Mapa conceptual del procedimiento de flagrancia

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Procedim iento de Flagranc ia. Art.372 C.O.P.P, el Ministerio Publico podrá proponer la aplicación del procedimiento abreviado previsto en este articulo cuando se trate de delito flagrante Procedimient o Abreviado. El delito flagrante es el que se este cometiendo o que acaba de cometerse. También se trata por flagrante aquel por el cual el sospechoso o sospechosa será perseguido o perseguida por la autoridad policial o por el clamor publico. O que se le sorprenda a poco tiempo de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca de donde se cometió, con armas, instrumentos u otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que el o ella es autor del delito Si el delito amerita privativa de libertad ,la autoridad o cualquier partido podrá aprender al sospechoso si el delito aumenta privativa de libertad, entregado a la autoridad mas cercana quien lo pondrá a disposición del ministerio publico. Miguel Guedez.

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Procedimiento de

Flagrancia.

Art.372 C.O.P.P, el Ministerio Publico podrá proponer la aplicación del procedimiento

abreviado previsto en este articulo cuando se trate de delito flagrante

ProcedimientoAbreviado.

El delito flagrante es el que se este cometiendo o que

acaba de cometerse.

También se trata por flagrante aquel por el cual el sospechoso o

sospechosa será perseguido o

perseguida por la autoridad policial o

por el clamor publico.

O que se le sorprenda a poco tiempo de haberse cometido el hecho, en el mismo lugar o cerca de donde se cometió, con armas, instrumentos u

otros objetos que de alguna manera hagan presumir con fundamento que el o ella es autor del delito

Si el delito amerita privativa de libertad ,la

autoridad o cualquier partido podrá aprender al

sospechoso si el delito aumenta privativa de

libertad, entregado a la autoridad mas cercana

quien lo pondrá a disposición del ministerio

publico.

Miguel Guedez.

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Procedimiento de Flagrancia.

AprehensorAutoridad o Particular

Ministerio Publico art.373 en un lapso no mayor que no exceda de doce horas a

partir de lo que aprehenden.

El ministerio publico dentro de las 36 horas siguientes, lo

presentara al juez o jueza de control, y explicaran como se

produjo la aprehensión

Si el juez o jueza de control verifica que están dados los requisitos que se refiere al art. anterior si así lo

solicito el fiscal del ministerio publico, dada la aplicación del procedimiento de abreviación.

Remite las detonaciones del tribunal de juicio, el cual convoca a un juicio oral y publico dentro de los 15 días

siguientes.

El juez o jueza de control decidirá sobre la solicitud del fiscal dentro de las 48 horas siguientes que han puesto al

aprehendido o aprehendida a su disposición.

En este caso, hasta cinco días antes de la audiencia de juicio el

fiscal y la victima, presentaran la

acusación directamente al tribunal de juicio, para que la defensa

conozca los argumentos y prepare su defensa .

En caso contrario el juez o jueza

obtendrá la aplicación del procedimiento

ordinario y así lo hará constar en

el acta que levantara al

efecto.Miguel Guedez.

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Procedimiento de Flagrancia

La flagrancia produce el procedimiento abreviado

Los lapsos para este procedimiento lo establece el articulo 373 del titulo III del procedimiento

abreviado del código orgánico procesal vigente.

Miguel Guedez