá separar en propuesta técnica y propuesta económica.

Los proponentes deberán presentar la propuesta básica para la realización de todas y cada una de las actividades del alcance. No se aceptarán propuestas parciales.

Se deberán detallar las características técnicas de los elementos o equipos a utilizar. Las adecuaciones de los equipos para ser compatibles con nuestros sistemas de información estarán a cargo del Proponente.

1.4.6 Propuesta Técnica

Cada proponente deberá presentar:

Inducción del personal

Todo el personal del contratista deberá con antelación al inicio de la ejecución de las actividades a ejecutar o demás servicios de apoyo, recibir la debida inducción por parte del contratista; y ser evaluado en forma oral y/o escrita por la Interventoría que finalmente definirá su aceptación o no conformidad.

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En caso de reemplazo temporal o definitivo de algún trabajador a cargo del contratista, la nueva persona deberá cursar esta misma inducción y someterse a la evaluación de la Interventoría, en caso de no hacerlo, ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. no aceptará este reemplazo.

Descripción y Cronograma de actividades:

De acuerdo con el objeto y alcance de la presente invitación y a los requerimientos de ELECTROHUILA S.A.E.S.P. el proponente deberá presentar una descripción detallada y cronograma de ejecución de todas las actividades y demás que considere complementarias para el mejor desarrollo del contrato. No se evaluarán propuestas que no coticen el 100% de las actividades.

Certificados o Constancias de Experiencia:

Los proponentes anexarán certificados o constancias de experiencia que necesariamente de manera expresa contengan como mínimo:

Empresa contratante, empresa contratista, objeto del contrato, valor del contrato, fecha de iniciación y terminación del contrato, duración del contrato, cantidad de clientes intervenidos o atendidos, calidad y cumplimiento de acuerdo a cada actividad y fecha de expedición. La certificación o constancia debe ser expedida por cada una de las empresas con que se tuvo contrato, firmada por el Representante Legal o el funcionario competente. ELECTROHUILA S.A. E.S.P. podrá verificar dicha certificación. Para efectos de calificación no se aceptarán copia de contratos u otros documentos diferentes a las certificaciones o constancias.

Los contratos relacionados deben haberse ejecutado dentro del periodo comprendido entre el 01 de enero de 2006 y la fecha límite de presentación de ofertas o podrán encontrarse en ejecución. Si la ejecución de los contratos hubiese iniciado antes del periodo señalado, es decir si el o los contratos con los cuales el proponente pretende acreditar la experiencia se encontraban vigentes para el 01 de enero de 2006, solo se tendrá en cuenta como experiencia lo ejecutado con posterioridad a esta fecha y los respectivos valores de este periodo, para lo cual el proponente deberá presentar certificación que acredite lo ejecutado o en ejecución durante el referido término.

Los contratos deben haberse ejecutado o encontrarse en ejecución en Colombia.

En caso de contratos en ejecución deberá presentarse balance certificado y soportado debidamente firmado por la Interventoría sobre la actividad ejecutada a la fecha de presentación de la oferta.

Para la determinación de las cuantías de los contratos relacionados por el oferente se tendrán en cuenta las siguientes reglas: - Para los contratos ejecutados se tomará el valor final de cada contrato (incluidas prórrogas y adiciones) y se convertirá a salarios mínimo legales mensuales vigentes a la fecha de celebración del respectivo contrato. - Para los contratos en ejecución, se tomará el valor parcial ejecutado a la fecha límite de presentación de las ofertas y se convertirá a salarios mínimos legales mensuales

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vigentes para esa misma fecha. En este caso, se deberá presentar balance certificado y soportado debidamente firmado por la Interventoría sobre la actividad y valor ejecutado.- Los valores de los contratos relacionados con el objeto de la presente convocatoria que se encuentren en moneda extranjera, deberán expresarse en pesos colombianos a la tasa de cambio correspondiente al 31 de diciembre de 2010.

En caso de contratos ejecutados o en ejecución por consorcios o uniones temporales o cualquier otra figura asociativa, en el cual el proponente haya sido o sea uno de sus integrantes, se tomará como valor de la experiencia del proponente el valor acreditado por concepto de las actividades requeridas por ELECTROHUILA, multiplicado por el porcentaje de participación del proponente en el consorcio o unión temporal que ejecutó o ejecuta el contrato, participación que se acreditará con el correspondiente documento de constitución del consorcio, unión temporal o figura asociativa.

Sólo se tendrán en cuenta en los contratos acreditados y en ejecución, el valor correspondiente sin incluir el IVA.

En el caso de experiencia obtenida mediante contratos celebrados con ELECTROHUILA, el proponente informará el número del contrato ejecutado y su año de celebración.

1.4.7 Propuesta Económica

La propuesta debe ser diligenciada en los formatos DE EVALUACIÓN (Anexo) especificando las cantidades, el análisis de los precios unitarios, los precios unitarios y el valor total, además de un cuadro resumen con el total general.

Es obligatoria la presentación de los análisis de precios unitarios como soporte de los valores consignados en el cuadro antes mencionado.

No se remuneraran actividades no incluidos en la propuesta.

El valor de las pólizas de garantía será a cargo del oferente o contratista, por lo tanto no se reembolsará suma alguna por este concepto.

1.4.8 Admisión o Desestimación de las Propuestas

Una propuesta será admisible cuando haya sido presentada oportunamente y esté ajustada a los Términos de la Invitación. Se considera ajustada a los Términos la propuesta que cumpla con todos y cada uno de los requisitos establecidos y no se encuentre comprendida en uno de los siguientes casos:

Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicas incapaces.

Cuando existan varias propuestas presentadas por el mismo proponente.

Por haber adquirido los Términos de Referencia en lugares o en forma distinta al establecido.

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Cuando la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., al verificar la información presentada encuentre que no corresponde a la realidad.

No presentar el análisis de precios unitarios solicitado en el numeral “2.5. FORMATOS DE EVALUACIÓN”.

Adoptar procedimientos diferentes a los establecidos en los términos de referencia para presentar la información requerida o para establecer los cálculos objeto de la oferta económica.

La propuesta que sea presentada por una persona natural o jurídica que de manera individual o como integrante de un consorcio o unión temporal haya promovido acciones judiciales contra Electrohuila S.A.-E.S.P, requerido la convocatoria de Tribunal de Arbitramento o no haya facilitado la liquidación de contratos ya terminados con la misma.

1.5. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

ELECTROHUILA S.A. ESP. Celebrará el contrato con el proponente que haya presentado la propuesta más favorable y conveniente y cumpla con todos los requisitos definidos en los términos de referencia.

La adjudicación del contrato se hará mediante documento, proferido por el gerente de ELECTROHUILA S.A. ESP.

Notificada la adjudicación del contrato, el Representante legal del proponente favorecido deberá presentarse en la División de Servicios Administrativos de ELECTROHUILA S.A. ESP a suscribir el mismo, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la solicitud que para tal efecto haga la Entidad.

1.5.1 Criterios De Desempate

En el evento de presentarse empate en puntos de las ofertas presentadas con ocasión de la presente invitación la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., definirá como criterio de desempate a favor del proponente que presente la oferta económica más favorable a los intereses de la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P.

1.6. CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO

1.6.1 Presupuesto Oficial

El presupuesto oficial para la presente contratación, proviene de los recursos propios de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. con cargo al rubro presupuestal 03051202001212 “Remuneración Servicios Técnicos “del presupuesto correspondiente a las vigencias 2011, 2012 y 2013.

Para efectos del contrato que se derive de esta invitación los valores ofertados serán ajustados por el IPC durante el término del mismo.

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Los costos unitarios antes de IVA se actualizarán en cada cambio de vigencia fiscal, es decir cada cambio de año calendario a partir de las acciones efectuadas desde el 1° de enero del nuevo año, de la siguiente manera:

CUN+1 = CUN x (1+ IPCN)

CUN+1 : Costo Unitario del Nuevo año CUN : Costo Unitario del Año Anterior

IPC N : Variación Índice Precios al Consumidor Año Anterior dado por el DANE o entidad competente y delegada por el Estado Colombiano.

1.6.2 Forma de Pago

El precio de cada ítem será la compensación total por: Mano de obra y su carga prestacional, materiales (incluido transporte, carga y descarga), repuestos, combustibles y lubricantes, instalaciones, depósitos, fuerza motriz, servicios públicos y de comunicación, patentes, derechos, impuestos, tasas, gravámenes nacionales, departamentales, municipales y/o particulares, penalización, compensación por el uso de sistema o procedimiento patentados, provisión de los elementos expresamente indicados en la documentación contractual y todo otro trabajo o concepto cuya inclusión no esté expresamente indicada en el ítem respectivo, gastos generales, imprevistos y beneficios.

Incluidos en los precios de los ítems están comprendidos todas las tareas y materiales no contemplados específicamente en los ítems de la propuesta, pero indicados en la documentación o especificaciones.

ELECTROHUILA S.A.E.S.P., pagará el valor del contrato al CONTRATISTA según el número de actividades efectivas realizadas liquidadas a los precios unitarios acordados, de la siguiente forma:

Para las actividades detalladas en el Proceso de Gestión Técnica de Cartera, el pago se hará mediante actas mensuales de acuerdo al avance de los trabajos, liquidadas a los precios unitarios acordados.

Discrepancias de precios: En caso de discrepancia entre precios unitarios y totales para cada partida, se tomarán los precios unitarios. Las cantidades de trabajos a ejecutarse son estimadas y ELECTROHUILA S.A.E.S.P. cancelará sobre los que realmente se hayan ejecutado.

Para efectuar cualquier pago al Contratista, se debe suscribir entre las partes, acta de recibo a entera satisfacción por parte de ELECTROHUILA S.A.E.S.P. de las actividades realizadas.

Todos los pagos se harán mensualmente, dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de radicación de la cuenta con factura presentada en debida forma, previa aceptación por parte del respectivo interventor y presentación de los documentos que acrediten el pago de los salarios, seguridad social y obligaciones parafiscales de Ley.

Para los siguientes casos no se autoriza el pago del servicio contratado:

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Cuando se omite una corrección de anomalía del servicio, siempre y cuando no sea por contratiempos de orden público o inseguridad debidamente justificada.

Cuando se presenten errores de cualquier índole en la cuenta, acta o en la factura o no se reúnan los requisitos exigidos para su radicación, éstas serán glosadas.

La glosa se informará al CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días siguientes a la fecha de recibo de la cuenta o factura correspondiente. La cuenta o factura glosada no dará lugar al pago de intereses moratorios. Una vez efectuada la glosa a la cuenta de cobro o factura, el contratista debe corregirla dentro de los cinco (5) días siguientes al recibo de la misma, plazo éste dentro del cual deberá radicarla nuevamente y el plazo para su pago, empezará a contarse de nuevo.

1.6.3 Término de Ejecución del Contrato

El contrato tendrá un término de ejecución de veinticuatro (24) meses, contados entre el primero 01 de junio de 2011 al 31 de mayo de 2013, previa suscripción por las partes de la correspondiente Acta de inicio.

El término de ejecución del contrato, a discreción de Electrohuila, podrá ser prorrogado hasta por un periodo igual o inferior al inicialmente contratado.

Para efecto de la eventual prorroga del término de ejecución del contrato, los valores unitarios ofertados podrán ser reajustados con base en la variación del Índice de Precios al Consumidor IPC, conforme lo establecido en el numeral 1.6.1.

1.6.4 Garantías del Contrato.

El contratista presentará pólizas a favor de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. para los amparos que a continuación se relacionan:

1. De cumplimiento: Equivalente al 10% del valor del contrato con vigencia por el término de duración del mismo y 120 días calendario adicional.

2. De calidad del servicio: Equivalente al 20% del valor del contrato con vigencia por el término de duración del mismo y 90 días calendarios adicionales.

3. De pago de obligaciones laborales e indemnizaciones: Equivalente al 30% del valor del contrato con vigencia por el término de duración del mismo y 3 años más.

4. De responsabilidad civil extracontractual :Equivalente al 40% del valor del contrato y con vigencia por el término de duración del mismo y 60 días calendario adicional.

1.6.5 Penalizaciones del contrato

1. Por retraso en el perfeccionamiento del contrato:

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Si por causas imputables al Contratista no presenta los documentos, ni se realizan los actos y trámites necesarios para el perfeccionamiento del contrato dentro de los cinco (5) días calendario siguientes, contados a partir de la fecha en que sea presentado para su firma, se sancionará al contratista con una suma equivalente al cero punto cinco por ciento (0.5%) del valor total estimado del contrato por cada día de retraso hasta un máximo de tres (3) días calendario, si pasado éste plazo el contratista no ha firmado el contrato y no ha enviado a ELECTROHUILA SA.-E.S.P. la totalidad de los documentos necesarios para la legalización, se procederá a hacer efectiva la póliza de seriedad de la propuesta y a llamar al siguiente oferente en orden de elegibilidad.

2. Por suspensión injustificada del contrato: Cuando el contratista suspenda parcial o totalmente los servicios contratados sin justificación aceptada por ELECTROHUILA SA.-E.S.P., será sancionado con un cero punto veinticinco por ciento (0.25%) del valor total estimado del contrato, por cada día calendario de suspensión o incumplimiento.

3. Por retardo o incumplimiento en las obligaciones laborales: En caso de mora o incumplimiento por parte del contratista de las obligaciones laborales establecidas en este contrato para con sus trabajadores, aquel autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto tres por mil (0.03%) del valor total estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la mora. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S.P.

4. Cuando en la operación del contrato se incurra en cualquiera o varios de los siguientes eventos:

a. Por cada acción no ejecutada, se penalizará al contratista con un valor equivalente a dos (2) veces la suma que ELECTROHUILA pagaría por la correspondiente acción de suspensión o reconexión.

b. Para efectuar este control ELECTROHUILA el segundo (2°) y el cuarto (4°) día hábil siguiente a la entrega oficial del correspondiente ciclo de carácter urbano o rural respectivamente, se generará el listado de suspensiones o reconexiones no ejecutadas, el cual servirá como soporte para la aplicación de la respectiva penalización, razón por la cual el contratista está obligado dentro del plazo establecido a la ejecución en terreno del cargue en el SIEC de la totalidad de las acciones de suspensión.

c. Por ser responsabilidad del contratista garantizar la suspensión del servicio a los clientes morosos, ELECTROHUILA vigilará el cumplimiento de lo anterior mediante interventoría en terreno. En caso de confirmarse con el respetivo registro fotográfico que la acción física de suspensión no fue ejecutada, se descontará al contratista una suma equivalente a dos acciones efectivas (suspensión o reconexión).

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d. Cuando ELECTROHUILA establezca que la información cargada al SIEC o la información impresa en las actas de suspensión o reconexión, actas de visita, acuerdos de pago no corresponde a la realidad, no se diligencie en su totalidad o no es coherente entre sí, no será reconocida como acción efectiva.

5.  Por no disponer de supervisión del contrato

Cuando El Contratista no disponga del personal de supervisión que se responsabilice del trabajo y del personal operativo, de conformidad con lo establecido en los Pliegos de Condiciones, aquel autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto tres por mil (0.03%) del valor total estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la mora. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S. 

 6. Por incumplimiento reiterado en tomar las medidas de seguridad necesarias

Cuando haya incumplimiento reiterado en la medidas de seguridad necesarias para la ejecución del contrato, aquel autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto tres por mil (0.03%) del valor total estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la mora. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S.P.

 7. Cuando se compruebe que EL CONTRATISTA, ha suspendido en pin, en el área rural y en la acción de verificación y/o rompa, viole los sellos de seguridad en el gabinete, ELECTROHUILA descontará al contratista una suma equivalente a tres (3) SMDLV y seis (6) SMDLV, por cada cuenta suspendida en pin y por cada sello violado, si se trata de una cuenta de carácter Residencial o una cuenta de carácter No Residencial respectivamente, el contratista, autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente la suma correspondiente, del valor total estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la mora. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S.P.

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8. Cuando se compruebe que EL CONTRATISTA, ha roto sellos de seguridad de los gabinetes para ejecutar la suspensión, excepto para cuentas localizadas en edificios para lo cual en este caso el contratista a cargo deberá colocar sellos de condenación debidamente numerados en el respectivo gabinete que permitan establecer si la instalación es manipulada. el contratista, autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto tres por mil (0.03%) del valor total estimado del contrato, por cada día calendario que transcurra y subsista en el incumplimiento o en la mora. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S.P.

9. Por no constituir la sede operativa del contrato dentro del término establecido. El contratista, autoriza a ELECTROHUILA SA.-E.S.P., para que sin necesidad de requerimiento judicial previo, del saldo a su favor le descuente un cero punto tres por mil (0.03%) del valor total estimado del contrato, por cada acción no ejecutada. Por el pago de la suma a que se refiere esta estipulación, no se entenderán extinguidas las obligaciones del contratista en razón del contrato, ni se le eximirá de la indemnización por los perjuicios causados a ELECTROHUILA SA.-E.S.P.  

10. Cuando se compruebe que EL CONTRATISTA, ha reconectado el servicio transcurrida más de uno (1) día hábil en lo urbano y dos (2) días hábiles en el  área rural, contados a partir del reporte en el SIEC sistema Comercial de Electrohuila o de la información del cliente. EL CONTRATISTA acepta la aplicación de una deducción equivalente al no pago por concepto de reconexión

11. Por ser responsabilidad del contratista garantizar el suministro y uso de los elementos de protección personal y colectivo, Electrohuila procederá a la paralización inmediata del contrato y adicional descontara al contratista una suma equivalente a 3 SMLV

12. Cuando el contratista no realice la reconexión del servicio a los clientes que cancelaron la factura, eliminando la causa de suspensión y se genere una reclamación por parte del cliente, EL CONTRATISTA acepta la aplicación de una deducción equivalente al no pago por concepto de reconexión

                            SANCIONES

El incumplimiento del indicador Tiempo de Reconexión establecido en la Regulación generará los siguientes descuentos al contratista:

a) Deducción del monto equivalente al 100% de la acción de reconexión.

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1.6.6 Cesión del Contrato y Subcontratación

El contratista no podrá ceder el contrato ni subcontratar su ejecución sin expresa autorización de ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

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CAPÍTULO II

EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA

2.1. EVALUACIÓN

ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. realizará la evaluación de las propuestas mediante un Comité Evaluador designado por la Gerencia General con base en los criterios definidos en el presente capítulo.

2.2. EVALUACION LEGAL.

Una vez efectuada la apertura de los sobres, se procederá a realizar el análisis jurídico y técnico de los documentos que lo integran, con el fin de determinar, de acuerdo con las exigencias de estos términos de referencia, cuales propuestas son “ADMISIBLES”.

La ausencia de documentos requeridos como “NO SUBSANABLES” o el NO cumplimiento de cualquiera de los requerimientos técnicos y funcionales de los componentes de la presente invitación, serán motivo suficiente para declarar una oferta “NO ADMISIBLE”.

2.3. EVALUACIÓN TÉCNICA (500 Puntos)

2.3.1 Experiencia del Proponente: 200 Puntos

Ejecución de contratos iguales en las actividades de suspensión, reconexión a partir del 01 de enero de 2006, debidamente certificados. Para la evaluación de la experiencia, las ofertas con un valor acumulado ejecutado mayor o igual a 6500 SMLMV de acuerdo con las condiciones ya descritas, obtendrán 200 puntos y las demás obtendrán puntajes en proporción directa de la siguiente manera:

POi = ( VOi / 6500 ) * 200Donde: POi = Puntaje de la oferta iVOi: Valor acumulado de contratos de la oferta i expresado en SMLMV.

El máximo puntaje asignado en la acreditación de experiencia en contratos iguales será 200 puntos.

El Proponente deberá relacionar su experiencia en actividades relacionadas anteriormente con certificaciones donde consten las fechas, los valores pagados y especificando el objeto del contrato por el cual se efectuaron los pagos de acuerdo con las condiciones ya indicadas.

2.3.2 Sistema de Gestión de calidad: 100 Puntos

Certificado de Calidad en Norma ISO 9001: 2000, por entidad Certificadora Competente y Autorizada. 100 Puntos.

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2.3.3 Capacidad Económica y Financiera del Proponente: 200 Puntos

En este análisis se verificará y calificará la capacidad del proponente para cumplir con los términos del contrato a suscribirse y con la viabilidad financiera que el mismo requerirá. Los indicadores se determinarán, con base en el balance general al 31 de Diciembre de 2010, debidamente firmado por el representante legal, por su contador y/o revisor fiscal si es del caso.

Índice de liquidez (60 puntos)

El índice de Liquidez será el resultado de dividir el activo corriente sobre el pasivo corriente y se calificara de la siguiente manera:

IL= Activo Corriente / Pasivo Corriente

IL < 1.0 Cero Puntos (0)IL entre 1.0 y 2 tendrá de 1 a 55 Puntos, siguiendo una relación linealIL > 2 sesenta (60) Puntos.

Índice de endeudamiento (40 puntos)

El nivel de endeudamiento será el resultado de dividir el Pasivo Total sobre el Activo Total y se calificará así:

NE= Pasivo Total / Activo Total

NE menor al 50% (0.5), cuarenta (40) PuntosNE entre el 50% y 70% (0.5 - 0.7), tendrá de 35 a 1 punto, siguiendo una relación lineal.NE Mayor al 70% (0.70), Cero Puntos (0)

Capital de trabajo (100 puntos)

El capital de trabajo será la diferencia entre el Activo Corriente y el Pasivo Corriente y se calificará así:

CT= Activo Corriente - Pasivo Corriente

CT: Mayor a SETECIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS ($720.000.000), tendrá cien (100) Puntos

CT: Entre TRESCIENTOS SESENTA DE PESOS MILLONES Y SETECIENTOS VEINTE DE PESOS MILLONES ($360.000.000 – $720.000.000), tendrá entre uno y noventa y cinco (1 - 95), siguiendo una relación lineal.

CT: Menor a CIEN MILLONES DE PESOS ($360.000.000), Cero (0) Puntos.

EVALUACIÓN ECONÓMICA (500 Puntos)

Ésta solo será aplicada a las ofertas que en la calificación técnica hayan tenido un mínimo de 350 puntos. En caso contrario la oferta será desestimada.

Cálculo del puntaje

La evaluación económica tendrá un valor máximo de 500 puntos. Este puntaje será calculado así:

POi = ( VOmin / VOi ) * 500 Donde: POi Puntaje de la oferta i

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VOmin: Valor de la oferta más baja entre las calificables; VOi: Valor de la oferta i.

Para la evaluación y selección de la oferta más favorable, los proponentes deben tener en cuenta que:

- Los precios cotizados por los proponentes, deben considerar y contener el pago de los servicios debidamente prestados, de conformidad con las especificaciones y deberán comprender todos los gastos necesarios en equipos, materiales, herramientas, maquinaria, transporte, sede, costo laboral, hospedaje, viáticos, prestaciones sociales, dirección y administración, utilidad y todos los gastos que puedan afectar el costo directo e indirecto de las mismas.

- El valor unitario por actividad debe incluir los costos que se deriven del cumplimiento de las normas de seguridad y salud ocupacional para prestar el servicio.

Si el proponente incluye en su oferta valores correspondientes a especificaciones o características no solicitadas, ELECTROHUILA no suprimirá o modificará la forma del ofrecimiento, ni podrá hacerlo el proponente so pena de considerarse modificada su propuesta. En todo caso, si la oferta resultada aceptada, ELECTROHUILA exigirá al cumplimiento de los ofrecidos, en los términos y a los precios indicados en la oferta.

2.4 CONSIDERACIONES SOBRE EL VALOR DE LA OFERTA

El valor de la oferta será de carácter indicativo cuyos efectos son: conocer el monto aproximado del contrato y establecer un parámetro de comparación entre los oferentes, dado que el valor real a reconocer será el resultado de aplicar los valores unitarios ofertados por las acciones efectivas ejecutadas, afectado por las penalizaciones y/o reconocimientos a que haya lugar. Para éste cálculo se definen acciones efectivas estimadas, es decir que pueden presentarse acciones reales por encima o por debajo de dicho valor y que necesariamente el contratista debe cubrir.

Debe diligenciar completamente los cuadros de evaluación técnica y económica y adjuntar la documentación soporte de la información contenida en ellos, tales como:

Estados Financieros de los dos últimos períodos contables. (años 2009-2010). Experiencia específica certificada del proponente, en la ejecución de actividades

iguales a las solicitadas por ELECTROHUILA S.A. E.S.P. Documentos del personal presentado en la oferta, que contengan solamente la

constancia de experiencia específica requerida y los certificados de los estudios realizados.

Relación de los salarios del personal por cargo. Formulario de cantidades y valores unitarios desagregados por cada actividad

requerida.

2.4.1 Cálculo del valor de la oferta

Proceso de Gestión Técnica de cartera

Multiplicando el valor unitario de las acciones efectivas básicas por el número de acciones potenciales para los actuales clientes morosos.

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Para este efecto no aplican los valores ocasionales que puedan producirse por otro tipo de acciones - aunque se haya calculado su valor unitario-, así como tampoco los reconocimientos o penalizaciones, dado que todos los eventos contenidos son de carácter aleatorio y se reconocerán y/o aplicarán en el momento en que se produzcan.

2.4.2 Valor total de la oferta

Se obtiene de sumar los valores resultantes de los cálculos planteados en el Proceso Gestión Técnica de Cartera. Este total será el que se compare entre las ofertas calificables para así obtener el puntaje respectivo.

El cálculo de valores unitarios y el cálculo de valores parciales se hará sin IVA, sin embargo el valor final será afectado en su totalidad por un IVA del 16% con el fin de cuantificar el valor total de la oferta para efectos evaluativos, presupuestales, tributarios y de garantías.

2.4.3 Consideraciones finales

Es importante tener en cuenta que el valor unitario de las acciones debe considerar la racionalización económica (tanto administrativa como operativa) que representa la simultaneidad de acciones y que su costo debe así reflejarlo. La desagregación del mismo debe tener coherencia en materia de costos, rendimientos y las demás variables que lo compongan, so pena de calificar la oferta como artificiosa, caso en el cual se podrá desestimar.

En la valoración del AIU deben incorporarse todos los costos que cubran los riesgos posibles para el buen desarrollo del contrato que se suscriba.

2.5 FORMATOS DE EVALUACIÓN

2.5.1 Formato Evaluación Técnica y EconómicaConsultar archivo en hoja EXCEL adjuntos “Evaluación”2.5.2 Formato Costos Unitarios.Consultar archivo en hoja EXCEL adjuntos “Costos Unitarios”2.5.3 Formato Resumen de la oferta económicaConsultar archivo en hoja EXCEL adjuntos “Resumen”

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CAPÍTULO III

CONSIDERACIONES GENERALES Y PROCEDIMIENTOS EN LA PRESTACIÓN DELSERVICIO DE SUSPENSIÓN, RECONEXIÓN Y PERSUACIÓN RURAL, EN EL

PROCESO DE GESTIÓN TÉCNICA DE CARTERA

3.1. CONDICIONES GENERALES

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. entregará al Contratista el Programa de facturación mensual dos días antes de inicio de cada mes, como documento de referencia que contiene: ciclos a leer y a facturar, fecha de lectura y de facturación, fecha de verificación de lectura si las hubiere, fecha de entrega y fecha estimada de suspensión.

ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. se reserva el derecho de cambiar los períodos de facturación, indicando el consecuente desplazamiento de las fechas, así como la fecha de vencimiento de la facturación.

El contratista deberá disponer de personal para atención permanente en sus oficinas. El horario de trabajo del contratista, deberá ser como mínimo coincidente con el horario de trabajo de ELECTROHUILA S.A. E.S.P., con el fin de solucionar cualquier eventualidad, y el supervisor deberá permanecer en contacto permanente en caso de que requiera realizar actividades por fuera de dicho horario, en todo caso las actividades tendrán que cumplirse.

Los problemas o los inconvenientes que surjan, en la ejecución de las actividades, se comunicarán, telefónicamente o por otro medio, a cualquiera de las personas designadas por ELECTROHUILA S.A. E.S.P. para la recepción de este tipo de situaciones, en un plazo máximo de tres horas posteriores a la ejecución de la actividad.

ELECTROHUILA S.A. E.S.P. se reserva el derecho de establecer las acciones de gestión de cartera sin ningún condicionamiento por la parte contratista.

Estos procesos y sus correspondientes actividades están regidos por la normatividad vigente:

3.1.1Obligaciones del Contratista

1. El contratista se responsabilizará plenamente de los trabajos objeto del contrato, así como de las conclusiones y recomendaciones derivadas de los mismos, estando obligado a rehacer el trabajo o servicio en caso de las deficiencias o errores.

2. La prestación de los servicios contratados se ajustará a las especificaciones técnicas establecidas, a las instrucciones que ELECTROHUILA S.A."E.S.P." curse al contratista, a las normas y prescripciones de las reglamentaciones administrativas que estén en vigencia hasta la terminación del contrato y a los precios unitarios cotizados.

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3. El contratista está obligado a disponer para cada zona como mínimo de una oficina para su operación, en un sitio que esté cercano a las instalaciones de atención al cliente de Electrohuila, lo anterior deberá ser aprobado por la interventoría.

4.La gestión y obtención de los permisos, autorizaciones y licencias exigibles en o para el cumplimiento del contrato, salvo los que legalmente correspondan a ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. por su condición de propietaria.

5. Aportar todos los materiales, equipos útiles y maquinaria que sean necesarios y que ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. no esté expresamente obligada a proporcionar.

6. Recoger en la sede de ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. de cada Zona materiales, documentación y equipos requeridos para la realización de las labores objeto de la contratación. Igualmente transportar el personal y todos los elementos hasta el lugar de la prestación de los servicios encargándose de la recepción, carga, descarga, almacenamiento y manipulación.

7. El contratista está obligado a aceptar, a los precios convenidos o proporcionalmente a ellos, las ampliaciones, modificaciones o reducciones del objeto del contrato que ELECTROHUILA S.A."E.S.P." efectúe, motivadas por una razón objetivamente justificada. El nuevo plazo de ejecución se establecerá de común acuerdo entre ambas partes.

8. Para todos los efectos legales el contratista asume la completa responsabilidad de los accidentes a él imputables que puedan producirse durante el desarrollo del contrato, comprendiendo esta responsabilidad todo accidente que pueda sufrir cualquier persona que al servicio del contratista tome parte en la ejecución del trabajo, cualquiera que sea el servicio que se realice.

9. Cualquier daño originado en el desarrollo de las actividades y que afecten al cliente, será de exclusiva responsabilidad del contratista.

10. Se deberá garantizar un buen trato a los clientes y orientarlos hacia la oficina de atención al cliente de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. más cercana, en el evento en que requieran de información adicional relacionadas con la prestación del servicio de energía, e indicándoles sobre el procedimiento a seguir.

11. El contratista deberá entregar a ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. el análisis respecto al cumplimiento de sus indicadores con comentarios y recomendaciones que contribuyan a cumplir las metas, así también los demás informes solicitados por la Interventoría.

12. Para la ejecución de los trabajos el contratista dispondrá de un coordinador, 1 supervisor, responsables del control de los trabajos y la calidad, integridad y oportunidad de la información, y el control de las labores operativas; los Técnicos Electricistas y los Auxiliares Electricistas necesarios para efectuar el

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trabajo de campo, los analistas en cada una de las zonas y los auxiliares de oficina de la Zona Neiva Norte.

13. Para el desarrollo de gestión en recuperación de cartera el contratista deberá como mínimo disponer de los equipos de cómputo que considere necesarios con los requerimientos de hardware y software indispensables para su conexión al SIEC, preferiblemente equipos con las siguientes características mínimas procesador de 3GHz, memoria RAM de 512, tarjeta de red 10/100/1000 Kbps, MODEM de 56 K, Windows XP o 2007, al igual que conexión a internet banda ancha mínimo 350k para todas las zonasNorte, Centro, Sur y Occidente.

14. Toda la papelería, pro formas y acciones necesarias para adelantar las actividades de gestión de persuasión rural (actas de visita, créditos,sellos, volantes, folletos, publicidad radial) estarán a cargo del contratista.

Las características técnicas de la papelería son:

- Acta de visita: papel químico tamaño carta, con dos copias.- Acuerdo de pago y recibo de pago: papel químico tamaño carta y media

carta con una copia- Sellos de condenación: etiquetas adhesivas en tamaño de 7.5x2.5 cm, en

colores institucionales.

El diseño y la información requerida serán suministrados por Electrohuila

15. El contratista durante el día en forma permanente deberá cargar al SIEC la totalidad de acciones de suspensión ejecutadas con el propósito que cuando el cliente cancele la deuda o realice un acuerdo de pago y vía telefónica o personalmente se acerque a solicitar la reconexión del servicio en las oficinas del contratista encargado de realizar la reconexión del servicio, ésta pueda ser generada de manera inmediata a través del sistema. El interventor se asegurará de verificar el perfecto ingreso de las actas en el sistema.

16. El contratista preparará informes escritos con resolución semanal, quincenal y mensual conforme a los requerimientos de ELECTROHUILA, para efectos de determinar y evaluar la gestión en recuperación de cartera.

17. Al inicio del contrato el contratista presentará para aprobación de la Interventoría y a su cargo un aviso para comunicar por medio local radial y escrito a los clientes el objeto contratado.

18. El contratista favorecido entregará a ELECTROHUILA S.A.-E.S.P., fotocopia de todas las hojas de vida del personal seleccionado para realizar las actividades objeto de esta contratación con toda la documentación soporte, especialmente documento de identidad y pasado judicial expedido por el DAS. En medio magnético entregará la información registrada de cada trabajador.

19. Todo movimiento de personal, ingresos y retiros, debe ser previamente autorizado por el Interventor, quien también podrá exigir la desvinculación de

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personal, cuando considere que se lesionan los intereses de ELECTROHUILA S.A."E.S.P." o sea inconveniente para el desarrollo del contrato.

20. El contratista se compromete a reemplazar el personal que no apruebe las Evaluaciones realizadas por la dependencia de ELECTROHUILA S.A."E.S.P." que lo requiera, a simple petición escrita de la misma, dentro de un plazo máximo de dos (2) días hábiles, contados a partir del recibo de la solicitud. El contratista se compromete con la ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. a vincular personal operativo residente en el área atendida por ELECTROHUILA.

21. Será responsabilidad del contratista el mantenimiento de la seguridad en las labores ejecutadas y su entorno de actuación durante la realización de las mismas, así como del estado final en que éstas queden y su área circundante, tanto para impedir posibles accidentes como para evitar cualquier tipo de sanción por deterioro paisajístico. ELECTROHUILA S.A."E.S.P.", no será en consecuencia responsable de los accidentes que pueda sufrir el contratista, su personal o terceros en el curso de los trabajos o con ocasión de ellos.

22. El contratista deberá dotar a sus trabajadores de todos los elementos de protección personal que se requieren en atención a la naturaleza de los trabajos y de acuerdo a las especificaciones de ELECTROHUILA S.A."E.S.P.". Los vehículos, cualesquiera que sean sus características, que el contratista destine para el desarrollo de las actividades vinculadas a la prestación de servicios, deberán ser modelo igual o superior alaño2010, mantener el seguro obligatorio vigente y revisión técnica actualizada, certificada por un Centro de Diagnóstico Automotor autorizado. Así mismo deberán tener los elementos de seguridad exigidos por el Reglamento de Tránsito. Los vehículos usados para el desarrollo del trabajo objeto de esta Contratación deben identificarse con dos avisos ubicados en las puertas laterales del mismo o en un lugar visible, con las siguientes características:

Dimensiones: 60 X 30 cmsDatos: Nombre de la firma Contratista"Contratista ELECTROHUILA S.A.-E.S.P.

23. El contratista debe demostrar la disponibilidad de un sistema de información desarrollado en Oracle, Fox Pro, Access u otro gestor de base de datos mediante el cual controle la gestión de los trabajos realizados en cuanto a:

Manejo estadístico de las operaciones Manejo de personal (nómina) Facturación de actividades Intercambio de información en archivos planos con un formato definido por

ELECTROHUILA S.A.-E.S.P.. Generación de órdenes de ejecución de actividades y reportes de resultados.

24. El contratista se obliga y compromete a observar rigurosa confidencialidad con toda la documentación entregada por ELECTROHUILA S.A.-E.S.P., tanto de su propiedad, como de terceros, que hubieran podido servir de soporte en el estudio de otros documentos. Por ello, ninguno de los documentos podrá ser revelado total o parcialmente a terceros. Así mismo, el contratista se obliga a

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no publicar libros, artículos, dar charlas, conferencias o a realizar cualquier otra actividad que revele información facilitada por ELECTROHUILA S.A."E.S.P.", sin previo consentimiento por escrito de ésta. Este acuerdo de confidencialidad obliga al CONTRATISTA, no sólo durante la duración del Contrato con ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. sino hasta que dicha documentación se haya hecho pública sin restricción.

25. Suministrar en cantidad, calidad y tiempo los equipos, insumos, herramientas, recursos y materiales necesarios para la adecuada realización del contrato. Los insumos que suministre el CONTRATISTA serán de la mejor calidad, de manera que se asegure un óptimo servicio.

26. Suministrar el personal calificado requerido para responder integralmente por la óptima prestación del servicio, según las necesidades de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

27. Atender las recomendaciones de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., y las modificaciones que se deriven de la misma, cuando se desprendan acciones que están en contra de las obligaciones contractuales.

28. En el evento de producirse daños en bienes de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. y/o de terceros, derivados de actos u omisiones del CONTRATISTA, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. podrá hacer efectiva la responsabilidad de éste, debiendo sustituir o reparar los artefactos o elementos dañados a plena satisfacción del Cliente o en su defecto se descontará de cualquiera de los pagos que se le adeude, el valor de los daños causados.

29. Atender y reparar, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la comunicación por parte de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., cualquier falla que se presente en los equipos y/ó herramientas de su propiedad que puedan afectar el normal desarrollo de las actividades objeto del contrato. Vencido el plazo citado, sin que se hubiere puesto en funcionamiento, deberá reemplazarlo por uno de características iguales o superiores e idéntica o mayor capacidad.

30. No suspender la prestación del servicio durante los períodos de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos. En dichos períodos el CONTRATISTA podrá atender el servicio con listados u otros equipos de su propiedad, sin que se afecten las demás condiciones del mismo.

31. No podrá en ningún caso ejecutar actividades, servicios o labores para otras entidades o con fines diferentes a los estipulados en el contrato. Así mismo, no podrá emplear en ningún caso ni el personal, ni los equipos suministrados para la ejecución del contrato en otros fines diferentes al cumplimiento del mismo.

32. El personal del CONTRATISTA debe guardar discreción con la documentación que se le encomienda.

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33. Deberá cumplir todas las normas de seguridad indicadas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP y su incumplimiento será causal para la suspensión del trabajador por parte de la interventoría.

34. Informará a la interventoría acerca de cualquier accidente que ocurra en relación con la ejecución del contrato y que ocasione lesión a cualquier persona, o daño a la propiedad y en los casos de enfermedad profesional que ocurran por causa y con ocasión del contrato. el CONTRATISTA tendrá un plazo de veinticuatro (24) horas para reportar el informe de cada accidente de trabajo que ocurra en relación con las personas vinculadas al contrato, en el formato suministrado por la ARP a la que tiene afiliados sus trabajadores.

35. Los empleados del CONTRATISTA deben portar durante la jornada laboral el uniforme y la escarapela de identificación en lugar visible. De acuerdo a lo especificado en el manual de imagen física para contratistas.

36. EL CONTRATISTA proveerá todo el personal requerido para la ejecución de los trabajos, el que deberá cumplir con las exigencias de estos Pliegos de Condiciones con sus respectivas condiciones y especificaciones. Así mismo, tendrá que proveer los reemplazos correspondientes para las inasistencias y/o vacaciones con personal supernumerario.

37. El control y mal uso de las escarapelas serán de exclusiva responsabilidad del personal del CONTRATISTA y dará motivo para la aplicación de las penalidades que por tales anormalidades se contemplen. Cualquier problema originado por la no posesión de la escarapela, será de exclusiva responsabilidad y cargo del CONTRATISTA.

38. EL CONTRATISTA se obliga a hacer la devolución a la interventoría designada por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., de los carnés de identificación del personal que sea retirado o desvinculado del contrato, dentro un término no superior a las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la ocurrencia del retiro voluntario o desvinculación.

39. El CONTRATISTA será el responsable por el uso indebido de las dotaciones que mantenga en su poder el trabajador que sea retirado o desvinculado del contrato.

40. EL CONTRATISTA se obliga a mantener actualizada una base de datos que contenga la información básica del personal vinculado al contrato (Nombres y apellidos completos, número de documento de identificación, código de identificación interno, dirección de residencia, municipio, número telefónico, número celular, etc.), y a compartir y mantener informada sobre esta base de datos a la interventoría designada por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.. En los casos de retiro voluntario o desvinculación de personal vinculado al

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contrato, el CONTRATISTA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al evento, se obliga a informar a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. dichas novedades, para que esta proceda a actualizar los correspondientes registros.

41. EL CONTRATISTA deberá hacer entrega de la dotación a los trabajadores en los casos y oportunidad que determine la Ley y a todos los que participen en la ejecución del presente contrato, con las especificaciones de diseño y calidad que determine LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., dando estricto cumplimiento a las normas sobre seguridad industrial.

42. El CONTRATISTA deberá hacer entrega a su personal, de los elementos de protección personal de acuerdo a los riesgos específicos de la tarea u oficio a ejecutar, en materiales de buena calidad, que cumplan con las condiciones de seguridad y eficiencia, los cuales deberán ser repuestos cada vez que estos presenten deterioro o pérdida. Se partirá de la divulgación masiva de las normas y reglamentos relacionados con su utilización, la observancia de los procedimientos seguros de trabajo, el conocimiento de los riesgos en su oficio y, las exigencias y compromisos que le competen al trabajador respecto a la seguridad personal y colectiva. LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. estará plenamente facultada para efectuar las solicitudes, recomendaciones y requerimientos relacionados con la dotación y elementos de protección personal de los trabajadores que participen en la ejecución del presente contrato.

43. Los Empleados del CONTRATISTA deberán solucionar lo que esté a su alcance o reportar en la terminal portátil todas las novedades que en desarrollo de la operación se presenten en cada una de las acciones programadas diariamente por intermedio de las diferentes opciones de navegación que suministre la Terminal Portátil (indicadores de cambio, información técnica del elemento de medición, nuevas órdenes de trabajo, observaciones alfanuméricas).

44. Los Empleados del CONTRATISTA están obligados a recolectar y a informar por los medios dispuestos por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., acerca de la información que sea de interés particular para LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.. El CONTRATISTA en dichos eventos, a través del Coordinador General y Grupo de Supervisores se obliga a controlar para que la actividad se realice en términos de eficiencia y efectividad para LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

3.1.2 Medios de Transporte, Seguridad Industrial, Equipos, Herramientas y Elementos de Oficina

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Será por cuenta del contratista la adquisición y suministro de todos los medios de transporte a utilizar (vehículos - motocicletas), equipos y herramientas como pértigas, escaleras, atornilladores, alicates, pinza voltiamperimétrica digital, llave expansiva mediana y pequeña, cuchilla corrediza, bayetilla y otros elementos básicos o especiales en las cantidades necesarias que se consideren indispensables; elementos de oficina como computadoras, impresoras, papelería, implementos de computación, escritura y volantes en impresión tipográfica, etc. que sean requeridos para la ejecución normal de los trabajos contratados.

Los medios de transporte (vehículos - motocicletas) a utilizar en el desarrollo del contrato, si son de propiedad del contratista éste deberá acreditar dicha condición; en caso contrario si opta por la modalidad de alquiler, deberá suscribir el correspondiente contrato con la(s) persona(s) natural(es) o jurídica(s) que suministrará(n) dicho servicio, contrato(s) que deberá(n) ser firmado(s) por el Representante Legal del contratista. Ésta formalidad es requisito previo para dar inicio a la ejecución del contrato.

El contratista transportará a todo su personal cuando sea necesario por su cuenta y bajo su entera responsabilidad; en vehículos o motocicletas en buen estado de operación y que permitan a los ocupantes viajar sentados, según la reglamentación vigente del Ministerio de Transporte y del Instituto de Tránsito y Transporte - INTRA.

El contratista deberá disponer permanentemente como mínimo de un vehículo- camioneta doble cabina, modelo no anterior al año 2010 apropiada para la zona de influencia, para de manera continua y efectiva prestar apoyo en la ejecución de las diferentes actividades contratadas y en especial las acciones de gestión técnica de cartera. En general garantizar y atender eficientemente los requerimientos y eventualidades en el desarrollo del contrato.

El contratista deberá garantizar la implementación total del programa de salud ocupacional, el cual debe como mínimo contemplar los siguientes aspectos:

Subprograma de medicina preventiva y del trabajo Subprograma de seguridad industrial Subprograma de higiene industrial Funcionamiento del Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO Panorama de riesgos Cronograma de actividades y evaluación mensual.

Al inicio del contrato el contratista deberá garantizar el suministro total de los elementos de protección personal, que en cada sitio de trabajo sean inminentemente necesarios para salvaguardar la integridad del personal operativo y de apoyo. En consecuencia el contratista deberá proveer siempre al personal de la totalidad del equipamiento de seguridad que evite accidentes de trabajo, producto de la ejecución de las tareas necesarias y riesgos derivados de trabajos en instalaciones eléctricas, debiendo cumplir las mismas con las normas correspondientes a cada elemento de seguridad y adecuado a las tareas que realiza, de acuerdo a las especificaciones que para cada caso tenga estipulado ELECTROHUILA S.A."E.S.P.". Dado que el contratista involucra en su correspondiente propuesta los precios de los equipos, herramientas y elementos de seguridad, estos deben ser suministrados de manera oportuna y permanente por el contratista sin excusa alguna.

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Estos elementos deberán contar con el visto bueno de ELECTROHUILA S.A."E.S.P.", quienes de no estar de acuerdo podrán exigir su reemplazo. Hasta tanto no se haga efectivo ese reemplazo, no podrá iniciarse ningún tipo de trabajo. El contratista exonera a ELECTROHUILA S.A."E.S.P." de todo tipo de responsabilidad por el mal uso de los elementos de seguridad.

De manera indicativa se relacionan los elementos que fundamentalmente deben ser considerados: Pantalón azul sin metales (blue jean) y camisa sin metales (cada 4 meses), botas dieléctricas (cada 4 meses), casco dieléctrico con barbuquejo, chaleco reflectivo, botas de caucho pantaneras (según el caso y donde se requiera), sobretodo impermeable, monogafas filtro UV anti arco eléctrico, cinturón de seguridad, arnés de seguridad con faja, Eslinga de seguridad Pretales, Tercer pretal, linterna grande con batería, pértiga dieléctrica de secciones (de 3 mts o 6 mts según el caso y donde se requiera) y guantes dieléctricos adecuados para maniobrar instalaciones eléctricas en baja tensión (menor o igual a 1.000 voltios) y alta tensión (mayor a 1.000 voltios y menor o igual a 34.500 voltios). De todas formas los elementos de protección en cada lugar de trabajo, serán requeridos y exigidos por Electrohuila S.A. -E.S.P. de acuerdo a los posibles riesgos.

No obstante el contratista deberá suministrar la totalidad de equipos y elementos necesarios para la ejecución del contrato, por tanto en caso de ser insuficientes los equipos ofertados, será a riesgo del oferente y deberá incorporar los necesarios en caso de requerirlos.

Para la iniciación de la ejecución del contrato es condición de obligatorio cumplimiento que el contratista de manera efectiva haya suministrado a todo su personal los equipos, herramientas y dotación mínima que la ley exige necesarios para el desarrollo de las actividades encomendadas. Igualmente que estén debidamente afiliados al sistema de seguridad social y de pensiones.

El contratista se obliga a cumplir con las normas de seguridad Industrial vigentes y a atender las indicaciones de la Interventoría en este sentido.

3.1.3 MEJORAMIENTO TECNOLÓGICO

Durante el ejercicio del contrato ELECTROHUILA S.A. ESP podrá solicitar la incorporación de nuevos desarrollos tecnológicos, de equipos hardware o programas aplicativos software, para el mejoramiento del proceso comercial en el que se interviene conforme al objeto, como no es predictivo el desarrollo de la industria y la tecnología, el PROVEEDOR DEL SERVICIO evaluará, cuantificará e incorporará la solicitud, previa aceptación de la propuesta técnica y económica para ello se hará ajuste en el contrato

3.1.4 Inducción, capacitación y Reemplazo de Personal

Seleccionado el Contratista, ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. dictará capacitación al personal operativo y directivo sobre las acciones a ejecutar. Antes del inicio de ejecución del contrato todo el personal del contratista deberá recibir la debida inducción y capacitación por parte del contratista; para luego ser evaluado en forma oral y/o escrita por la Interventoría que finalmente definirá su aceptación o rechazo. En todo caso el contratista deberá garantizar que el personal que realizará las actividades objeto

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del contrato participe en la capacitación correspondiente, dejando como soporte el registro de la capacitación.

ELECTROHUILA S.A."E.S.P." coordinará con el contratista la capacitación a sus empleados sobre la adecuada atención al cliente, de tal forma que se garantice un óptimo y efectivo servicio de información, trato y manejo de las situaciones que en el terreno y oficina se pueden presentar.

El contratista impartirá capacitación referente a normas de salud ocupacional, seguridad industrial, procedimientos en caso de emergencia y manejo de situaciones difíciles a su personal, de igual forma deberá estructurar el Comité de Salud Ocupacional de acuerdo con las normas vigentes.

ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. se reserva el derecho de solicitar al Contratista el reemplazo del personal que a su juicio no cumpla con los requisitos para la ejecución del trabajo encomendado.

En este caso el Contratista deberá reemplazar al personal solicitado en un lapso no mayor de 48 horas, con una persona que tenga la experiencia y calidades profesionales mínimas exigidas; para lo cual deberá someterse al proceso de evaluación requerido por la Interventoría.7.5 CAPACITACIÓN

La capacitación (parte académica), será por cuenta de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., en condiciones que se definirá oportunamente y su duración aproximada será de dos (2) días. El costo del personal a utilizar en la prestación del servicio, que asista a la capacitación será por cuenta del CONTRATISTA (transporte, alimentación, hospedaje, etc.). Esta capacitación es obligatoria y LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Rechazará el personal que el CONTRATISTA utilice sin este requisito; LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., no hará ningún reconocimiento al contratista por el tiempo empleado en estos dos (2) días.

Una vez surtida la selección del personal que se capacitará y previo al inicio de la actividad, el CONTRATISTA deberá suscribir un documento de manifestación de voluntad con el aspirante, copia de la cual será entregada a la interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., en donde se deje constancia que, de manera voluntaria, el aspirante recibirá la capacitación específica, la cual en ninguna circunstancia implicará una relación laboral y mucho menos la causación y reconocimiento de prestaciones sociales a favor del aspirante con cargo al CONTRATISTA.

Adicionalmente y como requisito para participar en el proceso de capacitación se le debe exigir al aspirante que al momento de iniciar la capacitación, debe estar afiliado a la seguridad social, específicamente en salud.

La capacitación referente a normas de Seguridad, Salud Ocupacional y de su Sistema de Gestión de Calidad será responsabilidad exclusiva del CONTRATISTA. Este deberá capacitar a su personal para que conozca las exigencias del contrato respecto de las normas de seguridad, salud ocupacional y gestión de calidad, de manera que el personal que se vincule al contrato comprenda y atienda todas las medidas que en ese

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sentido se tomen, de acuerdo con lo prescrito en las normas existentes y las indicadas en el presente documento.

EL CONTRATISTA deberá aportar un número de personas para capacitar y entrenar superior en por lo menos un 10% al inicialmente requerido por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP para realizar la labor diaria, con el fin de poder evaluar y seleccionar aquellas que presenten mejor desempeño y asimilación de los conocimientos impartidos.

En los eventos de incremento de personal o para el inicio del contrato, el CONTRATISTA, podrá recurrir a la vinculación de personal externo disponible que actualmente se encuentra capacitado y calificado por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP para efectuar las labores operativas (suspensión y reconexión de instalaciones). Este personal deberá ser actualizado por el CONTRATISTA y autorizado previamente por la interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP antes de su vinculación definitiva al contrato, sin que requieran la capacitación completa.

En caso de que para el momento de la necesidad de incremento de personal, no haya personal capacitado en actividades operativas disponible, el CONTRATISTA, previo requerimiento escrito de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP deberá suministrar el personal necesario para iniciar el proceso de pre-selección, el cual será evaluado por la interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.. Una vez surtida la evaluación, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., enviaran al CONTRATISTA la relación de las personas que aprobaron la evaluación inicial, para que este continúe con su proceso interno de selección.

Una vez finalizado el proceso de selección objetiva por el CONTRATISTA, este enviará oportunamente a la interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., la relación de personas escogidas para iniciar el proceso de capacitación. La capacitación se realizará de tal forma que el personal seleccionado se considere apto para realizar las operaciones objeto del contrato.

LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Elaborará una programación en donde consten los contenidos del curso teórico - práctico y las fechas y horarios establecidos para cada una de las actividades.

LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP se reserva el derecho de realizar evaluaciones al personal de aspirantes para garantizar la apropiación de los contenidos impartidos. Al final del curso, se considera que aprobó la capacitación y queda apta para realizar las operaciones objeto del contrato, la persona que a lo largo de la actividad y una vez promediadas sus calificaciones obtenga una calificación superior a tres punto cero (3.0).

EL CONTRATISTA, durante el período de duración de la capacitación, a su cargo y con su personal, podrá implementar jornadas de retroalimentación al grupo de aspirantes para reforzar los conocimientos teórico-práctico adquirido, con miras a garantizar la adaptación laboral de estos, previa a su vinculación definitiva al contrato. Las sumas que se generen por concepto de gastos de desplazamiento alimentación y otros, en desarrollo de esta actividad complementaria a la capacitación, serán reconocidas por el CONTRATISTA a los aspirantes.

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La vinculación al contrato de actividades operativas, de las personas que aprobaron la capacitación, deberá hacerse siguiendo lo definido en los presentes Pliegos de Condiciones las normas que regulan el código sustantivo de trabajo en Colombia.

El Contratista será el único empleador de los trabajadores utilizados para la ejecución de las actividades contratadas y se compromete a cumplir respecto a ellos con todas las obligaciones y responsabilidades que le impone la ley.

El Contratista se obliga a presentar a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., en el momento en que ésta lo solicite, todos los documentos que acrediten fehacientemente su calidad de empleador directo de todas las personas que participan en las prestación de los servicios y su cumplimiento respecto de todas las disposiciones laborales, provisionales y tributarias que contempla la legislación vigente o las que más adelante entren en rigor y, en especial, de las relativas a protección por riesgos derivados de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales.

Entre los documentos que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP podrá exigir, están los siguientes: contratos de trabajo con sus dependientes, recibos de remuneración, planillas de pago de obligaciones legales, afiliación a entidades de seguridad social y seguros contra accidentes de trabajo, sin perjuicio de los demás que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP considere de interés.

3.1.5 CAPACITACIÓN COMPLEMENTARIA

Durante el desarrollo del contrato, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. en caso de ser necesario, impartirá la capacitación complementaria que se requiera para cada uno de los oficios, con el fin de mejorar el nivel de conocimientos tecnológicos y de servicio al cliente de los trabajadores del CONTRATISTA; por lo tanto, el CONTRATISTA deberá facilitar dicha labor. Esta capacitación complementaria no tendrá costo para el CONTRATISTA, pero deberá pagar los salarios, prestaciones sociales y aportes parafiscales correspondientes de los trabajadores, por lo tanto no habrá lugar a pagos adicionales por este concepto.

3.1.6 ENTREGA DEL TRABAJO

EL CONTRATISTA se compromete a cargar y descargar en sus sedes físicas la información en las terminales portátiles; recoger y entregar diariamente en las instalaciones de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP la información necesaria para la programación diaria del trabajo a ejecutar de las diferentes actividades objeto del contrato y a devolverlas el mismo día, en la forma que le indiquen LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP según sus necesidades administrativas.

EL CONTRATISTA tendrá presente en la preparación de la oferta las consideraciones del numeral RESPONSABILIDAD POR EQUIPO, HERRAMIENTAS Y MATERIALES.

3.1.7 ORGANIZACIÓN, DIRECCIÓN Y EJECUCIÓN

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EL CONTRATISTA será responsable de la organización, dirección y ejecución de los servicios y/o actividades objeto del contrato tanto en los aspectos técnicos como administrativos, para lo cual deberá vigilar que los trabajos se realicen de manera eficaz, eficiente y efectiva y de acuerdo con el programa de trabajo establecido; de utilizar personal calificado, capacitado y adecuado para el correcto desarrollo de los servicios y/o actividades objeto del contrato y controlar los criterios y técnicas empleadas de tal manera que los trabajos tengan la calidad y confiabilidad necesarias.

Además de las sanciones penales a que hubiere lugar, el CONTRATISTA será civilmente responsable de los perjuicios originados por el mal desempeño de sus funciones.

3.1.8 RESPONSABILIDAD POR PERJUICIOS, EQUIPOS, HERRAMIENTAS Y MATERIALES

EL CONTRATISTA será totalmente responsable de todos los daños, perjuicios, pérdidas, siniestros y lesiones por acción, retardo, omisión o negligencia, suya o de sus empleados o agentes de los equipos, herramientas y/o materiales suministrados por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Los servicios y/o actividades que sea necesario repetir por mala organización o negligencia del CONTRATISTA, o por no ajustarse a los requerimientos del contrato, así como los materiales y equipos entregados por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. a su cuidado y que resulten dañados o perdidos por causa diferente a fuerza mayor o caso fortuito, serán repetidos y repuestos por el CONTRATISTA a su costa y a satisfacción de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

EL CONTRATISTA, en caso de incidente o siniestro en relación con los bienes de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. puestos a su disposición, deberá presentar informe escrito a la interventoría del contrato, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la ocurrencia del hecho, en el que expresará en forma detallada las circunstancias de tiempo, modo y lugar que expliquen como ocurrió el siniestro del bien de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Si los hechos, motivo del incidente o siniestro derivan de un acto doloso o culposo de un tercero, el CONTRATISTA deberá adjuntar a su informe, copia de la denuncia de los hechos diligenciada ante la autoridad competente.

EL PROPONENTE a quien se le aceptare su oferta y que no logre constituir los seguros sobre los bienes que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. le entregue para su uso y, por tanto, se llegaren a hallar bajo su custodia, por el sólo hecho de presentar oferta se entiende que declara y directamente asume la responsabilidad por los daños o pérdidas que sufran los mencionados bienes. En consecuencia, asume la responsabilidad por la reparación o reposición de los bienes dañados o perdidos y, desde el mismo momento de la aceptación de su oferta, autoriza expresamente a LAELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., para descontar de cualquier saldo que exista a su favor, los dineros correspondientes a la reparación o reposición del bien o bienes afectados.

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Será responsabilidad del CONTRATISTA el cubrimiento del valor comercial de todos los bienes que resultaren afectados, salvo cuando se demuestre la fuerza mayor o el caso fortuito.

LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. podrá descontar de los pagos pendientes al CONTRATISTA, el costo de los daños y/o faltantes por los cuales no haya respondido.

EL CONTRATISTA será responsable por la pérdida o deterioro de las herramientas y equipos suministradas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. y deberá reponerlas o reemplazarlas por unas similares, en un término no superior a quince (15) días calendario. Tratándose de las terminales e impresoras portátiles, baterías recargables para los anteriores equipos, dicha reposición deberá contar con el aval técnico de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

EL CONTRATISTA será igualmente responsable por las terminales e impresoras portátiles y baterías recargables para los anteriores equipos, y demás elementos que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. suministra durante los períodos de capacitación del personal.

EL CONTRATISTA, deberá considerar lo preceptuado en el artículo 149 del Código Sustantivo del Trabajo, en relación con los descuentos, retenciones o deducciones que le es prohibido realizar a sus trabajadores.

En el evento que las labores operativas culminen antes de lo programado, el CONTRATISTA tendrá disponible su personal en el despacho del contrato durante la jornada para ejecutar labores adicionales de las especificadas en el ALCANCE DEL CONTRATO que le sean indicadas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

3.1.9 DISTRIBUCIÓN DEL RECURSO

La programación de las actividades, se cumplirá conforme a lo establecido por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP con relación a las acciones establecidas para cada ciclo así como los rendimientos diarios esperados en una jornada de 8 horas, conservando los niveles de calidad dentro de los estándares de servicio.

Las actividades operativas se ejecutarán normalmente en días hábiles, de lunes a sábado, teniendo en cuenta que de acuerdo con el número de días hábiles y el número de acciones puede haber algún(os) día(s) del mes en el(los) cual(es) no se realicen actividades, pudiendo LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP programar otras actividades operativas o dejar el personal a disposición del CONTRATISTA. En este último evento no se generará costo para LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Las suspensiones a realizar en cada uno de los municipios y/o corregimientos que componen una determinada región deben cubrirse en el lapso establecido por la programación conforme a la emisión de cada ciclo.

3.1.10 CAMBIOS EN LA ASIGNACIÓN DE RECURSOS EN LA OPERACIÓN

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Cuando LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Considere oportuno la creación de nuevas acciones que modifiquen las condiciones inicialmente establecidas que fueron tenidas en cuenta para la preparación de la oferta, se hará el reconocimiento correspondiente en el modelo de costos para recalcular el valor unitario ofertado.

Así mismo cuando por acciones de mejoramiento del proceso sea necesario disminuir las acciones realizar en razón a los cambios de periodicidad de mensual o bimestral según criterios de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. que implique la disminución del personal inicialmente contratado, se hará el ajuste en el modelo de costos para re calcular el valor unitario ofertado.

Los cambios que en razón de dichas mejoras se puedan generar serán previamente acordados y formalizados con el CONTRATISTA.

3.1.11 Identificación del Personal

El personal del contratista deberá contar con:

* Uniformes en los cuales aparezca claramente la identificación de la firma contratista y la leyenda "Contratista - ELECTROHUILA S.A.-E.S.P.

* Carné de doble faz que lo identifique como contratista y lo autoriza para ejecutar los trabajos contratados. Este debe portarse en un lugar visible, siempre que se adelanten actividades materia del contrato.

El contratista se obliga a mantener la identificación de sus trabajadores, para lo cual emitirá y suministrará los documentos que sean necesarios con base en las condiciones especificadas por ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. El contratista reportará a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. la entrega y restitución de carnés debidamente codificados y numerados.

3.1.12 Comunicación con la Interventoría

El contratista deberá garantizar una comunicación frecuente y efectiva con ELECTROHUILA a través de la Interventoría, Divisiones de Zona Neiva Norte, Zona Sur, Centro, Occidente y División Control Cartera, mediante el suministro de comunicación celular, acerca del desarrollo normal del contrato, los problemas operativos y administrativos que resulten y de sus soluciones adecuadas e inmediatas.

Lo anterior implica que el contratista deberá garantizar hacia su organización interior una comunicación permanente y efectiva mediante sistema celular que enlace cada grupo operativo con la oficina central y las zonas atendidas; al igual que el grupo supervisión.

En la propuesta se debe detallar la cantidad y características de los equipos de comunicación (celular) a utilizar, y la aplicación en cada actividad. Su costo debe reflejarse en los cuadros de análisis de valores unitarios. La omisión de presentación

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de esta información por parte del contratista seleccionado dará lugar a que ELECTROHUILA pueda exigir sin restricción los equipos necesarios para garantizar el normal desarrollo y cumplimiento de las actividades contratadas.(Ver anexo técnico y cuadro costos unitarios)

Para el normal funcionamiento de las labores a desarrollar en el objeto del presente contrato, es indispensable que el CONTRATISTA disponga de un sistema de comunicación para uso exclusivo de las actividades objeto del contrato, que incluya equipos para el supervisor, auxiliares-linieros, analistas de las zona sur, centro y occidente y la interventoría del contrato, en las cantidades señaladas en el cuadro modelo de costos El operador celular seleccionado por el CONTRATISTA deberá ser el de mayor cobertura en las regiones indicadas en el objeto del contrato, y que esté en capacidad de ofrecer planes para transmisión de datos y voz.

Los celulares que le sean asignados al personal operativo y otras actividades, podrán ser planes limitados prepago que permitan por lo menos establecer comunicación con la interventoría y/o la supervisión del contrato.

Los celulares que le sean asignados a los supervisores, coordinador e interventoría del contrato los planes deberán ser contemplados de tal forma que la comunicación Sea permanente (de entrada y de salida) y por lo tanto así estarán considerados para la determinación del valor unitario a ofertar.

Los equipos de comunicación para los linieros (18), auxiliares (28), supervisor (1), analistas de las zonas (4),Coordinador (1),deberán tener la opción de cámara fotográfica con el fin de recoger evidencias en terreno cuando sea necesario y pueda ser descargada a un computador.

EL CONTRATISTA deberá suministrar tres (3) equipos celulares para la interventoría del Contrato por parte de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., para desarrollar las labores inherentes al objeto del contrato y ésta se hará responsable del buen uso y manejo de los mismos.

Para la sede física del contrato, deberá estar dotada con los siguientes equipos:

Computador portátil Impresora Teléfono Conexión a Internet móvil Mesa de trabajo con sus respectivas sillas

Para efectos de implementar las innovaciones tecnológicas disponibles en cuanto a carga y descarga de datos vía Web, durante la ejecución del contrato la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP indicará al Contratista los requerimientos de comunicación necesarios para la transmisión de datos empleando la red del operador de Internet móvil, que permita la carga – descarga desde cualquier lugar. Cuando se haga necesario.

3.1.13 Recurso humano del contrato

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La estructura mínima requerida por ELECTROHUILA S.A. ESP es la considerada para la ejecución del contrato, ello no limita al proveedor a presentarla más amplia para asegurar el control y la eficacia de las actividades contratadas, si así lo considera.

3.1.14 Condiciones Contractuales, Salarios Mínimos, Prestaciones Sociales y Seguridad Social a Cargo del Contratista

El contratista suscribirá contratos laborales con el personal que ocupe en desarrollo del objeto del contrato, estableciendo su propio escalafón pero tomando en cuenta como base para el cálculo de sus costos y la discriminación de prestaciones sociales:

3.1.15 RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: PERSONAL, MATERIALES Y EQUIPOS

3.1.15.1 PERSONAL

El CONTRATISTA dispondrá de un (1) Coordinador regional que tendrá bajo su responsabilidad la administración, coordinación de las actividades objeto del contrato y representará al CONTRATISTA ante LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. En las diferentes zonas, para los diferentes asuntos objeto del presente proceso de contratación. Tendrán amplias facultades para decidir y resolver los problemas que se presenten. El eventual CONTRATISTA dispondrá de un (1) coordinador que tendrán bajo su responsabilidad la administración, coordinación de las actividades objeto del contrato y representarán al CONTRATISTA ante ELECTROHUILA, para los diferentes asuntos objeto del presente proceso de contratación. Tendrá amplias facultades para decidir y resolver los problemas que se presenten.

La programación diaria de actividades para el personal operativo será controlada y avalada a través del supervisor y los analistas en las zonas definidos para cada zona, esto es un analista para cada zona, buscando el equilibrio en la asignación de actividades al igual que la aleatoriedad, cuando sea del caso, en la designación del personal que va a ejecutar la labor.

EL CONTRATISTA, antes de designar el Coordinador, supervisor y nombrar al personal de supervisión, sus auxiliares y linieros/analistas necesarios para dar inicio a la ejecución del

Coordinador del Proyecto

Comité Paritario de Salud Ocupacional

Comité Paritario de Salud Ocupacional

SUPERVISOR Para todas las zonas (1)

Neiva Norte – Centro – Sur-

GRUPO OPERATIVOZona Neiva & Norte ------- 33 personasZona Sur -------- 5 personasZona Centro -------- 5 personas

Analistas de oficina Zona

Norte-Neiva-centro-sur-occidente (4)

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contrato, deberá presentar al interventor del contrato la hoja de vida del personal, su experiencia laboral y perfil así como los contratos de trabajo a celebrar, con el fin que sean objeto de aprobación por el interventor del contrato designado por ELECTROHUILA. Las hojas de vida deben propuestas deberán cumplir con los perfiles determinados en estos términos.

EL CONTRATISTA se obliga a mantener el orden y a emplear personal idóneo requerido, de forma tal que los trabajos se realicen de manera efectiva, eficiente y acorde con la técnica apropiada. Los supervisores deberán tener experiencia en el ramo de los servicios y/o actividades objeto del contrato (demostrada con la participación en contratos anteriores desempeñándose en actividades similares a las que realizarán en el presente contrato), con el fin que los servicios y/o actividades se lleven a cabo en forma efectiva y eficiente y se ejecuten de acuerdo a los lineamientos técnicos definidos.

Para cubrir las novedades diarias de personal (incapacidades, vacaciones, licencias, calamidades, entre otras), el CONTRATISTA deberá disponer de trabajadores supernumerarios para reemplazar las ausencias de personal. En todo caso EL CONTRATISTA, se obliga a mantener la planta de personal establecida para garantizar la ejecución de las diferentes actividades del contrato.

Todos los trabajadores serán de libre vinculación y/o desvinculación por EL CONTRATISTA y no adquieren relación laboral, administrativa, ni de alguna índole con ELECTROHUILA, por lo tanto corre a cargo de EL CONTRATISTA el pago de salarios, indemnizaciones, bonificaciones y prestaciones sociales a que ellos tengan derecho.

No obstante lo anterior, ELECTROHUILA podrá solicitar al CONTRATISTA en cualquier tiempo la suspensión temporal o la desvinculación definitiva de cualquier trabajador del CONTRATISTA cuando exista una acción demostrada que vaya en detrimento de la operación o de la imagen corporativa de ELECTROHUILA, sin que por ello adquiera obligación alguna con el trabajador o con EL CONTRATISTA.

Es entendido que EL CONTRATISTA está obligado a pagar a los trabajadores que utilice en la ejecución de las actividades objeto del eventual contrato que se celebre, el salario y las prestaciones sociales cotizadas y a cumplir en general lo dispuesto en la Ley 100 de 1993 y normas laborales vigentes a la fecha de su ejecución. El CONTRATISTA deberá incrementar los salarios de dichos trabajadores cada primero de enero en el porcentaje correspondiente al incremento anual del IPC calculado por el DANE a nivel nacional para el año anterior. Para efectos presupuestales y de oferta este incremento ha sido calculado en el 3% para los años 2011 (aplicable a 2012) y 2012 (aplicable a 2013) lo cual se ajustará una vez se conozca el resultado real.

EL CONTRATISTA deberá mantener oportuna, permanente y detalladamente informada a ELECTROHUILA de cualquier conflicto laboral, colectivo, real o potencial, en relación con el personal empleado en la ejecución del contrato y de cualquier otro hecho del cual tenga conocimiento que pueda afectar el desarrollo del contrato o la seguridad en el desarrollo de las actividades propias del mismo, de ELECTROHUILA, de sus empleados, o de sus bienes.

3.1.15.2 .REQUISITOS Y PERFIL DEL PERSONAL

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El personal requerido para la ejecución de las actividades de Gestión técnica de cartera, (suspensión, reconexión ,verificación, persuasión y/o novedad rural) debe tener las competencias requeridas que a continuación se relacionan:

Comunicación: Competencia basada en la transmisión e intercambio de información, conocimientos y experiencias, que lleve a la comprensión de los objetivos organizacionales y al fortalecimiento de las relaciones interpersonales.

Trabajo en Equipo: Competencia basada en la colaboración y participación de cada uno de los integrantes del equipo de trabajo con el fin de lograr un objetivo común para alcanzar las metas y objetivos organizacionales.

Orientación al Cliente: Competencia para identificar las necesidades del cliente interno/externo inherentes a la política y necesidades de servicio y superar sus expectativas.

Experticia técnica-profesional: Competencia para entender y aplicar los conocimientos, las experiencias propias y las destrezas personales en la labor encomendada, propendiendo a la constante actualización.

Estas competencias serán evaluadas al inicio de la contratación y en las auditorias programadas, la no conformidad que se evidencie dará lugar a la presentación de la acción correctiva por parte del proveedor en formatos del Sistema de Gestión de Calidad de ELECTROHUILA S.A. ESP.

El personal requerido para la ejecución de las actividades de suspensión, reconexión y persuasión rural, debe tener para dar inicio al contrato, la competencia requerida conforme se muestran en el siguiente cuadro de requerimientos mínimos, así:

COORDINADORFormación básica Título profesional en Ingeniería Industrial, administración de

empresas, contaduría, abogado, Ingeniería eléctrica y áreas afines a este proceso.

Experiencia Los Coordinadores deberán certificar que tienen como mínimo un (1) año de experiencia en administración de contratos, en labores de cartera.

Conocimientos directos

Administración del talento humano.Estadística básica.Manejo de herramientas informáticas (Office).

Acreditación experiencia laboral

Adjuntar certificación en papel membrete de la empresa empleadora, firmada por la persona autorizada, en la cual deben aparecer el nombre completo, cargo, funciones que desempeñó, fecha de inicio y culminación de las mismas (Día, mes, año)

Acreditación formación básica

Adjuntar copia del diploma y/o acta de grado. Los estudios realizados en el exterior deberán estar debidamente convalidados ante el ICFES o el Ministerio de Educación en Colombia y el aspirante al cargo deberá presentar la respectiva documentación que lo soporte.

SUPERVISORFormación básica Titulo Tecnólogo o seis (6) semestres de estudios superiores en

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áreas relacionadas con la administración o la ingeniería u homologación CAP en electricidad o Administrativa.

Experiencia El Supervisor deberá certificar que tienen como mínimo un (1) año de experiencia en actividades de suspensión y reconexión de servicios públicos domiciliarios.

Conocimientos directos

Manejo de terminales portátilesConocimiento en suspensión y reconexionesConducción de motocicletaAdministración del talento humano.Estadística básica.Manejo de herramientas informáticas (Office).Facilidad de expresión oral y escrita.

Conocimientos complementarios

Conocimiento y manejo de nomenclatura urbana y rural.Aplicación de causas de no lectura, observaciones a consumo criticado, observaciones adicionales, información técnica de las instalaciones.Conducción de motocicleta acreditada con licencia correspondiente

Acreditación experiencia laboral

Adjuntar certificación en papel membrete de la empresa empleadora, firmada por la persona autorizada, en la cual deben aparecer el nombre completo, cargo, funciones que desempeñó, fecha de inicio y culminación de las mismas (Día, mes, año)

Acreditación formación básica

Adjuntar copia del diploma y/o acta de grado. Los estudios realizados en el exterior deberán estar debidamente convalidados ante el ICFES o el Ministerio de Educación en Colombia y el aspirante al cargo deberá presentar la respectiva documentación que lo soporte.

Otros Capacidad de liderazgo.Excelentes relaciones humanas.Buen manejo de normas y valores.Buena presentación personal

LINIEROFormación básica Técnico en electricidad de cualquier institución educativa

acreditada ante el Ministerio de Educación Nacional, bachiller técnico con énfasis en electricidad o que acredite como mínimo ciento veinte (120) horas en estudios básicos de electricidad

Experiencia Los Linieros deberán certificar que tienen como mínimo un (1) año de experiencia en actividades de suspensión y reconexión.

Conocimientos directos

Conducción de motocicleta acreditada con respectiva licenciaServicio al cliente.Electricidadmanejo de terminales portátilesConocimiento y manejo de nomenclatura urbana y rural

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captura de registros fotográficosConocimientos complementarios

Manejo de herramientas informáticas (Office).

Acreditación experiencia laboral

Buena formación humanística.Excelentes relaciones humanas. Excelente nivel de concentración. Buen manejo de normas y valoresBuena presentación personal.

Acreditación formación básica

Adjuntar copia del diploma y/o acta de grado. Los estudios realizados en el exterior deberán estar debidamente convalidados ante el ICFES o el Ministerio de Educación en Colombia y el aspirante al cargo deberá presentar la respectiva documentación que lo soporte.

Otros Capacidad de liderazgo.Excelentes relaciones humanas.Buen manejo de normas y valores.Buena presentación personal

AUXILIARFormación básica Técnico en electricidad de cualquier institución educativa

acreditada ante el Ministerio de Educación Nacional, bachiller técnico con énfasis en electricidad o que acredite como mínimo ciento veinte (120) horas en estudios básicos de electricidad

Experiencia No se requiere experiencia.Conocimientos directos

Conducción de motocicleta acreditada con respectiva licenciaServicio al cliente.Electricidadmanejo de terminales portátilesConocimiento en suspensión y reconexionescaptura de registros fotográficos

Conocimientos complementarios

Manejo de herramientas informáticas (Office).

Acreditación experiencia laboral

Buena formación humanística.Excelentes relaciones humanas. Excelente nivel de concentración. Buen manejo de normas y valoresBuena presentación personal.

Acreditación formación básica

Adjuntar copia del diploma y/o acta de grado. Los estudios realizados en el exterior deberán estar debidamente convalidados ante el ICFES o el Ministerio de Educación en Colombia y el aspirante al cargo deberá presentar la

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respectiva documentación que lo soporte.Otros Capacidad de liderazgo.

Excelentes relaciones humanas.Buen manejo de normas y valores.Buena presentación personal

ANALISTAFormación básica Titulo Tecnólogo o seis (6) semestres de estudios

superiores en áreas relacionadas con la administración, contaduría o la ingeniería u homologación CAP en electricidad o Administrativa

Experiencia Como mínimo seis (6) meses en gestión de cartera o análisis de costos o estadísticos.

Conocimientos directos

Servicio al cliente.Sistemasanálisis de estadísticas

Conocimientos complementarios

Manejo de herramientas informáticas (Office).

Acreditación experiencia laboral

Buena formación humanística.Excelentes relaciones humanas. Excelente nivel de concentración. Buen manejo de normas y valoresBuena presentación personal.

Acreditación formación básica

Adjuntar copia del diploma y/o acta de grado. Los estudios realizados en el exterior deberán estar debidamente convalidados ante el ICFES o el Ministerio de Educación en Colombia y el aspirante al cargo deberá presentar la respectiva documentación que lo soporte.

Otros Capacidad de liderazgo.Excelentes relaciones humanas.Buen manejo de normas y valores.Buena presentación personalExperticia técnica profesional

HOMOLOGACIÓN DEL PERFIL: LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP podrá a su criterio cuando lo considere conveniente para el normal desempeño de las labores a ejecutar, homologar la formación básica presentando certificación de experiencia específica en actividades objeto del contrato así: tres años de experiencia específica en las labores del cargo por la tecnología, y dos años para el personal operativo. En todo caso, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP aprobará previamente la vinculación laboral del personal al respectivo contrato, mediante la verificación de sus competencias para desempeñar las labores del cargo.

Para la realización de las actividades objeto del contrato, EL CONTRATISTA utilizará en lo posible, la oferta laboral de la región, con el fin de promover la prioridad de

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contratación de personal y adquisición de bienes y servicios en las zonas de influencia del contrato, teniendo presente que sean vinculadas personas de otras regiones solo cuando se haya agotado la mano de obra local o se requiera de un nivel técnico que no exista en la zona.

El personal operativo deberá poseer licencia para conducción de moto y estar vigente al iniciar el contrato, la cual se debe mantener actualizada durante la ejecución del mismo.

El CONTRATISTA, en su proceso de selección, vinculará de manera preferencial al personal que ejecutará la operación tanto de suspensión, reconexión, verificación, persuasión y/0 novedad del servicio de Energía, a aquellos en cuyo perfil se indique de que hubieren adelantado cursos en temas relacionados con la energía eléctrica, sean técnicos, o cursos de mediana duración certificados por una institución de educación no formal avalada por el Ministerio de Educación o ICFES con al menos 120 horas de duración.

El personal vinculado para cumplir las actividades objeto del contrato tendrá el carácter de polivalentes y por lo tanto podrán desempeñarse en las actividades de suspensión, reconexión, verificación, persuasión y/o novedades de acuerdo con las necesidades de la Empresa.

3.1.15.3 PERSONAL REQUERIDO Y PROGRAMACIÓN DEL TRABAJO

Para el inicio EL CONTRATISTA, presentará los recursos señalados en su oferta, los cuales corresponden a los considerados en el modelo de costos (Anexo ), esto corresponde a:

ACCIONESSUPERVISOR TOTAL CONTRATO

LINIEROS AUXILIARESRECURSO HUMANO URBANO-PIN

1

0 8RECURSO HUMANO URBANO-POSTE-VERIFICACION 8 8RECURSO HUMANO RURAL 7 7RECURSO HUMANO RURAL-SITIO RETIRADO 3 3RECURSO HUMANO PARA NOVEDADES 0 2

TOTAL 1 18 28

Durante el período de ejecución del contrato, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., de acuerdo a la demanda de operaciones que en su momento se presenten, podrá solicitar al CONTRATISTA, incrementar o disminuir los recursos requeridos, tanto en personal como en vehículos, para ello los costos totales se recalcularán incluyendo los nuevos recursos, y por ende se obtendrá un nuevo precio unitario por acción.

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Con respecto a la programación del trabajo, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP entregará al CONTRATISTA una programación mensual del cronograma de suspensión, la cual será ajustada cuando la necesidad lo exija durante la ejecución Como plan de contingencia del proceso, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. así como entregara a la emisión de cada ciclo las cuentas objeto de intervención del mismo modo que durante el mes se entregaran cuentas para verificación.

ROL DEL COORDINADOR

El Coordinador General del contrato deberá coordinar, diseñar e implementar métodos, controles periódicos y sistemas de trabajo que conlleven al cabal cumplimiento del objeto del contrato por parte del personal designado a la operación, los cuales deberán ser informados a la empresa. El Coordinador General del CONTRATISTA, tendrá asignado bajo su responsabilidad el grupo específico de funcionarios operativos, a los cuales realizará seguimiento y medición mensual, de acuerdo a los métodos de trabajo e indicadores de gestión que se definan. De igual manera, será responsable de realizar las jornadas de retroalimentación al personal operativo que tenga asignado, para garantizar el mejoramiento continuo de las actividades objeto del contrato, entregar la información y reporte del análisis periódico de las acciones objeto del contrato

El Coordinador General estará ubicado en Neivacon cobertura en los municipios de la zona, y tendrá a su cargo entre otras, las siguientes actividades:

Mantendrá una estrecha relación con el interventor del contrato o su delegado en las zonas y reportará al mismo las novedades encontradas en la operación de las actividades objeto del contrato.

Será el encargado de presentar a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., cada mes cumplido, para aprobación y trámite las actas de ejecución de las actividades objeto del contrato.

Respaldará la operación, coordinando la ejecución de actividades suspensión, reconexión novedades y/o persuasión de cartera cuando por necesidades del servicio lo exijan, y de todas aquellas actividades objeto del contrato que así lo ameriten.

Coordinará de manera permanente que las actividades programadas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. se cumplan conforme a la agenda oficial de facturación y de suspensión y velará porque las mismas, se cumplan dentro de las fechas y los estándares de servicio establecidos por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Le corresponderá por lo tanto:

Consolidar y emprender las acciones de mejoramiento conforme a las exigencias del contrato, al reporte de observaciones y novedades encontradas durante las acciones desarrolladas y presentar informes periódicos de manera oportuna a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., según lo establezca el interventor. Realizar gestión investigativa a las quejas presentadas por los clientes por posibles irregularidades en la realización de las actividades y presentar el informe

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formal del resultado a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. y proponer las acciones correctivas a que haya lugar. . Velar porque los procedimientos establecidos por las Empresa se cumplan de acuerdo con lo estipulado en estos Pliegos de Condiciones con sus respectivas condiciones y especificaciones. Coordinar con los supervisores asignados las acciones de mejoramiento en el diseño de las acciones y proponer las diferentes alternativas de mejora que considere de acuerdo a situaciones encontradas en terreno. Velar por el cumplimiento e Implementar los programas de salud ocupacional y seguridad industrial con las cuadrillas bajo su responsabilidad diseñados por EL CONTRATISTA y proponer las acciones de mejoramiento a que haya lugar. Estar vigilante de los eventos que por acción u omisión por parte del personal a su cargo puedan afectar a terceros. Velar por el correcto desarrollo del contrato. Presentar informes ante la ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A E.S.P

El CONTRATISTA a través del coordinador, deberá elaborar e implementar indicadores de eficacia y efectividad que permitan realizar la medición y el seguimiento permanente de la productividad de este personal, en relación con el cumplimiento de las tareas encomendadas. El CONTRATISTA, se obliga a enviar a la interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP los resultados mensuales consolidados de dicha actividad de medición y seguimiento, así como los planes de acción que deberán considerar como oportunidades de mejora en el plan de calidad asociado a este proceso de contratación.

PROHIBICIONES AL COORDINADOR:

Ejecutar labores administrativas propias del contratista, como: compra de dotación y/o equipos, pago de nómina, afiliaciones, pago de seguridad social, y similares. Estas labores administrativas debe efectuarlas directamente el contratista o por medio de una persona que éste delegue diferente al personal vinculado al contrato aquí establecido.

ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL SUPERVISOR

El Supervisor, conjuntamente con el Coordinador del contrato deberán implementar métodos, controles periódicos y sistemas de trabajo que conlleven al cabal cumplimiento del objeto del contrato por parte del personal designado a la operación, los cuales deberán quedar claramente explicitados.

El personal de supervisión tendrá bajo su responsabilidad el control y vigilancia de los operarios asignados en el terreno, y por lo tanto no será admisible para la interventoría del contrato, que este personal asuma labores administrativas que EL CONTRATISTA pueda asumir con auxiliares de oficina u otro personal de apoyo.

El supervisor del CONTRATISTA, tendrá asignado bajo su responsabilidad un grupo específico de funcionarios operativos, a los cuales realizará seguimiento y medición mensual, de acuerdo a los métodos de trabajo e indicadores de gestión que se definan. De igual manera, será responsable de realizar las jornadas de retroalimentación al personal operativo que tenga asignado, para garantizar el mejoramiento continuo de las actividades objeto del contrato.

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La interventoría de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Podrá solicitar al CONTRATISTA la asignación de tareas de ejecución en terreno de verificaciones al personal que conforma su grupo de supervisión, como control posterior de las actividades realizadas por los trabajadores del CONTRATISTA. En el mismo sentido, podrán asignarse revisiones especiales que por el grado de complejidad y de confidencialidad requieran realizarse por este personal de confianza.

Mantendrá una estrecha relación con el interventor del contrato o su delegado en la zona y reportará al mismo las novedades encontradas en la operación de las actividades objeto del contrato.

Respaldará la operación, ejecutando actividades de la suspensión, reconexión, verificación, persuasión y/o novedades cuando por necesidades del servicio lo exijan, y de todas aquellas actividades objeto del contrato que así lo ameriten.

Velará que las actividades programadas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. se cumplan conforme al cronograma de suspensiones y los estándares de servicio establecidos por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Le corresponderá por lo tanto, garantizar:

Que las personas encargadas Carguen y descarguen la información en las terminales portátiles. Consolidar el reporte que los analistas hagan de observaciones y novedades encontradas durante las acciones e informar de ello de manera oportuna a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP o al coordinador del contrato para que este lo reporte Ejecutar el trabajo en la forma estipulada. Propender porque se efectúen correctamente las suspensiones, las

reconexiones, el diligenciamiento de actas de visita , del acta de reconexion, así como la labor de persuasión.

Realizar gestión investigativa en los sitios donde se presenten quejas de los clientes por posibles irregularidades en la realización de las actividades.

Velar porque los procedimientos establecidos por las Empresa se cumplan de acuerdo con lo estipulado en estos Pliegos de Condiciones con sus respectivas condiciones y especificaciones Las demás actividades determinadas en estos Pliegos de Condiciones, en la propuesta y en los procedimientos. Apoyar la gestión de mejoramiento de acciones y proponer las diferentes alternativas de mejora que considere de acuerdo a situaciones encontradas en terreno. Velar por el cumplimiento de los programas de salud ocupacional y seguridad industrial con las cuadrillas bajo su cargo diseñados por EL CONTRATISTA Estar vigilante de los eventos que por acción u omisión por parte del personal a su cargo puedan afectar a terceros. Velar por el correcto desarrollo del contrato.

ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL ANALISTA DE LAS ZONAS

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Cargue y descargue de la información en las terminales portátiles y puede apoyarse en esta función en el auxiliar. Consolidar el reporte de observaciones y novedades encontradas durante las acciones e informar de ello de manera oportuna a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.. Ejecutar el trabajo en la forma estipulada. Propender porque se efectúen correctamente las suspensiones, las

reconexiones, el diligenciamiento de actas de visita así como la labor de persuasión.

Realizar gestión investigativa en los sitios donde se presenten quejas de los clientes por posibles irregularidades en la realización de las actividades.

Velar porque los procedimientos establecidos por las Empresa se cumplan de acuerdo con lo estipulado en estos Pliegos de Condiciones con sus respectivas condiciones y especificaciones Las demás actividades determinadas en estos Pliegos de Condiciones, en la propuesta y en los procedimientos. . Apoyar la gestión de mejoramiento de acciones y proponer las diferentes alternativas de mejora que considere de acuerdo a situaciones encontradas en terreno. Velar por el cumplimiento de los programas de salud ocupacional y seguridad industrial con las cuadrillas bajo su cargo diseñados por EL CONTRATISTA Presentar informes al coordinador.

ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL LINIERO

Además de las funciones que le corresponden como Liniero en cuanto a su desempeño diario, le corresponde también apoyar las labores operativas de los supervisores del contrato en el terreno en los casos en que se requiera y específicamente en:

Carga y descarga de terminales portátil en la sede del CONTRATISTA o la sede de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. Implementar conjuntamente con el supervisor métodos, controles periódicos y sistemas de trabajo con el fin de cumplir el objeto del contrato en términos de oportunidad y calidad Entrega y recepción del trabajo diario a cada los auxiliares para su desarrollo en conjunto, previa programación efectuada por el supervisor Realizar revisiones específicas programadas por EL CONTRATISTA o por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

ROLES Y RESPONSABILIDADES DEL AUXILIAR

Además de las funciones que le corresponden como Auxiliar en su desempeño diario, le corresponde:

Conducir la motocicleta y/o Vehículo automotor montado sobre cuatro ruedas para el desarrollo de las actividades objeto de este contrato.

Recepción del trabajo diario para su desarrollo, previa programación efectuada por el supervisor o por el analista.

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Realizar revisiones específicas programadas por EL CONTRATISTA o por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.

Entrega de información a Supervisor o Analista según sea el caso.

3.1.16 SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES

El CONTRATISTA se compromete a pagar al personal encargado de la ejecución de este contrato, el salario y las prestaciones sociales cotizadas, que están incluidos en el modelo de costos previsto en estos Pliegos de Condiciones.

Como se trata de un trabajo calificado, el salario del personal deberá ser como mínimo el siguiente:

Liniero 1.6 SMLMV mas auxilio de transporte

Auxiliar Terreno 1.3 SMLMV mas auxilio de transporte

Supervisor 2.2 SMLMV

Coordinador * 2.7 SMLMV

Calidad y salud Ocupacional *

2.0 SMLMV

Analistas de Oficina* 1.6 SMLMV mas auxilio te trasporte

Auxiliares Oficina * 1.2 SMLMV mas auxilio te trasporte

*Los costos del personal administrativo de apoyo, de oficina u otro personal que se requiera para la labor administrativa del contrato, se incluirán en los costos del Personal administrativo o de apoyo del modelo de costos (Anexo ) hoja “Valor Unitario”.

3.1.16.1PERNOCTADAS Y ALIMENTACIÓN PARA LOS SITIOS RETIRADOS EXPRESADOS TAXSATIVAMENTE EN EL MODELO DE COSTOS Y EN EL ANEXO TECNICO

Por las características de la región y por la conformación de las acciones de suspensión en el área rural el personal que labora en estos municipios debe efectuar desplazamientos programados y pernoctar según las necesidades operativas de cada zona, por lo anterior el CONTRATISTA deberá tener en cuenta en el momento de preparar su oferta el costo correspondiente a alimentación y hospedaje según la frecuencia que se indica en los archivos que suministra LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP con los Modelos de Costos , los cuales deberán ser reconocidos a su personal a las tarifas indicadas en su oferta.

Para el caso de las pernoctadas y/o viáticos por alimentación generados por el supervisor operativo y por todo el personal del CONTRATISTA, en sus actividades normales y en sus actividades de control y seguimiento a su personal, verificación a las

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cuadrillas, o por desplazamientos solicitados por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., serán a costa del CONTRATISTA.

En el modelo de costos, el proponente indicará el costo mensual que se cause por concepto de las pernoctadas del personal en las acciones diferentes a las de la sede habitual, acorde con las tarifas ofrecidas en cada región.

El número de pernoctadas que se indican en el modelo de costos son un referente que el CONTRATISTA tendrá en cuenta para la preparación de su propuesta, las mismas han sido estimadas por parte de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., de acuerdo con el conocimiento operativo de las regiones y de las acciones mensuales de suspensiones, reconexiones, y/o persuasión y novedades de la zona rural, señaladas en el cuadro de costos

El valor de las pernoctadas ofertadas, en todo caso no podrá ser inferior a diez y seis mil pesos ($16.000) y el reconocimiento por cada alimentación no podrá ser inferior a cinco mil pesos ($ 5.000), sumas que serán canceladas en igual cantidad al auxiliary liniero que las causó.

3.1.17 MATERIAL EQUIPOS Y HERRAMIENTAS

Los materiales que el CONTRATISTA emplee en la ejecución de los trabajos que se le encomienden deberán ser de primera calidad en su género y para el fin a que se les destine.

Cuando lo prevean los documentos del contrato o cuando LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. lo solicite, el CONTRATISTA someterá a la aprobación pertinente los materiales y elementos que vaya a emplear en los trabajos objeto del contrato. Cuando el CONTRATISTA emplee en la ejecución de los trabajos materiales y elementos sin dicha aprobación, éstos podrán ser rechazados y EL CONTRATISTA deberá tomar las medidas para la corrección correspondiente, dentro del plazo que se fije para ello.

El CONTRATISTA deberá mantener los equipos y herramientas en la mejor forma posible, con el objeto de evitar demoras o interrupciones debidas a daños frecuentes de los equipos.

Las herramientas deberán ser utilizadas para las funciones propias para las cuales fueron diseñadas y no deberán manipularse para realizar funciones propias de otras herramientas.

1. EL PROPONENTE deberá ceñirse al listado mínimo de herramientas, relacionadas en el cuadro anexo para cumplir las funciones asignadas al personal operativo. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA

3.1.18 TRANSPORTE

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El personal de Supervisión, auxiliar y liniero, deberá estar dotado de su respectiva motocicleta y disponibilidad de conducción y en la componente del costo, TRANSPORTES Y VIÁTICOS del Anexo , el proponente indicará el costo valor/día por concepto de las motocicletas destinadas para la operación (se incluye en este costo lo correspondiente a combustibles, lubricantes, equipos de protección personal y demás gastos que ocasione el vehículo, incluyendo los costos de los vehículos que sean de su propiedad y que sean asignados a la operación del presente contrato, los cuales deberá hacer constar con la matrícula de propiedad a nombre de la empresa contratante, dicho certificado hará parte de los documento de la propuesta.

Las motos para las labores operativas deberán tener un cilindraje mayor o igual a 125 c.c., tipo Cross, cuatro (4) tiempos, aptas para trabajo en terrenos urbanos y rurales (doble-propósito), modelo 2010 en adelante.

El CONTRATISTA deberá garantizar el funcionamiento continuo de las motocicletas y su reemplazo oportuno en caso de presentarse avería o que no pueda ser utilizada por cualquier razón, para cada una de las motocicletas que pudiera presentar inconvenientes y se deberá tener un plan de contingencia para reemplazar parcial o definitivamente dicha motocicleta.

En caso de ser necesario, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP efectuará por intermedio del interventor, las inspecciones a las motocicletas de acuerdo a la frecuencia que se defina, ó cuando a su criterio lo considere oportuno, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP a través del interventor del contrato, solicitará periódicamente la documentación que certifique la condición mecánica y estado de conservación general de los vehículos utilizados por el CONTRATISTA en la prestación del servicio contratado. Si el resultado de las certificaciones no es satisfactorio y/o se encuentran vehículos con observaciones, se informará al CONTRATISTA el plazo para su normalización; de ser necesario, por la gravedad de las deficiencias encontradas, el vehículo con observaciones podrá ser suspendido, plazodurante el cual no podrá ser interrumpido el servicio Como parte de las actividades propias de la interventoría, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP. a través del Interventor del Contrato, solicitará semestralmente al CONTRATISTA el correspondiente certificado de la revisión técnico mecánica y de gases de cada uno de estos vehículos, con el fin de verificar las condiciones mecánicas y estado de conservación de las mismas.

El CONTRATISTA se obliga a vigilar que las personas que conducen motocicletas (Supervisores, Auxiliares y Linieros) y vehículos para la ejecución de las actividades del contrato, posean y tengan actualizada sus licencias de conducción, así como los seguros obligatorios (SOAT) y la revisión técnica mecánica y de gases o cualquiera otra documentación o requisito exigido por las autoridades de Tránsito y Transporte.

En el evento que la motocicleta sea de propiedad del liniero, auxiliar y supervisor, el valor cotizado deberá ser reconocido a su propietario sin que esta haga parte constitutiva del salario.

En la hoja “Recursos” del modelo de costos (Anexo ) se indica el número de días promedio de utilización motos al mes, así como la destinación del personal de supervisión, datos éstos, estimados de acuerdo con la experiencia operativa de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP.., indicados en los cuadros del Modelo de

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Costos (Anexo ). Sin embargo en la liquidación mensual, solo se pagará la cantidad realmente causada.

3.1.19 SEDE DE OPERACIONES

Los municipios y/o localidades donde se realizarán las actividades objeto de la contratación han sido agrupados teniendo en cuenta el esquema y la conformación de la empresa el cual es por zonas y distribuidos por ciclos.

El CONTRATISTA tendrá en cuenta que la sede de operaciones, es el lugar geográfico señalado como referente de trabajo para establecer las pernoctadas y reconocimiento por alimentación en las condiciones señaladas en estos términos de referencia.

Necesariamente se deberán reconocer las eventuales horas extras, recargos nocturnos, dominicales y/o festivos, compensatorios, etc., que se requieran para prestar en forma adecuada, oportuna y efectiva los servicios requeridos.

En la liquidación de las prestaciones sociales (Primas, vacaciones, etc.) el Contratista deberá reconocer los valores proporcionales a cualquier tiempo trabajado por los trabajadores destinados a la prestación de los servicios.

Es de resaltar que éstos sueldos y salarios mínimos son diseñados para que el oferente pueda seleccionar el perfil, la experiencia y la capacidad profesional del personal que nomine para el objeto de la presente invitación pública. En el caso de establecerse durante la evaluación reconocimiento inferior a los salarios mínimos señalados en este numeral, la propuesta será desestimada.

El contratista con cada uno de los trabajadores que vincule para efectos de iniciar la ejecución de las actividades contratadas, obligatoriamente deberá formalizar por escrito el correspondiente contrato laboral individual, el cual deberá estar suscrito por las dos partes. El Representante Legal del contratista no podrá delegar en tercera persona la firma del contrato laboral y el mismo deberá suscribirse como requisito previo para dar inicio al desarrollo del término contractual. Para estos efectos ELECTROHUILA no aceptará modalidades de contratación diferentes a la directa entre el contratista y cada trabajador, en los términos ya señalados. Los contratos laborales no deberán contener en su texto relaciones contractuales diferentes a la laboral.

Desde el inicio, durante su desarrollo y hasta la terminación del contrato, el contratista se obliga a mantenerse a paz y salvo en el pago de salarios correspondientes y al día en el cumplimiento de sus obligaciones en materia de Seguridad Social y Parafiscales. Lo anterior significa cancelar a todos sus trabajadores los sueldos, bonificaciones y demás obligaciones laborales, a más tardar el día treinta (30) de cada mes. Cuando dicha fecha corresponda a un día sábado, domingo, festivo o esté declarada por la autoridad competente la no prestación de servicio bancario, deberá prever lo pertinente para realizar el pago el día hábil inmediatamente anterior, es decir siempre como lo exige ELECTROHUILA deberá asegurar oportunamente la remuneración a todo el personal vinculado para el desarrollo de las actividades contratadas. Igual proceder debe mantener con las demás obligaciones que adquiera con terceros en virtud de la ejecución del contrato.

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Finalizado cada mes de operación (día 30) el contratista debe reportar a ELECTROHUILA a través de la Interventoría dentro de los siguientes seis (6) días calendario y once (11) días calendario la relación completa de la nómina correspondiente al mes inmediatamente finalizado, donde conste su pago a cada trabajador; e igualmente la relación de obligaciones parafiscales y novedades de carácter laboral (vinculaciones y desvinculaciones) y relacionadas con suministro de transporte respectivamente. Al respecto ELECTROHUILA establecerá la información a reportar que permita de manera oportuna ejercer el respectivo control y verificación del cumplimiento de éstas obligaciones.

El contratista deberá considerar dentro de su oferta que para la afiliación del personal a la Administradora de Riesgos Profesionales - ARP, todos los trabajadores de carácter operativo (supervisores, técnicos electricistas, auxiliares electricistas, y otros) se clasifiquen en categoría cuatro (4) y todo el personal de apoyo y oficina se clasifique en categoría uno (1) conforme al Decreto 1295 de 1994 y en consecuencia se apliquen las tablas establecidas en el Decreto Reglamentario 1772 de 1994

El Contratista será responsable como único patrono, de los salarios, prestaciones sociales y mantendrá al día y disponibles para la inspección de ELECTROHUILA S.A.-E.S.P. a través de la Interventoría de todos los documentos que la Empresa requiera para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de toda la legislación laboral existente en el momento de esta Invitación pública. Al finalizar el contrato o al momento del retiro de cualquier trabajador individual o colectivamente al servicio del contratista, éste deberá efectuar la liquidación a que tenga derecho el trabajador por

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concepto de prestaciones sociales y remitirá al interventor la liquidación recibida a satisfacción por el trabajador y conforme a la Ley.

El contratista se obliga a pagar a sus empleados el salario y las prestaciones sociales ofertadas e igualmente está obligado a efectuar todos los pagos por concepto de aportes a la Seguridad Social (EPS, ARP, AFP), SENA, ICBF, Subsidio Familiar, Subsidio de Transporte. El contratista suministrará fotocopias de los comprobantes de pago a la Seguridad Social (EPS, ARP, AFP), Caja de Compensación, SENA e ICBF, nómina para tramitar la cuenta para pago.

En consecuencia el contratista se obliga a dar completa y puntual observancia a todas las obligaciones de carácter administrativo, fiscal o laboral que le sean exigidos para la formalización del contrato y en desarrollo del mismo.

Se considera lesivo para el normal desarrollo del contrato el no pago oportuno de las obligaciones salariales, prestaciones y seguridad social. Lo cual será causal de terminación del contrato y exigencia de las garantías.

Además de cumplir con todo lo relacionado con la protección del personal a cargo en el SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES, se compromete a proporcionarles la dotación adecuada de vestido y calzado de acuerdo a las siguientes especificaciones técnicas, elementos de protección personal de acuerdo a las normas y a las condiciones de seguridad que para cada caso tenga estipulado ELECTROHUILA S.A.-E.S.P., y equipos y herramientas en estado óptimo para su buen desempeño Así:

a. Casco con resistencia y absorción ante impactos, dieléctrico, con barbuquejo de tres puntos de apoyo

b. Capuchónc. Gafas de seguridad de impactos, rayos UV, deslumbramientod. Guantes dieléctricose. Guantes tipo Ingeniero anti deslizantes flexiblesf. Botas dieléctricas anti deslizantesg. Chaleco reflectivoh. Botas de cauchoi. Impermeablej. Camisa dieléctricak. Pantalón dieléctricol. Arnés m. Pretalesn. Tercer pretalo. Alicates dieléctricosp. Pértiga en fibra de vidrioq. Escalera dieléctricar. Los demás establecidos en el modelo de costos y en el anexo técnico

El incumplimiento por parte del contratista de estas obligaciones, da la facultad a ELECTROHUILA S.A."E.S.P." de no tramitar las cuentas para pago, hasta el momento

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que presente la constancia de paz y salvo con sus trabajadores por tales conceptos, expedida por la autoridad competente.

Como condición para el pago de la última factura el contratista deberá presentar a ELECTROHUILA S.A.-E.S.P., copia de dichas conciliaciones para verificar que se encuentra a paz y salvo con los trabajadores utilizados en la ejecución del contrato.

En la liquidación de los trabajadores se tendrán en cuenta las primas o partes proporcionales de ésta, consideradas en los análisis de precios e incluidos en los valores del contrato, se requiere de la presentación del Paz y Salvo del trabajador respecto al contratista por todo concepto antes de liquidar un trabajador.

3.1.20 Reajuste de precios

Los equipos y materiales de trabajo, vehículos y transporte, pernoctadas y alimentación, serán reajustados anualmente a partir del primero (1°) de enero con base en el incremento anual del índice de precios al consumidor (I.P.C.) del año anterior.

Para el 2012 y 2013 se tendrá en cuenta la variación del IPC del año inmediatamente anterior.

3.1.20.1. Lista de cantidades y precios unitarios

En el Anexo de precios unitarios el proponente deberá señalar el valor unitario de cada uno de los ítems o actividades que allí aparecen. En caso de que el valor sea “cero”, así deberá expresarse, so pena de considerar incompleta la información o mal diligenciado el formulario. Cuando el formulario exija incluir totales o valores sumados, o cuando el proponente quiera incluirlos, LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP se reserva el derecho de verificar la adecuación de las operaciones con las cuales éstos se obtienen y, en todo caso, se tomará como referente el valor unitario y el resultado corregido que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP, encuentre

3.1.20.2 DESCUENTOS POR PERJUICIOS

Es responsabilidad de EL CONTRATISTA velar por la correcta y oportuna medición de los consumos de la energía a facturar. En caso de presentarse un perjuicio económico para ELECTROHUILA, originado por la acción u omisión del personal del CONTRATISTA, relacionados con la falta de medición, aplicación indebida de una causa de no lectura u observación a consumo criticado o cualquiera otra acción u omisión que incida de manera directa sobre los valores facturados, dichos valores serán descontados al CONTRATISTA del acta mensual de servicio prestado, previa determinación de las causas que dieron lugar al evento en cuestión y del cumplimiento del debido proceso a que tenga derecho EL CONTRATISTA

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3.1.21 Anexo Técnico de Cartera

Aspectos técnicos

En este aparte, los Pliegos de Condiciones consigna los conceptos que permiten comprender y reglar la forma de llevar a cabo efectivamente las actividades que componen la realización del “objeto” del contrato.

3.1.22 Normas y especificaciones técnicas

Ver documento anexo, denominado “Anexo Técnico”

3.1.23 Calculo del Precio

En el archivo en Excel suministrado, se presentan los formularios, correspondientes a la zona donde se prestarán los servicios, para ser diligenciados por el oferente sólo las celdas que aparecen sombreadas y determinar así los valores a ofertar

El modelo de costos suministrado por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP es una herramienta que facilita la preparación de la propuesta, el proponente al preparar su oferta deberá efectuar las validaciones correspondientes y en caso de encontrar errores en la formulación de la hoja de cálculo, informará de ello a LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., no siendo esto óbice para que LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP efectúe los ajustes e informalidades a que se refiere la confrontación aritmética de precios.

A partir del costo total obtenido de la sumatoria de los diferentes componentes del modelo de costos (Costos Directos e Indirectos), más lo estimado por gastos de administración, pólizas, imprevistos y utilidad esperada por el proponente se calcula el valor unitario por acciones de acuerdo con las cantidades definidas en cada formulario.

Las acciones estimadas conforme al cronograma de suspensiones, se determinan partiendo de la totalidad de las acciones programadas por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP en un mes, conformadas por las suspensiones, reconexiones, verificaciones, persuasión y/o novedad de cartera.

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LOS PROPONENTES deberán incluir la impresión del modelo de costos debidamente diligenciado. El disco compacto con todas las fórmulas suministrado por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP hace parte integral de la propuesta, el cual debe ser incluido en ésta.

3.1.24 Medida y Pago de los trabajos Ejecutados

Los pagos serán realizados en moneda nacional colombiana, previa la presentación de la factura correspondiente, elaborada con el cumplimiento de todos los requisitos legales, tanto de forma como de contenido.

Cada mes calendario se medirán conjuntamente entre el CONTRATISTA, y el representante de LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP las operaciones realizadas y recibidas a satisfacción por LA ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP., lo cual se hará constar en actas firmadas por las partes.

Las actividades definidas en el alcance del contrato, se cancelarán mediante el siguiente procedimiento:

1. Cantidad de acciones efectivas de suspensión, reconexión, verificación persuasión y/o novedad por el precio unitario de cada acción. (para efecto de pernotada su reconocimiento se hará solo en las zonas señaladas).

2. La cantidad de novedades reportadas (con excepción de los acuerdos de pago cuya cuota inicial no sea cancelada por el cliente evento en el cual no habrá reconocimiento alguno) por el valor unitario de la acción.

3.1.25 PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DEL TRABAJO

EL CONTRATISTA se compromete a cumplir con la ejecución del trabajo objeto de este contrato con base en los procedimientos descritos para las operaciones objeto del contrato, y con las instrucciones consignadas en los manual y procedimientos de las suspensiones y reconexiones ,verificación, persuasión y/o novedad manual de operación para terminales portátiles, manual de revisiones técnicas y control instalaciones.

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ANEXO 1MODELO DE CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ____________ _____ _____ ______ Ciudad Día Mes Año Señores ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. ESP Ciudad El suscrito, ___________, identificado con la cédula de ciudadanía No. __________ expedida en _________, actuando en calidad de _______ la firma_________, domiciliada en ______, someto a consideración de ELECTROHUILA S.A. E.S.P. la oferta de nuestra compañía, de conformidad con lo establecido en las condiciones de la Solicitud de Oferta No. ______, y acepto que nuestra participación y los documentos que se produzcan en desarrollo del proceso de selección, no implican la realización de un compromiso contractual para ELECTROHUILA S.A. E.S.P. y por tanto, no crean obligación para ELECTROHUILA S.A. E.S.P. de aceptar oferta alguna, salvo el deber de obrar objetivamente y de buena fe en el proceso. Así mismo, declaro: 1. Que ninguna persona distinta del proponente, tiene interés en esta propuesta o en el contrato que como consecuencia de la aceptación de la oferta llegue a celebrarse. 2. Que tuve conocimiento de los presentes términos de referencia mediante la página WEB www.electrohuila.com.co.

3. Que la propuesta estará vigente durante el plazo exigido en las condiciones de la solicitud de oferta, para lo cual adjunto la Garantía de Seriedad de la oferta entre particulares, a favor de ELECTROHUILA, acompañada del original del recibo de pago de la prima y de las condiciones generales.

4. Que conozco las condiciones de la Solicitud de Oferta y el sitio donde se prestará el servicio y en la propuesta he tomado nota cuidadosa de las características determinantes que inciden en la ejecución del contrato que eventualmente se celebraría.

5. Que acepto los términos, condiciones, plazos y obligaciones que obran en los documentos del proceso de selección, las modificaciones, sin condicionamientos, comentarios, salvedades, excepciones, contradicciones o alteraciones y acepto firmar el eventual contrato y ejecutarlo en estos términos.

6. Que reconozco que de conformidad con la normatividad y jurisprudencia colombiana, el condicionamiento de propuestas porque se apartan de las condiciones de la contratación, sustancialmente de lo exigido en la solicitud de Oferta, es causal legal para su eliminación de los procesos de selección.

7. Que estoy en capacidad de ejecutar de manera completa e integral las obligaciones del contrato que eventualmente se celebraría como conclusión de la solicitud de ofertas.

8. Que toda la información contenida en la propuesta anexa es veraz, exacta y no existe falsedad alguna de la misma, por lo cual autorizo expresamente a ELECTROHUILA S.A. ESP. para que verifique el contenido de mi ofrecimiento y me obligo a presentar la documentación e información adicional que ELECTROHUILA S.A. E.S.P. requiera para realizar dicha verificación.

9. Que conozco y acepto que en desarrollo de los principios que rigen la contratación de ELECTROHUILA S.A. E.S.P., toda la información incluida en mi propuesta es pública y cualquier persona podrá obtener copia de la misma. (En caso que la propuesta contenga información reservada se debe relacionar e indicar con fundamento en qué normas se ampara tal reserva, de lo contrario eliminar este aparte de la carta).

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10. Que declaro, bajo la gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la firma de este documento: - Que el suscrito, la firma a la cual represento, los suplentes del representante legal, los socios de la compañía, los integrantes de oferta conjunta, no nos hallamos en causales de inhabilidad, incompatibilidad y en general las prohibiciones previstas en la ley, para presentar oferta y contratar con ELECTROHUILA y en caso de sobrevenir alguna, cederemos la participación o el contrato, según se trate, previa autorización escrita de ELECTROHUILA y de no ser posible la cesión, renunciaremos a continuar con su ejecución. - Que el proponente se encuentra en situación de cumplimiento por concepto de pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales en relación con sus empleados en Colombia. 11. Que el suscrito, la firma a la cual represento, mediante fallo ejecutoriado, no hemos sido responsables fiscales o que, en caso de haber sido, hemos cumplido con la obligación contenida en el fallo respectivo.

12. Que tuve la oportunidad de consultar las aclaraciones, observaciones o modificaciones realizadas a los documentos del proceso de selección, emanadas hasta el día anterior al cierre del presente proceso de selección y que acepto su contenido.

13. Que tengo la facultad legal para presentar propuesta y celebrar el eventual contrato con ELECTROHUILA S.A. E.S.P., en caso de salir favorecido con la adjudicación del contrato.

14. Que el valor total de la oferta es el señalado en el anexo correspondiente e incluye el IVA, todos los costos directos, indirectos, impuestos necesarios para la completa y debida ejecución del contrato.

15. Que me obligo a guardar la confidencialidad de la información que llegue a conocer con motivo del presente proceso de selección y durante la ejecución del contrato que se llegare a suscribir.

16. Que hemos estudiado cuidadosamente los documentos de la Solicitud de Oferta, incluidas sus informaciones, aclaraciones y/o modificaciones (si las hay), aceptamos todas las condiciones, procedimientos y exigencias contenidas en ella, garantizamos que nuestra propuesta cumple con las mismas y renunciamos a cualquier reclamación por ignorancia o errónea interpretación de los mismos.

17. Manifiesto bajo la gravedad de juramento que no tengo parentesco de consanguinidad hasta el segundo grado, afinidad hasta el segundo grado o primero civil con quienes ostentan la calidad de directivos, administradores o trabajadores que tengan injerencia en el presente proceso de selección.

18. Manifiesto que conozco y acepto lo dispuesto en el manual de contratación de ELECTROHUILA vigente, código de buen gobierno, de ética, conducta empresarial y manual de transparencia de ELECTROHUILA y demás normas que rigen la contratación de ELECTROHUILA, los cuales se encuentran publicados en la página WEB de la Empresa.

19. Que aceptamos la aplicación de las medidas de apremio previstas en la solicitud de oferta, en caso que nuestra propuesta sea favorecida con la adjudicación del contrato.

20. Que el suscrito, los suplentes del representante legal, los socios de la compañía y los integrantes de la oferta conjunta, autorizamos a ELECTROHUILA S.A. E.S.P. para que realice las consultas correspondientes para determinar nuestros antecedentes judiciales o de policía, fiscales, disciplinarios o profesionales que requiera para determinar la aptitud legal de nuestra propuesta para resultar favorecida con la celebración del contrato.

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21. Declaramos que estamos informados, que aceptamos las condiciones y procedimientos que para los ajustes de informalidades y de precios unitarios se han estipulado en las condiciones de la solicitud de oferta para la evaluación de las ofertas, así mismo aceptamos que ELECTROHUILA realice el ajuste de precios a los que tiene previamente determinados de acuerdo con los presentados en el formulario de precios y aceptamos celebrar el eventual contrato con dichos precios, en caso que se aceptada nuestra oferta y las demás condiciones y especificaciones en el mismo.

22. Que cualquier comunicación puede ser enviada a: Dirección: ______________________________ Teléfono: ______________________________ Fax: ______________________________ Correo electrónico: ________________________

Atentamente, _______________________________________

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ANEXO 2. OFERTA ECONÓMICA PARA CADA UNO DE LOS PERÍODOS (VIGENCIAS) DEL CONTRATO(SE ENCUENTRA EN EL FORMATO EXCEL RESPECTIVO- costos unitarios)

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ANEXO 3 EXPERIENCIA EJECUCIÓN DE ACTIVIDADES OPERATIVAS DEL PROCESO DE xxxxxxx DE ELECTROHUILA S.A. E.S.P.

Invitación Pública No.

EXPERIENCIA DE LA FIRMA.

HOJA ___DE ___

ENTIDAD CONTRATANTE (1)

OBJETO DEL CONTRATO

NUMERO DEL CONTRATO

FECHA DE INICIO

FECHA DE TERMINACIÓN

VALORCONTRATADO (SMLM)

VALOR EJECUTADO (SMLM)

OBSERVACIONES

(1) En orden ascendente por fecha de terminación del contrato

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ANEXO 4 ANEXO TECNICO

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ANEXO 5 PAGARÉ EN BLANCO CON CARTA DE INSTRUCCIONES PAGARÉ No. _______________ CONTRATO No. _______________ _______________________________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. __________ expedida en_____________, mayor y vecino de esta ciudad, en calidad de representante legal de _______________________ con NIT. _________ y creada mediante escritura pública No. _____________, quien en adelante se llamará DEUDOR, declara: PRIMERO.- Objeto: Que en virtud del presente título valor, el DEUDOR pagará incondicionalmente a la orden de ELECTRIFICADORA DEL HUILA S.A. E.S.P., o a quien represente sus derechos en sus oficinas de la ciudad de Neiva, la suma de _________________ ($________) por concepto de pérdidas o deterioros que sufran los bienes de ELECTROHUILA entregados para la ejecución del contrato. QUINTO.- EL DEUDOR asume la totalidad de los gastos que ocasione la ejecución y desarrollo de este pagaré, y en caso de cobro judicial serán a cargo del DEUDOR las sumas que determine el Juez competente y en caso de cobro extrajudicial el acreedor presentará al DEUDOR, para su pago, una relación detallada de los gastos en que haya incurrido por este concepto.

Para constancia se firma en Neiva, a los _______ días del mes de _________ del año _____. EL DEUDOR __________________________ Representante Legal

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CARTA DE INSTRUCCIONES AL PAGARÉ No _______________ ____________________________, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. __________ expedida en ___________, obrando como Representante Legal de la firma ____________________________________., quien se denomina EL DEUDOR autorizo expresamente a ELECTROHUILA S.A. ESP., en cuya Representación Legal actúa el señor JULIO ALBERTO GOMEZ MARTINEZ, en su condición de Gerente, identificado con la Cédula de Ciudadanía No. 70.554.031 expedida en Envigado, para que haciendo uso de las facultades conferidas por el artículo 622 del Código de Comercio, llene los espacios que se han dejado en blanco en el Pagaré No. _____________ adjunto, para lo cual deberá ceñirse a las siguientes instrucciones: 1. La cantidad a pagar será igual al valor de los bienes entregados al DEUDOR y que no sean reintegrados a ELECTROHUILA, en desarrollo del CONTRATO No. __________________, más los intereses de mora , que a mi cargo y a favor de ELECTROHUILA S.A. ESP., se generen y sean exigibles al momento de llenar los espacios en blanco. 2. Si el pago de la suma incorporada en este título no es realizado en el momento en que sea exhibido, EL DEUDOR deberá pagar a ELECTROHUILA S.A. E.S.P., o a quien represente sus derechos, intereses moratorios calculados sobre el valor de la suma incorporada en este título hasta el día en que el pago sea realizado. El interés moratorio será liquidado a la tasa máxima legal permitida por la ley, sin que exceda dichos límites. 3. Los espacios en blanco se llenarán cuando EL DEUDOR, no cumpla con las obligaciones derivadas de la cláusula _____ del contrato No.______________ aceptada en su totalidad por el DEUDOR. 4. La fecha de creación será aquella en que se llenen los espacios en blanco según las instrucciones dadas en esta carta y la fecha de vencimiento será cualquiera que ELECTROHUILA S.A. ESP. consigne, posterior al incumplimiento por nuestra parte de las obligaciones adeudadas. 5. EL DEUDOR asumirá todos los gastos que ocasione el cobro de este pagaré, ya sea que se haga por vía judicial o extrajudicial. 6. Autorizo a ELECTROHUILA S.A. ESP.. Representada Legalmente por el señor JULIO ALBERTO GOMEZ MARTINEZ o quien haga sus veces, para que llene los espacios en blanco del Pagaré No. ____________ conforme a éstas instrucciones (Artículo 622 del Código de Comercio).

Firmado en Neiva, a los _______ días del mes de ___________del año _____. El DEUDOR ________________________________________ Representante Legal

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