Sumario LEYES DECRETOS

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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 4,00 Buenos Aires, viernes 21 de noviembre de 2014 Año CXXII Número 33.016 Pág. Continúa en página 2 LEYES CONMEMORACIONES Ley 27.004 Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires............................................................................................... 1 DECRETOS JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2132/2014 Designación. ............................................................................................................................... 1 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2134/2014 Designación en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión. .............................. 2 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 2126/2014 Designación en la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica. ................................ 3 MINISTERIO DE DEFENSA Decreto 2138/2014 Desígnase la Subsecretaria del Servicio Logístico de la Defensa. ................................................ 3 MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decreto 2140/2014 Dase por designado el Director de Administración de la Deuda Pública. ...................................... 4 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 2121/2014 Designación. ............................................................................................................................... 4 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 2122/2014 Designación. .............................................................................................................................. 4 MINISTERIO DE SEGURIDAD Decreto 2123/2014 Designaciones. ........................................................................................................................... 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2124/2014 Designación en la Subsecretaría de Coordinación. ...................................................................... 5 MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Decreto 2125/2014 Designación en la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo. ........................................ 6 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2135/2014 Prorrógase designación en la Dirección Nacional de Políticas Regionales. ................................... 7 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2137/2014 Dase por designado el Director de Investigación Accidentológica. ............................................... 7 MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE Decreto 2136/2014 Dase por prorrogada designación de la Directora de Recursos Humanos en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. ....................................................................................................................... 7 Primera Sección Sumario DECRETOS LEYES #I4726779I# CONMEMORACIONES Ley 27.004 Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Ba- hía Blanca, provincia de Buenos Aires. Sancionada: Octubre 29 de 2014 Promulgada de Hecho: Noviembre 20 de 2014 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en el km. 679,41 de la ruta nacional 3, en cercanías de la ciu- dad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires. ARTICULO 2° — Dispóngase la instalación en el referido puente de una placa recordatoria, la cual tendrá el siguiente texto: “Aquí fue asesinado, por el terrorismo de Estado, Carlos Alberto Davit el 19 de noviembre de 1975. Reafirmemos, como homenaje a su memoria, nuestra convicción de lucha inclaudicable por la democracia, la libertad y la dignidad del pueblo argentino.” ARTICULO 3° — Solicítese al señor Administra- dor General de Vialidad efectuar todas las diligen- cias necesarias desde el punto de vista administra- tivo y legal a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos precedentes. ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecu- tivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON- GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE. — REGISTRADA BAJO EL Nº 27.004 — AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese. #F4726779F# #I4724591I# JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 2132/2014 Designación. Bs. As., 17/11/2014 VISTO el Expediente N° CUDAP: EXP-JGM: 0052956/2013 del Registro de la JEFATU- RA DE GABINETE DE MINISTROS, el De- creto N° 491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EM- PLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad- ministrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 764 del 13 de septiembre de 2013, 778 del 19 de septiembre de 2013 y 49 del 7 de febrero de 2014 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modificatoria, y CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de la ex SE- CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modifi- catoria, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP). Que por la Decisión Administrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013 se exceptuó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS- TROS de la prohibición contenida en el ar- tículo 7° de la Ley N° 26.784, a los efectos de posibilitar la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacan- tes y financiados de la Planta Permanente. Que el artículo 7° de la Ley N° 26.784 es- tablece que las decisiones administrativas que se dicten en tal sentido tendrán vigen- cia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en que las vacan-

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.154.675

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 4,00

Buenos aires,viernes 21de noviembre de 2014

año CXXiinúmero 33.016

Pág.

Continúa en página 2

LEYES

ConMeMoraCionesLey 27.004Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires. .............................................................................................. 1

DECRETOS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 2132/2014Designación. ............................................................................................................................... 1

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 2134/2014Designación en la Subsecretaría de Comunicación y Contenidos de Difusión. .............................. 2

Ministerio De CienCia, teCnologia e innoVaCion ProDuCtiVaDecreto 2126/2014Designación en la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica. ................................ 3

Ministerio De DeFensaDecreto 2138/2014Desígnase la Subsecretaria del Servicio Logístico de la Defensa. ................................................ 3

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecreto 2140/2014Dase por designado el Director de Administración de la Deuda Pública. ...................................... 4

Ministerio De seguriDaDDecreto 2121/2014Designación. ............................................................................................................................... 4

Ministerio De seguriDaDDecreto 2122/2014Designación. .............................................................................................................................. 4

Ministerio De seguriDaDDecreto 2123/2014Designaciones. ........................................................................................................................... 5

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialDecreto 2124/2014Designación en la Subsecretaría de Coordinación. ...................................................................... 5

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialDecreto 2125/2014Designación en la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo. ........................................ 6

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 2135/2014Prorrógase designación en la Dirección Nacional de Políticas Regionales. ................................... 7

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 2137/2014Dase por designado el Director de Investigación Accidentológica. ............................................... 7

Ministerio Del interior Y transPorteDecreto 2136/2014Dase por prorrogada designación de la Directora de Recursos Humanos en la Agencia Nacional de Seguridad Vial. ....................................................................................................................... 7

Primera Sección

Sumario DECRETOSLEYES

#I4726779I#CONMEMORACIONES

Ley 27.004

Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Ba-hía Blanca, provincia de Buenos Aires.

Sancionada: Octubre 29 de 2014 Promulgada de Hecho: Noviembre 20 de 2014

El Senado y Cámara de Diputadosde la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en el km. 679,41 de la ruta nacional 3, en cercanías de la ciu-dad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2° — Dispóngase la instalación en el referido puente de una placa recordatoria, la cual tendrá el siguiente texto:

“Aquí fue asesinado, por el terrorismo de Estado, Carlos Alberto Davit el 19 de noviembre de 1975.

Reafirmemos, como homenaje a su memoria, nuestra convicción de lucha inclaudicable por la democracia, la libertad y la dignidad del pueblo argentino.”

ARTICULO 3° — Solicítese al señor Administra-dor General de Vialidad efectuar todas las diligen-cias necesarias desde el punto de vista administra-tivo y legal a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos precedentes.

ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecu-tivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.004 —

AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

#F4726779F#

#I4724591I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2132/2014

Designación.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0052956/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, el De-creto N°  491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Ad-ministrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 764 del 13 de septiembre de 2013, 778 del 19 de septiembre de 2013 y 49 del 7 de febrero de 2014 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la ex SE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modifi-catoria, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa N° 696 del 6 de septiembre de 2013 se exceptuó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS de la prohibición contenida en el ar-tículo 7° de la Ley N° 26.784, a los efectos de posibilitar la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacan-tes y financiados de la Planta Permanente.

Que el artículo 7° de la Ley N° 26.784 es-tablece que las decisiones administrativas que se dicten en tal sentido tendrán vigen-cia durante el presente ejercicio fiscal y el siguiente para los casos en que las vacan-

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Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 2

Pág.seCretaria generalDecreto 2127/2014Dase por prorrogada designación del Director de Estudios Políticos y Monitoreo. ........................ 7

seCretaria generalDecreto 2128/2014Danse por prorrogadas designaciones. ....................................................................................... 8

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

JeFatura De gabinete De MinistrosDecisión Administrativa 985/2014Danse por aprobadas las contrataciones en la Agencia de Administración de Bienes del Estado. . 8

Ministerio De agriCultura, ganaDeria Y PesCaDecisión Administrativa 980/2014Apruébanse contrataciones en la Unidad Ministro. ...................................................................... 11

Ministerio De JustiCia Y DereCHos HuManosDecisión Administrativa 981/2014Desestímase recurso. ................................................................................................................. 12

PoliCia FeDeral argentinaDecisión Administrativa 982/2014Apruébase y Adjudícase Licitación Pública Nacional de Etapa Unica sin Modalidad N° 1/2014. ... 12

PresuPuestoDecisión Administrativa 986/2014Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014. ........... 13

RESOLUCIONES

transPorte De PasaJerosResolución 1482/2014-MITCompensaciones tarifarias al transporte público de pasajeros. .................................................... 13

Congreso De la naCionResolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 566/2013. ............................................................................ 15

Congreso De la naCionResolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 606/2014. ............................................................................ 15

Congreso De la naCionResolución S/N-HCDNDeclárase la validez del Decreto Nº 1.170/2013. ......................................................................... 15

beneFiCiarios PreVisionalesResolución Conjunta 628/2014-ANSES y 38.766/2014-SSNApruébase transferencia de Rentas Vitalicias Previsionales. ........................................................ 15

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 17

AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 18

registro naCional De arMasArmas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................ 18

Anteriores ................................................................................................................................... 61

ASOCIACIONES SINDICALES

Estatutos. ................................................................................................................................... 62

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 63

tes descongeladas no hayan podido ser cubiertas.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 764 del 13 de septiembre de 2013 se designó a los in-tegrantes de los Comités de Selección para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y financia-dos de la Planta Permanente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modificatoria.

Que mediante la Resolución de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS N° 778 del 19 de septiembre de 2013, se aproba-ron las Bases de los Concursos para la cobertura de DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO (258) cargos vacantes y financia-dos, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos de la misma y se llamó a Concur-so mediante convocatoria extraordinaria y abierta, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo II.

Que en un todo de acuerdo a lo establecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo Concurso correspon-dientes al Comité de Selección N° 3.

Que dicho Comité se ha expedido en vir-tud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados, el cual fue aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 49 del 7 de febrero de 2014.

Que por el Acta N° 9 del 11 de diciembre de 2013, el Comité de Selección N°  3 de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo del Decreto N°  2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y considerando que el postulante demostró condiciones de idoneidad especialmente relevantes durante el proceso de selección, recomendó incorporar al Doctor D. Sebas-tián Andrés PUTZOLI (D.N.I. N° 30.333.799) en el Grado UNO (1) del nivel escalafonario del cargo concursado.

Que la designación en el cargo de que se trata no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que se ha dado cumplimiento a lo estable-cido por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase al Doctor D. Se-bastián Andrés PUTZOLI (D.N.I. N° 30.333.799) en la Planta Permanente como Profesional Responsable de Evaluación de Proyectos con Financiamiento Externo Nivel C, Grado 1 - Tra-mo General - Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decre-to N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios en la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4724591F#

#I4724593I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 2134/2014

Designación en la Subsecretaría de Co-municación y Contenidos de Difusión.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N°  CUDAP: EXP-JGM: 0042103/2013 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, el De-creto N° 491 del 12 de marzo de 2002, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N°  470 del 23 de junio de 2011, las Resoluciones de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nros. 955 del 22 de noviembre de 2012, 980 del 28 de noviembre de 2012 y 1155 del 19 de no-viembre de 2013 y la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la ex SE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y su modifi-catoria, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que por la Decisión Administrativa N° 470 del 23 de junio de 2011 se exceptuó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.546, prorrogada en los términos del Decreto N° 2053/10 y comple-mentada por el Decreto N° 2054/10, a los efectos de posibilitar la cobertura de CIEN-TO SETENTA Y NUEVE (179) cargos vacan-tes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 892 del 13 de noviembre de 2012 se designó a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA (90) cargos vacantes y financiados de la Planta Per-manente, conforme a lo establecido por el artículo 29 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PU-BLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y su modificatoria.

Que mediante la Resolución de la JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 955 del 22 de noviembre de 2012, con las aclaraciones de su similar N°  980 del 28 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de los Concursos para la cober-tura de NOVENTA (90) cargos vacantes y financiados, de acuerdo al detalle obrante en los Anexos de la misma, y se llamó a Concurso mediante convocatoria extraor-dinaria y abierta, para la cobertura de los cargos vacantes y financiados detallados en su Anexo II.

Que en un todo de acuerdo a lo esta-blecido por las normas citadas, se ha finalizado con las etapas previstas para tal proceso en los cargos vacantes bajo Concurso correspondientes al Comité de Selección N° 2.

Que dicho Comité se ha expedido en vir-tud de su competencia, elevando el Orden

Page 3: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 3de Mérito correspondiente a los cargos concursados, el cual fue aprobado por la Resolución de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 1155 del 19 de noviem-bre de 2013.

Que por el artículo 31 del Anexo del De-creto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escala-fonario superior dentro de su agrupamien-to de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.

Que por la Nota del 29 de julio de 2014, la DIRECCION GENERAL DE ADMINIS-TRACION DE RECURSOS HUMANOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINIS-TRATIVA de esa jurisdicción, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 31 del anexo del decreto mencionado en el considerando anterior, recomienda incorporar a la Licen-ciada en Ciencias de la Comunicación So-cial, Da. María Jimena FERNANDEZ, en el Grado TRES (3) del nivel escalafonario del cargo concursado.

Que la designación en el cargo de que se trata no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de Planta Permanente y no Perma-nente será efectuada por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL a propuesta de la ju-risdicción correspondiente.

Que se ha dado cumplimiento a lo estable-cido por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio.

Que ha tomado la intervención de su com-petencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los ar-tículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financia-do cuyo detalle obra en el artículo siguiente.

Art. 2° — Desígnase a la Licenciada Da. María Jimena FERNANDEZ (D.N.I. N° 26.123.256), en la Planta Permanente como Profesional Publicitario Especializado Nivel B, Grado 3 - Tramo General - Agrupamiento Profesional del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal, homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CON-TENIDOS DE DIFUSION de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a los créditos de las parti-das específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la JURISDICCION 25 - JE-FATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

#F4724593F#

Que los integrantes del respectivo Comité de Selección han actuado en un todo de acuer-do con el Decreto N° 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución N° 392/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVA-CION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección IV - I para el cargo de Responsable de Area Administrativa cuyo detalle obra en el Anexo de la citada Resolución.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto N° 2098/08 dispone que todo ingreso de perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que en el Acta N° 7 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario correspondiente para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente relevantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.

Que la asignación del Grado 4 de la Agente ROJAS, Claudia Marcela quien reviste en la Planta no Permanente del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, se ajusta a la recomendación efectuada por el Comité de Selección IV - I mediante Acta Complementaria de fecha 27 de junio de 2013.

Que la designación en el aludido cargo no constituye asignación de recurso extraordina-rio alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002.

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y 1° del Decre-to N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRO-DUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895 al solo efecto de posibilitar la co-bertura del cargo vacante financiado, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.

ANEXO

DEPENDENCIA: AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

FONDO PARA LA INVESTIGACION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA

Apellido y Nombre

D.N.I. N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

ROJAS, Claudia Marcela

16.682.008 GENERAL GENERAL C 4Responsable

de Area Administrativa

2010-000418-MINCIT-G-SI-X-C

#F4722631F#

#I4724597I#MINISTERIO DE DEFENSA

Decreto 2138/2014

Desígnase la Subsecretaria del Servicio Logístico de la Defensa.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el artículo 99, inciso 7 de la Constitución Nacional.

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Subsecretaria del Servicio Logístico de la Defensa dependiente de la SECRETARIA DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y PRODUCCION PARA LA DEFENSA del MINISTERIO DE DEFENSA, a la señora Lucía del Carmen KERSUL (DNI N° 27.298.926).

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Agustín O. Rossi.

#F4724597F#

#I4722631I#

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Decreto 2126/2014

Designación en la Agencia Nacional de Promoción Científica y Tecnológica.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 3211/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011; 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y 392 de fecha 21 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa N° 224 de fecha 02 de sep-tiembre de 2009, la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que a través de la Decisión Administrativa N° 224/09 se incrementó la dotación del MI-NISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley N° 26.422, posibilitando la cober-tura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución N° 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Perso-nal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por la Resolución N° 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNO-VACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución.

Que por la Resolución N°  1063/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E IN-NOVACION PRODUCTIVA se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT N° 910/11 y el llamado a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria General y Convocatoria Extraordinaria Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM N° 39/10.

Page 4: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 4#I4724599I#

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decreto 2140/2014

Dase por designado el Director de Ad-ministración de la Deuda Pública.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N°  S01:0048142/2014 del Registro del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, la Ley N°  26.895 y los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895, se dispuso el congelamiento de los car-gos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma, en las Jurisdicciones y Entidades de la Admi-nistración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo deci-sión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL en virtud de las disposicio-nes del Artículo 10 de la citada ley.

Que por el Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se dispuso, entre otros aspectos, que toda designación de per-sonal en el ámbito de la Administración Pública centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PO-DER EJECUTIVO NACIONAL a propues-ta de la jurisdicción correspondiente.

Que en virtud de específicas razones de servicio de la SECRETARIA DE FINAN-ZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se considera im-prescindible la cobertura de UN (1) cargo vacante, Nivel A, Función Ejecutiva Nivel II, de Director de Administración de la Deuda Pública dependiente de la OFI-CINA NACIONAL DE CREDITO PUBLI-CO de la SUBSECRETARIA DE FINAN-CIAMIENTO de la citada Secretaría.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en el Artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Que el cargo aludido no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que si bien el profesional propuesto posee los requisitos de experiencia e idoneidad necesarios para cubrir dicho cargo, deberá ser exceptuado de los requisitos mínimos establecidos en el Artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aproba-do por el Convenio Colectivo de Traba-jo Sectorial homologado por el Decreto N°  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008.

Que se encuentran reunidos los requisi-tos exigidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en vir-tud de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITU-CION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N°  26.895 y el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designado tran-sitoriamente, a partir del 16 de abril de 2014 y por el término de CIENTO OCHEN-

TA (180) días hábiles, al Licenciado en Eco-nomía Don Claudio Eduardo DAL DIN (M.I. N°  16.111.507), en el cargo de Director de Administración de la Deuda Pública depen-diente de la OFICINA NACIONAL DE CRE-DITO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO de la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, Nivel A, autori-zándose el correspondiente pago del Su-plemento por Función Ejecutiva Nivel II del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°  2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos establecidos en el Artículo 14 del citado Convenio.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les contados a partir del 16 de abril de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será aten-dido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONO-MIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4724599F#

#I4722626I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 2121/2014

Designación.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 17.635/2014 del Re-gistro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 2.098 de fe-cha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N°  26.895 se aprobó el Presupuesto General de la Administra-ción Nacional para el Ejercicio 2014.

Que por el Artículo 7° de la citada ley, se dispuso el congelamiento de los car-gos vacantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Admi-nistración Nacional y de los que se pro-duzcan con posterioridad, salvo deci-sión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades otorgadas al señor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJE-CUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsable político de la Administra-ción General del país y en función de lo dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Que por el Decreto N° 2.098/08, se ho-mologó el Convenio Colectivo de Tra-bajo Sectorial del Personal del SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que el cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo estable-cido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Co-lectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°  2.098/08, dentro del plazo

de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la pre-sente medida.

Que la Licenciada Doña María Inés AL-BERGUCCI reúne los conocimientos, ex-periencia e idoneidad necesarios para el desempeño del cargo.

Que mediante el Decreto N°  491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ám-bito de la Administración Pública, cen-tralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTI-VO NACIONAL a propuesta de la juris-dicción correspondiente.

Que el Decreto N° 601/02, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de de-creto que propicien designaciones, con-trataciones que no impliquen renovación o prórroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados por la documentación detallada en la Circu-lar N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que se ha dado cumplimiento a lo es-tablecido en el referido Artículo 6° del Decreto N°  601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados ni constituye asignación de recurso ex-traordinario alguno.

Que el cargo aludido se encuentra va-cante y cuenta con el financiamiento co-rrespondiente.

Que ha tomado intervención la DIREC-CION GENERAL DE ASUNTOS JURI-DICOS dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 99, Inciso 1 de la CONSTI-TUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N°  26.895 y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamen-te en la planta permanente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a par-tir de la fecha de la presente medida, a la Licenciada Doña María Inés ALBERGUCCI (D.N.I. N° 30.333.205) en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Tra-bajo Sectorial del Personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°  2.098/08, para cumplir funciones como ASESORA PROFE-SIONAL, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, res-pectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas especí-ficas del presupuesto vigente de la Jurisdic-ción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

#F4722626F#

#I4722627I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 2122/2014

Designación.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 17.631/2014 del Regis-tro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014.

Que por el Artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 de la referida ley se dispuso que las facultades otorgadas al se-ñor Jefe de Gabinete de Ministros, podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsa-ble político de la Administración General del país y en función de Io dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITU-CION NACIONAL.

Que por el Decreto N°  2.098/08, se ho-mologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.).

Que el cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo estableci-do, respectivamente, en los Títulos II, Ca-pítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que Don Sebastián Carlos MONTOYA re-úne los conocimientos, experiencia e ido-neidad necesarios para el desempeño del cargo, no obstante corresponde aprobar su designación con autorización excepcio-nal por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel C, establecidos en el Ar-tículo 14 del Convenio citado precedente-mente.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a pro-puesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N°  601/02, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contratacio-nes que no impliquen renovación o pró-rroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacio-nal deberán ser acompañados por la docu-mentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de. marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDEN-CIA DE LA NACION.

Que se ha dado cumplimiento a lo esta-blecido en el referido Artículo 6° del De-creto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.

Que la presente medida no implica un ex-ceso en los créditos asignados ni consti-tuye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que el cargo aludido se encuentra va-cante y cuenta con el financiamiento co-rrespondiente.

Page 5: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 5Que ha tomado intervención la DIREC-CION GENERAL DE ASUNTOS JURIDI-COS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Ar-tículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase transitoriamente en la planta permanente del MINISTERIO DE SE-GURIDAD, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a Don Sebastián Carlos MONTOYA (D.N.I. N° 31.985.104) en UN (1) car-go Nivel C - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°  2.098/08, para cumplir funciones como ANALISTA ADMINIS-TRATIVO, con carácter de excepción a lo dis-puesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895 y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos de acceso al Nivel C, esta-blecidos en el Artículo 14 del Convenio citado precedentemente.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de se-lección vigentes según lo establecido, respecti-vamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decre-to N°  2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

#F4722627F#

#I4722628I#MINISTERIO DE SEGURIDAD

Decreto 2123/2014

Designaciones.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 11.349/2014 del Regis-tro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002 y 2.098 de fecha 3 de diciem-bre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.895 se aprobó el Pre-supuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014.

Que por el Artículo 7° de la citada ley se dispuso el congelamiento de los cargos va-cantes financiados, existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que se produzcan con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Artículo 10 de la referida Iey se dispuso que las facultades otorgadas al se-ñor Jefe de Gabinete de Ministros podrán ser asumidas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en su carácter de responsa-ble político de la Administración General del país y en función de lo dispuesto por el Inciso 10 del Artículo 99 de la CONSTITU-CION NACIONAL.

Que por el Decreto N° 2.098/08, se homo-logó el Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.).

Que los cargos involucrados deberán ser cubiertos conforme los requisitos y siste-mas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°  2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Que los agentes cuya designación transito-ria se propicia, reúnen los conocimientos, experiencia e idoneidad necesarios para el desempeño de los cargos.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto N°  601/02, en su Artículo 6°, establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contratacio-nes que no impliquen renovación o pró-rroga y reincorporación de personal en el ámbito de la Administración Pública Nacio-nal deberán ser acompañados por la docu-mentación detallada en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRE-TARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDEN-CIA DE LA NACION.

Que se ha dado cumplimiento a lo esta-blecido en el referido Artículo 6° del De-creto N° 601/02, reglamentario del Decreto N° 491/02.

Que la presente medida no implica un ex-ceso en los créditos asignados ni consti-tuye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que los Doctores Doña Silvia Ana ROSA ALVES y Don Eduardo BUENADER han efectuado una real y efectiva prestación de servicios desde el 1° de marzo de 2014 y 15 de marzo de 2014 respectivamente, siendo procedente designarlos con efecto a esas fechas.

Que los cargos aludidos se encuentran vacantes y cuentan con el financiamiento correspondiente.

Que ha tomado intervención la DIREC-CION GENERAL DE ASUNTOS JURIDI-COS dependiente de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Ar-tículo 99, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, los Artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895 y a tenor de lo dispuesto por el Artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada transito-riamente en la planta permanente del MINISTE-RIO DE SEGURIDAD, a partir del 1° de marzo de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la Doctora Doña Sil-via Ana ROSA ALVES (D.N.I. N° 18.134.369) en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N° 2.098/08, para cumplir funciones como ASE-SORA LEGAL, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 2° — Dase por designado transitoria-mente en la planta permanente del MINISTE-RIO DE SEGURIDAD, a partir del 15 de marzo de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA

(180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al Doctor Don Eduardo BUENADER (D.N.I. N°  27.496.277) en UN (1) cargo Nivel B - Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decreto N°  2.098/08, para cumplir funciones como ASESOR LEGAL, con carácter de excepción a lo dispuesto por el Ar-tículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 3° — Los cargos involucrados en los Artículos 1° y 2°, deberán ser cubiertos con-forme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamen-te, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del

Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.), homologado por Decre-to N°  2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 41 - MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

#F4722628F#

#I4722629I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 2124/2014

Designación en la Subsecretaría de Coordinación.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.542.559/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012, y 1.250 del 22 de noviembre de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) apro-bado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolución.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.

Que por el artículo 2° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo I de la citada medida, entre los cua-les se encuentra el cargo de Profesional Especializado en Gestión de la Información del Perso-nal de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.250 del 22 de noviembre de 2013, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel B, Profesional Especializado en Gestión de la Información del Personal, de la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos depen-diente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución.

Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifi-catorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.

Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transito-rias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel supe-rior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su in-corporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado o escalafonario por cada DOS

Page 6: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 6(2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo.

Que por el Acta N° 11 del 26 de noviembre de 2013, el Comité de Selección N° 22, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inci-so 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.

ANEXO

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

APELLIDO Y NOMBRE

M.I. AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO CARGOLUGAR DE

PRESTACION DE SERVICIOS

MARTIN, Anahí Verónica

22.781.176 Profesional B General 3

Profesional Especializado

en Gestión de la Información del

Personal

Dirección General de Gestión de Recursos Humanos

#F4722629F#

#I4722630I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Decreto 2125/2014

Designación en la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.542.435/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGU-RIDAD SOCIAL, los Decretos Nros. 491 del 12 de marzo de 2002 y sus modificatorios, y 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012, la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modifica-torias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nros. 959 del 5 de noviembre de 2012, 1.016 del 9 de noviembre de 2012, 1.045 del 14 de noviembre de 2012, y 121 del 10 de febrero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 del 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que por la Decisión Administrativa N° 744 del 24 de agosto de 2012 se exceptuó al MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL de la prohibición contenida en el artículo 7° de la Ley N° 26.728, a los efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente que se detallan en la planilla que como Anexo forma parte integrante de la citada medida.

Que por las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 959 del 5 de noviembre de 2012 y su rectificatoria N° 1.016 del 9 de noviembre de 2012, se designaron a los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de QUINIENTOS DIEZ (510) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) apro-bado por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias a las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la referida resolución.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1.045 del 14 de noviembre de 2012, se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados para la cobertura de CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS (482) cargos vacantes y financiados de la planta permanente.

Que por el artículo 3° de la resolución citada en el considerando anterior se llamó a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y Abierta, conforme los procedimientos establecidos por el Régimen de Selección de Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público (SI-NEP), para la cobertura de los cargos que se detallan en el Anexo II de la citada medida, entre los cuales se encuentra el cargo de Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Empleo y Formación Profesional de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral La Pampa de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EM-PLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que los integrantes del Comité de Selección han actuado en un todo de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y con los procedimientos de selección establecidos por la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39/10 y sus modificatorias.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 121 del 10 de febrero de 2014, se aprobó el Orden de Mérito Definitivo para UN (1) cargo del Agrupamiento Profesional, Nivel C, Profesional en Gestión Territorial de Políticas de Em-pleo y Formación Profesional de la Gerencia de Empleo y Capacitación Laboral La Pampa de la Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo dependiente de la SECRETARIA DE EMPLEO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, conforme lo consignado en el Anexo que forma parte integrante de dicha resolución.

Que por el artículo 31 del Anexo al Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modifi-catorios, se establece que el personal que accediera a un nivel escalafonario superior dentro de su agrupamiento de conformidad con lo dispuesto en el referido artículo, continuará con su carrera a partir del Grado y Tramo equivalente al alcanzado en su nivel anterior, fijando a ese efecto la modalidad para su asignación.

Que por el artículo 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, se establece que en el supuesto del trabajador que por al menos TRES (3) ejercicios presupuestarios se desempeñara como personal no permanente, mediante contratos o designaciones transito-rias vigentes al momento de su inscripción en un proceso de selección, prestando servicios tanto equivalentes equiparados al mismo nivel, como superiores equiparados a un nivel supe-rior, a los del cargo para el que se postula ocupar, el órgano selector podrá recomendar su in-corporación en el Grado escalafonario que resulte de la aplicación de la proporción dispuesta en el inciso a) del referido artículo 31, a razón de UN (1) Grado escalafonario por cada DOS (2) Grados de equiparación reconocidos en dichos contratos o designaciones transitorias, y si se verificara el supuesto respectivo, con más lo resultante de la aplicación de lo dispuesto en el inciso c) del citado artículo.

Que por el Acta N° 42 del 26 de noviembre de 2013, el Comité de Selección N° 5, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 31 y 128 del Anexo al Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, recomienda incorporar al postulante referido en el ANEXO de la presente medida en el Grado del Nivel escalafonario del cargo concursado que allí se determina.

Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inci-so 1 de la CONSTITUCION NACIONAL, del artículo 1° del Decreto N° 491/02, y de los artículos 7° y 10 de la Ley N° 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, al solo efecto de posibilitar la cobertura del cargo vacante financiado cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto, de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 26.895.

Art. 2° — Desígnase a la persona que se menciona en el ANEXO que forma parte integrante del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, y en la Dependencia del MINIS-TERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 75 - MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Carlos A. Tomada.

ANEXO

SECRETARIA DE EMPLEO

Dirección Nacional del Servicio Federal de Empleo

APELLIDO Y NOMBRE

M.I. AGRUPAMIENTO NIVEL TRAMO GRADO CARGOLUGAR DE

PRESTACION DE SERVICIOS

FERNANDEZ, Horacio Mario

12.877.929 Profesional C General 4

Profesional en Gestión Territorial

de Políticas de Empleo

y Formación Profesional

Gerencia de Empleo y

Capacitación Laboral La

Pampa

#F4722630F#

Page 7: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 7#I4724594I#

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2135/2014

Prorrógase designación en la Dirección Nacional de Políticas Regionales.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:0016611/2014 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N°  928 del 17 de julio de 2007, N°  1027 del 26 de junio de 2008, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 829 del 1° de julio de 2009, N° 2204 del 28 de diciembre de 2009, N° 2034 del 20 de diciembre de 2010, N° 673 del 27 de mayo de 2011, N° 108 del 17 de enero de 2012 y N° 253 del 11 de marzo de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por Decreto N° 928/07 se procedió a cubrir transitoriamente UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 (Coordinador), de la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS REGIONALES dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y FOMENTO PROVINCIAL de la SECRE-TARIA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y poste-riormente, por sus similares N°  1027/08, N°  829/09, N°  2204/09, N°  2034/10, N° 673/11, N° 108/12 y N° 253/13, se pro-rrogó la designación en dicho cargo, ope-rando su vencimiento el 8 de mayo de 2013.

Que resulta necesario prorrogar la desig-nación transitoria por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, toda vez que aún no se ha realizado el proceso de selec-ción previsto.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS del citado Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Prorrógase, a partir del 8 de mayo de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a par-tir del dictado del presente Decreto, la desig-nación transitoria de D. Esteban Ariel SUAVE (D.N.I. N° 25.282.306) oportunamente dispuesta por el Decreto N° 928/07 y prorrogada por sus similares N°  1027/08, N°  829/09, N°  2204/09, N° 2034/10, N° 673/11, N° 108/12 y N° 253/13 en UN (1) cargo Nivel C - Grado 0 (Coordina-dor), perteneciente a la Planta Permanente de la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS REGIO-NALES dependiente de la SUBSECRETARIA DE DESARROLLO Y FOMENTO PROVINCIAL de la SECRETARIA DE PROVINCIAS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con autoriza-ción excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II Capítulo III del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido, res-pectivamente, en el Título II, Capítulos III y IV, y en el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homo-

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DI-RECCION GENERAL DE ASUNTOS JURI-DICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artículo 1° del Decreto N° 491/02 y de lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de las Leyes N° 26.784 y N° 26.895.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 25 de septiembre de 2013 y hasta el 1 de octubre de 2013, la designación transitoria del Sr. D. An-drés Omar PANERO (D.N.I. N° 23.413.972), en el cargo de DIRECTOR DE INVESTIGACION ACCI-DENTOLOGICA (Nivel B, Grado 0, F.E. III), aproba-da por el Decreto N° 2845 del 28 de diciembre de 2012, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homolo-gado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III.

Art. 2° — Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 2 de octubre de 2013 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, en la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, en el cargo de DIRECTOR DE INVESTIGACION ACCIDENTOLOGICA (Nivel B, Grado 0, F.E. III) al Sr. D. Carlos Enrique HER-BÓN (D.N.I. N°  20.031.058), con autorización excepcional por no reunir los requisitos míni-mos establecidos en el artículo 14, Título II, Ca-pítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 26.895, autorizándose el correspondien-te pago de la Función Ejecutiva III.

Art. 3° — El cargo mencionado en el artículo 2° deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo esta-blecido, respectivamente, en los Títulos II, Ca-pítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SEC-TORIAL homologado por el Decreto N°  2098 del 3 de diciembre de 2008, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 4° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4724596F#

#I4724595I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2136/2014

Dase por prorrogada designación de la Directora de Recursos Humanos en la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:0101017/2013 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL, Organismo Descentraliza-

do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.895, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 2098 del 3 de diciem-bre de 2008 y N° 1789 del 2 de octubre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N°  1789/12 se desig-nó transitoriamente en Planta Permanente a la Sra. Da. Carla Lorena GIRACCA en el cargo de DIRECTORA DE RECURSOS HU-MANOS (Nivel B, Grado 0, F.E. III) en el ám-bito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que resulta necesario prorrogar la men-cionada designación transitoria hasta el 30 de enero de 2014, en virtud de la renuncia presentada por la nombrada al menciona-do cargo a partir del 31 de enero de 2014.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DI-RECCION GENERAL DE ASUNTOS JURI-DICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL y del artículo 1° del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 1 de julio de 2013, fecha de su vencimiento y hasta el 30 de enero de 2014, la designación transitoria aprobada por el Decreto N° 1789 del 2 de octubre de 2012, en el cargo de DIRECTO-RA DE RECURSOS HUMANOS (Nivel B, Grado 0, F.E. III) a la Sra. Da. Carla Lorena GIRACCA (D.N.I. N° 27.269.510), con autorización excep-cional por no reunir los requisitos mínimos esta-blecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°  2098 del 3 de diciembre de 2008 y autorizándose el corres-pondiente pago de la Función Ejecutiva III.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - O.D. 203 - AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4724595F#

#I4722632I#SECRETARIA GENERAL

Decreto 2127/2014

Dase por prorrogada designación del Di-rector de Estudios Políticos y Monitoreo.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO los Decretos N°  491 del 12 de marzo de 2002, N° 648 del 26 de mayo de 2004, N°  2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 643 del 3 de mayo de 2012, N° 2215 del 14 de noviembre de 2012 y N° 373 del 25 de marzo de 2014, la Resolución S.G. N° 56

logado por el Decreto N° 2098/08 y modifica-torios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 30 - MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

#F4724594F#

#I4724596I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Decreto 2137/2014

Dase por designado el Director de Investi-gación Accidentológica.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:0143220/2013 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL, Organismo Descentraliza-do actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.895, los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 1787 del 5 de noviem-bre de 2008, N°  2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 2845 del 28 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 7° de la mencionada Ley se estableció que las Jurisdicciones y Enti-dades de la Administración Pública Nacio-nal no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de su san-ción, ni los que se produzcan con posterio-ridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en vir-tud de lo dispuesto por el artículo 10 de la citada Ley.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y des-centralizada, en cargos de planta perma-nente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a pro-puesta de la jurisdicción correspondiente.

Que a través del Decreto N°  1787/08 se aprobó la estructura organizativa de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV), Organismo Descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que mediante el Decreto N° 2845/12 se de-signó transitoriamente al Sr. D. Andrés Omar PANERO (D.N.I. N° 23.413.972), en el cargo de DIRECTOR DE INVESTIGACION ACCI-DENTOLOGICA (Nivel B, Grado 0, F.E. III).

Que dicho Organismo solicita la designa-ción transitoria del Sr. D. Carlos Enrique HERBÓN (D.N.I. N° 20.031.058), en el cargo de DIRECTOR DE INVESTIGACION ACCI-DENTOLOGICA (Nivel B, Grado 0, F.E. III), a fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a la mencionada de-pendencia.

Que resulta necesario disponer dicha de-signación con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos estableci-dos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI-NEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08.

Page 8: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 8del 28 de enero de 2005, la Resolución ex S.S.G.P. N°  25 del 4 de mayo de 2005, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Decreto 643/12 se de-signó, con carácter transitorio, al señor Jorge Ariel ROMERO en un cargo Nivel B - Grado 0 como Director de Estudios Po-líticos y Monitoreo de la Dirección General de Acción de Gobierno de la Subsecretaría General de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA de la NACION.

Que por el Decreto N° 373/14 se prorrogó la designación, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, del señor Jorge Ariel ROMERO.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se es-tableció, entre otros aspectos, que toda designación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Públi-ca, centralizada y descentralizada, en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto N° 648/04 y la Resolu-ción S.G. N° 56/05 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspon-dientes aperturas inferiores.

Que por conducto del Decreto N° 2215/12 se modificaron algunos Anexos a los actos administrativos citados en el párrafo pre-cedente.

Que por la Resolución ex S.S.G.P. N° 25/05 se incorporó al nomenclador de Funciones Ejecutivas del organismo citado el cargo de Director de Estudios Políticos y Monitoreo.

Que no habiéndose, aún, efectuado la co-rrespondiente convocatoria al proceso de selección, y siendo que el agente conti-núa prestando servicios, razones opera-tivas hacen necesario prorrogar por un término similar la designación transitoria del funcionario involucrado en el Decreto N°  643/12, que fuera prorrogado por su similar N°  373/14, a quien se lo debe ex-

ceptuar de los requisitos establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el De-creto N° 2098/08.

Que el cargo aludido no constituye asigna-ción de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIO-NAL y lo dispuesto por el artículo 1° del De-creto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada, a partir del 25 de julio de 2014 y por el plazo de CIEN-TO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria dispuesta por el Decreto N° 643/12 y prorrogada en último término por el Decreto N°  373/14, de D. Jorge Ariel ROMERO (D.N.I. N° 28.743.651), en un cargo Nivel B - Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLI-CO (SINEP), aprobado por el Convenio Colec-tivo de Trabajo Sectorial, homologado por De-creto 2098/08, de Director de Estudios Políticos y Monitoreo de la Dirección General de Acción de Gobierno de la Subsecretaría General de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, autorizándose el pago corres-pondiente de la Función Ejecutiva Nivel II y con autorización excepcional por no reunir los re-quisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho decreto.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto de conformidad con los requisitos y siste-mas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRA-BAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 25 de julio de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cum-plimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presu-puesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SE-CRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. —Aníbal F. Randazzo.

#F4722632F#

Que por el Decreto N°  648/04 y la Resolución S.G. N°  56/05 se aprobó la estructura organizativa de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION hasta el primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político y sus correspondientes aperturas inferiores.

Que por Resolución S.G. N° 173/12, se procedió al rediseño de los niveles organizaciona-les inferiores de la jurisdicción, a efectos de lograr una mayor eficiencia y optimización de los recursos existentes en la misma.

Que por la Resolución Conjunta S.G.y.C.A. - S.H. N° 98 y 91 del 27 de abril de 2012 se incorporaron al nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos de Coordinador de Co-municaciones y Sistemas y Coordinador de Control Operativo, ambos dependientes de la Administración General de la Residencia de Olivos.

Que no habiéndose efectuado aún las correspondientes convocatorias al proceso de selección, y siendo que los agentes continúan prestando servicios, razones operati-vas hacen necesario prorrogar por un término similar las designaciones transitorias de los funcionarios involucrados en el Decreto N°  1126/12 prorrogadas por sus similares Nros. 735/13 y 470/14, a quienes se los debe exceptuar de los requisitos a que se re-fiere el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSO-NAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08.

Que los cargos implicados no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Danse por prorrogadas, a partir de la fecha que en cada caso se señala, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias dis-puestas por el Decreto N° 1126/12 y prorrogadas por los Decretos Nros. 735/13 y 470/14, de los funcionarios que se mencionan en el Anexo I que integra el presente decreto, en los cargos y niveles allí consignados, autorizándose el correspondiente pago de las Funciones Ejecutivas que en cada caso se indica, y con autorización excepcional en ambos casos por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homo-logado por Decreto N° 2098/08.

Art. 2° — Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SIS-TEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha que en cada caso se indica.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

APELLIDO Y NOMBRES D.N.I./L.E. L.C. CARGO NIVEL Y

GRADOFUNCION

EJECUTIVA PRORROGA

A PARTIR

GREGORINI, Rubén German 12.766.611

Coordinador de Comunicaciones y Sistemas de la Administración

General de la Residencia Presidencial de Olivos

B-0 III 24/07/14

SIMON, Ernesto Carlos Domingo 14.947.700

Coordinador de Control Operativo de la Administración General de la Residencia Presidencial de Olivos

B-0 III 24/07/14

#F4722633F##I4722633I#

SECRETARIA GENERAL

Decreto 2128/2014

Danse por prorrogadas designaciones.

Bs. As., 13/11/2014

VISTO los Decretos N° 491 del 12 de marzo de 2002, N° 648 del 26 de mayo de 2004, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, N° 1126 del 11 de julio de 2012, N° 735 del 12 de junio de 2013 y N° 470 del 1° de abril de 2014, la Resolución S.G. N° 173 del 5 de marzo de 2012, la Reso-lución Conjunta S.G.y.C.A. - S.H. N° 98 y 91 del 27 de abril de 2012, y lo solicitado por la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1126/12 se designaron, con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a diversos funcionarios de la SECRETARIA GE-NERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por los Decretos Nros. 735/13 y 470/14 se prorrogaron las designaciones, todas con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, de diversos funcionarios de la Jurisdicción citada en el párrafo precedente.

Que mediante el Decreto N° 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación, asignación de funciones, promoción y reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en los términos del artículo 2° del Decreto N° 23 del 23 de diciembre de 2001, en cargos de planta permanente y no permanente, incluyendo en estos últimos al personal transitorio y contratado, cualquiera fuere su modalidad y fuente de financiamiento será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4726778I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decisión Administrativa 985/2014

Danse por aprobadas las contrataciones en la Agencia de Administración de Bienes del Estado.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° 491/2014 del Registro de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, re-glamentada por el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios y 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias y la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, y

Page 9: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 9CONSIDERANDO:

Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la aprobación de los con-tratos suscriptos, ad referéndum del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebra-dos entre el titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS y los agentes nominados en los Anexos I, II y III que forman parte integrante de la presente medida, de acuerdo con las previsiones del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002.

Que según surge del expediente en trato, los antecedentes personales, la capacita-ción y experiencia con la que cuentan los agentes mencionados en el Anexo I, todos ellos de nacionalidad extranjera, así como el agente consignado en el Anexo II, que ha cumplido la edad prevista en la ley previsional para acceder al beneficio de la jubilación, se ajustan estrictamente al perfil de las tareas a desarrollar, por lo que resultaría beneficioso para el organismo antes mencionado contar con la colabora-ción de los mismos.

Que el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley N° 25.164 reglamentada por el Decreto N°  1.421/02, prevé la excepción del cumplimiento del requisito de nacionalidad para el ingreso a la Administración Pública Nacional.

Que asimismo, procede exceptuar del cumplimiento de lo dispuesto por el inciso f), del Anexo del artículo 5°, de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Que por el artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02 se establecieron las pres-cripciones a las que estará sujeta la contratación del personal por tiempo determi-nado, aprobándose mediante la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GES-TION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias, las pautas para la aplicación del mismo.

Que los agentes involucrados en la presente medida se encuentran afectados exclusi-vamente a la realización de actividades de carácter transitorio, de acuerdo con los tér-minos del artículo 9° del Anexo I al decreto mencionado en el considerando anterior.

Que el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 3 del 21 de enero de 2004 y sus modificatorias, establece que para la equiparación de la remuneración con el adi-cional por grado del régimen escalafonario que resulte de aplicación al personal de Planta Permanente de la jurisdicción sólo se considerará la especialidad o expe-riencia laboral acumulada por la persona a contratar derivada de servicios presta-dos en organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal y organismos o entes públicos, incluso los prestados con carácter de “ad honorem”, relacionados exclusiva y directamente con las actividades, funciones, servicios o resultados a obtener mediante su contratación.

Que el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Decre-to N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, establece los requisitos mínimos para el acceso a los distintos niveles escalafonarios.

Que los agentes propuestos no cumplen con los requisitos a que se alude en el con-siderando precedente, no obstante y tal como surge de los antecedentes curricula-res de los mismos, éstos resultan atinentes al objetivo de las funciones asignadas y acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para su realización, por lo que procede aprobar la contratación de los mismos como excepción a lo establecido en el artículo 9°, inciso c), punto II del Anexo l al Decreto N° 1.421/02 y como excep-ción también a lo establecido en el artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, para el caso de los agentes mencionados en el Anexo I de la presente medida y en el artículo 5°, inciso f), del Anexo de la misma Ley, para el caso del agente nominado en el Anexo II de la deci-sión administrativa.

Que los agentes involucrados en el presente acto han dado estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 6° del Decreto N° 601 del 11 de abril de 2002 y su modificatorio, reglamentario del Decreto N° 491 del 12 de marzo de 2002, adjuntando la documentación pertinente.

Que el personal de que se trata ha efectuado una real y efectiva prestación de servi-cios a partir del 1° de noviembre de 2014, por lo que procede aprobar la contratación con efectos a esa fecha.

Que previo a dar trámite a la presente contratación, las áreas competentes de la Jurisdicción han verificado la respectiva disponibilidad de créditos presupuestarios.

Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será imputado a las Partidas correspondientes del Presupuesto vigente de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, ENTIDAD 205 - AGENCIA DE ADMINISTRA-CION DE BIENES DEL ESTADO, de conformidad con la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional N° 26.895.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GES-TION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades emergentes del ar-tículo 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, del capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, del artículo 5° y del último párrafo del artículo 9° del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, reglamentario de la citada Ley y del Decreto N° 577 del 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Dase por exceptuado al personal mencionado en el Anexo I de la presente medida, de nacionalidad extranjera, del requisito de nacionalidad que para el ingreso a la Administración Pública Nacional se establece en el Capítulo II, artículo 4°, inciso a) del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 2° — Dase por exceptuado al agente mencionado en el Anexo II de la presente me-dida, de lo dispuesto por el artículo 5°, inciso f), del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 3° — Danse por aprobados los contratos suscriptos ad referéndum del Señor Jefe de Gabinete de Ministros, celebrados entre el titular de la AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GA-BINETE DE MINISTROS y los agentes nominados en las planillas que como Anexos I, II y III forman parte integrante de la presente decisión administrativa, conforme las condiciones indicadas en las mismas y de acuerdo con las previsiones del artículo 9° del Anexo de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164, su reglamentación dispuesta por el Decreto N° 1.421 del 8 de agosto de 2002 y de la Resolución de la ex SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 48 del 30 de diciembre de 2002 y sus modificatorias.

Art. 4° — Autorízanse las contrataciones que se aprueban en el artículo 3° de la presente medida, como excepción a lo establecido en el inciso c), punto II del artículo 9° del Anexo I al Decreto N°  1.421/02 reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164.

Art. 5° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas vigentes del Presupuesto de la Jurisdicción 25 - JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, ENTIDAD 205 - AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo.

ANEXO I

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

Page 10: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 10ANEXO III

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

AGENCIA DE ADMINISTRACION DE BIENES DEL ESTADO

Page 11: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 11

#F4726778F#

#I4722639I#MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

Decisión Administrativa 980/2014

Apruébanse contrataciones en la Unidad Ministro.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° S05:0557353/2013 del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA, la Ley N° 25.164, el Presupuesto General de la Administración Na-cional para el Ejercicio 2014 aprobado por la Ley N° 26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 601 de fecha 11 de abril de 2002, 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios, la Decisión Adminis-trativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004, sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009, la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramitan las contrataciones de las personas que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, a celebrarse

bajo el régimen del Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional N° 25.164 y su reglamentación, destinadas a la UNIDAD MINISTRO del MINISTE-RIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA con el objeto de fortalecer y complemen-tar su labor, asegurando de tal modo su eficaz desenvolvimiento operativo.

Que los antecedentes curriculares de las personas mencionadas en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, acreditan acabadamente la idoneidad necesaria para la realización de las tareas asignadas y el nivel escalafonario propuesto.

Que los Artículos 7° y 9° del Anexo a la Ley N°  25.164, reglamentada por el Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y la Resolución N° 48 de fecha 30 de diciembre de 2002 de la ex - SUBSECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABI-NETE DE MINISTROS y sus modificatorias, norman respecto de la naturaleza y caracte-rísticas de la relación de empleo del personal que revista en el régimen de contrataciones para la prestación de servicios de carácter no permanente, el que será equiparado en los niveles y grados de la planta permanente.

Que se han cumplimentado, en lo pertinente, las previsiones contenidas en los Artículos 9° y 14 del Anexo I del Decreto N° 1.421/02, asimismo, las pautas para la aplicación del régimen de contrataciones del personal aprobadas por la citada Resolución N° 48/02 y sus modificatorias, y las prescripciones referidas a la asignación de grado contenidas en la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 21 de enero de 2004 y sus modificatorias Nros. 1.151 de fecha 28 de diciembre de 2006 y 52 de fecha 6 de marzo de 2009.

Page 12: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 12Que el Artículo 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios establece que toda contratación encuadrada en las previsiones del Decreto N° 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y su reglamentación será aprobada por el señor Jefe de Gabi-nete de Ministros en aquellos supuestos que correspondan a equiparaciones retributivas a la máxima categoría o nivel escalafonario de referencia.

Que en las contrataciones propiciadas se configura el supuesto previsto en la norma precedentemente citada, por lo que corresponde al suscripto disponer su aprobación.

Que la atención del gasto resultante de las contrataciones alcanzadas por la presente medida se efectuará con los créditos del presupuesto de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida han dado cum-plimiento a los requisitos establecidos en la Circular N° 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la Dirección General de Recursos Humanos dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION TECNICA Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GA-NADERIA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 100, inciso 2 de la CONSTITUCION NACIONAL, y 1° del Decreto N° 577 de fecha 7 de agosto de 2003 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Apruébanse las contrataciones, con relación de empleo público, conforme lo establecido por el Artículo 9° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacio-nal N° 25.164 y su reglamentación, de las personas indicadas en el Anexo que integra la presente medida, destinadas a la UNIDAD MINISTRO del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, conforme al nivel, grado y plazo que en cada caso se consignan, a partir de que se haga efectiva la notificación de la presente medida.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será imputado con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 52 - MINISTERIO DE AGRICUL-TURA, GANADERIA Y PESCA, de conformidad con lo indicado en el Anexo que forma parte inte-grante de la presente medida.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — Jorge M. Capitanich. — Carlos H. Casamiquela.

ANEXO

Modalidad de Contratación: LEY 25.164

Nombre del Proyecto: 0000001202 INDIVIDUALES DE LA UNIDAD MINISTRO

Código de Control: 0000021527

Listado de Contrataciones

Nº Apellido Nombre Tipo y Nº Doc. NyG Desde Hasta Prog. Act. Dedic.

1 POLEDO MARIANO HERNAN DNI 24.914.884 A4

A partir de la notificación del acto que apruebe el contrato

31/12/2014 1 1 100%

2 TRABUCCO ANDREA LAURA DNI 18.255.168 A5

A partir de la notificación del acto que apruebe el contrato

31/12/2014 1 1 100%

3 CALVINO MARIA DE LOS ANGELES DNI 24.699.876 A4

A partir de la notificación del acto que apruebe el contrato

31/12/2014 1 1 100%

Cantidad de Contratos Listados: 3

Imputación Presupuestaria: 1 81 Proyecto: 0 Fuente: 11 Ubic. Geo: 2 Jurisdicción: 52#F4722639F#

#I4722640I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Decisión Administrativa 981/2014

Desestímase recurso.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° S04:00113332/2012 del registro del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de los Decretos Nros. 360 del 14 de marzo de 1995 y 67 del 24 de enero de 1996, el PODER EJECUTIVO NACIO-NAL aprobó sendos regímenes de tasas

por la prestación de servicios a cargo de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, dependiente del ex MINISTERIO DE JUS-TICIA, actual MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que el artículo 59 de la Ley N° 25.237 (Pre-supuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000) ratificó lo dispuesto en los artículos 8°, 9° y 12 del Decreto N° 360/95, como así también has-ta la fecha de promulgación de dicha ley, lo preceptuado en el Decreto N° 67/96.

Que asimismo, la referida norma legal fa-cultó a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS para establecer los valores o escalas a aplicar para la fijación del impor-te de las tasas a percibir por la INSPEC-CION GENERAL DE JUSTICIA, para deter-

minar los procedimientos relacionados con su pago y fijar las sanciones aplicables en caso de incumplimiento.

Que en ejercicio de dicha facultad, fueron dictadas las Decisiones Administrativas Nros. 55 del 18 de mayo de 2000 y 46 del 24 de abril de 2001.

Que la firma CONVEXITY S.A. ha impugna-do por vía indirecta las disposiciones de la Decisión Administrativa N° 46/01, a través del cuestionamiento de la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la boleta de pago de la tasa anual emitida por la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA, correspondiente al período 2011.

Que dicha firma ha invocado la doctrina emergente del pronunciamiento de la COR-TE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION en la Causa S.365.XXXVII, caratulada “Sel-cro S.A. c/ Jefatura de Gabinete de Mos., De-cisión 55/00 (dto. 360/95 y 67/96) s/amparo Ley 16.986”, en vista del cual ha solicitado que se deje sin efecto el requerimiento de pago que instrumenta la aludida boleta.

Que esta impugnación debe ser tramitada como recurso de reconsideración, en el mar-co de las previsiones de los artículos 73 y 75 del “Reglamento de Procedimientos Admi-nistrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”, cuya resolución, según el último de los citados dispositivos, compete a la misma autoridad que dictó el acto de alcance general.

Que la Decisión Administrativa N° 46/01 no ha quebrantado el principio de legalidad tri-butaria, ya que el régimen de tasas allí insti-tuido tiene expreso sustento en una disposi-ción de rango legislativo como es el artículo 59 de la Ley N° 25.237.

Que, asimismo parte de nuestra doctrina ha señalado que el pronunciamiento judicial cuando declara la inconstitucionalidad de una ley no posee alcance general, sino parti-cular siendo de aplicación en aquellos casos en que se haya peticionado judicialmente dicho pronunciamiento (v. Mairal, Héctor A. “Los efectos de la sentencia que acoge la impugnación de un reglamento”, Revista de Derecho Administrativo, Año 1, N° 2, Ed. De-palma, Buenos Aires., págs. 224 y ss.).

Que la jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal de Justicia ha dado la razón a di-cha postura (C.S.J.N., Fallos 306:1125, entre otros), con tal fundamento pues, cabe con-cluir acerca del alcance exclusivamente cir-cunscripto a las partes de la sentencia esti-matoria de la impugnación de un reglamento.

Que sin perjuicio de que el poder adminis-trador no tenga competencia para declarar por sí la inconstitucionalidad de las leyes (C.S.J.N., Fallos 269:243), existen fundamen-tos que avalan la validez constitucional del precepto legal antes aludido.

Que conforme lo ha destacado una calificada corriente doctrinaria (Bidart Campos, Ger-mán J., “Manual de la Constitución Refor-mada”, T° III, Buenos Aires, 1997, págs. 158 y 159), el ordenamiento constitucional emer-gente de la reforma de 1994 admite la coexis-tencia de los “reglamentos delegados”, suje-tos a los estrictos requisitos que contempla el artículo 76 de la Carta Magna, junto a los que la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION denominó “reglamentos de eje-cución sustantivos” (Fallos 316:2624), que no son otros que los que tradicionalmente fue-ron caracterizados como “reglamentos dele-gados en sentido impropio”.

Que esta última clase de reglamentos no está sujeta a las restricciones contempladas por el artículo 76 de la CONSTITUCION NA-CIONAL; su dictado se sustenta en el artículo 99, inciso 2 de la Carta Magna, y sus límites quedaron fijados en la jurisprudencia del Alto Tribunal (Fallos 148:430; 246:345; 304:1898; 311:1617; 315:2530 y 316:2624, entre otros).

Que a la luz de la doctrina desarrollada por la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION, son válidas las disposiciones con rango de ley que habilitan al poder adminis-trador para la determinación de aspectos aún sustantivos, relacionados con la apli-cación concreta de la ley según el juicio de

oportunidad temporal o de conveniencia de contenido que realice la Administración, siempre que la política legislativa esté explí-cita o implícitamente plasmada en la respec-tiva norma legal.

Que la viabilidad constitucional de las habi-litaciones legislativas de esa índole ha sido reconocida incluso en materia tributaria, ad-mitiéndose que la ley encomiende al poder administrador la determinación de distintos aspectos configurativos de la obligación tributaria (C.S.J.N., Fallos 270:42; 306:788; 310:2193 y 315:1820).

Que por las razones expuestas, y aún cuan-do pueda considerarse que la materia tribu-taria se encuentra excluida de la figura de la delegación legislativa contemplada por el ar-tículo 76 de la CONSTITUCION NACIONAL, lo concreto es que la Decisión Administrativa N° 46/01 tiene suficiente sustento como “re-glamento de ejecución sustantivo”, confor-me los lineamientos jurisprudenciales antes enunciados.

Que en ese marco, la habilitación emanada del legislador pudo ser válidamente realizada a favor de esta JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, habida cuenta las facultades que tiene asignadas por el artículo 100, inci-sos 2 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, y considerando asimismo que la llamada “delegación impropia” puede tener por desti-natarios a órganos dependientes del PODER EJECUTIVO NACIONAL (C.S.J.N., Fallos 315:2530).

Que la Decisión Administrativa N° 46/01 es un acto que goza de presunción de legitimi-dad; la cual no llega a ser enervada por el planteo de la entidad reclamante.

Que existe, por otra parte, un claro interés público comprometido en la oportuna per-cepción de tasas que están destinadas a fi-nanciar la prestación de servicios registrales y el cumplimiento de funciones de control a cargo del ESTADO NACIONAL, a través de la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA.

Que, como corolario de lo dicho, el recurso deducido en las actuaciones citadas en el Visto debe ser desestimado.

Que ha tomado intervención el servicio per-manente de asesoramiento jurídico del MI-NISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HU-MANOS.

Que los artículos 75 y 84 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 T.O. 1991”, facultan al que suscribe para el dictado de la presente.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Desestímase el recurso de re-consideración interpuesto indirectamente, a tra-vés del cuestionamiento a la legitimidad del acto de aplicación que instrumenta la respectiva bo-leta de pago de la tasa anual correspondiente al período 2011 emitida por la INSPECCION GENE-RAL DE JUSTICIA, por la firma CONVEXITY S.A. contra la Decisión Administrativa Nº 46 del 24 de abril de 2001.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — Jorge M. Capitanich. — Julio C. Alak.

#F4722640F#

#I4722641I#POLICIA FEDERAL ARGENTINA

Decisión Administrativa 982/2014

Apruébase y Adjudícase Licitación Públi-ca Nacional de Etapa Unica sin Modalidad N° 1/2014.

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° 30.751/2013 del regis-tro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Re-solución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 3 del 15 de enero de 2014, las Resolu-

Page 13: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 13ciones del Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA Nros. 3.150 del 6 de octubre de 2011, 8 del 6 de enero de 2012 y 1.214 del 23 de abril de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto, la POLICIA FEDERAL ARGENTINA tramita la Licitación Pública Nacional, de Etapa Uni-ca sin Modalidad N°  1/2014, sustanciada para la adquisición, instalación y puesta en funcionamiento de UN (1) sistema robótico para asistencia quirúrgica mínimamente in-vasiva, UN (1) kit sellador de vasos y UN (1) kit de fluorescencia, capacitación y tutoría para profesionales médicos, y mantenimien-to preventivo, correctivo e integral de UN (1) sistema robótico para asistencia quirúrgica mínimamente invasiva, UN (1) kit sellador de vasos y UN (1) kit de fluorescencia, para el Servicio QUIROFANO CENTRAL del COM-PLEJO MEDICO “CHURRUCA-VISCA”.

Que mediante Resolución M.S. N° 3/2014 se autorizó el llamado y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que en el acto de apertura de ofertas llevado a cabo el 27 de febrero de 2014 se recibió la propuesta de la firma DELEC CIENTÍFICA ARGENTINA S.A.

Que obra informe técnico efectuado por la División ELECTROMEDICINA conjuntamente con el Departamento MATERNO INFANTIL.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION mediante su Nota N°  1127/2014 S.C. y M.I. de fecha 28 de febrero de 2014, informó que para los ítems N° 2 al N° 4 del Renglón N° 1 no ha sido factible relevar pre-cios de mercado, mientras que para el ítem N° 5 puso en conocimiento que, en virtud de lo establecido en el artículo 3°, inciso a), del Anexo I de la Resolución de la SINDICATU-RA GENERAL DE LA NACION N° 122 del 6 de septiembre de 2010, todo trabajo o servi-cio de la industria se encuentra excluido del Control de Precios Testigo; y brindó Valor de Referencia para el Renglón N° 1, ítem 1, por un monto total de DOLARES ESTADOUNI-DENSES DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CIN-CUENTA Y CUATRO CON TRECE CENTA-VOS (U$D 2.377.854,13).

Que la COMISION EVALUADORA DE OFER-TAS de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, mediante Dictamen N° 814 del 28 de marzo de 2014, luego de analizar la documentación respaldatoria de la oferta presentada por la firma DELEC CIENTÍFICA ARGENTINA S.A., consideró procedente intimar a la misma a subsanar los efectos de los que adolecía su oferta.

Que dicho dictamen fue notificado en forma fehaciente al oferente.

Que la COMISION EVALUADORA DE OFER-TAS, en una nueva intervención, mediante Dictamen N° 1255 del 28 de abril de 2014, estimó que debería iniciarse el procedimien-to formal de mejora de precios a los fines que en el término de CINCO (5) días la empresa DELEC CIENTÍFICA ARGENTINA S.A. mejo-re su cotización respecto del Renglón N° 1 (ítem 1) en tanto dicho monto se encuentra por encima del DIEZ POR CIENTO (10%) del informado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, a los efectos de alinear su oferta con los valores de mercado, en vir-tud de que el valor de referencia para tal ítem es de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON TRECE CENTAVOS (U$D 2.377.854,13) y el cotizado por la firma es de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MI-LLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTE (U$D 2.977.920).

Que dicho dictamen fue notificado fehacien-temente a la firma interesada.

Que la firma DELEC CIENTÍFICA ARGEN-TINA S.A. presentó nota informando que el precio cotizado por dicha empresa para el ítem 1 es correcto y no procede ningún ajuste, dado que para el ítem 1 el valor in-formado por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION no contempla instrumental y ac-

cesorios descartables para la realización de TRESCIENTAS (300) intervenciones quirúrgi-cas e instalación y puesta en funcionamiento del Sistema, mientras que sí está incluido en el valor cotizado por la empresa.

Que, en su última intervención, la COMISION EVALUADORA DE OFERTAS, mediante Dic-tamen N° 1298 del 12 de mayo de 2014, infirió que el precio para el ítem N° 1 es corriente en plaza, al igual que para los ítems N° 2 al N° 4 del Renglón N° 1 y estimó que debería dictarse acto administrativo adjudicando a la firma DELEC CIENTÍFICA ARGENTINA S.A. el Renglón N° 1 (Items 1, 2, 3, 4 y 5) por re-sultar su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado.

Que dicho dictamen fue notificado fehacien-temente al oferente.

Que el gasto que demanda la contratación en cuestión asciende a la suma de PESOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL TRESCIENTOS TREIN-TA Y SIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 29.550.337,28), el cual será afrontado con cargo en las partidas específicas de la Su-perintendencia de Bienestar de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA para el Ejercicio Eco-nómico Financiero correspondiente; en tal sentido, cabe señalar que, según el artículo 21 del Pliego de Bases y Condiciones Parti-culares que rige la presente contratación, fue establecido el PESO como moneda de pago, teniendo en cuenta para dicho importe, el tipo de cambio vendedor del BANCO DE LA NACION ARGENTINA vigente al cierre del día anterior a la fecha del pago, para el DOLAR ESTADOUNIDENSE.

Que la OFICINA NACIONAL DE CONTRA-TACIONES tomó intervención en las pre-sentes actuaciones, emitiendo el Dictamen N° 362 del 23 de septiembre de 2014, en el que señaló que la presente contratación no se encuentra alcanzada por el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacio-nal, siendo correcto su encuadre y sustan-ciación bajo el Régimen General para la Con-tratación de Bienes, Servicios y Prestadores de Servicio Médico-asistenciales y Sociales de la Superintendencia de Bienestar y sus normas modificatorias y complementarias (Resoluciones P.F.A. Nros. 3.150/11, 1.214/12 y 8/12).

Que han tomado la intervención de su com-petencia la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA y la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS JURI-DICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

Que la presente se dicta en uso de las atribu-ciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL y el artículo 35, inciso b) y su Anexo, del Regla-mento de la Ley de Administración Financie-ra y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, aprobado por el Decreto N° 1.344 del 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Apruébase lo actuado por la POLICIA FEDERAL ARGENTINA en la Licitación Pública Nacional de Etapa Unica sin Modalidad N° 1/2014, sustanciada para la adquisición, ins-talación y puesta en funcionamiento de UN (1) sistema robótico para asistencia quirúrgica míni-mamente invasiva, UN (1) kit sellador de vasos y UN (1) kit de fluorescencia, capacitación y tuto-ría para profesionales médicos, y mantenimiento preventivo, correctivo e integral de UN (1) sistema robótico para asistencia quirúrgica mínimamente invasiva, UN (1) kit sellador de vasos y UN (1) kit de fluorescencia, para el Servicio QUIROFANO CENTRAL del COMPLEJO MEDICO “CHURRU-CA-VISCA”.

Art. 2° — Adjudícase a la firma DELEC CIEN-TÍFICA ARGENTINA S.A. el Renglón N° 1 (Items 1, 2, 3, 4 y 5) por la suma total de PESOS VEIN-TINUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUEN-TA MIL TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 29.550.337,28), por resultar su oferta conveniente y ajustarse a lo solicitado.

RESOLUCIONES

#I4725465I#Ministerio del Interior y Transporte

TRANSPORTE DE PASAJEROS

Resolución 1482/2014

Compensaciones tarifarias al transporte público de pasajeros.

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente N° S02:0045842/2014 del registro de este Ministerio, y las Resolucio-nes N° 422 de fecha 21 de septiembre de 2012, N° 962 de fecha 18 de diciembre de 2012, N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013, N°  843 de fecha 13 de agosto de 2013, N° 1609 de fecha 26 de diciembre de 2013, N° 1761 de fecha 30 de diciembre de 2013 y N° 367 de fecha 6 de mayo de 2014 todas de este Ministerio, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 4° del Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002 se estableció el régimen de compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas.

Que por los artículos 1° y 6° del Decreto N°  678 de fecha 30 de mayo de 2006 se estableció el REGIMEN DE COMPENSA-CIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPOR-TE AUTOMOTOR (SISTAU), destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por au-tomotor de carácter urbano y suburbano para las empresas que presten servicios dentro del ámbito geográfico determina-do por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en las unidades administrativas estableci-das por la Resolución N°  168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PU-BLICOS.

Que por el artículo 3° del Decreto N°  98 de fecha 6 de febrero de 2007 se modi-ficó el artículo 2° del Decreto N° 1488 de fecha 26 de octubre de 2004 y sus modifi-catorios, facultando a la SECRETARIA DE TRANSPORTE entonces dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDE-RAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a disponer el uso de la Reserva de Liquidez hasta un SIETE POR CIENTO (7%) que en concepto de Impuesto sobre el Gasoil in-gresen al SISTEMA DE INFRAESTRUCTU-RA DE TRANSPORTE (SIT), a fin de afectar dichos recursos como refuerzo de las com-pensaciones tarifarias a las empresas no incluidas en los artículos 1° y 6° del Decre-to N° 678/06, dando origen de esa manera a la COMPENSACION COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP).

Que a través del artículo 3° de la Resolu-ción N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013 de este Ministerio se aprobó la METO-DOLOGIA DE CALCULO DE COSTOS DE EXPLOTACION DEL TRANSPORTE URBA-NO Y SUBURBANO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE JURISDICCION NACIO-NAL DE LA REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que la dinámica de aplicación de la me-todología aprobada por la Resolución N° 37/13 de este Ministerio prevé modifica-ciones cada vez que se produzcan varia-ciones y/o desequilibrios en los costos y/o ingresos del sector por valores superiores al SEIS POR CIENTO (6%).

Que con fechas 16 de junio de 2014 y 10 de junio de 2014, la UNION TRANVIARIOS AUTOMOTOR (UTA) suscribió con las en-tidades representativas de las empresas

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to de la presente medida será afrontado con las partidas específicas de la SUPERINTENDENCIA DE BIENESTAR de la POLICIA FEDERAL ARGEN-TINA, correspondiente al Ejercicio Económico Fi-nanciero 2014.

Art. 4° — Delégase la firma de la respectiva Orden de Compra en el Jefe del Departamento Económico Financiero de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Jorge M. Capitanich. — María C. Rodríguez.

#F4722641F#

#I4724571I#PRESUPUESTO

Decisión Administrativa 986/2014

Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente N°  S02:0096405/2014 del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL, dependiente del MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Ad-ministración Nacional para el Ejercicio 2014, y la Decisión Administrativa N° 1 de fecha 03 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario incrementar el Presu-puesto vigente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descen-tralizado actuante en el ámbito del MINISTE-RIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a los efectos de afrontar los gastos con el fin de reducir la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordina-ción, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, en el marco de los preceptos establecidos por la Ley Nacional N° 26.363, donde se incluye la creación de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como he-rramienta principal para lograr el ambicioso objetivo de la disminución del cincuenta por ciento (50%) de los accidentes de tránsito en los próximos cinco (5) años.

Que, asimismo, se ha aprobado la estructura funcional mediante el Decreto N°  1.787, de fecha 5 de noviembre de 2008, habiéndose comenzado la implementación de las accio-nes estratégicas de la Agencia.

Que han tomado la intervención de su Competencia la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DI-RECCION GENERAL DE ASUNTOS JURI-DICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9° de la Ley N° 26.895 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Modifícase el Presupuesto Ge-neral de la Administración Nacional para el Ejer-cicio 2014, de acuerdo al detalle obrante en las Planillas Anexas que forman parte integrante del presente artículo.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Aníbal F. Randazzo. — Axel Kicillof.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

#F4724571F#

Page 14: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 14prestatarias de los servicios urbanos y su-burbanos de transporte automotor de pa-sajeros en la REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES y del interior del país, respectivamente; actas que modifican los niveles salariales con retroactividad al mes de enero de 2014.

Que la Resolución N° 579 de fecha 24 de junio de 2014 de este Ministerio y la Reso-lución N° 196 de fecha 30 de junio de 2014 de la AGENCIA PROVINCIAL DE TRANS-PORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, fijaron los nuevos valores tarifarios, a partir de julio de 2014, para el transporte automotor de pasajeros de carácter urbano y suburbano para las empresas que pres-ten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031.

Que es política del ESTADO NACIONAL la compensación por asignación específica de la diferencia tarifaria aplicable respec-to de los usos en el sistema de transporte público automotor de pasajeros, que sur-ja de la información del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y según la categoría de tarifas y/o tipo de servicio de los prestadores de los servicios de transporte de pasajeros urbanos y su-burbanos de la REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES correspondientes a la Jurisdicción Nacional, Provincial y Munici-pal, para viajes efectuados por los usuarios comprendidos en los grupos de afinidad o con los atributos sociales establecidos por el artículo 5° de la Resolución N° 975 de fecha 19 de diciembre de 2012 de este Ministerio, calculado sobre la base de la diferencia tarifaria establecida por las Re-soluciones N° 1609 de fecha 26 de diciem-bre de 2013 y N°  579/14, ambas de este Ministerio, respecto de las vigentes abona-das con el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) por el público en general, para cada viaje.

Que los prestadores de la REGION ME-TROPOLITANA DE BUENOS AIRES que efectúan recorridos de más de DOCE (12) kilómetros, por la característica intrínseca del servicio que prestan y el cuadro tarifa-rio vigente, tienen una relación tarifa/kiló-metro recorrido, significativamente inferior al promedio del resto del sistema.

Que la Resolución N°  1761 de fecha 30 de diciembre de 2013 de este Ministerio incorporó a la Resolución N° 23 de fecha 23 de julio de 2003 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE y a la Resolución N° 337 de fecha 21 de mayo de 2004 de la SECRETA-RIA DE TRANSPORTE, como requisito para acceder y mantener a los beneficios esta-blecidos en ambas resoluciones, cumplir con las obligaciones de pago de las cuotas asociativas y demás contribuciones previs-tas estatutariamente de la ASOCIACION CIVIL DEL TRANSPORTE —ACTRANS—, para aquellas empresas alcanzadas por el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELEC-TRONICO (S.U.B.E.), estableciendo como sanciones, en el caso de que se verifique la falta de cumplimiento, la suspensión de la percepción de los beneficios, y también la pérdida de los mismos, en el caso de que el incumplimiento persista en el tiempo.

Que en virtud del tiempo transcurrido y la experiencia recogida, se considera nece-sario dejar sin efecto el inciso f) del artículo 3° de la Resolución N° 23/03 de la SECRE-TARIA incorporado por el artículo 12 de la Resolución N° 1761/13 de este Ministerio, así como también la modificación del régi-men sancionatorio para los regímenes de compensaciones tarifarias, establecido en los incisos c) y d) del artículo 14 de la nor-ma mencionada en último término.

Que el artículo 1° de la Resolución N° 653 de fecha 1° de noviembre de 2012 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE estable-ció el procedimiento para el tratamiento de la información provista por la ADMI-NISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, organismo autárquico en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, para verificar el cumplimiento dado por las empresas be-neficiarias a los requisitos establecidos en el inciso e) del artículo 3° de la Resolución

N° 23/03 y en el inciso h) del artículo 2° de la Resolución N° 337/04, ambas de la SE-CRETARIA DE TRANSPORTE, y el artícu-lo 2° indicó que a los fines de establecer el cumplimiento de las obligaciones de la seguridad social, conforme lo establecido en el mencionado artículo 1°, se deberá tener como registrada la presentación de la declaración jurada correspondiente al Formulario AFIP 931, considerándose a los fines del cumplimiento del requisito que no tenga una deuda total por capital más intereses superior a los montos que allí se establecen.

Que en virtud del tiempo transcurrido, co-rresponde modificar los montos indicados en el artículo 2° de la resolución citada pre-cedentemente, actualizando los mismos.

Que los fondos necesarios para transferir las compensaciones tarifarias requeridas tienen su origen en fondos provenientes del impuesto sobre la transferencia a título oneroso o gratuito, o importación, de gas oil o cualquier otro combustible líquido que lo sustituya en el futuro, creado por la Ley N° 26.028, con las modificaciones introdu-cidas por las Leyes Nros. 26.325 y 26.454, tanto para el SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) como para la COMPENSACION COMPLE-MENTARIA PROVINCIAL (CCP) y, comple-mentariamente, en fondos provenientes del TESORO NACIONAL para el REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTA-RIAS (R.C.C.) y la COMPENSACION COM-PLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP).

Que para la liquidación y pago de las Com-pensaciones Tarifarias, se considerará la estacionalidad propia del servicio.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUN-TOS JURIDICOS de este Ministerio ha to-mado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 1488 de fecha 26 de octubre de 2004, N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006, N° 98 de fecha 6 de febrero de 2007 y N° 874 de fecha 6 de junio de 2012.

Por ello,

EL MINISTRODEL INTERIOR Y TRANSPORTERESUELVE:

Artículo 1° — Apruébanse los cálculos de los COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES que como ANEXO I, integrado por DIECIOCHO (18) fojas, ANEXO II, integrado por DIECIOCHO (18) fojas; ANEXO III, integrado por DIECIOCHO (18) fojas; y ANEXO IV, integrado por DIECIOCHO (18) fojas; forman parte integrante de la presen-te resolución, correspondientes a los meses de mayo, junio, julio de 2014 y enero de 2015, res-pectivamente.

Art. 2° — Apruébanse los cálculos de los COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SER-VICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS UR-BANOS Y SUBURBANOS DE LA REGION ME-TROPOLITANA DE BUENOS AIRES que como ANEXO V, integrado por UNA (1) foja; ANEXO VI, integrado por NUEVE (9) fojas; y ANEXO VII, in-tegrado por UNA (1) foja; forman parte integran-te de la presente resolución, y se corresponden con reconocimientos adicionales específicos a los meses de junio de 2014; julio y noviembre de 2014; y al período agosto a octubre de 2014, respectivamente.

Art. 3° — Establécense los montos de las compensaciones tarifarias a distribuir entre los prestadores de los servicios de transporte de pasajeros urbanos y suburbanos previstos en los artículos 1° y 6° del Decreto N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006, resultantes de los cálcu-los aprobados por los artículos 1° y 2° de la presente resolución, de acuerdo al ANEXO VIII, integrado por UNA (1) foja, el cual forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 4° — A efectos de su liquidación y pago, las compensaciones establecidas en el artículo 3° de la presente resolución serán ajustadas, con el objetivo de estabilizar el nivel de ingresos

de los prestadores de los servicios de transpor-te, por un Factor de Estacionalidad mensual conforme el artículo 3° de la Resolución N° 367 de fecha 6 de mayo de 2014 de este Ministerio.

Art. 5° — Establécense los montos de las compensaciones tarifarias a distribuir entre los beneficiarios de la COMPENSACION COMPLE-MENTARIA PROVINCIAL (CCP), a las que se re-fiere el artículo 2° del Decreto N° 1488 de fecha 26 de octubre de 2004 y sus modificatorios, de acuerdo al ANEXO IX, integrado por UNA (1) foja, el cual forma parte integrante de la presen-te resolución.

Art. 6° — Los importes que se determinan en los artículos 3° y 5° de la presente resolución serán abonados con recursos del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), el REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) y de la COMPEN-SACION COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP), según corresponda, de acuerdo a los ingresos provenientes del impuesto creado por la Ley N° 26.028, con sus modificaciones, que son afectados al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y a la COMPENSACION COMPLEMENTARIA PRO-VINCIAL (CCP) y complementariamente con fondos provenientes del TESORO NACIONAL.

Art. 7° — Sustitúyese el artículo 8° de la Re-solución N°  962 de fecha 18 de diciembre de 2012 sustituido por el artículo 7° de la Resolu-ción N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013, por el artículo 4° de la Resolución N° 843 de fecha 13 de agosto de 2013 y por el artículo 7° de la Resolución N° 367/14, todas ellas de este Minis-terio, por el siguiente:

“ARTICULO 8°.- Establécese que las com-pensaciones que corresponda abonar según lo previsto en los artículos 1° y 6° del Decre-to N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006 serán asignadas conforme a los porcentajes estatui-dos a los diferentes parámetros básicos que resultan representativos de la incidencia de los rubros involucrados, conforme la Resolución N° 37/13 de este Ministerio, que se establecen a continuación:

a) Por Unidades Computables, según lo es-tablecido en el inciso a) del artículo 7° de la Resolución N° 422 de fecha 21 de septiembre de 2012 de este Ministerio: DIECIOCHO POR CIENTO (18%) desde el mes de mayo de 2014.

b) Por Cupo de Gasoil asignado según kiló-metros, y de acuerdo a lo establecido en el inci-so b) del artículo 7° de la Resolución N° 422/12 de este Ministerio: TRECE POR CIENTO (13%), desde el mes de mayo de 2014.

c) Por Agentes Computables, según lo esta-blecido en el inciso c) del artículo 7° de la Re-solución N° 422/12 de este Ministerio: TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), desde el mes de mayo de 2014.

d) Por Agentes Excedentes, según lo esta-blecido en el primer párrafo del artículo 2° de la Resolución N°  962/12 de este Ministerio, sustituido por el artículo 6° de la Resolución N° 1761/13 de este Ministerio, prorrogado por el artículo 6° de la presente resolución: UNO POR CIENTO (1%) desde el mes de mayo de 2014. En ningún caso la asignación por agen-te excedente podrá superar la suma de PESOS DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 16.452,39).

e) Por Demanda (Compensación de pasajes con Atributo Social, según lo establecido en el inciso a) del artículo 7° bis de la Resolución N°  422/12 de este Ministerio; Compensación de viajes de más de DOCE (12) kilómetros que se abonen con la tarjeta del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), según lo establecido en el inciso b) del artículo 7° bis de la Resolución N° 422/12 de este Ministerio; y Compensación Global de Tarifas por Usos, se-gún lo establecido en el inciso c) del artículo 7° bis de la Resolución N° 422/12 de este Ministe-rio, hasta un máximo del TREINTA Y TRES POR CIENTO (33%) desde el mes de mayo de 2014.

Si los importes de las compensaciones que se liquiden según el inciso e) precedente fueran menores al porcentaje máximo previsto para el mismo, los importes excedentes no liquidados serán asignados según el parámetro Agentes

Computables previsto en el inciso c) del pre-sente artículo”.

Art. 8° — Sustitúyese el artículo 7° bis de la Resolución N°  422/12, incorporado por el ar-tículo 1° de la Resolución N° 962/12, sustituido por los artículos 1° de las Resoluciones Nros. 37/13 y 843/13, modificado por el artículo 9° de la Resolución N° 1761/13 y sustituido por el ar-tículo 9° de la Resolución N° 367/14 todas de este Ministerio, por el siguiente:

“ARTICULO 7° bis.- Establécese una com-pensación por asignación específica (Deman-da), para su aplicación a partir de las liquidacio-nes del mes de mayo de 2014, representativa de la diferencia tarifaria aplicable respecto de los usos en el sistema de transporte público auto-motor de pasajeros, que surja de la información del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRO-NICO (S.U.B.E.) y según la categoría de tarifas establecidas para la Jurisdicción Nacional y/o Provincial, y tipo de servicio de los prestadores de los servicios de transporte de pasajeros ur-banos y suburbanos de la REGION METROPO-LITANA DE BUENOS AIRES correspondientes a la Jurisdicción Nacional, Provincial y Municipal, conforme el siguiente detalle:

a) Complemento tarifario aplicable a los via-jes efectuados por los usuarios comprendidos en los grupos de afinidad o con los atributos sociales establecidos por el artículo 5° de la Re-solución N° 975/12 de este Ministerio, calculado sobre la base de la diferencia tarifaria respec-to de las vigentes abonadas con el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) por el público en general para cada viaje, de acuerdo a las Resoluciones N° 1609/13 de este Ministerio y N°  1/13 de la AGENCIA PROVIN-CIAL DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, según el caso; y establecidas en el artículo 3° de la mencionada Resolución N° 1609/13 de este Ministerio, para los meses de mayo, junio y julio de 2014.

Dicho complemento será calculado sobre la base de la diferencia tarifaria respecto de las vigentes abonadas con SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) por el pú-blico en general para cada viaje, de acuerdo a las Resoluciones N° 579/14 de este Ministerio y N°  196/14 de la AGENCIA PROVINCIAL DE TRANSPORTE DE LA PROVINCIA DE BUE-NOS AIRES, según el caso; y las establecidas en el artículo 3° de la mencionada Resolución N° 579/14 de este Ministerio, a partir del mes de agosto de 2014.

b) Complemento tarifario aplicable a los via-jes de más de DOCE (12) kilómetros que se abonen con la tarjeta del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), conforme lo siguiente:

1) Para los servicios de Jurisdicción Nacio-nal del Agrupamiento Tarifario SUBURBANO GRUPO II, y para los Servicios Interurbanos de Media Distancia aledaños a la CIUDAD AU-TONOMA DE BUENOS AIRES de Jurisdicción Provincial —ambos considerando Servicios Comunes— será equivalente a un VEINTITRES POR CIENTO (23%) del valor de cada viaje, in-cluido el complemento definido por el inciso a) del presente artículo para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y a un TREINTA Y UN POR CIENTO (31%) del valor de cada viaje, incluidos los complementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

2) Para los servicios de Jurisdicción Nacional del Agrupamiento Tarifario SUBURBANO GRU-PO II —Servicios Expresos por Autopista—, será equivalente a un CINCO Y MEDIO POR CIENTO (5,5%) del valor de cada viaje, inclui-do el complemento definido por el inciso a) del presente artículo para los meses de mayo, junio y julio 2014; y a un TREINTA Y UN POR CIEN-TO (31%) del valor de cada viaje, incluidos los complementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

3) Para los Servicios Comunes de Jurisdic-ción Nacional de los Agrupamientos Tarifarios DISTRITO FEDERAL y SUBURBANO GRUPO I, será equivalente a la diferencia entre la tarifa del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) de cada sección y:

i. Para los pasajes de entre DOCE (12) y VEIN-TISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS CIN-

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Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 15CO CON SETENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 5,76) para los meses de mayo, junio, y julio de 2014; y la tarifa de PESOS OCHO CON CUARENTA CENTAVOS ($  8,40) incluidos los complemen-tos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

ii. Para los pasajes de más de VEINTISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS NUEVE CON SESENTA CENTAVOS ($ 9,60) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tarifa de PE-SOS CATORCE CON UN CENTAVO ($  14,01) incluidos los complementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

4) Para los Servicios Expresos de Jurisdic-ción Nacional de los Agrupamientos Tarifarios DISTRITO FEDERAL y SUBURBANO GRUPO I, será equivalente a la diferencia entre la tarifa del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) de cada sección y:

i. Para los pasajes de entre DOCE (12) y VEIN-TISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS SIETE CON VEINTE CENTAVOS ($  7,20) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tarifa de PESOS DIEZ CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 10,51) incluidos los complemen-tos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

ii. Para los pasajes de más de VEINTISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS DOCE ($ 12) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tarifa de PESOS DIECISIETE CON CINCUEN-TA Y UN CENTAVOS ($ 17,51) incluidos los com-plementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

5) Para los Servicios Expresos por Autopista de Jurisdicción Nacional de los Agrupamientos Tarifarios DISTRITO FEDERAL y SUBURBANO GRUPO I, será equivalente a la diferencia en-tre la tarifa del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) de cada sección y:

i. Para los pasajes de entre DOCE (12) y VEIN-TISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS OCHO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($  8,64) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tarifa de PESOS DOCE CON SE-SENTA Y UN CENTAVOS ($ 12,61) incluidos los complementos definidos por los literales a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

ii. Para los pasajes de más de VEINTISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS CATORCE CON CUARENTA CENTAVOS ($ 14,40) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tari-fa de PESOS VEINTIUNO CON UN CENTAVO ($ 21,01) incluidos los complementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

6) Para los servicios del Agrupamiento Tarifa-rio de Jurisdicción Provincial, será equivalente a la diferencia entre la tarifa del SISTEMA UNI-CO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) de cada sección y:

i. Para los pasajes de entre DOCE (12) y VEIN-TISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS CIN-CO CON SESENTA Y UN CENTAVOS ($  5,61) para los meses de mayo, junio, y julio de 2014; y la tarifa de PESOS SIETE CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($  7,78) incluidos los com-plementos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

ii. Para los pasajes de más de VEINTISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS NUEVE CON TREINTA Y SEIS CENTAVOS ($  9,36) para los meses de mayo, junio, y julio de 2014; y la ta-rifa de PESOS DOCE CON NOVENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 12,96) incluidos los complemen-tos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

7) Para los servicios del Agrupamiento Tarifa-rio de Jurisdicción Municipal, será equivalente a la diferencia entre la tarifa del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) de cada sección y:

i. Para los pasajes de entre DOCE (12) y VEIN-TISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS CINCO CON DOCE CENTAVOS ($ 5,12) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tari-fa de PESOS SEIS CON CUARENTA Y SIETE

CENTAVOS ($ 6,47) incluidos los complementos definidos por los incisos a) y c) del presente ar-tículo a partir del mes de agosto de 2014.

ii. Para los pasajes de más de VEINTISIETE (27) kilómetros, la tarifa de PESOS OCHO CON CINCUENTA Y TRES CENTAVOS ($ 8,53) para los meses de mayo, junio y julio de 2014; y la tarifa de PESOS DIEZ CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 10,78) incluidos los complemen-tos definidos por los incisos a) y c) del presente artículo a partir del mes de agosto de 2014.

c) Complemento tarifario global aplicable a todos los viajes que se abonen con la tarjeta del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), conforme lo siguiente:

1) Para los servicios de Jurisdicción Nacio-nal de los Agrupamientos Tarifarios DISTRITO FEDERAL y SUBURBANO GRUPO II será equi-valente a un VEINTISIETE POR CIENTO (27%) del valor de cada viaje, para el mes de mayo de 2014; a un VEINTIOCHO POR CIENTO (28%) del valor de cada viaje, para los meses de junio y ju-lio de 2014; y a un VEINTINUEVE POR CIENTO (29%) del valor de cada viaje, a partir del mes de agosto de 2014.

2) Para los servicios de Jurisdicción Nacional del Agrupamiento Tarifario SUBURBANO GRU-PO I será equivalente a un VEINTISEIS POR CIENTO (26%) del valor de cada viaje, para el mes de mayo de 2014; a un VEINTISIETE POR CIENTO (27%) del valor de cada viaje, para los meses de junio y julio de 2014; y a un VEINTI-NUEVE POR CIENTO (29%) del valor de cada viaje, a partir del mes de agosto de 2014.

3) Para los servicios de los Agrupamientos Tarifarios de Jurisdicción Provincial y Municipal será equivalente a un VEINTICINCO POR CIEN-TO (25%) del valor de cada viaje, para el mes de mayo de 2014; a un VEINTISEIS POR CIENTO (26%) del valor de cada viaje, para los meses de junio y julio de 2014; y a un VEINTINUEVE POR CIENTO (29%) del valor de cada viaje, a partir del mes de agosto de 2014.

La liquidación correspondiente a los incisos a), b) y c) de la presente resolución del mes de julio de 2014 se efectuará en base a los usos y tarifas vigentes en junio de 2014. A partir de la liquidación de agosto de 2014, se tomarán los usos en el transporte del mes de julio de 2014 y siguientes.

Para los servicios provinciales o municipales se aplicará siempre que se hayan compatibili-zado los criterios de seccionamiento y las tari-fas aplicables.

Art. 9° — Sustitúyese con efecto a partir de la publicación de la presente resolución, el ar-tículo 14 de la Resolución N°  1761/13 de este Ministerio por el siguiente:

“Establécese el procedimiento para el tra-tamiento de la información provista por la ASOCIACION CIVIL DEL TRANSPORTE —ACTRANS—, que permitirá la verificación del cumplimiento dado por las empresas benefi-ciarias del requisito establecido en el inciso i) del artículo 2° de la Resolución N° 337 de fe-cha 21 de mayo de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE con relación a los regímenes de compensaciones tarifarias, que se describe a continuación:

a) En el caso de empresas de jurisdicción na-cional, provincial o municipal alcanzadas por el SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.), la ASOCIACION CIVIL DEL TRANS-PORTE —ACTRANS—, remitirá a la SECRETA-RIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL IN-TERIOR Y TRANSPORTE y a la COMISION NA-CIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ám-bito de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, antes del día VEINTE (20) de cada mes, la in-formación referente al cumplimiento de la con-dición establecida en el inciso i) del artículo 2° de la Resolución N° 337 de fecha 21 de mayo de 2004 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE con relación a los regímenes de compensacio-nes tarifarias.

b) La SECRETARIA DE TRANSPORTE pro-cesará para cada período de liquidación la información suministrada en el segundo mes anterior por la ASOCIACION CIVIL DEL TRANS-PORTE —ACTRANS—.

c) En caso que se verifique la falta de cum-plimiento de las obligaciones de pago de las cuotas asociativas y demás contribuciones previstas estatutariamente de la ASOCIACION CIVIL DEL TRANSPORTE —ACTRANS— con-forme lo previsto en el inciso precedente, se procederá a retener del pago de las acreen-cias por el período correspondiente, el mon-to del parámetro “APORTE A ACTRANS ($/vehículo-año)” establecido en el Anexo 5 del cálculo de los COSTOS E INGRESOS MEDIOS DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PA-SAJEROS URBANOS Y SUBURBANOS DE LA REGION METROPOLITANA DE BUENOS AI-RES, vigente para cada período, multiplicado por la cantidad de vehículos informados por la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE (C.N.R.T.) en el archivo que re-mite mensualmente.

d) La retención indicada en el inciso anterior se mantendrá hasta tanto la empresa realice el descargo correspondiente, demostrando cum-plir con las obligaciones de pago de las cuotas asociativas y demás contribuciones previstas estatutariamente, de la ASOCIACION CIVIL DEL TRANSPORTE —ACTRANS—”.

Art. 10. — Déjase sin efecto, el inciso f) del artículo 3° de la Resolución N° 23/03 de la SE-CRETARIA DE TRANSPORTE, incorporado por el artículo 12 de la Resolución N°  1761/13 de este Ministerio.

Art. 11. — Sustitúyese, con efecto a partir de las compensaciones tarifarias del mes de agos-to de 2014, los incisos a) y b) del artículo 2° de la Resolución N° 653/12 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE, por los siguientes:

“a) Para personas físicas: una suma de PE-SOS QUINIENTOS ($ 500).

b) Para personas jurídicas: una suma de PE-SOS CINCO MIL ($ 5.000)”.

Art. 12. — Notifíquese la presente medida a la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, organismo descentrali-zado actuante en el ámbito de la SECRETA-RIA DE TRANSPORTE de este Ministerio, a NACION SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA y a las Entidades Representativas del Trans-porte Automotor de Pasajeros, para su co-nocimiento.

Art. 13. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Aníbal F. Randazzo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se podrán consultar en la Oficina de Fondos Fiduciarios de la Secretaria de Transpor-te sita en Hipólito Yrigoyen 250, Piso 12, Oficina 1215, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

#F4725465F#

#I4724578I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 566/2013.

Bs. As., 12/11/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Pre-sidenta, comunicándole que esta H. Cámara ha aprobado, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIONRESUELVE

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 566 de fecha 21 de mayo de 2013.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4724578F#

#I4724579I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 606/2014.

Bs. As., 12/11/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Pre-sidenta, comunicándole que esta H. Cámara ha aprobado, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOSDE LA NACIONRESUELVE:

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 606 de fecha 28 de abril de 2014.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4724579F#

#I4724580I#Honorable Cámara de Diputados de la Nación

CONGRESO DE LA NACION

Resolución S/N

Declárase la validez del Decreto Nº 1.170/2013.

Bs. As., 12/11/2014

Señora Presidenta de la Nación.

Tengo el honor de dirigirme a la señora Pre-sidenta, comunicándole que esta H. Cámara ha aprobado, en sesión de la fecha, la siguiente resolución.

LA CAMARA DE DIPUTADOSDE LA NACIONRESUELVE:

Artículo 1° — Declarar la validez del decreto 1.170 de fecha 15 de agosto de 2013.

Art. 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

Dios guarde a la señora Presidenta.

JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese.#F4724580F#

#I4726890I#Administración Nacional de la Seguridad SocialySuperintendencia de Seguros de la Nación

BENEFICIARIOS PREVISIONALES

Resolución Conjunta 628/2014 y 38.766/2014

Apruébase transferencia de Rentas Vitali-cias Previsionales.

Bs. As., 20/11/2014

VISTO el Expediente N°  024-99-81577849-5-792 del Registro de esta ADMINIS-TRACION NACIONAL DE LA SEGURI-DAD SOCIAL (ANSES), el Expediente N° 62.658 de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (SSN), las Le-yes N° 20.091 y N° 24.241, la Resolución SSN N° 38.488 del 21 de Julio de 2014 y la Resolución SSN N°  38.557 del 25 de agosto de 2014, y

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Viernes 21 de noviembre de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 16CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO, tramita un proyecto de resolución conjunta mediante el cual se establecen los meca-nismos necesarios para procurar la puesta al pago de las Rentas Vitalicias Previsio-nales que liquidaba PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. (e.l.), en el mar-co de las previsiones de la Ley N° 24.241, enumeradas en el Capítulo 12 “Garantías del Estado”, puntualmente en el inciso c) del artículo 124.

Que en cumplimiento de las disposiciones de las Leyes N° 20.091 y N° 24.241, la SU-PERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION (SSN) detectó respecto de PRO-FUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. un déficit de estado de cobertura, e inversiones cuya capacidad de realización no permitían atender las obligaciones a corto plazo.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SE-GUROS DE LA NACION por Resolución N°  38.488 de fecha 21 de Julio de 2014, dispuso prohibir a PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. celebrar nue-vos contratos y realizar actos de disposi-ción respecto de sus inversiones a cuyo efecto se dispuso la inhibición general de bienes.

Que por Asamblea General Extraordinaria celebrada el 16 de Julio de 2014, la entidad aseguradora consideró y resolvió su diso-lución voluntaria en los términos del artícu-lo 50 de la Ley N° 20.091.

Que por Proveído N° 119.275 del 23 de Ju-lio de 2014 se comunicó a la entidad que debía iniciar el procedimiento de licita-ción pública de cesión total de la cartera en los términos del artículo 179 de la Ley N° 24.241 y de conformidad y bajo los ex-tremos establecidos en el dictamen jurídi-co de fecha 22 de Julio de 2014.

Que mediante Trámite N° 19.929 del 28 de Julio de 2014 la aseguradora adjuntó mo-delo de aviso para ser publicado en el Bo-letín Oficial.

Que por el Proveído SSN N°  119.293 del 30 de Julio de 2014, se autorizó en los tér-minos de lo informado por la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SUPERINTENDEN-CIA DE SEGUROS DE LA NACION en su dictamen de fecha 29 de Julio de 2014 y de conformidad a lo establecido en el artículo 179 de la Ley N° 24.241, el texto propuesto por medio del Trámite antes referido. Asi-mismo se la intimó a acompañar los textos de las publicaciones realizadas informando la fecha fijada para la presentación de las ofertas y su acto de apertura.

Que por Nota GJ 626867, la Gerencia de Asuntos Jurídicos requirió a la Gerencia de Inspección de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION que informe, por tipo de prestación, el detalle de los be-neficiarios de la aseguradora.

Que la Resolución SSN N°  38.557 de fe-cha 25 de agosto de 2014 dispuso declarar desierto y finalizado el procedimiento de licitación de cartera previsto por el artículo 179 de la Ley N° 24.241; revocar la autoriza-ción para operar otorgada por Resolución SSN N° 19.904 de fecha 15 de noviembre de 1988 a PROFUTURO CIA. DE SEGU-ROS DE RETIRO S.A. (e.I.), CUIT N°  30-62964847-6, con domicilio en Avenida Corrientes 311, Piso 11 CABA, en los tér-minos del artículo 51 de la Ley N° 20.091; ratificar las medidas cautelares impuestas por la Resolución SSN N°  38.488; comu-nicar la revocación a la Inspección Gene-ral de Justicia (IGJ); hacer saber a los Or-ganos de Administración y Fiscalización que la revocación de la autorización para operar implica la liquidación forzosa de la aseguradora en los términos del artículo 51 de la Ley N° 20.091; designar, para la ins-tancia procesal oportuna, a los delegados liquidadores; y comunicar dicho acto a la

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) de conformidad a lo dis-puesto en el inciso c) del artículo 124 de la Ley N° 24.241, a los fines de que asuma la intervención de su competencia.

Que la Resolución SSN N° 38.557 ha sido expresamente consentida por la asegura-dora a través de la Nota SSN N° 23.049 de fecha 27 de agosto de 2014.

Que la Ley N° 24.241 prevé, en el Capí-tulo 12 “Garantías del Estado”, puntual-mente en el inciso c) del artículo 124, que en caso que por declaración de quiebra o liquidación por insolvencia, las compa-ñías de seguros de retiro no dieren cum-plimiento a las obligaciones emanadas de los contratos celebrados con los afi-liados en las condiciones establecidas por esta ley, el pago de las jubilaciones, retiros por invalidez y pensiones por fa-llecimiento de los beneficiarios que hu-bieren optado por la modalidad de renta vitalicia previsional, será garantizado por el Estado y el monto máximo men-sual a garantizar será igual al importe de cinco veces el equivalente a la máxima prestación básica universal.

Que la SUPERINTENDENCIA DE SEGU-ROS DE LA NACION en virtud de lo actua-do en el expediente N° 62.658, verificó que el último pago de las rentas a los beneficia-rios de la compañía PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. (e.l.), corres-pondió al mensual de julio de 2014.

Que en virtud de lo expuesto en el párrafo anterior, la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL pudo dar con-tinuidad al pago a partir del mes de agosto de 2014 de las rentas vitalicias previsiona-les en aquellos beneficios con componente estatal, atento contar con la información necesaria para tal fin.

Que por el contrario, aquellos beneficios sin componente estatal, es decir, que sólo percibían la renta vitalicia previsional en atención a la falta de cumplimiento de la compañía PROFUTURO CIA. DE SEGU-ROS DE RETIRO S.A. (e.l.) y en virtud de no haberse verificado los requisitos legales para tornar operativa la garantía estatal, se encuentran impagos desde el mes de agosto del corriente año.

Que por sentencia de fecha 2 de oc-tubre de 2014 recaída en los autos ca-ratulados “PROFUTURO CIA. DE SE-GUROS DE RETIRO S.A. S/PROPIA QUIEBRA (COMPAÑIAS DE SEGURO Y ENTIDADES FINANCIERAS)” — Expedien-te N° 27326/2014— que tramitan por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 17, Secretaría N° 33, se dispuso decretar la liquidación judicial for-zosa de PROFUTURO SEGUROS DE RETI-RO S.A. (e.l.).

Que en dicho interlocutorio, se ordenó li-brar oficio a la ADMINISTRACION NACIO-NAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a los fines de operativizar la garantía prevista por el inciso c) del artículo 124 de la Ley N°  24.241, habiéndose recibido el mismo con fecha 17 de octubre de 2014 en esa Administración Nacional.

Que en virtud de ello, y estando cumplido con el dictado de dicho auto los extremos requeridos por el inciso c) del artículo 124 de la Ley N° 24.241, ANSES asumirá la li-quidación y puesta al pago de la totalidad de las rentas vitalicias que se encontraban a cargo de PROFUTURO CIA. DE SEGU-ROS DE RETIRO S.A. (e.l.) a partir del mes siguiente al de la recepción de la informa-ción completa prevista en el Anexo II y el retroactivo correspondiente desde el pe-ríodo agosto 2014 hasta el mes anterior al pago de ANSES, de las rentas previsiona-les de aquellos beneficios sin componente estatal que se encontraban impagos.

Que las rentas vitalicias se ajustarán con-forme las pautas previstas en la RESOLU-CION CONJUNTA SSN-SAFJP N° 32.275-008 del 29 de agosto de 2007.

Que las rentas vitalicias de los contratos celebrados en moneda dólares estado-

unidenses, se ajustarán conforme el De-creto N°  214/02 y las Resoluciones SSN N° 28.592 y 28.924.

Que los Servicios Jurídicos Permanentes de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y de la SUPER-INTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NA-CION, han tomado la intervención de sus respectivas competencias.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 2741/91, los ar-tículos 36 de la Ley N° 24.241, el Decreto N° 154/2009, el Decreto N° 156/2011 y por el artículo 67, inciso b) de la Ley N° 20.091.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIALYEL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIONRESUELVEN:

Artículo 1° — Apruébese el procedimiento descripto en el ANEXO I para instrumentar la transferencia de las rentas vitalicias previsio-nales de la compañía PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. (e.I.) a los fines de hacer efectiva la garantía del Estado prevista en el inciso c) del artículo 124 de la Ley N° 24.241.

Art. 2° — Establécese que la SUPERINTEN-DENCIA DE SEGUROS DE LA NACION remitirá a ANSES la nómina completa de los titulares de las rentas vitalicias previsionales debidamente certificada, con los datos del diseño de registro obrante en el ANEXO II de la presente y de acuer-do con el procedimiento previsto en el ANEXO I.

Art. 3° — Dispónese a través de la ADMI-NISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la liquidación y puesta al pago de la totalidad de las rentas vitalicias previsionales que se encontraban a cargo de PROFUTURO CIA. DE SEGUROS DE RETIRO S.A. (e.I.) a par-tir del mensual siguiente al de la recepción de la información completa prevista en el Anexo II y el retroactivo correspondiente desde el período agosto 2014 hasta el mes anterior al pago de ANSES, de las rentas previsionales impagas de aquellos beneficios sin componente estatal.

Art. 4° — El ajuste del valor de las rentas vitali-cias previsionales de los contratos celebrados en pesos se efectuará de acuerdo con las previsio-nes de la RESOLUCION CONJUNTA SSN-SAFJP N° 32.275-008 del 29 de Agosto de 2007. A tal efecto la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION deberá remitir a la ADMINISTRA-CION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL la tasa testigo a aplicar con una periodicidad men-sual. La información mensual contendrá el ajuste correspondiente al mes de devengado anterior.

Art. 5° — El ajuste del valor de las rentas vitali-cias previsionales de los contratos celebrados en dólares estadounidenses se efectuará de acuer-do con las previsiones del Decreto N° 214/02 y las Resoluciones SSN N° 28.592 y 28.924.

Art. 6° — La SUPERINTENDENCIA DE SE-GUROS DE LA NACION prestará amplia cola-boración en el seguimiento de los juicios en ma-teria previsional de los beneficiarios del sistema que se encuentren en trámite y/o que pudieran iniciarse, la que se llevará a cabo mediante la creación de una Comisión integrada a tal efec-to, por representantes de los Servicios Jurídi-cos Permanentes de ambos Organismos.

Art. 7° — Facúltese a las áreas técnicas per-tinentes de cada Organismo, para que en el ám-bito de sus competencias, adopten los recaudos necesarios para la implementación del proce-dimiento aprobado por la presente resolución.

Art. 8° — Regístrese, comuníquese, publí-quese, dése a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Diego L. Bossio. — Juan A. Bontempo.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

#F4726890F#

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Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 17

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4724398I#MINISTERIO DE TURISMO

EL ESTADO SELECCIONA

Se llama a Concurso en el marco del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO mediante:

* Convocatoria General y Extraordinaria. Podrá participar únicamente el personal de planta permanente y no permanente, transitorio y contratado bajo la modalidad aprobada por el artículo 9° del Anexo a la Ley N° 25.164.

* Convocatoria Abierta y Complementaria. Podrán participar todas las personas tanto del ámbito público como del privado. Los cargos son con Reserva de puesto para personas con discapacidad certificada, Sistema de Protección Integral de los Discapacitados, Ley N° 22.431, sus modificatorias y reglamentarias, conforme se detallan a continuación:

Ubicación Estructural Denominación del Puesto Nivel Convocatoria Ubicación

Geográfica Codificación

Ministerio de Turismo - Subsecretaría de

Coordinación - Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos - Dirección de Asuntos

Contenciosos

Responsable de Area

AdministrativaC General C.A.B.A. 2014-004722-MINTUR-

G-SI-X-C

Ministerio de Turismo - Subsecretaría de

Coordinación - Dirección General de Administración - Dirección de Contabilidad

y Finanzas

Asistente Administrativo D Abierta C.A.B.A. 2013-003298-MINTUR-

G-SI-X-D

La totalidad de la información que se estima conveniente para el mejor resguardo de los dere-chos de los postulantes, incluyendo copia de las bases del concurso, actas de los Comités de Se-lección, normativa aplicable e instructivo de inscripción electrónica estará disponible en Suipacha 1111, piso 13°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y en www.concursar.gob.ar.

Preinscripción electrónica: desde el 9 de diciembre de 2014 al 6 de enero de 2015 estará disponible el Sistema de Preinscripción Electrónica en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y en www.concursar.gob.ar.

Importante: esta Preinscripción deberá realizarse previamente a la Inscripción Documental o presentación de las postulaciones.

Inscripción Documental: desde el 16 de diciembre de 2014 al 6 de enero de 2015 en el hora-rio de 10 a 16 horas en Av. Belgrano 637, PB, Aula 6, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quienes residan a más de CINCUENTA (50) kilómetros del lugar de inscripción o acrediten certificado de discapacidad, podrán inscribirse por correo postal, en cuyo caso deberán adjuntar a la documentación requerida, respectivamente, el certificado de domicilio o copia del certificado de discapacidad en los términos de la Ley N° 22.431, considerándose a todo efecto la fecha del franqueo postal.

Listado de admitidos y no admitidos al proceso: disponible a partir del 13 de enero de 2015. Los listados permanecerán publicados al menos TRES (3) días, en las carteleras habilitadas a tal fin en el Ministerio de Turismo, sito en Suipacha 1111, piso 13°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página Web del Ministerio de Turismo (www.turismo.gov.ar) y en www.concursar.gob.ar. Esta publicación es notificación fehaciente a todo efecto.

Para participar del Concurso el postulante deberá presentar:

a) Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción” oportunamente completado al realizar la preinscripción, el que tendrá carácter de declaración jurada. El formulario debe ser firmado en todas sus hojas junto con UN (1) currículum vitae actualizado. El postulante sólo deberá declarar y certificar los antecedentes de formación y laborales que guarden directa relación con el perfil de requisitos para el puesto de trabajo o función para el que se postule.

b) Declaración jurada de satisfacer los requisitos previstos en los artículos 4° y 5° del Anexo de la Ley N° 25.164 y su reglamentación, y en los artículos concordantes del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, homologado por el Decreto N° 214/06, así como aquellos previstos para el acceso al Agrupamiento y Nivel Escalafo-nario al que se aspira.

c) Declaración jurada “Constancia de Recepción y Aceptación del Reglamento y Bases del Concurso”, reconociendo aceptar las condiciones establecidas por la normativa que regula los procesos de selección en general, las condiciones específicas que regulan el proceso en el que se inscribe, la dirección de la página Web en la que se divulgarán las informaciones, los resultados respectivos y las Bases del Concurso.

d) Fotocopia de los certificados de estudios formales y de la documentación que respalde toda otra información volcada en el Formulario de “Solicitud y Ficha de Inscripción”. Los interesa-dos deberán concurrir a la inscripción con la documentación original cuyas copias no estuvieran autenticadas para proceder con su correspondiente constatación y certificación. La ausencia de lo requerido o la falta de presentación de la documentación original llevarán a no conside-rar el antecedente declarado.

e) Cuando el postulante no estuviere comprendido en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO deberá adjuntar DOS (2) fotografías recientes tipo carné, tamaño CUATRO POR CUA-TRO (4x4) centímetros y fotocopia de frente y dorso en el caso de poseer el nuevo Documento Nacional de Identidad o fotocopias de las DOS (2) primeras hojas del Documento Nacional de Identidad así como de aquella hoja en la que figure el domicilio actualizado.

Lic. NORMA ACEVAL, Directora General de Recursos Humanos y Organización, Ministerio de Turismo.

e. 21/11/2014 N° 91203/14 v. 21/11/2014#F4724398F#

#I4722792I#INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria

Llama a convocatoria para cubrir el puesto de:

DIRECTOR DEL CENTRO REGIONAL

TUCUMAN - SANTIAGO DEL ESTERO

Sede funcional: San Miguel de Tucumán, Pcia. de Tucumán.

Ingreso a la Planta Permanente en el Grupo Profesional, Nivel 13 Rango de grado escala-fonario: de 22 a 27. Son requisitos, entre otros, diez (10) años de experiencia profesional y

cinco (5) años en cargos de conducción. Método de merituación y selección: evaluación de antecedentes, entrevistas, presentación de propuestas de gestión y entrevista psicotécnica (para los postulantes seleccionados). Integración de la Junta de Selección: Un (1) miembro del Consejo Directivo, tres (3) miembros del Consejo del Centro respectivo y el Director Na-

cional.

Envío de postulaciones: Rivadavia 1439, 1033, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inscripciones: del 26 de noviembre al 10 de diciembre de 2014 hasta las 12 horas

Formularios, Sedes y listado de Proyectos a partir del 12 de noviembre de 2014:

http://inta.gob.ar/sobre-el-inta/trabajar-en-inta

ROSA AMELIA PÉREZ, Jefa del Departamento de Contrataciones y Patrimonio.

e. 21/11/2014 N° 90359/14 v. 21/11/2014#F4722792F#

#I4722793I#INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Llama a convocatoria abierta para cubrir los puestos de:

DIRECTORES DE ESTACION EXPERIMENTAL AGROPECUARIA

• OLIVEROS • BARILOCHE • COLONIA BENITEZ• RAFAELA • VALLE INFERIOR • EL COLORADO

• RECONQUISTA DEL RIO NEGRO • SAENZ PEÑA• SALTA • SANTA CRUZ • INGENIERO

• MANFREDI • CHUBUT JUAREZ• MARCOS JUAREZ • ESQUEL • LAS BREÑAS

• BORDENAVE • JUNIN • CONCEPCION DEL • LA CONSULTA URUGUAY • MENDOZA • CONCORDIA • RAMA CAIDA • PARANA • SAN JUAN

Envío de postulaciones: a la Sede del Centro Regional del cual depende la EEA.

Ingreso a la Planta Permanente en el Grupo Profesional, Nivel 11.

Rango de grados escalafonarios: de 20 a 25.

Son requisitos, entre otros, siete (7) años de experiencia profesional y tres (3) en cargos de conducción.

Método de merituación y selección: evaluación de antecedentes, entrevistas, presentación de propuestas de gestión y entrevista psicotécnica (para los postulantes seleccionados).

Integración de la Junta de Selección: Un (1) miembro del Consejo Directivo, dos (2) miembros del Consejo del Centro Regional respectivo, el Director del Centro respectivo y el Director

Nacional o en quien este delegue.

(Director Nacional Asistente/Coordinador Nacional)

Inscripciones: del 21 al 28 de noviembre de 2014 hasta las 12 horas.

Bases y Formularios a partir del 6 de noviembre de 2014:

http://inta.gob.ar/sobre-el-inta/trabajar-en-inta

ROSA AMELIA PÉREZ, Jefa del Departamento de Contrataciones y Patrimonio.

e. 21/11/2014 N° 90360/14 v. 21/11/2014#F4722793F#

Page 18: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 18#I4722795I#

INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria

Llama a convocatoria abierta para cubrir los puestos de:

DIRECTORES DE INSTITUTOS DE INVESTIGACION

• BIOTECNOLOGIA • FISIOLOGIA Y RECURSOS• GENETICA GENETICOS VEGETALES

• MICROBIOLOGIA Y ZOOLOGIA • INVESTIGACION ANIMALAGRICOLA DEL CHACO SEMIARIDO

• PATOBIOLOGIA • PATOLOGIA VEGETAL• VIROLOGIA • CLIMA Y AGUA

• INGENIERIA RURAL • FLORICULTURA• TECNOLOGIA DE ALIMENTOS • RECURSOS BIOLOGICOS

• SUELOS

Envío de postulaciones: a la Sede del Centro de Investigación del cual depende el Instituto.

Ingreso a la Planta Permanente en el Grupo Profesional Nivel 11. Rango de grados escalafo-narios: de 20 a 25.

Son requisitos, entre otros, siete (7) años de experiencia profesional y tres (3) en cargos de conducción. Método de merituación y selección: evaluación de antecedentes, entrevistas,

presentación de propuestas de gestión y entrevista psicotécnica (para los postulantes selec-cionados).

Integración de la Junta de Selección Un (1) miembro del Consejo Directivo, dos (2) miembros del Consejo del Centro de Investigación respectivo, el Director del Centro respectivo y el Di-rector Nacional o en quien este delegue (Director Nacional Asistente/Coordinador Nacional).

Inscripciones: del 26 de noviembre al 2 de diciembre de 2014 hasta las 12 horas.

Bases y Formularios a partir del 12 de noviembre de 2014:

http://inta.gob.ar/sobre-el-inta/trabajar-en-inta

ROSA AMELIA PÉREZ, Jefa del Departamento de Contrataciones y Patrimonio.

e. 21/11/2014 N° 90362/14 v. 21/11/2014#F4722795F#

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4724984I#REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Armas de Fuego.

En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a conti-nuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cual-quier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes:

SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 14828838 ACCURSO ADRIAN CESAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 24635853 ACEVEDO HECTOR CEFERINO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 33795934 ACEVEDO NICOLAS EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22760020 ACEVEDO RAFAEL RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12176749 ACOSTA ARIEL NESTOR sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 24335035 ACOSTA JUAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24335035 ACOSTA JUAN ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30010135 ACOSTA LUIS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 7377301 ACOSTA NORBERTO ALCIDES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28222320 ACOTTO MARINO JUAN MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14731687 ACUÑA HECTOR ALFREDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13970935 AGESTA OSCAR FABIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24687021 AGRECH GABRIEL DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12459360 AGUIRRE DANIEL OSCAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 31309536 AGUIRRE FERNANDEZ MAXIMILIANO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31309536 AGUIRRE FERNANDEZ MAXIMILIANO DAVID sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10363223 AGUIRRE GRACIELA CATALINA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10363223 AGUIRRE GRACIELA CATALINA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18472915 AGUIRRE JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23114433 AJRAS LUIS ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27384019 ALARCON PABLO JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27830200 ALBANDO GASTON MAURICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32089929 ALBERTENGO JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 28681997 ALBORNOZ CLAUDIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17141556 ALCARAZ DAVID ALFREDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 22497454 ALEGRE JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26695828 ALFONSO MARIO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17521731 ALLO ROBERTO JAVIER sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21674613 ALMADA RICARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17474977 ALONSO CLAUDIO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22002939 ALTAMIRANO GOUJON EDGARDO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32354076 ALVAREZ BULFON MAXIMILIANO G. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14404575 ALVAREZ CARLOS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34400464 ALVAREZ CRISTIAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32403760 ALVAREZ DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32269409 ALVAREZ FEDERICO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26312718 ALVAREZ GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25380924 ALVAREZ JUAN MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27073203 ALVAREZ MAXIMILIANO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10844670 ALVAREZ OMAR ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32209373 ALVAREZ SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 92359646 AMADIO GIAN LUCA sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 30312051 AMARAL ALBERTO HERNAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 14633169 AMARILLA EULALIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27643320 AMBROSINI HERNAN JAVIER sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 23665542 AMBROSONI FEDERICO GONZALO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 6299598 ANDERSON FEDERICO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25013615 ANDINO MARINO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 26322298 ANDRADA RAMON EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25836173 ANDRE PAULO MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23150588 ANDRE WALTER OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33464385 ANDRES MAURICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17315625 ANGELINI ALEJANDRO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14495342 ANTELO CLAUDIO MARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13120727 AQUERRETA RAUL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 13120727 AQUERRETA RAUL sobre ESCOPETA calibre 9 MM

DNI 24046074 AQUINO CRISTIAN VICTORIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29588305 ARAGON ALEJANDRO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13041617 ARAGON CARLOS VALLE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32120786 ARANCIBIA GASTON SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22355860 ARANDA GUSTAVO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23479849 ARANGUREN GUSTAVO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23658921 ARAUJO LEONARDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 28844534 ARAYA UNDURRAGA CELSO ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28264469 ARCE PABLO NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28679113 ARCHENZIO ANALIA LAURA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23919433 ARGAÑARAZ ARIEL LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18362341 ARGAÑARAZ MARCELO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26284573 ARGAÑARAZ WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11448238 ARGUELLO ALBERTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34801645 ARGUELLO MARIO DAVID sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16625230 ARGUELLO RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24272692 ARGUERO MATIAS HERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24272692 ARGUERO MATIAS HERNANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21561448 ARIAS RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8059453 ARMELLA JUAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31193354 ARMELLA PABLO HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12366355 ARMUA ALBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10381494 ARRIAGADA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31854567 ARRIGO FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30440639 ARROYO FERNANDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 30440639 ARROYO FERNANDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16770996 ARROYO NESTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20284367 ARROYO SERGIO MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23936903 ARROYO WALTER RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25375370 ASCURRA RAUL MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27196782 ASTEZANO LEANDRO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33595303 AUDISIO LUCAS JORGE DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14289025 AÜGER MARCELO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 35199880 AVELLANEDA RAMIRO MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27575752 AVILA FERNANDEZ ROQUE RAIMUNDO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 23111009 AZCARATE LUIS MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26794702 BACCINI JAUREGUI ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14143184 BACHMANN RAUL LEONARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 13329562 BADAL CARLOS RODOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5379708 BADIALI JOSE OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17928353 BALBI FABIAN ROBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 18327882 BALDASSARRI SERGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28803942 BALDASSINI ANALIA SOLEDAD sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 32432077 BALLARIO EMANUEL CESAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 32432077 BALLARIO EMANUEL CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17523750 BALLEJO CARLOS JESUS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20498131 BALLON CARDENAS ERNESTO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23940364 BALMACEDA GUSATAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13906160 BANERA ERNESTO JAVIER sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 22367868 BARAGGIO LUIS DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 34492179 BARALDI JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18430864 BARBA MARCELO CARLOS sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 18430864 BARBA MARCELO CARLOS sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23104506 BARBAGELATA JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8483241 BARBALARGA CARLOS EDUARDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 27425817 BARBARA RAMIRO VALENTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21096018 BARBUTO JOSE FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

Page 19: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 19Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 7639764 BARCELO CARLOS JOSE A. sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 17145786 BARENGO JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18165741 BARRAZA HECTOR DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 33929902 BARRAZA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28224002 BARRAZA LEONARDO BASILIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10927426 BARREDA JORGE OSVALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13491933 BARRETO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28136830 BARRICHI GUIDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24824235 BARROSO CRISTIAN GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12229379 BARTEL RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31886072 BASILE NANCY NOEMI sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 28081712 BATTAGLIA CARLOS DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28081712 BATTAGLIA CARLOS DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27828022 BAUSER IGNACIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 36052238 BAUZA NAHUEL GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27758823 BAZAN CAROLINA GISELA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28773791 BECERRA ALEJANDRO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12813396 BECERRA HUGO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23676758 BELLO ADRIAN DARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7616624 BELVEDERE MARCELO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26345442 BENAVENTES DIEGO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16461517 BENITEZ CHAPO JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 31987494 BENITEZ ENRIQUE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18250050 BENITEZ GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18250050 BENITEZ GUSTAVO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12402100 BENITEZ HECTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 11661522 BENITEZ JUAN MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18858000 BENITEZ RICARDO ANDRES sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 8524117 BENSI JOSE LUIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 5945041 BERA CARLOS ALBERTO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 13445709 BERGMAN ENRIQUE FERNANDO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 8495108 BERGMANN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8209640 BERJANO RAUL ROBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33571977 BERTO JORGE JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29632556 BERTOLI JUAN DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12388887 BERTONASCO NESTOR ANIBAL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 20721050 BERTONE SERGIO DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27098301 BERTRAM OSCAR ALFREDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28054441 BERUTTI FERNANDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 28467466 BEVERATI PATRICIO GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34172714 BIANCHI CESAR ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 34172714 BIANCHI CESAR ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34172714 BIANCHI CESAR ANDRES sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 34172714 BIANCHI CESAR ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16350131 BIANCO MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21066292 BIANQUI LEONARDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17402566 BIDEGAIN NESTOR RAUL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 13029952 BIDEGAIN ORLANDO GASPAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33004923 BIKIC LEANDRO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28988209 BIONDA FEDERICO CHRISTIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 35054786 BIXQUERT FACUNDO MIGUEL sobre FUSIL calibre .375 PLG

DNI 18506376 BJERRUM HERNAN FEDERICO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 20315621 BLANCO ENRIQUE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13305081 BLIDNER EDUARDO FELIX sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 8573078 BLUMBERG RICARDO LEON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17568188 BOCCHETTO LUIS EDUARDO sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 28929160 BOERI EMANUEL MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8395820 BOGGIATTO EDUARDO ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10017835 BONAHORA ALFREDO HUMBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 12488336 BONNET CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21522891 BORDON PEDRO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5089199 BOROMEI JORGE ATILIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17639292 BORTOLOTTO HERNAN FABIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .30-06 PLG

DNI 7977065 BOURQUIN MARIO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7931727 BOUTET CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 27400805 BRANDAN RAFAEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22999835 BREGANT HORACIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17201898 BRESSAN ARIEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27711638 BRESSAN GUSTAVO EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22338853 BRITEZ CLAUDIO JAVIER sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24537100 BRITEZ JOSE ANIBAL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14055624 BRUZAUD CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12199649 BUCETA CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28308514 BUIATTI ORLANDO ABEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10765339 BULLRICH JORGE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29152377 BURGARIOTTI NICOLAS CARLOS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 13845473 BURGOS SIMON GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23640611 BURGUES JAVIER MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30240800 BUSTOS FEDERICO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18453357 CABALLERO GUSTAVO ALDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 31391721 CABALLERO RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8382872 CABRERA CARLOS ALFREDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 14828348 CABRERA JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26783290 CABRERA JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25311540 CABRERA NELSON OMAR sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 25628664 CACCIABUE CARLOS MIGUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 25628664 CACCIABUE CARLOS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24187812 CACERES ABEL DELMIRO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 26909509 CACERES DARIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 22947625 CACERES JOSE OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 30261532 CACERES LUIS MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22028496 CALBELO JOSE OSCAR sobre FUSIL calibre .257 PLG

DNI 20745159 CALDERARO GUILLERMO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 14863943 CALITRI HORACIO OMAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29348363 CALVETTI FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21000108 CAMARGO NICANOR OMAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 26047114 CAMET MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26047114 CAMET MANUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22149110 CAMEZZANA ALDO RUBEN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10689859 CAMPERO RAUL DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 93508454 CAMPIONE JUAN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 28114928 CAMPO LUCAS MARTIN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 22307004 CAMPOS PATRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10839102 CAMUSSO SERGIO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16933464 CANIVARE ROQUE JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17777213 CANO CARLOS GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 32113814 CANO RENE OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30133608 CAÑON URIZA JUAN DEMETRIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 26239140 CANOVAS ALEJANDRO FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12712846 CANSECO ZINGARIELLO MARIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23573313 CANTELI ESTEBAN MANUEL sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 20176380 CANTELI GUSTAVO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24781094 CANTEROS GABRIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8617088 CANTON TOMAS RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26503232 CAPELETTI JAVIER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 37749790 CAPOGRECO MARTIN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22211104 CAPRA CLAUDIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28290897 CARABAJAL JOSE DIONISIO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 21825716 CARAMUTA FABIAN MARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17293718 CARCIA MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20214175 CARDACCI CLAUDIO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18153265 CARESTIA PABLO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27340424 CARNEVALE JUAN MIGUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 11111161 CARNIELLI ANIBAL JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18405941 CARPANELLI MARCOS JUAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23133704 CARRANZA JORGE GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14647321 CARRAZAN JOSE NORBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25633305 CARRICONDO DARIO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 3770967 CARUSO MABEL BEATRIZ sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 23574750 CASAIS JUAN MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 34620613 CASANOVA DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14779956 CASCARDO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12707539 CASCINO ANIBAL OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13634019 CASCO ROQUE OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33085385 CASSANO MATIAS AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 23711412 CASSARINI CLAUDIO JOSE sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 36655994 CASSOL MAURO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

LE 4536518 CASTAGNINO HORACIO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22400665 CASTAGNO GUSTAVO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34200322 CASTELLANO CARLOS PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34200322 CASTELLANO CARLOS PEDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33998021 CASTILLO DIEGO NOE sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 29324682 CASTILLO PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8640475 CASTILLO RICARDO HUGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 14343260 CASTRO ARIEL ROLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22061299 CASTRO CHRISTIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12382743 CASTRO OSCAR SERGIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 10415617 CASTRO RAMON INFRAIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30830014 CAVALLOTTI IGNACIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 37290358 CEBALLOS JONATHAN OSVALDO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20531350 CEBALLOS RAFAEL ERNESTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30825625 CEBRERO RICARDO JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre 7,62x54R MM

DNI 21756543 CENTENO ENRIQUE OCTAVIO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 31554393 CEPARO GERMAN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26208993 CEPEDA CESAR JAVIER sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 27752000 CERON ROBERTO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13552408 CERRI JUAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25307151 CERUTTI EDUARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34027687 CESARI NICOLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35921983 CHAILA ALVARO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8066152 CHAILE FRANCISCO ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31403681 CHAMAS FRANCO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16238855 CHAMORRO ABELARDO DEL VALLE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31648043 CHANCALAY FACUNDO LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16262625 CHAVEZ ROBERTO FLORICIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25022466 CHECUZ SILVIO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29736511 CHELIA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8291807 CHELINI HECTOR OSCAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 94270718 CHEN DECAI sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 94276126 CHEN DEKAI sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94867925 CHEN MUZHU sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18024829 CHERIZOLA HUGO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27334982 CHIAVASSA EMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21011757 CHISARI JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34701839 CHOMIAK JONATHAN JOEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25672147 CIAN DARIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27512275 CIANCAGLINI FERNANDO MARCELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 13689326 CIARROCHI EDGARDO NORBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 26687284 CICHERO GERMAN RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26986490 CICHON MARIANO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Page 20: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 20Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 23454258 CIFRE MATIAS RICARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 7928935 CINAT OSCAR ERWIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17724344 CINQUINI EGIDIO GASPAR sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 21741991 CISNEROS MARCELO DANIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 31319818 CISNEROS SEBASTIAN RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20070953 CLARK JAVIER ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 20717575 COCCARO MARIO SALVADOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12823446 COCCO JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34586298 COCERES IGNACIO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25452285 CODESAL MAXIMILIANO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14075491 COELHO DE SOUSA JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23001725 COFRE GUSTAVO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92714103 COLLAZO BUCCIGROSSI WALTER HIBER sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 25683297 COLONNA ADRIAN CESAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28139934 COLUCCI GUILLERMO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26120965 COMORETTO RODOLFO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 17632256 CONDO MIGUEL FRANCISCO VICENTE sobre ESCOPETA calibre 24 UAB

DNI 20931377 CONDORI LEOCADIO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4388705 CONSOLINI RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7828740 CONTE LEANDRO JOSE sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 28842175 CONTI PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30039688 CONTRERA DANIEL ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22252433 CONTURSI SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22252433 CONTURSI SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24517377 CONY ERNESTO FEDERICO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 27941053 COPELLO JUAN IGNACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 27320193 COPPONI ALEJANDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24836716 CORALLI SUAREZ MARIO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27417702 CORDERO ARIEL ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23438725 CORDOBA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 7670535 CORNEJO JOSE OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 6051595 CORNEJO MANUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 31649871 CORRAL MATIAS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 23074985 CORREA D'ALESSANDRO ERNESTO ARISTOBULO

sobre CARABINA calibre .32-20 PLG

DNI 36186984 CORREA JORGE LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12482206 CORREA OSVALDO NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5322866 CORTEJARENA MARTIN OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20960234 CORTES HUMBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 37711773 CORTEZ SANTOS CRISTIAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 10339028 CORTHEY CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21703192 COSTANTINO MARCO ANDREA sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 17202404 COUSIÑO DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11371926 COUTO OMAR HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 12573029 COVAS MARIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11753933 CRIPOVICH ANDRES JOSE sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 33204600 CRISTALDO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10592136 CUELLO GUSTAVO ARTURO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 32076005 CUELLO JOEL MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29537288 CURRIUS RAMIRO JOSE sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16385212 DALIA CARLOS HORACIO sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 28195991 DALMAZO SERGIO DAVID sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 17460527 DAMINI FABIAN ANIBAL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 34581030 DANURA JUAN FACUNDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 12538098 DAVIES WALTER ORLANDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 28808375 DAVILA SANTIAGO sobre FUSIL calibre 9,3x62 MM

DNI 14459831 DE BARDECI JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23707172 DE BATTISTA GUILLERMO GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14051703 DE BOURGOING JORGE PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10614588 DE LA IGLESIA MARCELO OSVALDO sobre REVOLVER calibre .44-40 PLG

DNI 10614588 DE LA IGLESIA MARCELO OSVALDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 10614588 DE LA IGLESIA MARCELO OSVALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10614588 DE LA IGLESIA MARCELO OSVALDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 13177555 DE LAURO LUIS MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20233220 DE LOS SANTOS RAUL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 31574706 DE LOS SANTOS SIATECKI ALFREDO M. sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4390109 DE NOTTA PEDRO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34712933 DE URQUIZA IGNACIO JULIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10071474 DEBON OSCAR EMILIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 12969777 DECURNEX ERNESTO ENRIQUE EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 22931876 DEL VALLE GABRIEL MARIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4555784 DEL YESSO CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 4555784 DEL YESSO CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 23398121 DELAMER JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8420898 DELESE LUIS RUBEN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 36076958 DELGADO FEDERICO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10099683 DELIO MIGUEL ANGEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 21054050 DELLA PUPPA DOMINGO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12535928 DELLA SAVIA CLAUDIO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13639428 DELMAS CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13097273 DELUCCHI LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 24517903 DENOYA FEDERICO LUCIANO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20711874 DEPETRIS DIEGO ORESTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25688745 DESPRES MARIO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10757016 DI COSTANZO JUAN JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35314663 DI COSTANZO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22497064 DI STEFANO PABLO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10981024 DI TOMASO JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre FUSIL calibre 11,15x60R MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 26948853 DIAZ ASCONA VICTOR G. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11377109 DIAZ CARLOS FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27147043 DIAZ ESTEBAN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10975121 DIAZ FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25232367 DIAZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20374152 DIEZ SANTIAGO HORACIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26844651 DINI RAMIRO JULIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 35453128 DITARANTO RICARDO ANGEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 31242422 DOLCEMASCOLO NICOLAS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20477275 DOME GABRIEL JUVENAL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25131522 DOMENICHELLI CRISTIAN ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25131522 DOMENICHELLI CRISTIAN ADRIAN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 22176394 DOMINGUEZ DANTE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16509552 DOMINGUEZ RICARDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16980740 DORTONA ROLANDO JAVIER sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 17099759 DOSANTO RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23604602 DREILING CHRISTIAN DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26721825 DROZD DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7994352 DUARTE JULIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16919121 DUBS MARIO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 93712928 DUEÑAS VALVERDE JIMMY JHON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31641882 DURANTI SERGIO HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21465052 DUSSLING GUSTAVO WALTER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21912546 EBERLE JORGE ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21912546 EBERLE JORGE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21912546 EBERLE JORGE ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27947694 EBRA MARTIN CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92918831 EGGERS TRINIGUAL JOSE RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22809090 EIJO DE TEZANOS PINTO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22809090 EIJO DE TEZANOS PINTO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22809090 EIJO DE TEZANOS PINTO FEDERICO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22809090 EIJO DE TEZANOS PINTO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 28182085 ELLERO DIEGO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31115810 EMANUELI RODRIGO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23881206 ENCALADA EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22643964 EPAZIANO SERGIO HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 12249159 EPSTEIN CARLOS SALVADOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12249159 EPSTEIN CARLOS SALVADOR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12249159 EPSTEIN CARLOS SALVADOR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 29221378 ERBETTA JULIO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29221378 ERBETTA JULIO MAXIMILIANO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 27620583 ERRIGO SEBASTIAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8188547 ERROITZARENA EDUARDO LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13411859 ERUSALIMSKY ROBERTO JAIME sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 28675307 ESCOBAR ANGEL EMILIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17539582 ESPINOSA CLAUDIO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

LE 7834883 ESPINOZA ALBERTO LIDER sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27543954 ESQUIVEL JORGE ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23735632 ESTESO ARIEL ALBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 23735632 ESTESO ARIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21021830 EYO JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21021830 EYO JORGE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7611055 FABRICA ISMAEL GASPAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12007295 FACETTI JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30011874 FALCIGNO JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23282144 FARES GHALIP HUSSEIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16820046 FARIAS RENSO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25575839 FARIAS SANDRA CONSOLACION sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 6922888 FARINA CECILIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28605826 FELDMANN DARIO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31540288 FELICIOTTI FERNANDO ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 5468092 FERENZ ALEJANDRO RICARDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 21170602 FERNANDES CARDOSO GUSTAVO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29921886 FERNANDEZ FERNANDO DANIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31179027 FERNANDEZ GABRIEL LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20674455 FERNANDEZ HECTOR GERMAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20674455 FERNANDEZ HECTOR GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20674455 FERNANDEZ HECTOR GERMAN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 26891287 FERNANDEZ LUIS MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17732426 FERNANDEZ MARCELO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35862406 FERNANDEZ MARRERO FEDERICO MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25021902 FERNANDEZ MATIAS sobre SUBFUSIL calibre .22 PLG

DNI 10383050 FERNANDEZ NOEMI BEATRIZ sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26594620 FERNANDEZ PABLO EDUARDO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29215246 FERNANDEZ SEBASTIAN EMMANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25015857 FERNANDEZ SEBASTIAN OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8249939 FEROGLIO CARLOS FLORENCIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 30938210 FERRACUTTI DIONISIO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 25506229 FERRAN CLAUDIO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 25506229 FERRAN CLAUDIO ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 5257478 FERRARIS ROBERTO RICARDO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 33682694 FERRARO ALBERTO MARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26885775 FERRARO CRISTIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16858730 FERREIRA CLAUDIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11117276 FERREYRA CESAR ROLANDO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

Page 21: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 21Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 28588710 FERREYRA DANIEL JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27049362 FERRIZ OSCAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20874799 FIALA JOSE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17028284 FIGUEROA ALEJANDRO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20891681 FIGUEROA DANIEL HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28721895 FIGUEROA FEDERICO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31251138 FILICE CESAR LISANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25205402 FILIPPINI ADRIAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 22649282 FILOCAMO ADRIAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12315924 FIORUCCI NORBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 36375815 FLECHA PABLO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25089763 FLEITAS OMAR MAURICIO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 17905857 FLORES JESUS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23696958 FOLMER ARIEL HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8618502 FONTANETO EDUARDO SALVADOR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12765503 FOOKES FEDERICO EDUARDO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27420596 FORNES FELIX JOSE ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14489317 FORTUNATO LUIS FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 21528990 FOSSALUZZA RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17241970 FOURCADE EDGARDO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12922583 FRANCHIN SERGIO NESTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17062909 FRANCHINI RICARDO DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5401377 FRANCO MARIO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36899356 FRANGI ERNESTO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20735797 FRANZESE FABIO LUCIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 13751934 FRESCHI PATRICIA MABEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22096877 FRIAS JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 34813542 FUDI LUCAS NAHUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13699891 FUENTES MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30594269 FURCHI ALEJANDRO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11634103 GAGGIA EDUARDO OSCAR sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 7364374 GALARRAGA NESTOR FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30675697 GALARZA CONDORI GERMAN EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35207248 GALARZA EZEQUIEL FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 5669276 GALARZA RAMON sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 16081175 GALEANO ANTONIO OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30558019 GALEANO ROBERTO DAMIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30558019 GALEANO ROBERTO DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30558019 GALEANO ROBERTO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28354860 GALLARDO PEDRO ANTONIO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 27351217 GALLO WALTER EFRAIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30833142 GALVAN ANDRES SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24201645 GAMARRA PEDRO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34537523 GAMBLUCH JONATAN NAHUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18406842 GARCES LUZURIAGA MARIANO JOSE sobre REVOLVER calibre .44 PLG

LE 7850999 GARCIA ANTONIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4556387 GARCIA FRANCISCO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32902186 GARCIA FRANCO LUCIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 31589199 GARCIA FRASSA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20176057 GARCIA HECTOR GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12071555 GARCIA HORACIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10430578 GARCIA JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28312282 GARCIA JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29048833 GARCIA LEANDRO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32592790 GARCIA LLORENTE MARIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25097611 GARCIA PRIETO RODRIGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29763471 GARCIA RAMIRO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 26132513 GARCIA RICARDO MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30656645 GARCIA SALGUERO ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20023558 GAROFALO GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5056235 GARRETT HUGO TEODORO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 5056235 GARRETT HUGO TEODORO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

LE 7368784 GARRO FRANCISCO ORLANDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 24216841 GARRONE CLAUDIO MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24986883 GARUBA MARIANO AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22093337 GATTAS PABLO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 13678910 GAUNA CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10955413 GAUNA ROBERTO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30445459 GAUTO ANTONIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23440537 GAZQUEZ FERNANDO MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29318319 GENIJOVICH NICOLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23769899 GERASIMCHUK WALTER ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24945199 GERHARDT ALBERTO SANTIAGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 18129270 GERMAIN PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 34396182 GERVASONI JORGE TOMAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14389908 GETTIG JUAN JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23207902 GHIGLIONE PABLO CONRADO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12904535 GHIOZZI ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12904535 GHIOZZI ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21665871 GIACOPPO CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 25101721 GIAMBRONI PABLO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23357014 GIGENA LUIS HECTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22496770 GIGLI GERMAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14099181 GIL ALBERTO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30263446 GIMENEZ LEONARDO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26286967 GIMENEZ WALTER RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13377338 GINGENE CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25531618 GIORDANA JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 37300156 GIORDANA MATEO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 37300156 GIORDANA MATEO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4373586 GIORDANO ADOLFO OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28513537 GIORDANO MIGUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 31764088 GIOSA VAZQUEZ SACHA JOEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18068317 GIOSCIO VIRGILIO MANLIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17709238 GIRARDI GUILLERMO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27264636 GIZ ORLANDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26600722 GIZZI HONORIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31061418 GNAZZO RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24134709 GODOY EDGAR LUIS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 18072737 GODOY ENRIQUE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7669740 GODOY OSCAR FELIX sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14935767 GOICOECHEA GERARDO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23250009 GOLDSTEIN CARLOS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21668891 GOMEZ ALEJANDRO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21023333 GOMEZ CRUZ DONACIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21023333 GOMEZ CRUZ DONACIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 32016648 GOMEZ DANIEL HORACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20015806 GOMEZ HORACIO ANIBAL sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 24469232 GOMEZ JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29812596 GOMEZ JULIAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7805545 GOMEZ MARIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7805545 GOMEZ MARIO RUBEN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17169269 GOMEZ PATRICIO ERIBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20300610 GOMEZ RICARDO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30518424 GOMEZ SILVA RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11557413 GONELLA OSVALDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13119791 GOÑI JUAN FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22161619 GONTERO CORNAVACA LUIS MARIA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8483872 GONZALEZ ANTONIO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33683051 GONZALEZ CEFERINO MIGUEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 28366050 GONZALEZ DIEGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24251192 GONZALEZ GUILLERMO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24251192 GONZALEZ GUILLERMO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13462725 GONZALEZ HECTOR OSVALDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 13853098 GONZALEZ JORGE MARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10844145 GONZALEZ JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10844145 GONZALEZ JOSE ALBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 20834542 GONZALEZ MARCELO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23673270 GONZALEZ MARCELO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26042883 GONZALEZ MARIO DANIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 12480347 GONZALEZ MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20590346 GONZALEZ MIGUEL ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 31988017 GONZALEZ NICOLAS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31988017 GONZALEZ NICOLAS MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10934500 GONZALEZ OSCAR MARCELO sobre CARABINA calibre 10,4x38R MM

DNI 20122523 GONZALEZ REYNALDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16926120 GONZALEZ RUBEN RAUL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30390385 GONZALEZ SEBASTIAN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29096084 GOODACRE APOLONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26917587 GORDILLO MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29459508 GORENA RAUL HERNAN sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 16443837 GORO JORGE ISAIAS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 22634806 GOROSITO CLAUDIO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11034495 GRAGLIA JULIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23772788 GRAMAJO DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22042596 GRAÑA MARTIN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 17098875 GRANADO SERGIO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6441132 GRANDE OMAR SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 33319883 GRANEL LUCAS IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31088124 GRANGETTO LEONARDO RAFAEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 28433355 GRANJA MARCELO ISMAEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16621336 GRECO SERGIO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32371379 GRETHER ALEX RUDY sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20299738 GRILLO JUAN JOSE CEFERINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8011341 GRUBINA RUBEN ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14815213 GUARINO SANDRA VIVIANA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5452449 GUERRA AMIR HONORIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 5452449 GUERRA AMIR HONORIO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 18091639 GUERRA ANTONIO RODOLFO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4750167 GUERRA CARMELO RAUL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13127564 GUERREIRO HORACIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29801709 GUILLEN FERNANDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26883927 GUILLEN JAVIER ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17563983 GUSBERTI SERGIO RENATO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 16643558 GUTIERREZ DANIEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 14183745 GUTIERREZ FRANCO FABIAN sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 14183745 GUTIERREZ FRANCO FABIAN sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 28727777 HAEDO FABRICIO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23304516 HAEDO GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18181775 HAIDAR VICTOR ADRIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 35273810 HEFFEL ABRAHAM EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18149610 HENRICH LEONARDO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 93624836 HERBAS TAPIA SHASMANY JUAN sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 93624836 HERBAS TAPIA SHASMANY JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29183897 HEREDIA JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10247231 HERMITA RAUL DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14328431 HERNANDEZ JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24928530 HERRERA JORGE ROLANDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

Page 22: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 22Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 11671120 HERRERA LAURO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5604824 HERRERA OSCAR PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25560884 HESSIG MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18347464 HINKELMANN RICARDO ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22862318 HOJ JORGE CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35255088 HORODESKI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7285454 HOYOS PEDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18837034 HSU HAN CHAO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94662629 HUANG YONG sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28154628 HUARTE IPHARRAGUERRE ANDRES sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 13250614 HUARTE RAUL MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 40763345 HUAYGUA NELSON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18532246 HUGHES EDUARDO RUBEN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 13139468 IARIA PABLO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30658351 IARIA SANTIAGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23195675 IARIA SEBASTIAN MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27859077 IBAÑEZ EZEQUIEL MARTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32244987 IBAÑEZ JOSE HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17631805 IBARGUEN MIGUEL ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32907039 IBARGUENGOITIA JOSE EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34036117 IBARROLA SANDER EMMANUEL E. sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 22260073 IFRAN MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18822706 IGLECIA ISIDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35793096 IGLESIAS FABRIZIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34155669 IGLESIAS FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11455253 IGLESIAS JORGE OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26851078 IGLESIAS MARCELO FERNANDO sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 27779170 IMBERTI GUSTAVO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14249134 INCHAUSTI SANTIAGO FERMIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34986115 INOSTROZA JULIO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10188867 INTORBIDA DANTE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24897808 IPAS GUSTAVO DAVID sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 17287525 IPPOLITO CLAUDIO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25344165 IRISARRI HORACIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 24558265 IROS LEVRINO DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26101386 ISIDORE LUIS SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28527202 ISIDORI OSVALDO MOISES sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24179035 IULIANO ESTEBAN ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 31477809 JAIME ESTEBAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20754681 JAIME JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 25177686 JAIME MARTIN HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18721228 JANINI ABRAHAM sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30061474 JARA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 37079694 JARDIN DIEGO CARLOS RAMON sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 28477731 JEANNERET MARIANO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 94067287 JIANG SHAOLIANG sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25166415 JOFRE ROBERTO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17400005 JORDAN HUGO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25294587 JOSE ESCANDAR JULIO CESAR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 14564804 JUAREZ AVILA RAMON RODOLFO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16382422 JUAREZ ERNESTO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20508798 JUAREZ LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18824411 JUAREZ OLDANI ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 14950461 JURENA OSCAR ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20468019 KALIZSKY MIGUEL ANGEL EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17319533 KANIEFSKY PABLO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23344240 KAWECKI FABIAN DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 37144246 KERBS JONATHAN MIGUEL EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7749332 KILLER EDUARDO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 27429794 KIPP CRISTIAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26372031 KLEIN SEBASTIAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14610396 KOCHERENGO EDGARDO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22159171 KORICH MAURICIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28044068 KORMANN FABIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12071782 KOVAL MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30100077 KOZAK IGNACIO GABRIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24777053 KRECUL DANIEL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26498624 KUSZNIR NICOLAS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 30802073 LACA ADRIAN FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22231842 LACUESTA CRISTIAN FABIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21095227 LADEDA HORACIO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 35199357 LAMI HERNANDEZ PABLO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7721639 LAMPONI RAUL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12750201 LANDO RICARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28678571 LANDRIEL VICTOR JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20203358 LANGONE FABIAN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20203358 LANGONE FABIAN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22902394 LAPERTOSA OSCAR HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11414047 LARA JORGE OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16386026 LATOUR JOSE ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 17807108 LAUDANNO LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 20506200 LAVATELLI MARCELO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24297088 LAVIA JORGE FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22715373 LAVINIA GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 23000265 LAVOOY RONAL DAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32703950 LAZO RIQUELME MATIAS JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10517775 LEAL FRANCISCO MANUEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 10661562 LEGUIZAMON GUILLERMO RAFAEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 4596221 LEGUIZAMON JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14396971 LEMAT JUAN OSCAR sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22779351 LEMOS WALTER GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31386099 LENARDUZZI EXEQUIEL ROBERTO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 20284472 LEON DIAZ JORGE LUIS sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 33174386 LERENA MARTIN JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 11878891 LESTARD ARMANDO ALFREDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25159868 LIAND WALTER GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27242162 LIBERTO LUCAS MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33525165 LIEBERWIRTH WERNER ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 37465575 LIFSCHITZ JOEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14079348 LIMA SERGIO PABLO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 93491468 LIN WEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 93491468 LIN WEN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 34994789 LIOTARD EMANUEL FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29446657 LIVINGSTON GERMAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16426396 LIZAMA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33168920 LLANOS WALTER SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

LE 8707937 LLERA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23327849 LLORENTE EDUARDO IGNACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 34126203 LOCHBAUM LUCAS ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 34880245 LOPEZ AARON EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34705317 LOPEZ ALAN CHRISTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25149307 LOPEZ ANAELA INES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21821264 LOPEZ ANDRES DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30954920 LOPEZ CLAUDIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29582683 LOPEZ DAVID LEANDRO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26626326 LOPEZ DIEGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7672459 LOPEZ FERNANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7672459 LOPEZ FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17054228 LOPEZ JAVIER OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13204975 LOPEZ JONIS WALTER sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 18623202 LOPEZ JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26189094 LOPEZ JOSE ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26789793 LOPEZ LEANDRO JULIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17254206 LOPEZ NESTOR FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17551334 LOPEZ OMAR sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 92735890 LOPEZ OMAR DARIO sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 13475592 LOPEZ OSCAR ANTONIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26958004 LOPEZ PATRICIO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25044882 LORENTE CHRISTIAN OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29433149 LORENZATTI SEBASTIAN NORBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17406827 LORENZI ESTELA MARY sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29258176 LORENZO GAMA RODRIGO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14034887 LORENZO TORTOSA VICENTE LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28135797 LOSCERBO JEREMIAS GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12215821 LOSSADA JOSE LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 24557955 LUCERO ROBERTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11964205 LUCERO RUBEN HIGINIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 93461440 LUCONI MARCO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 31205938 LUDUEÑA CARLOS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16575469 LUDUEÑA MARIO JAVIER sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 34549365 LUKACS EMILIO JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17335333 LUNA EDUARDO MARIO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 25745605 LUNA MIGUEL DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24674165 LUPIANO JUAN PABLO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 34705667 LUQUE EZEQUIEL ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11094778 LURO GUILLERMO VENTURA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21101287 MACEDO LUIS sobre ARMA LARGA COMB. calibre .223 PLG

DNI 93233141 MACELLARO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 93233141 MACELLARO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 93233141 MACELLARO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 93233141 MACELLARO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16931975 MACHARETTE SERGIO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25033026 MACHELLO JOSE IGNACIO sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 35431042 MACHUCA HECTOR NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12020423 MACUA RUBEN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 12020423 MACUA RUBEN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27874178 MADDALLENO ENRIQUE OMAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 27883423 MADRID JUAN ANTONIO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 26020687 MAIDANA LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21537195 MAIENZA MARCELO JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31202562 MAIOCCO CRISTIAN JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16410972 MALDONADO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30851681 MALDONADO HUGO LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25763264 MALDONADO JORGE ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18291890 MALDONADO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30487419 MALDONADO LEONARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21370267 MALLEMACI FABIAN ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11502993 MALLO RAMIRO GONZALO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30020056 MANDAIO FRANCO DAVID sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 20312309 MANGANARE HECTOR CERVANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8383687 MANSANTA MANUEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 24 UAB

DNI 26676248 MANSILLA CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17206750 MANSILLA WALTER HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 37034120 MARCERO MATIAS NICOLAS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21840711 MARCHESI ALEJANDRO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8147738 MARCON CARMELO NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8262853 MARCOS HUGO NORBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

Page 23: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 23Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 11273635 MARCUCCI SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34022623 MARCUZZI FABRICIO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14064458 MARDIROSSIAN MARIO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14064458 MARDIROSSIAN MARIO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20048842 MAREQUE LEONARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20048842 MAREQUE LEONARDO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17267580 MARIANI GABRIEL CLAUDIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33621487 MARINERO DIEGO AUGUSTO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16327994 MAROGNA LUIS DANIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 4529248 MARQUEZ ANGEL ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31073132 MARTI JONATAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 34647892 MARTINENGHI GUIDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27767481 MARTINEZ ANTUÑA PABLO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27845881 MARTINEZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18018171 MARTINEZ CARLOS MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26654163 MARTINEZ LEONARDO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21614342 MARTINEZ MARIO HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11339512 MARTINEZ OSVALDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24867154 MARTINS RODOLFO IVAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23093149 MARTON HERNAN GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23093149 MARTON HERNAN GUILLERMO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 30379091 MARZORATTI PABLO NAHUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 5499016 MASCOTENA ROBERTO EMILIO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 25956143 MASETTO VICTOR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26663181 MASLAUSKAS SERGIO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 32867464 MASSON JONATAN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24042816 MASSONE LEONARDO CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24042816 MASSONE LEONARDO CARLOS sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 11134175 MATERIA ALDO ANTONIO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 21720990 MATEUCCI MAURICIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24671732 MATTAR MELHEN WALTER EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24671732 MATTAR MELHEN WALTER EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24671732 MATTAR MELHEN WALTER EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13474353 MAX LUIS GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35102018 MAYER WALTER RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16146575 MAZAEDA MANUEL GUSTAVO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 27515634 MAZZA VOGET LIONEL ALBANO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24853898 MEDINA CRISTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20455075 MEDINA ESTEBAN HORACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10713216 MEDINA JORGE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20590902 MEDINA JOSE VICENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16866544 MEDINA JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14981701 MELIGA LUIS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35803516 MELION JUAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 14540381 MELLA ERIC HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10945753 MELONI EDGARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23371345 MENDEZ CALDEIRA LUCAS MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22168060 MENDEZ FABIAN DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29483945 MENDEZ HEBER SELSO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30078964 MENDEZ ISLA FRANCISCO EDUARDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 25712329 MENDEZ JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16711472 MENDIARA LUIS MARCELO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24142667 MENDOZA GABRIEL HECTOR sobre FUSIL calibre 7 MM

DNI 23261295 MENDOZA ROBERTO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16218563 MENENDEZ DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30253143 MENOTTI RUBEN ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17345034 MERCADO MARTIN FAUSTINO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34987209 MERINO GUSTAVO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12880070 MERODIO OMAR GUSTAVO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 28231860 MERTIAN SEBASTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 7761512 MESTRE ALBERTO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17722776 MEYER ENRIQUE GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31823242 MICHALEK FACUNDO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35833072 MIDON CRISTIAN DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 7726935 MIERS LUIS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22719486 MIGALE CLAUDIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25569839 MIGNONE MARIO ADOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36765900 MIJALUK PEREZ IVAN RAMIRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7345335 MILLAN CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21757768 MIO GERMAN CONSTANCIO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 34951631 MIRANDA DARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25545162 MISSIRIAN FABIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26169126 MOGHAMES JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24333020 MOJICA DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13908159 MOLFESA CARLOS EDUARDO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 23585842 MOLINA CRISTIAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18414507 MOLINA JALABERT CARLOS LISANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26671721 MOLINA LUCAS HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16010395 MOLINA ROBERTO DEL CARMEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17382720 MOLINA ROQUE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32947572 MOLINARI FEDERICO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23995218 MONSERRAT PABLO DANIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26798899 MONTEMUIÑO PABLO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24335915 MONTENEGRO CESAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 5392871 MONTERO ANGEL JOSE sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 18652794 MONTES DE OCA PEDRO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94862230 MONTOYA FRANCO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28281824 MORALES JULIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28859467 MORALES MARTIN ADOLFO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17341847 MORAN JOSE LORENZO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 37277279 MOREIRA ALVES ALAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32203381 MORENO HERNAN MARCOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33295061 MORENO MIGUEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10609319 MORENO SEGUNDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 35034392 MORESCO NICOLAS FABIAN sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 29929951 MORILLO PABLO LUCIANO VIDAL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 26363925 MORIN JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16223593 MORIÑIGO GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16762986 MORINIGO VICTOR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16762986 MORINIGO VICTOR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16762986 MORINIGO VICTOR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13920223 MORONE YTALO MARCELO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27540865 MORRA SERGIO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20562394 MOYANO CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26149988 MOYANO SERGIO OSCAR sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 21909825 MUÑIZ MARCELO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 32019082 MUÑOZ JONATHAN RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16584120 MURE OSVALDO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33447025 NANCUL CARCAMO FABIAN JULIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10894268 NAPOLE OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12303996 NAPOLITANO PASCUAL ANGEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 12303996 NAPOLITANO PASCUAL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20252443 NARDONE MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26317902 NAVARES FEDERICO GUILLERMO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 26317902 NAVARES FEDERICO GUILLERMO sobre FUSIL calibre .43 PLG

DNI 11816687 NAVARRO CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 11816687 NAVARRO CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 7367012 NAVARRO EDGARDO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 13401635 NAVARRO GUSTAVO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25247403 NAVARRO PABLO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16476367 NAVARRO RAUL MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17106042 NAVEIRA GABRIEL OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17580291 NAZR CHAUD MARTIN MIGUEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 22685480 NEBOZUK SILVINA MONICA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12491803 NERI CARLOS FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27759231 NICOLINI LUCAS MAURICIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 24462570 NICOLINO ROLANDO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36889527 NIELLA SIÑOLI ALEJANDRO N. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27094824 NIETO JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27929243 NIKOLAJUK ARIEL HERNAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25663043 NIZ CESAR FELIPE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16246360 NOLASCO ADRIAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21553142 NORI NICOLAS SANTIAGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27616775 NOTTE FRANCISCO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31164677 NUÑEZ ALBERTO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16221653 NUÑEZ JOSE LINDOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28645993 NUÑEZ LUCIANO ALBERTO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 17136988 NUÑEZ LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10631795 OBEID FEDERICO ERNESTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22362382 OCAMPO CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23955027 OCAMPO LUIS FERNANDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 18514895 OCAMPO PABLO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27430017 OCON MARISA VERONICA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29415950 OLAZABAL ALEJANDRO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8705032 OLDANO PABLO HECTOR sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 35448025 OLIVA FEDERICO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25848248 OLIVERA CHRISTIAN RODRIGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31579414 OLIVERO LEANDRO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13707143 OLIVIA CECILIA DEL VALLE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13707143 OLIVIA CECILIA DEL VALLE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16815509 OLIVIERI HUGO JUAN DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 14091761 OLMEDO ARTEMIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11192775 OLMEDO NICOLAS MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27661493 OPICHANYY DARIO EMANUEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 23332558 ORELLANA CESAR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10717904 ORIOLO ALBERTO sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 32232927 ORQUERA ANGEL SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23122342 ORTIGOSA LUIS MARCELO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 36106819 ORTIZ DARIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17315199 ORTIZ DELFIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26285586 ORTIZ GABRIEL ARNALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16664442 ORTIZ GRACIELA NOEMI sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25157206 ORTIZ IVAN LUCAS sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 24148323 ORTIZ JORGE DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 24148323 ORTIZ JORGE DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20422218 ORTIZ PEDRO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 93384085 OSTOJA IVAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

LE 7390527 OTERO FILADELFIO ALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4722166 OTERO NORMA ADELIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22242760 OVADILLA IVAN AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7278251 OVANDO MARIO LUIS sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 16506785 OVEJERO VICENTE SALVADOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14969347 OVIEDO ALDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 29361485 OVIEDO CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10552974 PACHECO DOMINGO FAUSTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10552974 PACHECO DOMINGO FAUSTINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30090814 PACIOS NICOLAS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29366947 PAEZ MARCELO ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4637761 PAGANO PEDRO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21131294 PAGELLA DANIEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Page 24: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 24Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 33204313 PAGOTO GERARDO SEBASTIAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 14525538 PAIS RUBEN NORBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32824566 PAIVA EMANUEL GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17440120 PAIZ HECTOR ALFREDO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 11718658 PALACIOS JUAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 22397670 PALACIOS MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27855935 PALACIOS SEBASTIAN sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 22884642 PALICIO PABLO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31958067 PALMIERI EMMANUEL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26193891 PANCI ARIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36807383 PANERO MARIN AGUSTIN ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10844363 PANSERI EDUARDO GILBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28659297 PANTAROTTO ESTEBAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31316191 PAPANICOLAS BRIAN DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10218646 PARELLADA RENE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28698457 PARRA JUAN SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10827122 PASARIN LUCIANO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 10829536 PASCUAL ELSA SUSANA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18031875 PASTERNAK JUAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26468180 PASTOR RAFAEL OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29439222 PAVICH HORACIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16859437 PAZ DANTE OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7814590 PAZ ELOY CANDIDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23041760 PAZ PABLO HERNAN sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 37020833 PECORELLA JULIAN ALFONSO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29256293 PEDRAZA GASTON RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32544891 PELETAY NICOLAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29763674 PENNACCHI GERMAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20593139 PENNELLA MARCELO GERMAN sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 23743217 PENSOTTI OSCAR ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22955611 PENTA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20572660 PERALTA EMILIANO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20543662 PERALTA JORGE FERNANDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 14249596 PERALTA JUAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 16744229 PEREDA GUILLERMO OLEGARIO G. sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 32773522 PEREYRA BELLETTINI RICARDO MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30414091 PEREYRA CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24478778 PEREYRA LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 21131263 PEREYRA RAMON JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17376773 PEREYRA ROBERTO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17376773 PEREYRA ROBERTO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13914090 PEREZ ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13914090 PEREZ ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25027421 PEREZ HUGO MARTIN SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 13382691 PEREZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26575174 PEREZ LABARTHE PABLO MIGUEL sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 26575174 PEREZ LABARTHE PABLO MIGUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 11684966 PEREZ LUIS OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11684966 PEREZ LUIS OSCAR sobre CARABINA calibre 10,4x38R MM

DNI 21432739 PEREZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 32713518 PEREZ RICARDO LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 28090196 PERLIER JUAN FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 37100906 PEROVIC FACUNDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 6053252 PERRONE DANIEL HUGO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 30525656 PERSIC ENRIQUE GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35358204 PERSON DIANA EVELIN sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 35358204 PERSON DIANA EVELIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4706263 PETRACCA JOSE DOMINGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35598711 PETRINI ADRIANO ESEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22369070 PEZZI CRISTIAN LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13413379 PIAGGIO OMAR MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13741990 PICCININI OSCAR MARCELO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 28617007 PIERUCCI ALEJANDRO FAVIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 27729744 PIETRONAVE ALEJANDRO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29401481 PIGA GONZALO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 8270952 PIGNATELLI EDUARDO JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4972857 PILAFTSIDIS MARTA VICTORIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20533754 PINARES OMAR ENRIQUE sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 7869554 PIÑEIRO EDGARDO OSCAR sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26505137 PIÑERO FERNANDO ROBERTO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 20669647 PINI JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7648067 PINO JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26319217 PIOVANO MARCELO RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26583499 PIRONIO LAURA MARIA sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 4642793 PISA JORGE ANTONIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 8186356 PLAUN LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27961413 POGGI JOSE MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28062280 POMETTI JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8112733 PONCE ABELARDO LUIS sobre REVOLVER calibre .44 PLG

LE 8112733 PONCE ABELARDO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8112733 PONCE ABELARDO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26669108 PONCE DIEGO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25697835 PONCE MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20357891 PONCE VACCARINO RODRIGO PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11910781 POSSE JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30374818 POU MATIAS CARLOS sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 33734694 POZZO LEANDRO ADAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13575739 PRADO MARCELO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18495111 PRADO PABLO GERARDO sobre FUSIL calibre .375 PLG

DNI 8344235 PRAM MIGUEL ANGEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 31626610 PRETEL GONZALO MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24847319 PSATHOYIANNAKIS DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13089363 PUIG PEDRO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33877522 QUILODRAN VICTOR ANTU sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14830244 QUINDT SERGIO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32489190 QUIÑONEZ LEANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30848666 QUIÑONEZ LUIS MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21329174 QUIROGA HUGO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16354196 QUIROZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12164591 RABALLO SERGIO MARIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 12164591 RABALLO SERGIO MARIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16791930 RACANA NICOLAS sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 92383799 RADA DANIEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20299311 RAFFIN ALDO ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 5263494 RAMIREZ DANIELA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28395067 RAMIREZ OMAR RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25310252 RAMOS MARCELO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26482467 RAMOS MARTINEZ AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22460255 RAMOS OSVALDO JORGE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10731737 RANIERI JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24271072 RANZANI NESTOR LUIS sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25284703 RAVENA EDUARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20734423 REDI MARCELO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31535483 REINOSO CRISTIAN JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21823078 REINOSO MARTIN ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28216962 RENDE ALEXIS FEDERICO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23008192 REY SERGIO CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31426896 REY SERGIO MANUEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 11547438 REYES JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 10303195 REYNA NESTOR TOMAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26180043 REYNOSO ARIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 32536671 REYNOSO CRISTIAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20443938 REYNOSO LUIS WALTER sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 13249341 RIBAS ALDO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12694323 RIBECCO JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22592510 RIBEIRO ROBERTO CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21561349 RIFFEL CLAUDIO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 31810936 RIOS NESTOR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16924208 RIVAROLA MARCELO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25542560 RIVEIRO VICTOR RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10428124 RIVERA GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13916185 RIZZI GUSTAVO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26436240 RIZZOLO LUCAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22414391 ROBLES GABRIEL AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17408747 ROBLES JOSE HIPOLITO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34053041 ROBLES JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21926294 RODRIGUEZ BENVENUTO CARLOS A. sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 21446999 RODRIGUEZ CARLOS ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14341396 RODRIGUEZ JOSE SANTIAGO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 33495725 RODRIGUEZ MATIAS EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 7365355 RODRIGUEZ NELSON MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26652951 RODRIGUEZ RAFAEL REINALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12834630 RODRIGUEZ SERGIO EVARISTO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 23024842 ROJAS ARIEL DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23024842 ROJAS ARIEL DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94043366 ROJAS BOGADO GUSTAVO ARNALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34276250 ROJAS SEBASTIAN HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 28520529 ROMANELLO DAMIAN MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33072901 ROMERO EDUARDO RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22419133 ROMERO HECTOR ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16356733 ROMERO MARCELO ANIBAL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20689710 ROMERO NESTOR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 35953563 ROMITELLI GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14994651 RONCAGLIA OMAR ORLANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13531895 ROPERO HUGO NELSON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13404726 ROSA MARCIAL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16543136 ROSANO DANIEL EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31118243 ROSATELLI MAURICIO RICARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31412792 ROSSETTI ALEJANDRO EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 5050850 ROSSI OSMAR LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22888386 ROSSI RACCA ADRIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25695303 ROSTAN LUCIANO GASTON sobre ARMA LARGA COMB. calibre .223 PLG

DNI 33313040 ROTH NELSON ALCIDES sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 8482139 ROUAUX MARIO FRANCISCO sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 31435048 ROVETTO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24374029 ROVIRA JORGE NICASIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 16677488 ROZENEK FABIO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 26691581 RUBBO HECTOR ADRIAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26691581 RUBBO HECTOR ADRIAN EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14554958 RUBIO BENITO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13393145 RUBIO GUSTAVO RODOLFO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 18563942 RUFINO JULIO CESAR sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 31380383 RUGGI LASCANO DOMINGO MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7193225 RUIZ CIRILO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24121431 RUIZ FUENTES JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13740843 RUIZ RODRIGUEZ CLAUDIO SERGIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11335617 RUOPPULO ANTONIO ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27059814 RUSCONI FABRICIO JAVIER sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 23833085 RUSSO NELSON EDGAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20433592 SAAVEDRA JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

Page 25: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 25Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 37108664 SABRE MATIAS GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34922797 SACCOROTTI FERNANDO ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8444318 SAENZ RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25096181 SAENZ VALIENTE IGNACIO JOSE M. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30626971 SAEZ FRANCISCO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26606288 SALAFIA PABLO JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13551646 SALAS JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17135833 SALAZAR RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4518785 SALERNO JORGE HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31762471 SALOMON JORGE ANTONIO sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 17314260 SAN NICOLAS JORGE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 30084656 SANCHEZ CAROLINA DE LOS ANGELES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32417186 SANCHEZ FRANCO GASPAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7888911 SANCHEZ FROILAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 37099943 SANCHEZ GUILLERMO ARMANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13404250 SANCHEZ HECTOR ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29414510 SANCHEZ JAVIER ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33791362 SANCHEZ MAXIMILIANO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26934976 SANCHEZ MORENO EZEQUIEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27964448 SANDIN JUAN ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 23958680 SANETI PABLO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21438380 SANGIULIANO GABRIEL ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27971610 SANNA BRUNO JOSE sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 23972180 SANTA JULIANA FACUNDO MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25640825 SANTANA JUAN CRUZ sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34099880 SANTANA MAURO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29564758 SANTANDER JORGE RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20410231 SANTOS JORGE EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16638053 SANTUCHO GABRIEL REYES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31612441 SARACHAGA HUGO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21897166 SARAVIA PACHE RICARDO ANTONIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 33980332 SARTIRANA LUCAS GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30496075 SARTIRANA MARTIN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26368893 SAYAGO JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23988075 SCACCHI MARCELO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30370271 SCARAFIA ALDO FELIPE sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 8106911 SCARAFIOCA NESTOR ROBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21060013 SCARDINO MARIA MERCEDES sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 18573425 SCARMATO ADRIAN ALEJANDRO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 26594167 SCHANZ DIEGO EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 32512951 SCHENEIDER EMILIANO VALENTIN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 34889901 SCHMALE OSVALDO HERMAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28646021 SCHMIDT GUSTAVO OMAR sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 27826208 SCHMIDT HECTOR DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 35175568 SCHMIDT IVAN EMANUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 21413474 SCHREIBER GUSTAVO DIEGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28991607 SEILLANT JUAN IGNACIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 13111843 SEISDEDOS OSVALDO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12590549 SELLARES ALBERTO ENRIQUE sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 28361043 SELVESTREL RODRIGO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8487178 SEÑARIS ENRIQUE FELIPE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8487178 SEÑARIS ENRIQUE FELIPE sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 22604328 SENIW JORGE ANDRES sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 12291871 SERRANO JORGE ALFREDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24136281 SHERIFF ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32662037 SIEIRA HERRERA JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16967860 SILVA ADRIAN HUGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28973936 SILVA BLANCA FABIANA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34624548 SILVA DAVID EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24140472 SILVERO FRANCISCO RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29286699 SIMOES BLANCO EMANUEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31841240 SIMON LEANDRO NAHUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31236954 SIMONETTI JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 33771933 SINKOVEC LUIS MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34217664 SIRVENT FACUNDO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22070855 SLOBODIANIUK EDUARDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28860014 SMITH PABLO MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16498438 SODINI ROBERTO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21666845 SOLAIMAN ROLANDO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4595617 SOMMA ROBERTO LUIS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 10798932 SORBARA JORGE ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12047800 SORIANI MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24980563 SOROETA IGNACIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16196772 SOROF RICARDO DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21028945 SOSA JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7616743 SOTO RAFAEL ROBERTO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 25079425 SOTTILE FERNANDO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26299102 SOUTO DIEGO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28862471 SOUTO RODRIGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23668446 SOUZA LEONARDO JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24769579 SPACCESI AGUSTIN ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29738523 SPANGENBERG POSTIGO MATIAS R sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26896311 SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 14715398 STADNIK ROBERTO JAVIER sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 10266493 STAROPOLI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23218103 STEINBRECHER ARIEL HERNAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 14129439 STERLI ALEJANDRO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25220363 STIVEL JOSE EMILIANO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 27466952 STREITENBERGER JOSE PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33749153 SUAREZ BRUNO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 20755974 SUAREZ JORGE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13721323 SUAREZ JULIAN OSVALDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4627506 SUAREZ LUIS FRANCISCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29539704 SUAREZ MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26669826 SUAREZ RODRIGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16072279 SUAREZ SERGIO OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23604659 SURBANO JAVIER EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33854880 SUSCO EMILIANO OMAR sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 26483384 SUTIL RUBEN ALVARO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17654501 TAFFO FABIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18806378 TANG DI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13668102 TAULADA JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23453669 TAVCAR MAXIMILIANO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10817183 TEBECHERI JULIO ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33921458 TEJEDOR VICENTE AUGUSTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23749131 TEMPERLEY ANDRES EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 22765024 TEN DELFOR DIEGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27210662 TERAN VEGA JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94633750 TERKILDSEN JAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30135541 TESELMAN ANDRES sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 26974892 TEVEZ GUSTAVO RAFAEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 93994007 TIEZZI MASSIMO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25484270 TISSERA JOSE FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16280851 TOLEDO JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23722358 TOLOZA KARINA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27861438 TOMAS JOSE MARIA sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 34681871 TOMASELLA PABLO GILBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12090079 TOMASSI RICARDO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11455374 TOME RAUL AMADEO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17138955 TONELLO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35889545 TORO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20747303 TORRES HUMBERTO RUBEN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13107023 TORRES MANUEL DIONISIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 5222310 TORRES ROBERTO ANTONIO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 5222310 TORRES ROBERTO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20698040 TOURIÑAN GABRIEL MARIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14125491 TOURNIER HUGO NESTOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27357655 TRAFERRI ROBERTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27357655 TRAFERRI ROBERTO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24512840 TRAFICANTE MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24512840 TRAFICANTE MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 26868458 TRIGO SALVADOR EDUARDO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26237050 TRIPI DIEGO GERMAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28520943 TRIVISONNO ARIEL GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26844335 TROTZ GERMAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 27280944 TRUBBO CHRISTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27321109 TRUCCOLO DANILO DAMIAN sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 21951249 TRUCIONIS ARIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 36186726 TULIAN GASTON EXEQUIEL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 27538805 TULIAN NESTOR ALCIDES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22880371 TURLETTI RUBEN MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35915233 ULLOQUE JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16435716 URIZAR PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33393384 URQUIZA PABLO EUGENIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21399927 VACA HUGO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21399927 VACA HUGO MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11455015 VACCARO VICENTE JOSE sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 32362081 VALCARCEL RENZO OMAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8203782 VALDEZ ANTOLIN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30875986 VALDEZ CARMEN MARIA LUJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27081963 VALDEZ FERNANDO LEONEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21918030 VALDEZ JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14898749 VALDEZ JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20782106 VALDEZ MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24498419 VALEIRAS DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22433128 VALENZUELA DIEGO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8595027 VALLES RAUL OSVALDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 23340076 VAN LACKE OSVALDO PABLO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 7684025 VAÑO HECTOR FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 7684025 VAÑO HECTOR FRANCISCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22391271 VARELA RODRIGO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24617315 VARGAS VICTOR HUGO ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23471021 VAZQUEZ ARIEL GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12733198 VAZQUEZ CARRANZA FERNANDO JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12733198 VAZQUEZ CARRANZA FERNANDO JOSE sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 23998836 VAZQUEZ JAVIER HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6068193 VAZQUEZ LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23303692 VAZQUEZ PATRICIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23342957 VAZQUEZ RICARDO ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93585238 VECCHIO DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93585238 VECCHIO DOMINGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 18439671 VEGA GUSTAVO GRACIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28400827 VEGA NORBERTO DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26208657 VEGA WALTER AUGUSTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20452020 VELAZCO MARIO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21777969 VELLIDO PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26067693 VENTURA ARIEL ASISCOLO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 17932696 VENTURINI RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17932696 VENTURINI RAMON sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 28843772 VENTURINO GERMAN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

Page 26: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 26Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 28843772 VENTURINO GERMAN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22815539 VERA MANUEL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 22061449 VERA PABLO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 23420432 VERDU JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24131707 VERDUM CLAUDIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35758882 VERONESI PABLO DANIEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 26462400 VERSTRAETE HECTOR EMMANUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 18476990 VIDELA HECTOR ABEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29026238 VIEJOBUENO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28563966 VIERA CARLOS ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7510231 VIGLIANI ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31907486 VILLA SERGIO FEDERICO LUJAN sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 25616646 VILLAGRA ALFREDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11370445 VILLALBA ALEJO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7596052 VILLALBA JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29301106 VILLALBA LUCIA ELENA sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 30985903 VILLARRUEL FRANCO HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32217441 VILLARRUEL VICTOR OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32741132 VILLAVICENCIO OSCAR DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32741132 VILLAVICENCIO OSCAR DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17998564 VIÑA JORGE GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25790644 VIÑES RODRIGO MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31842343 VIOTTI PABLO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20386848 VIQUE AMERICO OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13820388 VISINTINI MARCOS DANTE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 29809322 VISMARA PABLO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 27979635 VITALE SEBASTIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16473696 VIVA MARIANO MARCELO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 14282100 VOSILA RUBEN HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27322347 VOTTERO CARLOS DAVID sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18351644 WANDERKAUVEN MARIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 94510887 WANG TING sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33778793 WEINZETTEL PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10580038 WHITTINGSLOW HORACIO RICARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28596198 WILCHISKY JONATAN MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 94180430 WU ZHENGYU sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94030127 XU YANPING sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16865307 YANZON CARLOS MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27416873 YEVENES GABRIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24496229 YURREBASO MARIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36770486 ZABALA JONATHAN DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16727461 ZABALA SEBASTIAN JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8104226 ZACCAGNINO ANGEL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13475900 ZAGARESE PIOSSEK DANIEL EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 12333157 ZAMBELLI ALFREDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12791059 ZAMBRANO ALBERTO MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20801537 ZAMORA FABIAN RODOLFO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22414973 ZAMORA SIMON ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22015540 ZAPATA CAMILO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25218945 ZAPATA PLANES CHRISTIAN HECTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27579195 ZAVALLA MARTIN HORACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32262438 ZEBALLOS JORGE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14581720 ZEBALLOS JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8256248 ZEGARELLI JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30787136 ZENTNER IGNACIO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94117518 ZHENG DAIGUI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 95084295 ZHENG JINFU sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18803007 ZIMMERLI ROBERTO sobre FUSIL calibre .43 PLG

DNI 23292433 ZITO DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23292433 ZITO DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23292433 ZITO DIEGO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32479893 ZUCCO COSTA FEDERICO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 27100652 ACEVEDO DANIEL ALBERTO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33795934 ACEVEDO NICOLAS EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31743871 ACEVEDO RICARDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25128553 ACEVEDO SERGIO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8286354 ACHER DESIDERIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16078805 ACOSTA JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7377301 ACOSTA NORBERTO ALCIDES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11318256 ACUÑA PEDRO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5220055 ACUÑA PEDRO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22388824 ADESSO EDUARDO ALBERTO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 11399990 ADRIEL NESTOR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18852995 AGUIAR MORENO ALFREDO ANTONIO ámbito de VALTO SEGURIDAD S.R.L. 30710895569

DNI 20220064 AGUILAR CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24523897 AGUILERA FLORINDO ERNESTO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 21754164 AGUILERA JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33722425 AGUIRRE ANGEL CRISTIAN OMAR J. ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 8559624 AGUIRRE EPIFANIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20317684 AGUIRRE FABIAN RODOLFO ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 11989493 AGUIRRE JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20973927 ALARCON ALBERTO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4580474 ALBERTOLI RUBEN OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 23456106 ALBORNOZ GREGORIO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 23437431 ALCARAZ SALVADOR GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13309916 ALCARAZ VICTOR FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31614976 ALDERETE HUGO DANIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 23839413 ALDERETE VICTOR ORLANDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 7699981 ALDINIO CARLOS FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25770783 ALEGRE FLORENCIO ADRIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 22497454 ALEGRE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13589622 ALMADA HECTOR ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11149739 ALMADA RUBEN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11528387 ALMIRON MATEO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16177944 ALONSO JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20062859 ALOY JORGE FABIAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 21138404 ALPUIN TORRES MARCELO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29122927 ALTAMIRANO CLAUDIO DANIEL ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 26188832 ALTAMIRANO DANIEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32354076 ALVAREZ BULFON MAXIMILIANO G. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14404575 ALVAREZ CARLOS FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34400464 ALVAREZ CRISTIAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12515025 ALVAREZ DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33945609 ALVAREZ EDGAR MATIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30852725 ALVAREZ GUSTAVO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26038307 ALVAREZ LEONARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20009881 AMANI CARLOS MARIA ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 16810920 AMAYA GUSTAVO GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17525147 AMBOAGE RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20606862 AMUD EDGARDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26322298 ANDRADA RAMON EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33753764 ANDRETTA NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27086266 ANDREU JUAN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17315625 ANGELINI ALEJANDRO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36873584 ANGELINI DANIELA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22348127 ANGHILANTE MARCELO ALCIDES RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27182777 ANSELMINO PABLO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11636348 ANTIPAN ROMELIO EVARISTO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 21613933 AQUINO CARLOS JAVIER ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 26357614 ARAN SERGIO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25513715 ARANDA ALBERTO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17672685 ARANDA JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11998154 ARCE SERGIO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17755252 ARCEU MARIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31933745 ARESTI EMMANUEL RAMON ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

LE 6368926 ARGAÑARAZ JUAN DE DIOS RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12332599 ARIAS JOSE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21561448 ARIAS RUBEN OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28095823 ARICO FERNANDO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8059453 ARMELLA JUAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27593233 ARMOA GUSTAVO ALCIBIADES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25995711 ARREDONDO FERNANDO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16949200 ARREGIN IRINEO SALUSTIANO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 25696123 ARREGIN JAVIER ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16106243 ARRIGHI LEONARDO LUIS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 16068427 ARTIGAS NELIDA ESTHER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8335633 ASCUA ESTEBAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30023717 AVALOS DIEGO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13011714 AVALOS JOSE ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16183896 AVILA POLETTI HUGO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23560872 AYALA RAMON DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23111009 AZCARATE LUIS MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13691632 AZUA HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24599364 AZULA HERNANDO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26659619 BADIALE DIEGO ALEJANDRO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 12831521 BAEZ ANTONIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28013810 BAEZ MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26435129 BAEZA BALMA DEMIAN AGUSTIN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 4401324 BAGALA SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28229517 BAIMA ESTEBAN RUBEN ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907

DNI 28229517 BAIMA ESTEBAN RUBEN ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA. 30643445510

DNI 20919599 BARBOZA SERGIO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8207625 BARRETO HECTOR SALUSTIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32206218 BARRIA EDGAR WENCE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29319796 BARROS OSCAR ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 32187450 BASTASINI PABLO GABRIEL ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 12808689 BATISTA ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16761430 BAUZA MARCELO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17986460 BECERRA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6279270 BEDACARRATZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17192615 BEDO MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21891417 BELIZAN JORGE ANIBAL ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 25473330 BELVEDERE NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 27: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 27Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 17872196 BEMBA DAMIAN RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28439507 BENCARDINO OSCAR JONATAN ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 8472396 BENEGAS HECTOR JUAN ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 11163928 BENITEZ EDUARDO JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11428748 BENITEZ ENRIQUE ALFREDO ámbito de TR.DE CAUD.VIGENCIA DUQUE S.A. 30689011817

DNI 20288622 BENITEZ GUSTAVO ARIEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 24816488 BENITEZ JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10348598 BENITEZ JUAN DE DIOS ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 8255444 BENITEZ JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13197259 BERDUN EULOGIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12290113 BERGARA JUAN LUIS ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 29777341 BERNACHEA LEANDRO FEDERICO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047

DNI 11813419 BERTOLA HUGO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16303983 BIANCHI HECTOR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12824862 BIANDIN ABEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27716930 BILLORDO CESAR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29464422 BOGADO FEDERICO IVAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25682183 BOHN GUSTAVO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23623562 BONFIS ALFREDO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5881475 BONIFACINI HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12972779 BORDA VALENTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21788247 BORDON HECTOR DANIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 21522891 BORDON PEDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8290295 BOVERO EDUARDO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11509686 BRAGADO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29197161 BRITO DANIEL ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26936765 BRITOS WALTER ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17928219 BROULLON JOSE ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 5195014 BRUZZONI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24633237 BUCOLO CRISTIAN RUBEN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16881990 BUERA MARIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28308514 BUIATTI ORLANDO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16903201 BULACIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30320447 BUSSIOL GILBERTO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 11522525 BUSTAMANTE SANTOS EULALIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21104231 CABALLERO LUIS MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31977870 CABALLERO MARIA BELEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14632248 CABRERA MARCIAL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23851175 CACERES ALCIDES ANDRES ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 27270504 CACERES LEAL FRANCO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11916771 CACERES LUIS CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13097458 CACERES ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33563488 CAL SEBASTIAN JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22307004 CAMPOS PATRICIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30904370 CAMPOS SERGIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24625672 CANDIA OSCAR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11994640 CANDOTTI PEDRO JOSE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12331646 CANESSINI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26505693 CAÑETE GABRIEL ALEJANDRO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 23705258 CAÑETE JORGE ALBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 20176380 CANTELI GUSTAVO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11959536 CANTON MARCOS AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12302634 CAPIZZI CARLOS HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14260213 CARABAJAL HECTOR GABRIEL ámbito de SEGURIDAD ARGENTINA S.A. 30609445196

DNI 11145944 CARABAJAL JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20383637 CARDOSO CARLOS ALEJANDRO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 14944414 CARNELUTTI HUGO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16207818 CAROTTA ALFREDO ADEMAR ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 16353716 CARRIZO ALBERTO PAULINO ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390

DNI 5257972 CARRIZO OSCAR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13708801 CARRIZO VICTOR ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14994121 CARRUBBA LEOPOLDO ALEJANDRO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 10518614 CARVALLO BACILIO FRANCISCO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 12707539 CASCINO ANIBAL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11214460 CASTELLANO JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20199602 CASTILLO MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8317086 CATALDO HERCULES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16810590 CENTURION GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7475752 CENTURION JOAQUIN TEODORO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8066152 CHAILE FRANCISCO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8223692 CHAPARRO ANASTACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16262625 CHAVEZ ROBERTO FLORICIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14352870 CHAVEZ ROQUE HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13555326 CHAVEZ SERGIO TOLENTINO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 23468743 CHAYLE MERCEDES DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17231534 CHICORIA CARLOS ALBERTO ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821

DNI 23646290 CHIO IGNACIO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8160994 CHOCOBAR RAUL MAMERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17391970 CIANCI ROBERTO OSVALDO ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 25443544 CICHERO GUSTAVO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22657342 CLAROS JOSE MARTIN ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 17143308 COLMAN RAMON ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31590828 COLQUE ROQUE MAXIMILIANO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 11633661 COMPOSTO ROBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23451763 CONCI JORGE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32375118 CONTRERAS CLAUDIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16488044 CONTRERAS OSCAR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11062869 CORDOBA MANUEL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12106392 CORONEL ANTONIO ALBERTO ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 14516968 CORONEL JULIO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33735119 CORREA LUIS CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12482206 CORREA OSVALDO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8207648 CORREA RAUL OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20960234 CORTES HUMBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24235288 CORTEZ SERGIO DANIEL DARIO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 10504592 COSTA OSVALDO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17821944 COSTILLA MANUEL ANGEL ámbito de SERV.DE INV.LA PRINCIPAL S.A. 30707436103

DNI 14540869 CRESPIN SERGIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32480728 CRUZ EDUARDO RODOLFO JAVIER ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 14723000 CRUZ EMILIO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26293091 CUELLAR JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28323928 CUELLAR RICARDO DAMIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 17038736 CUENCA HUGO FERNANDO ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215

DNI 26732033 CUENCA JORGE LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17304966 CUTTITTA JUAN CARLOS ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821

DNI 8435691 D'AMICO JULIO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14051703 DE BOURGOING JORGE PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30634155 DE LA ROSA BRUNO RAMON EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16529183 DECILI GERARDO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16112519 DEFALCO GUSTAVO ALBERTO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 12799184 DEL POZZI NILDA MABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18514311 DELFINO MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36076958 DELGADO FEDERICO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7869289 DELLAGOGNA ALBERTO ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12177833 DI BONO CARLOS DANTE ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 4523748 DI MODICA JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4518709 DI YORIO JOSE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20664203 DIAZ ELPIDIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10975121 DIAZ FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 7781560 DIAZ FRANCISCO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25424176 DIAZ JUAN RAMON ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 24910686 DIAZ LUIS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34888343 DIAZ MARCELO SEBASTIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 31202768 DIAZ MAURICIO SANTIAGO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 34806056 DIAZ SOLIS JOHANN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26170121 DIGIORGIO GASTON ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14325253 DOMINGUEZ EMILIO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29468768 DOMINGUEZ MARCELO GABRIEL ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 25818793 DOMINGUEZ ROGER ANTONIO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30658963895

DNI 16116153 DONADIO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24106736 DORADO MANUEL ALEJANDRO ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269

LE 4706960 DRUETTA OMAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22050577 DUARTE DIONICIO ESTANISLAO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24096779 DUARTE JAVIER HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11077099 DUARTE PEDRO ABRAAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28471017 DUMERAUF BAHL GERARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12238828 DURANT TITO ANGEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 12449585 ELIAS CARLOS EDUARDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 24715714 ENZ NORBERTO ADRIAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 21513691 ESCOBAR CESAR ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 18262474 ESCOBEDO GONZALEZ LUIS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24271622 ESPECHE FERNANDO ARIEL ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L. 30714208795

DNI 20025114 ESPINDOLA RODOLFO DANIEL ámbito de SEGURIDAD PROFESIONAL S.A. 30688598628

DNI 18636859 FALCON WALTER MODESTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 11280504 FARANNA RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21443060 FARFAGLIA GUSTAVO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8574910 FARFAN LUIS ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7958245 FARIAS LIDORO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25086036 FARIZAN GASTON OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8275418 FENU NORBERTO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13127204 FERNANDEZ DANIEL FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14240509 FERNANDEZ EDUARDO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33724505 FERNANDEZ FARQUHARSON DAVID E. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22643516 FERNANDEZ JOSE OSCAR ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 30429843 FERNANDEZ MARTIN GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12514567 FERNANDEZ OSVALDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11607510 FERNANDEZ ROBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 28: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 28Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 13361836 FERRAU RICARDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13948141 FERRERAS CLAUDIO EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28588710 FERREYRA DANIEL JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29180153 FERREYRA FERNANDO ABEL ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30658963895

DNI 24714886 FERRIERI LUIS ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10747571 FESTORAZZI OSVALDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20874799 FIALA JOSE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22252397 FIDALGO PABLO DANIEL ámbito de AJM SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30709851191

DNI 30283850 FLECHA CRISTIAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11861543 FLEITAS ATANASIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14416308 FLORES JACINTO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11513849 FLORES OSMAR ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22113209 FLORES ROBERTO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14292014 FONSECA ELACIO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35244533 FORTE MATIAS HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25053944 FRAGA PANTALEON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 5401377 FRANCO MARIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20230435 FRETES PEDRO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18586492 FRIAS MARCELO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 4432752 FRONTERA ALBERTO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11553448 FUCCARACIO ROBERTO OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 30675697 GALARZA CONDORI GERMAN EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21801607 GALARZA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17752933 GALIANO JULIO RICARDO ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237

DNI 4617399 GALIE OSCAR GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20983360 GALLARDO RODOLFO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29693750 GALVAN SERGIO DANIEL ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269

DNI 7745203 GANCHEV GUILLERMO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10054914 GARAY DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8581281 GARCIA ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23453936 GARCIA CARLOS MARCELO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 8632972 GARCIA JOSE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17157531 GARCIA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21958937 GARCIA WALTER GABRIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14715291 GARGANO GUILLERMO RINALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23454050 GARRO FERNANDO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14637546 GARZON RUBEN EDELMIRO ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 12269171 GAUNA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11437679 GAUNA MARIO PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23153911 GAUNA RAIMUNDO ALFREDO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 30445459 GAUTO ANTONIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12450741 GAUTO RAMON LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26460354 GELI RODRIGO LEANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12280941 GELVEZ OFALDO CALLETANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26876242 GEREZ RUBEN DARIO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 29348651 GIAVEDONI GONZALO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24887121 GIL ARIEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 34519987 GIMENEZ DAVID ALEJANDRO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 13961450 GIMENEZ LUIS GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26486111 GIULIANO RICARDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26769797 GODOY DAVID ANDRES ámbito de ALTA VISION S.A. 30646387821

DNI 4391254 GOMEZ CARLOS LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13717298 GOMEZ DANIEL AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14134398 GOMEZ ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26781112 GOMEZ JUAN ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 12344346 GOMEZ OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26788455 GONZALEZ ABEL OSCAR ámbito de CONSULTORA VIDECO S.A. 30691574772

DNI 23045481 GONZALEZ CARLOS ANIBAL ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 94455887 GONZALEZ CORNEJO FRANCISCO J. ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 20342574 GONZALEZ FLORENCIO RAMON ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 13891076 GONZALEZ GABRIEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32466437 GONZALEZ GILL CESAR IVAN ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958

DNI 27568285 GONZALEZ JUAN AUGUSTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 22561690 GONZALEZ MANUEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23672638 GONZALEZ MARCELO DANIEL ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 22585639 GONZALEZ NESTOR OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17874725 GONZALEZ OSVALDO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20122523 GONZALEZ REYNALDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18511107 GONZALEZ RUBEN OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7553635 GONZALEZ SATURNINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20894917 GONZALEZ SERGIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29459508 GORENA RAUL HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16443837 GORO JORGE ISAIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18031069 GOROSITO JOSE ERNESTO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 26524283 GOROSITO MATIAS NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16119936 GOYTIA CARLOS MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14051263 GRACHOT FRANCISCO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4398033 GRANDINETTI ARTURO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33319883 GRANEL LUCAS IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 29517707 GREGORIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14627126 GRENILLON JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30274418 GRISMADO ALBERTO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20399938 GUANTAY OSCAR FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26146268 GUARAGLIA WALTER GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13127564 GUERREIRO HORACIO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29704123 GUERRERO SERGIO ALEXIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7728274 GUILLOT LUIS JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10736862 GUTIERREZ ANGEL CRUZ sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28930036 GUTIERREZ CHRISTIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28954305 GUTIERREZ FACUNDO EMILIO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 16495346 GUTIERREZ MARCELO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17555475 GUZMAN MARCELO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11536305 HARTMANN MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14448211 HENAULT EDUARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22759611 HEREDIA JUAN CARLOS ámbito de CONSULTORA VIDECO S.A. 30691574772

DNI 10247231 HERMITA RAUL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29661724 HERNANDEZ RODOLFO GUSTAVO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8238513 HERRERA ENRIQUE MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31375938 HERRERA FERNANDO MARCELO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 18076282 HERRERA GUSTAVO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10840459 HERRERA HECTOR RAMON ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 13303165 HERRERA SUSANA NOEMI sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26050100 HOFFMANN GUILLERMO ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 11036126 HOMAR HORACIO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5539719 HOYUELOS ROBERTO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 40763345 HUAYGUA NELSON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21570584 IANNIBELLI JULIO PASCUAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22248207 IAPALUCCI MARIO ANTONIO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 31601452 IAQUINTA SEBASTIAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 21432965 IBAÑEZ RUBEN HORACIO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 12672149 IBARRA DARDO TOMAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12573719 IBARRA PEDRO ANTONIO ámbito de EMPR.DE SEG.FALCON S.A. 30655255865

DNI 26708967 IGLESIAS WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28214892 INSFRAN JORGE ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10188867 INTORBIDA DANTE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12096195 INTRONA SAVERIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13736416 ISAAC GUSTAVO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7538892 JACQUET ZENON CELESTINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27696449 JAIMERENA CARLOS ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28531817 JARA RICARDO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27216318 JEANDET NATALIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33086585 JUAREZ ANGEL ANDRES ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 29055964 JUAREZ EDUARDO LUJAN ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 31909563 JUAREZ PABLO ESTEBAN ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 17694350 JURE CARLOS ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26387491 KEES ALFREDO LUCIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13102596 KITASHIMA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26372031 KLEIN SEBASTIAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7887381 KOPAJ GUILLERMO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28044068 KORMANN FABIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16138284 LAGOSTENA ALEJANDRO WALTER ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 22902394 LAPERTOSA OSCAR HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11330991 LAPIANA CARLOS ROQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34386818 LARA HECTOR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5389100 LARRE JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32703950 LAZO RIQUELME MATIAS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17830369 LEDESMA ANGEL ALBERTO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 11569320 LEDESMA HILARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10212358 LEDESMA RAUL RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35208122 LEGUIZAMON LUCAS RAUL ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 17628832 LEGUIZAMON WALTER OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33373157 LEIVA MARIA GUADALUPE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22125187 LEIVA RICARDO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16554621 LENTA AUGUSTO OSCAR ámbito de DE CONFIAR SEGURIDAD S.R.L. 30709842788

DNI 16828936 LIBERE ADRIAN CLAUDIO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 4696824 LILJESTHROM RUBEN RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12086410 LINARES CARLOS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16426396 LIZAMA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23817614 LIZARRAGA GUSTAVO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 25370232 LLANO PORTILLO JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8016743 LLANOS CARLOS EUFEMIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11597655 LO TARTARO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27162426 LOBO CRISTIAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30369374 LOPEZ ANDRES JESUS ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 13497101 LOPEZ CARRASCOSA MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23033373 LOPEZ CHRISTIAN LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16760552 LOPEZ CLAUDIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 29: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 29Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 25558634 LOPEZ DIEGO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7672459 LOPEZ FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29200296 LOPEZ MANUEL ANGEL ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 31035535 LOPEZ MARTIN EDGARDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 31441834 LOS ARCOS PABLO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16490731 LOZA MIRKO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11509683 LUCERO ORLANDO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24832081 LUDUEÑA DIEGO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21477742 LUISI HECTOR MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22729882 LUNA MARIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7640577 LUQUE CEFERINO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14778630 MACHADO HORACIO JOSE ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 11104341 MACHICADO JULIO ALBERTO ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

DNI 4537815 MAGNONI RUBEN JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12760221 MAIDANA BERNARDINO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16410972 MALDONADO CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31795437 MALDONADO JUAN JOSE NICACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30487419 MALDONADO LEONARDO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24391177 MALDONADO OMAR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10107130 MALDONADO RAMON ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14446936 MALDONADO RAUL EDMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29385535 MANCERA AXEL RICARDO ámbito de COOP.DE TRAB.SOLUCIONAR LTDA. 30644343428

DNI 8230863 MANCUELLO RAMON HERMINIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 94094018 MANEIRO CALDERON MILTON DANIEL ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 17656713 MANSILLA WALTER DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35373783 MARCHELLI MAURO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 24019683 MARDONES DANIEL SALVADOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14229332 MARECO LUIS ALBERTO A. ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 11530078 MARINO FERNANDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18235152 MARINO ROBERTO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21778479 MARQUEZ GUSTAVO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4081075 MARRARI MIGUEL DECIMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31073132 MARTI JONATAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30028112 MARTIN LUCAS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20894123 MARTINEZ ABEL DARIO ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 28387490 MARTINEZ ALEJANDRO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11755090 MARTINEZ ARTURO HECTOR JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28007202 MARTINEZ CRISTIAN EDUARDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 27873055 MARTINEZ DANIEL OSMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12482214 MARTINEZ EDUARDO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10152400 MARTINEZ GUIDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12791360 MARTINEZ HORACIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33149924 MARTINEZ JAVIER LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11219156 MARTINEZ JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11957711 MARTINEZ JUAN ZENON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26654163 MARTINEZ LEONARDO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27697457 MARTINEZ LUCIANO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24798985 MARTINEZ MARCELO ALEJANDRO ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 22230339 MARTINEZ WALTER OMAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 28985188 MARTIRIAN MAXIMILIANO DARIO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 11687224 MARTOCCIO VICTOR JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27464894 MARTORELL MARIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13693461 MAURO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33365881 MAYORDOMO GABRIEL EDUARDO ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 13086829 MAZZEO EDUARDO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12744117 MEDINA ELPIDIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28942909 MEDINA EUGENIO GASTON ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 35448597 MEDINA LEANDRO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8463390 MEGIAS JORGE ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34389937 MELCHIORE FABRICIO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16432710 MELIQUEO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29483945 MENDEZ HEBER SELSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11687424 MENDIETA NORBERTO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18377393 MENDOZA JUAN ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18248768 MERA LEONARDO RUBEN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

LE 7609736 MEREDIZ JOSE IGNACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11939935 MERELES FERMIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21169677 MESA MARCELO ALBERTO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 26323267 MEYER MAXIMILIANO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11393701 MEZA VICTORIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34047142 MIERS JORGE FEDERCIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22970933 MIGUEL LEANDRO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16290948 MINGORANCE HONORIO EUGENIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12960611 MIÑO ROBERTO JACINTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8406579 MINUTELLA RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16621702 MOLINA ELISEO AGUSTIN ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 16621702 MOLINA ELISEO AGUSTIN ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 32024120 MOLINA LEONARDO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20185979 MOLINA OSCAR EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17707755 MOLINA PABLO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12221969 MOLINA PEDRO DE JESUS ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 17382720 MOLINA ROQUE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23879366 MOLINA WALTER ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26798899 MONTEMUIÑO PABLO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 18652794 MONTES DE OCA PEDRO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4432818 MONTI OSVALDO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14546898 MONTOYA RICARDO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34346339 MONZON CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6070684 MORALES JORGE AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7728764 MORALES JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10447818 MORENO LUIS HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34211647 MORENO MARIO GABRIEL ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 10942504 MORENO PASTOR FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30880370 MORESI ALEJANDRO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12248793 MOREYRA HUGO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35136078 MORGA DANIEL DAVID ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 26260310 MORINIGO ESTEBAN ANIBAL ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 23177015 MORO EDUARDO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26149988 MOYANO SERGIO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4751722 MUCCILLI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22512909 MUÑOZ ELIZARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17709974 MURATORE CARLOS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32288702 MURUA PABLO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10872004 MUSTO EDUARDO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13444371 NAGY ABONYI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14888642 NARDI CLAUDIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24024932 NARVAEZ RUBEN OMAR ámbito de S.P.G. S.R.L 30651415957

DNI 8386825 NAVARRO ALCIDES RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10333001 NAVARRO HECTOR DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23816137 NAVARRO JUAN CARLOS RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11975026 NAVARRO RUBEN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22685480 NEBOZUK SILVINA MONICA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6153932 NEVES RAMON ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7595250 NICOSIA FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14226185 NIEVA JUAN EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22808710 NINAJA OSCAR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6149964 NIZ ALBERTO PASCUAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25663043 NIZ CESAR FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10966848 NOLASCO LUIS MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28860959 NOSA HERNAN AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27616775 NOTTE FRANCISCO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12352154 NUÑEZ CESAR ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14359292 NUÑEZ OSCAR RAIMUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32716734 NUÑEZ SEBASTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24604009 NUÑEZ SERGIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32497334 OCAMPO DIEGO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30651638 OJEDA DIEGO HERNAN ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 8374377 OJEDA MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27237941 OLDRINI ARIEL JOSE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13061314 OLIVERA ANTONIO OSBALDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 8557409 OLIVERIO ORLANDO JUAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14817551 OLIVIERI OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14640220 OMODEI FERNANDO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11739488 ORELLANA SIMON ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10906047 ORTEGA ANTONIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20118397 ORTIGOZA GREGORIO AMADO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24422163 OSORIO CRISTIAN GONZALO ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30549486513

DNI 14484859 OTERO JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16828047 OTERO PABLO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10180015 OTRERAS JORGE JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22242760 OVADILLA IVAN AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21754513 PAEZ HECTOR OCTAVIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7624471 PAIVA PAULINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14362752 PALMA HECTOR MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17396076 PALMA RICARDO NESTOR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 23073603 PALOMEQUE DAMIAN JORGE ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 24220800 PANIAGUA LUIS GUILLERMO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 28365334 PARED PEDRO JAVIER ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 13657595 PAREDES ALDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13727972 PAREDES DANIEL RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30894731 PAREDES HECTOR NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21309940 PARODI JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28698457 PARRA JUAN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4514582 PASSO CARLOS ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7866399 PASTENA VICTOR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32885308 PATIÑO GUSTAVO FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14822390 PAULETTI LUIS ALBERTO ámbito de COOP.DE TRAB.SOLUCIONAR LTDA. 30644343428

DNI 23113546 PAVON EDGARDO BENJAMIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16394411 PAVON HECTOR REMIGIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13573935 PAZ ADOLFO ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12666029 PAZZAGLIA ADALBERTO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12339553 PEDRAZA HECTOR HUGO ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 20754533 PEDROZO JUAN BAUTISTA ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 16865558 PEÑALBA GUSTAVO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12530697 PENNISE JORGE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14013054 PERALTA ESTEBAN ADRIAN ámbito de GRUPO TEAMSEG S.A. 30710752113

Page 30: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 30Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 21756135 PERALTA MARIA EUGENIA DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16879438 PERALTA OSCAR ALBERTO ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 16879438 PERALTA OSCAR ALBERTO ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 27668099 PEREIRA LUCIANO ámbito de C.DE TRAB.LINCE SEG.LTDA. 30643445510

DNI 27668099 PEREIRA LUCIANO ámbito de C.I.S.E. S.R.L. 30576061907

DNI 11670248 PEREIRA LUIS ANIBAL ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 14280745 PEREYRA JOSE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20694057 PEREYRA VICTOR TEOFILO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12443004 PEREZ ROQUE ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7863668 PEREZ TERENCIO DIONICIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4829961 PIAZZA NELDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4891811 PICCA JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23124737 PIGNANELLI GUSTAVO RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22805913 PLAZA OSCAR ALBERTO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 8514021 PONCE JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20879043 PONCE JULIO NORBERTO ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 11694307 PORTABELLA NICOLAS FEDERICO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21707178 PORTILLO EDUARDO JAVIER ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 8336977 POUGY ROBERTO ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4402306 POZZE JOSE ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27930270 PRADO MATIAS ABEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 7634702 PREVITERA FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11889699 PRITZ ROBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20515714 QUEIROZ GABRIEL JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25066483 QUINTANA GASTON AVELINO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12903566 QUINTEROS JUAN CARLOS ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 31798675 QUIPILDOR CRISTOBAL ROSARIO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 18058055 QUIROGA CLAUDIO HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7697240 QUIROGA MARCOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18291092 QUIROGA OSCAR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16534249 QUIROZ ENRIQUE ALBERTO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 29452693 RAIMONDO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22511156 RAJOY RAMON RUDECINDO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 17851476 RAMALLO FABIAN EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13544720 RAMIREZ ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28032504 RAMIREZ GERARDO FABIAN ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

DNI 10152323 RAMIREZ NAZARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30201546 RAMIREZ SEBASTIAN AMADO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 14150222 RAMOS ALDO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16979341 RAMOS HECTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11799853 RATTI RAUL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12505131 RAUCHS HECTOR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4533858 RAVEROT JULIO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13549049 RAVETTI RAUL PEDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13353101 REATTO DOMINGO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25769763 RECALDE SERGIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8495942 REDIN ORLANDO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11312316 REKOFSKY MARIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18068270 REY GRANGE ALFREDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23008192 REY SERGIO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23173681 REYES OSCAR ADRIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 32536671 REYNOSO CRISTIAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24398216 REYNOSO VICTOR HUGO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 7790178 RICARDES ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4148803 RICORDI ALEJANDRO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28145121 RIOLO FERNANDO GABRIEL ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 10150473 RIOS BENJAMIN FERNANDO ámbito de ARA SEGURIDAD S.R.L. 30714208795

DNI 14627245 RIOS DANIEL VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11386575 RIOS EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26519829 RIOS FAVIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31810936 RIOS NESTOR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21692449 RIQUELME LORENZO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10445949 RIVAS LUIS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23409370 RIVERA NELSON ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 31704821 RIVERO DARIO CARLOS ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 22768301 RIVERO FERNANDO DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10681637 RIVERO JUSTIINO DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16742200 RIZZARDI HIRAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18145216 ROA JOSE LUIS ámbito de PROTECCION DE RIESGOS S.R.L. 30708826010

DNI 23010200 ROBLES MARCELO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20441593 RODAS ENRIQUE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18254920 RODAS MIGUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33842247 RODRIGUEZ ANIBAL RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11998072 RODRIGUEZ ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21446999 RODRIGUEZ CARLOS ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17429751 RODRIGUEZ CLAUDIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35773776 RODRIGUEZ DAVID OSMAR ámbito de STARSEG S.R.L. 30651824938

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 20072467 RODRIGUEZ HECTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13404544 RODRIGUEZ HUGO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20707266 RODRIGUEZ HUGO RICARDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12226356 RODRIGUEZ JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33554783 RODRIGUEZ JOSE EDILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14192970 ROJAS PEDRO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8272341 ROLDAN FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10468436 ROLDAN PICASSO ALEJANDRO A. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25996743 ROMANO LUCAS DAVID ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 33072901 ROMERO EDUARDO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7911249 ROMERO GREGORIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8519530 ROMERO HECTOR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24258468 ROMERO JUAN CARLOS ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237

DNI 27373676 ROMERO JULIO CESAR ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215

DNI 25308515 ROMERO MARIN ROLANDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22232192 ROMERO MARIO JORGE ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 11415344 ROMERO OSCAR ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13373398 ROMERO OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25978936 ROMERO ROBERTO RAFAEL ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269

DNI 23244670 ROSAS VERA MARCELO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23153571 ROSELL ROGELIO RODRIGO ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 13730342 ROSETTI OMAR DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16120311 ROSSI GUSTAVO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28783687 ROVERA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12267260 RUIZ JOSE SILVANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20954716 RUIZ SERGIO ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17063033 RUIZ SERGIO OSCAR ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 11321060 RUS JULIO HECTOR ámbito de SEGUR PART S.A. 30685269755

DNI 17935501 RUS RUBEN ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14314695 SAAB DAVID ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18896814 SAAVEDRA BURGOA JUAN PABLO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 31114466 SABATINO ALVAREZ ESTEBAN LEANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24213443 SAGANIAS ALFREDO RICARDO ámbito de SECCLEAN S.A. 30709645745

DNI 17877864 SALA MARCELO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7772783 SALAVERRY JUAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8438479 SALINAS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21393463 SALVADOR NESTOR CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25416626 SALVI EDUARDO ADRIAN ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30084656 SANCHEZ CAROLINA DE LOS ANGELES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14784906 SANCHEZ GABRIEL OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26934976 SANCHEZ MORENO EZEQUIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20279704 SANCHEZ NESTOR FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7233058 SANCHEZ TORANZO CARLOS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21980282 SANDOVAL GUILLERMO ALEJANDRO ámbito de SEGUR PART S.A. 30685269755

DNI 28072883 SANTANA VENTURA JOSE LUIS ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 25658998 SANTILLAN ALEJANDRO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12822663 SANTILLAN ANTONIO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20410231 SANTOS JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36640254 SANTUCHO DAVID EMANUEL ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 26282349 SAPORITI CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23988075 SCACCHI MARCELO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8106911 SCARAFIOCA NESTOR ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25204988 SCHREYER WALTER RODOLFO ámbito de INTEGRAL SECURITY SYSTEM S.R.L 30707425047

DNI 34969619 SCHULTHEINS ALFREDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13078639 SCILIRONI JORGE ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17999758 SEEBER MOLINARI ALFREDO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18598095 SEGOVIA ROQUE RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21709785 SENA OSCAR ALBERTO ámbito de MACO TRANSPORT.DE CAUDALES S.A 30650468380

DNI 26521723 SENTURION SERGIO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7592053 SEOANE JOSE RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12615056 SEPTIER GUILLERMO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13526547 SEQUEIRA RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21479480 SERRANO PABLO MARCELO ámbito de A.M.SEGURIDAD EMPRESARIA SRL. 30647312523

DNI 28973936 SILVA BLANCA FABIANA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7825644 SILVA CARLOS BERNABE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28867437 SILVA CLAUDIO NORBERTO ámbito de SOUNCH S.R.L. 30708973390

DNI 17952456 SILVA MIGUEL CELEDONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12602371 SILVESTRE MARCELO DANIEL ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 25055204 SIMONELLI WALTER ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18190061 SOLOHAGA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16640626 SORIA ELVIRO CESAR ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 8648306 SOSA ABEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8340721 SOSA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12703233 SOSA NESTOR ISMAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22420171 SOTO OSCAR ALEJANDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12888930 SPACCAVENTO DONATO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10906364 SQUAGLIA OSVALDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33749153 SUAREZ BRUNO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29618787 SUAREZ FERNANDO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

Page 31: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 31Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 11371913 TABARES GABINO ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 13266899 TANCREDI LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13668102 TAULADA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10817183 TEBECHERI JULIO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18308135 TERZA EDGARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4433039 TILL GUILLERMO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10687840 TIRANTE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20679737 TKACZ MONICA YOLANDA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18102587 TOLABA CARLOS VICENTE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20692440 TOLEDO EDUARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4921458 TOLEDO JORGE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14355077 TOLOSA CARLOS RENE ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 33114767 TOLOZA ALICIA ANALIA ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 23722358 TOLOZA KARINA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25273925 TOLOZA MARIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12111427 TORRES JUAN ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17283509 TORRES OSVALDO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17895728 TRECCARICHI HORACIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17516770 TULA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17219668 URIBE ANTONIO FELIX sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24821597 URQUIZA GUSTAVO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13942186 VAELLO GABRIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10602553 VALDEBENITO WENSESLAO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18563572 VALDES MARIANO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30875986 VALDEZ CARMEN MARIA LUJAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27081963 VALDEZ FERNANDO LEONEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32004464 VALENZUELA ADRIAN MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5322614 VALERGA JUAN DE DIOS AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29802135 VALIENTE FERNANDO DAVID ámbito de T.C. INTERPLATA S.A. 30632677096

DNI 23175552 VALLEJOS JOSE ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18294874 VAPORE MARCELO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14673966 VARGAS RICARDO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24617315 VARGAS VICTOR HUGO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14948549 VASALLO JUAN CARLOS ámbito de LOCSYS SEGURIDAD S.A. 30707841237

DNI 22820877 VEGA CARLOS PEDRO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12127062 VEGA DANIEL HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10691814 VEGA JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28400827 VEGA NORBERTO DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13131800 VELAZQUEZ RAUL MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16374329 VELAZQUEZ ROBERTO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34340527 VELEZ JORGE JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16640492 VELEZ VICTOR JORGE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20902574 VERA CLAUDIO ELBIO ámbito de WATCHMAN SEGURIDAD S.A. 30707386068

DNI 21104423 VERGARA FACUNDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21346144 VERON FABIAN GUSTABO ámbito de RODAB S.R.L. 30709992208

DNI 23758835 VERON JUAN NICASIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13289974 VIDELA EMILIO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28563966 VIERA CARLOS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10832319 VILCHES TOMAS ABEL ámbito de KONTROL DEF.ELECTRONICA S.A. 30679712337

DNI 11515700 VILLAFAÑE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25905477 VILLAGRA CRISTIAN RUBEN ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 23269609 VILLALBA CESAR RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13376793 VILLALBA JORGE RAMON ámbito de SEGUR PART S.A. 30685269755

DNI 27333145 VILLALVA OSCAR HORACIO ámbito de SECURITAS COUNTRIES S.A. 30712414215

DNI 14940843 VILLANUEVA JORGE ALBERTO ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 32574207 VILLARROEL GABRIEL ONOFRE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 30985903 VILLARRUEL FRANCO HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32217441 VILLARRUEL VICTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 5045663 VITTOLA VICENTE RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13120650 WAISAN ENRIQUE ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21309818 WEICHZEL CARLOS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26387139 WOLKOWICZ EDUARDO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17623491 YEBRA CARLOS ALBERTO ámbito de SEGUR PART S.A. 30685269755

DNI 27416873 YEVENES GABRIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20577388 ZACARIAS JUAN CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30975549 ZACARIAS NELSON DAMIAN ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 11122566 ZALAZAR ANIBAL ELIAS ámbito de MAS SEGURIDAD S.A. 30708514086

DNI 25839926 ZAMPA MARTIN RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17589930 ZARATE CARLOS RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27593544 ZERBINI MAURO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22196866 ZERUFFO CARLOS DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10509148 ZUÑIGA JOSE EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas.

e. 21/11/2014 N° 91475/14 v. 21/11/2014#F4724984F#

Page 32: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 32#I4724091I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION DE FISCALIZACION DE EXPORTACION

Ajustes de Valor de Exportación R.G.: 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias.

Ref.: Nota Externa N° 376/2014 (DI FIEX) Listado de Preajustes de Valor aplicables conforme Art 748 Inc. d) del C.A.

Exportador: KASDORF S.A. CUIT 30-50083927-5 Despachante: JUAN JOSE BARRERE.

Mercadería: Preparaciones para la alimentación infantil. (POSICION ARANCELARIA -1901.10.90.000N). Destino: PARAGUAY.

Informe: N° 47/2014 (DV PASP).

Habiendo procedido a valorar de acuerdo a lo establecido en la Resolución General 620/1999 (AFIP) y sus modificatorias, en concordancia con lo establecido en la Ley 22.415/1981, el exportador citado en la presente deberá aportar en un plazo de quince (15) días contados a partir del día siguiente de la publicación, la documentación respaldatoria que permita eliminar la duda razonable surgida en cuanto a la exactitud de los valores declarados, en los respectivos Permisos de Embarque; caso contrario se procederá a efectuar la determinación de las nuevas bases imponibles, de acuerdo a los porcentajes expresados en cada caso.

Intervino: Jefe (i) División Productos Alimenticios y Subproductos Ing. Jorge Renato Fernandez. — Cdor. Gabriel E. Ballarino, Director de la Dirección de Fiscalización de Exportación.

Cont. Púb. GABRIEL ESTEBAN BALLARINO, Director, Dirección de Fiscalización de Exportación.e. 21/11/2014 N° 91006/14 v. 21/11/2014

#F4724091F#

Page 33: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 33#I4724090I#

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DIRECCION DE FISCALIZACION DE EXPORTACION

LISTADO DE PREAJUSTES DE VALOR APLICABLES CONF. ART. 748 inc. e) C. Ad. —R.G. AFIP N° 620/1999— PARA LA POSICION S.I.M.: 8432.40.00.100G

Mercadería: Autopropulsados - Esparcidores de estiércol y distribuidores de abonos - Má-quinas, aparatos y artefactos agrícolas, hortícolas o silvícolas, para la preparación o el trabajo del suelo o para el cultivo, rodillos para césped o terrenos de deporte.

País de Destino: Uruguay.

Exportador: MAMASU S.R.L. - CUIT N° 30-69237144-1

Intervinientes: C.P. Marcelo Boscia, Jefe (I) Div. Automotores y Partes — C.P. Gabriel E. Ballarino, Director de la Dirección de Fiscalización de Exportación.

Cont. Púb. GABRIEL ESTEBAN BALLARINO, Director, Dirección de Fiscalización de Expor-tación.

e. 21/11/2014 N° 91005/14 v. 21/11/2014#F4724090F#

#I4720637I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

ADUANA DE POSADAS

Código Aduanero - Ley 22.415 - Artículo 1112, Inc. A)

Por ignorarse los domicilios se notifica a las personas que más abajo se mencionan, que en las actuaciones tramitadas por ante esta dependencia en las que se encuentran involucradas como imputados, han recaído Fallos de condena al pago de las multas referidas supra y/o al comiso —en caso de corresponder arts. 876-864-871-954-962-979-947-977-985-986-987 del C.A.— de las mercaderías oportunamente secuestradas, por la comisión de la infracción mencionada para cada caso, intimándose al pago de la multa impuesta dentro del plazo de quince (15) días bajo apercibimiento del procedimiento de ejecución establecido por el art. 1122 y sgtes. del citado texto legal, registrándose el antecedente infraccional correspondiente. Asimismo se les hace saber que contra el referido Fallo podrán interponer Demanda Contenciosa y/o Recurso de Apelación ante la Justicia Federal y/o Tribunal Fiscal de la Nación respectivamente en el plazo mencionado (arts. 1132 y 1133 C.A.). Firmado por Don JULIO CESAR DE LA VEGA, Administrador, División Aduana de Posadas.

FECHA DE PUBLICACION: 21/11/2014

JULIO CESAR DE LA VEGA, Administrador (Int.), Aduana de Posadas.

e. 21/11/2014 N° 89506/14 v. 21/11/2014#F4720637F#

#I4724265I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 441/2014

Asunto: S/designación de Jefe Interino de la Agencia Ushuaia de la Dirección Regional Río Gallegos.

Bs. As., 12/11/2014

VISTO la Actuación N° 10138-276-2014 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Dirección Regional Río Gallegos propone designar al Contador Público Pablo Arturo MELARAGNI en el carácter de Jefe Interino de la Agencia Ushuaia de su jurisdicción.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de lo dispuesto en el Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Operacio-nes Impositivas del Interior y de la Dirección General Impositiva.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones del agente que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica:

NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N° FUNCION ACTUAL FUNCION ASIGNADA

Cont. Púb. Pablo Arturo MELARAGNI 033732/93

Inspector de fiscalización ordinaria - EQUIPO 2A (DI

RMIC)

Jefe de agencia Int. - AGENCIA USHUAIA (DI RRGA)

ARTICULO 2° — Dése conocimiento a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de acuer-do con lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 1322 de fecha 26 de octubre de 2005.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdi-rectora General, Subdirección General de Recursos Humanos.

e. 21/11/2014 N° 91110/14 v. 21/11/2014#F4724265F#

#I4724268I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Disposición 442/2014

Asunto: S/finalización de funciones de Firma Responsable de la División Secretaría de Actua-ción N° 3 de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera.

Bs. As., 12/11/2014

VISTO la Actuación N° 10138-307-2014 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la misma, la Abogada María Laura RODRIGUEZ solicita el relevo de las fun-ciones que le fueran asignadas oportunamente en el carácter de Firma Responsable de la División Secretaría de Actuación N° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Subdirección General de Técnico Legal Aduanera y de la Dirección General de Aduanas.

Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición N° 487 (AFIP) de fecha 14 de diciembre de 2007, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERALDE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOSDISPONE:

ARTICULO 1° — Dar por finalizadas y asignadas las funciones de la agente que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica:

NOMBRES Y APELLIDO LEGAJO N° FUNCION ACTUAL FUNCION ASIGNADA

Abgda. Maria Laura RODRIGUEZ (*) 28039-9

Firma responsable (nivel intermedio) - DIV. SECRETARIA

DE ACTUACION NRO. 3 (DE PRLA)

Acorde al grupo - DIV. SECRETARIA DE ACTUACION

NRO. 3 (DE PRLA)

(*) a su pedido.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese y remítase a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. — Lic. MARÍA SIOMARA AYERÁN, Subdirectora General, Subdirección General de Recursos Humanos (AFIP).

e. 21/11/2014 N° 91113/14 v. 21/11/2014#F4724268F#

#I4723864I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 629/2014

Bs. As., 10/10/2014

VISTO el expediente N° S02:0011744/2011 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363.

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURI-DAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, conforme Decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestra-lidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que el artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N° 26.363 establece que corresponde a la AGEN-CIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL crear y establecer las características y procedimientos de otorgamiento, emisión e impresión de la licencia de conducir nacional; y además, le corresponde

Page 34: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 34autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emisión y/o impre-sión de las mismas.

Que en el marco de las competencias atribuidas a la ANSV, se ha dictado con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición ANSV N° 207 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país respecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes a la misma.

Que la Disposición ANSV N° 207/09 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencia (CELs) deberá observar para tramitar ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la certificación necesaria para la emisión de la Licencia Nacional de Conducir.

Que la Disposición aludida establece que será deber de la AGENCIA NACIONAL DE SEGU-RIDAD VIAL renovar la certificación de los Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir en forma anual, renovación que lleva ínsita la facultad para continuar con la emisión de la Licencia Nacional de Conducir en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo 1 al Decreto N° 1716/08.

Que el Centro de Emisión de Licencias Nacional de Conducir del Municipio de Urdinarrain fue certificado y homologado oportunamente por la Disposición ANSV N° 357 de fecha 12 de Octubre de 2011.

Que con fecha 11 de Octubre de 2012, mediante Disposición ANSV N° 515, se ha renovado por primera vez la Certificación referida y posteriormente, con fecha 11 de Octubre de 2013, mediante Disposición ANSV N° 566, se ha renovado por segunda vez la Certificación del Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir de dicho municipio.

Que en tal sentido, conforme a la Declaración Jurada remitida por la Sra. Presidente Municipal del MUNICIPIO DE URDINARRAIN, PROVINCIA DE ENTRE RIOS, se mantienen las exigencias legales requeridas para la renovación de la Certificación oportunamente otorgada.

Que en ese sentido y habiéndose cumplimentado por parte del MUNICIPIO DE URDINARRA-IN con el procedimiento establecido por la Disposición ANSV N° 207 para la “RENOVACION DE LA CERTIFICACION DE LOS CENTROS DE EMISION DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”, corresponde emitir el presente acto de Renovación de la Certificación del Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir de la mencionada jurisdicción, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en el artículo 4° inciso f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V al Decreto N° 1716/08.

Que la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIREC-CION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, ambas dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO, y la DIRECCION DE INFORMATICA, han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGA-LES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención que les compete.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta com-petente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamen-te atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVODE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Renuévese la Certificación del Centro de Emisión de Licencias Nacionales de Conducir del Municipio de URDINARRAIN, de la Provincia de ENTRE RIOS, a fin de expedir la Licencia Nacional de Conducir por el plazo de un (1) año en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo I al Decreto 1716/2008.

ARTICULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Renovación N° 3 de Certificación de Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir a favor de la jurisdicción mencionada en el artícu-lo 1° de la presente Disposición, cuyo modelo forma parte de la presente medida como Anexo I.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRÍGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agen-cia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.

e. 21/11/2014 N° 90856/14 v. 21/11/2014#F4723864F#

#I4723865I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 686/2014

Bs. As., 29/10/2014

VISTO el expediente N° S02:0016855/2012 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes N°  24.449, N° 26.363.

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, conforme Decreto 874/2012, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que el artículo 4° incisos e) y f) de la Ley N°  26.363 establece que corresponde a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL crear y establecer las características y procedi-mientos de otorgamiento, emisión e impresión de la licencia de conducir nacional; y además, le corresponde autorizar a los organismos competentes en materia de emisión de licencias de conducir de cada jurisdicción provincial, municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a otorgar la Licencia Nacional de Conducir, certificando y homologando en su caso, los centros de emisión y/o impresión de las mismas.

Que en el marco de las competencias atribuidas a la ANSV, se ha dictado con fecha 27 de Octubre de 2009, la Disposición ANSV N° 207 mediante la cual se aprueba el SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR a fin de unificar los criterios en todo el país res-pecto al formato de las licencias, los requisitos previos a la solicitud, la emisión y todas las cuestiones atinentes a la misma.

Que la Disposición ANSV N° 207/09 establece los procedimientos necesarios que todo Centro de Emisión de Licencia (CELs) deberá observar para tramitar ante la AGENCIA NA-CIONAL DE SEGURIDAD VIAL la certificación necesaria para la emisión de la Licencia Na-cional de Conducir.

Que la Disposición aludida establece que será deber de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL renovar la certificación de los Centros de Emisión de Licencia Nacional de Conducir en forma anual, renovación que lleva ínsita la facultad para continuar con la emisión de la Licencia Nacional de Conducir en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo 1 al Decreto N° 1716/08.

Que el Centro de Emisión de Licencias Nacional de Conducir del Municipio de Sierra Grande fue certificado y homologado oportunamente por la Disposición ANSV N°  587 de fecha 29 de Octubre de 2012.

Que con fecha 29 de Octubre de 2013, mediante Disposición ANSV N° 608, se ha reno-vado por primera vez la Certificación referida.

Que en tal sentido, conforme a la Declaración Jurada remitida por el Sr. Intendente del MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE, PROVINCIA DE RIO NEGRO, se mantienen las exigencias legales requeridas para la renovación de la Certificación oportunamente otorgada.

Que en ese sentido y habiéndose cumplimentado por parte del MUNICIPIO DE SIERRA GRANDE con el procedimiento establecido por la Disposición ANSV N° 207 para la “RENO-VACION DE LA CERTIFICACION DE LOS CENTROS DE EMISION DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR”, corresponde emitir el presente acto de Renovación de la Certificación del Centro de Emisión de Licencia Nacional de Conducir de la mencionada jurisdicción, confor-me las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SE-GURIDAD VIAL en el artículo 4° inciso f) de la Ley N° 26.363 y Anexo V al Decreto N° 1716/08.

Que la DIRECCION DEL SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR y la DIREC-CION DEL SISTEMA NACIONAL DE ANTECEDENTES DE TRANSITO, ambas dependientes de la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRAN-SITO, y la DIRECCION DE INFORMATICA, han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION y la DIRECCION DE ASUNTOS LE-GALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la inter-vención que les compete.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVODE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIALDISPONE:

ARTICULO 1° — Renuévese la Certificación del Centro de Emisión de Licencias Nacio-nales de Conducir del Municipio de SIERRA GRANDE, de la Provincia de RIO NEGRO, a fin de expedir la Licencia Nacional de Conducir por el plazo de un (1) año en los términos del artículo 4° inciso f) del Anexo I al Decreto 1716/2008.

ARTICULO 2° — Autorízase a emitir el Certificado de Renovación N° 2 de Certificación de Centro Emisor de Licencia Nacional de Conducir a favor de la jurisdicción mencionada en el artículo 1° de la presente Disposición, cuyo modelo forma parte de la presente medida como Anexo I.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIO-NAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Lic. FELIPE RODRÍGUEZ LAGUENS, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio del Interior y Transporte.

Page 35: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 35

e. 21/11/2014 N° 90857/14 v. 21/11/2014#F4723865F#

#I4726553I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1319/2014

Bs. As., 19/11/2014

Visto el Expediente N° 881/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.522 aprobó el nuevo marco normativo de los servicios de comunicación au-diovisual y asumió como objetivo específico, además de la regulación de los servicios a que refie-re, el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que su artículo 32 establece que las licencias correspondientes a los servicios de comunica-ción audiovisual no satelitales, que utilicen espectro radioeléctrico, serán adjudicadas mediante el régimen de concurso público y permanente.

Que al amparo de la prenotada norma esta AUTORIDAD FEDERAL ha llamado a concurso público para la adjudicación de licencias del servicio de FM, categorías E, F y G, en las provincias del CHACO, LA RIOJA, CATAMARCA, LA PAMPA, RIO NEGRO, CHUBUT, SAN LUIS, SAN JUAN, NEUQUEN, TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, MENDOZA, TUCU-MAN, SANTIAGO DEL ESTERO, SALTA, FORMOSA, JUJUY y CORDOBA.

Que en ese marco, se aplicaron diversos reglamentos (aprobados por las Resoluciones Nros. 698-AFSCA/12, 491-AFSCA/13, sus modificatorias y complementarias y 323-AFSCA/14) para la presentación de las ofertas ocurrentes a dichos procesos de selección, a los efectos de regulari-zar los servicios operativos en las citadas provincias y procurar la más eficiente satisfacción de la demanda de licencias para prestar el servicio de que se trata.

Que a la fecha las áreas competentes de este organismo han producido informes de los que se desprende que de las ofertas evaluadas han verificado defectos susceptibles de determinar su rechazo, lo que podría determinar el fracaso del respectivo concurso público.

Que por su parte, muchos de los concursos públicos que oportunamente fueron convoca-dos por las Resoluciones Nros. 698 y 1378-AFSCA/12; 493-AFSCA/13 y 323-AFSCA/14 resultaron desiertos, sin perjuicio de que en las localidades para las que fueron convocados se verifica la presencia de emisoras operativas no autorizadas.

Que el artículo 32 de la Ley N° 26.522 establece que las frecuencias cuyo concurso establezca el plan técnico que no sean adjudicadas se mantendrán en concurso público, abierto y perma-nente debiendo la autoridad de aplicación llamar a nuevo concurso ante la presentación de un aspirante a prestador del servicio, dentro de los SESENTA (60) días corridos.

Que su reglamentación faculta a esta AUTORIDAD a establecer los requisitos y modalidades de solicitud de la apertura de concursos públicos.

Que deviene pertinente el dictado del acto administrativo por el cual se fije el período durante el cual se recibirán las solicitudes de apertura de concursos públicos con relación a la nómina de frecuencias disponibles, elaborada sobre la base del resultado de los diversos procesos de selec-ción de licenciatarios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha emitido el dictamen pertinente.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 26.522 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 1225/10.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Establécese que a través de la página web oficial de esta AUTORIDAD FEDE-RAL se pondrá a disposición de los particulares la nómina de frecuencias, incluidas en las plani-

ficaciones, integradas al plan técnico del servicio de FM de las provincias del CHACO, LA RIOJA, CATAMARCA, LA PAMPA, RIO NEGRO, CHUBUT, SAN LUIS, SAN JUAN, NEUQUEN, TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, MENDOZA, TUCUMAN, SANTIAGO DEL ESTERO, SALTA, FORMOSA, JUJUY y CORDOBA —indicando su correspondencia con el sector con o sin fines de lucro— que se encuentren disponibles para futuros llamados a concurso públi-co, en virtud de no haber sido adjudicadas, entre otros, por el fracaso o ausencia de oferentes, en las convocatorias dispuestas por Resoluciones Nros. 698 y 1378-AFSCA/12, 493-AFSCA/13 y 323-AFSCA/2014. Dicha nómina podrá ser ampliada y/o modificada como consecuencia de la conclusión de otros procedimientos de adjudicación de licencias del servicio de FM o cuestiones vinculadas a la disponibilidad técnica. Asimismo se podrán incorporar otras localidades y/o pro-vincias a las anteriormente mencionadas.

ARTICULO 2° — Los interesados podrán, dentro del período comprendido entre el 1° de Di-ciembre de 2014 al 31 de Enero de 2015, solicitar a través de la presentación de la planilla que como Anexo A integra la presente, la apertura a concurso público con relación a la nómina de frecuencias a la que hace referencia el artículo 1°.

ARTICULO 3° — Las solicitudes deberán presentarse personalmente o por correo en la sede del AFSCA, sita en la calle Suipacha N° 765, Piso 3° o en las Delegaciones del Interior del país.

ARTICULO 4° — Establécese que aquellas personas físicas y jurídicas oferentes que no hubie-ren resultado adjudicatarios y solicitaren la apertura de un concurso a través del mecanismo y en los plazos definidos en la presente, quedarán exentos del pago del pliego para participar del nuevo concurso público cuya apertura solicita. No podrá hacerse uso de este mecanismo respecto de los pliegos oportunamente abonados y respecto de los cuales se hubiese hecho valer la exención prevista en la Resolución N° 408-AFSCA/2014.

ARTICULO 5° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y cumplido, archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fede-ral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ANEXO A

e. 21/11/2014 N° 92035/14 v. 21/11/2014#F4726553F#

#I4726377I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1329/2014

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente N° 2395/14 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 1047-AFSCA/14 se aprobó la Norma Nacional de Servicio para el servicio de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta, en los términos del artículo 88 de la Ley N° 26.522.

Page 36: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 36Que, ulteriormente, mediante la Resolución N° 938-AFSCA/14 se inició el procedimiento de elabora-

ción participativa del “Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales” y se convocó a audiencia pública para recabar opiniones relativas al proyecto de decreto aprobatorio de dicho plan.

Que, como consecuencia de las opiniones vertidas en ambos procesos participativos por representantes de diversos sectores de la comunicación audiovisual y teniendo en cuenta la corre-lación entre dicho Plan y la Norma Nacional aprobada por Resolución N° 1047-AFSCA/14, deviene necesario incorporar modificaciones a la Norma Nacional de Servicio.

Que dichas modificaciones procuran mayor certeza en la definición de las responsabilidades y la incorporación de mecanismos de asociatividad, en materia de multiplexación y transmisión; la promoción del sector sin fines de lucro; y la determinación de parámetros técnicos que contri-buyen a una mejor calidad del servicio, entre otros; y se adecuan a los criterios definidos por el artículo 88 de la Ley N° 26.522 para su elaboración.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 inciso 4) de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERALDE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyase el Anexo I de la Resolución N° 1047-AFSCA/14 por el reglamento que como Anexo I integra la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido archívese. — MARTIN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual.

ANEXO I

Norma Nacional de Servicio para el Servicio de Comunicación Audiovisual de Televisión Digital Terrestre Abierta

ARTICULO 1.- Objeto.

El presente reglamento define los derechos y obligaciones de los licenciatarios y autorizados que presten servicios de televisión digital terrestre abierta, de conformidad con el estándar ISDB-T (Integrated Services Digital Broadcasting Terrestrial), adoptado por el Decreto N° 1148, de fecha 31 de agosto de 2009.

ARTICULO 2.- Definiciones.

A los fines de la presente norma se considera:

1) Amplificación: es la operación que permite aumentar la intensidad de la señal a transmitir a fines de brindar mayor alcance y nivel de recepción de los servicios.

2) Canal digital de televisión: parte de la capacidad de un múltiplex digital que se utiliza para la incorporación en él de una señal televisiva.

3) Canal Radioeléctrico: es el segmento del espectro de 6 MHz de anchura, destinado a la trasmisión de señales de televisión, identificado por un número o por las frecuencias límite superior e inferior, también denominado en la Norma Técnica aprobada por Resolución SC N° 7/2013, Canal de Televisión.

4) Licenciatario agrupado o autorizado agrupado: Persona física o jurídica titular de una li-cencia y/o autorización integrante de un convenio suscripto con otros prestadores agrupados, por el cual se acuerde la modalidad bajo la cual se montará la planta transmisora para emitir las señales de cada uno de ellos en un único canal radioeléctrico; y la forma en que se efectuará la multiplexación y transmisión de sus respectivas programaciones a través de las señales digitales integrantes del multiplex.

5) Licenciatario operador o autorizado operador: Persona física o jurídica titular de una licen-cia y/o autorización, con responsabilidad por la multiplexación y transmisión de un canal radio-eléctrico, para la propia señal tanto como para la incorporación de señales correspondientes a servicios licenciatarios o autorizados, en las condiciones que fije la AFSCA.

6) Licenciatario o autorizado: Persona física o jurídica titular de una licencia y/o autorización cuya señal de contenido será multiplexada y transmitida por un licenciatario operador o autorizado operador, en las condiciones que fije la AFSCA.

7) Modulación: es la operación de transformación de la señal digital en una señal física adap-tada al canal de frecuencia en el cual se debe transmitir.

8) Multiplexación de señales: es la operación que les permite a varios servicios de comunica-ción audiovisual compartir un mismo canal radioeléctrico.

9) Múltiplex digital: señal compuesta para transmitirse por un canal radioeléctrico que, al utili-zar la tecnología digital, permite la incorporación de las señales correspondientes a varios canales digitales de televisión y de las señales correspondientes a varios servicios asociados y a servicios de comunicaciones electrónicas.

10) Radiación: es la operación que permite transformar una señal eléctrica (típicamente en salida del amplificador) en una onda electromagnética para su propagación en el aire.

11) Red de Frecuencia Unica (RFU): conjunto de estaciones generadoras y repetidoras que operan en el mismo canal y transmiten exactamente el mismo contenido, simultáneamente.

12) Red de Frecuencia Múltiple (RFM): conjunto de estaciones radioeléctricas que utilizan un canal radioeléctrico distinto en cada una.

ARTICULO 3.- Otras definiciones

Adicionalmente, se tendrán en cuenta las definiciones contenidas en el artículo 4° de la Ley N° 26.522; y en la “Norma Técnica para el Servicio de Radiodifusión de Televisión Digital Terrestre”, aprobada por el artículo 3° de la Resolución SC N° 7 de fecha 12 de agosto de 2013.

ARTICULO 4.- Marco normativo.

La presente se dicta en cumplimiento de los artículos 87; 88 y 156 de la Ley N° 26.522 y su re-glamentación aprobada por Decreto N° 1225/10; y los Decretos Nros. 1148/09 y sus modificatorios y 835/11; y las Resoluciones SC Nros. 7/13 y 18/14 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES.

ARTICULO 5.- Sujetos alcanzados.

Son sujetos alcanzados los titulares de licencia o autorización para prestar servicios de comu-nicación audiovisual de televisión terrestre abierta, con modulación digital.

ARTICULO 6.- Bandas de frecuencias.

Para el servicio de televisión digital terrestre abierta se utilizará el segmento de la banda de frecuencias de UHF comprendido entre 470 y 608 MHz, esto es, entre los canales 14 y 36.

El segmento de la banda de frecuencias de UHF comprendido entre 470 y 512 MHz, canales 14 al 20, se utilizará cuando el Cuadro de Atribución de Bandas de Frecuencias de la República Argentina lo permita y se verifique compatibilidad electromagnética con los servicios fijo y móvil.

Se tomarán en cuenta las restricciones derivadas de los acuerdos de utilización del espectro suscriptos con países limítrofes.

ARTICULO 7.- Multiplexación digital.

La cantidad de canales digitales de cada canal radioeléctrico será el resultante de la multi-plexación, que se deberá realizar según los esquemas de implementación que establezca la AFS-CA. Dichos esquemas dependerán de los formatos de los servicios considerados; de la aplicación de criterios de optimización del espectro radioeléctrico; de la incorporación de nuevos prestado-res; de los beneficios derivados de la innovación tecnológica y de lo normado por la Resolución SC N° 7 de fecha 12 de agosto de 2013 o la norma que en el futuro la reemplace.

Los formatos a que refiere el presente artículo responderán a los parámetros que seguida-mente se indican u otros que la AFSCA defina con relación a cada servicio:

Formato de Servicio Tasa de transmisión binaria mínima Tasa de transmisión binaria máxima

SD 576i/p 3Mbit/s 4,5Mbit/s

HD 720p 6Mbit/s 9Mbit/s

Full HD 1080i 10Mbit/s 12Mbit/s

ARTICULO 8.- Modalidades de prestación.

El servicio de televisión digital terrestre abierta se prestará de conformidad con las siguientes modalidades:

1) Con responsabilidad por la multiplexación y transmisión, por sí o de conformidad con la modalidad prevista por el Decreto N° 835/11.

Los prestadores con responsabilidad por la multiplexación y transmisión, se denominan li-cenciatarios operadores o autorizados operadores. Los prestadores así individualizados serán responsables por la multiplexación y transmisión, sin perjuicio de que la gestión de dichas activi-dades sean ejercidas por sí o de conformidad con la modalidad prevista por el Decreto N° 835/11. Dicha responsabilidad implicará incluir en el múltiplex digital a uno o más prestadores de servicios de comunicación audiovisual, ya sean estos licenciatarios o autorizados sin responsabilidad en la multiplexación y asumir los costos derivados de las responsabilidades indicadas, sin poder ser transferidos a ellos.

2) Sin responsabilidad por la multiplexación y transmisión.

Los prestadores sin responsabilidad por la multiplexación y transmisión se denominan licen-ciatarios o autorizados.

3) Con responsabilidad solidaria por la multiplexación y transmisión:

Los prestadores con responsabilidad solidaria por la multiplexación y transmisión se denomi-nan licenciatarios agrupados o autorizados agrupados. Dichas personas son parte de un conve-nio suscripto con otros prestadores agrupados, por el cual se acuerde la modalidad bajo la cual se montará la planta transmisora para emitir las señales de cada uno de ellos en un único canal radioeléctrico; y la forma en que se efectuará la multiplexación y transmisión de sus respectivas programaciones a través de las señales digitales integrantes del multiplex. Dicha modalidad podrá ser la prevista en el Decreto N° 835/11; o la elección de uno, varios o todos los licenciatarios para la realización de una o todas las tareas relativas a la multiplexación y transmisión, en forma individual o conjunta, según corresponda. Los licenciatarios agrupados integrados en un mismo multiplex digital serán responsables solidariamente por la regularidad de las transmisiones.

Las licencias y autorizaciones para prestar el servicio de televisión digital terrestre abierta serán otorgadas en alguna de las modalidades previstas en los incisos 1), 2) ó 3). A tal efecto, la AFSCA considerará las características del servicio y/u otros adicionales como la transmisión a dispositivos móviles (one-seg) y los interactivos.

ARTICULO 9.- Obligaciones de los prestadores del servicio de televisión digital terrestre abier-ta.

1) Obligaciones de los licenciatarios operadores o autorizados operadores

Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley N° 26.522, se disponen las siguientes:

a) Brindar, con relación a su señal y a la de uno o más licenciatario/s y autorizado/s que la AFSCA autorice en el mismo canal radioeléctrico, todos los servicios para la operación de puesta al aire (multiplexación; modulación; amplificación; radiación, etc.); planta transmisora, incluyendo suministro de energía eléctrica y seguridad, y toda aquélla asociada a dichos servicios, por sí o bajo la modalidad prevista en el Decreto N° 835/11. Estas etapas de la cadena representan la infraestructura y las funcionalidades esenciales para la radiodifusión con el fin de poner al aire un conjunto de servicios de comunicación audiovisual. Dichos servicios deberán ser prestados

Page 37: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 37de forma tal de garantizar las condiciones técnicas de adjudicación o autorización de todas las señales incorporadas a un mismo múltiplex digital y la normativa técnica vigente o la que en el futuro la reemplace.

b) Cuando el AFSCA así lo determine, operar el servicio bajo la modalidad de red de frecuencia única (RFU).

2) Responsabilidades de los licenciatarios o autorizados:

Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley N° 26.522, los licenciatarios y/o auto-rizados deben poner su señal en condición de ser multiplexada y transmitida por el licenciatario operador o autorizado operador, conforme los requisitos que defina la AFSCA, según la modalidad asumida por estos últimos, con el cual compartan el canal radioeléctrico asignado.

3) Responsabilidad de los licenciatarios agrupados y autorizados agrupados: Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley N° 26.522, se disponen las siguientes:

a) Brindar con sujeción al acuerdo de agrupamiento, con relación a su señal y a la de uno o más licenciatario/s y autorizado/s que la AFSCA autorice en el mismo canal radioeléctrico, todos los servicios para la operación de puesta al aire (multiplexación; modulación; amplificación; ra-diación, etc.); planta transmisora, incluyendo suministro de energía eléctrica y seguridad, y toda aquélla asociada a dichos servicios, a través de la modalidad prevista en el Decreto N° 835/11; o la elección de uno, varios o todos los licenciatarios para la realización de una o todas las tareas relativas a la multiplexación y transmisión, en forma individual o conjunta, según corresponda. Estas etapas de la cadena representan la infraestructura y las funcionalidades esenciales para la radiodifusión con el fin de poner al aire un conjunto de servicios de comunicación audiovisual. Dichos servicios deberán ser prestados de forma tal de garantizar las condiciones técnicas de adjudicación o autorización de todas las señales incorporadas a un mismo múltiplex digital y la normativa técnica vigente o la que en el futuro la reemplace.

b) Cuando el AFSCA así lo determine, operar el servicio bajo la modalidad de red de frecuencia única (RFU).

c) Poner, con sujeción al acuerdo de agrupamiento, sus señales en condición de ser multi-plexadas y transmitidas en el multiplex digital, conforme los requisitos que defina la AFSCA, según la modalidad asumida en dicho acuerdo.

ARTICULO 10.- Parámetros técnicos y de calidad de servicio.

Deberán observarse las normas aprobadas por la Resolución SC N° 7 de fecha 12 de agosto de 2013 o las normas que en el futuro la reemplacen.

ARTICULO 11.- Incumplimiento de las responsabilidades del licenciatario operador o autori-zado operador:

1) El incumplimiento de las responsabilidades de multiplexación y transmisión que afecten la recepción de un licenciatario o autorizado importará el incumplimiento de las normas técnicas, en tanto afectan la calidad del servicio y las áreas de servicio de otras emisoras y será pasible de las sanciones establecidas en el Régimen de Graduación de Sanciones, aprobado por Resolución N° 661-AFSCA/14 o la norma que en el futuro la reemplace, sin perjuicio de lo dispuesto por el artículo 50, inciso j) de la Ley N° 26.522.

2) El incumplimiento de las responsabilidades de multiplexación y transmisión que afecten la recepción de licenciatarios agrupados o autorizados agrupados importará el incumplimiento de las normas técnicas, en tanto afectan la calidad del servicio y las áreas de servicio de otras emisoras y hará pasible a la totalidad de los licenciatarios agrupados o autorizados agrupados en un multiplex de las sanciones establecidas en el Régimen de Graduación de Sanciones, aprobado por Resolución N° 661-AFSCA/14 o la norma que en el futuro la reemplace, sin perjuicio de lo dis-puesto por el artículo 50, inciso j) de la Ley N° 26.522.

ARTICULO 12.- Extinción de la licencia del licenciatario operador:

En caso de producirse la extinción de la licencia del licenciatario operador por alguna de las causales previstas en el artículo 50 de la Ley N° 26.522 o cuando se disponga la caducidad del acto administrativo de adjudicación, la AFSCA dispondrá medidas transitorias que aseguren la continuidad de los servicios que integren un multiplex digital, hasta su normalización, con el objeto de resguardar el interés público y social.

ARTICULO 13.- Aprobación de los proyectos técnicos definitivos.

Los adjudicatarios de licencias y titulares de autorizaciones para la prestación del servicio de televisión digital terrestre deberán cumplimentar los requisitos técnicos establecidos en un plazo no mayor a CIENTO OCHENTA (180) días corridos, contados a partir de la adjudicación o la autorización.

Los anteproyectos técnicos, la documentación técnica definitiva y el Certificado de Inspec-ción Técnica serán tramitados ante la AFSCA.

La documentación técnica deberá ajustarse a lo dispuesto por la Resolución SC N° 7 de fecha 12 de agosto de 2013 o las normas que en el futuro la reemplacen; y encontrarse suscripta por un ingeniero matriculado o profesional en el marco de Convenios con Universidades Nacionales que celebre la AFSCA.

Cumplidos y aprobados los requisitos técnicos establecidos, la AFSCA procederá al dictado de la resolución de habilitación definitiva y de inicio de las transmisiones regulares.

e. 21/11/2014 N° 91939/14 v. 21/11/2014#F4726377F#

#I4726552I#AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

Resolución 1331/2014

Bs. As., 20/11/2014

Visto el Expediente N° 1088/2014 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 666-AFSCA/14 se llamó a concurso público para la adjudicación de DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación

de UNA (1) estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia de 1160 KHz., con categoría V, con una potencia diurna y nocturna de 5 y 0.5 KWs., respec-tivamente, identificada con la señal distintiva LRH253 y de UNA (1) estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, en la frecuencia de 94.7 MHz., canal 234, categoría B, identificada con la señal distintiva LRR843; ambas de la localidad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES.

Que por Resolución N° 1055-AFSCA/14 se aprobaron los actos del concurso público al que se ha hecho referencia, rechazándose por inadmisibles las DOS (2) ofertas ocurrentes y declarán-doselo, en consecuencia, fracasado.

Que el artículo 4° de la citada resolución dispuso que continuarían bajo la responsabilidad de la firma TELEVISION DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA los servicios referidos en el primer con-siderando de la presente, hasta tanto se cumplieran las condiciones establecidas por los artículos 6° y 7° de la Resolución N° 666-AFSCA/14.

Que dichas disposiciones establecían que la citada firma mantendría sus obligaciones relati-vas al funcionamiento de los servicios de que se trata, hasta tanto se verificara el inicio de emisio-nes regulares del nuevo licenciatario.

Que, por su parte, mediante Actuación N° 23784-AFSCA/14, la firma TELEVISION DEL LI-TORAL S.A., acompañó la nómina actualizada de empleados que desempeñaban tareas en los servicios de que se trata, incorporando al señor ULISES IVAN CLOSA.

Que, consiguientemente, corresponde el dictado del acto administrativo por el cual se susti-tuya la Planilla N° 17 “COMPROMISO DE CONTINUIDAD LABORAL”, del Pliego de Bases y Condi-ciones Generales y Particulares, aprobado por Resolución N° 666-AFSCA/14.

Que, asimismo, el artículo 32 de la reglamentación de la Ley N° 26.522, aprobada por Decreto N° 1225/10, faculta a esta AUTORIDAD FEDERAL a llamar y sustanciar los concursos públicos.

Que teniendo en cuenta el resultado de los concursos públicos convocados oportunamente, corresponde el dictado de la presente a fin de realizar una nueva convocatoria, para la adjudica-ción de licencias para los servicios de que se trata.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS ha tomado la intervención que le compete.

Que el DIRECTORIO de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AU-DIOVISUAL acordó el dictado del presente acto administrativo, mediante la suscripción del acta correspondiente.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los artículos 12, inci-sos 7) y 8) y 50 de la Ley N° 26.522.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD FEDERALDE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyase la Planilla N° 17, del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, aprobado por la Resolución N° 666-AFSCA/14, titulada “COMPROMISO DE CONTI-NUIDAD LABORAL”, que como Anexo integra la presente.

ARTICULO 2° — Llámase a concurso público para la adjudicación de DOS (2) licencias para la instalación, funcionamiento y explotación de una estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia de 1160 KHz., con categoría V, con una potencia diurna y nocturna de 5 y 0.5 KWs, respectivamente, identificada con la señal distintiva LRH253 y respecto de la estación de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia, la frecuencia de 94.7 MHz., canal 234, con categoría B, identificada con la señal distintiva LRR843, ambas en la ciudad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES, a una misma persona de existencia física o de existencia ideal, con o sin fines de lucro, el que será regido por el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares aprobado por la Resolución N° 666-AFSCA/14.

ARTICULO 3° — La recepción de las ofertas se realizará el día 22 de diciembre de 2014, con una antelación no mayor a las DOS (2) horas anteriores a la fijada para la apertura, en la sede de RADIO NACIONAL PUERTO IGUAZU, sita en la calle Avenida Victoria Aguirre N° 809, de la ciudad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES. A partir de la hora fijada para la apertura no podrán recibirse otras ofertas, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado.

ARTICULO 4° — La apertura de las ofertas correspondientes al llamado a concurso público que dispone el artículo 2° se realizará en el domicilio citado en el artículo precedente, el día 22 de diciembre de 2014, a las 11 horas, en acto público, ante el ESCRIBANO GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION o profesional notarial delegado.

ARTICULO 5° — Fíjanse los siguientes valores para la adquisición del pliego de bases y con-diciones generales y particulares, aprobado por el artículo 1° de la presente, en:

a) Sector sin fines de lucro: PESOS QUINCE MIL ($ 15.000.-).

b) Sector con fines de lucro: PESOS TREINTA MIL ($ 30.000.-).

ARTICULO 6° — La obligación de TELEVISION DEL LITORAL SOCIEDAD ANOMIMA, rela-tiva al funcionamiento de la estación de radiodifusión sonora por modulación de amplitud, en la frecuencia de 1160 KHz., con categoría V, con una potencia diurna y nocturna de 5 y 0.5 KWs, respectivamente, identificada con la señal distintiva LRH253 y respecto de la estación de radiodi-fusión sonora por modulación de frecuencia, la frecuencia de 94.7 MHz., canal 234, con categoría B, identificada con la señal distintiva LRR843, ambas en la ciudad de PUERTO IGUAZU, provincia de MISIONES, subsistirá hasta tanto se verifiquen las siguientes condiciones:

a) se adjudiquen las licencias a que refiere el artículo 2°, y

b) el nuevo licenciatario dé inicio a las emisiones regulares salvo que, con anterioridad a la habilitación de las instalaciones en los términos del artículo 84 de la Ley N° 26.522, la adjudicataria comunique que asumirá la continuidad de las emisiones.

ARTICULO 7° — La firma TELEVISION DEL LITORAL SOCIEDAD ANONIMA será la única res-ponsable de las emisiones de la totalidad de los servicios a los que refiere el artículo que antecede, hasta tanto se cumplan las condiciones allí fijadas, momento en que cesará la obligación que la licenciataria tiene a su cargo.

Page 38: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 38ARTICULO 8° — Regístrese, comuníquese a las áreas pertinentes y a la COMISION NACIO-

NAL DE COMUNICACIONES, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y cumplido, archívese. — MARTÍN SABBATELLA, Presidente del Directorio, Autoridad Fede-ral de Servicios de Comunicación Audiovisual.

e. 21/11/2014 N° 92034/14 v. 21/11/2014#F4726552F#

#I4726453I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución 73/2014

Bs. As., 20/11/2014

VISTO, el Expediente S01:0111808/2014 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto N° 671 de fecha 12 de mayo de 2014 y las Resoluciones N° 17 de fecha 15 de mayo de 2014, N° 18 de fecha 16 de mayo de 2014, N° 37 de fecha 4 de julio de 2014, N° 38 de fecha 4 de julio de 2014, N° 62 de fecha 10 de septiembre de 2014, N° 64 de fecha 16 de septiembre de 2014 y N° 65 de fecha 7 de octubre de 2014 de la SE-CRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS es el organismo que lleva adelante las polí-ticas nacionales para el desarrollo de las telecomunicaciones, con el objetivo de democratizar el acceso a la información, la comunicación y las nuevas tecnologías en todo el territorio nacional, reduciendo así la brecha digital.

Que, las políticas públicas implementadas por el GOBIERNO NACIONAL están dirigidas a im-pulsar el desarrollo económico y social, promover la competencia, incorporar las tecnologías más avanzadas a la vida cotidiana y crear las condiciones para equilibrar las oportunidades de todos los habitantes del país.

Que, el desarrollo de las telecomunicaciones está íntimamente relacionado con la eficiente gestión y administración de un recurso natural limitado como es el espectro radioeléctrico.

Que, en materia de espectro radioeléctrico, el objetivo de las políticas públicas es conseguir la atribución eficiente del recurso, lo cual implica una posterior asignación sin discriminación, con equidad y justicia entre los diversos interesados, de forma tal que se cumplan los objetivos del país, incluido el crecimiento económico, en aras de superar las condiciones de desigualdad, marginalidad y vulnerabilidad.

Que, en ese sentido la administración del espectro radioeléctrico es responsabilidad inde-legable del ESTADO NACIONAL, siendo objetivo de todo mecanismo de gestión del espectro al-canzar la mayor eficiencia posible en su uso, concepto que comprende, entre otros aspectos, que este recurso sea utilizado de manera tal que favorezca el desarrollo en su dimensión social, permitiendo el acceso de los usuarios a una oferta de servicios diversa y que ofrezca mayores y diferentes facilidades.

Que, asimismo, la eficiente gestión del espectro influye en todos los habitantes del país, pues todos consumen o se benefician de servicios que utilizan el espectro radioeléctrico.

Que, en virtud de ello, y debido al avance de las tecnologías en materia de telecomunicaciones a nivel regional y mundial, se tomó la decisión de llevar a cabo la política pública más importante

en los últimos 50 años en materia de gestión de espectro, de modo tal que dichos avances estén a disposición de todo el pueblo argentino.

Que, como primera medida, el artículo 2° del Decreto N° 671 de fecha 12 de mayo de 2014 instruyó a la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a instrumentar las medidas pertinentes con el objeto de atribuir las bandas de frecuencias comprendidas entre 698-806 MHz, 1710-1770 MHz y 2110-2170 MHz exclusivamente al Servicio Móvil Terrestre.

Que, del mismo modo, el artículo 3°, por su parte, instruyó a dicha Secretaría para que, en su carácter de Autoridad de Aplicación del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, pro-ceda a concursar las bandas de frecuencias comprendidas entre 698-806 MHz, 1710-1770 MHz, 2110-2170 MHz y determinados segmentos de las bandas de frecuencias 1850-1910 MHz, 1930-1990 MHz, 824-849 MHz y 869-894 MHz.

Que, cumpliendo con lo instruido, por el artículo 4° de la Resolución N° 17 de fecha 15 de mayo de 2014 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS se atribuyeron las bandas de frecuencias com-prendidas entre 1710-1770 MHz y 2110-2170 MHz al Servicio Móvil Terrestre con categoría primaria.

Que, en el mismo sentido, por artículo 3° de la Resolución N° 18 de fecha 16 de mayo de 2014 de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FE-DERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se atribuyó la banda de frecuencias comprendida entre 698-806 MHz al Servicio Móvil Terrestre con categoría primaria.

Que, por el Artículo 1° de la Resolución S.C. N° 37/2014, se aprobó el “Reglamento General del Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas (SCMA)” con el fin de establecer los lineamientos de este nuevo servicio.

Que, la Resolución S.C. N° 38 de fecha 4 de julio de 2014 aprobó en su artículo 1° el llamado al Concurso de las bandas de frecuencias mencionadas en el Decreto N° 671/2014.

Que, el artículo 2° aprobó, como Anexo I, el PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES GENERA-LES Y PARTICULARES DEL CONCURSO PUBLICO PARA LA ADJUDICACION DE BANDAS DE FRECUENCIAS DESTINADAS A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES PER-SONALES (PCS), DEL SERVICIO DE RADIOCOMUNICACIONES MOVIL CELULAR (SRMC) Y DEL SERVICIO DE COMUNICACIONES MOVILES AVANZADAS (SCMA).

Que, dicho Pliego fue elaborado con los fines de garantizar los derechos de los usuarios; pro-mover el acceso a los servicios de comunicaciones móviles a las personas que habitan en zonas no cubiertas; evitar la concentración de espectro en pocas empresas de acuerdo a parámetros de sana práctica internacional; promover la competencia mediante el ingreso de nuevos operadores de telecomunicaciones; fomentar el desarrollo tecnológico nacional; y compatibilizar el desarrollo del sector con los objetivos de política macroeconómica, el balance de divisas y el sostenido cre-cimiento económico.

Que, la correspondiente convocatoria del Concurso se realizó por medio de un anuncio que se publicó desde el día 17 hasta el día 23 de julio de 2014, en el Boletín Oficial de la República Argentina, y los días 17 y 18 de julio de 2014 en dos diarios de circulación nacional.

Que, asimismo, a partir del día 24 de julio de 2014, los interesados en participar tuvieron la oportunidad de adquirir el Pliego en la sede de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTE-RIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES, en uso de sus facultades conforme al artículo 5° del Pliego, emitió dos circulares a fin de subsanar ciertos errores materiales del mismo y res-ponder aquellas consultas planteadas por los adquirientes, aclarando cuestiones de naturaleza interpretativa del contenido del mismo.

Que, la CIRCULAR MODIFICATORIA N° 1, aprobada por el artículo 1° de la Resolución S.C. N° 62 de fecha 10 de septiembre de 2014, modificó el inciso (e) del punto 35.1 del artículo N° 35, el ANEXO VII, el inciso (a) del artículo N° 36, el artículo N° 5, los artículos N° 2.1.4, 2.2.4, 2.3.4 del ANEXO III y el artículo N° 3.2.9 del ANEXO IV del PLIEGO.

Que, la CIRCULAR ACLARATORIA N° 1, de fecha 10 de septiembre de 2014, emitió aclara-ciones de oficio y contestó las consultas realizadas por los adquirientes TELECOM PERSONAL S.A., el día 29 de agosto y el día 4 de septiembre de 2014; TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A., el día 2 de septiembre de 2014; AMX ARGENTINA S.A., los días 3 y 4 de septiembre de 2014; CABLEVISION S.A., el día 3 de septiembre de 2014; ARLINK S.A., el día 2 de septiembre de 2014; y NEXTEL COMMUNICATIONS ARGENTINA S.R.L., el día 4 de septiembre de 2014.

Que, posteriormente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 40° del referido Plie-go, a través de la Resolución S.C. N° 64 de fecha 16 de septiembre de 2014, la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS conformó la Comisión de Precalificación, encargada del análisis de la documentación a presentar por los Oferentes.

Que, el día 18 de septiembre de 2014 CUATRO (4) Adquirientes presentaron sus respectivas ofertas y, posteriormente, se realizó el acto de apertura de sobres, presencia de un Escribano Adscripto de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

Que, en dicho acto, se dejó debida constancia de la cantidad de documentación presentada por cada uno de ellos, especificando cantidad de tomos y fojas, conforme surge del acta labrada a tal efecto, conformándose de esta manera los Adquirientes en Oferentes de los distintos lotes que se encontraban en subasta en el citado Concurso Público.

Que, luego del análisis de dicha documentación, la Comisión de Precalificación procedió a emitir el correspondiente Dictamen de Precalificación de los Oferentes, contemplando los princi-pios generales establecidos en el artículo 39° del Pliego, evaluando la razonabilidad del proyecto técnico y la eficiencia y eficacia para cumplir con el interés público comprometido, los resultados esperados y los objetivos enunciados.

Que, la Comisión de Precalificación realizó un análisis y evaluación pormenorizados de las ofertas presentadas, contemplando la oferta realizada y la forma de presentación de los antece-dentes, conforme a los artículos 33° y 34° del PLIEGO; las condiciones de presentación y exclusión del Concurso conforme a los artículos 31° y 32°; la CAPACIDAD JURIDICA conforme al artículo 35° del PLIEGO; la CAPACIDAD ECONOMICO FINANCIERA conforme al artículo 36° del PLIEGO; y la CAPACIDAD TECNICA conforme al artículo 37° del PLIEGO.

Que, luego del análisis de la documentación comprendida en la oferta, tanto en la presenta-ción original como a través de las respuestas a las solicitudes de aclaraciones que la antedicha Comisión formuló a los Oferentes, se suscribió el Dictamen de Precalificación.

Page 39: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 39Que, dicho dictamen fue elevado a la SECRETARIA DE COMUNICACIONES el día 2 de octubre

de 2014.

Que, como consecuencia de la evaluación respecto de las ofertas presentadas en relación a las obligaciones contenidas en el Pliego del Concurso, la Comisión de Precalificación recomendó que los Oferentes precalificados sean TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A., TELECOM PER-SONAL S.A., ARLINK S.A. y AMX ARGENTINA S.A.

Que, luego del estudio del mismo, se dictó la Resolución S.C. N° 65 de fecha 7 de octubre de 2014, mediante la cual la SECRETARIA DE COMUNICACIONES precalificó a TELEFONICA MOVI-LES ARGENTINA S.A., TELECOM PERSONAL S.A., ARLINK S.A. y AMX ARGENTINA S.A. para proseguir en el trámite del Concurso.

Que, el día 31 de octubre de 2014 se realizó la subasta pública en presencia de una Escribana Adscripta de la ESCRIBANIA GENERAL DEL GOBIERNO DE LA NACION.

Que, en dicha subasta, la empresa AMX ARGENTINA S.A. ofreció la suma de DOLARES ES-TADOUNIDENSES QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO (U$S 589.398.981.-) por el LOTE 9.

Que, dicha oferta económica resultó la de mayor valor en la subasta pública realizada para dicho LOTE.

Que, el LOTE 9 está conformado por las bandas de frecuencias 1720-1730 MHz, 2120-2130 MHz, 723-738 MHz y 778-793 MHz para el Area de Explotación NACIONAL para el SERVICIO DE COMUNICACIONES MOVILES AVANZADAS (SCMA).

Que, la empresa AMX ARGENTINA S.A. (antes CTI COMPAÑIA DE TELEFONOS DEL INTE-RIOR S.A.) es titular de Licencia Unica de Telecomunicaciones.

Que, debido a que dicha empresa no cuenta con el Registro para la prestación del Servicio de Telecomunicaciones pertinente, corresponde el otorgamiento del mismo en el presente acto conforme al artículo 48° del Pliego.

Que, teniendo en consideración toda la prosecución y el exitoso procedimiento licitatorio, le corresponde a esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES realizar el otorgamiento del registro del servicio pertinente.

Que, las áreas competentes de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo descentralizado de esta SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, se han expedido en sentido fa-vorable.

Que, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE PLANI-FICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Anexo IV del Decreto N° 764 de fecha de 3 de septiembre de 2000 y el Decreto N° 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIODE COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Regístrese a nombre de AMX ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (antes CTI COMPAÑIA DE TELEFONOS DEL INTERIOR SOCIEDAD ANONIMA) (CUIT 30-66328849-7), en el Registro de Servicios previsto en el Apartado 5.4. del Artículo 5° del Anexo I del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000, el SERVICIO DE COMUNICACIONES MOVILES AVANZADAS (SCMA).

ARTICULO 2° — Notifíquese al interesado conforme a lo establecido en el Artículo 11 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y de conformidad con los términos y alcan-ces previsto en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/1972, T.O. 1991.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

e. 21/11/2014 N° 92015/14 v. 21/11/2014#F4726453F#

#I4723498I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

y

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE HACIENDA

Resolución Conjunta 562/2014 y 290/2014

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° S01:0260040/2013 del registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y el Decreto N° 1142 del 26 de no-viembre de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 1142/03 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel ope-rativo del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Que, en virtud de las responsabilidades y complejidades de las funciones que desarrolla el REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLI-CAS dependiente de la SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS corresponde la reasignación de dicha unidad en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, efectuando el análisis y ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.

Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVEN:

ARTICULO 1° — Reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo pertene-ciente al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la pre-sente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

REASIGNACION

Unidad Organizativa Nivel

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES II

Y DE FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PUBLICAS

e. 21/11/2014 N° 90817/14 v. 21/11/2014#F4723498F#

#I4723468I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

y

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE HACIENDA

Resolución Conjunta 563/2014 y 291/2014

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° 40538/2014 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); el Decreto N° 1263 de fecha 4 de agosto de 2014; y

CONSIDERANDO:

Que por la norma precitada en último término, se incorporó a la organización del MINISTERIO DE EDUCACION, la Responsabilidad Primaria y Acciones de la DIRECCION NACIONAL DE FOR-TALECIMIENTO Y AMPLIACION DE DERECHOS EDUCATIVOS dependiente de la SUBSECRETA-RIA DE EQUIDAD Y CALIDAD EDUCATIVA de la SECRETARIA DE EDUCACION.

Que, por tal motivo, se solicita la incorporación del respectivo cargo al Nomenclador de Fun-ciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION, dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Función Ejecutiva correspondiente.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014.

Page 40: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 40Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVEN:

ARTICULO 1° — Incorpórase al Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al MINISTERIO DE EDUCACION, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE EDUCACION

INCORPORACION

Unidad Organizativa NivelSECRETARIA DE EDUCACION Subsecretaría de Equidad y Calidad Educativa Dirección Nacional de Fortalecimiento y Ampliación de Derechos Educativos I

e. 21/11/2014 N° 90814/14 v. 21/11/2014#F4723468F#

#I4723469I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

y

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE HACIENDA

Resolución Conjunta 564/2014 y 292/2014

Bs. As., 14/11/2014

VISTO el Expediente N° 2002-16952/2014-3 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el De-creto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y el Decreto N° 853 del 05 de Junio de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto N° 853/14 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel ope-rativo de la SECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA y de la SUBSECRETARIA DE MEDICINA CO-MUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA.

Que, en virtud de las responsabilidades y complejidades de las funciones que desarrolla la DIRECCION NACIONAL DE MEDICINA COMUNITARIA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA de la SECRETARIA DE SALUD del MINIS-TERIO DE SALUD, corresponde la homologación y reasignación de dicha unidad con su anteceso-ra DIRECCION DE MEDICINA COMUNITARIA, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION dependiente de la SUBSECRE-TARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, efectuando el análisis y ponderación del nivel de Función Ejecutiva correspondiente.

Que ha tomado la intervención de su competencia, la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a través de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7° de la Decisión Administrativa N° 1 del 3 de enero de 2014.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSYEL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVEN:

ARTICULO 1° — Homológase y reasígnase en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas el cargo perteneciente al MINISTERIO DE SALUD, según el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Admi-nistrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros. — JUAN CARLOS PEZOA, Secretario de Hacienda.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE SALUD

HOMOLOGACION Y REASIGNACION

Unidad Organizativa NivelSECRETARIA DE SALUD COMUNITARIA SUBSECRETARIA DE MEDICINA COMUNITARIA, MATERNIDAD E INFANCIA

Unidad Organizativa NivelDIRECCION NACIONAL DE MEDICINA COMUNITARIA I(ex DIRECCION de MEDICINA COMUNITARIA - Nivel III)

e. 21/11/2014 N° 90815/14 v. 21/11/2014#F4723469F#

#I4723497I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución 565/2014

Bs. As., 17/9/2014

VISTO el Expediente EXP-ME-15277/14 del Registro del MINISTERIO DE EDUCACION y las Decisiones Administrativas Nros. 1.126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado, el titular del MINISTERIO DE EDUCACION ha remitido la información requerida en el segundo párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014.

Que en base a dicha información y a lo establecido en el artículo 1° de la Decisión Administra-tiva N° 609/14, procede asignar los cargos vacantes y financiados del citado organismo autoriza-dos para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sec-torial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COOR-DINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRA-TIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609/14, el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIO-NAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial ho-mologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

Page 41: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 41

Page 42: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 42

Page 43: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 43

Page 44: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 44

Page 45: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 45

Page 46: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 46

Page 47: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 47

Page 48: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 48

Page 49: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 49

Page 50: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 50

Page 51: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 51

e. 21/11/2014 N° 90816/14 v. 21/11/2014#F4723497F#

Page 52: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 52#I4724201I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución 566/2014

Bs. As., 17/11/2014

VISTO el Expediente CUDAP: EXP-SED: 0002297/2014 del Registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y las Decisiones Administrativas Nros. 1.126 de fecha 8 de noviembre de 2012 y 609 del 1° de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado, el titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRE-SIDENCIA DE LA NACION ha remitido la información requerida en el segundo párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014.

Que en base a dicha información y a lo establecido en el artículo 1° de la Decisión Admi-nistrativa N° 609/14, procede asignar los cargos vacantes y financiados del citado organismo autorizados para su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención correspondiente.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el tercer párrafo del artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609/14, el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIADE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnanse los cargos vacantes y financiados de la SECRETARIA DE PRO-GRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NAR-COTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, autorizados para su cobertura por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 609 de fecha 1° de agosto de 2014, mediante el Régimen de Selección establecido por el Título IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, conforme al detalle consignado en el Anexo, que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO

Page 53: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 53

Page 54: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 54

Page 55: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 55

e. 21/11/2014 N° 91046/14 v. 21/11/2014#F4724201F#

#I4723892I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SECRETARIA GENERAL

Visto la Ley 25.603, artículo 9.°, se publican las Resoluciones de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación:

Page 56: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 56De fecha 22 de septiembre de 2014:

RSG 1153/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero los bienes comprendidos en la Res. 806/14 DE ASAT: 2 (dos) trailers para embarcación de un eje. Expte.: 02001MARE0700473.

RSG 1154/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y a la Dirección General de Fabrica-ciones Militares, los bienes comprendidos en la Res. 855/14 DE ASAT: 5100 (cinco mil cien) kg de telas y 9 (nueve) artículos varios (botellas plásticas para limpieza de ojos, máquinas para helados, parrillas eléctricas). Exptes: 09001MARE005242Z, 11001MARE000107E y 11001MARE007466T.

RSG 1155/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, los bienes comprendidos en la Res. 832/14 DE ASAT: 342 (trescientos cuarenta y dos) kg de artículos varios (partes de cajas de plásti-co). Expte.: 12001MARE000766Z.

RSG 1156/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en la Res. 852/14 DE ASAT: 25 (veinticinco) artículos varios (aparatos transmiso-res-receptores, cámaras fotográficas, notebook, gps). Exptes.: 04001ALOT0000677 y 08001ALO-T000406A.

RSG 1157/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, de-pendiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, los bienes comprendidos en la Res. 839 y 856/14 DE ASAT: 455 (cuatrocientos cincuenta y cinco) jarros térmicos y 3000 (tres mil) kg de mi-croesferas expancel. Exptes.: 12001MARE002738R, 12001MARE008295V y 11001MARE003649S.

De fecha 23 de septiembre de 2014:

RSG 1159/14 que cede sin cargo a la Asociación Ciudadanos en Movimiento, personería jurídi-ca IGJ 293 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los bienes comprendidos en las Res. 709/13 y 257/14 DI ADEZ: 785 (setecientos ochenta y cinco) artículos de primera necesidad (prendas de vestir). Exptes.: Acta equipaje 195/11 e incidentes 4721 y 4741/14.

De fecha 25 de septiembre de 2014:

RSG 1164/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en la Res. 1302/13 DE ASAT: 11.985 (once mil novecientos ochenta y cinco) pares de calzado. Expte.: 12001MARE010083J.

RSG 1165/14 que cede sin cargo a la Confederación Nacional de Cooperativas de Trabajo, matrícula 37.204, los bienes comprendidos en la Res. 857/14 DE ASAT: 4490 (cuatro mil cuatrocien-tos noventa) artículos de primera necesidad (varios). Expte.: 11001MARE006326N.

RSG 1166/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, los bienes comprendidos en la Res. 682/14 DE ASAT: 21 (veintiún) unidades y 1255,16 kg (mil doscientos cincuenta y cinco kilos y ciento sesenta gramos) de artículos varios (mochila, escaleras de aluminio, tejidos de algodón, hi-lados y etiquetas autoadhesivas). Exptes.: 08001MARE000742P, 11001MARE004403H, 11001MA-RE006008K y 11001MARE006183Y.

RSG 1167/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en la Res. 798/14 DE ASAT: 5946 (cinco mil novecientas cuarenta y seis) planchas para cabello. Exptes.: 12001MARE000602F.

RSG 1168/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en la Res. 854/14 DE ASAT: 615 (seiscientas quince) pelotas de fútbol. Expte.: 09001MARE003732S.

De fecha 26 de septiembre de 2014:

RSG 1169/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en la Res. 805/14 DE ASAT: 6000 (seis mil) planchas para cabello. Expte.: 11001MA-RE007392R.

RSG 1170/14 que cede sin cargo al Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio de la Iglesia Católica Apostólica Romana “Orden de Ministros de los Enfermos Religiosos Camilos”, los bienes comprendidos en las Res. 853 y 730/14 DE ASAT: 4948 (cuatro mil novecientas cuarenta y ocho) prendas de vestir. Exptes.: 08001ALOT000316A, 09001ALOT000325B y 13001ALOT000087T.

De fecha 2 de octubre de 2014:

RSG 1199/14 que cede sin cargo a la Federación de Entidades Mutualistas de la Pcia. de Santa Fe, matrícula SF 4, los bienes comprendidos en la Disp. 170/14 AD ROSA: 84 (ochenta y cuatro) artículos de primera necesidad (prendas de vestir y calzado). Expte.: Acta lote 52: 14/13.

RSG 1200/14 que cede sin cargo a la Comuna de Tolhuin, Provincia de Tierra del Fuego, Antár-tida e Islas del Atlántico Sur, el bien comprendido en la Disp. 246/14 AD RIOG: 1 (un) vehículo tipo Sedan, marca Chevrolet, modelo Monza, año 1992, dominio KA-3604-2, motor 18LVH31038872, chasis 9BGJK69VNNB033740. Expte.: 12049ALOT000002W.

De fecha 9 de octubre de 2014:

RSG 1218/14 que cede sin cargo a la Asociación Mutual Juventud de Catamarca, matrícula CAT 93 de la Pcia. de Catamarca, los bienes comprendidos en la Disp. 115/14 AD TINO: 3074 (tres mil setenta y cuatro) artículos de primera necesidad (prendas de vestir, blanco, calzado y otros). Exptes.: DN 66: 12, 151, 190, 198 y 208/10; 3, 5, 6, 30 y 33/11; 10-2, 11-0, 12-9, 17-K, 23-5, 31-7, 46-6, 47-K y 50-5/12; y 4-5, 12-7, 13-5, 14-3, 15-1 y 71-8 /13.

RSG 1219/14 que cede sin cargo al Gobierno de la Pcia. de Mendoza, los bienes comprendi-dos en la Disp. 511/14 AD MEND: 1766 (mil setecientas sesenta y seis) estufas eléctricas. Expte.: SIGEA 12371-25-2014.

RSG 1220/14 que cede sin cargo a la Municipalidad de Goya, Pcia. de Corrientes, el bien com-prendido en la Disp. 89/14 AD PASO: 1 (un) vehículo marca Chevrolet, modelo Celta 1.0 LS, año 2012, chasis 9BGRG08F0CG205861, dominio MIO7726. Expte.: Acta lote 42: 234/11.

De fecha 15 de octubre de 2014:

RSG 1247/14 que cede sin cargo al Gobierno de la Pcia. de Jujuy los bienes comprendidos en la Disp. 111/14 AD JUJU: 34.422 (treinta y cuatro mil cuatrocientos veintidós) artículos de primera necesidad (prendas de vestir, blanco, calzado y otros). Exptes.: Actas lote 31: 1 al 31, 33 al 47, 49 al 51, 55 al 62, 64 al 67, 69, 71, 73 al 79, 84 al 88, 91 al 122, 124 al 129, 132 al 138, 142 al 148, 150

al 161, 163 al 192, 194, 198, 200 al 209, 211, 213 al 216, 218, 220 al 240, 242 al 259, 261, 263 al 265 y 270 al 293/14.

RSG 1248/14 que cede sin cargo a la Municipalidad de Curuzú Cuatiá, Pcia. de Corrientes, el bien comprendido en la Disp. 87/14 AD PASO: 1 (un) vehículo marca Volskwagen, modelo Gol 1.9 SD, año 2006, motor BGG002267, chasis 9BWCD05X64T053660, dominio EMI281. Expte.: Acta lote 42: 59/08.

De fecha 17 de octubre de 2014:

RSG 1251/14 que cede sin cargo al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, dependiente del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, el bien comprendido en la Disp. 88/14 AD PASO: 1 (un) vehículo marca Mercedes Benz, modelo Sprinter, año 2005, chasis 8AC9036615A925465, dominio IMK3250. Expte.: Acta lote 42: 189/10.

RSG 1252/14 que cede sin cargo al Ministerio de Desarrollo Social de la Nación los bienes comprendidos en las Disp. 363 y 364/14 AD CAMP: 326 (trescientos veintiséis) artículos varios (he-ladera, hornos y anafes a gas, y purificadores-extractores de aire). Exptes.: 13008MARE000218Z y 13008MARE000220J.

RSG 1253/14 que cede sin cargo a la Municipalidad de Río Turbio, Pcia. de Santa Cruz, los bie-nes comprendidos en la Disp. 189/14 AD RIGA: 88 (ochenta y ocho) artículos de primera necesidad (prendas de vestir, calzado y otros). Expte.: Acta lote 48: 31/14.

RSG 1254/14 que cede sin cargo a la Asociación Civil Nehuen por el Desarrollo Urbano y So-cial, Personería Jurídica 2510 de la Pcia. de Río Negro, los bienes comprendidos en las Disp. 683, 687, 689, 690 y 703/13 AD BABL: 2574 (dos mil quinientos setenta y cuatro) artículos de primera necesidad (varios). Exptes: Actas lote 3: 15/09, 18 al 20/11 y 3/13.

RSG 1255/14 que cede sin cargo a la Federación de Asociaciones Mutualistas del Chubut, ma-trícula CHU 31, los bienes comprendidos en las Disp. 53/14 AD VICO y 311, 320, 334, 335, 339 y 340/14 AD ROSA: 5117 (cinco mil ciento diecisiete) artículos de primera necesidad (prendas de vestir, calzado y otros). Exptes.: Acta lote 69: 28/12. Actas lote 52: 70, 107, 129 y 130/11; 130/13; y 6/14.

MARIA INES GRANDOSO, Jefa de Unidad Enlace Institucional, Secretaría General, Presiden-cia de la Nación.

e. 21/11/2014 N° 90884/14 v. 21/11/2014#F4723892F#

#I4724060I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución 162/2014

Bs. As., 11/11/2014

VISTO la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, las Resoluciones N° 152 de fecha 17 de octubre de 2002 y N° 31 de fecha 23 de marzo de 2011 del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y el Expediente N° 1952/2014 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 100 de la Ley N° 24.156, instituye que la SINDICATURA GENERAL DE LA NA-CION es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del sistema de control interno.

Que el sistema se integra por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, las que actuarán coordinadas técnicamente por este Organismo de Control.

Que el Artículo 101 de la Ley N° 24.156, establece que la autoridad superior de cada juris-dicción o entidad dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL será responsable del man-tenimiento de un adecuado sistema de control interno que incluirá los instrumentos de control previo y posterior incorporados en el plan de organización y en los reglamentos y manuales de procedimiento de cada organismo y la auditoría interna.

Que el Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, reglamentó el Artículo 101 de la norma citada en el considerando precedente, estableciendo que la autoridad superior mencionada en el considerando anterior, requerirá opinión previa favorable de la correspondiente Unidad de Audito-ría Interna para la aprobación y modificación de los reglamentos y manuales de procedimientos, los cuales deberán incorporar instrumentos idóneos para el ejercicio del control previo y posterior.

Que la Resolución SIGEN N° 152 de fecha 17 de octubre de 2002, aprobó las “Normas de Auditoría Interna Gubernamental”, estableciendo como una de las funciones asignadas a las Uni-dades de Auditoría Interna, la de asegurar a las autoridades competentes, opiniones profesionales válidas. a fin que estén informadas sobre la confiabilidad del diseño y funcionamiento de los siste-mas de control establecidos en cada organismo.

Que por Resolución SIGEN N° 31 de fecha 23 de marzo de 2011, se aprobó el PLAN ESTRA-TEGICO INSTITUCIONAL 2011-2015 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que entre los objetivos estratégicos planteados por este Organismo de Control, se destaca el de fortalecer su rol de órgano rector del sistema de control interno, optimizando, entre otras fun-ciones. la normativa y estableciendo como curso de acción, el de emitir pautas para la intervención por parte de las UAI en la aprobación de reglamentos y manuales de procedimientos.

Que en este orden, las “Pautas para la intervención por parte de las Unidades de Auditoría In-terna en la aprobación de reglamentos y manuales de procedimientos” de los organismos del Sector Público Nacional, constituyen un elemento para formar la opinión previa por parte de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, con el objetivo de examinar si los Reglamentos o Manuales de Procedimientos posibilitan que la organización cumpla con sus objetivos y metas insti-tucionales en el marco de la normativa vigente, como así también, que los controles previstos en los documentos permitan mitigar los riesgos que puedan afectar el logro de los objetivos de la actividad.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 112 inciso a) de la Ley N° 24.156.

Page 57: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 57Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE

ARTICULO 1° — Apruébanse las “Pautas para la intervención por parte de las Unidades de Auditoría Interna en la aprobación de reglamentos y manuales de procedimientos” que como ANEXO forman parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2° — Establécese que las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Na-cional, deberán brindar la opinión previa establecida por el Artículo 101 del ANEXO al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, conforme a las Pautas que se aprueban por el Artículo 1° de la presente.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Direc-ción Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 21/11/2014 N° 90975/14 v. 21/11/2014#F4724060F#

#I4724059I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición 1271/2014

10/10/2014

ARTICULO 1° — Deniégase la solicitud de categorización e inscripción en el REGISTRO NA-CIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPA-CíDAD de la Institución “HOGAR Y CENTRO DE DIA EL ENCUENTRO” de GRUIMI S.R.L. en la modalidad de Hogar con Centro de Día, C.U.I.T. N° 30-71191492-3, con domicilio legal y real en la calle Luis María Gonnet N° 6551, Código Postal N° 1669, de la localidad de Del Viso, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración pre-visto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Ser-vicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/11/2014 N° 90974/14 v. 21/11/2014#F4724059F#

#I4724042I#MINISTERIO DE SALUD

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SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición 1295/2014

16/10/2014

ARTICULO 1° — Deniégase la solicitud de categorización e inscripción en el REGISTRO NA-CIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A LAS PERSONAS CON DISCAPA-CIDAD de la Institución “FUNDACION NUESTRO ANGEL” en la modalidad de Centro Educativo Terapéutico, C.U.I.T. N° 30-70927894-7, con domicilio legal y real en la calle Salvador María del Carril N° 3837/9, Código Postal 1419, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración pre-visto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Ser-vicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/11/2014 N° 90957/14 v. 21/11/2014#F4724042F#

#I4724050I#MINISTERIO DE SALUD

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SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición 1297/2014

16/10/2014

ARTICULO 1° — Categorízase a la institución “INSTITUTO W. PRINGLE MORGAN” de INSTI-TUTO PRINGLE MORGAN S.R.L., C.U.I.T. N° 30-61082247-5, con domicilio legal en la calle Tha-

mes N°  1078, Código Postal 1414, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y real en la calle Thames N° 1080, Código Postal 1414, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la modalidad prestacional de Formación Laboral sin Integración.

ARTICULO 2° — Encuádrase la atención brindada por el citado establecimiento en la moda-lidad prestacional de Formación Laboral sin Integración, categoría “A”, con un cupo de ochenta y dos (82) concurrentes en Jornada Simple y/o Doble.

ARTICULO 3° — Inscríbase a la institución “INSTITUTO W. PRINGLE MORGAN” de INSTITU-TO PRINGLE MORGAN S.R.L., en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

ARTICULO 4° — Contra el presente acto podrá deducirse el Recurso de Reconsideración pre-visto en el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días de notificada la presente.

ARTICULO 5° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. MARCELA ALEJANDRA GABA, Directora, Ser-vicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/11/2014 N° 90965/14 v. 21/11/2014#F4724050F#

#I4724058I#MINISTERIO DE SALUD

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SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición 1959/2012

1/11/2012

ARTICULO 1° — Dase de baja a GRUPO ILUSIONES Asociación Civil, C.U.I.T. N° 30-66661089-6, con domicilio legal y real en la Avenida Avellaneda 4151, Código Postal 7400, Localidad de Ola-varría, Provincia de Buenos Aires, del REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD en la modalidad prestacional de Centro de Día.

ARTICULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de reconsideración pre-visto en el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos De-creto N° 1759/72 (t.o. 1991) el que deberá interponerse en el plazo de diez (10) días hábiles de notificada la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/11/2014 N° 90973/14 v. 21/11/2014#F4724058F#

#I4724040I#MINISTERIO DE SALUD

SECRETARIA DE POLITICAS, REGULACION E INSTITUTOS

SUBSECRETARIA DE GESTION DE SERVICIOS ASISTENCIALES

SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION

Disposición 205/2013

13/2/2013

ARTICULO 1° — Desestímase el Recurso de Reconsideración interpuesto por GRUPO ILU-SIONES ASOCIACION CIVIL, C.U.I.T. N° 30-66661089-6, con domicilio legal y real en la Avenida Avellaneda 4151, Código Postal 7400, de la localidad de Olavarría, Provincia de Buenos Aires, contra la Disposición N° 1959 de fecha 1 de noviembre de 2012 del Registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION.

ARTICULO 2° — Contra el presente acto podrá deducirse el recurso de alzada el que deberá interponerse en el plazo de quince (15) días de notificada la presente o, a su opción, la acción ju-dicial pertinente, de conformidad a lo previsto en el artículo 94 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (t.o. 1991).

ARTICULO 3° — Regístrese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese. — Dra. GRISEL OLIVERA ROULET, Directora, Servicio Nacional de Rehabilitación.

e. 21/11/2014 N° 90955/14 v. 21/11/2014#F4724040F#

#I4726351I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO

Resolución 3085/2014

Bs. As., 19/11/2014

VISTO el Expediente N° 100.486/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 24.241, N° 24.557 y N° 26.425, los Decretos N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, N° 1.338 de fecha 25 de noviembre de 1996, N° 2.104 y N° 2.105, ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, la Resolución Conjunta de la S.R.T. N° 58 y de la entonces SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 190 de fecha 12 de junio de 1998, las Resoluciones

Page 58: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 58S.R.T. N° 43 de fecha 12 de junio de 1997, N° 432 de fecha 19 de noviembre de 1999, N° 308 de fe-cha 30 de marzo de 2009, N° 1.214 de fecha 22 de julio de 2013, N° 2.484 de fecha 12 de diciembre de 2013, N° 531 de fecha 20 de marzo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 51 de la Ley N° 24.241 —texto modificado por la Ley N° 24.557— se determina que las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central deben estar integradas por CINCO (5) profesionales médicos, cuya selección debe realizarse por Concurso Público de Opo-sición y Antecedentes.

Que así, para satisfacer adecuadamente las obligaciones establecidas en el artículo 48 y si-guientes de la Ley N° 24.241 y el artículo 21 de la Ley N° 24.557, las Comisiones Médicas deben estar integradas por la totalidad de médicos titulares previsto en la normativa citada.

Que a través del Decreto N° 717 de fecha 28 de junio de 1996 se reglamentaron en el marco de la Ley N° 24.557, las diversas acciones a cargo de las Comisiones Médicas así como los proce-dimientos que resultan de aplicación a su labor.

Que el artículo 10 del referido decreto dispone los supuestos en los cuales intervienen las Co-misiones Médicas, incluyendo la homologación de los acuerdos a los que arriben las Asegurado-ras de Riesgos del Trabajo y los empleados damnificados, respecto a determinadas incapacidades laborales sobrevinientes y las prestaciones dinerarias que a las mismas correspondan.

Que el citado artículo 10, en su apartado 3) prevé además que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) podrá determinar la autoridad que habrá de intervenir en los acuerdos entre Aseguradoras de Riesgos del Trabajo y los empleados damnificados, conforme los mismos se adecuen a la Tabla de Evaluación de Incapacidades y al Listado de Enfermedades Profesionales establecidos por la Ley N° 24.557.

Que de esta manera, esta S.R.T., en virtud del artículo 35 del Decreto N° 717/96, es el Organis-mo encargado de dictar las normas complementarias de los procedimientos previstos por dicha norma.

Que en virtud de haberse evidenciado que un importante volumen de la labor de las Comi-siones Médicas corresponde a la atención demandada por los trámites de homologación de los acuerdos arribados entre Aseguradoras y los empleados damnificados, y en pos de una descen-tralización funcional que fortalezca la gestión a cargo de las citadas comisiones, se dictó la Reso-lución Conjunta de la S.R.T. N° 58 y de la entonces SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 190 de fecha 12 de junio de 1998.

Que mediante dicha resolución se dispuso la apertura de las Oficinas de Homologación y Visado (O.H. y V.), que tendrán a su cargo desarrollar actividades concernientes al sistema instau-rado por la Ley N° 24.557, de acuerdo a lo previsto en el Decreto N° 717/96 y a las normas regla-mentarias o complementarias pertinentes. La actuación de dichas oficinas podrá ser revisada por las Comisiones Médicas establecidas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y el artículo 21 de la Ley N° 24.557 que correspondan a sus respectivas zonas.

Que en lo atinente a la función de visado y fiscalización que realizan las O.H. y V., el Decre-to N° 1.338 de fecha 25 de noviembre de 1996, determinó que será esta S.R.T. la encargada de establecer los exámenes médicos que deberán realizar las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo o los Empleadores, en su caso, estipulando además, en función del riesgo a que se encuentre expuesto el trabajador al desarrollar su actividad, las características específicas y frecuencia de dichos exámenes.

Que en función de lo establecido en el artículo 8° de la Resolución Conjunta de la S.R.T. N° 58 y de la entonces S.A.F.J.P. N° 190/98, esta S.R.T. se encuentra facultada para dictar las normas complementarias y reglamentarias relacionadas con la actuación de las O.H. y V., ejerciendo por su parte el control, supervisión y fiscalización de sus actividades.

Que además, se estableció que las O.H. y V. tienen la función de fiscalizar, visar y registrar los distintos exámenes médicos en salud previstos en la Resolución S.R.T. N° 43 de fecha 12 de junio de 1997.

Que posteriormente, mediante la Resolución S.R.T. N° 432 de fecha 19 de noviembre de 1999 se estableció el procedimiento para el visado y fiscalización de los exámenes médicos en salud.

Que la Gerencia Médica de esta S.R.T. ha advertido un aumento exponencial en el cúmulo de expedientes provenientes de las ciudades en las que se desempeñan las O.H. y V.

Que de acuerdo a lo antedicho, la pretensión del trabajador de obtener un diagnóstico, tra-tamiento y reparación oportuna, se ve postergada hasta la emisión del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional (C.M.J.).

Que a los efectos de atender al incremento de trámites señalado y agilizar la labor de las Comi-siones Médicas, la Gerencia Médica entiende que resulta conveniente que las O.H. y V. existentes se transformen en Comisiones Médicas.

Que en base a las consideraciones vertidas en los párrafos precedentes, el área impulsora en-tiende que no hay impedimento para que las O.H. y V. que se pretenden transformar en Comisiones Médicas cumplan las funciones de visado, fiscalización y homologación; ello por cuanto seguirá siendo esta S.R.T. el ámbito donde se tramitarán dichas cuestiones, a través de las Comisiones Médicas.

Que en cuanto a las O.H. y V. de las Ciudades de Río Cuarto —Provincia de CORDOBA—, Concordia —Provincia de ENTRE RIOS—, General Roca —Provincia de RIO NEGRO— y Trelew —Provincia de CHUBUT— se ha establecido una competencia territorial para cada una de ellas atento a que se encuentran ubicadas en Ciudades donde no funcionan Comisiones Médicas.

Que además, la citada gerencia promovió la creación de UNA (1) nueva Comisión Médica en la localidad de Paso del Rey, Provincia de BUENOS AIRES, justificado en el incremento de trámites tratados actualmente en las Comisiones Médicas N° 10 con asiento en la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES provenientes de la Zona Oeste del Conurbano Bonaerense.

Que la presente medida tiene como objetivo dar tratamiento en tiempo y forma a los planteos efectuados por los trabajadores damnificados y contribuir a una mayor flexibilidad de la labor de las Comisiones Médicas.

Que en este sentido, esta S.R.T. tiene como meta favorecer la accesibilidad de los damnifica-dos al Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que mediante la Resolución S.R.T. N° 531 de fecha 20 de marzo de 2014 se creó la Delegación de la Comisión Médica N° 4 en la Ciudad de San Rafael, Provincia de MENDOZA, se determinó el número de Comisiones Médicas y se estableció el ámbito de competencia territorial, el domicilio y el horario de atención de cada una de ellas.

Que con el propósito de favorecer la eficacia y eficiencia en el desarrollo de las actividades de las Comisiones Médicas, mejorando los modos de planificar operativamente su funcionamiento y agilizar la tramitación de los reclamos iniciados por los trabajadores, resulta necesario modificar la normativa vigente en esta materia.

Que por otro lado, a través la Resolución S.R.T. N° 2.484 de fecha 12 de diciembre de 2013 se designaron como médicos co-titulares de la Comisión Médica N° 9 de la Ciudad del Neuquén, Provincia del NEUQUEN, a la Doctora María V. RUIZ DIAZ y a la Doctora Inés Cecilia SCIFO para desempeñar funciones en la O.H. y V. de la ciudad de General Roca, Provincia de RIO NEGRO; Comisión Médica N° 11 de la Ciudad de La Plata, Provincia de BUENOS AIRES, a la Doctora María Alejandra SANTANDER GRAMAJO, quien desarrolla funciones en la O.H. y V. de la ciudad de Con-cordia, Provincia de ENTRE RIOS; y Comisión Médica N° 19 de la Ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia de CHUBUT, al Doctor Sergio ZAMBIANCHI, quien desarrolla funciones en la O.H. y V. de la ciudad de Trelew, Provincia de CHUBUT.

Que la Subgerencia de Recursos Humanos deberá notificar el cambio de régimen del personal administrativo, afectándolo al régimen de la entonces S.A.F.J.P. y dar cumplimiento a lo previsto por el artículo 7° de la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 57 de fecha 26 de febrero de 1999, en caso de corresponder.

Que por Decreto N° 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, se confirió a la entonces S.A.F.J.P. la facultad de dictar todas las medidas reglamentarias y los actos necesarios para ejercer el poder jerárquico administrativo sobre las Comisiones Médicas creadas por la Ley N° 24.241 y a disponer de los recursos para su funcionamiento.

Que mediante el artículo 15 de la Ley N° 26.425 se dispuso la transferencia a la S.R.T. del per-sonal médico, técnico, auxiliar y administrativo que se desempeñe ante las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241, y de los bienes inmue-bles, muebles y equipamiento técnico necesarios para su adecuado funcionamiento.

Que por su parte, el artículo 10 del Decreto N° 2.104 de fecha 04 de diciembre de 2008, facultó a la S.R.T. a dictar las normas aclaratorias y complementarias para la implementación de la Ley N° 26.425, en materia de regulación de las citadas Comisiones Médicas.

Que asimismo, el artículo 6° del Decreto N° 2.105 de fecha 4 de diciembre de 2008, asignó a la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.S.E.S.) todas las competencias de la entonces S.A.F.J.P. que no hayan sido derogadas por la Ley N° 26.425, con excepción de las relativas al funcionamiento de las Comisiones Médicas y la Comisión Médica Central, las que son ejercidas por esta S.R.T.

Que en tal contexto, esta S.R.T. dispuso mediante Resolución S.R.T. N° 308 de fecha 30 de marzo de 2009, que ejercerá las competencias citadas en los párrafos precedentes, en la misma forma y con las mismas modalidades establecidas por los regímenes especiales con que se regía la entonces S.A.F.J.P. en lo atinente, entre otros, a la designación y relaciones con el personal de las Comisiones Médicas y Comisión Médica Central.

Que la Gerencia de Asuntos Legales de esta S.R.T. ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que confieren el artículo 36, apartado 1°, inciso e) de la Ley N° 24.557, el artículo 15 de la Ley N° 26.425, el artículo 10 del De-creto N° 2.104/08 y la Resolución S.R.T. N° 308/09.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTEDE RIESGOS DEL TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Transfórmase a las OFICINAS DE HOMOLOGACION Y VISADO (O.H. y V.), creadas por la Resolución Conjunta de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 58 y de la entonces SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES (S.A.F.J.P.) N° 190 de fecha 12 de junio de 1998, en COMISIONES MEDICAS a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, conforme los motivos ex-puestos en los Considerandos precedentes.

ARTICULO 2° — Transfórmase la Delegación de la Ciudad de San Rafael de la Provincia de MENDOZA, dependiente de la Comisión Médica N° 4 de la Ciudad de Mendoza, en Comisión Mé-dica N° 32 a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Establécese que las Comisiones Médicas tendrán, entre sus funciones, la de homologar los acuerdos arribados por las partes en relación con el carácter y el grado de la inca-pacidad del trabajador y la de visar o fiscalizar los distintos exámenes médicos en salud previstos en la Resolución S.R.T. N° 43 de fecha 12 de junio de 1997.

ARTICULO 4° — Transfiérase el personal administrativo que se desempeña actualmente en las O.H. y V. y en la Delegación señaladas en los artículos 1° y 2° de la presente a las respectivas Comisiones Médicas, aplicándosele el régimen de personal de la entonces S.A.F.J.P.

ARTICULO 5° — Transfiérase a los profesionales designados como médicos co-titulares que se desempeñan actualmente en las O.H. y V. y en la Delegación señaladas en los artículos 1° y 2° de la presente a las respectivas Comisiones Médicas, manteniéndose su categoría laboral.

ARTICULO 6° — Desígnase como médicos auxiliares a los profesionales médicos que se des-empeñan actualmente en las O.H. y V. y en la Delegación señaladas en los artículos 1° y 2° de la presente, que no hubiesen concursado cargos para las Comisiones Médicas.

ARTICULO 7° — La Subgerencia de Recursos Humanos deberá notificar el cambio de ré-gimen del personal administrativo, afectándolo al régimen de la entonces S.A.F.J.P. y dar cum-plimiento a lo previsto por el artículo 7° de la Disposición de la entonces S.A.F.J.P. N° 57 de fecha 26 de febrero de 1999, en caso de corresponder.

ARTICULO 8° — Determínese en CINCUENTA Y DOS (52) la cantidad de Comisiones Médicas de la Ley N° 24.241 para todo el país y UNA (1) Comisión Médica Central.

ARTICULO 9° — Establécese como lugares de funcionamiento de las Comisiones Médicas, las localidades que a continuación se detallan:

Comisión Médica N° 1- San Miguel de Tucumán (Provincia de TUCUMÁN), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 2- Resistencia (Provincia del CHACO), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 3- Posadas (Provincia de MISIONES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 4- Mendoza (Provincia de MENDOZA), DOS (2) comisiones (“4 A” y “4 B”);

Page 59: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 59Comisión Médica N° 5- Córdoba (Provincia de CORDOBA), TRES (3) comisiones (“5 A”, “5 B”

y “5 C”);

Comisión Médica N° 6- Villa María (Provincia de CORDOBA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 7- Rosario (Provincia de SANTA FE), CUATRO (4) comisiones (“7 A”, “7 B”; “7 C” y “7 D”).

Comisión Médica N° 8- Paraná (Provincia de ENTRE RIOS), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 9- Neuquén (Provincia del NEUQUEN), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 10- CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, ONCE (11) comisiones (“10 A”, “10 B”, “10 C”, “10 D”, “10 E”, “10 F”, “10 G”, “10 H”, “10 I”, “10 J” y “10 K”);

Comisión Médica N° 11- La Plata (Provincia de BUENOS AIRES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 12- Mar del Plata (Provincia de BUENOS AIRES), DOS (2) comisiones (“12 A” y “12 B”);

Comisión Médica N° 13- Bahía Blanca (Provincia de BUENOS AIRES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 14- Junín (Provincia de BUENOS AIRES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 15- Paso del Rey (Provincia de BUENOS AIRES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 17- Santa Rosa (Provincia de LA PAMPA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 18- Viedma (Provincia de RIO NEGRO), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 19- Comodoro Rivadavia (Provincia de CHUBUT), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 20- Río Gallegos (Provincia de SANTA CRUZ), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 21- Ushuaia (Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 22- San Salvador de Jujuy (Provincia de JUJUY), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 23- Salta (Provincia de SALTA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 24- San Fernando del Valle de Catamarca (Provincia de CATAMARCA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 25- La Rioja (Provincia de LA RIOJA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 26- San Juan (Provincia de SAN JUAN), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 27- San Luis (Provincia de SAN LUIS), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 28- Formosa (Provincia de FORMOSA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 29- Santiago del Estero (Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 30- Corrientes (Provincia de CORRIENTES), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 31- Zárate (Provincia de BUENOS AIRES), UNA (1) comisión.

Comisión Médica N° 32- San Rafael (Provincia de MENDOZA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 33- Río Cuarto (Provincia de CORDOBA), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 34- Concordia (Provincia de ENTRE RIOS), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 35- General Roca (Provincia de RIO NEGRO), UNA (1) comisión;

Comisión Médica N° 36- Trelew (Provincia de CHUBUT), UNA (1) comisión.

ARTICULO 10. — Defínase la competencia territorial de las Comisiones Médicas establecidas en el artículo segundo de la siguiente manera:

Comisión Médica 1 - San Miguel de Tucumán, con competencia en todo el territorio de la Provincia de TUCUMÁN.

Comisión Médica 2 - Resistencia, con competencia en todo el territorio de la Provincia de CHACO.

Comisión Médica 3 - Posadas, con competencia en todo el territorio de la Provincia de MISIONES.

Comisiones Médicas “4 A” y “4 B” - Mendoza, con competencia en todo el territorio de la Provincia de MENDOZA.

Comisiones Médicas “5 A”, “5 B” y “5 C” - Córdoba, con competencia en los siguientes De-partamentos de la Provincia de CORDOBA: Sobremonte, Río Seco, Tulumba, Ischilín, Cruz del Eje, Totoral, Río Primero, Minas, Pocho, San Alberto, Punilla, Colón, San Javier, Santa María, Capital, Río Segundo y San Justo, al norte del trazado de la Ruta Nacional N° 158, excluida la Ciudad de San Francisco.

Comisión Médica 6 - Villa María, con competencia en los siguientes Departamentos de la Provincia de CORDOBA: Calamuchita, Tercero Arriba, General San Martín, Unión, Marcos Juárez y San Justo, al sur del trazado de la Ruta Nacional N° 158, incluida la Ciudad de San Francisco.

Comisiones Médicas “7 A”, “7 B”, “7 C” y “7 D” - Rosario, con competencia en todo el territorio de la Provincia de SANTA FE y el partido de San Nicolás de los Arroyos, Provincia de BUENOS AIRES.

Comisión Médica 8 - Paraná, con competencia en todo el territorio de la Provincia de ENTRE RIOS.

Comisión Médica 9 - Neuquén, con competencia en todo el territorio de la Provincia del NEU-QUEN y el Departamento de General Roca, Provincia de RIO NEGRO.

Comisiones Médicas “10 A”, “10 B”, “10 C”, “10 D” , “10 E”, “10 F”, “10 G”, “10 H”, “10 I”, “10 J” y “10 K”, Capital Federal, con competencia en la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES y en los siguientes partidos bonaerenses: Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverría, Ezeiza, General Rodríguez, General San Martín, José C. Paz, La Matanza, Lanús, Lomas de Za-mora, Luján, Malvinas Argentinas, Marcos Paz, Mercedes, Pilar, Presidente Juan Domingo Perón, Quilmes, San Fernando, San Isidro, Tigre, Tres de Febrero y Vicente López.

Comisión Médica 11 - La Plata, con competencia en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Berisso, Coronel Brandsen, Cañuelas, Chascomús, Ensenada, Florencio Varela, General Belgrano, General Las Heras, General Paz, La Plata, Las Flores, Lobos, Magdalena, Mon-te, Navarro, Pila, Punta Indio, Roque Pérez y San Vicente.

Comisiones Médicas “12 A” y “12 B” - Mar del Plata, con competencia en los siguientes par-tidos de la Provincia de BUENOS AIRES: A. González Chaves, Ayacucho, Azul, Balcarce, Benito Juárez, Castelli, De la Costa, Dolores, Gral. Alvarado, Gral. Guido, Gral. Lavalle, Gral. Juan Mada-riaga, Gral. Pueyrredón, Lobería, Maipú, Mar Chiquita, Necochea, Pinamar, Rauch, San Cayetano, Tandil, Tapalqué, Tordillo y Villa Gesell.

Comisión Médica 13 - Bahía Blanca, con competencia en los siguientes partidos de la Pro-vincia de BUENOS AIRES: Adolfo Alsina, Bahía Blanca, Carmen de Patagones, Coronel Dorrego, Coronel Pringles, Coronel de Marina Leonardo Rosales, Coronel Suárez, Daireaux, General La Madrid, Guaminí, Laprida, Monte Hermoso, Olavarría, Pellegrini, Puán, Saavedra, Saliquelló, Torn-quist, Trenque Lauquen, Tres Arroyos, Tres Lomas y Villarino.

Comisión Médica 14 - Junín, con competencia en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Alberti, Bolívar, Bragado, Carlos Casares, Carlos Tejedor, Carmen de Areco, Colón, Chacabuco, Chivilicoy, Florentino Ameghino, General Alvear, General Arenales, General Pinto, General Viamonte, General Villegas, Hipólito Yrigoyen, Junín, Leandro N. Alem, Lincoln, Nueve de Julio, Pehuajó, Pergamino, Rivadavia, Rojas, Saladillo, Salto, Suipacha y Veinticinco de Mayo.

Comisión Médica 15 - Paso del Rey, con competencia en los siguientes partidos de la Provin-cia de BUENOS AIRES: Moreno, San Miguel, Ituzaingó, Hurlingam, Morón y Merlo.

Comisión Médica 17 - Santa Rosa, con competencia en todo el territorio de la Provincia de LA PAMPA.

Comisión Médica 18 - Viedma, con competencia en todo el territorio de la Provincia de RIO NEGRO, excepto el Departamento de General Roca.

Comisión Médica 19 - Comodoro Rivadavia, con competencia en las siguientes localidades de la Provincia de CHUBUT: Futaleifú, Languiñeo, Tehuelches, Río Senguer, Paso de Indios, Mártires, Sarmiento, Escalante y Florentino Ameghino.

Comisión Médica 20 - Río Gallegos, con competencia en todo el territorio de la Provincia de SANTA CRUZ.

Comisión Médica 21 - Ushuaia, con competencia en todo el territorio de la Provincia de TIE-RRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Comisión Médica 22 - San Salvador de Jujuy, con competencia en todo el territorio de la Pro-vincia de JUJUY.

Comisión Médica 23 - Salta, con competencia en todo el territorio de la Provincia de SALTA

Comisión Médica 24 - San Fernando del Valle de Catamarca, con competencia en todo el territorio de la Provincia de CATAMARCA.

Comisión Médica 25 - La Rioja, con competencia en todo el territorio de la Provincia de LA RIOJA.

Comisión Médica 26 - San Juan, con competencia en todo el territorio de la Provincia de SAN JUAN.

Comisión Médica 27 - San Luis, con competencia en todo el territorio de la Provincia de SAN LUIS.

Comisión Médica 28 - Formosa, con competencia en todo el territorio de la Provincia de FORMOSA.

Comisión Médica 29 - Santiago del Estero, con competencia en todo el territorio de la Provin-cia de SANTIAGO DEL ESTERO.

Comisión Médica 30 - Corrientes, con competencia en todo el territorio de la Provincia de CORRIENTES.

Comisión Médica 31 - Zárate, con competencia en los siguientes partidos de la Provincia de BUENOS AIRES: Arrecifes, Baradero, Campana, Capitán Sarmiento, Escobar, Exaltación de la Cruz, Ramallo, San Andrés de Giles, San Antonio de Areco, San Nicolás, San Pedro y Zárate.

Comisión Médica 32 - San Rafael, con competencia en los siguientes Departamentos de la Provincia de MENDOZA: Malargüe, General Alvear, San Carlos y San Rafael.

Comisión Médica 33 - Río Cuarto, con competencia en los siguientes Departamentos de la Provincia de CORDOBA: Río Cuarto, Juárez Celman, Presidente Roque Sáenz Peña y General Roca.

Comisión Médica 34 - Concordia, con competencia en los Departamentos de Federación, Concordia, San Salvador, Colón, Uruguay, Gualeguaychú, Islas Delibicuy, Provincia de ENTRE RIOS.

Comisión Médica 35 - General Roca, con competencia en los siguientes Departamentos de la Provincia de RIO NEGRO: Departamentos de General Roca, El Cuyo, Pilcaniyeu, Ñorquinco y Bariloche.

Comisión Médica 36 - Trelew, con competencia en los Departamentos de la Provincia de CHUBUT: Cushamen, Gastre, Telsen, Gaiman, Viedma y Rawson.

ARTICULO 11. — La competencia territorial definida en el artículo precedente, se establece al solo efecto de un mejor ordenamiento administrativo. Sin perjuicio de ello, las Comisiones Mé-dicas poseen competencia en todo el territorio del país, según se deban atender situaciones de necesidad y urgencia, las que quedarán a criterio de esta S.R.T. a través de la Gerencia Médica.

ARTICULO 12. — Establécese los domicilios y horarios de atención de Mesa de Entradas de las Comisiones Médicas que a continuación se detallan:

Comisión Médica 1 - San Miguel de Tucumán:

a) Domicilio: Av. Nicolás Avellaneda 479, San Miguel de Tucumán (T4000HXE), Provincia de TUCUMÁN.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 2 - Resistencia:

a) Domicilio: Ayacucho 710, Resistencia (H3500AJP), Provincia de CHACO.

Page 60: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 60b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 3 - Posadas:

a) Domicilio: Ayacucho 2.295, Posadas (N3300MLU), Provincia de MISIONES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisiones Médicas N° “4 A” y “4 B” - Mendoza:

a) Domicilio: Pedro Molina 565, Mendoza (M5500GAF), Provincia de MENDOZA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisiones Médicas N° “5 A”, “5 B” y “5 C” - Córdoba:

a) Domicilio: Rivadavia 767, Córdoba (X5000ACF), Provincia de CORDOBA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 6 - Villa María:

a) Domicilio: San Juan 1.374, Villa María (X5900EBJ), Provincia de CORDOBA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisiones Médicas N° “7 A”, “7 B”, “7 C” y “7 D” - Rosario:

a) Domicilio: Sarmiento 656, Rosario (S2000CMJ), Provincia de SANTA FE.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 8 - Paraná:

a) Domicilio: Corrientes 679, Paraná (E3100ADM), Provincia de ENTRE RIOS.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 9 - Neuquén:

a) Domicilio: Fotheringham 478, Neuquén (Q8302HBJ), Provincia de NEUQUEN.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:30 hs. a 14:30 hs.

Comisiones Médicas N° “10 A”, “10 B”, “10 C”, “10 D”, “10 E”, “10 F”, “10 G”, “10 H”, “10 I”, “10 J”, “10 K” - Capital Federal:

a) Domicilio: Moreno 401, Planta Baja, Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES (C1091AAI).

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 09:00 hs. a 16:00 hs.

Comisión Médica N° 11 - La Plata:

a) Domicilio: Calle 48, N° 726, piso 6°, La Plata (B1900AND), Provincia de BUENOS AIRES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisiones Médicas N° “12 A” y “12 B” - Mar del Plata:

a) Domicilio: Las Heras 2.543, Mar del Plata (B7600EII), Provincia de BUENOS AIRES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 13 - Bahía Blanca:

a) Domicilio: Chiclana N° 470, Bahía Blanca (B8000DBJ), Provincia de BUENOS AIRES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 14 - Junín:

a) Domicilio: San Martín 441/5, Junín (B), (B6000GVE), Provincia de BUENOS AIRES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 15 - Paso del Rey:

a) Domicilio: Avenida Bartolomé Mitre N° 190, Paso del Rey (B1742EJO), Partido de Moreno, Provincia de BUENOS AIRES

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 17 - Santa Rosa:

a) Domicilio: Lisandro de la Torre 130, Santa Rosa (L6300BQD), Provincia de LA PAMPA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 11:00 hs. a 16:00 hs.

Comisión Médica N° 18 - Viedma:

a) Domicilio: Buenos Aires 17, Viedma (R8500BBA), Provincia de RIO NEGRO.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 10:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica N° 19 - Comodoro Rivadavia:

a) Domicilio: Rivadavia 833, Comodoro Rivadavia, (U9000AKK), Provincia de CHUBUT.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 11:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica N° 20 - Río Gallegos:

a) Domicilio: Perito Moreno 427, Río Gallegos (Z9403DDI), Provincia de SANTA CRUZ.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 13:00 hs.

Comisión Médica N° 21 - Ushuaia:

a) Domicilio: Juana Fadul 120 1° “C”, Ushuaia (V9410LAD), Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 12:30 hs. a 17:30 hs.

Comisión Médica N° 22 - San Salvador de Jujuy:

a) Domicilio: Güemes 672, San Salvador de Jujuy (Y4600APB), Provincia de JUJUY.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 10:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica N° 23 - Salta:

a) Domicilio: Juan Martín Leguizamón 341, Salta (A4400BOG), Provincia de SALTA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:30 hs. a 12:30 hs.

Comisión Médica N° 24 - Catamarca:

a) Domicilio: Padre Ramón de la Quintana 69, San Fernando del Valle de Catamarca (K4751XAK), Provincia de CATAMARCA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 12:00 hs.

Comisión Médica N° 25 - La Rioja:

a) Domicilio: 9 de Julio 364, La Rioja (F5300DBH), Provincia de LA RIOJA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 26 - San Juan:

a) Domicilio: Bartolomé Mitre 224/226 Oeste, San Juan (J5402CXF), Provincia de SAN JUAN.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 27 - San Luis:

a) Domicilio: Bolívar 944, San Luis (D5700HVT), Provincia de SAN LUIS.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 7:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 28 - Formosa:

a) Domicilio: Comandante Fontana 1.099, Formosa (P3600DYU), Provincia de FORMOSA.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:30 hs. a 12:30 hs.

Comisión Médica N° 29 - Santiago del Estero:

a) Domicilio: Av. Roca Sur 246, Santiago del Estero (G4200AXP), Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 13:30 hs. a 18:30 hs.

Comisión Médica N° 30 - Corrientes:

a) Domicilio: Buenos Aires 1.456, Corrientes (W3400BMV), Provincia de CORRIENTES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 07:00 hs. a 14:00 hs.

Comisión Médica N° 31 - Zárate:

a) Domicilio: Rómulo Noya 1.049, PB, Zárate (B2800JMQ), Provincia de BUENOS AIRES.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 08:00 hs. a 15:00 hs.

Comisión Médica N° 32 - San Rafael:

a) Domicilio: Avenida Bartolomé Mitre N° 277, San Rafael (M5600GJC), Provincia de MENDOZA

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: 08:00 hs. a 12:00 hs.

Comisión Médica N° 33 - Río Cuarto:

a) Domicilio: Sobremonte 356 (X5800ACK), Río Cuarto, Córdoba.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: 08:00 hs. a 16:00 hs.

Comisión Médica N° 34 - Concordia:

a) Domicilio: Vélez Sarsfield 402 (E3202GAJ), Concordia, Entre Ríos.

b) Horario de atención al público y mesa de entradas: 09:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica N° 35 - General Roca:

a) Domicilio: Chacabuco 1.402 (R8332FHN), Cipolletti, Río Negro.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: 08:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica N° 36 - Trelew:

a) Domicilio: Bartolomé Mitre 417 (U9100HNI), Trelew, Chubut.

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: 08:00 hs. a 17:00 hs.

Comisión Médica Central:

a) Domicilio: Sarmiento 1.230, 7° piso, Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES (C1041AAZ).

b) Horario de Atención al Público y Mesa de Entradas: de 09:00 hs. a 16:00 hs.

ARTICULO 13. — Derógase la Resolución S.R.T. N° 531 de fecha 20 de marzo de 2014.

ARTICULO 14. — La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 16. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JUAN H. GONZALEZ GAVIOLA, Superintendente de Riesgos del Trabajo.

e. 21/11/2014 N° 91913/14 v. 21/11/2014#F4726351F#

Page 61: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 61

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4721898I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina notifica, en el Sumario N°  1027, Expediente N° 100.213/01, caratulado “Ex - Mercobank S.A.”, que, mediante Resolución N° 690 del 31/10/14, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió: imponer al Sr. Juan Carlos LATORRE DIAZ (C.U.I.T. N°  20-60276174-7) multa de $  5.134.000 (pesos cinco millones ciento treinta y cuatro mil) e inhabilitación por 1 (un) año y 1 (un) mes y al señor Sergio Alejandro de CASTRO SPIKULA o Sergio Alejandro DE CASTRO SPIKULA (C.I. Chilena N° 2.034.544-6) multa de $ 4.064.000 (pesos cuatro millones sesenta y cuatro mil) e inhabilitación por 1 (un) año, en los términos del artículo 41, incisos 3) y 5) de la ley N° 21.526. Dentro de los 5 (cinco) días hábiles bancarios contados a partir de la última publicación del presente, deberán abonar el importe de la multa aplicada u optar por solicitar el acogimiento al régimen de facilidades para el pago de las multas previsto en la Comunicación “B” 10451 del 18/09/2012 -Sección 3, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. En ambos casos deberán concurrir a la Gerencia de Administración de Activos y Control de Fideicomisos, sita en Sarmiento 1118, P. 2° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De interponer recursos de apelación se deberá cumplir con el art. 2°, inc. 3°, de la Acordada 13/05 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, cuyos escritos deberán dirigirse a la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. Publíquese por 3 (tres) días en el Boletín Oficial.

MARÍA CRISTINA GARCÍA, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero. — ROBERTO L. ALBERICI, Jefe de Sustanciación de Sumarios Financieros, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Financiero.

e. 19/11/2014 N° 90106/14 v. 21/11/2014#F4721898F#

#I4712348I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza a la señora Karina Magdalena Nor-dfors (D.N.I. N° 24.800.401) para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles bancarios compa-rezca en la GERENCIA DE ASUNTOS CONTENCIOSOS EN LO CAMBIARIO, sita en Reconquista 250, piso 6°, oficina 8601, Capital Federal, en el horario de 10 a 13, a tomar vista y presentar defen-sa en el Sumario Cambiario N° 4592, Expediente N° 100.658/10, caratulado “ALGA AZUL S.A. Y OTROS”, que se le instruye en los términos del artículo 8 de la Ley N° 19.359, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia, de declarar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — ANALÍA G. TACCONE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — Dra. PAULA L. CASTRO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 17/11/2014 N° 86314/14 v. 21/11/2014#F4712348F#

#I4712360I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor MAURICIO UMANSKY (L.E. N° 4.137.120) y a la firma CABLES GBB S.A. (CUIT N° 30-70795729-4), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.376/10, Sumario N° 5767, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar sus rebeldías. Publí-quese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 17/11/2014 N° 86326/14 v. 21/11/2014#F4712360F#

#I4712363I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JEAN PIERRE PLESKA (CUIT N° 20-60297815-0) y el señor AUGUS-TO DI DONFRANCESCO (DNI N° 94.029.348), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.423/11, Sumario N° 5214, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de declarar sus rebeldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustancia-ción de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 17/11/2014 N° 86329/14 v. 21/11/2014#F4712363F#

#I4712365I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

EDICTO

El Banco Central de la República Argentina, cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor ALFRED GERHARD DUWE (D.N.I. N° 94.140.222), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 101.271/07, Sumario N° 5404, que se

sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento en caso de incomparecencia de decla-rar su rebeldía. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos. — JACQUELINE M. PRESMAN, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 17/11/2014 N° 86331/14 v. 21/11/2014#F4712365F#

#I4721975I#MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES

El Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION GENERAL TECNICA - JURIDICA de la DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES, sito en Avda. An-tártida Argentina 1355, Edificio 1, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, notifica al sumariado Zenobio MAQUERA COYO, con DNI 92.976.162, la Disposición N° 2479/12, dis-puesta en el Expediente CUDAP EXPDNM-S02:0006417/2011, que en su parte pertinente dice: “Buenos Aires, 9 de Octubre de 2012 ... EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES DISPONE: ARTICULO 1º.- SANCIONASE a Zenobio MAQUERA COYO, DNI N°  92.976.162, con domicilio en la calle Echeandia N° 3857, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con UNA (1) multa de PESOS CIENTO TREINTA Y TRES MIL QUINIENTOS ($ 133.500), INTIMAN-DOLO a abonarla dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos siguientes a la notificación de la presente. ARTICULO 2°.- HAGASE saber al sumariado que podrá interpo-ner recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ (10) días hábiles (artículo 75 de la Ley N° 25.871), recurso de alzada en el plazo de QUINCE (15) días hábiles (conforme artículo 83 de las Ley N° 25.871 y artículos 94 y 98 de la Reglamentación de Procedimientos Adminis-trativos) o iniciar recurso Judicial en el plazo de TREINTA (30) días hábiles (artículos 79 y 84 de la Ley N° 25.871). ARTICULO 3°.- PASE al Departamento de Infracciones y Ejecuciones Fiscales de la DIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALES dependiente de la DIRECCION GE-NERAL TECNICA JURIDICA de esta Dirección Nacional para su notificación al sumariado y eventual juicio por cobro, en caso de no cumplirse con la intimación efectuada en el artículo 1° de la presente. ARTICULO 4°.- REGISTRESE, comuníquese y archívese.” Fdo. Dr. Guiller-mo MAZARS - SUBDIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES - MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE - DISPOSICION DNM N° 522/12; “Buenos Aires, 24 de Octubre de 2014. Atento el estado de las presentes actuaciones, notifíquese al sumariado Zenobio MAQUERA COYO, la Disposición N° 2479/12, dispuesta a fojas 18/21 mediante la publicación de edictos por TRES (3) días en el Boletín Oficial.” Fdo. Dr. Darío Santiago FERNÁNDEZ A/C del Dpto. de Infracciones y Ejecuciones Fiscales - DIRECCION NACIONAL DE MIGRACIONES.” — Dr. GUILLERMO MAZARS, Subdirector Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior y Trans-porte, Disposición DNM Nº 522/12.

e. 20/11/2014 N° 90183/14 v. 25/11/2014#F4721975F#

#I4722866I#GENDARMERIA NACIONAL

DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS

“GENDARMERIA NACIONAL CON DOMICILIO EN AV. ANTARTIDA ARGENTINA NRO. 1480 CDAD. AUT. DE BS. AS., NOTIFICA A HECTOR RODOLFO LEDESMA, DE LA DDNG NRO. 328/14 DE FECHA 14/05/14 QUE DICE: “VISTO, (...) Y CONSIDERANDO: (...). POR ELLO, EL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA DISPONE: (...) 5.- CLASIFICAR AL GENDARME (GRL-SEG) HEC-TOR RODOLFO LEDESMA (MI 31.798.559), COMO “INEPTO PARA LAS FUNCIONES DE SU GRADO”, EN SU TRATAMIENTO A TENOR DE LOS TERMINOS DEL ART 64, INC. B), AP. 1) DE LA LEY DE GENDARMERIA NACIONAL 19.349 Y Nº 74, INCISO 3, DEL CAPITULO VIII DE LA RE-GLAMENTACION DE LOS ASCENSOS, SOBRE LA BASE DEL SIGUIENTE JUICIO CONCRETO: “POR LOS ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS NEGATIVOS QUE REGISTRA EN SU CARRERA, LOS QUE DEMUESTRAN UNA TOTAL FALTA DE RESPONSABILIDAD Y ADAPTACION AL REGI-MEN DE LA FUERZA, ESPECIALMENTE LOS CORRECTIVOS DISCIPLINARIOS DE FECHA 18 ABR 13 Y 21 OCT 13, CIRCUNSTANCIAS QUE NO LE PERMITEN CONTINUAR EN LAS FILAS DE LA MISMA. MEDIDA QUE SE ADOPTA CON TOTAL INDEPENDENCIA DEL RESULTADO FI-NAL DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES QUE SE LE INSTRUYEN.” FDO: ENRIQUE ALBERTO ZACH - COMANDANTE GENERAL DIRECTOR NACIONAL DE GENDARMERIA”. PUBLIQUESE POR 3 DIAS.

JORGE ALBERTO HOGALDE, Comandante General.

e. 20/11/2014 Nº 90433/14 v. 25/11/2014#F4722866F#

#I4724086I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que ha re-suelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR, por Resoluciones N°s.: 5.652; 5.653; 5.654; 5.655; 5.656; 5.657; 5.658; 5.659; 5.660; 5.661; 5.662; 5.663; 5.664; 5.665; 5.666; 5.667; 5.668; 5.669; 5.670; 5.671, 5.672; 5.673; 5.674; 5.675; 5.676; 5.677; 5.678; 5.679; 5.680; 5.681; 5.682; 5.683; 5.684 y 5.685/14 - INAES, a las siguientes cooperativas respectivamente: COO-PERATIVA DE TRABAJO COMUNICACIONES (CO.TRA.CO.) LTDA. (m. 34.410); COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA VENDEDORES AMBULANTES “ONCE” LTDA. (m. 34.221); COOPERATIVA DE TRABAJO RODAR LTDA. (m. 22.761); COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CON-SUMO CRISOL LTDA. (m. 26.368); COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS AGROINDUS-TRIAL INTERCOOP LTDA. (m. 23.310); COOPERATIVA DE TRABAJO “FEDORCO” LTDA. (m. 20.352); COOPERATIVA DE CONSUMO Y PROVISION DE SERVICIOS DEL TRANSPORTE Y TU-RISMO “BAHÍA SUR” LTDA. (m. 21.843); COOPERATIVA DE TRABAJO “PRIMERA JUNTA” LTDA. (m. 6.956); “SERVICOOP” COOPERATIVA DE TRABAJO LTDA. (m. 16.232); COOPERATIVA DE TRABAJO EL RESERO LTDA. (m. 20.173); COOPERATIVA DE TRABAJO SERVI COOP LTDA. (m. 12.360); COOPERATIVA DE TRABAJO “VELEZ SARSFIELD” LTDA. (m. 23.052); COOPERATIVA DE TRABAJO CARCOBA RECICLA LTDA. (m. 32.203); COOPERATIVA DE PROVISION DE SER-VICIOS DE EDUCACION Y CAPACITACION “PROYECTAR” LTDA. (m. 20.597); REGAL COOPE-RATIVA DE CREDITO, CONSUMO Y VIVIENDA LTDA. (m. 24.350); COOPERATIVA DE VIVIENDA “VIRGEN DE LUJAN” LTDA. (m. 34.238); COOPERATIVA DE TRABAJO EL CIRCULO DE TIZA

Page 62: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 62PRODUCCIONES LTDA. (m. 22.007) COOPERATIVA DE VIVIENDA UNION LTDA. (m. 15.356); COOPERATIVA DE CREDITO OPTIMA LTDA. (m. 17.741); COOPERATIVA DE TRABAJO LACAN-DONA LTDA. (m. 35.929); COOPERATIVA DE TRABAJO TUPAC KATARI LTDA. (m. 32.309); COO-PERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA TRANSPORTISTAS PUCARÁ LTDA. (m. 20.943); COOPERATIVA DE TRABAJO INTEGRAL MEDICO “COTRIMED” LTDA. (m. 19.843); COOPERA-TIVA DE TRABAJO SAN MARCOS LTDA. (m. 18.648); COOPERATIVA DE VIVIENDA DERQUI LTDA. (m. 24.559); COOPERATIVA DE TRABAJO PAMPERO LTDA. (m. 37.625); COOPERATIVA DE TRABAJO VIENTOS DEL SUR LTDA. (m. 35.591); RADIOTAXI 24 HORAS COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS, VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO LTDA. (m. 6.887); COOPERATI-VA DE TRABAJO AYUDA LTDA. (m. 20.561); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSU-MO LA VENADENSE LTDA. (m. 30.910), COOPERATIVA DE CONSUMO, VIVIENDA Y SERVICIOS SOCIALES TODOS LTDA. (m. 24.449); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO HERMES LTDA. (m. 23.601); COOPERATIVA DE TRABAJO BELÉN DE ESCOBAR LTDA. (m. 11.341); COOPERATIVA DE TRABAJO “FUENTES SUDAMERICANAS” LTDA. (m. 34.574). Todas las entidades citadas precedentemente tienen su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resoluciones N°s: 5.338, 5.339 y 5.340/14 - INAES, se resolvió RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes entidades respectivamente: COOPERA-TIVA VITIVINICOLA AGROINDUSTRIAL “PRODUCTORES SANJUANINOS” LTDA. (m. 22.857); COOPERATIVA AGROPECUARIA, CREDITO Y CONSUMO “CO.HE.SA” LTDA. (m. 28.902) y a la COOPERATIVA AGROPECUARIA, SEMILLERA Y DE CONSUMO “LA ESPERANZA” LTDA. (m. 23.024). Todas las entidades anteriormente mencionadas tienen su domicilio legal en la provin-cia de San Juan. Por Resolución Nº 2.617/14 - INAES, se resolvió RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la ASOCIACION MUTUAL TRABAJADORES UNIDOS Y AFINES (AMTUYA) (m. 1.417), con domicilio legal en la provincia de Buenos Aires. Contra las medidas dispuestas son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a), —10 días— y Art. 22, incs. b), c) y d) —30 días— Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1.991, —10 días—). ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1.991, —5 días—). Además, procederá, a opción del interesado, el recurso administrativo de ALZADA o la acción judicial pertinente (Art. 94 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —15 días—), como así también los Recursos Judiciales Directos, según corresponda, contemplados en el Art. 103 de la Ley Nº 20.337 y en el Art. 36 de la Ley 20.321. Asimismo, se amplían los plazos procesales que en derecho le corresponda a aquellas entidades fuera del asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº  1.759/72 (t.o. 1883/91). — Sr. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, I.N.A.E.S.

e. 19/11/2014 Nº 91001/14 v. 21/11/2014#F4724086F#

#I4724087I#MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

EDICTO

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que mérito a lo es-tablecido por las Resoluciones del I.N.A.E.S. se ha ordenado instruir sumario a las entidades que a continuación se detallan: COOPERATIVA DE TRABAJO, VIVIENDA Y CONSUMO “VIDA” LIMITADA Matrícula Nº 22.770 (Expte. 2072/13 Resolución 3935/13); COOPERATIVA DE TRA-BAJO VICTORIA LIMITADA Matrícula Nº 23.877 (Expte. 1798/13 Resolución 4054/13); COO-PERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO EMPRENDER LIMITADA Matrícula Nº 24.974 (Expte. 1787/13 Resolución 4705/13); COOPERATIVA DE TRABAJO y SERVICIO GENERALES “DEL SOL” LIMITADA Matrícula Nº 22.969 (Expte. 3050/13 Resolución 3827/13); COOPERA-TIVA DE TRABAJO “HORMIGON ARMADO” LIMITADA Matrícula Nº  24.974 (Expte. 2499/13 Resolución 3874/13); COOPERATIVA APICOLA, AGROPECUARIA, GRANJERA Y/O AVICOLA “NUEVAS ESPERANZAS” LIMITADA Matrícula Nº 23802 (Expte. 4165/13 Resolución 5143/13); COOPERATIVA de TRABAJO SALVADOR LIMITADA Matrícula Nº 26.344 (Expte. 5180/13 Re-solución 5103/13); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO EMPLEADOS DEL HOSPITAL NACIONAL PROF. A. POSADAS Y CENTROS DE SALUD MENTAL LIMITADA Matrí-cula Nº 17.537 (Expte. 3056/13 Resolución 3889/13); COOPERATIVA DE TRABAJO LOS NUEVE PINOS LIMITADA Matrícula Nº  23.831 (Expte. 3055/13 Resolución 3889/13); COOPERATIVA APICOLA, AGROPECUARIA, GRANJERA, AVICOLA Y FORESTAL “AGUAS CLARAS” LIMITA-DA Matrícula Nº 24.735 (Expte. 3046/13 Resolución 3876/13); COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PARA RECOLECTORES “RECICLADO SUR” LIMITADA Matrícula Nº  24.325 (Expte. 2015/13 Resolución 3731/13); COOPERATIVA DE TRABAJO “MUJERES ARTESANAS” LIMITADA Matrícula Nº 24.823 (Expte. 2021/13 Resolución 3998/13); COOPERATIVA DE PRO-VISION PARA TEXTILES VIVIENDA Y CONSUMO “EL PROGRESO PARA RESIDENTES DE GO-BERNADOR VIRASORO” LIMITADA Matrícula Nº 21.949 (Expte. 2062/13 Resolución 4012/13); COOPERATIVA AGROPECUARIA “SARGENTO CABRAL” LIMITADA Matrícula Nº 2.780 (Expte. 2067/13 Resolución 4015/13). Ellas con domicilio dentro de la Republica Argentina. Se notifica, además, que en las actuaciones enumeradas “ut supra” ha sido designada la suscripta como Instructora Sumariante y en tal carácter se le acuerda a las entidades el plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para que presenten los descargos y ofrezcan la prueba que haga a su derecho (Art. 1 inc. f) de la Ley Nº 19.549, que comenzará a regir desde el último día de publicación. Se notifica además que dentro del mismo plazo deberán constituir domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (T.O. 1991). FDO: Dra. Vanesa Cristina Vasquez, Abogada, Instructora Sumariante - I.N.A.E.S.”

Abog. VANESA CRISTINA VASQUEZ, Asesora Legal, I.N.A.E.S.

e. 19/11/2014 Nº 91002/14 v. 21/11/2014#F4724087F#

#I4723123I#MINISTERIO DE EDUCACION

SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

La Dirección de Despacho de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa del Ministe-rio de Educación, notifica al señor José Luis ACOSTA (DNI Nº 24.013.432) la Resolución Nº 124 de fecha 7 de febrero de 2013 del MINISTERIO DE EDUCACION, recaída en el EXPEDIENTE Nº 17.441/10 del registro del MINISTERIO DE EDUCACION, la que a continuación en su parte per-tinente se transcribe:

“ARTICULO 1°.- Revocar por ilegitimidad la Resolución Ministerial Nº 314 del 28 de fe-brero de 2011, por la cual se rechazó el recurso jerárquico interpuesto en subsidio por el señor José Luis ACOSTA (DNI. Nº 24.013.432) contra la Resolución Ministerial Nº 1.722 del

24 de noviembre de 2010 que aprueba el Orden de Mérito, entre otros, del cargo de “Profe-sional Especializado”, Código 31200-C03-1, correspondiente a la DIRECCION NACIONAL DE POLITICAS SOCIOEDUCATIVAS (ex DIRECCION NACIONAL DE PROGRAMAS COMPENSA-TORIOS) conforme a la estructura orgánica aprobada por el Decreto Nº 115 del 21 de enero de 2010.

ARTICULO 2°.- “De forma”. Prof. ALBERTO E. SILEONI. MINISTRO DE EDUCACION.”.

Asimismo, se intima al señor José Luis ACOSTA (DNI Nº 24.013.432) para que, de con-formidad con lo establecido en los artículos 19 y 20 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Nº 1.759/72 (t.o. 1991), constituya domicilio especial dentro del radio urbano de asiento del organismo en el cual tramita el expediente, bajo aper-cibimiento de continuar el trámite sin intervención suya o de un apoderado o representante legal, o disponer la caducidad del procedimiento con arreglo a lo establecido en el artículo 1°, inciso e, apartado 9, de la Ley de Procedimientos Administrativos Nº 19.549, según co-rresponda. Firmado EMILIANO R. TAGLE. DIRECTOR DE DESPACHO. Pizzurno 935, 1° Piso, Oficina 38.

Lic. EMILIANO RICARDO TAGLE, Director de Despacho, Ministerio de Educación.

e. 20/11/2014 Nº 90620/14 v. 25/11/2014#F4723123F#

ASOCIACIONES SINDICALES

#I4724222I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Síntesis del Estatuto Social de la Asociación de Docentes e Investigadores Universita-rios de Córdoba (ADIUC), aprobado por Resolución M.T.E. y F.R.H. Nº 846/01.

ARTICULO 1: En la Ciudad de Córdoba, a los 5 días del mes de octubre de 1993, se constituyó la Asociación de Docentes e Investigadores Universitarios de Córdoba, A.D.I.U.C., aprobándose el presente Estatuto el día 4 de mayo de 2001 en Asamblea de afiliados.

Agrupará al personal docente de todos los niveles que se desempeñe en la jurisdicción de la Universidad Nacional de Córdoba comprendidos en todas sus categorías y niveles y ex-agentes que se hayan acogido a los beneficios jubilatorios ordinarios y extraordinarios y que desean seguir afiliados.

ARTICULO 2: La Entidad tendrá su domicilio legal en Caseros 85, 1º piso, of. 107 y 108, Ciudad de Córdoba, Capital y como zona de actuación la jurisdicción de la Universidad, constituyendo una asociación gremial de primer grado.

ARTICULO 3: La Asociación tendrá carácter permanente y se regirá por este estatuto y las disposiciones legales vigentes.

ARTICULO 4: Serán objetivos de esta Asociación:

a) Defender los intereses gremiales de sus asociados y representarles ante empleadores, autoridades y demás personas o entidades ante los cuales fuera necesario ejercer dicha repre-sentación.

b) Peticionar ante las autoridades correspondientes, la adopción de aquellas medidas que concurran a mejorar las condiciones de trabajo y de vida de sus asociados.

c) Fomentar la unión y agremiación de todos los trabajadores docentes e investigadores, ex-tensionistas y becarios comprendidos en su zona de actuación.

d) Velar por el fiel reconocimiento de los derechos laborales en lo atinente al salario, régimen laboral, condiciones de trabajo y seguridad social, como así también al mejoramiento de los mis-mos, denunciando las infracciones cometidas por la patronal siempre en interés de los asociados.

e) Contribuir al cumplimiento de la misión que le corresponde a la Universidad dentro de la sociedad argentina, bregando por la participación de los asociados en la elaboración y aplicación de la política universitaria.

f) Fomentar el desarrollo científico y material de sus asociados, promoviendo la instrucción general y profesional de los mismos mediante obras y actividades apropiadas tales como bibliote-cas, conferencias, publicaciones, cursos y otras.

g) Reconocer y hacer reconocer el derecho de todo egresado universitario a las actividades de la universidad sin discriminación de tipo política, ideológica, social o religiosa, ni prerrogativas de ningún tipo.

h) Estudiar y participar de las decisiones acerca del ingreso, formación, perfeccionamiento, permanencia y retiro de los asociados. Es objetivo irrenunciable de la Asociación la defensa de la estabilidad docente de todos los asociados.

i) Propiciar y adherir a federaciones y/o confederaciones que representen en el orden nacional e internacional a los trabajadores de la educación.

j) Impulsar la participación directa de los asociados en la conducción de su obra social.

k) Impulsar la creación de organismos de previsión y asistencia social propios, oficiales o mixtos en cuya dirección deberá participar a fin de garantizar el beneficio buscado para sus aso-ciados.

Lic. JORGE A. FARÍAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.

#F4724222F#

Page 63: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 63#I4724223I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Síntesis del Estatuto Social del Sindicato Unico de Trabajadores de Concesionarias Via-les y Afines de la Provincia de Santa Fe, aprobado por Resolución M.T.E. y S.S. 757/13.

ARTICULO Nº 1: Denomínase SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONA-RIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE a la Asociación Sindical de primer grado, que fuera fundada en la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, República Argentina, a los trece días del mes de octubre de 2004.

ACTIVIDAD PROFESIONAL

ARTICULO Nº 2: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIA-LES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE estará integrado por obreros y empleados que se desempeñen en cualquier empresa concesionaria de servicios viales prestados en el ámbito geográfico de las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa abarcando a los trabajadores que desarrollen su actividad laboral en rutas, auto-pistas, autovías, accesos o colectoras y conexiones físicas o puentes, túneles, consorcios viales, delegaciones administrativas, unidades ejecutoras, unidades de administración y/o cualquier otro ente que con otra denominación realice la actividad de concesión vial y/o de explotación mediante el cobro de peaje en cualquier tipo de concesión vial que se haya ad-judicado y/o cedido y/o hayan de adjudicarse o cederse en el futuro, por cualquier título que fuere, a personas físicas o jurídicas de índole privada y/o pública, por el Estado Nacional, Provincial o Municipal, para su aprovechamiento y/o explotación y dentro del territorio de las Provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa de la República Argentina. Cualquiera sea la naturaleza y el carácter de la vinculación contractual individual del trabajador y de la ubicación, categoría y jerarquía en planta orgánica, según el catálogo general de funciones, aun cuando presten servicios a órdenes inmediatas de contratistas o subcontratistas afectados al desarrollo de tareas propias de la actividad de prestación de servicios viales tercerizados.

ARTICULO Nº 3: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE contará con zona de actuación en todo el territorio de las provincias de Santa Fe, Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa y en todas las estructuras que las Empresas adopten para funcionar.

DOMICILIO

ARTICULO Nº 4: El domicilio legal del SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCE-SIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE estará constituido en la calle Luis Borghi 619 Planta Baja, de la Ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe.

DENOMINACION ABREVIADA

ARTICULO Nº 5: El SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DE CONCESIONARIAS VIALES Y AFINES DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, podrá dar publicidad de sus actos bajo cualquiera de las siguientes abreviaturas: S.U.Tra.Co.Vi., S.U.TRA.CO.VI., SUTRACOVI o SUTRACOVI SANTA FE; las que podrán ser utilizadas de modo indistinto.

ARTICULO Nº 45: La Comisión Directiva estará compuesta por 8 (ocho) Secretarios Titulares y 2 (dos) Vocales Titulares, los que se desempeñarán en los siguientes cargos:

1.

2. Secretario General.

3. Secretario Adjunto.

4. Secretario Administrativo y de Actas

5. Secretario de Acción y Desarrollo Social.

6. Secretario de Contabilidad y Finanzas.

7. Secretario Gremial y de Capacitación.

8. Secretario de Organización, Prensa, Propaganda y Relaciones Institucionales.

9. Secretario de Asuntos Legales, Contralor y Previsión Social.

10. Vocal Titular 1°.

11. Vocal Titular 2°

12. Vocal Suplente 1°.

Vocal Suplente 2°.

En la Secretaría Administrativa y de Actas, en la Secretaría de Contabilidad y Finanzas, y en la Secretaría Gremial, y de capacitación podrá designarse un prosecretario, que será elegido por la Comisión Directiva de entre los vocales titulares.

ARTICULO Nº 62: De acuerdo a las disposiciones legales, la duración del mandato del Cuerpo de Conducción, de los congresales y Cuerpo de Fiscalización de la Organización, es de 4 (cuatro) años. Teniendo derecho a ser reelegidos.

Lic. JORGE A. FARÍAS CANTELORO, Jefe Administrativo del Departamento Estructura Sindical.#F4724223F#

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4724240I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2042/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.621.584/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1509 del 4 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 50 del Expediente Nº  1.621.584/14 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTI-NA, por la parte sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO y COLMEG-NA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1509/14 y registrado bajo el Nº 1272/14, conforme surge de fojas 80/82 y 85, respectiva-mente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 97/104, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1509 del 4 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1272/14 suscripto entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD AR-GENTINA, por la parte sindical y la CAMARA DE INSTITUCIONES DE DIAGNOSTICO MEDICO, la CAMARA DE ENTIDADES DE DIAGNOSTICO Y TRATAMIENTO AMBULATORIO y COLMEGNA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.621.584/14

Expediente Nº 1.621.584/14

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2042/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 838/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724240F#

Page 64: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 64#I4724242I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2046/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.566.175/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 706 del 13 de mayo de 2014 y Nº 1638 del 15 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 6/70 y fojas 71/72 del Expediente Nº 298.309/13 agregado a fojas 71 al Ex-pediente Nº 1.566.175/13 obra el convenio colectivo de trabajo pactado entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS ELECTRICAS DEL NUEVO CUYO LIMITADA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado convenio colectivo de trabajo fue oportunamente homologado por la Re-solución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 706 del 13 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 686/14, conforme surge de fojas 99/101 y 104, respectivamente.

Que mediante la Resolución SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1638 del 15 de septiembre de 2014, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al Conve-nio Colectivo de Trabajo Nº 686/14.

Que a fojas 2 del Expediente Nº  1.645.605/14 agregado a fojas 133 al Expediente Nº 1.566.175/13, la parte sindical acompaña las escalas salariales, cumplimentando lo re-querido.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que a tal efecto y de conformidad con la escala de fojas 2 del Expediente Nº 1.645.605/14 agregado a fojas 133 al Expediente Nº 1.566.175/13, resulta oportuno hacer saber a las partes que la jurisprudencia ha sostenido que: “únicamente la autoridad de aplicación se encuentra habilita-da para establecer los promedios de remuneraciones para los fines previstos en el artículo 245 LCT”. (CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, Sala X, 17/07/1998; “Duchowmy, Norberto C. c/Editorial Musical Korn Intersong S.A.”). “El art. 245 establece para el cálculo de la indemnización por despido, una base que le correspondería fijar y publicar al Ministerio de Trabajo. Esta facultad es excluyente, por lo que no son los interesados los que deciden «per se» el tope en cuestión,...” (CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, Sala VIII, 20/09/1999, “Rahal, Rafael c/Finexcor S.A.”), y a la vez ha precisado que “el art. 245 LCT no faculta al emplea-dor o a las partes a efectuar un «promedio de salarios» para fijar el límite del crédito (...) el crédito indemnizatorio debe ser calculado con las restantes pautas de la ley, pues no resulta pertinente la fijación de límites por parte de otra entidad que no sea el poder estatal erigido en autoridad de aplicación.” (CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO, Sala X, 27/06/2000, “De Sousa, Gustavo c/Flehner Films S.A.”).

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 136/140 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaria, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al convenio colectivo de trabajo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 706 del 13 de mayo de 2014 y registrado bajo el Nº 686/14 suscripto entre la ASOCIACION DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y LA ENERGIA ELECTRICA, por la parte sindical, y la FEDERACION DE COOPERATIVAS ELEC-TRICAS DEL NUEVO CUYO LIMITADA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Regis-tro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resul-tante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.566.175/13

Expediente Nº 1.566.175/13

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2046/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 839/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724242F#

#I4724243I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2013/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.638.071/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1706 del 23 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente Nº 1.638.071/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA AR-GENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE MOTOVEHICULOS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 681/14, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1706/14 y registrado bajo el Nº 1403/14, conforme surge de fojas 55/57 y 60, respectiva-mente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 66/69, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1706 del 23 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1403/14, suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION ARGENTINA DE MOTOVE-HICULOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

Page 65: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 65ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-

tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.638.071/14

Expediente Nº 1.638.071/14

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2013/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 840/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724243F#

#I4724247I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2010/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 392.710/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1490 del 1 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 8 del Expediente Nº 392.922/14 agregado como fojas 2 al Expediente Nº 392.710/14 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION SINDICAL DE TRABAJADORES DE FARMACIA, por la parte sindical y la CAMARA DE FARMACIAS DE LA PROVINCIA DE CORDO-BA, la CAMARA DE FARMACIAS DEL CENTRO ARGENTINO, la CAMARA DE FARMACEUTICOS Y PROPIETARIOS DE FARMACIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el COLEGIO DE FARMA-CEUTICOS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, por la parte empleadora, en el marco del Conve-nio Colectivo de Trabajo Nº 430/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución S.T. Nº 1490/14 y registrado bajo el Nº 1240/14, conforme surge de fojas 23/26 y 29, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 38/41, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1490 del 1 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1240/14 suscripto entre la ASOCIACION SINDICAL DE TRABAJADORES DE FARMACIA, por la parte sindical y la CAMARA DE FARMACIAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA, la CAMARA DE FARMACIAS DEL CENTRO ARGENTINO, la CAMARA DE FARMACEUTICOS Y PROPIETARIOS DE FARMACIAS DE LA REPUBLICA ARGENTINA y el COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA

PROVINCIA DE CORDOBA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 392.710/14

Expediente Nº 392.710/14

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2010/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 842/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724247F#

#I4724259I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2027/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 160.885/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1204 del 4 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 160.885/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SIN-DICATO DEL CAUCHO (SANTA FE), por la parte sindical, y COLETTA MAURICIO DANIEL (GOMAC - empresa unipersonal), REALE ITALO ARGENTINO (MADEL - empresa unipersonal), DELL’AVO DANIEL (TER NAC - empresa unipersonal) y CAUCHO SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 161/91, conforme lo dispues-to en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1204/14 y registrado bajo el Nº 1032/14, conforme surge de fojas 72/74 y 77, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 91/95, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la

Page 66: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 66SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1204 del 4 de agosto de 2014 y registrado bajo el Nº 1032/14 sus-cripto entre el SINDICATO DEL CAUCHO (SANTA FE), por la parte sindical, y COLETTA MAURICIO DANIEL (GOMAC - empresa unipersonal), REALE ITALO ARGENTINO (MADEL - empresa uniper-sonal), DELL’AVO DANIEL (TER NAC - empresa unipersonal) y CAUCHO SANTA FE SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDNACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 160.885/13

Expediente Nº 160.885/13

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2027/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 845/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724259F#

#I4724260I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2043/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.622.279/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1574 del 10 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4 y 8/9 del Expediente Nº 1.622.279/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa T.C. SOCIEDAD ANONIMA, por la parte emplea-dora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1304/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1574/14 y registrado bajo el Nº 1311/14, conforme surge de fojas 34/36 y 39, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 45/50, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744

(t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1574 del 10 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1311/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa T.C. SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.622.279/14

Expediente Nº 1.622.279/14

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2043/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 846/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724260F#

#I4723329I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 1878/2014

Bs. As., 14/10/2014

VISTO el Expediente Nº 176.913/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1493 del 2 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 51/52 del Expediente Nº 176.913/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1493/14 y registrado bajo el Nº 1254/14, conforme surge de fojas 71/73 y 76, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 84/92, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1493 del 2 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1254/14,

Page 67: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 67suscripto entre el SINDICATO DEL PERSONAL DE INDUSTRIAS QUIMICAS, PETROQUIMICAS Y AFINES DE BAHIA BLANCA, por la parte sindical, y la empresa HORNOS Y CALDERAS INDUS-TRIALES SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 176.913/14

Expediente Nº 176.913/14

Buenos Aires, 15 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 1878/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 777/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4723329F#

#I4724225I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 174/2014

Bs. As., 23/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.635.152/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 381 del 3 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 48 del Expediente Nº 1.635.152/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA DE AGENTES OFICIALES DE LOTERIA Y AFINES BONAERENSE, por la parte empleadora, en el mar-co del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 664/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 381/14 y registrado bajo el Nº 1260/14, conforme surge de fojas 74/76 y 79, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y. publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 85/90, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 381 del 3 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1260/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRE-TENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA DE AGENTES OFICIALES DE LOTERIA Y AFINES BONAERENSE, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente Nº 1.635.152/14

Expediente Nº 1.635.152/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 174/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 830/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4724225F#

#I4724226I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 175/2014

Bs. As., 23/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.637.647/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 386 del 9 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 20/21 del Expediente Nº 1.637.647/14, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIEN-TO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1218/11 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Disposición D.N.R.T. Nº 386/14 y registrado bajo el Nº 1301/14, conforme surge de fojas 44/46 y 49, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 55/58, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del articulo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y por la Decisión Administrativa Nº 917 del 28 de diciembre de 2010.

Page 68: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 68Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE REGULACIONES DEL TRABAJODISPONE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 386 del 9 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1301/14, suscripto entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, EN-TRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa ARGENTONE SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Disposición por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do ello, gírese al Departamento Coordinación de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. J. PABLO TITIRO, Director Nacional de Regulaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

ANEXO

Expediente Nº 1.637.647/14

Expediente Nº 1.637.647/14

Buenos Aires, 28 de octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRRT Nº 175/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el nú-mero 831/14 T. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

#F4724226F#

#I4724227I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2005/2014

Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.583.808/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 779 del 20 de mayo de 2014 y Nº 1660 del 19 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 143 del Expediente Nº 1.583.808/13, obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CON-SER SOCIEDAD ANONIMA, por la parte em-pleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del convenio colectivo de trabajo de empresa homo-logado por la Resolución S.T. Nº 1660/14 y registrado bajo el Nº 1397/14 “E”, conforme surge de fojas 190/193 y 196, respectivamente.

Que mediante la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 779 del 20 de mayo de 2014 se fijaron los promedios de las remuneraciones de los cuales surgen los topes indemnizatorios con vigencias desde el 1° de octubre de 2013, 1° de diciembre de 2013, 1° de febrero de 2014 y 1° de abril de 2014, correspondientes al Acuerdo Nº 493/14, homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 578 del 14 de abril de 2014.

Que atento a que las partes en el convenio colectivo de trabajo de marras han establecido nuevos rubros salariales a partir del 1° de julio de 2012, fecha de vigencia de dicho instrumento, deviene necesario actualizar los montos de los promedios de las remuneraciones anteriormente fijados y de los respectivos topes indemnizatorios que surgen del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 202/213, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Déjase sin efecto los importes de los promedios de las remuneraciones fija-dos por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 779 del 20 de mayo de 2014, y los topes indemnizatorios resultantes, correspondientes al Acuerdo Nº 493/14, suscripto entre el SINDICA-TO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CON-SER SOCIEDAD ANONIMA.

ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope in-demnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al convenio colectivo de trabajo de empresa homolo-gado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1660 del 19 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1397/14 “E”, suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la empresa CON-SER SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cum-plido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo a fin de que el Departamento Coordinación tome conocimiento de la presente medida en relación con los promedios de las remuneraciones fijados por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 779 del 20 de mayo de 2014 y de los respectivos topes indemnizatorios, correspondientes al acuerdo registrado bajo el Nº 493/14 y homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 578 del 14 de abril de 2014, y registre el importe del promedio de las remuneraciones fijado por este acto y el tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 4° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.583.808/13

Expediente Nº 1.583.808/13

Buenos Aires, 28 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2005/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 832/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724227F#

#I4724234I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2006/2014

Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº 160.824/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1216 del 6 de agosto de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3 del Expediente Nº 160.824/13 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION TRABAJADORES DE FARMACIA DE SANTA FE, por el sector sindical, y el COLEGIO

Page 69: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 69DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - 1° CIRCUNSCRIPCION y la ASOCIA-CION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 426/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1216/14 y registrado bajo el Nº 1068/14, conforme surge de fojas 162/164 y 167, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 174/178 obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1216 del 6 de agosto de 2014 y registrado bajo el Nº 1068/14 sus-cripto entre la ASOCIACION TRABAJADORES DE FARMACIA DE SANTA FE, por el sector sindical, y el COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE - 1° CIRCUNSCRIPCION y la ASOCIACION DE FARMACIAS MUTUALES Y SINDICALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 160.824/13

Expediente Nº 160.824/13

Buenos Aires, 28 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2006/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 833/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724234F#

#I4724235I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2004/2014

Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.636.175/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1749 del 29 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 5 del Expediente Nº 1.636.175/14 obra la escala salarial pactada entre el SINDI-CATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGEN-

TINA, por la parte sindical y la empresa TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 1345/13 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1749/14 y registrado bajo el Nº 1425/14, conforme surge de fojas 19/20 y 23, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 29/31, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1749 del 29 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1425/14 suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la empresa TREVES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe prome-dio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.636.175/14

Expediente Nº 1.636.175/14

Buenos Aires, 28 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2004/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 834/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724235F#

#I4724236I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2001/2014

Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.488.549/12 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1778 del 2 de octubre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 3/3 vuelta del Expediente Nº 1.488.549/12, obra la escala salarial pactada entre la UNION DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGEN-

Page 70: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 70TINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION CIVIL SAVA - ASOCIACION DE ARTISTAS VISUALES ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. 1778/14 y registrado bajo el Nº 1446/14, conforme surge de fojas 50/52 y 55, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 61/63, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regulacio-nes del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explici-tan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope in-demnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SE-CRETARIA DE TRABAJO Nº 1778 del 2 de octubre de 2014 y registrado bajo el Nº 1446/14, suscrip-to entre la UNION DE TRABAJADORES SOCIEDADES DE AUTORES Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION CIVIL SAVA - ASOCIACION DE ARTISTAS VISUALES ARGENTINOS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 1.488.549/12

Expediente Nº 1.488.549/12

Buenos Aires, 28 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2001/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 835/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724236F#

#I4724237I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2008/2014

Bs. As., 27/10/2014

VISTO el Expediente Nº 1.622.226/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1724 del 24 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 38/45 del Expediente Nº 1.622.226/14 obran las escalas salariales pactadas entre la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES, por la parte sin-dical, y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS, por la parte empleado-ra, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 156/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución S.T. Nº 1724/14 y registrado bajo el Nº 1415/14, conforme surge de fojas 109/111 y 114, respectivamente.

Que a fojas 51/53 del Expediente Nº 1.622.226/14 obran las escalas salariales pactadas entre la SOCIEDAD ARGENTINA DE LOCUTORES, por la parte sindical, y la ASOCIACION DE RADIODI-FUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 215/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución S.T. Nº 1724/14 y registrado bajo el Nº 1416/14, conforme surge de fojas 109/111 y 114, respectivamente.

Que a fojas 59/62 del Expediente Nº 1.622.226/14 obran las escalas salariales pactadas entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la ASOCIACION DE RADIODIFU-SORAS PRIVADAS ARGENTINAS, por la parte empleadora, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo Nº 140/75 y Nº 141/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución S.T. Nº 1724/14 y registrado bajo el Nº 1417/14, conforme surge de fojas 109/111 y 114, respectivamente.

Que el segundo párralo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 122/181, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1724 del 24 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº  1415/14 suscripto entre la ASOCIACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LAS COMUNICACIONES, por la parte sindical y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO I, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº  20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1724 del 24 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1416/14 suscripto entre la SOCIEDAD ARGENTINA DE LO-CUTORES, por la parte sindical, y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS AR-GENTINAS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO II, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 3° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por el artículo 3° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1724 del 24 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº 1417/14 suscripto entre el SINDICATO UNICO DE TRABAJADORES DEL ESPECTACULO PUBLICO Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, por la parte sindical y la ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS PRIVADAS ARGENTINAS, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO III, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 4° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 5° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

Page 71: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 71ANEXO I

Expediente Nº 1.622.226/14

ANEXO II

Expediente Nº 1.622.226/14

ANEXO III

Expediente Nº 1.622.226/14

Expediente Nº 1.622.226/14

Buenos Aires, 28 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2008/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 836/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724237F#

#I4724239I#

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución 2047/2014

Bs. As., 28/10/2014

VISTO el Expediente Nº 69.895/00 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 1620 del 15 de septiembre de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 del Expediente Nº 1.623.431/14 agregado como fojas 557 al Expediente Nº 69.895/00 obran las escalas salariales pactadas entre la FEDERACION DE ASOCIACIO-NES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y las empre-sas LABORATORIOS BAGO SOCIEDAD ANONIMA y QUIMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Em-presa Nº 136/95 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por la Resolución S.T. Nº 1620/14 y registrado bajo el Nº 1333/14, conforme surge de fojas 576/578 y 581, res-pectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Page 72: Sumario LEYES DECRETOS

Viernes21denoviembrede2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 33.016 72Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina

triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respec-tivos rubros conexos considerados.

Que a fojas 591/594, obra el informe técnico elaborado por la Dirección Nacional de Regu-laciones del Trabajo dependiente de esta Secretaría, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y en el De-creto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, modificado por sus similares Nº 628 y Nº 2204 de fechas 13 de junio de 2005 y 30 de diciembre de 2010, respectivamente.

Por ello,

LA SECRETARIADE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº  20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, correspondiente al acuerdo homologado por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº  1620 del 15 de septiembre de 2014 y registrado bajo el Nº  1333/14 suscripto entre la FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARGENTINA, por la parte sindical y las empresas LABO-RATORIOS BAGO SOCIEDAD ANONIMA y QUIMICA MONTPELLIER SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empleadora, conforme al detalle que, como ANEXO, forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido ello, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que registre el importe promedio de las remuneraciones fijado por este acto y del tope indemnizatorio resultante.

ARTICULO 3° — Gírese a la Dirección de Negociación Colectiva para la notificación a las par-tes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMÍ RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO

Expediente Nº 69.895/00

Expediente Nº 69.895/00

Buenos Aires, 29 de Octubre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 2047/14 se ha tomado razón del tope indemnizatorio obrante en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 837/14 T. — VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coor-dinación - D.N.R.T.

#F4724239F#