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LA DURACION Y EL FIN DEL ESTADO SOVIÉTICO Dr. Héc~on GROS ESPIELI. " "Telle est !<i fietilc nnturelle et iri2uilnblc d ~ s gorivernernentr les rnicux con~titti4s. Si Sfxrte et Ronie ont j~éri, que1 Etat 9eut espérer de durer torrjoun? Si nous voulons forrner un établissemente duroble, nc songeons dmc $ont d le rendre éternel. Por retusir, cl ne faut fim tenter I'iniposrible. ni se flntfer de donner d I'ouurage des Iiornrnes une solidifé que les chares humaines rie com$ortent jmr" (J~.an,-Jacques Rousseau. Le Contrat Social, Chapitre XI). El colapso y el fin, en 1991, del Estado soviético y el fracaho de la doctrina en la que, de manera expresa y formal, se lundó, constituycn dos de los más importantes acontecimientos politicos del siglo XX. El nacimiento y la muerte, en iin lapso de setenta y cuatro arios, del "primer Estado proletario", del "primer Estado de los trabajadores" y de la primera y determinante aplicación práctica, del inarxismo leni- nismo, es un fenómeno de interh apasionante, motivo de necesarias reflexiones para el historiador, el politico, el economista, el sociólogo y el jurista. Sin duda este fenómeno merece un análisis global, sistemático e in. tegral que abarque el estudio dc los orígenes, la materialización, el <lesarrollo, el apogeo, la decadencia, el colapso y el fin de la experien- cia politica intentada en la Uni6n Soviética y en las Democracias Po- pulares. Algún dia no lejano aparecerá una obra coniparahle a la clá- sica que en el siglo XVIII escribió Gibbon sobre la decadencia del Imperio Romano o la que, contemporáneamente a los hechos narrado:<, public6 Shirer sobre el 111 Reicli. Ex pmfeaor titular de Derecho constitucional en la Facultad (le Derecho dc la Universidad de la República, ex presiilente de la Corte Intcrariirricaria de I><'rc- clios Humanos. Montevideo, Uruguay. www.derecho.unam.mx

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LA DURACION Y EL FIN DEL ESTADO SOVIÉTICO

Dr. H é c ~ o n GROS ESPIELI. "

"Telle est !<i fietilc nnturelle et iri2uilnblc d ~ s gorivernernentr les rnicux con~titti4s. Si Sfxrte et Ronie ont j~éri, que1 Etat 9eut espérer de durer torrjoun? Si nous voulons forrner un établissemente duroble, nc songeons d m c $ont d le rendre éternel. Por retusir, cl ne faut fim tenter I'iniposrible. ni se flntfer d e donner d I'ouurage des Iiornrnes une solidifé que les chares humaines rie com$ortent jmr" (J~.an,-Jacques Rousseau. Le Contrat Social, Chapitre X I ) .

El colapso y el fin, en 1991, del Estado soviético y el fracaho de la doctrina en la que, de manera expresa y formal, se lundó, constituycn dos de los más importantes acontecimientos politicos del siglo XX.

El nacimiento y la muerte, en iin lapso de setenta y cuatro arios, del "primer Estado proletario", del "primer Estado de los trabajadores" y de la primera y determinante aplicación práctica, del inarxismo leni- nismo, es un fenómeno de interh apasionante, motivo de necesarias reflexiones para el historiador, el politico, el economista, el sociólogo y el jurista.

Sin duda este fenómeno merece un análisis global, sistemático e in. tegral que abarque el estudio dc los orígenes, la materialización, el <lesarrollo, el apogeo, la decadencia, el colapso y el fin de la experien- cia politica intentada en la Uni6n Soviética y en las Democracias Po- pulares. Algún dia no lejano aparecerá una obra coniparahle a la clá- sica que en el siglo XVIII escribió Gibbon sobre la decadencia del Imperio Romano o la que, contemporáneamente a los hechos narrado:<, public6 Shirer sobre el 111 Reicli.

Ex pmfeaor titular de Derecho constitucional en la Facultad (le Derecho dc la Universidad de la República, ex presiilente de la Corte Intcrariirricaria de I><'rc- clios Humanos. Montevideo, Uruguay.

www.derecho.unam.mx

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A la espera de esta gran obra de evaluación general del fenómeno sovietico -precedida ya de fundamentales trabajos y de libros de alto valor, aunque limitados por el periodo estudiado o por la maestría tratada- todos estamos obligados a adelantar reflexiones que, aunque incompletas y parciales, contribuyan a provocar la meditación sobre lo acaecido en estos críticos años. Es sólo con esta intención, modesta y limitada, que he decidido aventurarme en el tema.

Es preciso confrontar lo que ha ocurrido con el pensamiento de los principales exponentes de la fracasada y extinguida experiencia del Es- tado soviético, de Marx, de Engels, de Lenin, de Stalin, de Kruschev, de Breznhev y de Gorbachov.

Es necesario comparar la duración de este "Estado" con la del Im- peno Ruso de los Romanov que lo precedió, con la de los otros Esta- dos "totalitarios" del siglo XX, con la del 111 Keich alemán, con la del Estado fascista italiano, con la del Estado corporativista portugués, con la del Estado francés de Vichy, con el Estado Nacional Sindicalista español y con las llamadas Democracias Populares.

Se requiere por último, comparar la efímera vida de estos sistemas políticos, con la indefinida duración, con sus crisis y sus cambios, de la Democracia fundada en el pluralismo, en el origen popular del po- der, en las elecciones libres y periódicas, abiertas a la confrontación de todos los partidos, con el Gobierno de las mayorías coexistiendo con las minorias opositoras y con el respeto y garantía de los derechos hu- manos.

La duración ha sido siempre en la historia de la teoría politica, uno de los criterios para analizar no sólo los elementos constitutivos, sino la naturaleza de los regímenes politicos.

Hannah Arendt en su excepcional estudio sobre El sistema totalita- rio señala este extremo y recuerda que en todos los dbsicos, desde Platón y Aristóteles a Montesquieu y Rousseau se encuentra la confir- mación de que la esencia de un sistema político debe ser analizada en la perspectiva de su duración. En efecto, es imposible analizar este tema sin tener en cuenta lo que Platón dijo en La Republica (libros

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VIII. IX y X), de lo que Aristóteles expresó en La Política (especial- mente en el libro V. capítulos VI11 y X), de lo que precisó Santo To- más (De Regimine Principizim, libro 1, cap. 11). de lo que Montesquieu afirmó en El Espíritu de las Leyes (libro 111, capitulos 2, 3, 4, 5 , 6. 7. 8) y de lo que Rousseau escribió en El Contrato Social (cap. XI).

De aqui el interks, que no es sólo cronológico, de reflexionar, sobre la duración y el fin del Estado soviético y de los regímenes totalitarios que fueron sus contemporáneos en el siglo XX.

Este fin del Estado soviPtico fue asombrosamente rápido y en general no previsto.

Fue rapidisimo ya que el proceso no duró m&s de tres o cuatro años. Si se le compara con el proceso de decadencia y fin de otros grandes imperios, como por ejemplo. el romano. el bizantino o el británico. la sensación de enloquecedora celeridad, es aún mayor.

Cuando se lee. para citar un clásico inolvidable, la obra de Gibbon, The Decline and Fa11 of fhc Roman Empire, que presenta un panora- ma de declinación y fin del Imperio a través de varios siglos y si se compara con estos breves años, la impresión que produce la diferencia es sobrecogedora.

Fue un fin. en general, no previsto. Pueden citarse algunas excep ciones que lo predecian por razones o causas no exactamente iguales a los que realmente lo produjeron, con la que Gardner dio a conocer en 1966 (L'Agonie du Régime en Russie Sovietique), la que Amzlarik expu- so en 1970 (Will the Soviet Union Survive Unfil 1994?), con lo que Helene Canere D'Encause publicb en 1979.

Pero no hubo una consecuencia colectiva, nutrida de la convicción de la posibilidad de este fin y de la decadencia que le precedi6. Fue un fin no anticipado ni por la doctrina politica, ni por los analistas juridicos, ni por hombres que condujeron la política práctica.

No está por demás recordar que un político tan fino y un observador tan agudo como Helmut Schmidt en sus memorias Hombres y Poder, que incluyen los primeros años de la época de Gorbachov, no insinuó siquiera la posibilidad de la quiebra y el fin del Estado soviético. Y un estudioso tan preciso e informado como Paul Kennedy, en su obra The Rise and Fa11 of the Great Powers, no avizoró la muerte que se produjo, pese a analizar cuatro elementos de la decadencia final que

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rácter político. El Poder público, hablando propiamente, es el poder organizado de una clase para la opresión de las otras. Si el proletaria- do, en su lucha contra la burguesía se constituye fuertemente en clase; si se erige por una revolución en clase dominante y como clase domi- nante destruye violentamente las antiguas relaciones de producció:~, destruye al mismo tiempo que estas relaciones de producción las condi- ciones de existencia del antagonismo de clases, destruye las clases en general y, por tanto, S upropia denominación como clase".

En 1917, Lenin publicó su obra El Estado y la Revoli~ción. Estudió en este libro minuciosamente la teoría de Engels e liizo al

respecto una interesante precisión:

"En realidad, Engels habla aquí de la 'destmcción' del Estado de la burguesía por la revolución proletaria, mientras que las palabras rela- tivas a la "extinción" del Estado se refieren a los restos del Estado pro- letario después de la revolución socialista. EL Estado hurgues no se "ex- tingue", según Engels, sino que es destruido por el proletariado en la revolución. El que se extingue. después de esta revolución, es el Estado. o sea el semi-Estado proletario".

El Estado burgués sólo puede ser "destruido" por la revolución. El Estado en general, es decir, Ia más completa democracia, s61o puede extinguirse.

La sustitución del Estado burgués por el Estado proletario es impo- sible sin una revolución violenta. La supresión del Estado proletario, es decir, la supresión de todo Estado, sólo es posible por medio de un proceso de "extinción".

Después de analizar el tema en sus diversas manifestaciones, Lenin finalizó el capítulo V de su obra con esta frase rotunda:

"Y entonces quedarán abiertas de par en par las puertas para pasar de la primera fase a la fase superior de la sociedad comunista y, a la vez, a la extinción completa del Estado".

Con Stalin, se mantuvo la tesis de la futura extinción del Estado. pero se la condicionó y relativizó.

En su informe al Comité Central ante el XVIII Congreso del Partido Comunista (1939) Stalin expresó:

"Como veis, tenemos ahora un Estado completamente nuevo, socialis-

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ta, sin precedentes en la historia, y que se distingue considerablemente, por su forma y sus funciones, del Estado socialista de la primera fase".

"Pero el desarrollo no puede detenerse aquí. Seguimos avanzando, hacia el comunismo. {Se mantendrá en nuestro país el Estado también durante el periodo del comunismo? Sí, se mantendrá, si no se liquida el cerco capitalista, si no se suprime el peligro de un ataque armado (le1 exterior. Claro está que, en este caso, las formas de nuestro Estado volverán a modificarse, con arreglo al cambio de la situación interior y exterior.

No, no se mantendrá y se extinguiri, si el cerco capitalista se liqui- da, si lo sustituye un cerco socialista".

En 1959 y en 1961 en condiciones muy distintas, no pudiendo ya liablarse del cerco capitalista, los Programas del Partido, aprobados por el XXI y XXII Congresos, impuestos por Krnschev, cambiaron el en- foque y afirmaron que la sociedad comunista sin Estado -"que había avanzado hacia su propia muerteM- se instauraria en los próximos vein- te años y que "la presente generación vivirá en el comunismo". Pero e l Programa de 1961 precid que:

"El desarrollo histórico conduce inevitablemente a la extinción del Es- tado. Para que el Estado se extinga plenamente hay que crear tanto las condiciones interiores, es decir, edificar la sociedad comunista de- sarrollada, como las exteriores, o sea lograr la victoria y el afianza- miento del socialismo en el ámbito internacional".

Suslov en el Congreso de 1961 señaló, sin embargo, para intentar evi- tar todo malentendido, que:

"El proceso de extinción del Estado, que se está llevando a cabo, no puede entenderse como la transformación del Estado en la nada. La 3ocicdad comunista no es una masa anárquica, informe y desorganizada del pueblo, tal como los ideólogos del imperialismo la describen con frecuencia, sino una comunidad de gente de trabajo, altamente organi- zada y coordinada, que se distingue por su elevada coucimcia comnnis- ta respecto a las tareas pHhlicas y el más alto grado de la disciplina.

El proceso de la extinción del Estado significará la gradual transfor- iiiación de los órganos del poder del Estado en órganos de autogestión social a través del desarrollo futuro de la democracia socialista, la cual presu1101ir la activa participacidn de todos los ciudadanos en la admi- iiistraciirii del Estado y cn el control de la construccidn econdmica y

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anarquismo no marxista postula la inmediata abolición de la maqui- naria estatal mediante una revolución del proletariado, en tanto que el anarquismo marxista declara propósito inmediato de la revolución proletaria la socialización de los medios de producción, cuyo efecto fi- nal e inevitable será la desaparición automática del Estado.

El propio Lenin en el "Estado y la Revolución" había comparado ya el socialismo y el anarquismo a este respecto, señalando "que el Estado según Marx 'se extingue', a diferencia de la doctrina anarquista de la 'supresión del Estado', aunque precisa que el Estado burgués no se extingue, sino que es destruido por la revolución proletaria y el que se extingue después de esta revolución es el Estado o el semi 'Estado proletario' ".

Ha sido necesario hacer esta evocación sobre la doctrina y la teoría de la "desaparición" del Estado, no porque fuera política o histórica- mente cierta -la verdad fue absolutamente contraria-, sino para dis- tinguir claramente esta "desaparici6nW prevista, con el final realmente ocurrido del Estado sovietico, por razones absolutamente distintas y en un marco histórico totalmente diferente.

A diferencia de otros totalitarismos contemporineos, el Estado sovié- tico fue resultado histórico y real, debido a situaciones revolucionarias de hecho, de una teoría politica que, paradójicamente, sostuvo la inevi- table extinción del Estado luego de que, como consecuencia de la dic- tadura del proletariado, se eliminara la contradicción de clases, de la que había resultado el Estado.

No puede pensarse en una oposición mayor que la que existi6 entre este pronóstico -y presupuesto teórico- del marxismo leninismo y la realidad que generó la revolución 'de 1917, de un Estado totalitario fuerte y poderoso, con poderes ilimitados -en constante proceso de a e - cimiento, que aspiraba a una vida indefinida, aunque doctrinalmente nunca abandonó, con matices condicionantes y reticencias, la tesis de la necesaria e ineludible extinción del Estado final soviético.

Gorbacliov encaró la Perestroika como una política dirigida a mo- dernizar, mantener y hacer eficaz el Estado sovietico. Se bas6 en la aceptación expresa del leninismo y de principios fundamentales del marxismo. No fue pensada para poner fin al Estado nacido de la teo- ria marxista y para reemplazarlo por un Estado democrático pluralista, organizado en base a una economía capitalista de mercado. Los hechos

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llevaron a esto, en un proceso que transcurrió de 1985 a 1991. Pero no fue este el pensamiento de Gorbachov, no fueron estas las ideas expuestas y desarrolladas por 61 en la Pcrestroika, su obra má, conocida y popular. Basta leer los más importantes párrafos de este libro, para comprender que Gorbachov sólo pensaba, encaraba y quería la super- vivencia indefinida de un Estado soviético moderno, eficaz y competi- tivo económicamente. No está demis recordar lo que Gorbachov dijo en su famoso libro, para evitar todo error y para no contribuir a la difusión de un mito:

La Perestroika es el despertar urgente de los profundos procesos de desarrollo en nuestra sociedad socialista. Esta sociedad se encuentra madura para el cambio; lo ha estado esperando desde largo tiempo atris. Toda demora en iniciar la Perestroika podría haber llevado, en el futuro inmediato, a una situación interna exacerbada que, para decirlo daramente, habria estado fraguada de crisis sociales, econó- micas y politicas muy serias.

Sin embargo, la Unión Soviética es un Estado joven, sin análogos en la historia o en el mundo moderno. Durante las Últimas siete decadas -un lapso muy breve en la historia de la civilizaci6n huma- na- nuestro pais ha transitado un camino que llevaría siglos reco- rrer. Una de las potencias más poderosas del mundo vino a sustituir a un retrógrado imperio ruso semifeudal y colonial. Enormes fuerzas productivas, un poderoso potencial intelectual, una cultura muy avanzada, una comunidad única de más de cien naciones y naciona- lidades, asi como una firme protección social para 280 millones de personas en un territorio que constituye una sexta parte del planeta, tales son nuestros grandes e indiscutibles logros: y el ~ u e b l o soviético está justificadamente orgulloso de ellos.

Resulta igualmente claro que el progreso de mi pais fue posible debido únicamente a la Revolución. Es el producto de la Revolución, es el fruto del socialismo; un nuevo sistema social y las proezas de nuestros padres y abuelos y de millones de trabajadores -obreros, granjeros e intelectuales- que hace setenta años asumieron la res- ponsabilidad directa por el futuro de su país.

Las obras de Lenin y sus ideales de socialismo fueron para noso- tros una fuente inagotable de pensamiento creativo dialéctico, ri- queza teórica y sagacidad política, su sola imagen es un ejemplo inmortal de elevada fortaleza moral. de cultura espiritual global y de generosa devoción a la causa del pueblo y del socialismo. Lenin continúa viviendo en las mentes y corazones de millones de perso- nas, demoliendo todas las barreras erigidas por escolásticos y dogmá-

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Esta Declaración, que podria ser considerada como el primer em- brión de la futura Constitución, instauró, sin llamarla asi, la dictadura del proletariado. Su capitulo IV, en efecto dispone:

"El 111 Congreso Panrruso de los Soviets de los Diputados Obreros, Soldados y Campesinos estima que actualmente, en momentos de la lucha decisiva del pueblo contra sus explotadores, no puede haber lugar para ellos en ninguno de l a organismos del poder. El poder debe per- tenecer en su totalidad y exclusividad a las masas trabajadoras y a su representación autorizada, los Soviets de los Diputados Obreros, Solda- dos y Campesinos".

La Constitución del 31 de enero de 1924 se refirió a la dictadura del proletariado en el Párrafo 5 de su Preámbulo. La Constitución del 5 de diciembre de 1986, que reguló jurídicamente la dictadura del pro- letariado (articulo 2), definió el Estado (articulo l), lo calificó como una expresi6n de la dictadura del proletariado (articulo 2) y dispuso a quienes, en consecuencia, pertenecía el poder en la URSS (articulo 3).

La Constituci6n de 1977, culminando un proceso que se había inicia- do en la década de los sesenta, ahondó -o mejor dicho consideró ya superada la etapa de la dictadura del proletariado- y acuñó el concep- to de "Estado socialista de todo el pueblo" (articiilo 1). El Preámbulo de esta Constitución dice al respecto:

"La Gran Revolución Socialista de Octubre estableció la dictadura del proletariado y creó el Estado soviitico. Estado de nuevo tipo, instru- mento fundamental para la defensa de las conquistas revolucionarias y para la constmcción del socialismo y el comunismo.

Cumplidas las tareas de la dictadura del proletariado, el Estado so- vibtico se ha convertido en Estado de todo el pueblo. Ha crecido el papel dirigente del Partido Comunista, vanguardia de todo el pueblo".

Aunque se pretendia seguir siendo fiel a la idea original de la extin- ción del Estado -cuando despues de la eliminación de las condiciones económicas y sociales que habían determinado su nacimiento y luego de la etapa intermedia del socialismo. el advenimiento del comunismo se tradujera en la desaparición del Estado tradicional y su sustitución por una forma de autogestión no estatal-, en todos esos textos consti- tucionales el Estado no se presentaba como algo transitorio y circuns-'

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tancial, sino como una forma política ineludible en el momen:o Iiiitó- rico que perduraría hasta el día del triunfo futuro del comunismo.

Pero todas estas Constituciones, en una u otra forma, expresa o im- plícitamente -y sin duda con una hipocresía política esencial- enca- raron al Estado soviético como una realidad transitoria que un día liabría de extinguirse.

Este esquema era absolutamente irreconciliable -y por ello no está siquiera encarado por la teoría política sovictica ni por su doctrina constitucional- con el fin del Estado soviético por la vía del rctorno a una, o mejor diclio a múltiples, democracias pluralistas y liberales.

El fin del Estado soviGtico coincidi6 con el fin de la U n i h Sovié~ica y la aparición de múltiples Estados independientes y soberanos. La Comunidad de Estados Independientes, creada en 1991, es una entele- quia sin existencia real. Como consecuencia de los Acuerdos de Yalta. la Uni6n Sovietica pasó a ser Miembro de las Naciones Unidas, además de Bielorrusia y Ucrania. El estallido y la fragmentación del Estado soviético, ha significado el nacimiento de un Grupo de Estados sobe- ranos, todos ellos aceptados como miembros de las Naciones Unidas (Federacibn Rusa, Bielorrusia, Ucrania, Armenia, Azerbaiyián, hfolda- via, Tajikistán, Turkmenistán, Kyrgistán, Kasakstán, Uzbekistin, EC tonia, Latvia, Letonia, Lituania).

El Estado soviético, que comenzó a sufrir un acelerado proceso de cambio en 1985, como consecuencia de la Perestroika proclamada por Gorbacliov para modernizar y hacer viable el Estado marxista leninista, alcanz6 a vivir setenla y cuatro años cuando, luego de una crisis final de unos meses desapareció formalmente con los Acuerdos de Alma Ata del 21 de diciembre de 1991.

Curiosamente la idea del imposible retorno hacia la Democracia de los regímenes comunistas, fue sostenida también por los más ortodoxos conservadores occidentales. Una expresión más de las necesarias e ine- ludibles coincidencias en politica de los extremismos. Es conocida, por ejemplo, la tesis de Jeane Kirkpatrick (Dictatorships and double Stand. al-S, Commentary, núm. 68, noviembre de 1979), que le atrajo el aplau- so del Presidente Reagan y que le valió su designación como Represen- tante Permanente de los Estados Unidos en las Naciones Unidas, de que era impensable el fin de los Estados totalitarios que habían segui.

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do el modelo sovibtico, y su evolución hacia formas deniocráticas. La historia, en su maravillosa imprevisibilidad, se encargó de desmentir canto a la teoría comunista ortodoxa como a los más radicales exponen- tes del pensamiento conservador "occidental".

El 111 Reicli duró de 1933 a 1945. Sólo doce años comparados con el Reich de mil años que promedió Hitler.

El 30 de enero de 1933 Adolfo Hitler fue nombrado Canciller por el Presidente Hindemburg, bajo el regimen de la Constitución de Weimar de 1919. Comenzó entonces un rápido proceso de toma del poder, de ideologización nacional socialista, de antisemitismo y subversión cons- titucional con la aprobación dc leyes que significaban, en los liechos, la inaplicabilidad esencial de la Carta de Weimar.

A la muerte de Hindemburg en 1934 el proceso se radicalizú y aceleró. Hitler acumuló las funciones de Presidente y de Canciller y se trans-

formó en Iiührer, se disolvieron los partidos políticos y el Piirtiiio Na- cional Socialista fue el único aceptado.

La Constitución de Weiniar nunca fue expresamente derogada, pero dejó de existir de hecho -y en cierta iorma también de jure- como resultado de este proceso cumplido en los años 1933 y 1934.

Pero el nazismo no sólo significa el establecimiento de un Estado totalitario absoluto en Alemania. el 111 Reicli, sino que, antes y duran- te la guerra iniciada en 1939, trajo como consecuencia la creación de una gran Alemania, nazi y totalitaria, que con diferentes formas juri- dicas y políticas, incluía Austria, Bohemia, Moravia, Polonia, Dinamar- ca, Noruega, Francia ocupada, Lituania, Letonia, Estonia, parte de Yugoslavia, Grecia y una enorme extensión de la URSS (desde la zona en torno a Leningrado y los alrededores de Moscú, al Cáucaso), que llegó a estar ocupada en el momento de su máxima expansión, en 1942.

En esta enorme extensión territorial -cuyo regimen jiirídico múlti- ple y unido, no es el caso estudiar ahora, pero que ha sido estupenda. mente descrito en la monumental obra de Toynbee La Europa de Hitler- hubo una sola voluntad, una sola doctrina y una sola ley, la que emanaba del gobierno totalitario alemán: en principio y en teoría, de la voluntad de Hitler, fuente absoluta y formal, del derecho.

Junto a esta Europa alemana dividida y gobernada en diversas for- mas por el 111 Reich, giraban un conjunto de Estados satklites.

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Algunos eran Estado existentes antes de la guerra, transformados por el poder dominante de Alemania, en Estados autoritarios o semitotali- tarios que actuaban en la órbita alemana (Bulgaria, Rumania, Hun- gría). Otros, Estados nacidos por voluntad de Alemania, con regímenes impuestos en el nazismo (La Eslovaquia de Monseñor Tisso y la Croa- cia de Ante Pavelic).

El Estado totalitario nacional socialista duró hasta la muerte física de Hitler, al suicidarse en los sótanos de la Cancillería de Berlín, con las tropas de la URSS en la capital del Reicli, el 30 [le abril de 1945.

Naturalmente todo este "mundo" desapareció entre 1944 y 1915 y los satélites de Alemania, fueron sustituidos por los satélites de la URSS.

Lo que siguió inmediatamente, fue un gobierno fantasma que duró sólo unos dias, hasta la capitulación ante los ejGrcitos de la coalición aliada en mayo de 1945. Esta capitulación fue el comienzo de la ocu- pación total de una Alemania desmembrada por las cuatro potencias vencedoras (Estados Unidos, Gran BretaÍía, Unión Soviéiica y Francia).

Restaurado el Estado alenián, luego de un proceso de unos pocos :<ños, la Ley Fundamental de 1949 de la República Federal de Alema- nia estableció un Estado Democrático y social (articulo 21). En 1991 la República Federal de Alemania logró la unificación de Alemania absorbiendo a la RDA, en medio del fracaso, el derrumbe y el fin de las democracias populares.

La parte ocupada por la Unión Soviética, con capital en Berlín, con excepción del sector de la ciudad que correspondió a Francia, Gran Bretaña y Estados Unidos, formó la República Democrática Alemana, que duró hasta 1991 en que desapareció, poco antes de la Unión Sovié- tica, en el proceso de liquidación de las Democracias Populares de Europa Oriental, y se unificó -en una verdadera absorción-, con la República Federal Alemana.

El Estado fascista italiano duró de 1922 a 1943. Sólo veintiún años, frente a lo que Mussolini pronosticaba que seria un secundo Imperio Koriiano de duración indefinida, que había de vencer y sustituir a las que él consideraba como democracias degeneradas y plutocráticas de Occidente.

Se inició con la marcha sobre Roma, en octubre de 1922, como con- secuencia de la cual el rey Víctor Manuel 111 designó a Benito Musso-

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lini Presidente del Consejo, dentro del régimen constitucional del Es- tatuto Albertino de 1848.

Entre 1922 y 1925, en especial luego del asesinato de Matteotti en 1925, el poder personal de Mussolini se afirmó y se acrecentó, se fue dejando de lado el sistema constitucional, representativo y liberal y se precisó la sustitución sin derogación expresa de la Constitución de 1848 por u n Estatuto jurídico constituido por múltiples textos del Estado Corporativista Fascista. Se eliminó el rigimen electoral, se estructuró un sistema de partido único -el fascista-, se organizó el Estado corpo- rativo y puso en funcionamiento un Estado totalitario.

En 1936, luego de la Guerra de Abisinia, el rey de Italia fue procla- mado emperador de Etiopía y e n 1939, despues de la ocupación de Al- bania, rey de Albania.

El régimen se desplomó y desapareció el 23 de julio de 1943 con el territorio metropolitano de Italia, ya invadido por las tropas anglo- americanas, a continiación del voto del Gran Consejo Fascista, la de- tención de Mussolini, la reasunción de los poderes constitucionales por el rey y la designación del mariscal Badoglio como Primer Ministro.

La República Fascista fundada en el norte de Italia luego de la libe- ración de Mussolini por un comando alemán, fue sólo un destello fugaz (1943-1945), que terminó con el apresamiento por las guerrillas y el fusilamiento de Mussolini en Milán el 28 de abril de 1945.

El interregno monhquico, con diversas fases, duró de 25 de julio de 1943 a junio de 1946. El 2 de junio de 1946 se celebró el referendum que puso fin a la monarquía y nació la República.

El mismo día se eligi6 la Asamblea Constituyente, que el 22 de di- ciembre de 1947 aprobó la nueva Constitución, que estableció una "República Democrática fundada en el trabajo" (artículo 1).

XII

El Estado Nacional Sindicalista español, pese a los grandes cambios que sufrió, desde su nacimiento a su fin, duró de 1936 a 1975, es decir treinta y nueve años.

El levantamiento militar contra la 11 República se inició el 17-18 de julio de 1936. Comenzó entonces el largo proceso de la Guerra Civil Es- pañola en la que se enfrentaron no s610 las partes propiamente dichas, sino tambien el totalitarismo sovietico y los totalitarismos alemán e ita-

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Asamblea Nacional elegida en 1936 al triunfar el Frente Popular, dio, ante el desastre, la liecatombe y el armisticio: "todo poder al Gobierno, bajo la autoridad y la firma del mariscal Petain (Presidente del Coii- sejo) para promulgar una nueva Constitución del Estado francés". Esta Constitución debería "garantizar los derechos del trabajo, de la fanii- lia y de la Patria". Había muerto la 3, República nacida en 1875. Diez actos constitucionales organizaron una "monocracia" del Jefe del Esta- do (Petain) y otros tres posteriores una diarquía Jefe de Estado-Jefe de Gobierno. Nunca se llegó a dictar "la Constitución" a la cual se refirií) la ley del 10 de julio de 1940, que hubiera sido necesario someter a referendum, según lo dispuesto por la propia ley.

Fue un Estado autoritario, con tendencias opuestas y divergentes eii su seno que se enfrentaban entre si, antidemocrático, inspirado eri el pensamiento nacionalista y tradicionalista de Charles Maurras, influi- do por el corporativismo portugués de Salazar y que recibió el contagio de sectores fascistas y de grupos nacionalsocialistas.

El "ámbito espacial" del Estado frances de Vichy era la Francia no ocupada, cuyos límites fueron definidos en la Convención de Armistici:) de junio de 1940.

El resto de Francia, la Francia ocupada, era gobernada directamente por el ejercito ocupante. Alsacia y Lorena fueron incorporadas al Rcicli alemán. Se restableció así lo que había resultado del Tratado de Frank- furt de 1870, dejando sin efecto la vuelta de Alsacia y Lorena a Francia dispuesta por el tratado de Versailles de 1919. Los departamentos al norte de Francia, entre la frontera belga y el paso de Calais, pasaron a depender directamente del comando alemán establecido en Bruselas y no de la comandancia militar con sede en París.

El régimen terminó con la transferencia del mariscal el 29 de agosto de 1944 al este de Francia y luego a Alemania y su congruente depo- sici6n.

El Estado de Vichy, pese a los intentos de Petain, para regular su entronque con la nueva situación que resultaría del retorno de De Gaulle y luego de su complejo proceso, se desintegró y desapareció.

El 26 de agosto de 1946 el general De Gaulle procedió al "restable- cimiento de la legalidad republicana", declarando la nulidad de la ley constitucional del 10 de julio de 1940 y de todos los actos constitucio- nales. No se restableció ipuo jure la Constitución de 1875, sino la Re- pública, ya que las nuevas instituciones constitucionales serlan adopta-

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t.,\ DIJRACI~IT Y EL FIN DEI. ESI'ADO SOVIETICO 195

das por el pueblo francés (ordenanzas del 21 de a l~r i l y 12 de agoxo de 1944).

Luego del rechazo por el pueblo del proyecto de Constitución del 19 de abril de 1946, una nueva Constitución fue aprobada en referkndum. Esta nueva Constitución entró en vigencia el 27 de octubre de 1946 y habria de durar hasta 1958. Nació asi la IV República.

El artículo 1 de la Constitución de 1946 dispuso "Francia es una República indivisible, laica, democrática y social".

Y el primer párrafo del Preánibiilo -que continúa en vigencia en virtud de lo dispuesto por el Preámbulo de la Constitución del 4 de octubre dc 1958 (que marcó el inicio de la V República)- estableció: "Luego de la victoria lograda por los pueblos libres sobre los regímenes que intentaron esclavizar y degradar la persona humana, el pueblo francé~ proclama nuevamente que todo ser humano, sin distinción de raza. de religión ni de creencia, posee derechos inalienables y sagrados. Reafirma solemnemente los dereclios y las libertades del hombre y del ciudadano consagradas por la Declaración de Derechos de 1789 y los principios fundamentales reconocidos por las leyes de la República."

XIV

El regimen corporativista portugués se mantuvo duraiite cuarenta y dos años.

Se inició en 1926, cuando Oliveira Salazar fue nombrado Presidentc del Consejo y existió hasta los últimos momentos de la enfermedad de Salazar, cuando fue sustituido por hlarcelo Caetano que cayó a su vez, como consecuencia de la revolución del 25 de abril de 1974. El gobier- no de Caetano fue solo, y en si mismo, un régimen de transición.

El Estado de Salazar se formuló jurídicamente, con carácter global, en la Constitución de 1933, que definió al Estado como "corporativo" (artículo 5), sin hacer ninguna referencia a la Democracia.

La Constitución de 1976, que restableció el sistema democrático, lile- go dcl salazarismo, definió a la República portuguesa como "un Estado democrático basado en la soberanía popular, en el respeto y la garantía de los derechos y libertades fundamentales y en el pluralismo de ex- presión y de organización política democrática" (articulo 21). El nuevo Estado democrático tiene por objeto "asegurar el tránsito hacia el so- cialismo" y se reconoce a la República empeñada "en la transforma- ción en Üna sociedad sin clases (articulo 1).

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Las Democracias Populares de Europa Oriental, surgidas entre 1945 y 1947 como consecuencia de la presencia de las tropas sovieticas en la zona, y de la consiguiente ocupación militar y politica en la etapa final de la 11 Guerra Mundial, y sus consecuencias inmediatas o mediatas, o de la situación internacional, sin ocupación militar en los casos de Yugoslavia, Albania-, terminaron todas entre 1988 y 1990.

Fueron en la doctrina -ya que en la realidad política es imposible calificarlos así-, regímenes intermedios, que no pueden calificarse como dictadnras del proletariado, en su estricto sentido.

En 1955, cuando aún no habia culminado el proceso constitucional y politico, que precedió a su decadencia y fin, dije sobre la naturaleza de estos regímenes:

"El surgimiento de las "democracias populares", planeO a la doctrina marxista del Estado muy graves problemas. Hasta ese momento la teoría marxista-leninista presentaba aparentemente, pese a ciertas contradic- ciones, un carácter más o menos coherente y sistemático. Para ella, el Estado liberal burgués era el instrumento de dominación de la clase burguesa sobre la clase proletaria: ese instrumento de dominación debía ser destruido violentamente por la revolución proletaria, de la cual surgiria la dictadura del proletariado, etapa intermedia iiecesaria para la desaparición de clases. Al dejar de existir clases sociales dejaría de tener razón de ser el Estado, por lo cual la doctrina pronosticaba una etapa futura de inexistencia del Estado, de comunismo integral.

La Constitución soviética de 1936 no es más que la reglamentación constitucional de este Estado transitorio de dictadura del proletariado. Este planteo tan esquemático y tan simple, se encontró de golpe ante la existencia de las "democracias populares". Y el poblema a resolver cra dificil, primero porque se trataba de una situación no prevista, y, segundo, porque las "democracias populares" no surgieron como con- secuencia de una revolución proletaria.

(Eran dictaduras del proletariado) Y si no lo eran ;cual era su natu- raleza?

Ante todo debe señalarse que, pese a que Lenin en su libro "El Es- tado y la revolución", s610 había previsto el surgimiento de la dictadu- ra del proletariado por medio de una revolución interna, Stalin ya habia indicado otras formas de iniciación de tal dictadura. En efecto, en una conferencia pronunciada en 1924 dentro del ciclo titulado "So-

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bre los fundamentos del leninismo", expuso una forma de destrucción del Estado liberal burgués, producida como consecuencia de la coac- ción exterior. "Claro está -decía- que si en un porvenir lejano, el proletariado triunfa en los países capitalistas más importantes y el ac- tual cerco capitalista es sustituido por un cerco socialista, será absolu- tamente posible la trayectoria pacífica en algunos países capitalistas, en que los capitalistas movidos por la situación internacional desfavorable, juzguen oporturo hacer al proletario voluntariamente concesiones im- portantes. Pero esta hipótesis sólo se refiere a un porvenir lejano y posible. Para un porvenir cercano esta hipótesis no tiene fundamento".

Quiere decir entonces, que Stalin prevenía también la instauración rle la dictadura del proletariado por la coacción exterior, pero si bien ello seria posible dentro de la teoría marxista-leninista, ¿puede afirmar- se sólo por esto, que las "democracias populares" constituyen dicta- duras del proletariado? Creemos que no. Estos países no han llegado aún al grado de evolución política y económica, en que los obreros y los campesinos toman para sí todo el poder y, por lo tanto, no hay una "dictadura" proletaria.

La doctrina contemporánea, ha estudiado muy poco estos aspectos y las respuestas, ademis de ser de una gran vaguedad, no cstáu referidas al pensamiento marxista.

Un autor nortcaiiiericano, Black, en un estudio sobre las "democra- cias populares", afirma que estos regímenes son tipos intermedios. Dice que la Constitiición soviética de 1936 es el ejemplo perfecto de regla- mentación constitucional de la dictadura del proletariado, pero tal reglamentacihn sólo puede darse cuando todos los medios de produc- ción están nacionalizados. Como en estos paises aún no se ha llegado a tal nacionalizacióii, toda la armazón constitucional es nada mis qiie un medio para pasar lentamente de una estructura capitalista a una socialista. Tendríamos así un Estado previo a la dictadura del prolc- tariado y el esquema del marxismo no seria: Estado capitalista, dicta- dura del proletariado, comiinismo, sino que podría liaber una previa a la dictadura del proletariado. Black define consiguientemente las "democracias popiilares" con estas palabras: "Las democracias popu- lares representan una forma de gobierno cuya función es lograr insti- tutos que permitan el pasaje de la libre empresa al socialismo: por eso son distintas de la Constitución soviktica de 1936, que fue adoptada cuando todos los sectores del cerco soviético estaban nacionalizados. Entonces, la Constitución de las democracias populares es, pues, com- parable a la soviética antes de 1936." Nosotros compartimos el primer

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párrafo de la definiciún de Black, es decir, que serían regímenes de transiciún, pero creemos errónea la segunda afirmación de que serían similares a la Constitución soviética anterior a 1936, porque la estruc- tura constitucional soviética antes del 36, la que daba la Constitución de 1923, era la de una dictadura del proletariado si se quiere más estricta y menos "democrática" que la de 1936. Nosotros afirmamos que las "democracias populares" ni siquiera han llegado al grado de la Constitución soviética de 1923 y que son un Estado previo a tina futura dictadura del proletariado".

El programa del Partido Comunista de 1961 se refirió así - e n su capí- tulo 111 (El Sistema Mundial del Socialismo), a las Democracias Po- pulares:

"Surgió una nueva forma de organización política de la sociedad: la democracia popular, que es una de las formas de la dictadura del proletariado. La democracia popular refleja la peculiaridad del desa- rrollo de la revolución socialista en las condiciones creadas por el debilitamiento del imperialismo y el cambio de la correlación de fiier- zas en favor del socialismo. En ella se han reflejado, asimismo, las peculiaridades históricas y nacionales de los distintos paises".

Pero en la realidad fueron sólo sistemas radicalmente totalitarios, dictaduras del Partido Comunista, meros satklites de Moscú.

Las "Democracias Populares" desaparecieron después de la Perestroi- ka, como consecuencia de la insuperable crisis interior, de su quiebra económica y del repudio popular contra regímenes negadores de toda libertad, opresores y represivos. Pero su caída no habría sido posible si rio hubiera existido la Perestroika y la nueva actitud internacional de la Unión Soviética, que ya no amenazaba ni intervenía militarmen- te, como lo hiciera en el pasado, en Alemania Oriental, en Hungria y en Checoslovaquia, para aplastar por la fuerza las explosiones popn- lares.

La caida y fin del poder soviktico y el desastre teórico y práctico de la doctrina marxista-leninista, provocaron la terminaciún ineludible de estas experiencias políticas intentadas en Europa Orieintal y Central, que fueron nada más que una expresión del imperialismo stalinista y soviktico y de la situación de poder que resultó de la derrota de la Ale- mania hitleriana.

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Esta fue la efímera vida de estos regirnenes antocráticos y totalitarios, absolutamente artificiales, que nacieron y vivieron entre 1946 y 1990 sólo como una proyección del Estado soviético y de su imperialismo militar.

XVI

Este mismo cariicter efímero y fugaz tuvieron otros regímenes auto- ritarios que existieron en Europa Central y Oriental entre 1930 y 1945, como reflejo del nazismo alemán o del fascismo italiano entonces en su apogeo.

Lo mismo puede decirse de la brevísima experiencia húngara de Bela Kün en 1919, proyección circunstancial y abortada de la revolución sovietica de 1917.

La Segunda Guerra Mundial (1939-1945) fue un factor determinante en cuanto a la duración de los totalitarismos del siglo XX.

Aparejó el fin del Estado nacionalsocialista alemán, del Estado fas- cista italiano y del Estado francks de Vichy, coino consecuencia de la de- rrota militar.

¿Si esta derrota militar no se hubiera producido cuánto hubieran per- durado? Imposible responder, como no sea en base a Iiipótesis sin fun- damento científico o de predicciones aventuradas.

En cambio, el fin de la 11 Guerra Mundial, no trajo como consecuen- cia la terminación del Estado nacional sindicalista español n i del Estado corporativista portugués. Pero incidió en la transformación de estos regímenes, impidiendo el mantenimiento y materialización de sus más caros caracteres totalitarios y provocando su evolución, dentro de for- mas autoritarias, en un contexto que, a mediano plazo, habría necesa- riamente de provocar su fin. (Cuál habria sido su evolución y su dura- ción si Alemania e Italia hubieran sido potencias victoriosas?

El fin de la guerra y la post-guerra fortaleció en lo inmediato al Es- tado sovietico stalinista, que salió de la guerra triunfante, con un im- perio subordinado en Europa Oriental, que dio origen a la forma poli- tica de las Democracias populares y ampliación de un bloque político militar.

?Que hubiera sucedido con el Estado soviético si Alemania hubiera triunfado en la 11 Guerra Mundial?

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Para la unmiia, para usar el término acuñado por Charles Renou- vier, el ejercicio del uso del si.. . (si tal hecho hubiera hipotéticamente ocurrido), no tiene valor histórico, no es u n instrumento cientifico de pensamiento, pero es un apasionante juego intelectual, que puede ser últimamente aplicado al razonamiento político que siempre contiene algo de ntopia y de futurologia.

Así como el Imperio ruso se derrumbó en 1917 arrastrado por las derrotas militares -sin perjuicio de la necesidad de considerar las otras causas y elementos en jueg*, el Estado sovietico hubiera desaparecido, para ser sustituido por un Estado satélite de Alemania -destinado a la producci6n agricola para alimentar a la Europa alemana-, como Hitler lo anunciaba en Mein Kampf y lo exponía durante la campaña de Rusia en sus nocturnos mon6logos rodeado de sus colaboradores en el Cuartel General de Prusia Oriental.

Ucrania hubiera sido un Protectorado, sometido a un proceso inten- so de germanización y la Unión Sovietica en su conjunto hubiera esta- llado en una fragmentación imposible de precisar, ni siquiera dejando correr ucrónicamente la imaginación.

De este modo la duración del Estado sovietico se prolongó durante cuarenta y seis años despues del fin de la guerra de 1945. Desde la Re- volución de 1917 hasta la finalización de la Guerra transcurrieron vein. tiocho años. Desde el fin de la guerra hasta el fin del Estado soviktico, un periodo mayor: cincuenta y seis años.

Sus contradicciones y el proceso económico - con sus crisis y deca- dencias- Iiabrian llevado a su termino antes, si no se hubiera produci- do el reforzamiento político debido al cambio internacional operado como consecuencia del final victorioso de la 11 Guerra Mundial.

Es interesante reflexionar sobre el hecho de que la Primera Guerra Mundial y las sangrientas derrotas sufridas por las tropas rusas, fueron el factor desencadenante de la Revolución de Octubre y del fin del Imperio ruso.

En cambio la victoriosa lucha llevada a cabo por la Unión Sovietica y su decisiva participaci6n en el triunfo final contra la Alemania nazi, significó el reafianzamiento y la restauración del Estado sovietico que pudo así subsistir hasta 1991.

Es otra de las interrogantes que el historiador puede plantearse pero que no puede contestar.

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XVIII

La Democracia contemporánea, representativa, pluralista y social en cambio -que precedió a los regímenes totalitarios o autoritarios, sovi&- ticos, fascistas o nazis- pese a sus rei~eradas crisis -denunciada por unos o por otros como una etapa ya superada, como expresión política de un mundo pasado, como incompatible con las nuevas realidades, aco- sada de todos lados-, subsistió, vivió y renació.

{Por qué? Para poder responder a la pregunta hay que señalar en primer tér-

mino, que cuando nos referimos a la Democracia, le damos a la expre- sión un sentido preciso y concreto, que impide las peligrosas confusio- nes conceptuales y políticas qiie han llevado a calificar como Demo- cracias a regímenes que poco o nada han tenido que ver con ella.

En 1989 en el Diccionario Electoral publicado por el Instituto Inter- nacional de Derechos Humanos, en el que escribí sobre el vocablo De- mocracia, dije:

"La gran dificultad de definir o conceptualizar la democracia radica en que la palabra sufre de un exceso de significación Jurídica y politi- camente a conceptos, formas políticas, sistemas constitucionales y acti- tudes de la más diversa naturaleza se les atribuye el calificativo de democráticos, aunque se trate de cosas diferentes y de sentidos opuestos. Esto no es, para la Ciencia Política y el Derecho Constitucional, un fenómeno patológico, pero complica y dificulta enormemente la defi- nición del concepto de la democracia. Sin embargo, hay que tener en cuenta que esta dificultad conceptual es algo inherente a la noción misma de la democracia. No es, y no ha sido nunca, Únicamente una forma de gobierno -con diversas características a través de una historia milenaria-, sino tambien una manera de concebir el Estado y la orga- nización política en su integridad y iina proyección al campo institu- cional y político de la idea misma del hombre, con la consecuencia de qiie la democracia puede ser encarada también como una exigencia humana y moral.

La idea de democracia como gobierno del pueblo, esencial para com- prender uno de sus necesarios elementos, no alcanza, sin embargo, para definir la democracia constitucional moderna, ya que no sólo el con- cepto mismo de lo que lia de entenderse por pueblo y por gobierno de la mayoría han cambiado con el transcurso de los siglos, sino que hoy la idea de democracia está unida indefectiblemente a lo que es el

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Estado de Derecho, a la igualdad jurídica de todos los hombres, al re- conocimiento de los derechos humanos de todos los individuos y al preciso y necesario reconocimiento de los derechos de todas las minorías.

Ideológicamente la democracia supone una concepción relativista de la verdad y de la política, que implica la necesidad de tolerar toda critica y toda ideología, incluso aquellas de raíz o naturaleza antidemo- crática. La democracia no puede castigar a las ideas. S610 puede sancio- nar los hechos y la acción antidemocrática. Frente al relativismo de la democracia, se sitúa el dogmatismo conceptual de todo autoritarismo o totalitarismo. Este tema es la materia de lo mejor de la elaboración doctrinaria moderna de la teoría democrática, desde I<elseu y Heller hasta las teorías de los autores de nuestros dias.

La democracia, fundada en la libertad, reconoce también como prin- cipio esencial a la igualdad. Si la igualdad jurídica de todos los hom- bres integra el concepto de la democracia, este concepto no es ademis ajeno al reconofimiento de la importancia del repudio a las extremas desigualdades de hecho, que conspiran contra la posibilidad de la exis- tencia de una democracia verdadera.

Si las desigualdades reales existen en una sociedad en que impera la miseria, la injusticia, la explotación y la enfermedad, la siibsistencia de la democracia política no s610 peligra, sino que está prácticamente condenada a perecer, cayendo en la demagogia populista o en el auto- ritarismo tiránico.

La democracia politica no puede hoy concebirse ni existir si no ya acompañada de la democracia econbinica y democracia social. Esta tri- ple dimensión de la idea democrática se da en el Estado Social de Derecho.

La democracia es la democracia representativa y ~luralista, fundada en el gobierno constitucional, que respeta necesariamente los derechos humanos y se integra con la idea del Estado de Derecho. Las otras for- mas democráticas, con calificativos de 'populares', 'revolucionarias'. et- cbtera, podrin ser sistemas políticos que recogen algunos de los elementos de la idea democrática (origen popular del poder, gobierno de la ma- yoría, etcétera), pero no pueden confundirse con la demccracia cons- titucional moderna, pluralista y representativa, única a la que cabe individualizar con el solo nombre de 'democracia'. Puede concluirse a este respecto que hoy la democracia es, sin otro calificativo adicional, la democracia representativa, el Estado democrático social de Derecho. Nacida y desarrollada en los tiempos modernos de manera paralela con el liberalismo, la democracia actual sigue teniendo como elemento

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esencial el respeto de la libertad (que supone en nuestros dias el res- peto integral a todos los derechos humanos).

La democracia es liberal en cuanto se fundamenta en la libertad del ser humano, necesariamente compatible en nuestros días con el indispensable reconocimiento de los derechos económicos, sociales y culturales y con cualquier política económica, siempre que respete el marco conceptual general de la democracia".

La democracia, asi concebida, es cl único sistema politico que lleva en si, admite y promueve, su propio cambio, su evolución y su supera- ción. Por eso puede durar indefinidaincnte y adaptarse a las siempre cambiantes situaciones y circunstancias. No pretende ser eterna. Se in- tegra con la convicción de la necesidad del cambio y de la evolución y, por eso mismo, es que, dentro de la relatividad de las cosas humanas, puede llegar a tener una duración inayor que todo otro sistema polí- tico. Es el único regimen politico que atiende al liombre, es el único capaz de generar un Estado de Derecho, qiie se funda en la libertad y cn el pluralismo y que es capaz de enriquecerse con las experiencias, sin perder su esencia. Puede ser monárquica o republicana, puede ser presidencialista o parlamentaria, puede ser directa, semidirecta o repre- sentativa. Puede nutrirse de un contenido social -hoy ineludible-, puede o no según los momentos, tener una mayor o menor interven- ción en la esfera económica. Pero supondrá siempre la necesaria limi- tación del poder, Iiuirá de todo culto idolitrico a una persona, admitirá necesariamente el libre juego dc todas las ideas y de todas las opiiiio- iies, se basará en elecciones libres y periódicas como único origen y justificación del poder político legítimo, respetará los derechos de to- das las minorías, sin perjuicio de atribuir el gobierno a la mayoría elegida libremente y se fundará en el reconocimiento del reducto in- franqueable de la libertad del hombre y en la garantia del goce de todos los derechos. Sólo en la Democracia, en cualquiera de sus múltiples formas se asegura la existencia del Estado de Derecho, se impone la distinción dicothmica entre Sociedad y Estado y entre Estado y Gobier- no, imposibilitándose así todo totalitarismo.

Por eso la Democracia, sin perjuicio de sus crisis o quiebras momen- tineas, dentro de la relatividad de las cosas humanas, tiene posibilida- des de subsistencia y permanencia, que ningún otro sistema politico [JoSCe.

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Por eso, para beneficiarse del prestigio de una idea fuerza de valor imperecedero, el término Democracia, ha sido y es utilizado por regb menes que nada o muy poco tienen que ver con ella y que han desapa- recido en el torbellino en el que sucumbieron el Estado soviktico y sus satelites. La Democracia no es, no puede ser, calificada como popu- lar o socialista, en orgánica o verticalista o en cualquier otra forma. Es la Democracia y nada más.

Los regímenes no democri<ticos que aún subsisten -y que continúan mostrando las diferencias esenciales que los distinguen de las verdade- ras democracias, constituyen una minoría en la actual Comunidad In- ternacional-, caracterizada por la desaparición, por el desprestigio ge- neralizado de los sistemas inspirados en el modelo socialista, en el marxismo-leninismo, en el partido único y en la negación de los dere. dios humanos de todos los hombres- no pueden ser olvidados ni de. jados de tener en cuenta.

Y, asimismo, no pueden dejarse de considerar los múltiples casos en que la Democracia continúa siendo sólo una ficción, un tel6n bajo el que se esconde el poder real incontrolado, la corrupción, el desprecio de la libertad, el fraude electoral, la explotación, la miseria y la igno- rancia.

Pero, aun teniendo en cuenta todos estos extremos, no puede haber duda de que el siglo XX termina con el triunfo de la Democracia, su valoración prácticamente universal y que todos, aun los que la violan y desprecian, actúan y piensan en función de esta realidad y de la cou- sideración de esta determinante idea fuerza.

El siglo XXI, ya ante nosotros, verá una nueva aventura, otra etapa, cuyo contenido no podemos aún precisar, de esta Democracia, hoy tnun. fante, abierta a las crisis renovadoras, inagotable siempre en sus posi- bilidades al servicio di1 hombre.

Mayo de 1992