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GOBIERNO DE PUERTO RICO OFICINA DEL GOBERNADOR JUNTA DE PLANIFICACION 10 de febrero de 2000 N11m. Fecha: . fA./' ~ / Ju"., tL. AprobaAD: f,'iT :: .'?i.l£~ ~£:t~~ - .. Ii Por: .ft"' o AunUar de Serv1clO Secre ~ PRIMERA EXTENSION A LA RESOLUCION JPE-25 ADOPTANDO ENMIENDAS A LA RESOLUCION JPE-25 PARA EXIMIR A LOS MUNICIPIOS DE SOMETER A LA CONSIDERACION DE LA JUNTA DE PLANIFICACION CONSULTAS DE UBICACION SOBRE CIERTOS PROYECTOS DE AMPLIACIONY CONSTRUCCION DE EDIFICIOS La Junta de Planificacion en su reunion del 2 de julio de 1975, adopto la Resolucion JPE-25 para eximir a los municipios de tener que someter ante la Junta de Planificacion y la Administracion de Reglamentos y Permisos (ARPE) ciertos proyectos sencillos de construccion con el fin de simplificar y acelerar el tramite de los mismos. Los proyectos incluidos en esta Resolucion son de conservacion y mantenimiento de edificios y carreteras existentes. Luego de la aprobacion de la Ley de Municipios Autonomos (Ley Num. 81 del 30 de agosto de 1991, segun enmendada) estos han aumentado sus programas de construccion de proyectos, los cuales en otra epoca eran desarrollados por el gobierno central. Algunos de estos proyectos resultan ser tan sencillos que la accion de la Junta de Planificacion se limita a un tramite administrativo que alarga el procedimiento y aumenta el volumen de trabajo de los municipios y la agencia. EI Articulo 21 de la Ley Num. 75 del 24 de junio de 1975, segun enmendada, autoriza a la Junta de Planificacion adoptar, segun determine conveniente, las normas necesarias para permitir el mejor aprovechamiento de los recursos y para determinar que tipo de obras publicas no requieren ser sometidas a la consideracion de la Junta para su aprobacion 0 rechazo; disponiendose que tales normas especificaran los criterios utilizados para tomar tal accion. Considerando 10anteriormente expuesto, la Junta de Planificacion concluye que, con las debidas salvaguardas, exime a los municipios de presentar ante la Junta de Planificacion la correspondiente consulta de ubicacion de los siguientes proyectos: 1. Construccion de edificios menores de 15,000 pies cuadrados de area bruta de construccion en terrenos propiedad del Municipio en particular y que se dedicaran a usos publicos e institucionales (Salud, Educacion, Cultura y Seguridad Publica). 2. Construccion de edificios de estacionamiento, sin limitar su tamano, en terrenos propiedad del municipio en particular y que cuando sus accesos, sean a carreteras estatales, esten aprobados por la Autoridad de Carreteras y Transportacion. 3. Ampliacion de edificios municipales siempre que el uso sea el mismo existente 0 para dedicarlos a oficinas publicas, salud, recreacion y/o seguridad publica. En ningun caso la suma del area bruta de construccion de edificio existente y su ampliacion excedera de 15,000 pies cuadrados. Por 10 tanto y en virtud de las disposiciones de la Ley Num. 75, antes citada, reglamentos y normas de planificacion vigente, esta Junta de Planificacion de Puerto Rico, mediante la presente adopta enmiendas a la Resolucion JPE-25 para EXIMIR a los Municipios de someter ante la Junta de Planificacion consulta de ubicacion para los proyectos antes citados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes disposiciones: WI=» . .. ...--.-- r- -----

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GOBIERNO DE PUERTO RICOOFICINA DEL GOBERNADORJUNTA DE PLANIFICACION

10 de febrero de 2000

N11m.

Fecha: . fA./' ~ / Ju"., tL.

AprobaAD:f,'iT :: .'?i.l£~~£:t~~ - 2°. . IiPor: .ft"'o AunUar de Serv1clOSecre ~

PRIMERA EXTENSION A LA RESOLUCION JPE-25

ADOPTANDO ENMIENDAS A LA RESOLUCION JPE-25 PARA EXIMIR A LOSMUNICIPIOS DE SOMETER A LA CONSIDERACION DE LA JUNTA DE

PLANIFICACION CONSULTAS DE UBICACION SOBRE CIERTOS PROYECTOS DEAMPLIACIONY CONSTRUCCION DE EDIFICIOS

La Junta de Planificacion en su reunion del 2 de julio de 1975, adopto la ResolucionJPE-25 para eximir a los municipios de tener que someter ante la Junta de Planificaciony la Administracion de Reglamentos y Permisos (ARPE) ciertos proyectos sencillos deconstruccion con el fin de simplificar y acelerar el tramite de los mismos. Los proyectosincluidos en esta Resolucion son de conservacion y mantenimiento de edificios ycarreteras existentes.

Luego de la aprobacion de la Ley de Municipios Autonomos (Ley Num. 81 del 30 deagosto de 1991, segun enmendada) estos han aumentado sus programas deconstruccion de proyectos, los cuales en otra epoca eran desarrollados por el gobiernocentral. Algunos de estos proyectos resultan ser tan sencillos que la accion de la Juntade Planificacion se limita a un tramite administrativo que alarga el procedimiento yaumenta el volumen de trabajo de los municipios y la agencia.

EIArticulo 21 de la Ley Num. 75 del 24 de junio de 1975, segun enmendada, autoriza ala Junta de Planificacion adoptar, segun determine conveniente, las normas necesariaspara permitir el mejor aprovechamiento de los recursos y para determinar que tipo deobras publicas no requieren ser sometidas a la consideracion de la Junta para suaprobacion 0 rechazo; disponiendose que tales normas especificaran los criteriosutilizados para tomar tal accion.

Considerando 10anteriormente expuesto, la Junta de Planificacion concluye que, conlas debidas salvaguardas, exime a los municipios de presentar ante la Junta dePlanificacion la correspondiente consulta de ubicacion de los siguientes proyectos:

1. Construccion de edificios menores de 15,000 pies cuadrados de area bruta deconstruccion en terrenos propiedad del Municipio en particular y que se dedicarana usos publicos e institucionales (Salud, Educacion, Cultura y Seguridad Publica).

2. Construccion de edificios de estacionamiento, sin limitar su tamano, en terrenospropiedad del municipio en particular y que cuando sus accesos, sean a carreterasestatales, esten aprobados por la Autoridad de Carreteras y Transportacion.

3. Ampliacion de edificios municipales siempre que el uso sea el mismo existente 0para dedicarlos a oficinas publicas, salud, recreacion y/o seguridad publica. Enningun caso la suma del area bruta de construccion de edificio existente y suampliacion excedera de 15,000 pies cuadrados.

Por 10 tanto y en virtud de las disposiciones de la Ley Num. 75, antes citada,reglamentos y normas de planificacion vigente, esta Junta de Planificacion de PuertoRico, mediante la presente adopta enmiendas a la Resolucion JPE-25 para EXIMIR alos Municipios de someter ante la Junta de Planificacion consulta de ubicacion para losproyectos antes citados, siempre y cuando se cumpla con las siguientes disposiciones:

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Pagina 2Primera Extensi6n a laResoluci6n JPE-25

1. Para los proyectos mencionados, debera radicarse la pr6xima etapa ante la ARPEy/o Municipio Aut6nomo, segun corresponda.

2. Las obras contempladas no implican cambios ni alteran de forma alguna el uso delos terrenos.

3. EI uso para el cual se utilizaran las facilidades debera estar en completa armoniacon las disposiciones del distrito de zonificaci6n donde ubica 0 el distrito deordenaci6n aplicable sin que medie el mecanisme de variaci6n. En el caso deestar zonificado "P", la Administraci6n de Reglamentos y Permisos podra utilizarlos parametros de un distrito C-2. En el caso de estructuras construidas antes del1960 se debera obtener el endoso dellnstituto de Cultura Puertorriquena.

4. La infraestructura existente satisfaga el incremento proyectado por serviciosesenciales.

5. Se cumplira con las disposiciones de la Ley Num. 9 del 18 de junio de 1970, (Leysobre Politica Publica Ambiental), segun enmendada, asi como con lasrecomendaciones de la Junta de Calidad Ambiental.

6. No se exime de cumplir con el proceso de consulta de ubicaci6n a aquellosproyectos de construcci6n 0 instalaci6n de nuevas estructuras, expansi6n,extensi6n 0 incremento en la altura de las existentes en areas ubicadas a menosde un (1) kil6metro (1,000 metros lineales) de distancia de las instalacionesaeroportuarias.

7. Los fondos requeridos para las obras de construcci6n han side programados yaprobados.

DISPONIENDOSE; Que todas las otras partes de la Resoluci6n anterior no alteradaspor la presente extensi6n quedan en todo vigor y efecto.

Adopta en San Juan, Puerto Rico, hoy 10 de febrero de 2000.

~Q.~~:J~;eR. Caballero Mercado

Presidente

/

William Figue'fOa RodriguezMiembro Asociado

rra:~Miembro Asociado

CERTIFICO: Que la anterior es copia fiel y exacta de la Resoluci6n adoptadapor la Junta de Planificaci6n en su reuni6n celebrada el 10 defebrero de 2000 y para su conocimiento y uso general expido ynotifico a las partes la presente copia, bajo mi firma y sellooficial de la Junta en San Juan, Puerto Rico, hoy

--1~. :;al~~~ZcJ~'t'3Secretario

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