EVENTOS PUBLICOS

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Presentacin de PowerPoint

CATEDRA : DERECHO TRIBUTARIO IMPUESTO ESPECIAL Y REGIONAL.

CATEDRATICA : ABOG. MIRIAM CORDOVA MAYO.

ALUMNAS : VELASQUEZ SOTO DEISY ROSARIO SAVLADOR QUISPEALAYAEDWIN HUAROCC SOTO

SEMESTRE : X IMPUESTOS A EVENTOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS

FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICASIMPUESTO A LOS ESPECTACULOS PUBLICOS NO DEPORTIVOS:

Es el tributo que se abona por concepto de ingreso a espectculos pblicos no deportivos en locales parques cerrados con excepcin de: teatro, zarzuela, msica clsica, opera, ballet.

MARCO LEGAL ESPECIFICO

TITULO II CAPITULO VI DE LA LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL.ARTICULOS 54 AL 59 DE LA LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL (LTM)HECHO GRAVADO Articulo 54

El impuesto a los Espectculos Pblicos no Deportivos grava el monto que se abona por:1. presenciar espectculos pblicos no deportivos o2. Participar en espectculos pblicos no deportivos.

Que se realizan en:Locales.Parques cerrados.

La obligacin tributaria se origina al momento del pago del derecho de ingreso para:1. Presenciar el espectculo o2. Participar en el espectculo.

QUIENES SON LOS SUJETOS?SUJETO ACTIVO: Municipalidad distrital en cuya jurisdiccin se realice el espectculo.

SUJETO PASIVO: Contribuyentes, las personas que adquieren entradas para asistir a los espectculos.

SUJETOS PASIVOS Y OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION JURADA Articulo 55

SUJETOS PASIVOS:

CONTRIBUYENTES: Las personas que adquieren entradas para asistir a los espectculos.RESPONSABLES TRIBUTARIOS. Son 2: 1. Agente perceptor y 2. Responsable Solidario.

SUJETOS PASIVOS Y OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION JURADA Articulo 551. En calidad de agentes perceptores del impuesto, las personas que organizan los espectculos Obligaciones del agente perceptor:

Presentar declaracin jurada para comunicar el boletaje o similares a utilizarse, con una anticipacin de siete (7) das antes de su puesta a disposicin del publico.

b) En el caso de espectculos temporales y eventuales, el agente perceptor esta obligado a depositar una garanta, equivalente el quince por ciento (15%) del impuesto calculado sobre la capacidad o aforo del local en que se realizara el espectculo. SUJETOS PASIVOS Y OBLIGACION DE PRESENTAR DECLARACION JURADA Articulo 55APLICACIN DE LA GARANTIA: Vencido el plazo para la cancelacin del impuesto, el monto de la garanta se aplicara como pago a cuenta o cancelatorio del impuesto, segn sea el caso.

2. En calidad de responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realiza el espectculo afecto.LA BASE IMPONIBLE Articulo 56La base imponible del impuesto esta constituida por el valor de entrada para presenciar o participar en los espectculos.

En caso que el valor que se cobra por la entrada, asistencia o participacin en los espectculos se incluya servicios de juego, alimentos o bebidas, u otros, la base imponible, en ningn caso, ser inferior al 50% de dicho valor total. 1) Determinacin de la base imponible

La base imponible del IEPND (100) consiste en el valor de la entrada, compuestopor el costo, gasto y margen de utilidad unitario, tal como se aprecia en el siguiente ejemplo:

- Valor de la entrada (costo, gasto y utilidad) ................ 100.00

- IEPND 10% ........................................ 10.00

- Impuesto General a las Ventas-IGV 16% de 110 ........................................ 17.60

- Impuesto de Promocin Municipal-IPM 2% de 110............................................... 2.20

- Precio ...................................................129.80

En primer lugar, desde una alternativa transparente, la estructura del precio de la entrada es:

Show ......................................................................................... 90.00Cena .......................................................................................... 10.00Base imponible ......................................................................... 90.00IEPND : 10% ............................................................................... 9.00IGV : 16% de 99.00 .................................................................... 16.83IPM : 2% de 99.00 ....................................................................... 1.98Precio ......................................................................................... 117.81En segundo lugar, desde una alternativa no transparente, la estructura del preciode la entrada es:

Show ...................................................................................................... 10.00Cena ....................................................................................................... 90.00Base imponible ....................................................................................... 10.00IEPND : 10% ............................................................................................. 1.00IGV : 16% de 11.00 .................................................................................... 1.87IPM : 2% de 11.00 .................................................................................... 0.22Precio ...................................................................................................... 13.09

Mientras que en la alternativa transparente el IEPND es 9.00; en la alternativano transparente el IEPND es 1.00; existiendo un perjuicio para el inters fiscalde 8.00.Ante este riesgo que afecta a las Finanzas Publicas de las Municipalidades, el art.56 de la LTM ha establecido que en los casos de Espectculos acompaados de servicios adicionales la base imponible no puede ser inferior al 50% de dicho valor total. En el ejemplo planteado, la base imponible es por lo menos 50. Este monto proviene de la siguiente operacin: 50% de 100 (valor del show, mas cena)

TASAS Articulo 57

El impuesto se calcula aplicando sobre la base imponible las tasas siguientes:A) Espectculos taurinos: Diez por ciento (10%) B) Carreras de caballo: Quince por ciento (15%) C) Espectculos cinematogrficos: Diez por ciento.Otros espectculos pblicos: Diez por ciento (10%)D) conciertos de msica en general: Cero por ciento (0%).E) Espectculos de folclore nacional, teatro cultural, zarzuela, conciertos de msica clsica, opera, ballet, opereta y circo: cero por ciento (0%)- Espectculos taurinos ........ 10% y 5%

Carrera de caballos .................... 15%

Espectculos cinematogrficos....10%

Conciertos de msica en general..0%

- Espectculos de folclor nacional, teatro cultural zarzuela, conciertos de msica clsica, pera, opereta, ballet y circo ................................. 0%

- Otros espectculos pblicos . 10%TasasSegn el art. 57 de la LTM las tasas Del IEPND El impuesto se pagara de la forma siguiente:

a)Tratandose de espectculos permanentes, el segundo da hbil de cada semana, por los espectculos realizados en la semana anterior.

b)En caso de espectculos temporales o eventuales, el segundo da hbil siguiente a su realizacin.FORMAS DE PAGO Articulo 58LA RECAUDACION Y ADMINISTRACION Articulo 59 La recaudacin y administracin del impuesto corresponde a la municipalidad Distrital en cuya jurisdiccin se realice el espectculo.

GRACIAS