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Cra 6 No. 6 - 02 Esquina Telefax: 8712130 - PBX (Antiguo) 8712192 - Nuevo PBX 8725500 - CALL CENTER 116 Email: [email protected] Página Web: www.epneiva.gov.co Neiva ( Huila ) PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES INVITACION PÚBLICA DE OFERTA No. 003 DE 2017 OBJETO: MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCION DE ACOMETIDAS DOMICILIARIAS, ASI COMO LAS SUSPENSIONES, REINSTALACIONES, CORTES Y RECONEXIONES DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO EN ACOMETIDAS DE LOS USUARIOS DEL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAS CEIBAS EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA E.S.P CAPITULO I 1.1. INFORMACIÓN GENERAL La información contenida en estos términos de referencia, sustituirá totalmente cualquier otra que las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. o su representante pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta invitación a presentar oferta. En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en esta Invitación. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones respectivas contenidas en este documento. 1.1.1 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió la invitación y todos los documentos de esta, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Todos los documentos de la invitación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta. El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente invitación, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones. 1.2 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD La Constitución Política de Colombia en su artículo 365 establece. “Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional”. El Municipio como ente Local, tiene la obligación de garantizar los servicios públicos a la población, entre ellos el del acueducto. Esta necesidad que se justifica para poder cumplir con los fines del estado con la orientación de los principios constitucionales y legales que rigen las actuaciones administrativas, tal y como lo dispone la ley 142 de 1994 modificada por los Decretos 302 de 2000 y 229 de 2002. Teniendo en cuenta que se hace necesario realizar la reparación inmediata de las redes de acueducto y especialmente las domiciliarias que continuamente presentan fugas y daños en sus tuberías; Empresas Publicas de Neiva E.S.P. requiere de la contratación de estas obras (Rotura de pavimento, excavaciones, reposición de tubería, rellenos en material seleccionado, accesorios, entre otros) que mejoren el servicio de acueducto existente y así mismo atender oportunamente estos daños evitando el derroche y la pérdida de agua, mejorando la cantidad y continuidad del servicio en la ciudadanía. Es así que dentro de las políticas del Plan de Gobierno de la administración municipal “LA RAZÓN ES LA GENTE”, se busca atender las necesidades básicas insatisfechas, mejorando las condiciones de habitabilidad, salubridad y bienestar de la comunidad Neivana esto con el propósito de buscar soluciones como lo establece el decreto 1077 de 2015: (…)“ARTÍCULO 2.3.1.3.2.4.18. Mantenimiento de las instalaciones domiciliarias. El mantenimiento de las redes internas de acueducto y alcantarillado no es responsabilidad de la entidad prestadora de los servicios públicos, pero ésta podrá revisar tales instalaciones y exigir las adecuaciones y reparaciones que estime necesarias para la correcta utilización del servicio. Cada usuario del servicio deberá mantener en buen estado la instalación domiciliaria del inmueble que ocupe y, en consecuencia, la entidad prestadora de los servicios públicos no

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PLIEGO DEFINITIVO DE CONDICIONES INVITACION PÚBLICA DE OFERTA

No. 003 DE 2017

OBJETO: MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCION DE ACOMETIDAS DOMICILIARIAS, ASI COMO LAS SUSPENSIONES, REINSTALACIONES, CORTES Y RECONEXIONES DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO EN ACOMETIDAS DE LOS USUARIOS DEL

AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAS CEIBAS EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA E.S.P

CAPITULO I 1.1. INFORMACIÓN GENERAL La información contenida en estos términos de referencia, sustituirá totalmente cualquier otra que las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. o su representante pudieran haber suministrado en forma preliminar a los proponentes interesados en esta invitación a presentar oferta. En la propuesta no podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en esta Invitación. En caso de hacerlo, se tendrán por no escritas y, por lo tanto, prevalecerán las disposiciones respectivas contenidas en este documento. 1.1.1 INTERPRETACIÓN Y ACEPTACIÓN DE LA INVITACIÓN Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió la invitación y todos los documentos de esta, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza de los trabajos, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Todos los documentos de la invitación se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en esta invitación, serán de su exclusiva responsabilidad. En consecuencia, las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos desfavorables en que incurra el proponente y que puedan incidir en la elaboración de su propuesta. El hecho que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos objeto de la presente invitación, no se considerará como excusa válida para la futura formulación de eventuales reclamaciones. 1.2 DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD

La Constitución Política de Colombia en su artículo 365 establece. “Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional”. El Municipio como ente Local, tiene la obligación de garantizar los servicios públicos a la población, entre ellos el del acueducto. Esta necesidad que se justifica para poder cumplir con los fines del estado con la orientación de los principios constitucionales y legales que rigen las actuaciones administrativas, tal y como lo dispone la ley 142 de 1994 modificada por los Decretos 302 de 2000 y 229 de 2002. Teniendo en cuenta que se hace necesario realizar la reparación inmediata de las redes de acueducto y especialmente las domiciliarias que continuamente presentan fugas y daños en sus tuberías; Empresas Publicas de Neiva E.S.P. requiere de la contratación de estas obras (Rotura de pavimento, excavaciones, reposición de tubería, rellenos en material seleccionado, accesorios, entre otros) que mejoren el servicio de acueducto existente y así mismo atender oportunamente estos daños evitando el derroche y la pérdida de agua, mejorando la cantidad y continuidad del servicio en la ciudadanía. Es así que dentro de las políticas del Plan de Gobierno de la administración municipal “LA RAZÓN ES LA GENTE”, se busca atender las necesidades básicas insatisfechas, mejorando las condiciones de habitabilidad, salubridad y bienestar de la comunidad Neivana esto con el propósito de buscar soluciones como lo establece el decreto 1077 de 2015: (…)“ARTÍCULO 2.3.1.3.2.4.18. Mantenimiento de las instalaciones domiciliarias. El mantenimiento de las redes internas de acueducto y alcantarillado no es responsabilidad de la entidad prestadora de los servicios públicos, pero ésta podrá revisar tales instalaciones y exigir las adecuaciones y reparaciones que estime necesarias para la correcta utilización del servicio. Cada usuario del servicio deberá mantener en buen estado la instalación domiciliaria del inmueble que ocupe y, en consecuencia, la entidad prestadora de los servicios públicos no

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asumirá responsabilidad alguna derivada de modificaciones realizadas en ella. De todas formas los usuarios deben preservar la presión mínima definida en el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico. PARÁGRAFO. Cuando el suscriptor o usuario lo solicite o cuando se presenten consumos de agua excesivos e injustificados, la entidad prestadora de los servicios públicos deberá efectuar una revisión de las redes internas a fin de establecer si hay deterioro en ellas y, de ser el caso, podrá hacer las sugerencias que considere oportunas para su reparación.” ARTÍCULO 2.3.1.3.2.4.19. Mantenimiento de las redes públicas. La entidad prestadora de los servicios públicos está en la obligación de hacer el mantenimiento y reparación de las redes públicas de acueducto y alcantarillado. Así mismo deberá contar con un archivo referente a la fecha de construcción de las redes, especificaciones técnicas y demás información necesaria para el mantenimiento y reposición de la misma. “ (…) Durante el año 2016 se ha mantenido una vigilancia constante sobre los reportes de los usuarios frente a los daños ocurridos en la red domiciliaria del área de prestación del servicio en la ciudad de Neiva, se implementó la trazabilidad de los daños y el control de las ordenes de trabajo para dar solución a las llamadas de los usuarios y/o suscriptores, logro coordinado desde las subgerencias comercial y técnica.

Dando como resultado la creación de una base de datos que permite llevar control de las más de 7000 órdenes de Trabajo por PQR, de los cuales 1105 son daños sobre las redes domiciliarias de los usuarios, realizando una sustitución de 2200 metros lineales de tuberías en polietileno de alta densidad o polivinilico de diferentes diámetros con sus respectivos accesorios, así como las excavaciones para su remplazo e intervención en la misma proporción de pavimentos rígidos y flexibles y andenes. Intervenciones que a la fecha no han podido ser solucionados sino en un 30% con personal de la subgerencia técnica y del personal operativo de la empresa; generando inconformidad en los usuarios, un gran número de PQR, insatisfacción del cliente y un gran número de daños no atendidos y pérdidas técnicas y comerciales que afectan la facturación y la imagen institucional. De otra parte, LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P., debe dar cumplimiento a lo definido en la normatividad vigente, relacionado con la recuperación de cartera y la obligación de los suscriptores y/o usuarios de realizar el pago del servicio, de igual forma La Empresa debe propender por reducir las pérdidas comerciales por agua no facturada, mejorando los tiempos de respuesta a los l lamadas de reporte de fugas de agua en acometidas de acueducto.

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DEFINICIONES ¿Qué se entiende por reinstalación del servicio de acueducto? Es el restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual se le había suspendido. (Decreto 302 de 2000 Artículo 3º, modificado por el Decreto 229 de 2002, Artículo 1º punto 3.34) ¿Qué se entiende por suspensión del servicio de acueducto? Es la interrupción temporal del servicio por común acuerdo, por interés del servicio o por incumplimiento del contrato de servicios públicos, o por otra de las causales previstas en la Ley 142 de 1994, en el Decreto 302 de 2000, en las condiciones uniformes del contrato de servicios públicos y en las demás normas concordantes. (Decreto 302 de 2000 Artículo 3º, modificado por el Decreto 229 de 2002, Artículo 1º punto 3.47) ¿Qué se entiende por reconexión del servicio de acueducto? Es el restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual le había sido cortado.(Decreto 302 de 2000 Artículo 3º, modificado por el Decreto 229 de 2002, Artículo 1º punto 3.28) ¿Qué se entiende por corte del servicio de acueducto? Es la interrupción del servicio que implica desconexión o taponamiento de la acometida.(Decreto 302 de 2000 Artículo 3º, modificado por el Decreto 229 de 2002, Artículo 1º punto 3.9) ¿Qué se entiende por corte y reconexión especial del servicio de acueducto? El corte y reconexión especial del servicio público de acueducto, se refiere a la realización de obras excepcionales adicionales que impliquen la ruptura de pavimento (en asfalto, en concreto o en ladrillo) o de baldosa, así como la reposición de estos materiales, para llevar a cabo el corte o la reconexión. En todo caso, ESP calculará el cargo asociado a dicha operación, tomando en cuenta los costos unitarios de cada actividad, que se desagregarán en costos de mano de obra, en costos de herramientas y equipos, en costos de transporte de herramientas, equipo, materiales y escombros, así como el componente de administración, imprevistos y utilidades de hasta el veinte por ciento (20%). Con relación a la necesidad planteada, tenemos los siguientes aspectos normativos, dentro de los más relevantes: LEY 142 DE 1994 Artículo 96. Otros cobros tarifarios. Quienes presten servicios públicos domiciliarios podrán cobrar un cargo por concepto de reconexión y reinstalación, para la recuperación de los costos en que incurran. DECRETO 229 DE 2002 ARTICULO 1. El artículo 3º del Decreto 302 de 2000, quedará así: 3.9. Corte del servicio de acueducto. Interrupción del servicio que implica la desconexión o taponamiento de la acometida. 3.10. Conexión. Ejecución de la acometida e instalación del medidor de acueducto o ejecución de la acometida de alcantarillado. 3.34. Reinstalación. Es el restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual se le había suspendido. 3.47. Suspensión. Interrupción temporal del servicio por común acuerdo, por interés del servicio, o por incumplimiento o por otra de las causales previstas en la Ley 142 de 1994, en el presente decreto, en las condiciones uniformes del contrato de servicio público y en las demás normas concordantes. CAPITULO VI: Causales de corte y terminación del contrato Artículo 28. De las causales de corte de los servicios. Son causales de corte del servicio, la reincidencia en las causales de suspensión establecidas en el Capítulo V del presente decreto, durante un período no superior a dos (2) años. Adicionalmente, el incumplimiento reiterado del contrato de prestación de servicios, en las condiciones de tipo y frecuencia que determine la entidad prestadora de los servicios públicos, siempre y cuando no constituya una causal de suspensión del servicio. Artículo 29. La entidad prestadora de los servicios públicos, solamente podrá incluir en el contrato de condiciones uniformes las siguientes causales de terminación del contrato y corte del servicio. Artículo 31. Del restablecimiento del servicio en caso de corte. Para el restablecimiento del servicio, el interesado deberá cumplir con los requisitos para las solicitudes nuevas y pagar las deudas pendientes que a nombre de éste y del respectivo inmueble existan, así como las sanciones pecuniarias, los intereses moratorios de ley y las tarifas de reinstalación. Artículo 32. Del restablecimiento del servicio en caso de suspensión. Para restablecer el suministro del servicio es necesario que se elimine la causa que originó la suspensión, se cancelen las tarifas de reconexión y reinstalación, así como los demás pagos a que hubiere lugar. La reanudación del servicio deberá realizarse a más tardar dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al pago, so pena de perder la empresa a favor del suscriptor y/o usuario el valor de la sanción por reconexión, el cual se deberá abonar a la cuenta de cobro inmediatamente posterior.

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RESOLUCION CRA 424 DE 2007 Artículo 4°. Cargo máximo por suspensión o reinstalación del servicio público de acueducto. Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto podrán cobrar hasta los siguientes valores máximos por la suspensión o reinstalación del servicio, cada vez que haya lugar a las mismas: a) Suspensión: 1.4% del salario mínimo mensual legal vigente; b) Reinstalación: 1.2% del salario mínimo mensual legal vigente. Artículo 5°. Cargo máximo por corte o reconexión del servicio público de acueducto. Las personas prestadoras del servicio público domiciliario de acueducto, cuando se trate de actividades de corte y reconexión bajo la tecnología de referencia de taponamiento de la acometida, podrán cobrar por las actividades de corte o reconexión del servicio los siguientes valores, cada vez que haya lugar a las mismas: a) Corte: 2.4% del salario mínimo mensual legal vigente; b) Reconexión: 2.2% del salario mínimo mensual legal vigente. Artículo 6°. Corte y reconexión especial del servicio público de acueducto. El cobro por la realización de obras excepcionales adicionales que impliquen la ruptura de pavimento, de asfalto, de concreto, de ladrillo o de baldosa, así como la reposición de estos materiales, para llevar a cabo el corte o la reconexión, sólo será posible en los siguientes casos: a) Cuando se trate de suscriptores o usuarios contra los cuales obre decisión en firme, como consecuencia de haberse conectado fraudulentamente al mismo servicio, pese a encontrarse suspendido o cortado; y b) Cuando se proceda al corte del servicio por mutuo acuerdo entre la empresa y el suscriptor o usuario y los últimos soliciten al prestador llevar a cabo obras de las señaladas en el presente inciso. En todo caso, la persona prestadora calculará al cargo asociado a dicha operación, tomando en cuenta los costos unitarios de cada actividad, que se desagregarán en costos de mano de obra, en costos de herramientas y equipos, en costos de transporte de herramientas, equipo, materiales y escombros, así como el componente de administración, imprevistos y utilidades de hasta el veinte por ciento (20%). Para efectos de la determinación del costo de las herramientas, tendrá en cuenta su depreciación. El prestador dejará constancia de las situaciones señaladas en los incisos anteriores, en documento que estará en disposición del suscriptor o usuario en sede de la empresa. La desagregación de los costos deberá consignarse en la factura correspondiente y quedará a disposición de las autoridades de regulación, vigilancia y control. Durante año 2016, se expidieron las siguientes actas de suspensión: Durante el año 2016, se expidieron las siguientes actas de reconexión:

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Adicional a las anteriores estadísticas del año 2016 Las Ceibas Empresa Publicas de Neiva ESP debió realizar cortes y reconexiones de tipo especial a usuarios por uso irregular del servicio, con el fin de controlar defraudaciones las cuales se resumen a continuación:

Las Ceibas Empresa Públicas de Neiva expidió la resolución 371 de 2016 con el fin de atender todo el trámite administrativo y técnico operativo para cuantificar el costo del levantamiento de la acometida en el evento que los usuarios que hagan usos irregular del servicio y/o posibles fraudes por defraudación de fluidos. Adicionalmente, se pretende realizar la ampliación de cobertura en comunas donde se ha identificado asentamientos subnormales y se ha encontrado barrios enteros en diferentes lugares del área de prestación del servicio donde las viviendas no tienen domiciliarias y se requiere dar el suministro de agua potable a las viviendas mencionadas. Por otra parte, y atendiendo a la resolución CRA 768 de 2016 “Por la cual se adopta el modelo de condiciones uniformes del contrato para la prestación de los servicios públicos domiciliarios de acueducto y/o alcantarillado, para personas prestadoras que cuenten con más de 5.000 suscriptores y/o usuarios en el área rural o urbana y se define el alcance de su clausulado”. LAS CEIBAS Empresa Publicas de Neiva E.S.P. definió y ajusto todas las cláusulas del contrato de servicios asi como su anexo técnico a fin de dar cumplimiento con la mencionada resolución. En dichas clausulas se obliga a Las LAS CEIBAS Empresa Publicas de Neiva E.S.P., a mantener y velar por el cumplimiento de los estándares de servicio y eficiencia que arrojo el estudio tarifario del 2016 y el proyecto de obras de inversión regulado POIR, las cuales se resumen a continuación: ESTANDARES DE SERVICIO:

ESTÁNDAR DE SERVICIO 2015 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025

Cobertura de acueducto. Número de suscriptores incorporados con conexión al servicio de acueducto. (100%).

98.686 99.464 101.020 102.421 103.669 104.611 105.154 105.601 106.051 106.503 106.957

Calidad de acueducto. Puntaje IRCA (%).IRCA <= 5%.

0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0

Continuidad de acueducto. Número de días por año de prestación del servicio. >= 98,36%.

97,50 97,50 97,65 97,80 97,95 98,10 98,23 98,36 98,36 98,36 98,36

Cobertura de alcantarillado. Número de suscriptores incorporados con conexión al servicio de alcantarillado (100%).

96.102 96.764 98.088 99.854 102.061 104.048 105.154 105.601 106.051 106.503 106.957

Calidad de alcantarillado.% de 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100 100

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cumplimiento del PSMV. 100 % del cumplimiento de las obras a cargo del prestador estipuladas en el Plan de Saneamiento y Manejo de Vertimientos -PSMV.

Continudad de alcantarillado. Número de días por año de prestación del servicio. >= 98,36%.

97,50 97,50 97,65 97,80 97,95 98,10 98,23 98,36 98,36 98,36 98,36

IQR- Indicador de reclamos comerciales. <= 4 reclamaciones comerciales por facturación resueltas a favor del suscriptor en segunda instancia por cada 1.000 suscriptores por año.

5 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2

ESTANDARES DE CALIDAD:

DESCRIPCION META 2016 2017 2018 2019 2020 2021 2022 2023 2024 2025

ΔNC Ri,ac :Nuevos suscriptores residenciales de acueducto. Para el año 5 debe lograrse el 100% de la diferencia, y gradualidad según la ejecución programada para el POIR.

1.510 1.510 1.208 1.208 604 415 417 418 420 422

ΔNC Ri,ac :Nuevos suscriptores residenciales de alcantarillado. Para el año 5 debe lograrse el 100% de la diferencia, y gradualidad según la ejecución programada para el POIR.

1.282 1.282 2.137 2.137 1.710 415 417 418 420 422

DACAL- Diferencia entre suscriptores de Acueducto y Alcantarillado (Suscriptores). Reducir el 100% de la diferencia, y gradualidad según la ejecución programada para el POIR y el plan de incorporación de suscriptores.

42 42 70 70 56 0 0 0 0 0

IPUF - Índice de Pérdidas por Suscriptor Facturado estándar (m³/suscriptor/mes). Para el año 5 debe lograrse el 50% de la diferencia, y para elaño 10 debe lograrse el 75%. En caso de utilizar NEP, debe lograrse el 100% para el año 5 y debe mantenerlo. La gradualidad es de acuerdo con las metas de la persona prestadora. <=6 m3/suscriptor/mes.

17 15 13 11 9,5 9,5 9,5 9,5 9,5 9,5

CAU – Costos administrativos eficientes estándar por suscriptor mensual de acueducto ($/suscriptor/mes). Para el año 5 debe lograrse el 100% de la diferencia, con un avance de 1/5 cada año.

4.002 4.426 4.850 5.273 5.697 5.697 5.697 5.697 5.697 5.697

CAU – Costos administrativos eficientes 6.594 6.643 6.692 6.741 6.790 6.790 6.790 6.790 6.790 6.790

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estándar por suscriptor mensual de alcantarillado ($/suscriptor/mes).

COU – Costos operativos eficientes estándar por suscriptor mensual de acueducto ($/suscriptor/mes). Para el año 5 debe lograrse el 100% de la diferencia, con un avance de 1/5 cada año.

12.538 12.309 12.080 11.850 11.621 11.621 11.621 11.621 11.621 11.621

COU – Costos operativos eficientes estándar por suscriptor mensual de alcantarillado ($/suscriptor/mes).

6.943 6.685 6.428 6.171 5.913 5.913 5.913 5.913 5.913 5.913

CUP - Costos Unitarios Particulares de acueducto ($/m³).

187,49 187,49 187,49 187,49 187,49 187,49 187,49 187,49 187,49 187,49

El contrato de condiciones Uniformes se hizo llegar a la comisión de regulación de agua potable y saneamiento básico mediante el oficio número 000373 del 17 de enero 2017. Por otra parte y con el fin de mantener los estándares en relación al Índice de Perdidas por Usuario Facturado – IPUF que se menciona en la tabla de estándares de calidad del servicio y según el nuevo marco regulatorio de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico – CRA, establecido en las Resoluciones 688 de 2014 y la 735 de 2015, que determina que la diferencia entre IPUF reportado para el año base de estudio, 2015, y el definido como estándar de servicio, para el año quinto debe lograrse el 50% de esta diferencia y para el décimo año debe llegar a 75%. La CRA definió como estándar de servicio un IPFU de 6 m3/suscriptor/año, LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P., para abril de 2016, presenta el indicador IPUF en un valor de 20 m3/suscriptor/año, lo que significa que Las Ceibas se encuentra 233,3% por encima del indicador fijado y debe en cinco (5) años llegar a por lo menos 13 m3/suscriptor/año, por lo tanto es imprescindible para LAS CEIBAS emprender de manera inmediata un Plan Maestro de Gestión Pérdidas que le permita fijar los objetivos, las metas, los indicadores y los programas tanto de Reducción como de Control de las Pérdidas de Agua con el fin de aumentar los ingresos y disminuir los costos asociados a la producción y distribución de agua potable. Los estudios de la Asociación Internacional del Agua (IWA; International Water Association) y la misma Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico concluyen que las pérdidas técnicas afectan los costos de producción, conducción, tratamiento, bombeo y distribución del prestador, requiriendo adelantar inversiones en captaciones, conducciones, tratamiento y distribución del agua que finalmente pagan los usuarios en las tarifas del servicio. Así mismo concluyen que las pérdidas comerciales afectan fundamentalmente el nivel de facturación de la empresa y su nivel de ingresos. Por lo tanto, es indispensable para la gestión empresarial y los lograr los estandares de calidad del servicio es necesario construir el Plan Maestro de Gestión de Pérdidas basado en el resultado de la elaboración del balance hídrico con la metodología de la Asociación Internacional del Agua – IWA por sus siglas en Inglés – con el fin de identificar los factores que mayor impactan negativamente el Agua No Contabilizada y de esta manera planificar las inversiones para el plan de reducción y los procedimientos para el plan de control del Plan Maestro de Gestión de Pérdidas. 1.3 FORMA DE SATISFACER LA NECESIDAD: Es urgente la necesidad de continuar con la realización de las suspensiones, reinstalaciones, cortes y reconexiones y levantamiento de acometidas, así como reparaciones y reposiciones en la red de acometidas domiciliarias de los usuarios. LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P., requiere ejecutar todas las actividades, acciones y gestiones, orientadas a solucionar tales inconvenientes y desarrollar “MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCION DE ACOMETIDAS DOMICILIARIAS, ASI COMO LAS SUSPENSIONES, REINSTALACIONES, CORTES, RECONEXIONES Y TAPONAMIENTOS DEL SERVICIO DE ACOMETIDAS DE LOS USUARIOS DEL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAS CEIBAS EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA E.S.P.”. Con el fin de dar cumplimiento con la normatividad vigente (Ley 142 de 1994), en lo referente a la calidad de la prestación del servicio de acueducto, a la Empresa y la comunidad, por parte de LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P en el Plan de Acción para la vigencia del presente año, se hace necesario la contratación con un tercero las obras comentadas.

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Debido al gran número ordenes de trabajo por fugas de agua potable en las redes domiciliarias y en casos la reparación de la red matriz de abastecimiento además de la falta de personal, equipos, vehículos para atenderlas en tiempo mínimo. Y con el fin de dar cumplimiento a la ejecución del plan de inversión de las obras en lo referente a la red de domiciliarias y además de mantener los estandares de calidad y servicios antes refrenciados, se hace necesaria su contratación con terceros, después de una cuidadosa selección de la propuesta. Respecto de las labores de suspensión, corte, reconexión y levantamiento taponamiento del servicio y de acometidas domiciliarias, LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P, a través de la SUBGERENCIA COMERCIAL, se propone la contratación de estas actividades para los casos contemplados en la Ley, a través de un tercero con capacidad técnica, financiera y administrativa. La operación consisten en que el contratista realizará ejecución de las actividades de mantenimiento y/o construcción de redes de acometidas domiciliarias cuando asi sea solicitado por los usuarios o por demanda de LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P., según el plan de inversión de obras, realizando actividades inherentes al desarrollo de mantenimiento y construcción tales como reposición de la superficie de rodadura, sea en pavimento rigido o flexible, excavaciones, llenos, etc. Respecto a la suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el levantamiento de acometidas, de acuerdo a lo definido por la oficina de cortes y reconexiones de LAS CEIBAS Empresas Públicas de Neiva E.S.P, y la empresa reconocerá el valor de las actividades efectivamente realizadas de acuerdo a las valores definidos en los APU de cada actividad. 1.3 CONDICIONES GENERALES DEL OFERENTE: Los interesados en participar debe acreditar la calidad de: Persona natural: Las personas naturales deberán acreditar su capacidad jurídica demostrando la mayoría de edad, con la fotocopia legible de la cédula de ciudadanía, para los nacionales colombianos y con la fotocopia legible de la cédula de extranjería o el pasaporte para extranjeros. Deberá acreditar título profesional en Ingeniería Civil o Arquitectura, mediante fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia de la misma, con mínimo cinco (05) años de experiencia a partir de la expedición de la tarjeta profesional Personas Jurídicas: Las personas jurídicas deberán acreditar su capacidad jurídica con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de su domicilio o por la entidad que tenga la competencia para expedir dicho certificado, el cual debe haber sido expedido dentro de los treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de presentación de la propuesta prevista en el cronograma, en el que conste los siguientes aspectos:

- El objeto social de la persona jurídica comprenda la ejecución de actividades objeto del presente proceso. - La calidad de representante legal de quien suscribe la propuesta y las facultades para presentar la propuesta y obligar a la

persona jurídica, lo cual se verificará con el certificado de existencia y representación legal; en caso contrario deberá aportar la respectiva autorización expedida por el órgano competente.

- Haberse constituido mínimo cinco (05) años previos a la presentación de la oferta. - La duración de la persona jurídica no sea inferior al término de duración del contrato y un (1) año más. La persona jurídica debe traer su propuesta avalada por un Ingeniero Civil o Arquitecto que cumpla con las condiciones descritas para la persona natural. (adjuntar: cédula de ciudadanía, fotocopia de la tarjeta profesional, certificado de vigencia de la misma, certificado de antecedentes disciplinarios y fiscales de quien avala), Deberá tener experiencia específica con el objeto contractual, Deberá estar inscrito en el RUP.

1.4 OBLIGACIONES GENERALES:

1. El contratista debe presentar informes técnicos – económicos de avance de obra conforme a lo establecido por la Interventoría y/o Supervisión. Lo cual será requisito indispensable para la cancelación de la respectiva cuenta.

2. El contratista tendrá la obligación de realizar informes diarios de los trabajos realizados en la jornada de trabajo los cuales deberán ser reportados en los formatos de Las Ceibas Empresa Publicas de Neiva E.S.P., que defina para tal labor, además deberá adjuntar a estos formatos el respectivo registro y con cantidades de obra. El registro fotográfico deberá estar a color tanto en formato digital como físico

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3. Los Informes diarios deberán ser entregados en original y en forma digital. Para el formato digital se remitirá vía correo Electrónico o por medio de dispositivo de almacenamiento (memorias USB, discos duros, CD, etc.). Todos los informes, digital e impreso serán remitidos máximo a la hora y/o fecha establecida por la Interventoría.

4. En caso de que en el desarrollo del proyecto se requiera intervenir predios de los que no se tenga información, será responsabilidad del contratista informar a LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva de la novedad presentada.

5. El contratista será responsable por el control de calidad materiales que requiera la obra y por los procesos constructivos utilizados.

6. Cumplir a cabalidad con todas las condiciones, exigencias y requisitos de la invitación y sus anexos que hace parte integral del presente contrato.

7. Acatar todas las exigencias y observaciones que se efectúen por parte de la Interventoría subgerencia Técnica y Operativa de la empresa.

8. Manejar los logos institucionales conforme lo indique la Interventoría Oficina de la subgerencia técnica y operativa de la empresa. 9. Los costos generados por la utilización y disponibilidad del equipo necesario, de acuerdo con la programación que presente el

contratista y aprobada por LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P., no reconocerá costos adicionales por uso disponibilidad de equipo o cualquier otro concepto.

10. Realizar de forma permanente y directa la ejecución técnica y administrativa de los trabajos a fin de garantizar su desarrollo de acuerdo con los fines del contrato.

11. Cumplir con las especificaciones técnicas de construcción vigentes para este tipo de obras y las indicadas por LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P.

12. No causar daños a personas y bienes de terceros o del municipio respondiendo por lo que ocasione por imprudencia, negligencia, impericia o descuido, dentro o fuera de los lugares donde se han de ejecutar los trabajos, derivados de su actividad o de sus trabajadores.

13. Ejecutar las actividades o modificaciones que indique el interventor o la supervisión designada por LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P.

14. Mantener el sitio de ejecución de los trabajos libres de desperdicios, basuras, escombros acumulados y a su terminación retirar definitivamente del lugar el material sobrante a fin de que la obra quede totalmente limpia.

15. Proporcionar al interventor y/o supervisor cuando este lo requiera informes detallados o generales sobre cualquier aspecto de la obra.

16. Atender las observaciones y requerimientos que efectúe el interventor y/o Supervisor. 17. Utilizar personal calificado para responder por la ejecución de los frentes de trabajo, en equipos de trabajo mínimo de un técnico

y/o tecnólogo con 1 obrero o ayudante para atender en forma simultanea tres (3) reparaciones en el APS (área de prestación del servicio). Para los trabajos en horas nocturnas, feriados, domingos o en horas no laborales, deberá contarse con la presencia del ingeniero residente. .

18. Iniciar la obra una vez suscrita el acta correspondiente y entregarlas dentro del plazo pactado. 19. Elaborar un registro fotográfico de cada reparación antes del inicio, durante la ejecución y después de la entrega, el cual hará

parte integral de los avances y actas parciales de la obra y será requisito para la cancelación de cada una de las cuentas de cobro y pago final.

20. A entregar como requisito previo para la elaboración del acta de recibo final los planos record sobre el plano base del Área de Prestación del Servicio y el registro fotográfico de los arreglos.

21. Cumplir a cabalidad con todas las condiciones, exigencias y requisitos de la invitación. 22. Los dineros del anticipo deberán invertirse exclusivamente en la ejecución de las obras contratadas para ello, el contratista

seleccionado. 23. Retiro de material sobrante de la excavación y disposición en sitio autorizado, Incluye factor de Expansión del 20%. Se debe

anexar para la liquidación del contrato paz y salvo del que recibe el material sobrante donde se describe el volumen recibido y anexar la autorización correspondiente de la entidad del estado que tiene que ver con el tema.

24. Realizar la ejecución de las actividades de suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el taponamiento de acometidas de acueducto, de acuerdo a los archivos planos electrónicos, compactibles con la interfase del software del oferente y del software comercial de Las Ceibas EPN E.S.P. La interfase necesaria para la conexión del software comercial será responsabilidad del oferente seleccionado y se cargará información relacionada con actividades de facturación, para que conozca los siclos de facturación y los periodos de facturación, conocimiento necesario para adelantar actividades de corte, suspensión, reconexión y reinstalación del servicio. El desarrollo de la interfase deberá implementarse en un plazo máximo de 60 días.

25. Reportar mediante actas, las actividades de suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el taponamiento de acometidas de acueducto realizadas.

26. Llevar registro fotográfico de las actividades de suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el taponamiento de acometidas de acueducto que no han sido efectivas, registrando el obstáculo o impedimento.

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27. Diligenciar completamente los formatos entregados por LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P, respecto a las actividades de reposición, mantenimiento, instalación de medidores, sellos, suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el taponamiento de acometidas de acueducto y firmadas por el contratista.

28. Disponer de personal calificado y con experiencia al frente del desarrollo de las actividades de reposición, mantenimiento, instalación de medidores, sellos, suspensión-reinstalación, corte-reconexión y el taponamiento de acometidas de acueducto.

29. Suministrar el transporte del personal, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Código Nacional de Transito. 30. Suscribir las respectivas actas de inicio, recibo parcial, suspensión, reiniciación, recibo final, liquidación y demás actas de comité

de supervisión. 31. Dotar a los operarios de los elementos de seguridad necesarios y reglamentarios por ley para el buen desempeño de las

actividades. 32. Demostrar el pago de aporte de parafiscales señalados por la Ley 789 de 2.002, si estuviere obligado a ello. 33. Tener el personal contratado afiliado al Sistema de Seguridad Social Integral (Pensión. Salud y Riesgos Profesionales). 34. Suministrar al personal, todas las prerrogativas de Ley (Auxilio de transporte, dotación etc.). 35. Las demás actividades inherentes a la esencia y naturaleza del contrato.

OBLIGACIONES ESPECIFICAS DEL CONTRATISTA PARA MANTENIMIENTO, CONSTRUCCION, SUSPENCION, TAPONAMIENTO, RECONEXION Y VERIFICACION DE LAS REDES DOMICILIARIAS DE ACUEDUCTO:

1. Tener la capacidad de atender mínimo tres (3) reparaciones al mismo tiempo, para lo cual deberá mantener un mínimo tres (3) cuadrillas de trabajo al día y se incrementaría el número de cuadrillas con base a la solicitud de la Sub Gerencia Comercial.

2. Tener disponibilidad de 24 horas para atención de cualquier evento en el sistema del acueducto del municipio. 3. Suministrar los permisos de explotación de materiales. 4. Mantener el personal profesional y su dedicación durante el transcurso del contrato según lo requerido en la presente invitación. 5. Realizar informe diario, semanal y mensual durante el transcurso del contrato o como se lo indique la Subgerencia Técnico-

Operativa y/o Comercial. 6. Realizar la reparación o mantenimiento según sea el caso, en un tiempo máximo de dos (2) a ocho (8) días calendario

dependiendo del nivel de la obra a ejecutar. 7. Realizar todas las demoliciones de pavimento con cortadora garantizando un corte uniforme y controlando la emisión de

partículas al ambiente. 8. Mantener señalización adecuada constante en cualquier intervención de obra, tanto diurna como nocturnamente, que se realice

con el fin de velar por la seguridad de los peatones o automotores circundantes a la obra o mantenimiento realizado. 9. En caso que las obras por mantenimiento o reparación intervengan pavimentos flexibles o rígidos o articulados estos deberán ser

reconstruidos en material y espesores necesarios según lo existente o lo indicado por la supervisión de LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P y en la proporción intervenida. Cualquier sobredimensión sin autorización expresa no se reconocerá y su coste será a cargo del contratista.

10. Realizar la compactación de los materiales granulares con compactador mecánico los materiales granulares y asfalticos asegurando que cumpla con los requisitos de diseño o los que indique la supervisión de LAS CEIBAS Empresas Publicas de Neiva E.S.P.

11. Suministrar el certificado de calidad de todos los materiales que se utilizan en cada reparación o arreglo. 12. Realizar el transporte de personal y materiales con los respectivos permisos y conforme la normativa vigente. 13. Tener el personal encargado de los trabajos y coordinación dotado de celular con navegación en internet a fin de mantener una

comunicación constante con los mismos. 14. Tener un trato adecuado con los usuarios que requieren el servicio. 15. Reportar cualquier anomalía que se presente al supervisor o interventor del contrato. 16. Las cuadrillas de taponamiento, reconexión, reparación o mantenimiento de redes domiciliarias de acueducto deberán

conformarse con mínimo tres (3) ayudantes y un (1) oficial practico. asistidos por el maestro de obra y el ingeniero residente. 17. Mantener durante la ejecución de los trabajos un profesional en salud ocupacional con el fin de evaluar riesgos y ambiente

laboral. 18. Reportar oportunamente a la entidad y supervisor respecto a los hechos o circunstancias que llegaren a ocurrir durante la

prestación del servicio. 19. Mantener dentro de la obra todas las normas de seguridad que garantice la prevención de cualquier imprevisto que pueda afectar

la integridad de las personas que laboran o que permanezcan dentro de la construcción, de conformidad con las normas vigentes. 20. El contratista deberá disponer de personal calificado para realizar persuasión en recuperación de cartera la cual será definida por

la Subgerencia Comercial de Las Ceibas Empresa Publicas de Neiva E.S.P. o por quien designe para esta labor.

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21. El contratista se compromete a dar cumplimiento de sus obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, y aportes FIC, en concordancia con el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002.

22. Prestar el servicio en el tiempo y en la oportunidad requerida por el Empresa. 23. El contratista debe tener bajo su cargo y responsabilidad económica, administrativa y laboral, el aporte de mano de obra,

materiales y suministros, vehículos, herramientas, locales, equipos de comunicación, equipo de informática y cualquier otro material de servicio que se requiera para el cumplimiento del contrato.

24. Contratar el personal necesario para la buena marcha del trabajo. 25. El contratista el único responsable por la vinculación de personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su

propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que la Empresa adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos, por lo anterior deberá asumir respecto de sus subcontratistas (personal dirigido a la ejecución del contrato) los honorarios o salarios, horas extras, dominicales y festivos, recargo nocturno, indemnizaciones y demás prestaciones, afiliaciones al sistema de seguridad social según lo ordenado por la Ley 100/94 y que se causen durante la ejecución del contrato, atendiendo a la modalidad de vinculación que aplique con las personas naturales que subcontrate.

26. Mantener vigentes todas las garantías que amparan el contrato en los términos del mismo. 27. Terminales portátiles o dispositivos móviles con su respectivo software para el recibo de las órdenes de trabajo y posterior captura

de datos en campo de las actividades ejecutadas. Dichos dispositivos deberán contar con impresión instantánea a fin de notificar inmediatamente al usuario de las labores realizadas cuando así lo amerite.

28. Los terminales portátiles o dispositivos móviles deberán contar con planes de datos a fin que se puedan conectar con el software comercial y técnico de la empresa.

29. Se deberá disponer de computadores personales e impresoras necesarios para cumplir con el objeto de esta contratación, así como los equipos de impresión con sus accesorios y elementos necesarios.

30. Sede en la ciudad de Neiva, donde se ubicará el personal contratado por el contratista para la ejecución de este contrato. 31. El oferente deberá prever la elaboración de carné de identificación y dotación de uniformes para sus trabajadores tanto

administrativos como operativos y de seguridad industrial de conformidad a ley, como medida de seguridad, elementos necesarios para una óptima realización de la labor, que determinen una calidad e imagen positiva para LAS CEIBAS Empresa Publicas de Neiva ESP. El diseño del uniforme debe identificar al contratista y a la empresa, por tal razón este será definido por la misma.

OBLIGACIONES PARA LA ELABORACION DEL PLAN MAESTRO INTEGRAL DE GESTIÓN PÉRDIDAS PARA LAS CEIBAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P.

1. Identificar todas las causas que impactan negativamente el agua no contabilizada. 2. Establecer los proyectos para reducir o controlar el agua no contabilizada. 3. Establecer los indicadores y metas de cumplimiento de los proyectos teniendo en cuenta las necesidades y recursos de la Las

Ceibas Empresas Publicas de Neiva E.S.P. 4. Priorizar los proyectos de inversión de acuerdo con su impacto en la reducción de pérdidas de agua. 5. Elaborar o complementar los procedimientos que garanticen el control sobre el agua no contabilizada. 6. Construir la herramienta de gestión para el control y seguimiento de cada uno de los proyectos y sus indicadores. 7. Entregar Plan de Trabajo: Cronograma de actividades concertado con Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva E.S.P. 8. Entregar Balance hídrico del Sistema de Acueducto de Las Ceibas Empresas Públicas de Neiva: Es la herramienta de

identificación de los componentes de las Pérdidas de Agua, junto con sus causas y su participación en el nivel de Pérdidas. 9. Entregar Plan Maestro de Gestión Pérdidas: Es la herramienta de planificación que determinará el Plan de Reducción de Pérdidas

y el Plan de Control Pérdidas. 10. Entregar Indicadores de Gestión: Se construirán los indicadores clave de desempeño del Plan Maestro de Gestión Pérdidas así

como los indicadores para los Planes de Reducción y de Control. OTRAS CONSIDERACIONES:

1. Calidad y Uso de los Datos: Se conceden derechos limitados para el uso de las coberturas que se requieran para el desarrollo del Contrato. Empresas Públicas de Neiva ESP se reserva todos los derechos de propiedad intelectual. La información cartográfica, los datos y toda la información que puedan contener las coberturas, son propiedad de Empresas Publicas de Neiva ESP y están protegidas por las leyes de derecho de propiedad intelectual de Colombia y por las leyes, tratados y/o convenios internacionales que se apliquen al respecto.

2. Usos autorizados: Solo se podrán consultar los datos para uso interno y para la generación de trabajos derivados del desarrollo de los trabajos del Contrato.

3. Usos no autorizados:

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La información no se podrá comercializar, ni prestar, ni copiar, ni compartir, ni reproducir, ni arrendar, ni enajenar, ni prestar servicios a otra entidad pública, privada o mixta

1.4 PLAZO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO. El plazo oficial para la ejecución del contrato es de diez (10) MESES contados desde la firma del acta de inicio. La propuesta no podrá sobrepasar el plazo máximo de ejecución indicado por las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. 1.5 PRESUPUESTO OFICIAL. El presupuesto oficial para la ejecución de las actividades objeto del Presente Proceso de invitación se estima TRES MIL CIENTO SETENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS TRECE QUNIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS ($3.173.313.548) M/CTE. Los precios pactados en el contrato que se derive del presente proceso de selección, no serán objeto de ajustes.

El proponente deberá, so pena de rechazo de la propuesta, diligenciar la totalidad del ANEXO 2 PROPUESTA ECONOMICA - VALOR

TOTAL DE LA PROPUESTA. El Proponente deberá tener en cuenta para el cálculo del valor de la propuesta, el número del ítem, la

descripción, la cantidad y valor indicados en el cuadro anterior. Para fines de evaluación se considerarán las cantidades, indicadas en el ANEXO - PROPUESTA ECONOMICA -VALOR TOTAL DE LA

PROPUESTA. Las unidades y las cantidades que en él aparecen, no podrán ser modificados por el proponente so pena del RECHAZO de

la propuesta. En caso de presentarse cualquier modificación a la enumeración de los ítems o a sus respectivas descripciones, sin que ellos

alteren el contenido de los mismos, estas serán subsanables. En todo caso, el valor de la propuesta no podrá ser mayor al 100% del valor del presupuesto oficial total estimado, ni cada uno de sus ítems de la oferta superior al valor unitario presupuestado por la entidad, so pena de ser rechazada la propuesta. El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución del contrato y hasta la entrega total del objeto a satisfacción de LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., todo el personal idóneo y calificado que se requiera. Los precios unitarios deberán indicarse en pesos colombianos, deberán ajustarse al peso, bien sea por exceso o por defecto y deberán cubrir todos los costos, directos e indirectos, que implique la ejecución del Contrato y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del contrato. La Empresa requerirá el suministro de estos materiales de acuerdo a las necesidades de cada una de las dependencias los cuales deberán ser facturados de acuerdo con los precios unitarios definidos en el contrato que se celebre y hasta cubrir el monto contratado 1.6 APROPIACIÓN PRESUPUESTAL.

El presupuesto oficial estimado para esta contratación es con cargo al RUBRO 22101-242103 NOMBRE: ATENCION DE DAÑOS, TERMINACION CCU Y LEVANTAMIENTO DE ACOMETIDAS - EXPANSION, OPTIMIZACION, MTO. Y MEJORAS PLANTAS DE TRATAMIENTO Y BOCATOMAS. Según CDP 20017000276 DEL 14 FEBRERO DE 2017 1.8 FORMA DE PAGO La empresa cancelará el valor del contrato que resulte del presente proceso de selección así: A)ANTICIPO: LAS CEIBAS EPN E.S.P concederá al CONTRATISTA un anticipo el equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, el cual será desembolsado previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y legalización, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes al inicio de ejecución del contrato, previa radicación de la cuenta de cobro correctamente elaborada y disponibilidad de PAC y su giro no constituye condición previa para la iniciación de las actividades o el cumplimiento de cualquiera de las obligaciones contractuales. El anticipo no es pago y estará sujeto a la concepción y requisitos que para el manejo del mismo se establecen en el presente contrato. El anticipo se amortizará en el mismo porcentaje otorgado con respecto al valor del contrato, en cada acta parcial y en caso de no haberse amortizado en su totalidad el saldo se amortizara en el acta de liquidación.

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De acuerdo con el artículo 91 de la Ley 1474 de 2011 en los contratos de obra, concesión, salud y los que se realicen por licitación pública y siempre que no sean de menor o mínima cuantía el contratista debe constituir un contrato de fiducia mercantil irrevocable para el manejo de los recursos que recibe a título de anticipo con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del contrato correspondiente.

Los recursos del anticipo solo podrán ser utilizados para los gastos propios del respectivo contrato, situación que debe ser controlada por el SUPERVISOR O INTERVENTOR. EL CONTRATISTA, deberá presentar el programa de inversión del anticipo para la correspondiente aprobación del SUPERVISOR O INTERVENTOR, dejando constancia expresa que estos recursos para todos los efectos legales son de propiedad de EPN E.S.P. La Constitución y aprobación de la garantía son requisitos indispensables previos para la entrega del anticipo. b) Se realizarán PAGOS PARCIALES MENSUALES hasta el 80% del valor del contrato, conforme el avance de las obras avaladas por la supervisión mediante actas parciales y presentación de cuenta de cobro. c) PAGO FINAL del 20% del valor del contrato, una vez culminado el objeto contractual a satisfacción de la supervisión , para lo cual será requerido informe final, acompañado de certificado de cumplido a satisfacción expedido por el interventor del contrato, donde conste el recibo a satisfacción de la obra y servicios, la acreditación de los pagos que en materia de salarios y seguridad social integral deberá efectuar el contratista al personal que emplee en la ejecución del contrato y demás a que haya lugar y cumplimiento de los requisitos para la liquidación del contrato, y demás requisitos exigidos por la Subgerencia Técnica y Operativa de EPN. en el proceso previa justificación. El contratista deberá acreditar el cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Integral de Seguridad Social y parafiscales, de conformidad con el artículo 182 de la Ley 100 de 1993, a Ley 789 de 2002, el Decreto 1703 de agosto 2 de 2002, las Leyes 797 y 828 de 2003 y el Decreto 510 de 2003 y demás normas que lo complementen o adicionen. 1.9 INIVITACIÓN, CIERRE DEL PROCESO Y APERTURA DE PROPUESTAS

El cierre del presente procedimiento de Solicitud Publica de Oferta y la apertura de propuestas se realizarán en la Oficina Asesora de Contratación de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., ubicadas en el segundo piso de la calle 6 No. 6-02 de Neiva Huila, en la fecha y hora indicada en el Cronograma del presente procedimiento sobre el cual se hará referencia más adelante, atendiendo para el efecto el Estatuto Contractual Interno de la Entidad. Del recibo de la oferta se realizara el registro de la misma en el cual se consignara el nombre del proponente, la hora de recepción, la póliza de seriedad, el valor de la propuesta y el objeto. A partir de la fecha y hora de cierre, los proponentes no podrán retirar, adicionar o corregir sus propuestas. Las propuestas presentadas en forma extemporánea no serán tenidas en cuenta para su evaluación y posterior adjudicación. El término de ampliación de la fecha de cierre, siempre que sea necesario, se ampliara en los términos del mismo acto administrativo de ampliación. En ningún caso podrán expedirse y publicarse el mismo día en que se tiene previsto el cierre del proceso de selección, ni siquiera para la adición del término previsto para ello. NOTA1: Los proponentes presentarán una propuesta completa, incluyendo la información sobre la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes y la propuesta de precio. NOTA 2: En la audiencia de apertura de propuestas se levantara un acta, la cual contendrá: PROPONENTE, REPRESENTACIÓN LEGAL, INTEGRANTES CONSORCIO O UT, NIT/C.C., No. TOTAL DE FOLIOS, CARTA DE PRESENTACIÓN, GARANTÍA DE SERIEDAD, VALOR DE LA PROPUESTA Y OBSERVACIONES. 1.10 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Cualquier modificación a las fechas contenidas en esta cronología se efectuará y comunicará oportunamente a los proponentes.

ACTIVIDAD FECHAS LUGAR PUBLICACION O ENVIO

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Cra 6 No. 6 - 02 Esquina Telefax: 8712130 - PBX (Antiguo) 8712192 - Nuevo PBX 8725500 - CALL CENTER 116 Email: [email protected] Página Web: www.epneiva.gov.co

Neiva ( Huila )

Publicación del proyecto de pliego de condiciones Del 06 al 10 marzo de 2017

en página web de la entidad: http://www.lasceibas.gov.co/contratacion

observaciones al proyecto de pliego de condiciones Del 06 al 10 marzo de 2017, hasta las 4:00 pm

Deberán ser enviadas al correo: contratacion@epneiva,gov,co

Respuesta a las observaciones al proyecto de pliego 22 marzo de 2017 página web de la entidad: http://www.lasceibas.gov.co/contratacion

Publicación del pliego definitivo 23 marzo de 2017 Página web de la entidad: http://www.lasceibas.gov.co/contratacion

Cierre de la invitación Publica y entrega propuestas 29 marzo de 2017 a las 5:00 pm

Oficina de contratación 2 piso Cra 6 No. 6 - 02 Esquina Telefax: 8712130 -

Evaluación de las propuestas y presentación del informe al Gerente

30 y 31 marzo de 2017

Comité evaluador

Publicación del informe de evaluación a proponentes 03 y 04 abril de 2017

Página web de la entidad: http://www.lasceibas.gov.co/contratacion

Observaciones al informe de evaluación 03 y 04 abril de 2017

Deberán ser enviadas al correo: contratacion@epneiva,gov,co

Realización de audiencia de adjudicación o declaratoria desierta y notificación.

05 abril de 2017 Oficina de contratación 2 piso Cra 6 No. 6 - 02 Esquina Telefax: 8712130 -

Suscripción del contrato

Dentro de los Tres (03) días siguientes a la notificación del oficio de adjudicación, en la oficina de contratación. el adjudicatario deberá, para la suscripción del contrato, anexar con anterioridad la documentación adicional que se le solicite.

Legalización del contrato

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato y el registro presupuestal, en la oficina de contratación; el adjudicatario deberá haber pagado los derechos de contratación, paz y salvo municipal y allegar la póliza de garantía de cumplimiento, constituida según los términos del contrato.

Asignación de supervisión o interventor Dentro de los tres (3) días siguientes al

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cabal cumplimiento del proceso de legalización del contrato.

1.11 REGULACIÓN JURÍDICA A la presente invitación le son aplicables la Constitución Política; las disposiciones legales que rigen la contratación en LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., especialmente las establecidas en las leyes 142 de 1994,; las Resoluciones CRA 151 de 2001 y CRA de 293 de 2004; el Estatuto Interno de Contratación de LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., contenido en el nuevo Acuerdo de Junta Directiva No.005 del 2016, reglamentado mediante resolución No. 0427 de 2016. Las reglas previstas en esta invitación y en lo no regulado particularmente, las normas civiles y comerciales. 1.12 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN. Los Proponentes deben suscribir el Compromiso Anticorrupción contenido en el Anexo correspondiente en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, habrá causal suficiente para el rechazo de la Oferta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la adjudicación del mismo, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales. 1.13 DECLARACIÓN DE INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES (Los Proponentes deben suscribir el anexo correspondiente.) El proponente no podrá encontrarse incurso en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Constitución Política, ley 80 de 1993 y 1150 de 2007 y en las demás normas legales sobre la materia. Quienes estén incursos en cualquier inhabilidad o incompatibilidad no podrá presentar propuesta ni por sí ni por interpuesta persona. Si llegase a sobrevenir inhabilidad o incompatibilidad en el contratista, este cederá el contrato previa autorización escrita de la entidad contratante o, si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución. Cuando la inhabilidad o incompatibilidad sobrevenga en un proponente, se entenderá que renuncia a la participación en el proceso de selección y a los derechos surgidos del mismo. Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviene en uno de los miembros de un consorcio o unión temporal, este cederá su participación a un tercero que tenga sus mismas calidades, previa autorización escrita de la entidad contratante. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el consorcio o unión temporal. La declaración de no encontrarse incurso en ninguna de las causales, se presenta en el formato anexo y debe estar firmada por el proponente cuando es persona natural o por el representante legal cuando se trate de personas jurídicas, consorcios o uniones temporales. Esta declaración se entiende prestada bajo la gravedad de juramento. NOTA: Cuando la propuesta sea presentada por consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá presentar este requisito (personas naturales y jurídicas) 1.14 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS La evaluación Jurídica, Técnica y Financiera de las propuestas se realizará en las fechas establecidas en el Cronograma del presente proceso siguientes a la fecha del cierre. Posterior a la Consolidación del informe y con las propuestas habilitadas, se procederá a la adjudicación del contrato. Dentro de los plazos de evaluación y con el fin de facilitar el análisis y comparación de las mismas, LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. podrá solicitar a los proponentes, por escrito, las aclaraciones y explicaciones que estime necesarias. NO SE ACEPTARÁN PROPUESTAS ENVIADAS POR CORREO ELECTRONICO, PROPUESTAS PARCIALES O PROPUESTAS ALTERNATIVA. 1.15 CAUSALES DE RECHAZO DE LA PROPUESTA

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Empresas Públicas de Neiva E.S.P., no evaluará la correspondiente propuesta, además de los casos previstos en esta invitación, en los siguientes casos:

Cuando el valor de la propuesta supere el cien por ciento (100%) del valor del presupuesto oficial del proceso de selección.

Cuando el valor de alguno (s) de (los) ítem (s) de la propuesta supere el valor del precio unitario del presupuesto oficial de la invitación.

Cuando el oferente no oferte alguno de los ítems solicitados en la invitación.

Cuando el oferente ofrezca como valor de algún ítem cero pesos ($0.0).

Cuando la oferta no cumpla con los requisitos de la invitación.

Cuando la oferta económica no se encuentre suscrita por el oferente.

Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.

Cuando se presenten varias ofertas por el mismo oferente y/o se configure cualquiera de las siguientes hipótesis: con el mismo nombre; con nombres diferentes; de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante legal de una persona jurídica, de forma simultánea como persona natural o jurídica e integrante de un Consorcio o Unión Temporal, de forma simultánea como persona natural o jurídica y representante de un Consorcio o Unión Temporal. Cuando varias personas jurídicas tengan el mismo representante legal, o socios comunes, sólo podrá presentarse a la selección una de ellas.

Se compruebe confabulación entre los proponentes.

El proponente haya tratado de interferir, influenciar, informarse indebidamente en el análisis de las propuestas.

Cuando el proponente modifique la descripción, las cantidades y las unidades de medida previstas en el presupuesto oficial del proceso de selección.

Cuando la propuesta económica desconozca los principios y reglas previstos en el Código Laboral y/o en el Sistema de Seguridad Social Integral.

Cuando se entregue la propuesta en un lugar diferente y/o por fuera de la hora y fecha prevista en el cronograma de la presente invitación.

NOTA: Empresas Públicas de Neiva E.S.P.se reserva el derecho de admitir aquellas propuestas que presenten defectos de forma, omisiones o errores, siempre que éstos sean subsanables y no alteren el tratamiento igualitario de las mismas 1.16 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO El Gerente de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., previos los estudios correspondientes y el análisis comparativo de las propuestas, basada en los aspectos jurídicos, técnicos, financieros y económicos, se adjudicará el contrato al proponente cuya propuesta se ajuste a la invitación y haya obtenido todos los requisitos exigidos. La adjudicación se hará mediante acto administrativo proferido por el Gerente de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., el cual será informado al proponente favorecido, dentro de los términos de la cronología del procedimiento que nos ocupa. 1.17 PROPONENTE ÚNICO Cuando se presente sólo una propuesta, el proceso continuará con este único proponente y podrá adjudicársele el contrato si su propuesta fuere favorable para LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. 1.18 DECLARATORIA DESIERTA DE LA INVITACIÓN LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. declarará desierta la invitación en el evento en que no se presente ningún proponente, o ninguna propuesta se ajuste a la invitación o términos en general, cuando existan motivos que impidan la selección objetiva del Contratista, mediante acto motivado, en el que se señalarán expresa y detalladamente las razones que han conducido a tomar tal decisión.

CAPITULO II 2 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 2.1 PREPARACIÓN Y ENTREGA DE PROPUESTAS 2.2 COSTOS Y ELABORACIÓN DE LA PROPUESTA Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta y LAS CEIBAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., en ningún caso será responsable de los mismos.

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El proponente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en la solicitud publica de ofertas y anexar la documentación exigida. No podrán señalarse condiciones diferentes a las establecidas en la Invitación. En caso de que la propuesta formule condiciones diferentes a las establecidas, se tendrán por no escritas y en tal caso, prevalecerán las disposiciones respectivas de la Invitación. 2.2.1 PRESENTACIÓN Y EXAMEN DE LA PROPUESTA La propuesta deberá ser presentada en idioma castellano, impresa, junto con todos los documentos que la acompañan y deberán ser entregadas dentro del plazo, en original, en sobre cerrado, con los requisitos Jurídicos, técnicos y financieros y la propuesta económica marcados así: Señores EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. UNIDAD ASESORA DE CONTRATACIÓN Calle 6 No. 6 – 02 Tel. 8712192 – 8712193 Neiva (H) INVITACIÓN No. ______________OBJETO: ________________________________________________________ PROPONENTE:_________________________________DIRECCIÓN: ______________________TEL.___________FAX._____________ Los documentos de las propuestas serán entregadas con todas sus páginas consecutivamente, firmadas por el proponente o representante legal, totalmente legibles, foliados y enlegajados, que permita consultar de una manera ágil la propuesta. No se aceptan propuestas enviadas por correo electrónico, fax o cualquier otro medio telemático, ni las que sean presentadas con posterioridad a la hora de la fecha de cierre. Cerrado el proceso, no se admitirá modificación de la propuesta. 2.2.2 RESERVA EN DOCUMENTOS El artículo 74 de la Constitución Nacional dispone que “toda persona tiene derecho a acceder a los documentos públicos, salvo los casos que establece la ley”. Por lo tanto, en caso que el proponente considere que algún documento de su propuesta goza de reserva legal, deberá manifestarlo por escrito y soportarlo conforme a las normas que le brindan tal carácter. 2.2.3 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES Al formular la propuesta, el proponente acepta que estarán a su cargo todos los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades nacionales, departamentales y municipales. Dentro de aquellos mismos niveles territoriales, los impuestos, tasas y contribuciones establecidos por las diferentes autoridades, que afecten el contrato y las actividades que de él se deriven. El contratista pagará todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven de los contratos, y por lo tanto, su omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad. 2.2.4 PROPUESTAS CONDICIONADAS O ALTERNATIVAS Las EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. no aceptará propuestas condicionadas o alternativas o sujetas al cumplimiento de cualquier condición. Igualmente Las EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. no aceptará las propuestas que contengan documentos similares y/o aparentemente repetidos pero con contenidos contradictorios o documentos singulares y/o aparentemente repetidos pero cuyo texto sea diferente.

CAPÍTULO III. 3 FORMAS DE PARTICIPAR Las EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., realizará el análisis Jurídico, Técnico y Financiero de las propuestas con el fin de determinar, de acuerdo con la Ley y las exigencias de la invitación o términos de referencia.

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3.1 LOS PROPONENTES INVITADOS SE DEBEN PRESENTAR BAJO ALGUNA DE LAS SIGUIENTES MODALIDADES, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN LAS CONDICIONES EXIGIDAS EN LA SOLICITUD PUBLICA DE OFERTAS:

3.1.1 INDIVIDUALMENTE como: a) Personas naturales nacionales o extranjeras. b) Personas jurídicas nacionales o extranjeras, que se encuentren debidamente constituidas, previamente a la fecha de apertura c) Como personas jurídicas que se constituyan con el único objeto de presentar propuesta y ejecutar el contrato.

3.1.2 PERSONAS NATURALES Persona natural: Las personas naturales deberán acreditar su capacidad jurídica demostrando la mayoría de edad, con la fotocopia legible de la cédula de ciudadanía, para los nacionales colombianos y con la fotocopia legible de la cédula de extranjería o el pasaporte para extranjeros. Deberá acreditar título profesional en ingeniería civil o arquitectura, mediante fotocopia del título profesional, fotocopia de la tarjeta profesional y certificado de vigencia de la misma, con mínimo cinco (05) años de experiencia a partir de la expedición de la tarjeta profesional 3.1.3 PERSONAS JURIDICAS Personas Jurídicas: Las personas jurídicas deberán acreditar su capacidad jurídica con el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio en original y/o que sea expedido a través del portal de servicios virtuales (SII), actualizado, con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre de la invitación, hacia atrás, fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal y fotocopia de la tarjeta profesional como ingeniero civil, con su respectiva vigencia (si legalmente se requiere), a la fecha de presentación de la propuesta prevista en el cronograma, en el que conste los siguientes aspectos: - El objeto social de la persona jurídica comprenda la ejecución de actividades objeto del presente proceso. - La calidad de representante legal de quien suscribe la propuesta y las facultades para presentar la propuesta y obligar a la persona jurídica, lo cual se verificará con el certificado de existencia y representación legal; en caso contrario deberá aportar la respectiva autorización expedida por el órgano competente. - Haberse constituido mínimo cinco (05) años previos a la presentación de la oferta. - La duración de la persona jurídica no sea inferior al término de duración del contrato y un (1) año más. - La persona jurídica debe traer su propuesta avalada por un Ingeniero Civil que cumpla con las condiciones descritas para la persona natural. (adjuntar: cédula de ciudadanía, fotocopia del título profesional, fotocopia de la tarjeta profesional, certificado de vigencia de la misma, certificado de antecedentes disciplinarios y fiscales de quien avala). - Cuando el monto de la propuesta fuere superior al límite autorizado al Representante Legal, el oferente deberá anexar la correspondiente autorización impartida en forma previa a la presentación de la propuesta por la Junta de Socios o el estamento de la sociedad que tenga esa función donde lo faculte específicamente para presentar la propuesta en este proceso y celebrar el contrato respectivo en caso de resultar seleccionado Grupo de personas jurídicas y/o naturales nacionales o extranjeras, asociadas entre sí mediante las figuras de consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura: cada uno de los integrantes deberá presentar, los documentos que correspondan a su naturaleza, según se trate de persona natural o jurídica. Adicionalmente, deberá presentar diligenciado el anexo correspondiente, en la que conste la constitución del consorcio o unión temporal, según corresponda, suscrito por todos los integrantes de la forma asociativa escogida, o por sus representantes debidamente facultados. 3.1.4 EL INVITADO LO PODRÁ HACER CONJUNTAMENTE, en cualquiera de las formas de asociación previstas en la Ley, tales

como: a) Consorcios b) Uniones Temporales.

Todos los Proponentes deben: (i) Tener capacidad jurídica para la presentación de la Propuesta; (ii) Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato; (iii) No estar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en las leyes de Colombia.

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Las EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., se reserva el derecho de corroborar la autenticidad de los datos suministrados en la propuesta, y el proponente autoriza a todas las entidades, personas o empresas que de una u otra forma se mencionen en los documentos presentados, a suministrar la información que se requiera, a visitar sus instalaciones o a solicitar información de cualquiera de sus empleados, en caso de considerarlo necesario. 3.1.5 REQUISITOS PARTICULARES DE LOS PROPONENTES ASOCIADOS

Las EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. aceptará que la propuesta sea presentada por personas naturales o jurídicas, que acrediten poseer las calidades enunciadas anteriormente, quienes en forma conjunta deben informar si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal, señalando las reglas básicas que regularán las relaciones entre ellos, con el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley al respecto. Dichas formas asociativas deberán estar conformadas antes de la fecha de apertura del proceso, mediante documento suscrito con la firma autorizada de cada una de las partes, que avale el acuerdo, según el modelo suministrado por esta invitación, en el cual se deberá establecer el porcentaje de participación de cada uno de los integrantes, la persona que para todos los efectos los representará y la autorización de este para suscribir contratos hasta el valor del Presupuesto Oficial en el evento que legalmente sea requerida. Si la propuesta es presentada en Consorcio (diligenciar anexo correspondiente), los integrantes del mismo se obligan en forma conjunta y solidaria, tanto en la invitación como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar. En consecuencia, Las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. podrá exigir el cumplimiento de las obligaciones que se deriven de la invitación o del contrato, a cualquiera de los integrantes del consorcio, o a todos. Si la propuesta es presentada en Unión Temporal (diligenciar anexo correspondiente), los integrantes de la misma se obligan de acuerdo a lo establecido en la ley, tanto en la invitación como en la ejecución del contrato que se llegue a celebrar; sin embargo, las sanciones derivadas del incumplimiento de las obligaciones emanadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución que se haya definido para cada uno. En consecuencia, se deberán indicar los términos y extensión de la participación de cada uno de los miembros de la unión temporal en la oferta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P.

CAPITULO IV 4 PARÁMETROS GENERALES DE EVALUACIÓN, FACTORES DE PONDERACIÓN Y CALIFICACIÓN DE LOS MISMOS,

FACTORES DE DESEMPATE Y CAUSALES DE RECHAZO. 4.1 TERMINO PARA EL ANÁLISIS Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Los estudios Técnicos-Económicos, financieros y jurídicos necesarios para la evaluación de las Propuestas, se realizarán dentro de los plazos indicados en el cronograma de la presente Invitación. 4.1.1 PARÁMETROS GENERALES PARA LA EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LAS PROPUESTAS. El cumplimiento de los requisitos y de los documentos solicitados se analizará de conformidad con lo establecido en el manual de contratación de Empresas Publicas de Neiva (Acuerdo de Junta Directiva No.005 de 2016, el cual deroga todos los anteriores acuerdos, resoluciones y demás normas expedidas por la Junta Directiva y la Gerencia de Empresas Públicas de Neiva que le sean contrarias) y lo señalado en la presente invitación para cada uno de ellos. En Desarrollo de lo establecido en dicho artículo, Empresas Públicas de Neiva E.S.P. dentro del plazo de verificación y evaluación de las propuestas, por una sola vez y por escrito, le solicitará a los proponentes que en el término perentorio que se fije en la respectiva comunicación, realice las aclaraciones, precisiones y/o allegue los documentos que se le requieran en relación con el proponente o la futura contratación, sin que con ello se pretenda adicionar, modificar o completar lo insubsanable. Si dentro de dicho plazo el oferente no procede de conformidad, su propuesta será rechazada. La omisión de los requisitos, documentos e información necesarios para la comparación y evaluación de las propuestas no podrá subsanarse. 4.2 FACTORES DE CALIFICACIÓN 4.3.1 FACTURES DE VERIFICACION – REQUISITOS HABILITANTES

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FACTORES DE CALIFICACIÓN EVALUACIÓN

EVALUACIÓN JURÍDICA (Capacidad jurídica) CUMPLE O NO CUMPLE

EVALUACION TECNICA CUMPLE O NO CUMPLE

EVALUACION FINANCIERA. Capacidad financiera - Capacidad de organización

CUMPLE O NO CUMPLE

4.3.1 FACTORES DE PONDERACION

FACTORES DE PODERACION PUNTAJE

PROPUESTA ECONOMICA 100 PUNTOS

PODERACION TECNICA 200 PUNTOS

4.4 PONDERACIÓN DE LOS FACTORES DE EVALUACIÓN La oferta más favorable será aquella que cumpla con los requisitos habilitantes y obtenga el mayor puntaje REQUISITOS JURIDICOS HABILITANTES (CUMPLE O NO CUMPLE).

Esta revisión determina el cumplimiento de la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y si el proponente allega la documentación requerida. La verificación jurídica emite concepto de cumple / no cumple respecto de los criterios exigidos, tal como se discrimina la invitación. 4.4.1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La carta de presentación de la propuesta será diligenciada de acuerdo con el texto de la misma según Anexo de la solicitud privada de ofertas, debidamente firmada por el proponente o su representante legal según corresponda, de acuerdo con la ley y la invitación. 4 . 4 . 2 FOTOCOPIA DE CEDULA DE CIUDADANÍA: Deberá presentar copia legible de la cédula de ciudadanía del proponente o representante legal del proponente; en caso de consorcio, unión temporal o propuesta avalada, se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes o el profesional que avala la propuesta. 4.4.3 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES: El proponente deberá acreditar que no presenta inhabilidad de tipo penal, mediante la presentación del ce r t i f i cado de an teceden tes j ud i c ia les vigente, aplica para personas naturales y representantes legales; en caso de consorcio, unión temporal o propuesta avalada, se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes. 4.4.4 FOTOCOPIA LIBRETA MILITAR: Deberá anexar fotocopia de la libreta militar del representante legal cuando el proponente es persona jurídica; en caso de consorcio, unión temporal o propuesta avalada, se deberá presentar este documento por cada uno de sus integrantes o el profesional que avala la propuesta. Tratándose de varón menor de 50 años. 4.4.5 DOCUMENTO DE CONFORMACIÓN DE CONSORCIO O UNIÓN TEMPORAL: Cuando la propuesta venga presentada por alguno de éstos se deberá diligenciar para su conformación según corresponda y anexar fotocopia de la cédula, pasado judicial de cada uno de los integrantes si fueren personas naturales. 4.4.6 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL: Cuando se trate de persona jurídica, el proponente deberá presentar con su oferta el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, el cual debe haber sido expedido con no más de treinta (30) días calendario de antelación a la fecha de cierre de esta Convocatoria. Deben acreditar que su vigencia es superior a la duración del contrato y un (1) años más. En caso que el oferente sea un Proponente Asociativo cada uno de los integrantes deberá presentar este documento y cumplir con los requisitos exigidos. 4.4.7 AUTORIZACIÓN PARA CONTRATAR: En caso de existir límites estatutarios a las facultades del representante legal para presentar propuesta, asociarse o contratar, se debe presentar copia de la autorización del órgano competente, en la cual

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se le faculte para presentar la propuesta y celebrar el contrato, en caso de ser favorecida la propuesta, o en su defecto certificación del Secretario del órgano competente donde conste la autorización. 4 . 4 . 8 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS: Se deberá anexar el certificado de antecedentes Disciplinario del

representante legal del proponente y del Proponente (persona Jurídica) y/o de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión

temporal, según aplique. 4.4.9 CERTIFICADO DE RESPONSABILIDAD FISCAL: Se deberá anexar el certificado de antecedentes de Responsabilidad Fiscal del representante legal del proponente y del Proponente (persona Jurídica) y/o de cada uno de los integrantes del consorcio o la unión temporal, según aplique. 4.4.10 REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES: Presentar el Certificado del RUP del proponente individual o de cada uno de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura, documento que no podrá ser superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha del cierre del presente proceso, documento que deberá estar actualizado y en firme. Dentro del mencionado documento se verificará que el proponente no se encuentre en curso de causal de inhabilidad por incumplimiento rei terado (Articulo 90 ley 1474 de 2011).

4.4.11 FOTOCOPIA DEL RUT: El proponente deberá acreditar que se encuentra inscrito en el registro único tributario, mediante la presentación de la fotocopia del RUT; aplica para el proponente y/o los integrantes del Consorcio o Unión Temporal. 4.4.12 ACREDITACION DEL PAGO A LOS SISTEMAS DE RIESGOS PROFESIONALES, PENSIÓN, Y APORTES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR: de conformidad con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, los proponentes deberán acreditar que se encuentre al día en el pago de los aportes de sus empleados a los sistemas de riesgos, pensiones y los aportes a las Cajas de Compensación Familiar, mediante certificación expedida bajo la gravedad del juramento.(diligenciar anexo correspondiente) 4.4.13 PAZ Y SALVO MUNICIPAL: Documento expedido por la Secretaria de Hacienda del Municipio de Neiva.

4.4.14 POLIZA DE GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA: El valor de esta garantía no podrá ser inferior al diez por ciento (10%) del monto del presupuesto oficial estimado, establecidos en la invitación y su vigencia se extenderá desde el día de la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual (3 meses). La propuesta deberá acompañarse de una garantía de seriedad expedida por una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente establecida en Colombia y preferiblemente, sin ser obligatoria, con representación legal en Neiva, con el fin de asegurar la firma y perfeccionamiento del contrato por parte del proponente favorecido. Requisitos de la póliza o garantía: • Asegurado o beneficiario: las Ceibas Empresas Públicas de Neiva EPN • Cuantía: Diez por ciento (10%) del presupuesto oficial • Vigencia: Será contado desde el momento de la presentación de la oferta; y en todo caso deberá mantenerse vigente hasta la aprobación de la garantía que ampara los riesgos propios de la etapa contractual. • Tomador o afianzado: La Persona Natural, Jurídica o el Consorcio o Unión Temporal. Si el oferente es una persona jurídica, la póliza o garantía deberá tomarse con el nombre o razón social que figure en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio respectiva, y no sólo con su sigla, salvo que en el referido documento se exprese que la sociedad podrá denominarse de esa manera. Si el oferente es un consorcio o unión temporal, la póliza o constancia de depósito debe ser constituida o efectuada a nombre del consorcio o unión temporal (indicando sus integrantes e identificación) y NO a nombre del representante del consorcio o unión temporal. Firmas: La póliza ineludiblemente deberá estar firmada por el representante legal o autorizado de la Compañía o Entidad Bancaria que la expide y por el tomador, so pena de rechazo de la propuesta. • Acompañarse del Recibo de pago o Constancia de Ley. • No se aceptan pólizas expedidas por Aseguradoras que hayan sido intervenidas. • En caso de que la póliza sea allegada pero sin la firma del tomador, será requerido para que la firme.

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VERIFICACIÓN TECNICA – FIANNCIERA Y JURIDICA

CUMPLE O NO CUMPLE

4.4.15 PERSONAL Se deberá disponer para la realización del objeto contractual, mínimo del siguiente personal:

PROFESIÓN EXPERIENCIA MÍNIMA DEDICACIÓN

Director de obra: Un (1) Ingeniero Civil.

Experiencia general mínima de 15 años contados a partir de obtención de la matricula profesional. Debe acreditar mínimo 7 años de experiencia específica como director o gerente o asesor en operaciones o reposiciones de Acueducto y Alcantarillado.

50%

Especialista en Perdidas: Un (1) ingeniero Civil o de sistemas o Industrial o Ambiental o Administrador de empresas con Especialización.

Experiencia general mínima de 5 años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional y con experiencia especifica mínima de 1 año en la estructuración o diagnóstico de planes de pérdidas en sistemas de acueducto o reducción de pérdidas y agua no contabilizada (ANC).

100%

Ingeniero Residente: Un (1) Ingeniero Civil.

Experiencia general mínima de 5 años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional y con experiencia especifica mínima de 3 años en diseño, o instalación, o reposición de redes de acueducto y alcantarillado.

100%

Ingeniero Auxiliar: Un (1) Ingeniero Civil.

Experiencia general mínima de 3 años contados a partir de la fecha de expedición de la matricula profesional.

100%

Maestros obras: tres (3) maestros de obra o inspectores de obras o técnico constructor.

Experiencia general de 3 años de experiencia en instalación, o reposición de redes de acueducto y alcantarillado.

100%

Nota 1: Para la acreditación del personal se debe presentar los títulos requeridos, certificaciones de la experiencia, tarjeta profesional y Antecedentes profesionales en caso que lo requiera. La relación entre el personal y el oferente puede acreditarse mediante contrato laboral o contrato Prestación de Servicios o con carta de intención del profesional. El proponente que dentro de su propuesta no incluya los documentos (o los anexe de manera incompleta) que acrediten la formación académica o de experiencia requeridas de alguno(s) de los integrantes del personal antes mencionado, o no cumpla(n) con el perfil requerido, la propuesta se rechazara.

4.5.1 REQUISITOS TECNICOS HABILITANTES

4.5.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PRONENTE.

EXPERIENCIA GENERAL DEL PROPONENTE: El proponente deberá acreditar como experiencia general, un mínimo de cinco (05) años. Tratándose de persona jurídica contados a partir del registro en Cámara de Comercio, verificado mediante el certificado de existencia y representación legal expedido por la cámara de comercio del lugar donde se encuentre inscrita y la persona natural a partir de la expedición de la Tarjeta Profesional. Para Consorcios, uniones temporales o promesa de sociedad, la experiencia general, se tomara con base en la suma aritmética, ponderada por participación de cada uno de los integrantes.

EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL PROPONENTE: Mediante la presentación de certificaciones y/o actas de recibo final de máximo dos (2) contratos, celebrados y ejecutados ya sea como contratista de una empresa pública o privada de servicios públicos domiciliarios y/o como operador especializado en la prestación del servicio público en el territorio nacional en los últimos diez (10) años antes a la fecha del presente estudio, el proponente deberá demostrar haber realizado el mantenimiento y/o construcción de redes de acueducto cuya longitud sumada ejecutada sea igual o mayor a 2.5 kilómetros en tuberías de Polietileno de alta densidad o Polivinilicos en diámetros no mayores a 4 pulgadas, o su equivalencia en el sistema métrico

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internacional y haber realizado actividades o ítems concernientes a persuasión, suspensión, corte y reconexión de servicios públicos domiciliarios, cumpliendo con los siguientes requisitos:

a. Que la sumatoria del valor de los contratos con los que se acredita la e periencia específica debe ser mayor o i ual al

valor del presupuesto oficial y se actuali ara a pesos del año 2017. Dicha actualización se hará utilizando el S.M.M.L.V, asi:

Se tomará el valor del contrato al momento de la terminación y se divide por el valor del S.M.M.L.V. del año correspondiente a la misma fecha de terminación.

El número de salarios así obtenido se multiplica por el valor del S.M.M.L.V. del año 2017. En el evento que se acredite experiencia en contratos celebrados en consorcio o unión temporal y cuando en las certificaciones y/o actas de recibo, no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse en la Oferta el documento en el cual conste dicho porcentaje de participación. Toda vez que para efectos de calcular el valor de los contratos acreditados, únicamente se tendrá en cuenta el porcentaje de participación del Proponente en dicho contrato, para establecer el valor total de la experiencia especifica.

b. Que el proponente deberá tener en la relación a los bienes, obras y servicios que ofrece a las entidades públicas y privadas, identificados con el clasificador de bienes, obras y servicios, la siguiente clasificación: Para el caso de consorcios y uniones temporales cualquier de sus miembros puede acreditar este requisito y la experiencia exigida.

SEGMENTO FAMILIA CLASE

83 Servicios Públicos y Servicios Relacionados con

el Sector Público

8310 Servicios públicos

831015 Servicios de acueducto y

alcantarillado

80 Servicios de Gestión, Servicios Profesionales de

Empresa y Servicios Administrativos

8010 Servicios de asesoría de

gestión

801016 Gerencia de Proyectos

VERIFICACIÓN TECNICA CUMPLE O NO CUMPLE

4.6 REQUISITO HABILITANTE FINANCIERO: (CUMPLE O NO CUMPLE)

Para la verificación de la situación financiera del proponente se realizará sobre el Registro Único de Proponentes – RUP –, con la información financiera actualizada y vigente, emitida por la cámara de comercio y con fecha de expedición no mayor de 30 días calendarios:

INDICE REQUERIDO

Liquidez Mayor o igual a 1.5

Índice de Endeudamiento Menor o igual 0.65

Razón de cobertura de interés Mayor o Igual a 2

Liquidez: Es igual a activo corriente/pasivo corriente Endeudamiento: Es igual Pasivo Total/Activo total Razón de cobertura de interés: Utilidad operacional /gastos de interés NOTA 1: Todos los proponentes deberán cumplir individualmente con los índices financieros discriminados. NOTA 2: En caso de Uniones temporales y Consorcios, los anteriores indicadores se calcularán con base en la suma aritmética, ponderada por participación de cada uno de los integrantes, para cada uno de los indicadores calculados.

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4.6.1 CAPACIDAD ORGANIZACIÓNAL.

La Capacidad de organización (Co) del proponente se evaluará a partir de la información relacionada en el Registro Único de Proponentes, siempre que el oferente acredite lo siguiente:

Rentabilidad del Patrimonio Mayor o Igual 0.01

Rentabilidad del Activo Mayor o Igual 0.01

En caso de Uniones temporales y Consorcios, los anteriores indicadores se calcularán con base en la suma aritmética, ponderada por participación de cada uno de los integrantes, para cada uno de los indicadores calculados.

VERIFICACION FINANCIERA CUMPLE O NO CUMPLE

4.7 FACTOR DE PONDERACION: Con las ofertas hábiles, tanto jurídica, técnica y financiera, el comité evaluador procederá a la seleccionar a un único oferente cuya propuesta sea la de mayor puntaje obtenido según los siguientes criterios:

4.7.1 CALIFICACIÓN FACTOR ECONOMICO: 100 puntos

LAS CEIBAS Empresa Publicas de Neiva E.S.P a partir del valor de las Ofertas debe asignar máximo cien (100) puntos de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica evaluada:

Método de Evaluación de la oferta económica:

Método

Media Aritmética

Media Aritmética Alta

Media Geométrica con Presupuesto Oficial

Menor Valor

Para la determinación del método se tomarán los primeros dos dígitos decimales de la Tasa de Cambio Representativa del Mercado TRM, y

que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. consultada en el siguiente enlace:

https://www.superfinanciera.gov.co/jsp/loader.jsf?lServicio=Publicaciones&lTipo=publicaciones&lFuncion=loadContenidoPublicacion&id=60

819

El método debe ser escogido de acuerdo a los rangos establecidos en la tabla que se presenta a continuación:

Asignación de método de evaluación según TRM

Rango (inclusive) Numero Método

De 00 a 24 1 Media Aritmética

De 25 a 49 2 Media Aritmética Alta

De 50 a 74 3 Media Geométrica con Presupuesto Oficial

De 75 a 99 4 Menor Valor

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METODO - Media aritmética -

Consiste en la determinación del promedio aritmético de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las

Ofertas a dicho promedio aritmético, como resultado de aplicar las siguientes fórmulas:

X = Media Aritmetica.

xi = Valor de la oferta i sin decimales

n = Número total de las Ofertas válidas presentadas

i = Numero de la oferta.

Obtenida la media aritmética se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula.

Para valores menores o iguales a X

( (

))

X = Media Aritmetica.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

Para valores mayores a X

( (( )

))

X = Media Aritmetica.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

En el caso de ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media

aritmética y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

METODO - Media aritmética alta -

Consiste en la determinación de la media aritmética entre el valor total sin decimales de la Oferta válida más alta y el promedio aritmético

de las Ofertas válidas y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media aritmética, como resultado de

aplicar las siguientes fórmulas:

XA = Media Aritmetica Alta.

Vmax = Valor total sin decimales de la oferta más alta.

X = Promedio aritmetico de las ofertas validas (ver formula del meto media aritmetica).

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Obtenida la media aritmética alta se procederá a ponderar las Ofertas de acuerdo con la siguiente fórmula:

Para valores menores o iguales a XA

( (

))

XA = Media Aritmetica Alta.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

Para valores mayores a XA

( (( )

))

X = Media Aritmetica.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media aritmética alta se tomara el valor absoluto de la diferencia entre la media

aritmética alta y el valor de la Oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

METODO - Media geométrica con presupuesto oficial -

Consiste en establecer la media geométrica de las Ofertas válidas y el presupuesto oficial un número determinado de veces y la asignación de

puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha media geométrica, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida.

Para el cálculo de la media geométrica con presupuesto oficial se tendrá en cuenta el número de Ofertas válidas y se incluirá el presupuesto

oficial del Proceso de Contratación en el cálculo tantas veces como se indica en el siguiente cuadro:

Asignación de número de veces del presupuesto oficial

Numero de Ofertas “n” (incluyente)

Numero de veces que se incluye el presupuesto oficial “nv”

1 - 3 1

4 - 6 2

7 - 9 3

10 - 12 4

13 - 15 5

16 - 18 6

19 - 21 7

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22 - 24 8

25 - 27 9

28 - 30 10

Y así sucesivamente, por cada tres Ofertas válidas se incluirá una vez el presupuesto oficial del presente Proceso de Contratación.

Posteriormente, se determinará la media geométrica con la inclusión del presupuesto oficial de acuerdo a lo establecido en el cuadro

anterior, mediante la siguiente fórmula:

GPO = Media Geometrica con presupuesto oficial.

nv = Numero de de veces que se incluye el presupuesto oficial.

n = Número total de las Ofertas válidas presentadas

PO = Presupuesto oficial del Proceso de Contratación.

Pi = Valor de la oferta económica sin decimales del Proponente i.

Establecida la media geométrica se procederá a determinar el puntaje para cada Proponente mediante el siguiente procedimiento:

Para valores menores o iguales a GPO

( (

))

GPO = Media Geometrica con presupuesto oficial.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

Para valores mayores a GPO

( (( )

))

X = Media Aritmetica.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

En el caso de Ofertas económicas con valores mayores a la media geométrica con presupuesto oficial se tomará el valor absoluto de la

diferencia entre la media geométrica con presupuesto oficial y el valor de la oferta, como se observa en la fórmula de ponderación.

METODO - Menor valor -

Consiste en establecer la Oferta de menor valor y la asignación de puntos en función de la proximidad de las Ofertas a dicha Oferta de

menor valor, como resultado de aplicar las fórmulas que se indican en seguida. Para la aplicación de este método LAS CEIBAS Empresa

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Publicas de Neiva E.S.P procederá a determinar el menor valor de las Ofertas válidas y se procederá a la ponderación, de acuerdo con la

siguiente fórmula:

Vmin = Menor valor de las ofertas validas.

vi = Valor total de cada una de las ofertas i, sin decimales.

Puntaje.i = Puntaje por Numero de la oferta.

IMPORTANTE : PARA TODOS LOS CUATRO MÉTODOS DESCRITOS HASTA AHORA SE TENDRÁ EN CUENTA HASTA EL SÉPTIMO (7°)

DECIMAL DEL VALOR OBTENIDO COMO PUNTAJE PARA EL ORDEN DE ELEGIBILIDAD.

4.7.2 FACTOR TECNICO

Se otorgara un puntaje máximo de DOSCIENTOS (200) puntos de la siguiente manera:

Experiencia Usuarios Puntaje

Haber ejecutado en máximo un (1) contrato celebrado con empresas de servicios públicos domiciliarios cuyo objeto incluya actividades o ítems concernientes a persuasión, suspensión, corte y reconexión de servicios públicos domiciliarios

Hasta 60.000 usuarios 50 puntos

Haber ejecutado en máximo un (1) contrato celebrado con empresas de servicios públicos domiciliarios cuyo objeto incluya actividades o ítems concernientes a persuasión, suspensión, corte y reconexión de servicios públicos domiciliarios.

De 60.001 hasta 120.000 usuarios 100 puntos

Haber ejecutado en máximo un (1) contrato celebrado con empresas de servicios públicos domiciliarios cuyo objeto incluya actividades o ítems concernientes a persuasión, suspensión, corte y reconexión de servicios públicos domiciliarios

De 120.001 hasta 180.000 usuarios 150 puntos

Haber ejecutado en máximo un (1) contrato celebrado con empresas de servicios públicos domiciliarios cuyo objeto incluya actividades o ítems concernientes a persuasión, suspensión, corte y reconexión de servicios públicos domiciliarios.

Superior 181.000 usuarios 200 puntos

4-7-3 DETERMINACIÓN DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD.

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El puntaje total obtenido por el puntaje obtenido por la calificación del factor económico de la oferta. Luego de lo cual, se ordenarán en orden descendente desde la propuesta o propuestas que obtuvieran el mayor puntaje hasta la de menor puntaje, quedando así definido el orden de elegibilidad. Este orden se determinara en la audiencia Pública, con los oferentes que hubieren pasado el filtro de requisitos habilitantes. 4.8 FACTOR DE SELECCIÓN: OFERTA MÁS FAVORABLE Se establecerá como único factor de selección el mayor puntaje y que a su vez, hayan sido declaradas hábiles dentro de los requisitos jurídicos, técnicos y financieros. 4.9 JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN:

El factor de selección es el mayor puntaje, para lo cual la entidad verificara que el oferente cumpla con todas las condiciones exigidas por la entidad en los documentos del proceso (estudios previos e invitacion a participar), 4.10 FACTORES DE DESEMPATE Cuando se llegue a presentar un empate de dos o más ofertas, se procederá al desempate conforme lo establece el artículo 9 de la resolución No. 0427 de 2016.

1. Preferir la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. 2. Preferir las ofertas presentada por una Mipyme nacional, sean proponentes plurales integradas por las mismas. 3. Preferir la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley 361 de 1997. 4. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. 5. Se resuelve el empate por medio de sorteo con balotas, con el siguiente procedimiento: En una bolsa, sobre o recipiente que no permita ver su contenido, se introducen igual número de balotas por número de oferentes empatados, numeradas consecutivamente, empezando en uno (1). Se adjudica el proceso al Proponente que saque la balota marcada con el número uno (1)

CAPÍTULO V.

CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO. 5.1 OBJETO DEL CONTRATO: El objeto del contrato que se tramita es el siguiente:

MANTENIMIENTO Y/O CONSTRUCCION DE ACOMETIDAS DOMICILIARIAS, ASI COMO LAS SUSPENSIONES, REINSTALACIONES, CORTES Y RECONEXIONES DEL SERVICIO DE ACUEDUCTO EN ACOMETIDAS DE LOS USUARIOS DEL AREA DE PRESTACION DE SERVICIOS DE LAS CEIBAS EMPRESAS PUBLICAS DE NEIVA E.S.P.

5.2 DOCUMENTOS DEL CONTRATO Forman parte del contrato que se celebre los siguientes documentos y a él se consideran incorporados:

1) El contrato, que tiene prioridad sobre cualquier otro documento. 2) La invitación o términos de referencia y especificaciones que sirvieron de base para preparar la propuesta. 3) La Propuesta presentada por el Contratista, evaluada y corregida por las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. si a ello hubo lugar. 4) El Acta de iniciación con sus anexos. 5) Los complementos que se agreguen durante la ejecución del contrato. 6) Todas las actas de acuerdo, convenios y compromisos relativos al contrato o su cumplimiento, así como las modificaciones o

cambios que se convengan por escrito entre las partes durante la ejecución del contrato. 7) Las garantías constituidas por el contratista, de acuerdo con el contrato y aprobadas por las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. 8) El oficio de Adjudicación.

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5.2 PERFECCIONAMIENTO Y LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO

Notificada la adjudicación, su perfeccionamiento y legalización se cumplirá dentro de los términos establecidos en el cronograma del presente proceso contractual. Si el adjudicatario no lo suscribe dentro de este término, quedará a favor de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. en calidad de sanción, el valor del depósito o garantía constituidos para responder por la seriedad de la propuesta, sin detrimento de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados y no cubiertos por dicha garantía. En este evento, las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., mediante acto debidamente motivado, podrá adjudicar el contrato, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, al proponente calificado en segundo lugar, de conformidad con el orden de elegibilidad establecido, siempre y cuando la propuesta le sea igualmente favorable. NOTA: EL PROPONENTE FAVORECIDO CON LA ADJUDICACIÓN DEBERÁ ALLEGAR LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

Comprobante de pago del Impuesto de Timbre, cuando a ello hubiere lugar.

Garantía Única, con el correspondiente recibo o constancia de pago. El contratista responderá por cualquier defecto, en problemas relativos al reconocimiento de fechas, en caso de no ser amparados por la aseguradora.

Recibo de caja por concepto de pago de derechos de publicación y demás impuestos a que hubiere lugar.

Paz y salvo municipal.

Paz y salvo de E.P.N. 5.4 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO El Proponente favorecido con la adjudicación del contrato constituirá, A FAVOR DE LAS EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P., una garantía única, otorgada por un banco o una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con los siguientes amparos, cuantías y vigencias:

NOTA: La póliza RC deberá incluir además del amparo básico los siguientes amparos y condiciones: - Cobertura expresa de los perjuicios patrimoniales que cause el asegurado tanto el daño emergente como el lucro cesante. - Cobertura expresa de perjuicios extrapatrimoniales. - Cobertura expresa de la responsabilidad surgida por actos de contratistas y subcontratistas, salvo en el evento en que el subcontratista tenga su propio seguro de responsabilidad extracontractual, con los mismos amparos aquí requeridos. - Cobertura expresa de amparo patronal. - Cobertura expresa de vehículos propios y no propios.

DE CUMPLIMIENTO: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, que garantizará el cumplimiento por parte del CONTRATISTA de la totalidad de sus obligaciones derivadas del contrato, por el término de Vigencia del mismo y SEIS (6) meses más.

CALIDAD DE LOS BIENES ENTREGADOS O CORRECTO FUNCIONAMIENTO: Equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato, que garantizará a calidad de los bienes Entregados o correcto funcionamiento por parte del CONTRATISTA de la totalidad de sus obligaciones derivadas del presente contrato Término de ejecución del contrato y 12 meses más.

PAGO DE SALARIOS Y PRESTACIONES SOCIALES e INDEMNIZACIONES equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el término de duración del contrato y tres (3) años más.

ESTABILIDAD DE LA OBRA: Equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del contrato, por el término de cinco (5) años contados a partir del recibo a satisfacción de la obra.

DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL, cuyo monto será equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, por el término de ejecución del contrato, en todo caso este amparo no podrá ser inferior a 200 SMLMV y ampara a las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. y TERCEROS AFECTADOS, por daños ocasionados a terceros por el contratista, sus subcontratistas, su personal o su equipo, con ocasión de la ejecución del contrato.

ANTICIPO: Equivalente al cien por ciento (100%) del valor del anticipo, que garantizará la correcta inversión del anticipo por parte del CONTRATISTA de la totalidad de sus obligaciones derivadas del contrato, por el término de Vigencia del contrato y SEIS (6) meses más

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El contratista deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el contratista se negare a constituir o a reponer la garantía exigida Empresas Públicas de Neiva E.S.P. podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. El contratista deberá reponer el monto de la garantía cada vez que, en razón de las multas o sanciones impuestas, el mismo se disminuyere o agotare. Si el contratista se negare a constituir o a reponer la garantía exigida Empresas Públicas de Neiva E.S.P. podrá dar por terminado el contrato en el estado en que se encuentre, sin que haya lugar a reconocer o pagar indemnización alguna. 5.5 ESTIMACIÒN DE RIESGOS PREVISIBLES FUTURA CONTRATACIÒN: Entiéndase por riesgo en materia contractual, la probabilidad de ocurrencia de eventos aleatorios que afecten el desarrollo del mismo, generando una variación sobre el resultado esperado, tanto en relación con los costos como con las actividades a desarrollar en la ejecución contractual. Corresponderá al contratista seleccionado la asunción del riesgo previsible propio de este tipo de contratación, asumiendo su costo, siempre que el mismo no se encuentre expresamente a cargo de Empresas Publicas de Neiva E.P.S, en la presente contratación. La probabilidad de ocurrencia será medida de acuerdo a la siguiente tabla: Entre otros los riesgos previsibles que deberá asumir el contratista son los siguientes:

NIVEL PROBABILIDAD DE

OCURRENCIA DESCRIPCIÓN

1 Remoto El número de eventos con probabilidad de ocurrencia es menor del 1% durante la vigencia del contrato.

2

Ocasional

El número de eventos con probabilidad de ocurrencia se estima entre el 1% y el 5% durante la vigencia del contrato

3 Frecuente El número de eventos con probabilidad de ocurrencia se estima entre 5.1% al 10% durante la vigencia del contrato.

4 Muy Frecuente El número de eventos con probabilidad de ocurrencia se estima mayor al 10% durante la vigencia del contrato

Entre otros los riesgos previsibles que deberá asumir el contratista son los siguientes:

MATRIZ DE RIESGOS

CLASE TIPIFICACIÓN DEL

RIESGO ASIGNACIÓN DEL

RIESGO ESTIMACIÓN DEL RIESGO

Jurí

dic

os

DESCRIPCIÓN

CO

NT

RA

TIS

TA

EM

PR

ES

AS

PU

BL

ICA

S

DE

NE

IVA

E.S

.P

NIVEL DE PROBABILIDAD DE OCURRENCIA

ELIMINACIÓN O MITIGACIÓN

Cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución del contrato y adicionales u otro sí: ocurre cuando ausenta, registró presupuestal, aprobación de garantías, pago de impuesto.

100%

REMOTO

El contratista deberá ser diligente al momento de tramitar los documentos administrativos del contrato.

Vigencia de las garantías: ocurre cuando los amparos de las garantías

100% OCASIONAL El contratista deberá ser diligente al momento de mantener vigentes las

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pierden vigencia, según el tiempo exigido por la ley de contratación pública.

garantías del contrato.

Op

erat

ivo

s

Escasez del producto y consecuentemente demoras en la entrega del mismo

100%

REMOTO

Modificaciones en los componentes del producto que varíen la calidad exigida en el presente Estudio Previo.

100%

REMOTO

La situación de orden público imperante en el país y que se relaciona con la seguridad en el transporte y entrega de la mercancía

100%

OCASIONAL

El supervisor del contrato se abstendrá de ordenar entregas, si el orden público se encuentra alterado.

Incremento considerable en las necesidades del producto por aumento del proyecto de ventas

100% REMOTO El contratista deberá realizar un análisis pormenorizado de las situaciones futuras del negocio, en cuanto es de su responsabilidad la oferta de venta del producto.

Dificultades y demoras en el proyecto de ventas, y esto impediría cumplir con las ventas proyectadas para el año.

100% REMOTO El contratista deberá realizar un análisis pormenorizado de las situaciones futuras del negocio, en cuanto es de su responsabilidad la oferta de venta del producto, planeando desde su oferta el modo, tiempo y lugar de entrega en los términos establecidos por el estudio previo.

CAMBIOS NORMATIVOS Y/O TRIBUTARIOS

100% REMOTO

DAÑOS OCASIONADOS A 3

100% OCASIONAL El contratista deberá responder por los daños causados.

RECLAMACIONES DEL SUBCONTRATISTA AL CONTRATISTA

100% OCASINAL El contratista mantendrá indemne a Empresas Publicas de Neiva E.S.P, por las reclamaciones que surjan.

5.6 VIGILANCIA DEL CONTRATO Las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. ejercerá el control y la vigilancia de la ejecución del Contrato, a través de un interventor externo o Supervisor designado por las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del Contratista y ejercer un control inte ral sobre el mismo, además de las establecidas en la Resolución No.0229 de 2014, “por medio de la cual se adoptó el Manual de Supervisión e Interventoría de EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P.”, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante la ejecución del contrato, las condiciones técnicas y económicas existentes al momento de su celebración. Además, podrá emitir conceptos en todos los asuntos de orden técnico, económico y jurídico que se susciten durante su ejecución.

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El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito el Supervisor de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P.; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas, deberá manifestarlo por escrito, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con él si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. 5.7 PAGOS Empresas Públicas de Neiva E.S.P cancelara el valor del contrato de acuerdo a la forma de pago establecida en la presente invitación, previo recibo a satisfacción, presentación de la factura, certificación del supervisor y conforme al lleno de los requisitos exigido por la Empresa. 5.8 PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO El contrato estatal es intuito persona y en consecuencia, una vez celebrado, no podrá cederse sino con autorización previa y escrita del Ordenador del Gasto. 5.9 CONTRATOS ADICIONALES El contrato sólo podrá adicionarse en los términos del régimen contractual de la Entidad contratante. 5.10 SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito se podrá, de común acuerdo entre las partes, suspender temporalmente la ejecución del Contrato, mediante la suscripción de un acta donde conste tal evento, sin que, para efectos del plazo extintivo, se compute el tiempo de la suspensión. Se considerará como fuerza mayor o caso fortuito, el suceso que no es posible predecir y que está determinado por circunstancias no imputables al Contratista o a las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., que impidan totalmente el trabajo u obliguen a disminuir notablemente su ritmo, como por ejemplo, catástrofes, guerras, huelgas causadas por razones no imputables al Contratista o a las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., u otros similares. La situación de fuerza mayor o caso fortuito deberá ser demostrada por el Contratista, y en tal evento tendrá derecho a la ampliación del plazo pero no a indemnización alguna. Sin embargo, esto no lo exonera de su obligación de constituir y mantener vigentes las garantías estipuladas en el contrato, y de la responsabilidad por los daños que sufra las Empresas Públicas de Neiva E.S.P. por no haberlas constituido o mantenido vigente. 5.11 LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO La liquidación del contrato se hará de común acuerdo entre el contratista y las Empresas Públicas de Neiva E.S.P., dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha de terminación del mismo. Dentro de este plazo, las partes acordarán los ajustes, revisiones y reconocimientos a que haya lugar, de los cuales quedará constancia en el acta de liquidación. Una vez que se haya terminado el contrato a satisfacción de las Empresas Públicas de Neiva E.S.P, la entidad expedirá el correspondiente certificado de liquidación final y recibo contractual en que conste que el Contratista lo ha ejecutado a satisfacción, así como la fecha de su terminación. 5.12 SANCIÓN PENAL PECUNIARIA Las partes contratantes convienen en pactar como sanción pecuniaria el equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del Contrato en caso de incumplimiento en las obligaciones contractuales, que pagará la parte que incumpla. El valor de las multas que sean impuestas al CONTRATISTA y la sanción pecuniaria ingresarán al tesoro de EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA. E.S.P y podrá ser tomado directamente de los saldos que tenga EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P a favor del CONTRATISTA o de la garantía constituida para tal efecto. De no ser posible lo anterior se cobrará por jurisdicción coactiva. 5.13 SEGURIDAD INDUSTRIAL Y SALUD OCUPACIONAL Durante la ejecución del contrato, el Contratista proveerá, en todo momento, los recursos que sean necesarios para garantizar la higiene, salubridad y seguridad de todos sus trabajadores, subcontratistas, proveedores y terceras personas, en todas las instalaciones y zonas adyacentes a la obra, y preservará la integridad de todos los bienes del Departamento. El Contratista impondrá a sus empleados, trabajadores, subcontratistas, proveedores y, en general, a todas aquellas personas relacionadas con la ejecución del contrato, el cumplimiento de todas las condiciones relativas a higiene, salubridad, prevención de accidentes y medidas de seguridad, y los forzará a cumplirlas. El Contratista será responsable de todos los accidentes que puedan sufrir no sólo sus empleados, trabajadores y

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subcontratistas, sino también el personal o bienes del Departamento, el Interventor o terceras personas, resultantes de negligencia o descuido del Contratista, sus empleados, trabajadores o subcontratistas, y de tomar las precauciones o medidas de seguridad necesarias para la prevención de accidentes; por consiguiente, todas las indemnizaciones correspondientes serán por cuenta del Contratista. Durante la ejecución del contrato, el Contratista observará todas y cada una de las regulaciones de las autoridades bajo cuya jurisdicción se ejecute el contrato, relativas a seguridad, prevención de accidentes y enfermedad profesional, higiene y salubridad, y en general la normativa en materia de salud y seguridad vigente. Antes de iniciar el contrato, el Contratista deberá preparar un programa completo con las medidas de seguridad que se tomarán durante la ejecución de los trabajos, y lo someterá a la aprobación del Interventor, quien podrá además ordenar cualquier otra medida adicional que considere necesaria. Este programa debe incluir la elaboración del panorama de riesgos, la definición de las acciones de prevención de los riesgos, el cronograma de actividades en materia de salud ocupacional, la conformación de brigadas de seguridad y primeros auxilios, y la divulgación del reglamento de higiene y seguridad industrial. Durante la ejecución del contrato, el Interventor podrá ordenar al Contratista cualquier medida adicional que considere conveniente o necesaria para garantizar la prevención de accidentes, y éste deberá proceder de conformidad. Si por parte del contratista existe un incumplimiento sistemático y reiterado de los requisitos de seguridad o higiene, o de las instrucciones del Interventor al respecto, éste podrá ordenar en cualquier momento que se suspenda la ejecución del contrato o de cualquier parte de ellas, sin que el Contratista tenga derecho a ampliación de plazo, y sin perjuicio de la aplicación de las multas a que hubiere lugar por este concepto. En caso de peligro inminente a las personas, obras o bienes, el Interventor podrá obviar la notificación escrita y ordenar que se ejecuten inmediatamente las acciones correctivas que considere necesarias. En estos casos, el Contratista no tendrá derecho a reconocimiento o indemnización alguna. Los gastos en que incurra el Contratista por el cumplimiento de las medidas de seguridad e higiene y prevención de accidentes serán por su cuenta, y no tendrá derecho a pago por separado ya que éstos deben incluirse como costos indirectos dentro de cada uno de los precios unitarios del contrato. 5.14 IMPUESTOS Y DERECHOS Para la ejecución del contrato se requiere la aprobación de las respectivas garantías, el pago de los impuestos correspondientes, el registro presupuestal. El Contratista deberá dar cumplimiento a las leyes, ordenanzas, acuerdos y reglamentos aplicables que existan sobre el particular. 5.15 INICIACIÓN DEL CONTRATO Una vez que el contrato este perfeccionado, la Interventoría y/o supervisión podrá autorizar que se inicie la ejecución del mismo, para lo cual se suscribirá entre el contratista y la Interventoría y/o supervisión, un acta de iniciación.

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ANEXO No. 1

CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Neiva, __ de ______de 2017. Señores EMPRESAS PÚBLICAS DE NEIVA E.S.P. Calle 6 No. 6-02 Esquina Segundo Piso Ciudad REF: SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA No. XX DE 2017. El suscrito __________________________________________ actuando en nombre y representación de ____________________ de acuerdo con las condiciones que se establecen en los pliegos de condiciones y documentos de la Invitación No. XX de 2017, hago la siguiente propuesta para contratar la “XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX”. Según las condiciones contempladas en la presente invitación. En caso de resultar favorecido y ser aceptada nuestra propuesta, me comprometo a firmar el contrato correspondiente. Declaro así mismo: Que he tomado nota cuidadosa de las condiciones de la presente invitación y acepto todos los requisitos contenidos en el presente pliego de condiciones. Que tengo facultad legal para firmar y presentar la propuesta. Que no me encuentro incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades consagradas en la ley. Que conozco que la sociedad que legalmente represento no se encuentra incursa en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señalada por la constitución política, por la ley 80 de 1993 y demás normas que rigen. Que me comprometo a ejecutar totalmente el objeto del contrato en un plazo de ___________________ Que conozco las condiciones técnicas, legales y económicas para la ejecución del objeto contractual. Que conozco las disposiciones legales que rigen la presente invitación. Nombre completo del proponente o representante legal_________________________ C.C. No. _______________de ________________

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No. del Nit. [Consorcio o Unión temporal o de la (s) firma (s)]_______[anexar copia(s)] Dirección de correo: _______________________________ Teléfono comercial: _______________________________ Fax del proponente: ____________________ Valor de la propuesta ________________ ($__________________) M/cte. Plazo: _______________________ (Firma de persona natural o Representante Legal)

ANEXO No. 2 PROPUESTA ECONOMICA

ITEM DESCRIPCIÓN UNID CANT VR. UNIT VR. TOTAL

1 Preliminares:

1,1 Señalización área de trabajo (Incluye: Colombinas y cinta de señalización en tres hilos

ML 1277 $ 4.917 $6.279.009

2 Demoliciones

2,1 Demolición pavimento flexible (Incluye corte de frontera con cortadora de disco, demolición con martillo neumático y retiro de escombros).

M2 1660 $ 14.362 $23.840.920

2,2 Demolición pavimento rígido (Incluye corte de frontera con cortadora de disco, demolición con martillo neumático y retiro de escombros)

M2 1311 $ 24.270 $31.817.970

2,3 Desmonte de adoquín Vehicular M2 328 $ 13.912 $4.563.136

3 Excavaciones:

3,1 Excavación manual de 0 a 2m en material heterogéneo

m3 2111 $ 27.823 $58.734.353

3,2 Excavación manual de 0 a 2m en material rocoso tipo Piroclastos Matriz soportados de diámetros de 10 - 20"

m3 528 $ 36.104 $19.062.912

4 Llenos

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4,1 Lleno con material seleccionado, IP < 13% de la misma excavación, compactación mecánica Dm = 95% PM

m3 1583 $ 13.337 $21.112.471

4,2 Retiro de material sobrante de excavación y disposición en el sitio autorizado

m3 1056 $ 35.915 $37.926.240

5 Granulares

5,1 Suministro e instalación de afirmado, IP < 10%, compactado mecánicamente Dm=95% PM.

m3 660 $ 69.051 $45.573.660

5,2 Suministro e instalación de SUBBASE, IP < 6%, compactado mecánicamente Dm=95% PM.

m3 264 $ 102.825 $27.145.800

5,3 Suministro e instalación de base, IP < 3%, compactado mecánicamente Dm=95% PM.

m3 132 $ 104.925 $13.850.100

6 Andenes

6,1 Suministro e instalación de concreto rígido f´c=2500 psi para conformación de Andenes

m3 200 $ 388.038 $77.607.600

7 Pavimentos

7,1 Suministro e instalación de mezcla densa en caliente tipo II (MDC-II) para capa de rodadura.

m2 1660 $ 57.674 $95.738.840

7,2 Suministro e instalación de pavimento en concreto hidráulico f´c=4000psi (Incluye juntas sello y curado del concreto).

m2 1311 $ 103.483 $135.666.213

7,3 Suministro e instalación de Adoquines vehiculares (Incluye arena de nivelación e=10 cm y reciclaje hasta el 50%)

m2 328 $ 59.530 $19.525.840

8 Mantenimiento y construcción de red de acometidas domiciliarias

8,1 Instalación de medidor. Diámetro nominal 15mm y 20mm. Incluye accesorios y elementos propios para la correcta instalación.

UND 8500 $ 27.712 $235.552.000

8,2 Suministro e instalación de tubería PVC diámetro 1/2" RDE 13,5 unión mecánica incluye accesorios menores.

ML 2500 $ 6.372 $15.930.000

8,3 Suministro e instalación de tubería Polietileno de alta densidad diámetro 1/2" unión mecánica. Incluye accesorios de conexión.

ML 1500 $ 4.109 $6.163.500

8,4 Suministro e instalación de tubería PVC diámetro 3/4" RDE 21 unión mecánica. Incluye accesorios.

ML 300 $ 7.554 $2.266.200

8,5 Suministro e instalación de tubería Polietileno de Alta densidad diámetro 3/4". Incluye accesorios de conexión.

ML 100 $ 6.247 $624.700

8,6 Suministro de Instalación de tubería PVC diámetro 1" RDE 21 incluye unión mecánica

ML 300 $ 8.875 $2.662.500

8,7 Suministro de Instalación de tubería PVC diámetro 1" RDE 13,5

ML 50 $ 10.985 $549.250

8,8 Suministro de Instalación de tubería PVC diámetro 2" RDE 21

ML 100 $ 27.583 $2.758.300

8,9 Suministro de Instalación de tubería PVC diámetro 3" RDE 21

ML 150 $ 37.073 $5.560.950

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8,10 Suministro de Instalación de tubería PVC diámetro 4" RDE 21

ML 150 $ 55.645 $8.346.750

8,11 Suministro e instalación de collares de derivación de 2x1/2" en PVC

UND 50 $ 21.035 $1.051.750

8,13 Suministro e instalación de collares de derivación de 3x1/2" en PVC

UND 200 $ 26.711 $5.342.200

8,14 Suministro e instalación de collares de derivación de 4x1/2" en PVC

UND 100 $ 32.452 $3.245.200

8,15 Suministro e instalación de collares de derivación de 3x3/4" en PVC

UND 50 $ 26.792 $1.339.600

8,17 Suministro e instalación de collares de derivación de 4x3/4" en PVC

UND 20 $ 32.145 $642.900

8,18 Suministro e instalación de unión reparación de 2" RDE 21 de PVC

UND 30 $ 37.852 $1.135.560

8,20 Suministro e instalación de unión reparación de 3" RDE 21 de PVC

UND 100 $ 55.644 $5.564.400

8,21 Suministro e instalación de unión reparación de 4" RDE 21 de PVC

UND 50 $ 89.404 $4.470.200

8,22 Suministro e instalación unión Universal de 3" en hierro dúctil (ASTM-A-536)

UND 50 $ 138.848 $6.942.400

8,24 Suministro e instalación unión Universal de 4" en hierro dúctil (ASTM-A-536)

UND 20 $ 152.256 $3.045.120

8,25 Elaboración Estudio Gestión de pérdidas para el sistema de acueducto de Las Ceibas EPN E.S.P.

Glo 1 $ 60.000.000 $60.000.000

9 Suspensión corte y reconexión

9,1 Corte y/o suspensión del servicio de acueducto en acometidas de 1/2". Incluye dispositivo de expansión

UND 45000 $ 20.375 $916.875.000

9,2 Corte y/o suspensión del servicio de acueducto en acometidas de 3/4". Incluye dispositivo de expansión

UND 5000 $ 21.565 $107.825.000

9,3 Reconexión del servicio de acueducto en acometidas de diámetros de 1/2 o 3/4". Incluye retiro del dispositivo de expansión y habilitación de la acometida

UND 15000 $ 17.995 $269.925.000

9,4 Visita para domiciliarias UND 5000 $ 13.042 $65.210.000

SUBTOTAL $2.351.473.544

A (27%) 634.897.857

I (2%) 47.029.471

U (5%) 117.573.677

IVA (19%) 22.338.999

TOTAL 3.173.313.548

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NOTA: Si se modifica algún Precio Unitario deberá ser adjuntado a la propuesta con el fin de verificar su análisis y costo por parte del oferente. En caso de ser seleccionado el oferente, el presupuesto y los análisis entregados por el mismo, serán parte integral del contrato a celebrar.

Dada en ______ a los ( )__________ del mes de __________ de 2017 ______________________________________ Firma Identificación No. ____________________________________________ Ciudad y fecha ______________________________________________

ANEXO No. 3

CERTIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 50 DE LA LEY 789 DE 2002 El suscrito ______________________________________________, identificado con cédula de ciudadanía No. ____________________________________ en mi calidad de ________________________________________ de la empresa ____________________ con NIT. _________________________ bajo la gravedad de juramento manifiesto, que la empresa ha cumplido durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la presentación de la presente propuesta con los pagos al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales y con los aportes parafiscales correspondientes a todos sus empleados vinculados por contrato de trabajo, por lo que declaro que se encuentra a PAZ Y SALVO con las Empresas promotoras de salud –EPS–, los Fondos de Pensiones, las Administradoras de Riesgos Profesionales –ARP–, las Cajas de Compensación Familiar, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– y el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–.

EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.

Dada en ______ a los ( )__________ del mes de __________ de 2017 _____________________________________ Firma Identificación No. ____________________________________________ En calidad de ___ ____________________________________________ Ciudad y fecha ______________________________________________ NOTA: La presente certificación debe ser firmada por el Revisor Fiscal. En el evento en que la empresa no tenga Revisor Fiscal, la certificación deberá ser firmada por el Representante Legal de la misma. En caso que la empresa tenga menos de seis (6) meses de creada, deberá certificar el cumplimiento a partir de la fecha de

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ANEXO No. 4 PERSONAS NATURALES

DECLARACION JURAMENTADA DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES ARTICULO 9 LEY 828 DE 2003

El suscrito ______________________________________________, identificado con cédula de ciudadanía No. ____________________________________ en mi calidad de ________________________________________ de la empresa ____________________ con NIT. _________________________ bajo la gravedad de juramento declaro que he cumplido durante los seis (6) meses anteriores a la fecha de la presentación de la presente propuesta con los pagos al sistema de seguridad social en salud, pensiones y riesgos profesionales y con los aportes parafiscales míos y de mis empleados vinculados por contrato de trabajo (En caso de tener empleados a cargo), por lo que declaro que me encuentro a PAZ Y SALVO con las Empresas promotoras de salud –EPS–, los Fondos de Pensiones, las Administradoras de Riesgos Profesionales –ARP–, las Cajas de Compensación Familiar, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– y el Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA–.

EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACION DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACION.

Dada en ______ a los ( )__________ del mes de __________ de 2017 ______________________________________ Firma Identificación No. ____________________________________________ Ciudad y fecha ______________________________________________

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Neiva ( Huila )

ANEXO No.05 MODELO DE ACUERDO DE CONSORCIO

Señores EPN Calle 6 No. 6-02. Neiva - Huila REFERENCIA: SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA _______ Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ (nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de _________________________ (nombre o razón social del integrante) y _________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en CONSORCIO, para participar en el proceso de la referencia cuyo objeto es ____________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente: La duración de este Consorcio será: ___________________________________________________________ El Consorcio está integrado por: NOMBRE PARTICIPACIÓN (%) (1) _________________________ ______________ _________________________ ______________ _________________________ ______________ El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de participación de los miembros, debe ser igual al 100%. El Consorcio se denomina CONSORCIO _____________________. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria. El representante del Consorcio es ____________________________ (indicar el nombre), identificado con C. C. No. ______________ de ____________________, quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades. Actuará como suplente ____________________ (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, de ___________, La sede del Consorcio es:

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Neiva ( Huila )

Dirección de correo ___________________________________________ Correo electrónico ___________________________________________ Teléfono ___________________________________________ Telefax ___________________________________________ Ciudad ___________________________________________ En constancia, se firma en______________, a los ____ días del mes de _____ de 2016 _____________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes) ______________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

ANEXO No.06 CARTA DE CONFORMACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL

Señores EPN Calle 6 No. 6-02. Neiva - Huila REFERENCIA: SOLICITUD PRIVADA DE OFERTA _______ Los suscritos, __________________ (nombre del Representante Legal) y __________________ nombre del Representante Legal), debidamente autorizados para actuar en nombre y representación de ______________________ (nombre o razón social del integrante) y ___________________________ (nombre o razón social del integrante), respectivamente, manifestamos por este documento, que hemos convenido asociarnos en UNIÓN TEMPORAL para participar en el proceso de la referencia, cuyo objeto es _________________________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente: La duración de la Unión Temporal será: _________________________________________________________ La Unión Temporal está integrada por: NOMBRE TÉRMINOS Y EXTENSIÓN COMPROMISO DE PARTICIPACIÓN EN LA (%) (2) EJECUCIÓN DEL CONTRATO (1) ____________ ____________________ _______________ ____________ _______________ _______________ Discriminar en función del alcance del contrato fijado en el Capítulo V de los términos de referencia, para cada uno de los integrantes. El total de la columna, es decir la suma de los porcentajes de compromiso de los miembros, debe ser igual al 100%. La Unión Temporal se denomina UNIÓN TEMPORAL ________________. La responsabilidad de los integrantes de la Unión Temporal es solidaria. El representante de la Unión Temporal es ____________________ (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, de ___________, quien está expresamente facultado para firmar y presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades. Actuará como suplente ____________________ (indicar el nombre), identificado con la cédula de ciudadanía No. ___________, de ___________,

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La sede de la Unión Temporal es: Dirección de correo ___________________________________________ Correo electrónico ___________________________________________ Teléfono ___________________________________________ Telefax ___________________________________________ Ciudad ___________________________________________ En constancia, se firma en _______________, a los ____ días del mes de _____ de 2017 ____________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal de cada uno de los integrantes) ______________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal

ANEXO No.07 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

[Nombre del representante legal del Proponente] , identificado como aparece al pie de mi firma, en mi calidad de representante legal de [nombre del Proponente] , manifiesto en mi nombre y en nombre de [nombre del Proponente] que: Apoyamos la acción del Estado colombiano y de la Entidad Contratante para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación ______. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores de la Entidad Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación __________. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación _____ nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción. En constancia de lo anterior firmo este documento a los días [día] del mes de [mes] de 20___. ____________________________ Firma representante legal del Proponente Nombre: Documento de Identidad: Los representantes de los integrantes del Proponente plural deben suscribir el presente documento.

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Neiva ( Huila )

ANEXO No.08 FORMATO DE CERTIFICACIÓN DE NO ESTAR INCURSO EN CAUSAL DE INHABILIDAD E INCOMPATIBILIDAD CERTIFICADO DE

INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES

EL SUSCRITO Certifico que conozco las causales de inhabilidad e incompatibilidad para contratar con las Entidades Estatales de conformidad con las Leyes: 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011 y demás normas sobre la materia. Así como las sanciones establecidas por transgresión a las mismas en los artículos 26 numeral 7o. y 52 y los efectos legales consagrados en el Artículo 44 numeral 1o del Estatuto Contractual. Declaro bajo la gravedad del juramento que se entiende prestado con la firma del presente documento, que no me encuentro incurso en ninguna de ellas, ni mis socios, ni tampoco la sociedad que represento. La presente certificación se suscribe bajo la gravedad de juramento Dado en el Municipio de ________________ a los ____ del mes_____________ del 20 ___ _________________________________ Nombre y firma del Representante Legal

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Neiva ( Huila )

ANEXO No. 9 Experiencia Específica

PROPONENTE: ___________________________________________________________

CONTRATO No.

CONSECUTIVO RUP

CONTRATANTE/ENTIDAD OBJETO VALOR DEL CONTRATO

PORCENTAJE DE

PARTICIPACIÓN (%)

SUBTOTAL DEL VALOR EXPRESADO EN PESOS TOTAL DEL VALOR EXPRESADO EN SALARIOS MINIMOS

Nombre completo del proponente o representante legal_________________________ C.C. No. _______________de ________________