Guia Laboral Reformada 10 03 2014

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     NST TUTO DE CAPAC TAC ÓN EMPRESAR AL

    GUÍA DE LEG SLAC ÓN LABORAL

    TEMA

    OBJETO DE LA LEY (LOTTT)

    Artículo 1. Esta Ley, tiene por objeto proteger al trabajo como hechosocial y garantizar los derechos de los trabajadores y de lastrabajadoras, creadores de la riqueza socialmente producida y sujetosprotagónicos de los procesos de educación y trabajo para alcanzar losfines del Estado democrático y social de derecho y de justicia, deconformidad con la Constitución de la Repblica !oli"ariana de#enezuela y el pensamiento del padre de la patria $imón !ol%"ar.Regula las situaciones y relaciones jur%dicas deri"adas del proceso deproducción de bienes y ser"icios, protegiendo el inter&s supremo deltrabajo como proceso liberador, indispensable para materializar los

    derechos de la persona humana, de las familias y del conjunto de lasociedad, mediante la justa distribución de la riqueza, para lasatisfacción de las necesidades materiales, intelectuales y espiritualesdel pueblo.

    O !"# "$ # % o& r' ' l rt 1 : proteger al trabajo; significa

     proteger la acción y efecto de trabajar, o sea, proteger (no

    sobreproteger) la ocupación dependiente e independiente

    retribuida. Igualmente, reconoce el valor social del trabajo, o sea,

    el trabajo es un hecho social, la L! derogada tambi"n reconoc#a

    este valor social$%aranti&ar los derechos de los trabajadores

    creadores de la ri'ue&a socialmente producida, significa 'ue le

    da a estos protagonistas el erecho ubjetivo; es decir, los

    medios y los modos de 'ue se valen ellos para poder satisfacer 

     plenamente sus pretensiones (solicitación para conseguir algo

    'ue se desea), ejemplo: 'ue las decisiones administrativas o

     judiciales de las autoridades administrativas y judiciales del 

    trabajo restituyan la situación jur#dica infringida de car*cter 

    laboral, de manera 'ue se apli'uen los correctivos y medidas

    tendientes a lograr la ejecución de esas decisiones en el *mbito

    de la L!!! .

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    NORMAS DE ORDEN P*BL CO

    Artículo +. Las normas contenidas en esta ley y las que deri"en deella, son de orden pblico y de aplicación imperati"a, obligatoria einmediata, priorizando la aplicación de los principios de justicia social,

    solidaridad, equidad y el respeto a los derechos humanos.

    O!"#"$# %o&r' 'l rt +' significa 'ue las normas contenidas

    en la L!!! y las 'ue se deriven de ella, no pueden ser 

    cambiadas ni relajadas por las partes (patronos + trabajadores)

     pues son de aplicación imperativa, o sea, hay 'ue cumplir con el 

    mandato o lo consagrado en el articulado de la norma (L!!!),

    dentro de la libertad 'ue da la Ley sin salirse de ella.

    ,MB TO DE APL CAC ÓN

    Artículo -. Esta Ley regirá las situaciones y relaciones laboralesdesarrolladas dentro del territorio nacional, de los trabajadores ytrabajadoras con los patronos y patronas, deri"adas del trabajo comohecho social. Las disposiciones contenidas en esta Ley y las quederi"en de ella rigen a "enezolanos, "enezolanas, e(tranjeros ye(tranjeras con ocasión del trabajo prestado o con"enido en el pa%s y,en ningn caso, serán renunciables ni relajables por con"eniosparticulares. Los con"enios colecti"os podrán acordar reglasfa"orables al trabajador y trabajadora que superen la norma general

    respetando el objeto de la presente Ley.)gualmente se aplicaran las disposiciones de esta Ley a lostrabajadores contratados y las trabajadoras contratadas en #enezuelapara prestar ser"icios en el e(terior del pa%s.

    O!"#"$# %o&r' 'l rt -' 'uiere decir 'ue aplica o rige para

    todos los trabajadores 'ue laboran en el a#s

    independientemente de su nacionalidad y tambi"n aplica al 

    trabajo en el e-terior siempre y cuando haya sido contratado en

    la ep/blica 0olivariana de 1ene&uela.

    ./U 0NES /UEDAN ECEPTUADOS DE LAS

    D SPOS C ONES DE LA LOTTT2

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    LOS CUERPOS ARMADOS ('3c'!tu4o%)

    Artículo 5. *uedan e(ceptuados de las disposiciones de esta Ley losmiembros de los cuerpos armados, pero las autoridades respecti"as

    dentro de sus atribuciones establecerán, por "%a reglamentaria, losbeneficios de los que deberá gozar el personal que all% presta ser"icios,los cuales no serán inferiores a los de los trabajadores y detrabajadoras regidos y regidas por esta Ley, en cuanto sea compatiblecon la naturaleza de sus labores.$e entenderá por cuerpos armados los que integran la +uerza rmada-acional !oli"ariana y los ser"icios policiales, los cuales se regirán por sus estatutos orgánicos o normati"as especiales, quienes seencuentran directamente "inculados a la seguridad y defensa de la-ación y al mantenimiento del orden pblico.

    O!"#"$# %o&r' 'l rt 5

    : 2l fin /ltimo de un militar esdefender a la atria, a costa de su propia vida. !anto los militares

    como los polic#as, est*n amparados por sus normas especiales,

    esto tiene sentido, ya 'ue la relación entre los mandos y su tropa

    no se vinculan a trav"s de una relación laboral, sino m*s bien,

     por ra&ones bien diferentes de la relación entre patronos y 

    trabajadores, por estas ra&ones, no podr#amos aplicarles esta

    Ley; la relación entre los mandos y la tropa se basa en los

     principios de 4"%c"!l"#  y o&'4"'#c"  a los mandos, en esta

    interrelación no se dan instrucciones (*mbito civil) sino órdenes

    (*mbito militar y policial), donde, inclusive, "sta podr#a poner en

     peligro la vida. La defensa de la atria no tiene l#mites, debemos

    defenderla hasta con nuestras vidas y eso aplica para todo

    vene&olano.

    6UNC ONAR OS P*BL COS (t7&"8# '3clu"4o%)

    Artículo 9. Los funcionarios pblicos y funcionarias pblicasnacionales, estadales y municipales se regirán por las normas sobre lafunción pblica en todo lo relati"o a su ingreso, ascenso, traslado,suspensión, retiro, sistemas de remuneración, estabilidad, jubilaciones,pensiones, r&gimen jurisdiccional/ y los beneficios acordados por estaLey en todo lo no pre"isto en aquellos ordenamientos.

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    Los funcionarios pblicos y funcionarias pblicas que desempe0encargos de carrera, tendrán derecho a la negociación colecti"a, a lasolución pac%fica de los conflictos y a ejercer el derecho a la huelga, deconformidad con lo pre"isto en esta Ley, en cuanto sea compatible con

    la naturaleza de los ser"icios que prestan y con las e(igencias de ladministración 1blica233..

    A#:l"%"% 4'l '#c&';7"'#to 4'l rt 9' esta es otra

    situación en que no se puede aplicar totalmente la normati"a de

    la L4555, y nicamente nos permite aplicar la norma laboral en

    los casos de

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    LOS TRABAJADORES CONTRATADOS Y LOS OBREROS AL

    SER= C O DE LA ADM N STRAC ÓN P*BL CA ("#clu"4o% '#

    'l :7&"to 4' !l"cc"$#)

    Lo% !rt'% t'rc'ro > curto 4'l rt 9 , se0alan' Lostrabajadores contratados y las trabajadoras contratadas al ser"icio dela dministración 1blica -acional, Estadal y 9unicipal, centralizada ydescentralizada, se regirán por las normas contenidas en esta Ley, la de$eguridad $ocial y su contrato de trabajo.Los obreros y obreras al ser"icio de los órganos y entes pblicosnacionales, estadales y municipales, centralizados y descentralizados,estarán amparados por las disposiciones de esta Ley y la de $eguridad$ocial.233..

    A#:l"% "% 4' l t'rc'r > curto !rt'% 4' l rt 9 : se ve

    claro 'ue todos los trabajadores contratados al servicio de la

     3dministración /blica 4acional, 2stadal y 5unicipal,

    centrali&ada y descentrali&ada, as# como tambi"n los obreros,

    est*n amparados por las normas de la legislación laboral. e

    manera 'ue el art#culo consagra la aplicación a los funcionarios

    contratados, de las ventajas de la Ley Laboral y de la eguridad 

    ocial en cuanto sean aplicables. 6asta 'ue no hayan

    concursado para un cargo administrativo, se tratar*n comotrabajadores contratados al servicio del 2stado.

    T EMPO DESEMPE?ADO DE LOS 6UNC ONAR OS

    CONTRATADOS

    El tiempo desempe0ado en la administración pblica nacional, estadal ymunicipal, centralizada y descentralizada, será considerado para todoslos efectos legales y contractuales como tiempo de ser"icioefecti"amente prestado y computado a la antig:edad.

    6UENTES DEL DEREC@O DEL TRABAJO

    rt%culo ;8. Las fuentes de derecho del trabajo son las siguientes'

    a< La Constitución de la Repblica !oli"ariana de #enezuela y la justicia social como principio fundacional de la Repblica.

    b< Los tratados, pactos y con"enciones internacionales suscritos yratificados por la Repblica.

    c< Las leyes laborales y los principios que las inspiran.

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    d< La con"ención colecti"a de trabajo o el laudo arbitral, si fuere elcaso, siempre y cuando no sean contrarios a las normasimperati"as de carácter constitucional y legal.

    e< Los usos y costumbres en cuanto no sean contrarios a las

    normas imperati"as de carácter constitucional y legal.f< La jurisprudencia en materia laboral.g< plicación de la norma y la interpretación más fa"orable.

    La equidad, la igualdad y el ideario !oli"ariano, =amorano yRobinsoniano.A#:l"%"% l% u'#t'% 4'l 4'r'co 4'l tr&o<   5ratadistasse0alan en la pra(is, que la jurisprudencia >letra f< sólo es fuente dederecho cuando es reiterada. -o es suficiente, pues, que la sentenciade un tribunal interprete tal art%culo de una forma determinada o "aloreunas pruebas para que la misma siente doctrina obligada como si fueraLey. Es la reiteración lo que con"ierte a la jurisprudencia emanada de

    los tribunales ordinarios y del 5ribunal $upremo de ?usticia en fuentede derecho. *ueda a sal"o, >3< dicen3 la anulación de una Ley odeclararla sin aplicación por el 5ribunal $upremo de ?usticia2. #er 1ág.;@ del te(to del Ar. ?uan Baray y 9iren Baray, Ediciones ?uan Baray,reedición agosto 67;6.

    PR NC P OS DEL DEREC@O LABORAL (rt 1 LOTTT)

    La interpretación y aplicación de esta Ley estará orientada por lossiguientes principios'

    ;. La justicia social y la solidaridad,6. La intangibilidad y progresi"idad de los derechos y beneficios

    laborales, por lo que no sufrirán desmejoras y tenderán a su

    progresi"o desarrollo.. En las relaciones laborales pre"alece la realidad sobre las

    formas o apariencias.D. Los derechos laborales son irrenunciables. Es nula toda acción,

    acuerdo o con"enio que implique la renuncia o menoscabo deestos derechos.

    @. Cuando hubiere dudas acerca de la aplicación o concurrencia de"arias normas o en la interpretación de una determinada normase aplicará la más fa"orable al trabajador o trabajadora. Lanorma adoptada se aplicará en su integridad.

    8. 5oda medida o acto del patrono o patrona contrario a la

    Constitución de la Repblica !oli"ariana de #enezuela o a estaLey es nula y no genera efecto alguno.. $e proh%be todo tipo de discriminación por razones de edad,

    raza, se(o, condición social, credo o aquellas que menoscabenel derecho a la igualdad ante la ley y por cualquier otracondición.

    F. $e proh%be el trabajo de adolescentes en labores que puedan

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    afectar en cualquier forma su desarrollo integral. El Estado los olas protegerá contra cualquier e(plotación económica o social.

    O!"#"$# %o&r' lo% !r"#c"!"o% 4'l 4'r'co l&orl<   Estosprincipios son los mismos que en la Ley anterior y en las leyes

    laborales de los más di"ersos pa%ses, pero haciendo &nfasis en lau%t"c" %oc"l, o sea, teniendo como eje central la situación deltrabajador dependiente y por ende a su grupo familiar. En cuanto a la!ror'%"F"44 de los derechos laborales, lo que quiere decir es queson irre"ersibles o irrelajables. 1or otra parte, la irrenunciabilidad de losderechos tienen rango constitucional, el derecho es irrenunciable2,cualquiera que este fuera, lo consagra la Constitución de la Repblica!oli"ariana de #enezuela. 1odemos concluir que el derecho #" %'

    co7!r #" %' F'#4'2.

    CONCEPTO DE DEREC@O DEL TRABAJO O DEREC@O

    LABORAL

    la norma jur%dica que tiene por objeto32!rot''r 'l tr&o como

    'co %oc" l, y r#t";r   los derechos de los trabajadores,

    creadores de la riqueza %oc"l7'#t'   producida y sujetos

    protagónicos de los procesos de educación y trabajo para lc#;r

    lo% "#'% 4'l E%t4o  4'7ocr:t"co > %oc"l 4' 4'r'co > 4'

    u%t"c", de conformidad con la Constitución de la Repblica!oli"ariana de #enezuela y el pensamiento del padre de la patria,$imón !ol%"ar. G r'ul   las situaciones jur%dicas deri"adas del

    proceso de producción de bienes y ser"icios, protegiendo el inter&ssupremo del trabajo como proceso liberador, indispensable paramaterializar los derechos de la persona humana, de la familia y delconjunto de la sociedad, mediante la justa distribución de la riqueza,para la satisfacción de las necesidades materiales, intelectuales yespirituales del  pueblo2 >art. ;H de la L4555

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    TEMA

    NOC ON DE SALAR O

    ATR BUTOS ESENC ALES /UE DEBE

    CUMPL R UNA REMUNERAC ÓN PARA

    SER CONS DERADA SALAR O

    Ae acuerdo con la definición de salario contenida en el primer apartedel art ;7D de la L4555 y otros art%culos de la L4555, podemos inferir que una remuneración para que sea %lr"o '# %'#t"4o 7!l"o,debe deri"arse de los ser"icios prestados, o sea, el hecho social trabajotiene carácter oneroso y cumplir con los seis >8< tr"&uto%

    '%'#c"l'% '

      Co#7utt"F"44 >art ;7D primer aparte<

     

    Pro!orc"o#l"44 >art IF primer aparte/ art II nico aparte/ art;77 numerales , D y @/ art ;7F en su segundo y ltimo aparte/ art;7I primer aparte/ art ;;;<

      P'r"o4"c"44  >art ;68 y sentencias del 5ribunal $upremo de?usticia<

      S'ur"44 > C'rt'; >art ;6F<

      D"%!o#"&"l"44  >art ;7;, nico aparte/ art ;7, en su ltimoaparte/ art ;6D< e,

     

    #4"F"4ul"44 >art ;78 primer aparte y art ;6D<S" 4' 4' cu7!l"r co# l 7'#o% u#o 4' 'llo%H '#to#c'%

    #o '% %lr"o.1or otra parte, y en concordancia con lo pre"isto en el ltimo aparte deel art ;7D L4555, una remuneración, '# %'#t"4o '%tr"cto , para que

    pueda ser considerada %lr"o #or7 l , debe cumplir con los seis (7)atributos esenciales del salario y ser regular (habitual) y permanente.Co#7utt"F"44 ' Es el atributo central del concepto de salario/quiere decir, retribución por los ser"icios prestados, o sea, si hay unaprestación de ser"icios debe en consecuencia haber una

    contraprestación dineraria, llamada salario. La causa que genera laretribución o remuneración es la prestación del ser"icio >el ser"icio nose "ende, se presta

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    prestación del ser"icio por la remuneración. Es importante se0alar queel legislador en el art ;7D se0ala un elenco de remuneraciones que son,en cada caso, salario nicamente si dan satisfacción al e(tremo deconmutati"idad, ya que este atributo es la conditio sine 'ua non

    >condición necesaria y suficiente, o sea, %" > %olo %"< para que unaasignación tenga intr%nseca naturaleza salarial. $in embargo, el Bo#o

    =cc"o#l   no cumple con el atributo de la conmutati"idad y ellegislador la ha "enido calificando como salario >art ;66, tercer aparte yart ;7D L4555proporcionalmenteprincipio de fa"orabilidad

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    S'ur"44 > C'rt';' 1or tratarse de una remuneración de carácter "ital para el trabajador y su familia, el salario debe pagarse en loslapsos que fija la L4555, con la mayor seguridad y la má(ima certeza/es decir, que el trabajador debe tener la seguridad de que lo "a a recibir 

    cada semana, cada quince d%as o cada mes o en el lapso acordado. 1or ello, la L4555 ordena su pago en dinero en efecti"o y de curso legal,que es el medio uni"ersal de cambio y de medida.D"%!o#"&"l"44' El trabajador dispondrá libremente de su salario yserá nula cualquier limitación a este derecho no pre"ista en laConstitución de la Repblica !oli"ariana de #enezuela o la L4555. #4"F"4ul"44' El salario será pagado directamente al trabajador o ala persona que &l autorice e(presamente. Esta autorización podrá ser re"ocable. El patrono está obligado a otorgar un recibo de pago altrabajador, cada "ez que pague las remuneraciones y beneficios,indicando el monto del salario y, detalladamente, lo correspondiente a

    las otras remuneraciones.DE6 N C ÓN DE SALAR O

    El salario está definido en el art ;7D L4555. Cito'Se entiende por salario la remuneración, provecho oventaja, cualquiera fuere su denominación o métodode cálculo, siempre que pueda evaluarse en monedade curso legal, que corresponda al trabajador otrabajadora por la prestación de su servicio y, entreotros, comprende las comisiones, primas,graticaciones, participación en los benecios o

    utilidades, sobresueldos, bono vacacional, así comorecargos por días feriados, horas extraordinarias otrabajo nocturno, alimentación y vivienda!os subsidios o facilidades que el patrono o patronaotorgue al trabajador o trabajadora, con el propósitode que éste o ésta obtenga bienes y servicios que le

     permitan mejorar su calidad de vida y la de su familiatienen carácter salarial" #$%

    A#:l"%"% 4' %lr"o'En principio debemos se0alar que la lista de remuneracionescontenidas en el primer aparte del art ;7D, son a t%tulo enunciati"o y no

    limitati"o/ es decir, no se podr%a alegar insuficiencia de remuneracionespor no estar incluidas en la prenombrada lista.

      1or otra parte, el salario constituye la ventaja patrimonial   quepercibe el trabajador por la  prestación de sus servicios  enbeneficio del patrono o, con mayor rigor, con ocasión de la fuerzade trabajo que &ste pone a disposición de aqu&l. La definición

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    propuesta deja traslucir el car*cter oneroso  de la relación detrabajo y la conmutatividad  entre el salario y el trabajo con"enido.

      5ratándose el salario de una "entaja patrimonial, no re"estirán talcarácter aquellas prestaciones destinadas, en lugar de retribuir 

    los ser"icios ejecutados, a c" l" tr l !r'%tc"$# 4' lo%7"%7o% , tales como reembolsos por gastos de traslado, comidao pernocta, suministro de l%nea telefónica, "i"ienda o "eh%culosdestinados a garantizar la ejecución de las labores asignadas altrabajador, y cualquiera otra de naturaleza análoga'

    a< Ae determinarse que el elemento alegado como beneficio,pro"echo o "entaja >3.< sólo ser"irá, e(clusi"amente, parala reali&ación de las labores, no podrá catalogárselo comosalario porque no ser%a algo percibido por el trabajador ensu pro"echo, en su enriquecimiento, sino un instrumentode trabajo necesario para lle"arlo a cabo. Aebe tratarse

    pues, no de un elemento para prestar el ser"icio, sino deun beneficio cuantificable en dinero que se recibe por elhecho de prestar el ser"icio.

      dicionalmente, el referido art ;7D L4555, reproduciendo elcontenido del art ;, 1arágrafo 1rimero >encabezamiento< de laderogada L45, consagra el carácter salarial de los'

    a< $ubsidios o facilidades que el patrono otorgue altrabajador con el propósito de que &ste obtenga bienes yser"icios que le permitan mejorar su calidad de "ida y la desu familia.

      En relación con la norma transcrita, caben los siguientes

    comentarios'a< El %u &% "4 "o (8)  >o sub"ención< alude al socorro, ayuda o

    apoyo de carácter económico que se concede paraasegurar la obtención de ciertos bienes o ser"icios,mientras que la c"l"44  refiere a las medidas destinadasa posibilitar o impulsa la satisfacción de tal objeti"o.

      1or "irtud del rasgo de conmutatividad   que contempla la

    definición contenida en el art ;7D L4555, los %u&%"4 "o% >

    c"l "44'%  patronales re"estirán carácter salarial en tantofuesen garantizados a cambio o con ocasión del trabajo

    con"enido.  La $ala de Casación $ocial del 5ribunal $upremo de ?usticia

    >$C$K5$?

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    $i los subsidios son una ayuda de carácter familiar quecomplementa el salario, no pueden a la "ez ser salario, dedonde se infiere que el 1arágrafo 1rimero del art ; de la L45>;II< "igente, debe ser interpretado en el sentido de que los

    subsidios o facilidades que el patrono otorga al trabajador conla finalidad de obtener bienes y ser"icios para mejorar su "iday la de su familia no son salario, pues ser%a ilógico y

     jur%dicamente imposible que los subsidios y facilidadesreferidos sean, al mismo tiempo, salario y complemento delsalario>6;sentencia -H D7 de D de mayo de 67;7sentencia -H ;@@ de 6@ de febrero de 677I

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    CAR,CTER SALAR AL DEL RECARGO O PORCENTAJE

    SOBRE EL CONSUMO (1K) Y DEL =ALOR /UE

    REPRESENTA EL DEREC@O A PERC B R PROP NAS

    El carácter salarial de la propina, la LOTTT lo consagraen el art 108. Cito:

     &rtículo '() *+n los locales en que se acostumbrecobrar al cliente por el servicio un porcentaje sobre el consumo, tal recargo se computará en el salario, en la

     proporción que corresponda a cada trabajador otrabajadora de acuerdo con lo pactado, la costumbre oel usoSi el trabajador o trabajadora, recibiera propinas deacuerdo con la costumbre o el uso local, se consideraráformando parte del salario un valor que para él o ella

    representa el derecho a percibirlas, el cual se estimará por convención colectiva o por acuerdo entre las partes +n caso de desacuerdo entre el patrono o patrona y el trabajador o trabajadora la estimación sehará por decisión judicial+l valor que para el trabajador o trabajadorarepresenta el derecho a percibir la propina, sedeterminará considerando la calidad del servicio, el nivel profesional y la productividad del trabajador o latrabajadora, la categoría del local y demás elementosderivados la costumbre o el uso".

    !ajo el concepto indicado, se precisa el carácter salarial de laspercepciones por concepto de recargo o porcentaje sobre el consumo y del valor 'ue representa el derecho a percibir propinas.

      El recargo sobre el consumo, independientemente de queaparezca como un por cuenta de un tercero beneficiario delser"icio >comensal, cliente, hu&sped, etc.importante< el tiempo requerido.

      1or su parte, cabe resaltar que aquello que re"iste carácter 

    salarial es el "alor que para el trabajador representa el derecho a percibir propinas con ocasión de la prestación de sus ser"icios,lo cual entra0a por parte del patrono, además de tolerar dichapráctica, organizar adecuadamente el proceso producti"o parafacilitar su percepción. En consecuencia, no ostenta naturalezasalarial las sumas dinerarias efecti"amente percibidas comopropinas, lo cual pro"iene de un tercero sin que el patrono de

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    ordinario pueda ejercer control sobre su cuant%a y oportunidad depercepción, sino, como antes se apuntó, el valor 'ue supone el derecho a percibirla, independientemente de su materiali&ación.tendiendo a la dificultad de su estimación, se pre"& que el "alor 

    que representa la percepción de la propina se estimará, e(art%culo ;7F L4555

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    sus ser"icios, resultará imperati"o sostener que el catálogopre"isto en el art ;7@ L4555 re"estirá carácter e(cepcional y, por tanto, deberá someterse a una interpretación restricti"a.

      +inalmente, con"iene ad"ertir que algunas prestaciones

    contenidas en el art ;7@ L4555 bajo la denominación debeneficios sociales no remunerati"os, no e(hiben naturalezasalarial por definición, toda "ez que no entra0an para eltrabajador un enriquecimiento patrimonial, como resultan loscasos de pro"isión de ropa de trabajo, pago de cursos decapacitación e(igidos por el patrono, o cobertura de los gastosfunerarios por deceso del trabajador. $e trata, pues, dee(clusiones meramente declarati"as/ es decir, destinadas arecalcar la naturaleza jur%dica de una determinada prestación/ por contraposición a aquellas e(clusiones constituti"as, esto es, lasque niegan carácter salarial a prestaciones que, a falta de

    e(preso pronunciamiento el ordenamiento jur%dico atribuye alsalario >@< Ae conformidad con los arts D y DD L4555, el patrono queocupe a más de "einte >67< trabajadores estará obligado a ofrecer uncentro de educación inicial, donde ofrezca atención y formaciónadecuada a los hijos de &stos, cuyas edades est&n comprendidasentre tres >< meses y seis >8< a0os. Aichos ser"icios, se reitera, notienen naturaleza salarial >art DD L4555

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    horas e(traordinarias >art ;;F, nico aparte L4555art ;;I L4555art ;67 L4555habitualidad< o periodicidad de su percepción>;art ;, 1arágrafo 1rimero de la derogada L45;

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    de pago cotidianamente efecti"a, pero en forma reiterada ysegura2/ y

    6< DFI de 7 de julio de 677' 3.son salario normal2 aquellospagos como bonos e incenti"os, hechos bimensualmente,

    semestral o anualmente, pero en forma reiterada y segura2.Not "7!ort#t' ' En ningn caso, lo que se paga por @or%

    E3tror4"#r"%   es salario normal porque las mismas al tener carácter de e(traordinarias no pueden ser laboradas en forma regular >habitual< y permanente. hora, imaginemos que la L4555 por unmomento la relajemos/ es decir, que contra"iniendo la L4555 eltrabajador, en conni"encia con el patrono, labora horas e(traordinariasen forma regular y permanente, no se con"ierte la cantidad pagada por ellas en salario normal, pues su naturaleza sigue siendo e(traordinariay porque el quebrantamiento de la Ley no puede con"ertir un cto

    #t"urí4"co  en un 'co 4' cr:ct'r l'l .Con relación a lo establecido en la parte final del cuarto aparte del art;7D, que para la estimación del salario normal ninguno de losconceptos que lo integran producirá efectos sobre si mismos, lo que sequiere significar es que una "ez determinado el monto correspondienteal salario normal en cada caso, el resultado no podrá tomarsenue"amente en cuenta Pprete(tando que es salario normalK pararecalcular el quantum del mismo, porque se desembocar%a en laanomal%a de un circulo "icioso.E'7!lo'

    ;. un trabajador que tiene estipulado un salario "ariable del @O

    sobre sus "entas efecti"amente cobradas, para calcularle elmonto del descanso semanal no laborado y del domingo nolaborado Plos cuales forman parte de su salario normalK, deberáprocederse as%' se di"ide lo de"engado durante la semana >@O desus "entas cobradas< entre cinco >@@< se obtendrá !s. D77, que es el "alor de sudescanso y domingo semanal no laborado. $u salario normaldurante esa semana será de !s. 6.777 Q D77 Q D77 J 6.F77

    !s.semana. -o se podrá pretender que porque esta ltima sumaes su salario normal, deberá tomarse nue"amente para recalcular el @O.

    Otro ''7!lo'6. un trabajador con jornada ordinaria nocturna se contrata con

    un salario mensual de !s. D.777, el bono nocturno enconsecuencia será de !s. D.777 ( 7O J !s. ;.677/ en

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    consecuencia, su salario normal mensual es de' salario básico Qbono nocturno J D.777 Q ;.677 J !s. @.677. -o se podrá pretender que porque esta ltima suma es su salario normal, deberátomarse nue"amente en cuenta para recalcular el 7O.

    Otro ''7!lo 4' r'7u#'rc"o#'% u' #o %o# %lr"o

    #or7l'

    - Mna gratificación e"entual o cualquier otra asignación similar noes salario normal, toda "ez que es accidental >no es regular >habitual< y permanentepuntualidad yresponsabilidad< no es salario/ en consecuencia no es salario normal.

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    SON SALAR O NORMAL NO SON SALAR O NORMAL

    $alario +ijo limentación y Nospedaje$alario #ariable rrendamiento de #eh%culo$ueldo +ijo !onificación de +in de 0o

    !ono de 1roducción regular ypermanente

    !ono de 1roducción esporádico >ycuando es por el resultado de laslabores de un equipo o grupo detrabajadores<

    !ono -octurno !ono limentario >Cupones<Aa0os y 1erjuicios en el Contratopor 5iempo Aeterminado o paraMna 4bra Aeterminada

    Cajas, +ondos y 1lanes de horro

    A%as +eriados y Aescanso$emanal -o Laborado

    Aescanso $emanal o +eriadoLaborado

    9uerte del 5rabajador Bastos de Representación

    1ropinas Noras E(traordinarias >aunquesean permanentes<

    El >O< $obre el Consumo )ngresos ccidentales#acaciones y A%as dicionales 1restaciones $ocialesComplemento de $ueldo>sobresueldo<

    1rimas Con"encionales deCarácter $ocial

    Complemento de $alario>sobresueldo<

    1rimas de Carácter $ocial

    Comisiones $obre #entas Reintegro de BastosComisiones $obre Cobranzas $egurosccidentes de 5rabajo oEnfermedad 1rofesional

    5raslado y 5ransporte

    Cualquier remuneración que seasalario y se pague con regularidady permanencia

    Mtilidades Legales oCon"encionales

    !ono de Rendimiento regular ypermanente

    #iáticos cuando son pro"istospara la prestación del ser"icio.

    +acilidades para el trabajoR'cor4tor"o' 5ratándose el salario de una "entaja patrimonial, nore"estirán tal carácter aquellas prestaciones destinadas, en lugar deretribuir los ser"icios ejecutados, a c"l"tr l !r'%tc"$# 4' lo%

    7"%7o% , tales como reembolsos por gastos de traslado, comida opernocta, suministro de l%nea telefónica, "i"ienda o "eh%culosdestinados a garantizar la ejecución de las labores asignadas altrabajador, y cualquiera otra de naturaleza análoga.E'rc"c"o N 1<

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    1 Co7!l't' lo% '%!c"o% '# &l#co %&"'#4o u' S

    Slr"o #t'rlH SN Slr"o Nor7l D" %" l%

    %"u"'#t'% r'7u#'rc"o#'% %o# Slr"o '# S'#t"4o

    A7!l"o ( #t'rl) > Slr"o Nor7l ('# %'#t"4o

    '%tr"cto) '# to4o c%o 4'&' ru7'#tr %u

    r'%!u'%t

    R'7u#'rc"$# S SN Aru7'#t' %u r'%!u'%t

    $ueldos%" %"

    Cumple con los 8 atributosesenciales/ por tanto, son salarioy además son regulares ypermanentes/ por tanto, sonsalario normal.

    $alarios$ueldos de ccionistasAi"idendos a ccionistas

    Noras e(traordinarias%" #o

    Cumple con los 8 atributosesenciales/ por tanto, son salario.$in embargo, no son regular ypermanente/ por tanto, no sonsalario normal.

    Noras E(traordinarias +ijas%" #o

    Cumple con los 8 atributosesenciales/ por tanto, son $alario. pesar de que las horas e(traslas labora en forma regular>habitual< y permanente, esacondición no con"ierte la cantidadpagada por ellas en salarionormal, pues su naturaleza siguesiendo e(traordinaria y porque elquebrantar la Ley no puedecon"ertir un act o antijur%dico enun hecho de car*cter legal. 1ortanto no son salario normal.

    !ono de 1roducciónregular.

    %" %"

    Cumple con los 8 atributosesenciales/ por tanto, es $alario yademás son habituales ypermanentes/ por tanto, sonsalario normal.

    !ono de 1roducciónesporádico.Recargo 1or 5rabajo-octurno

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    R'7u#'rc"$# S SN Aru7'#t' %u r'%!u'%t

    Comisiones $obreCobranzasporte 1atronal Caja de

    horrosignación paralimentación#iáticos >debe presentar factura<

    #o #o

    $on facilidades que el patrono lepaga al trabajador para querealice el trabajo. 4 sea, es ungasto de la entidad de trabajo.

    #iáticos >no debe presentar factura<!ono #acacional$ubsidio para 5ransporte

    $er"icio 9&dico Bratuito

    signación +ija por  #eh%culo$er"icio de Comedor 

    #o #o

    !eneficios $ociales, art ;7@,-umeral 6, o sea, es unaremuneración no salarial.

    Recargo por A%as +eriadosReintegro de Bastos9&dicos, +armac&uticos y4dontológicos.

    #o #o

    !eneficios $ociales, art ;7@,-umeral , o sea, es unaremuneración tipificada como no

    salarial.1ro"isión de StilesEscolaressignación por #i"ienda

    Aotación de !otas de$eguridad1ago por Tm. Recorrido por #eh%culorrendamiento de #eh%culodel 5rabajador 

    #acacionesMtilidades

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    R'7u#'rc"$# S SN Aru7'#t' %u r'%!u'%t

    !ono de siduidad>responsabilidad ypuntualidad<

    #o #o

    -o cumple con el primer atributoesencial del salario, o sea, no esconmutati"a, por no pro"enir de

    la prestación del ser"icio.1ro"isión de ?uguetes4torgamiento de !ecas1ago de Cursos de9ejoramiento 1rofesional1ago de Bastos +unerarios1agos a Centros deEducación )nicial

    #o #o

    Es un beneficio social, o sea unaremuneración no salarial, "er art;7@.;

    Aotación de Mniformes

    Complemento del $alario

    Not "7!ort#t'' En la "ida real debemos hacer un análisise(hausti"o de la remuneración, o sea, comprobar qu& se paga aconsecuencia de la prestación del ser"icio, por el cual fue contratado eltrabajador, además "erificar si "a a formar parte del patrimonio deltrabajador/ es decir, que el trabajador pueda disponer del dinero yaplicarlo como &l lo desee, que cumpla con la proporcionalidad,periodicidad y que haya seguridad y certeza de que se pagará a su"encimiento. 1or otra parte, si cumple con lo anteriormente e(presado yes regular y permanente/ entonces además de ser %lr"o es tambi&n

    %lr"o #or7l.

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    E'rc"c"o% r'%u'lto%'

    E'rc"c"o r'%u'lto N 1 .K Aetermine la cuant%a del $alario integral ydel $alario -ormal de un trabajador con jornada ordinaria nocturna.

    $alario básico >SB<  D.77

    7,77

    signación por "i"ienda

    >A3=< @77,77!ono de 1roducciónregular >BPR>P<

      877,77 Aotación de botas F77,77

    !ono nocturno >BN)  ;.F

    7,77

    $ubsidio para transporte>S!T< ;.777,77

    !ono de asiduidad>puntualidad yresponsabilidad<

      D77,77

    Reintegro de gastosm&dicos @7,77

    1ro"isión de libros  6.@7

    7,77 $er"icio de comedor @@,77

    4torgamiento de becas  87

    7,77Recargo por d%as feriados>RD6< ;DI,@7

    R'%!u'%t%'

    S SB BP(R>P) BN A3= S!T RD6 y sustituyendo, nosqueda que'S J D.777 Q 877 Q ;.F7 Q @77 Q ;.777 Q ;DI,@7 J !s. 9+Q5

    SN SB BPR>P BN A3= S!T  y sustituyendo, nos quedaque'SN J D.777 Q 877 Q ;.F7 Q @77 Q ;.777 J !s.

    Aru7'#to% 4'l c:lculo'Como se obser"a no se consideró el pago por bono de asiduidad, yaque el mismo no cumple con el primer atributo esencial del salario, osea dicha remuneración no es conmutati"a/ es decir, es un pago que nopro"iene de la prestación del ser"icio/ por lo tanto, tampoco es SN .)gualmente, no se consideraron para el calculo de la cuant%a del salarioy del salario normal' la pro"isión de libros, el otorgamiento de becas, ladotación de botas, el reintegro de gastos m&dicos y el ser"icio decomedor/ argumentados o basados en los numerales 6 al 8 del art ;7@L4555, ya que son remuneraciones de carácter no salariales, o sea, sonbeneficios sociales. Las remuneraciones que consideramos en la

    cuant%a del salario son' signación por "i"ienda y el subsidio paratransporte, aunque son remuneraciones no conmutati"as, el legislador las hace salario cuando establece !os subsidios o facilidadesque el patrono o patrona otorgue al trabajador otrabajadora, con el propósito de que éste o ésta obtengabienes y servicios que le permitan mejorar su calidad devida y la de su familia tienen carácter salarial" y también

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    consideramos como salario el recargo por días eriados,pero no es !", por s# carácter e$traordinario. $i una remuneración no es salario, entonces, tampoco será salarionormal. hora bien, en el caso del salario básico es ob"io que es SN

    por ser regular y permanente, as% tambi&n el BP (r'ulr &"tul o!'r7#'#t'), el BN siempre estará presente por ser inherente a la

     jornada ordinaria nocturna y el r'cro !or 4í% 'r"4o% la misma

    L4555 la consagra como S pero no es SN  por no ser regular ypermanente. -i el recargo, ni el trabajo realizado en d%as de descanso yd%a feriado son SN por no ser habituales y permanentes, son más bienesporádico, la labor en d%a de descanso o feriado en general ese(traordinaria. hora bien, si el BP  no es regular y permanente

    entonces tampoco será SN .

    E'rc"c"o r'%u'lto N + .K Aetermine la cuant%a del $alario integral ydel $alario -ormal de un trabajador >representante de "entas< con jornada ordinaria diurna, que obtu"o las siguientes remuneraciones.

    $alario !ásico >SB< .777,771ro"isión de StilesEscolares

    @;8,77

    !ono de 1roducciónEsporádico >BPE)

    @77,77porte 1atronalCaja de horro

    77,77

    1ro"isión de Ropa de5rabajo

    F.@77,77Comisiones $obre#entas >C=<

    .777,77

    $eguro del #eh%culo>S4=< @,77

    1agos a Centros

    de Educación)nicial

    6.@77,77

    1ago por Tm. Recorridopor #eh%culo >P!R<

    ;.777,77

    Cupones de$ubsidioalimentario >cestaticUets<

    ;.77,77

    1ago de Cursos deCapacitación

    877,77Aescansos$emanales >DS<

    .777,77

    S SB BPE S4= P!R C= DS y sustituyendo, nosqueda que'S J .777 Q @77 Q @ Q ;.777 Q .777 Q .777 J !s. 15

    SN SB S4= P!R C= DS y sustituyendo, nos quedaque'SN J .777 Q @ Q ;.777 Q .777 Q .777 J !s. 1-5

    Aru7'#to% 4'l c:lculo'

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    estas alturas el participante deberá estar en capacidad de disertar sobre cuáles son los argumentos que se tomaron en consideración.

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    E'rc"c"o% !r r'%olF'r '# l %'%"$# 4' cl%'%'

    E'rc"c"o N 1.K Aetermine la cuant%a del $alario integral y del $alario-ormal de un trabajador con jornada ordinaria nocturna.

    $alario básico >SB< .@77,77

    signación por

    "i"ienda >A3=< @77,77!ono de 1roducciónregular y permanente>BP)

    @7,77 Aotación de botas F77,77

    !ono nocturno >BN) ;.;@@,77$ubsidio paratransporte >S!T<

    ;.777,77

    !ono de asiduidad>puntualidad yresponsabilidad<

    @7,77Reintegro degastos4dontológicos

    @7,77

    1ro"isión de libros ;.@77,77 $er"icio decomedor  @@,77

    4torgamiento de becas @77,77Recargo por d%asferiados >RD6<

    677,77

    Noras E(tras Aiurnas>@ED<

    D@7,77Noras E(tras-octurnas >@EN<

    877,77

    R'%!u'%t%< Slr"o #t'rl "ul < B% 55

    Slr"o Nor7l "ul < B% 955

    Aru7'#to% 4' c:lculo<

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    E'rc"c"o N +.K Aetermine la cuant%a del $alario integral y del $alario-ormal de un trabajador >representante de "entas< con jornadaordinaria diurna, que obtu"o las siguientes remuneraciones.

    $alario !ásico >SB< .@77,77

    1ro"isión de

    Stiles Escolares 8;@,77!ono de 1roducción>BP)

    @7,77porte 1atronalCaja de horro

    @7,77

    1ro"isión de Ropa de5rabajo

    8.777,77Comisiones$obre #entas>C=<

    6.777,77

    $eguro del #eh%culo>S4=<

    @,771agos a Centrosde Educación)nicial

    6.@77,77

    1ago por Tm. Recorridopor #eh%culo >PR<

    F77,77Cupones de$ubsidioalimentario >cestaticUets<

    ;.77,77

    1ago de Cursos deCapacitación

    877,77Aescansos$emanales >DS<

    6.887,77

    Noras E(tras >@E< @67,77Reintegro de#iáticos

    F77,77

    R'%!u'%t%< Slr"o #t'rl "ul < B% Q55

    Slr"o Nor7l "ul < B% Q--5

    Aru7'#to% 4' c:lculo<

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    E'rc"c"o% %"#4o% !r r'%olF'r '# c%

    E'rc"c"o %"#4o N 1' Aetermine la cuant%a del $alario integral ydel $alario -ormal de un trabajador con jornada ordinaria nocturna.

    $alario !ásico 6.@77,77

    1ro"isión de

    Stiles Escolares @7,77!ono de 1roducciónBP

    6@7,77porte 1atronalCaja de horro

    6@7,77

    1ro"isión de Ropa de5rabajo

    ;.@77,77Comisiones$obre #entas

    6.@77,77

    $eguro del #eh%culo D@7,771agos a Centrosde Educación)nicial

    6.;77,77

    1ago por Tm. Recorridopor #eh%culo

    F@7,77

    Cupones de

    $ubsidioalimentario >cestaticUets<

    ;.77,77

    1ago de Cursos deCapacitación

    @7,77Aescansos$emanales

    6.DD7,77

    Noras E(tras D@7,77Reintegro#iáticos

    @I@,77

    R'%!u'%t%< Slr"o #t'rl "ul < B% Q1Q

    Slr"o Nor7l "ul < B%

    Aru7'#to% 4' c:lculo'

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    E'rc"c"o %"#4o N +' Aetermine la cuant%a del $alario integral ydel $alario -ormal de un trabajador con jornada ordinaria nocturna, enuna entidad de trabajo con jornada continua.

    $alario básico >SB< .F77,77

    signación por

    "i"ienda >A!=< @77,77!ono de 1roducciónBP regular 

    F7,77 Aotación de botas I@7,77

    !ono nocturno BN ;.6@D,77$ubsidio paratransporte >S!T<

    F@7,77

    !ono de asiduidad>puntualidad yresponsabilidad<

    F7,77Reintegro degastos4dontológicos

    @7,77

    1ro"isión de libros 6.777,77$er"icio decomedor 

    @@,77

    4torgamiento de becas D@7,77Recargo por d%asferiados >RD6<

    @7,77

    Noras E(tras Aiurnas>@ED<

    67,77Noras E(tras-octurnas >@EN<

    8D7,77

    R'%!u'%t%< Slr"o #t'rl "ul < B% QQ

    Slr"o Nor7l "ul < B% 9

    Aru7'#to% 4' c:lculo<

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    E'rc"c"o %"#4o N -'Aetermine cuáles conceptos son salario y cuáles son salario normal.

    -V 1artida o remuneración$alario-ormal

    $alario)ntegral

    ; Comisiones6 portes a la caja de ahorro signación para alimentaciónD #iático >debe presentar factura<@ !ono "acacional8 $ubsidio para transporte Noras e(tras esporádicasF $er"icio m&dico gratuitoI Recargo por trabajo nocturno;7

    signación fija por "eh%culo

    ;; $er"icio de comedor ;6

    Recargo por d%as feriados

    ;

    Reintegro de gastos m&dicos

    ;D

    1ro"isión de tiles escolares

    ;@

    signación por "i"ienda

    ;8

    Aotación de botas de seguridad

    ;

    #iáticos >no debe presentar factura<

    ;F

    $ueldo

    ;I

    1ago por Ums. recorridos por "eh%culo

    67

    !ono de producción esporádico

    6;

    #acaciones

    6

    !ono de asiduidad >premio por puntualidad y responsabilidad<

    6D

    Noras e(tras regulares

    E'rc"c"o %"#4o N (o!c"o#l)'Mn trabajador recibe en el mes las siguientes remuneraciones' $ueldo!s. ;.@7/ Mtilidades !s. ;.@77/ Mniforme !s. @7/ !ono -octurno !s.

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    877/ #iáticos del mes !s. F77/ signación por "eh%culo !s. @77/ Norase(tras +ijas !s. 677/ Cesta 5icUet !s. @7/ porte 1atronal !s. I77 y un!ono ppuntualidad de !s. 77.Calcule el %lr"o #or7l de dicho trabajador.

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    E'rc"c"o %"#4o N 5 (o!c"o#l)'El $r. Luis Barc%a, quien labora una jornada nocturna, recibe en el mesde diciembre las siguientes remuneraciones' $alario !s. 6.@77/ !ono deasistencia y puntualidad !s. 77/ !ono -octurno !s. @77/ !eneficio de

    limentación !s. 77/ Mtilidades !s. ;7.777/ limentación y #i"ienda!s. ;.@77/ porte 1atronal a la caja de ahorro !s. @77/ !ono detransporte !s. 6@7/ Mniformes !s. ;.777/ #iáticos esporádicos>soportados< !s. ;.F77/ 1rima por hijos !s. ;.@77 y un !ono #acacionalde !s. ;.F77

    $e requiere'  Aeterminar el salario normal del $r. Luis Barc%a  Calcular el salario integral del trabajador   Aeterminar el salario diario del $r. Luis Barc%a.  Aeterminar el salario semanal

    E'rc"c"o %"#4o N 9 (o!c"o#l)'

    El $r. Rafael +inol laboró la 6da semana del mes de abril, dicha semanaempieza el d%a ;@ y percibió las siguientes remuneraciones'

    $alario de lunes a sábado !s. 6.77!ono alimentario !s. @77signación por #eh%culo !s. 77Noras e(traordinarias !s. 77Mniforme !s. 8I7$e 1ide'

      Aeterminar cuales remuneraciones forman parte del salario.  Aeterminar el salario normal, el salario )ntegral y lo de"engado en

    la semana.E'rc"c"o %"#4o N (o!c"o#l)'Mn trabajador de"enga un salario mensual de !s. .@77, labora una

     jornada diurna de F horas. Aetermine el salario diario, salario semanal yel salario hora de dicho trabajador.E'rc"c"o %"#4o N (o!c"o#l)'Mn trabajador de"enga un salario mensual de !s. 6.7 yadicionalmente un salario "ariable de !s. ;.77. simismo el trabajador de"enga de forma mensual !s. 677 por concepto de transporte y !s.IF en Cesta 5icUets. Aetermine el salario mensual de dicho trabajador.E'rc"c"o %"#4o N Q (o!c"o#l)'

    Mn trabajador labora una jornada ordinaria diurna de 8 horas de lunes a"iernes, de"engando un salario mensual de !s. D.877/ !s. D7 diarios por concepto de bono de producti"idad y !s. 7 por concepto de bonoalimentario diario. dicionalmente la empresa otorga a sus trabajadores7 d%as de bono "acacional y D@ d%as de utilidades. Aetermine el salario,salario normal, salario diario, salario hora de dicho trabajador.

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    R'cor4tor"o' 5ratándose el salario de una "entaja patrimonial, nore"estirán tal carácter aquellas prestaciones destinadas, en lugar deretribuir los ser"icios ejecutados, a c"l"tr l !r'%tc"$# 4' lo%

    7"%7o% , tales como reembolsos por gastos de traslado, comida o

    pernocta, suministro de l%nea telefónica, "i"ienda o "eh%culosdestinados a garantizar la ejecución de las labores asignadas altrabajador, y cualquiera otra de naturaleza análoga.

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    TEMA

    DEL DESCANSO

    PER ODOS DE DESCANSO

    CAMB OS /UE TRAE LA NUE=A LEY EN RELAC ÓN A LA

    JORNADA LABORAL Y DÍAS DE DESCANSO Y 6ER ADOS

    a< Aisminución de la jornada diurna a D7 horas semanales y lanocturna a @ semanales >rts ;.; y ;.6< y plazo hasta el de mayo de 67; para ponerla en práctica >disposicióntransitoria tercera, art @@art ;art ;8, nico aparte L4555 &"'#'%tr 4'l tr&4or<

    5oda "ez que el bien jur%dico tutelado por el r&gimen de descansos en elámbito de la relación de trabajo es la integridad f%sica, ps%quica y moraldel trabajador, constituye un tópico profusamente regulado por laL41CG95. En este sentido, dicha Ley proclama como objeti"ofundamental ofrecer a los trabajadores condiciones de seguridad, salud

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    y bienestar a tra"&s de, entre otros mecanismos, el desarrollo deprogramas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso yturismo social >rts. ;, numerales ; y 6, y @I.D<El !tro#o 4'&' r#t";r 'l ''ct"Fo 4'%c#%o 4'l

    tr&4orrts ;76 ysiguientesart @6.8rts D y DF.6art D7, numerales , ;; y ;6art ;8F L4555D< horas consecuti"as >art @.;, Con"enio -H ;@ 4)5 l"7'#tc"$# que debe obser"arse durante la jornada

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    diaria de trabajo/ es decir, la bisección del referido tiempo de descansoy alimentación, en cada media >;6< hora, atendiendo a lo dispuesto enel art ;8F L4555.

    DESCANSO NTERJORNADA

    D'"#"c"$#F< horas continuas, tal como sedesprende del r&gimen pre"isto para el trabajo en la na"egaciónmar%tima, flu"ial y lacustre >art 6@7 L4555$C$K5$?F<horas para trabajar, ocho >F< horas para disfrutar y ocho >F< horas para

    descansar.El 4'%c#%o "#tror#4 '# 'l tr#%!ort' t'rr'%tr';7< horascontinuas en el per%odo de cada "einticuatro >6D< horas, contando apartir del comienzo de la jornada de trabajo.

    DESCANSO SEMANAL

    D' lo% 4o% (+) 4í% 4' 4'%c#%o %'7#l6< d%as de descanso,continuos y remunerados, durante cada semana de labor >art ;,

    encabezamiento L45556< d%ascontinuos de descanso semanal obligatorio.EL 4'%c#%o %'7#l '# or#4% co#t"#u% cu#4o %'

    ''ct' !or tur#o%8< d%as de trabajo deberán ser co7!'#%4%  con un >;< d%aadicional de disfrute en el per%odo "acacional correspondiente >art ;8L4555<

    El 4'%c#%o %'7#l '# Lo% Vtr&4or'% r'%"4'#c"l'%W<

    1or "irtud de la Ley especial que los rige, gozan, desde el 8 deno"iembre de 67;;, de dos >6< d%as de descanso semanal, continuos yremunerados, que deben coincidir con los fines de semana, es decir,con el sábado y domingo de cada semana

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    El 4'%c#%o '# 'l tr#%!ort' 8r'o ''cut4o% !or tur#o% , de acuerdo con lo

    pre"isto en el art ;8 L4555, !o4r:# co#F'#"r%' + 4í%

    4"%co#t"#uo% 4' 4'%c#%o %'7#l . En este escenario se reiteraque aquellas semanas donde se fije un solo d%a de descanso, serán

    compensados con un >;< d%a adicional de disfrute remunerado en elper%odo "acacional correspondiente a dicho a0o >sin incidencia en elbono "acacional, o sea, no aumenta los d%as a pagar por concepto debono "acacional

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    P"'r4' 'l 4'r'co l !o 4'l 4'%c#%o %'7#l '# c%o

    4' ltr 7:% 4' u# (1) 4íy feriados

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    nocturno para quien presta ser"icios en jornada nocturna/ tendr%aderecho a percibir adicionalmente, como remuneración del d%a dedescanso >o feriado

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    DÍAS 6ER ADOS

    Ae conformidad con el art ;FD L4555, todos los d%as del a0o sonhábiles para el trabajo, con e(cepción de los feriados/ es decir'

    a< Los domingos

    b< El ;H de enero/ lunes y martes de carna"al/ el ?ue"es y el#iernes $antos/ el ;H de mayo y el 6D, 6@ y ; de diciembre.c< Los se0alados en la Ley de +iestas -acionales >;I de abril,

    6D de junio, @ de julio, 6D de julio, y ;6 de octubre<d< Los que se hayan declarado o se declaren festi"os por el

    Bobierno -acional, por los Estados o por las9unicipalidades, hasta un l%mite total de tres por a0o.

    Pro"&"c"$# 4' l&orr '# 4í% 'r"4o%art ;FD L4555;< d%a en dichoper%odo >art ;;I L4555

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    PAGO DEL DÍA 6ER ADO Y DEL DÍA DE DESCANSO >rt

    11Q<

    VEl trabajador o trabajadora tiene derecho a que se le pague el salariocorrespondiente a los d%as feriados o de descanso cuando hayaprestado ser"icio durante los d%as hábiles de la jornada semanal detrabajo.Cuando se haya con"enido un salario mensual el pago de los d%asferiados y de descanso obligatorio estarán comprendidos en laremuneración.1ara el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por causa de los d%as de descanso o de los d%as feriados, se tomará comobase el !ro7'4"o 4'l %lr"o #or7l 4'F'#4o 4ur#t' lo%

    4í% l&or4o% '# l r'%!'ct"F %'7# .$i se ha estipulado un salario quincenal o mensual, el salario que

    corresponda a los d%as de descanso o los d%as feriados será el!ro7'4"o 4'l %lr"o #or7l 4'F'#4o 4ur#t' lo% 4í%

    l&or4o% '# l r'%!'ct"F u"#c'# o 7'% %'# %' 'l

    c%o.

    El trabajador o trabajadora #o !'r4'r: '%' 4'r'co  si durante la

     jornada semanal de trabajo en la entidad de trabajo ltr' u# 4í

    4' %u tr&oW.

    DESCANSO COMPENSATOR O

    rt%culo ;FF. Cuando un trabajador o trabajadora hubiere prestadoser"icios en d%a domingo o en el d%a que le corresponda su descansosemanal obligatorio, por cuatro o más horas, tendrá derecho a un d%acompleto de salario y de descanso compensatorio/ y, cuando hayatrabajado menos de cuatro horas, tendrá derecho a medio d%a desalario y de descanso compensatorio. Estos descansoscompensatorios deben concederse en la semana inmediatamentesiguiente al domingo, d%a de descanso semanal obligatorio en quehubiere trabajado.Cuando el trabajo se efecte en los d%as ;V de enero, lunes y martes decarna"al/ jue"es y "iernes $antos, ;V de mayo y 6D, 6@ y ; dediciembre, los se0alados en la Ley de +iestas -acionales y losdeclarados festi"os por los estados o municipalidades, no habrá lugar 

    a ese descanso compensatorio, sal"o que alguno de estos d%ascoincida con domingo o con su d%a de descanso semanal.

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     NTERRUPC ÓN COLECT =A DEL TRABAJO (TRABAJO

    COMPENSATOR O) SEG*N RPLOTTT

    Ae acuerdo con el art I RL455, se comprende por interrupción colecti"adel trabajo, como circunstancia justificati"a del trabajo compensatorio,

    e( art ;F; L4555'  La paralización, por casos de fuerza mayor, causas

    accidentales o condiciones atmosf&ricas ad"ersas ypre"isiblemente de bre"e plazo, de las acti"idades ejecutadasen la entidad de trabajo o, por lo menos, de una fase delproceso producti"o.

      El patrono estará obligado a pagar el salario causado duranteel per%odo de interrupción colecti"a de las labores y podrá, si loestimare con"eniente, e(igir la ejecución del trabajocompensatorio a que se refiere el art ;F; L4555.

    DEBER DE LOS TRABAJADORES DE PRESTAR SER= C O

    SEG*N RPLOTTT

    Aebemos ad"ertir que la norma reglamentaria propone >aconseja< eldeber de los trabajadores de prestar ser"icios compensatorios en casode interrupciones colecti"as de trabajo, lo cual no se desprendeclaramente del art ;F; L4555/ por lo tanto, nuestra sugerencia es quecundo se redacte el contrato indi"idual de trabajo, se contemple unacláusula referida a este aspecto.

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    EJERC C OS RESUELTOS SOBRE EL PAGO DEL DESCANSO

    SEMANAL NO LABORADO DE UN TRABAJADOR CON

    SALAR O POR UN DAD DE T EMPO

    E'rc"c"o r'%u'lto N 1.  (D'%c#%o >o 'r"4o #o

    l&or4o%).;. $upongamos que un trabajador con jornada ordinaria diurna de

    martes a sábado, o sea, descansa domingo y lunes, fue contratadocon el siguiente paquete salarial' $alario básico semanal de !s.77,77, un bono de producción regular y permanente del ;7O delsalario básico semanal, un bono de asiduidad de @O del salariobásico semanal, sabiendo que el trabajador asistió durante toda la

     jornada. $e pide' Aetermine el pago del descanso semanal nolaborado y lo de"engado en la semana.

    $olución'

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a 5otalAe"engado $alario-ormal

    $alario Ae"engado en la $emana @ ;D7 77  

    !ono de 1roducción en la $emana @ ;D 7  

    !ono de siduidad en la $emana @ @  

    $alario -ormal $emanal   7

    Aomingo -o Laborado ; ;@D ;@DAescans

    o$emanal

    Aescanso $emanal -o Laborado ; ;@D ;@D 7F5otal Ae"engado en la $emana ;.;;  $alario -ormal J 77 Q 7 J 7 !s.semana.1romedio J 7 @ J ;@D !s.d%a-otas importantes'El bono de asiduidad no es salario normal.Recu&rdese que se debe calcular el promedio del salario normalde"engado en la semana >sin incluir el bono de asiduidad

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    E'rc"c"o r'%u'lto N -. (D'%c#%o >o 'r"4o #o

    l&or4o%)

    . $upongamos que un trabajador con jornada mi(ta de lunes a"iernes, o sea, descansa sábado y domingo, su jornada es de siete y

    media horas, as%' D,@ horas diurnas   horas nocturnas y que fuecontratado con el siguiente paquete salarial' $alario básico semanalde !s. I77,77, un bono de producción regular y permanente del ;7Odel salario básico semanal, un bono nocturno de 7O del salarionormal de"engado en la semana y un bono de asiduidad de @O delsalario básico semanal, sabiendo que el trabajador asistió durantetoda la jornada. $e pide' Aetermine el pago del descanso semanal nolaborado y lo de"engado en la semana.

    Soluc"$#<

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a5otal

    Ae"engado

    $alario

    -ormal$alario Ae"engado en la $emana @ ;F7 I77  !ono de 1roducción en la $emana @ ;F I7  !ono -octurno en la $emana @ @I,D 6I  !ono de siduidad en la $emana @ I D@  $alario -ormal $emanal   ;.6F

    Aomingo -o Laborado ; 6@,D 6@,DAescanso$emanal

    Aescanso $emanal -o Laborado ; 6@,D 6@,D @;D,F

    5otal Ae"engado en la $emana ;.FD 

    $alario -ormal J I77 Q I7 Q 6I J ;.6F !s.semana.1romedio J ;.6F @ J 6@,D7 !s.d%a

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    E'rc"c"o r'%u'lto N . (D'%c#%o >o 'r"4o #o

    l&or4o%)

    D. $upongamos que un trabajador con jornada ordinaria diurna delunes a "iernes, o sea, descansa sábado y domingo, que fue

    contratado con el siguiente paquete salarial' $alario básico semanalde !s. ;.@77,77, un bono de producción regular y permanente del;7O del salario básico semanal, un bono de asiduidad de @O delsalario básico semanal, sabiendo que el trabajador dejó de asistir un>;< d%a en la semana. $e pide' Aetermine el pago del descansosemanal no laborado y lo de"engado en la semana.

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a5otal

    Ae"engado$alario-ormal

    $alario Ae"engado en la $emana D 77 ;.677  !ono de 1roducción en la $emana D 7 ;67  

    !ono de siduidad en la $emana D ;@ 87  $alario -ormal $emanal   ;.67Aomingo -o Laborado ; 68D 68D  

    Aescanso $emanal -o Laborado ; 68D 68D @6F

    5otal Ae"engado en la $emana ;.I7F  Recu&rdese que el trabajador inasistió un >;< d%a en la semana.$alario -ormal J ;.677 Q ;67 J ;.67 !s.semana.1romedio J ;.67 @ J 68D !s.d%a

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    E'rc"c"o r'%u'lto N 5. (D'%c#%o >o 'r"4o #o

    l&or4o%)

    $upongamos que un trabajador con jornada ordinaria nocturna demartes a sábado, o sea, descansa domingo y lunes, que fue contratado

    con el siguiente paquete salarial' $alario básico semanal de !s.;.@77,77, un bono de producción regular y permanente del ;7O delsalario básico semanal, un bono nocturno de 7O sobre el salarionormal de"engado en la semana y un bono de asiduidad de @O delsalario básico semanal, sabiendo que el trabajador dejó de asistir un >;<d%a y medio >W< en la semana. $e pide' Aetermine el pago del descansosemanal no laborado y lo de"engado en la semana.

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a5otal

    Ae"engado$alario-ormal

    $alario Ae"engado en la $emana ,@ 77 ;.7@7  

    !ono de 1roducción en la $emana ,@ 7 ;7@  !ono -octurno ,@ II D  !ono de siduidad en la $emana ;@ D@  $alario -ormal $emanal   ;.;@@Aomingo -o laborado 7 7 7  Aescanso $emanal -o Laborado 7 7 7 7

    5otal Ae"engado en la $emana ;.@DNot "7!ort#t'' El bono de asiduidad es una remuneración quepremia la responsabilidad y la puntualidad/ por lo tanto, pierde el

    derecho a que se le paguen dos >6< d%as por concepto de descansosemanal, ya que inasistió en más de un d%a y al bono de asiduidad en lamisma proporción.$alario -ormal J ;.7@7 Q ;7@ Q D J ;.;@@ !s.semana.1romedio J no aplica pues el trabajador dejó de asistir más de un d%a, osea, no procede pago por descansos semanales no laborados.

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    E'rc"c"o% !r r'%olF'r '# l %'%"$# 4' cl%'%<

    E'rc"c"o N 1 (D'%c#%o >o 'r"4o #o l&or4o%)

      $upongamos un trabajador con jornada ordinaria #octur#  demartes a sábado, o sea, descansa domingo y lunes, fuecontratado con el siguiente paquete salarial' $alario básicosemanal de !s. ;.677, un bono de producción regular ypermanente de ;7O del salario básico semanal, un bono nocturnode 7O sobre el salario normal de"engado en la semana y unbono de asiduidad de @O del salario básico semanal, sabiendoque el trabajador dejó de asistir dos >6< d%as en la semana. $epide' Aetermine el pago del domingo no laborado y el descansosemanal no laborado y lo de"engado en la semana.

    E'rc"c"o N + (D'%c#%o >o 'r"4o #o l&or4o%)

      $upongamos un trabajador con jornada ordinaria 4"ur#  de

    lunes a "iernes, o sea, descansa sábado y domingo, fuecontratado con el siguiente paquete salarial' $alario básicosemanal de !s. 6.@77, un bono de producción regular ypermanente de @O del salario básico semanal, una prima por puntualidad y asistencia de 6,@O del salario básico semanal. $epide' Aetermine el pago por el descanso semanal no laborado y eldomingo no laborado y lo de"engado en la semana.

    E'rc"c"o N - (D'%c#%o >o 'r"4o #o l&or4o%) .

      $upongamos un trabajador con jornada ordinaria 7"3t de lunesa "iernes, o sea, descansa sábado y domingo, fue contratado conel siguiente paquete salarial' $alario básico semanal de !s. ;.@77,

    un bono de producción regular y permanente de ;7O del salariobásico semanal, una prima por hogar e hijos de @O del salariobásico semanal, sabiendo que el trabajador asistió durante todola jornada ordinaria con"enida. $e pide' Aetermine el pago delbono nocturno, del descanso semanal no laborado y lode"engado en la semana.

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    PAGO POR TRABAJO EN DÍA 6ER ADO O

    DESCANSO SEMANAL O SEA .CÓMO SE

    PAGA EL 6ER ADO O DESCANSO SEMANAL

    LABORADO2

    rt%culo ;67. Cuando un trabajador preste ser"icio en d%a feriado tendráderecho al salario correspondiente a ese d%a y además al que lecorresponda por razón del trabajo realizado, calculado con r'cro

    4'l c"#cu'#t !or c"'#to (5K < sobre el %lr"o #or7l.-ota importante' recargar una cantidad en @7O es equi"alente amultiplicarla por ;,@7, demostr&moslo'$ea la cantidad a recargar $- J $alario -ormal, entonces recargar en@7O al $-, es equi"alente a plantear la siguiente ecuación.

    $- Q >$- ( @7O< J $- Q >$- ( @7;77< J $- Q >$- ( 7,@7< J $- >; Q 7,@7< J$- ( ;,@7. Lo que quer%amos demostrar >lqqd< d%as de salario, pero estamosanalizando es la L4555 y no los con"enios colecti"os/ por lo tanto, son6,@7 d%as de salario normal.

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    E'rc"c"o% r'%u'lto% %o&r' 'l !o 4'l 4'%c#%o >o

    'r"4o tr&4o

    E'rc"c"o r'%u'lto N 1< (D'%c#%o >o 'r"4o l&or4o)

    ; $upongamos un trabajador con jornada ordinaria diurna demartes a sábado, o sea, descansa domingo y lunes, fuecontratado con el siguiente paquete salarial' $alario básicosemanal de !s. ;.777,77, un bono de producción regular ypermanente de ;7O del salario básico semanal, el trabajador laboró el lunes. $e pide' Aetermine el pago del descanso semanallaborado, el pago del domingo no laborado y lo de"engado en lasemana.

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a5otal

    Ae"engado$alario-ormal

    $alario Ae"engado en la $emana @ 677 ;777  

    !ono de 1roducción en la $emana @ 67 ;77  $alario -ormal $emanal   ;;77Aomingo -o Laborado ; 667 667  Aescanso $emanal Laborado 6,@ 667 @@7 7

    5otal Ae"engado en la $emana ;.F7  Cálculos'El salario normal del trabajador es' 1 1 11  !s.semana

    ordinaria de @ d%as/ por lo tanto, el salario normal diario J 11 5

    ++ !s.d%a

    1ago del descanso laborado >lunes laborado< J ++ 3 +5 55B%4í.1or otra parte, el descanso semanal y el feriado laborado no es salarionormal, por no ser regulares y permanentes, o sea, es un e"ento queocurre accidentalmente o tiene carácter e(traordinario.Not "7!ort#t';6< d%a descanso compensatorioremunerado y dichos descansos deben concederse en la semanainmediatamente siguiente al domingo o al d%a de descanso semanalobligatorio en que hubiere trabajado.

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    E'rc"c"o r'%u'lto N +. (D'%c#%o >o 'r"4o l&or4o)6 Mn trabajador con jornada ordinaria nocturna de lunes a "iernes,

    o sea, descansa sábado y domingo, con el siguiente paquetesalarial' $alario básico semanal !s. I77,77, una prima por hogar e

    hijos de @O del salario básico, un bono de producción regular ypermanente del ;7O del salario básico semanal, un bononocturno de 7O del salario normal de"engado en la semana, eltrabajador laboró el descanso semanal y el domingo. $e pide'Aetermine el pago del descanso semanal y domingo laborado y lode"engado en la semana.

    R'cor4tor"o< Po 4'l &o#o #octur#o

    rt%culo ;;. La jornada nocturna será pagada con un treinta por cientode recargo, por lo menos, sobre el salario con"enido para la jornadadiurna.1ara el cálculo de lo que corresponda al trabajador o trabajadora por 

    causa del trabajo nocturno, se tomará como base el %lr"o #or7l4'F'#4o 4ur#t' l or#4 r'%!'ct"F2.

    Conceptos de -ómina A%as !s.d%a5otal

    Ae"engado$alario-ormal

    $alario Ae"engado en la $emana @ ;F7 I77  !ono de 1roducción en la $emana @ ;F I7  !ono -octurno en la $emana @ @I,D 6I  1rima por Nogar e Nijos @ I D@  $alario -ormal $emanal   ;.6F

    Aomingo Laborado 6,@ 6@,D F8,;  Aescanso $emanal Laborado 6,@ 6@,D F8,; 6,6

    5otal Ae"engado en la $emana 6.;7D  Cálculos'El salario normal del trabajador es' Q Q +Q 1+!s.semana ordinaria de @ d%as/ por lo tanto, el salario normal diario J1+ 5 +5 !s.d%a.

    1ago del descanso laborado >sábado laborado< J +5 3 15

    -91 B%4í.

    4tra manera de calcular' +5 1+ (r'cro) -91!s.d%a.Not "7!ort#t'' El descanso semanal y el feriado laborado no sonsalario normal.

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    E'rc"c"o% %"#4o% !r r'%olF'r '# cl%'%<

    E'rc"c"o %"#4o N 1  (D'%c#%o >o 'r"4o l&or4o)

    Mn trabajador con jornada ordinaria 4"ur# de lunes a "iernes, o sea,descansa sábado y domingo, con el siguiente paquete salarial' $alariobásico semanal !s. I77,77, una prima por hogar e hijos de ;@O delsalario básico, un bono de producción regular y permanente de ;7O delsalario básico semanal, el trabajador l&or$  el descanso semanal ytambi&n el domingo. $e pide' Aetermine el pago del descanso semanaly el domingo laborado y lo de"engado en la semana.E'rc"c"o %"#4o N +  (D'%c#%o >o 'r"4o l&or4o)

    Mn trabajador con jornada ordinaria #octur# de lunes a "iernes, osea, descansa sábado y domingo, con el siguiente paquete salarial'$alario básico semanal !s. I77, una prima por hogar e hijos de ;@O delsalario básico, un bono de producción regular y permanente de ;7O del

    salario básico semanal, el trabajador l&or$  el descanso semanal ytambi&n el domingo. $e pide' Aetermine el pago del bono nocturno, deldescanso semanal y el domingo laborado y lo de"engado en la semana.E'rc"c"o %"#4o N - . (D'%c#%o >o 'r"4o l&or4o)

    Mn trabajador con jornada ordinaria 7"3t de martes a sábado, o sea,descansa domingo y lunes, con el siguiente paquete salarial' $alariobásico semanal !s. I77,77, una prima por hogar e hijos de ;@O delsalario básico, un bono de producción regular y permanente de ;7O delsalario básico semanal, el trabajador l&or$  el descanso semanal ytambi&n el domingo. $e pide' Aetermine el pago del bono nocturno, del

    descanso semanal y el domingo laborado y lo de"engado en la semana.

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    DESCANSO ANUALR0G MEN DE

    =ACAC ONES

    D"%rut' ''ct"Fo 4' Fcc"o#'%"acaciones

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    salarios correspondientes al referido lapso de disfrute "acacional yel bono especial pre"isto en el art ;I6 L4555.

    CAMB OS /UE TRAJO LA NUE=A LEY EN RELAC ÓN AL

    DESCANSO ANUAL (=ACAC ONES)

      mpliación del monto del bono por las primeras "acaciones a ;@d%as de salario, hasta un má(imo de 7 d%as >art ;I6< y cálculosobre el salario del ltimo mes antes del disfrute >art ;6;aunque la jurisprudencia consagraba que las"acaciones "encidas y no disfrutadas se pagaban tambi&n enbase al ltimo salario de"engado en el mes inmediato anterior aldisfrute efecti"o de las "acaciones.

    E# cu#to l !'río4o 4' 4'%c#%o ''ct"Fo< Como antes seindicó, cuando el trabajador cumpla un a0o de ser"iciosininterrumpidos tendrá derecho a disfrutar de un descanso remuneradode quince >;@< d%as hábiles consecuti"os, el cual se incrementará en un>;< d%a hábil por cada a0o sucesi"o hasta un tope má(imo de quince >;@<d%as hábiles adicionales >art ;I7 L4555;@< d%as hábiles al cumplirse el primer a0o deser"icios ininterrumpidos, diecis&is >;8< al segundo, diecisiete >;< altercero, y as% sucesi"amente hasta alcanzar el tope de treinta >7< d%ashábiles una "ez acumulados diecis&is >;8< a0os de ser"iciosininterrumpidos. Como puede "erse en el cuadro arriba indicado.

    TRATAM ENTO DE LA REMUNERAC ÓN DEL PERÍODO

    =ACAC ONAL

    DEL SALAR O BASE

    XCu:#4o %' !Y Aeberá pagarse al trabajador al inicio del disfrute

    "acacional, el salario correspondiente, calculado con &%'  en el

    %lr"o #or7l 4'F'#4o '# 'l 7'% ''ct"Fo 4' l&or'%

    "#7'4"t7'#t' #t'r"or l o!ortu#"44 4'l 4"%rut' . Enel supuesto de salario por unidad de obra, por piezas, a destajo o por comisión' dicho cálculo deberá realizarse con &%'  en el %lr"o

    #or7l 4'F'#4o '# 'l l!%o 4' lo% tr'% (-) 7'%'%

    #t'r"or'% l o!ortu#"44 4'l 4"%rut' Fcc"o#l  >art ;6;L4555

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    con base en los meses completos de ser"icios prestados en beneficiode cada uno de ellos. partir de entonces, se unificará el cómputo de laantig:edad en el ser"icio a los fines de otorgar las "acaciones futuras>art ;IF

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    .Cu:#4o !o4r: !o%!o#'r%' 'l 4"%rut' ''ct"Fo 4' l%

    Fcc"o#'%2 Cuando el trabajador as% lo solicite y resulte fa"orable asus intereses, podrá posponerse el goce de la "acación anual paraacumular hasta dos >6< per%odos. simismo, el disfrute "acacional

    podrá anticiparse o postergarse, incluso más de tres >< meses despu&sde la fecha en que nació el derecho, para hacerlo coincidir con elper%odo de "acaciones escolares2 >art ;II L4555<

    =ACAC ONES COLECT =AS

    El art ;I; L4555 admite la opción patronal de imponer un lapso de"acaciones colecti"as, esto es, de imperati"a obser"ancia para lostrabajadores que presten ser"icios en la entidad de trabajo,independientemente de la fecha en que cumplan el a0o de ser"iciosininterrumpidos. En relación con este r&gimen resultan procedentes lassiguientes precisiones'./u8 ocurr' %" l% Fcc"o#'% col'ct"F% '% "#'r"or2 . $i elper%odo de "acaciones colecti"as fuese inferior al nmero de d%ashábiles de descanso que correspondan al trabajador de conformidadcon lo pautado en el art ;I7 L4555, deberán disfrutarse los d%asadicionales en la oportunidad que con"engan los sujetos de la relaciónde trabajo o, a falta de acuerdo, que fije el inspector del trabajocompetente.El tr&4or !r 'l 7o7'#to 4' l% Fcc"o#'%

    col'ct"F% t"'#' 7'#o% 4' u# (1) Xo 4' %'rF"c"o%

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      El trabajador deberá disfrutar el per%odo "acacional en suintegridad. 1or e(cepción, se admite su disfrute parcial en el casode "acaciones colecti"as que no alcancen a satisfacer el nmerode d%as hábiles que legalmente correspondan al trabajador >art

    ;I;, encabezamiento L4555art ;ID L4555<D' l "#t'rru!c"$# 4' l Fcc"$#protección< de los interesesgenerales de la población.

    P'rc"&"r r'7u#'rc"$# %"# 4"%rutr Fcc"o#'%

    ''ct"F7'#t'< Resulta #ulo el con"enio por el cual el trabajador percibe la remuneración por concepto de "acaciones y, sin embargo,contina prestando ser"icios. En este supuesto, el trabajador conser"a%ntegramente su derecho a disfrutar del per%odo "acacional y percibir,una "ez más, la remuneración correspondiente >art ;I, ltimo aparteL4555art 6;I, 1arágrafo Snico de la derogada L45arts ;I7, primer aparte y 67; L4555 4'%7'or%< $e proh%be al patronoincoar cualquier acción destinada a obtener la autorizaciónadministrati"a para el despido, traslado o alteración de condicioneslaborales que in"olucre a un trabajador que se encuentre disfrutandodel per%odo "acacional. En consecuencia, el disfrute "acacional nocomputará a los fines del lapso de caducidad pre"isto en el art D66L4555.

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    EL LAPSO DE LA =ACAC ÓN NO OBRA COMO

    SUSPENS ÓN DE LA RELAC ÓN LABORAL

      El per%odo "acacional no obra como suspensión de la relación detrabajo sino que, más bien, constituye una interrupción e( lege en

    la prestación de los ser"icios, análoga a la que suponen eldescanso semanal y los d%as feriados. s%, entre otrasconsecuencias'a< Aicho per%odo habrá de computarse en la antig:edad del

    trabajador a todos los fines legales y con"encionales.b< El patrono deberá pagar el salario correspondiente, de

    conformidad con lo pre"isto en los arts ;I7 y ;I6 L4555, enconcordancia con el art ;6; eiusdem. Como consecuencia deello, se preser"arán %ntegramente las obligaciones deri"adasdel sistema de seguridad social, del ahorro obligatorio enmateria de "i"ienda y hábitat, y cualquiera otra análoga >art

    ;I7, ltimo aparte L4555

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    E'rc"c"o r'%u'lto N 1 4'l !o 4' l% Fcc"o#'%<

    El trabajador P'4ro Go#;l"to ingresó a la entidad de trabajo el 76K7@K67;6 y "a a disfrutar sus "acaciones a partir del 7;K7@K67;, de"engaun salario básico semanal de !s. ;.777,77. demás el trabajador labora

    de lunes a "iernes. $e pide, determine';.K La fecha de terminación y de reintegro. 6. Los d%as a disfrutar. .K Elpago por concepto de' a< #acaciones/ b< !ono #acacional/ c< 1ago delos descansos semanales/ d< 1ago de los domingos/ e< 1ago de losferiados de haberlos y, f< El total a pagar (%u7 4' to4o% lo%

    co#c'!to%).

      Como el trabajador está en suprimer a0o de ser"icios, contamos;@ d%as hábiles a partir del 7;K7@K67;, y son el 6, , 8, , F, I, ;7, ;, ;D, ;@, ;8, ;, 67, 6; y 66/ por lo tanto, el trabajador termina sus "acaciones el ++I5I+1-/ o

    sea, deberá reintegrarse en fecha' jue"es +-I5I+1-.

      Ello es as% porque el trabajador está en su primer a0o deser"icios/ por lo tanto, tiene derecho a disfrutar de quince >;@<d%as hábiles, su pago "endrá dado de acuerdo con los siguientescálculos'

      ;.777 !s.$emana d%as$emana J ;D6,F8 !s.d%a1ago por =cc"o#'% per%odo 67;6K67;';D6,F8 !s.d%a ( ;@ d%as hábiles J !s. 6.;D6,I7

      )gualmente, por Bo#o =cc"o#l tiene derecho a ;@ Q ; J ;8d%as de salario normal.

    1ago por !ono #acacional 67;6K67;';D6,F8 !s.d%a ( ;8 d%as J !s. 6.6F@,8

     

    D'%c#%o% %'7#l'%' d%as ( ;D6,F8 !s.d%a J !s.D6F,@F

      Do7"#o%' d%as ( ;D6,F8 !s.d%a J !s. D6F,@F

     

    6'r"4o%' >;V de mayo< ; d%a ( ;D6,F8 !s.d%a J !s.;D6,F8

    61

    9ayK;A L 9 9 ? # $

    ; 6 D@ 8 F I ;7 ;;;6 ; ;D ;@ ;8 ; ;F;I 67 6; 66 6 6D 6@68 6 6F 6I 7 ;

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      Como el trabajador cobra su salario semanalmente/ entoncesdebemos liquidarle y pagarle los d%as lunes 6I y martes 7 deabril de 67;, ya que inicia las "acaciones el mi&rcoles, as%'

    ;D6,F8 !s.d%a ( 6 d%assemanales J !s. 6F@,6

    continuación le presentamos el modelo de liquidación de "acacionesdel $r. 1edro Bonzalito.

    D S6RUTE E6ECT =O DE =ACAC ONES +1+I

    +1-

    Caracas, 7 de abril de 67;$e0or 

    P'4ro Go#;l"to (=I3333333)

    %resente.&

    Ae acuerdo a lo con"enido le informo que esta Berencia ha decididootorgarle el disfrute efecti"o de sus "acaciones correspondiente alper%odo 67;667;, iniciándose las mismas el d%a mi&rcoles, 7; de mayode 67; y terminando el d%a mi&rcoles, 66 de mayo de 67;, debiendoreintegrarse el d%a jue"es, 6 de mayo de 67;.La liquidación de estas "acaciones está de acuerdo con'$alario normal semanal' !s. ;.777,77 $alario diario' !s. ;D6,F8#acaciones ;D6,F8 !s.d%a ( ;@ d%as J !s. 6.;D6,I7!ono #acacional ;D6,F8 !s.d%a ( ;8 d%as J !s. 6.6F@,8Aescansos semanales ;D6,F8 !s.d%a ( d%as J !s. D6F,@FAomingos ;D6,F8 !s.d%a ( d%as J !s. D6F,@F+eriados >;V de mayo< ;D6,F8 !s.d%a ( ; d%a J !s. ;D6,F8

    Ley de limentación 7,6@ ( ;7 M5 ( 66 d%as J !s. D7;,6@$alario del 6IK7DK; al 7K7DK;'

    ;D6,F8 !s.d%a ( 6 d%as J !s.  6F@,6

    5otal a pagar B% 911595

    $on SE S M L C ENTO /U NCE BOLÍ=ARES Co# 951 Ct%

    (B% 911595).REC)!Z C4-+4R9E'-ombres y apellidos' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[+irma' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[C.).' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[

    +echa de ingreso del trabajador el 7;K7@K67;6.Las "acaciones que se están liquidando se "encieron el 76K7@K67;.6"# 4'l ''rc"c"o.

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    E'rc"c"o r'%u'lto N + 4'l !o 4' l% Fcc"o#'%<

    El trabajador Ju#c"to Trucu!'>, ingresó en la entidad de trabajo el

    1QI9I1QQ, actualmente tiene una jornada ordinaria 4"ur# de lunesa "iernes, o sea, descansa sábado y domingo, con el siguiente paquetesalarial' $alario básico semanal !s. I77,77, una prima por hogar e hijosde ;@O del salario básico, un bono de producción regular y permanentede ;7O del salario básico semanal. $e pide' Liquide las "acaciones quese "encen el ;I de junio de 67;, el disfrute efecti"o de las "acacionesse hará efecti"o a partir del d%a lunes ; de junio de 67;. Aetermine elmonto a pagar por concepto de' =cc"o#'% Bo#o =cc"o#l

    D'%c#%o% S'7#l'% Do7"#o% Dí% 'r"4o% L'> 4'

    Al"7'#tc"$# > 'l totl !r (%u7 4' to4o% lo%

    co#c'!to%).$olución' En primer lugar debemos contar con el calendario de los

    meses que se in"olucran en el per%odo efecti"o de "acaciones y por supuesto la tabla que nos "a a ayudar a determinar el total de d%as a quetiene derecho a disfrutar.

    ?unio 67; #CC)4-E$!4-4

    #CC)4-LA L 9 9 ? # $ IKIF ;@ 7 ;@ ; F

    ; IFKII ;@ ; ;8 6 I6 D @ 8 F IIK77 ;@ 6 ; ;7I ;7 ;; ;6 ; ;D ;@ 77K7; ;@ ;F D ;;;

    8 ; ;F ;I 67 6; 66 7;K76 ;@ D ;I @ ;66 6D 6@ 68 6 6F 6I 76K7 ;@ @ 67 8 ;7 7K7D ;@ 8 6; ;D

    ?ulio 67; 7DK7@ ;@ 66 F ;@A L 9 9 ? # $ 7@K78 ;@ F 6 I ;8

    ; 6 D @ 8 78K7 ;@ I 6D ;7 ; F I ;7 ;; ;6 ; 7K7F ;@ ;7 6@ ;; ;F;

    D ;@ ;8 ; ;F ;I 67 7FK7I ;@ ;; 68 ;6 ;I6; 66 6 6D 6@ 68 6 7IK;7 ;@ ;6 6 ; 676F 6I 7 ; ;7K;; ;@ ; 6F ;D 6;

    gosto 67; ;;K;6 ;@ ;D 6I ;@ ;@ 7A L 9 9 ? # $ ;6K;>tope< ;@ ;@ 7 ;@ ;@ 7

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    ; 6 ;K;D ;@ ;@ 7 ;@ ;@ 7hora bien, de acuerdo con los a0os de ser"icios el trabajador Ju#c"to Trucu!'>  tiene derecho a disfrutar 7 d%as hábilescontando a partir del d%a lunes, ;K78K67;, o sea, que termina su

    disfrute de "acaciones el ; de julio de 67;/ por lo tanto, deberáreintegrarse el 7; de agosto de 67;.C:lculo% !r'F"o%'

    d%as !s.

    #acaciones 7 ;IF @.ID7I7

    7 salario semanal!ono "acacional 7 ;IF @.ID7 I7 bono de producción

    +eriados >@, 6D y 6D< ;IF @ID;

    @ prima por hogar e hijos

    Aomingos 8 ;IF ;.;FFII

    7 salario normal

    Aescanso semanales 8 ;IF ;.;FF;I

    F salario diario normald%aLey de limentación 7 ;IF @.ID7 La 1rima por Nogar e NiK

    67.I7 jos no es $alario -ormal.>MODELO DE L /U DAC ÓN DE =ACAC ONES <

    D S6RUTE E6ECT =O DE =ACAC ONES +1+I

    +1-

    Caracas, ;D de junio de 67;$e0or 

    Ju#c"to Trucu!'> (=I3333333)

    %resente.&

    Ae acuerdo a lo con"enido le informo que esta Berencia ha decididootorgarle el disfrute efecti"o de sus "acaciones correspondiente alper%odo 67;667;, iniciándose las mismas el d%a lunes, >;< de junio de67; y terminando el d%a mi&rcoles, >;< de julio de 67;, debiendoreintegrarse el d%a jue"es, >7;< de agosto de 67;.La liquidación de estas "acaciones está de acuerdo con'$alario normal semanal' !s. II7,77 $alario diario' !s. ;IF,77#acaciones ;IF,77 !s.d%a ( 7 d%as J !s. @.ID7,77!ono #acacional ;IF,77 !s.d%a ( 7 d%as J !s. @.ID7,77

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    Aescanso semanales ;IF,77 !s.d%a ( 8 d%as J !s. ;.;FF,77Aomingos ;IF,77 !s.d%a ( 8 d%as J !s. ;.;FF,77+eriados ;IF,77 !s.d%a ( d%a J !s. @ID,77Ley de limentación' 7,6@ ( ;7 M5 ( 7 d%as J !s.  @.ID7,77

    5otal a pagarB% +Q

    $on =E NTE M L SETEC ENTOS NO=ENTA BOLÍ=ARES Co#

    1 Ct% (B% +Q).REC)!Z C4-+4R9E'-ombres y apellidos' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[+irma' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[C.).' [[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[[+echa de ingreso del trabajador el ;IK78K;II.Las "acaciones que se están liquidando se "encieron el 76K7@K67;.6"# 4'l ''rc"c"o.

    E'rc"c"o% !r r'%olF'r '# cl%'%

    E'rc"c"o N 1 (Po 4' l% Fcc"o#'%)

    El trabajador P'!' Tru'#o  ingresó en la entidad de trabajo LA

    CANASTERA CA2 en fecha ;K7K6777, inicia el disfrute efecti"o de"acaciones correspondiente al per%odo 67;K67;D, el ;K7K67;D,actualmente tiene una jornada ordinaria #octur# de lunes a "iernes,o sea, descansa sábado y domingo, de"engando un salario básicosemanal de !s. ;.@77,77 y un bono nocturno de 7O. $e pide, determineel pago por concepto de' =cc"o#'% Bo#o =cc"o#l

    D'%c#%o %'7#l'% Do7"#o% 6'r"4o% L'> 4'

    Al"7'#tc"$# > lo 4'F'#4o E# to4o c%o 4'&'r: c'r

    'l 7o4'lo 4' l"u"4c"$# 4' Fcc"o#'%.

    E'rc"c"o N + (Po 4' l% Fcc"o#'%)

    El trabajador J'%% Lu"% ingresó en la entidad de trabajo RASPA

    CUEROS CA2 en fecha 7DK76K6776, inicia el disfrute efecti"o de"acaciones correspondiente al per%odo 67;K67;D, el ;7K76K67;D,actualmente tiene una jornada ordinaria 4"ur# de lunes a "iernes, osea, descansa sábado y domingo, de"engando un salario básicosemanal de !s. ;.@77. $e pide, determine el pago por concepto de'

    =cc"o#'% Bo#o =cc"o#l D'%c#%o %'7#l

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     NST TUTO DE CAPAC TAC ÓN EMPRESAR AL

    Not "7!ort#t'' Los salarios informados corresponden a losmeses inmediatos anteriores a las fechas del disfrute efecti"o de"acaciones. En la "ida real usted deberá contar con la informaciónhistórica del salario normal de"engado por los trabajadores en el mes

    inmediato anterior a la fecha del disfrute efecti"o/ es decir, que laentidad de trabajo debe estructurar una base de datos, además de quepor Ley está obligada. En caso de trabajadores contratados para u#

    o&r 4't'r7"#4 !or tr' co7"%"o#'% o %' 4o#4'

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     NST TUTO DE CAPAC TAC ÓN EMPRESAR AL

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    El trabajador J"7"to P8r';  ingresó en la entidad de trabajo LA

    6LORERÍA CA2 en fecha 76K;6K67;, y renunció a partir del 76K78K

    67;D, ten%a una jornada ordinaria #octur# de lunes a "iernes, o sea,descansaba sábado y