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b PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN -$. 0 c;, SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO /;; °S JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F. ..., "' R.F.C. SCJ·950204-6P5 COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO. D. F. TELS.: 4113·1000 EXT. 5704.5710,5305.5705 FAX: 5130-1750 t DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEX ICO, D.F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883 PROVEEDOR: DÍAZ BELTRÁN ALFREDO / LAGO PETEN 101, COL. OCHO CEDROS, TOLUCA, 50170 / 7222126625, 7223625952 / FECHA DEL DOCUMENTO 17/08/2017 FECHA DE j::NTRJ;GA 15 Y 20 DIAS HABILES Partida Clave art. 10 5110104013 20 5110114030 30 5110114030 J FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-17085 121 54/ 1031 12153/1030 LUGAR DE ENTREGA AV. HIDALGO OTE. 1204, TOLUCA, 50000, MX, MEX Gantidad I Unidadl Descripcion 11 PZA 1 GABINETE UNIVERSAL DE MADERA OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE COBERTIZO EN DOS MÓDULOS EN MADERA DE PINO EN MEDIDAS DE 2 MTS. X 0.60 X 2. 15 DE ALTO, CON CUATRO PUERTAS ABATIBLES, SECCIÓN PARA CARPETAS TAMAÑO CARTA Y SECCIÓN PARA COLGAR LARGOS, ACABADO EN TINTA COLOR NOGAL Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO. 15 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO. 2 1 PZA 1 VITRINA P/EXPOSICIONES OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE VITRINA PARA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS HISTÓRICOS EN MADERA DE BANAK EN MEDIDAS DE 0. 60 MTS. X 0.60 X 1.15 DE ALTO, CON DOS PUERTAS ABATIBLES.EN LA BASE, RELIEVE ALZADO PARA MOSTRAR DOCUMENTOS PARA SU FACIL LECTURA, CUBIERTA DE CRISTAL DE 9 MM. DESMONTABLE PARA FACILIDAD DE MANEJO, ACABADO EN TINTA COLOR CAOBA Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO. 15 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO. 11 PZA 1 VITRINA P/EXPOSICIONES OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE VITRINA PARA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS HISTÓRICOS EN MADERA DE BANAK EN MEDIDAS DE 1.20 MTS. X 0. 60 X 1.15 DE ALTO, CON DOS PUERTAS ABATIBLES EN LA BASE, RELIEVE ALZADO PARA MOSTRAR DOCUMENTOS PARA SU FÁCIL LECTURA, CUBIERTA DE CRISTAL DE 9 MM. DESMONTABLE PARA FACILIDAD DE MANEJO, ACABADO EN TINTA COLOR CAOBA Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO. 20 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO. ING. LUNA VELA DIREbOR DE AREA P.Unitario 16,017.24 8,939.66 14,620.69 CONTRATO SIMPLIFICADO 4517002122 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO'üE DOCUMENTO S001 Importe Total 16,017.24 17,879.32 14,620.69 CONTINUA Página 1 de 2

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b \)~\t>os .V,~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN -$.0c;, SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO /;; °S JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D F.

..., "' R.F.C. SCJ·950204-6P5 COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO. D.F. TELS.: 4113·1000 EXT. 5704.5710,5305.5705 FAX: 5130- 1750

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~~" DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: DÍAZ BELTRÁN ALFREDO / LAGO PETEN 101, COL. OCHO CEDROS, TOLUCA, 50170 / 7222126625, 7223625952 /

FECHA DEL DOCUMENTO 17/08/2017

FECHA DE j::NTRJ;GA 15 Y 20 DIAS HABILES

Partida Clave art.

10 5110104013

20 5110114030

30 5110114030

J

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-17085 121 54/1031 12153/1030

LUGAR DE ENTREGA AV. HIDALGO OTE. 1204, TOLUCA, 50000, MX, MEX

Gantidad I Unidadl Descripcion 11 PZA 1 GABINETE UNIVERSAL DE MADERA

OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE COBERTIZO EN DOS MÓDULOS EN MADERA DE PINO EN MEDIDAS DE 2 MTS. X 0.60 X 2.15 DE ALTO, CON CUATRO PUERTAS ABATIBLES, SECCIÓN PARA CARPETAS TAMAÑO CARTA Y SECCIÓN PARA COLGAR LARGOS, ACABADO EN TINTA COLOR NOGAL Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO.

15 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO.

2 1 PZA 1 VITRINA P/EXPOSICIONES OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE VITRINA PARA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS HISTÓRICOS EN MADERA DE BANAK EN MEDIDAS DE 0.60 MTS. X 0.60 X 1.15 DE ALTO, CON DOS PUERTAS ABATIBLES.EN LA BASE, RELIEVE ALZADO PARA MOSTRAR DOCUMENTOS PARA SU FACIL LECTURA, CUBIERTA DE CRISTAL DE 9 MM. DESMONTABLE PARA FACILIDAD DE MANEJO, ACABADO EN TINTA COLOR CAOBA Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO.

15 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO.

1 1 PZA 1 VITRINA P/EXPOSICIONES OBSERVACIONES ELABORACIÓN DE VITRINA PARA EXHIBICIÓN DE DOCUMENTOS HISTÓRICOS EN MADERA DE BANAK EN MEDIDAS DE 1.20 MTS. X 0.60 X 1.15 DE ALTO, CON DOS PUERTAS ABATIBLES EN LA BASE, RELIEVE ALZADO PARA MOSTRAR DOCUMENTOS PARA SU FÁCIL LECTURA, CUBIERTA DE CRISTAL DE 9 MM. DESMONTABLE PARA FACILIDAD DE MANEJO, ACABADO EN TINTA COLOR CAOBA Y BARNIZ DE NITROCELULOSA SATINADO.

20 DÍAS HÁBILES DE ENTREGA POSTERIORES A LA FIRMA DEL CONTRATO.

ING. GU~TAVO LUNA VELA

DIREbOR DE AREA

P.Unitario

16,017.24

8,939.66

14,620.69

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517002122

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO'üE • DOCUMENTO

S001

Importe Total 16,017.24

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C OJfTRA.TO SIMPLIFICADO Dlt MOBILIARIO l. La Suprema Corle de Justicia de la NaciOn. en lo sucesivo 'la Supreme Corte' por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que· 1.1. Es el máilmo Organo depositario del Poder Judicial de la Federación. en términos de lo dispuesto en los articules 94 de la COostituclOn Politica de los EsladoS Unidos Mexicanos 1 1 •. l racclón 1, -.!_'l la Ley Otganica del Poder Judicial de la Federación. • L2 La ¡xesaite coolrat<D'.ln ilE! aJiln2lKla fXJí el tilú de la Casa de la OJtura JIJiOCa. adsaita a la IJitec(:i()1 ~ de Casas de la QA.r.i Ma:a de la Suprema c.oi¡¡ de JUSOCia de la NOOOn. mediante s procedmef *> de ~ dlllda, de CDlbmidad coo to pro'~ en el arth*> 42, p.Tralo Qlfti. i'lCiso a). del Aruardo Gmera de Mní IÍlll lllOI 1 VV2008. del \'BÍlti1CO de ooptiernbra de dos mi odla. del Comilé de Gobierno y AMWlisbm 1 de la ~ QJrte de Justida de la Nac:i6n por el que se raguan los p oo:dlrlel !los p¡Jll la OOqUsO.)n, adrrifisiac:m y desil mpo¡ad6n de bilnes y la coo1Jatmn de otras. usos y seriíOOi mQlSijos in este Triluná. ll La !lirecm Gmer3 de Roo.l'sos Maler1ales está looJlada pa-a susati' el presenle i'lSNnanlO, de~ coo lo cispAlSlo M los a1lCWs 16. lna:iál X y lelOllO tranmño, lracOOn l. del Raglamen4o lnilrb' t1'I maleria de aá1tiilsbai'i11 de la Suprema Cale de Jusi:ia de la N<dón. asl coro irtbAo 10, p.Tralo S9g\rÓ'.l. del AcuelOO Geraal de Aá1ilistlal011 VV2008. del Wink:Rx> de septioo1be de dai mi aro. del Cooi!é de Gobietro y AáTwisra:iJ1 de la Suprema Corte de Jus1Da de la Nadón por s qoo se mtJtél los pnxafmíentos pal! la aQ.iSblJ1. al'nl1isiacl(n y desi m POI adQ 1 ele blillles y la cootralaóón de otras. usos y ser.ttis mcµrtlos pa esae Tlbml. 1.4. Para todo to relacionado con el presente contrato sellala como su domicilio el Ullicado en la Calle de José Maria Pino Suarez número 2, colonia Centro de la ciudad de México. delegación Cuauhtámoc, c6digo postal 06060, en la ciudad de México, Dislltto Federal. 11. El 'Proveedor" por conducto de su represenlanle legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: D.1. Corore JAll wa 1ette a;esp00t:a00 es léat:as y de~ de los OOn8s ~ ?:Jr1a Suprema Qnf y OJEJ1la ron los SemenD5~yca¡u:ida'Jecaúrt:anecesalos133 enUllgafbl a salisfaa:iOrl de ésla. K.2 No seimstra en 1'1i'Qm de los~ a cµi se mliert1'I bs artiails 46, lraa:iooes ~ u, u~ IV, V, VI, VII. Vil! y X. asi roro 56 t3Xi'ln XVI. del AruelOO GEJwD de Ad11liü~1 vv.!n!. ll3. Conooe y QP1a ~a to pre\istoen el AcUEtOO General de Ad1il1istraclOn Vl/200I, del ~de~ de dos mi ocno. del CornWI de Gobierro y MrírlStrad6n de la SUprama ~de Juslda de la Na:Ol ix- el que se regtlan los pocedinier lkls pa.-a la~ admílisialOn y desil mpoc~ 1 de bienes y la ooltralación de otras. usos y seMOO& requeriXJs paesle AID Trb.nal. IL4. f'a'a tm b r9adona00cm el presente tonlralo. sel\ala como su domicio el iñcado en la cMll!ja del pesene lnslnm!nlo, oo el apatm <fenaTinú> ·~. 111. La "Supiema Corte" y el 'Proveedor" declaran qu.e: 111 1 Reconocen mutuamente la personalidad joridica con la que ccmparecen a la celebración del presente instrumento y manifieslan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se di~lr/ln a los domicilios indicados en tos antecedentes 1.4 y 11.4 de este instrumento.

CLÁUSULAS Prineia CoodaJlfJs ~ B "flrcJveEm' se~ a~ los bienes de9:1itJs oo 18 criUa del presenle i'lStr\J'neOO y respeta' en txlo ~el ¡xtól, plazo y antiJoes de p¡qi sellal<lbs oo la mferoa c:wátlAa. dtla1e y hasta el ~to ktii del ot:;iti de este cn.aoo de 'dnades. B pacJ> senaiaoo en la pmserte clílJstda. a.be el tllal de bs bienes ~ pa lo cual "la &c>rema Ca1e' oo llene otig¡l:.Ql de am ~ irrCXRI <dcblal. En caoo de QUe el ~de los ¡jazos s0l'\alactJs oo el presente <Xlf1hlt) se~ oo un <la itti el plazo se lllCOflerá al <fia hábi imláail ~ Segunda. lnstalacion de bienes. En caso de requerirse Instalación de tos bienes objeto del con11ato 'el Proveedor" deberá notificar con cinco días hábiles de anUClpaciOn la envega de los OO!nes para que 'la Suprema Corte' programe la fecha a partir de la cu.al se podfá electuar la entrega e instalación de tos mismos. En caso de pmsentarse atraso en la adecu<dón de los espacios o Jllllpa.'cdón del m destinaJos a la ~ de tos tienes que 8l1l)OOI el presente CO!ltrclkl, JXlí causas impWJt;es a 'la SUpnima Clnl'. cµi flll)elOJa oo la t1'lllBga o'1staiaciin de los bienes. '1a SUpnima Cate' pcx!ra llníflcarta lecha deEnreQa e nstalaci/rl delos bienes. en Cl.l)(l caso el ' Pro\Eedor" deber3 i'ícia'la entrega o~. seg)! sea el Céal, der4ro de los dez dias hilllies 59ienles al quepa esaib ·1a SI.perna c.oi¡¡• lo sctie. Tercera. ~- 8 lipo de ·lrarls¡loM a Uliilar sera aqUel que el po~ ronsilere ~te y~~ la entmga oportuna, asl cano qoo la lridad sea ertiegada en~ estado en et Dislr1to Federá. s ~ sera responsable de cubrir tos ro;1os de lr.lSlado y seguro de klS ljer1es desde sus instalaciOms hasta et kJgar de destioo tlnal. La SUpnima Cate de Justda de la Nld6n no recüfl tos bieoos oo mal estado pa c:aisas Imputables al proveedor o su llaisportista Para evitar danos en et tJMS¡lOf19 y soponar las manlotras a las qoe 9Slarárl ~ los bienes objeto d9 esle COOCtJ'OO deberán esta preparat¡s para su Erllrega, t'lll1tlrilOOo la nlomlaci6n y~ necesaria para su klentificaci6n, así cano una rop¡a de la factura o remisiOn c:amsponc!lerte. La SCJN. podrtl hacer de..auoones de la unidad cuando: a) Se compruelJe que no son de la caidad ~ b) f'rese:lten defectos de rabricaci6o o deflciencías doorl1e su uso por causas ~tables al pri:lparte. e) Cuando los bienes en1reQaOOs no ~ cm las caractef'istica técnicas solicítadas fXJí la Suprema Corte. En estos casos el particlpalte se otllga a restli Sil c:oo<lciOl1 alguna a la Suprema Corte de Juslba de Ja Na:lón, el eqU¡xl de'<\Slo, Clel'ltro de IOs 1 O dlas nalllaleS sigtftltes e la presentad6n de la rectamaCiOn Cuaroo la ~ Corte de Justicia de Ja NOOón 19QOlera haoor la de'IOOdlll1 dBI equipo por causas cfiSlinlaS a las lrúcadas, estas se mecnaan previo aaSllo por escrtll de ambaS panes. en Cl.l)(l caso se debera efectUar la de\Oll.Jcl:ln de los rerursos efectivamerne pagados por la Sup-ema Corle de Justicia de la Nación, en lll plazo que no excecia 15 días hábiles medmte del)6sito o cheque cerbficado a nomllle de la institucion, asi aJ1TO los t1lereses pa dCllas cantidades hasla la fecha en que se pongan electivamenle las cartídades a dísposiOOn de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y que se oomputarfrl por días c3endario. Cima. Pena Con'leOCblal. En caso de~ oo cuaq.ief8 de las~ eslablecit1as en el~ <XllllraClual, la Suprema Call deJusli::la de la Nai'JI pociá ~a los plO\'!l0da'es una pena CXll1VellCb1á hasta pa un 10% del ll01k> que carespcroa al vakr de los tienes (Sin mur l.VA) que no se hayan enl:egab y de los servleJeJ> que m se hayan pres!OOo. a entera satisfél:dál de la &perna Cate de JusOOa de la Nación. En caso de ~ oo el ¡Wil de entrepa paDb oo el CXlOll<*>, se le apli:<ri a los~ una pena ronvendonal por bs atrasos QUB le seM input¡ü¡s oo la EnreQa de bs tieres y en su caso la i1Stiadón de ~y a:msails. EqJivalente al O'llOll que l8SIAle de ~ el 10 al mb' pa ca:la dla rara1 de telraSO a ta cridOO que ~ kls bienes no~ en el iwo esttt:a1o y kl& servoos no pmsta:klS. to que no ¡ata~ del 10% del mrtl w de bs bienes en~ sin irOlir L VA En las qieraáXles en que se J)aÉ ajJs'3 de p'eOOs. la penailaCiOn se calcUéil'a sotwe el ¡xtól aµ¡tada. El ~ ~del~ se r...a aaoocilr a las sarónls ~ ro los pirrat)s que ~ <Xlí1 i dlpei tdellCia de que se haga! efectvas a; garias OOrgadas. Las penas pod!3n descoot;rse de los montl6 peOO/eokls de clbí por pn de la ~ Corle. al~ y, de SEi' ~. illresa:lo su moni> a la T900!el'la de esE Ail Trtulal. CAiréa Requisb; para realzarlos pagos respecti\'os. Para ~ fiscales el "Proveedor" debera p-esentar la o las lacilras a f10fT'bra de 'la Supema Cor1e" ~ consta oo la oecilla de ~ lisca. ~ por la Seaetaña de Hocíeroa y Crédito f'(tji:;o cm el Registro Federal de ~tes SCJ 9502!}$ 6P5. lnác<l100 el lbndK> setléDJo oo la OOdaración t.4 de esta ÍlSt\JTIE!lltl y demils requisb fiscales a que ha'fa lgaí. Se$ Mcxllica001es de este~- t.a¡coodiOOnes pactadas en el pnisentelllsltlmeni>pocttrl se-Objet> de roodiftcaciOn en1érmirosde lo ?'ll'llSt>en bs artitWs 12. tracdOn XXll: 143, lrao:ión t yperuli'no ¡malo, 146 y 162 del f9fefiJo Acoottlo Genera Vl/2006. Séplina Gira1lia de ecwo. 8 "Proveecb". ~ los ~ en todas $.IS p<l'es por tll ~ a p;M1i' de la ledla de emega y/O rec:epdórl 8 entera sallsfaa;í.)'¡ de '1a Suprema Corle". ~ tltax:tones y m¡m de Wa (o ~del~ en el casoqueésle no sea reparado en menos de ntaas). deOendo niperarse cm relaa:iorles crgirláes (de igual nm:a y mcdelo o ~l ooevas: oo caso de en caso de clespEriectls dellera ~ pa Olro igual al oigi ialmel tte óert.ado. Los eQUixls. pns y maleriales que estén fuera de espedfl:acD tes y/o ?'esenla'I taas que ~ su uso adecu.aOO y ~ antes de su ret.aladón y acieplaCQ1 o bit1'I des¡¡ués y doolrode los treHa <las~ dEtJerilr1 sermen¡pla:z.aOOs por ¡xn:lUlS l'UMl6, porpn del~. sil riogt'J'I COSiJ aliOOrlal p¡ra ia ~ Clnl'. A la emrega de los tlielles ~ del ~ i1sln.mentl. "el prtM!000(' enlnlg<l'á ~de la pól2a géV1!11tia emo:ta por et falñ:ante. oo su caso. Cll1a gar.mi que cLtra los reqtjsltls a que se re6ef'e el ~ IX de s Ley Federa de P!oleaXn al Coostrnl:lor, oo la que se f'dq.Je el ak:arl:.8, cUaciOn, ooocfclones. mecri;rros ~ haairta dectiva, OJya l.9l'lCÍ3 delllri ser por t11 mlM1o de dOoe meses ronlados a ~de la encrega de los blene& objel) del ~ hsnmenlo. Octava. Confldenclalfdad. La documentacfón que se proportlooe al "Prolleedof" con motivo de la celebraclón de este conllato, es propiedad de ' la Suprema Corte', por lo que el 'Proveedor", por si o a través de sus trabajadOres. se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunicación. cualquier resultado o dalo obtenido de los bienes objeto de este conllato simplificado. No\lena. Resdsi:in. QJeda~cm.irmoque 'la SI.perna COr\e" ¡ata <!W por resdnlfOOet ~cmtrat>sil necestlad deque medie~~ oo caso de que e1 'PrcNeatr deje de Mll* ~de a; OCii¡¡ac01es que astll1& en 9l oootralO in ca.isas QUB le seM hl¡lUtables. o bien. en caso de • OO¡elo de oot>argo. IU*.la eslaltada. cxro.rso ITl0ltéll'd o~ Artes de declir.I' la resdsiá1, "la &perna Clnl" ncA::a'il pa eme tas caisas raspec;tvas á "f'n:M100o(' en su dooicifo set'lala1o en la~ IL5 de esle Í'lSÍll1l91IO, cm qUIJI en el~ se~~ t11 ¡Xam de (Jinced'ias hite 133que nmtieseloque asu dered'oCCllYllrQ8. anexe losdcx:umerélsqueestrne ~y ~oo su caso, tas ¡JUebas queestne ~ V8tilo ese plazo el 6rga10 ~ de 'la SI.perna eate• ~sobre la ~de la resdsiOr1, to que se~ al ·~ oo su doo1cilo sellaado oo la declaraciOn U.5 de esae hilMlent>. Oécina. ~de ~ del cxrtato, dYersos a la resdsiOn 8 ¡msente cooti*> ¡xxitl clase por llmilaOO. al cm iplerru mse su otj!lo o bíeo de maiera ¡ritX:ipOOa ru<nJo exislal caisas ;..tSUlk:adas o ra:zroes de illBril8 genera t1'1 térrm:Js de lo ~ M los artí:ua; 148, 149, 150 y 151 del Aomlo Gt1'ilJal de Adni lfillaá)¡ 1 V1J2008. Dedma Primera. Del fomento a la transparencia y de la protecci6n de datos personales. Las partes esltm de acuerdo en que el presente inslrumento coosbtuye inroonaclón pública en términos de lO dispueSlo en los artlCUlos 1·. 7" y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la lnfomlaci6n Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podran realizar su consulta. De arixmí:lad oon lo eslaliOOOO en el artiaJo 71 del Aomlo Genelal de la ComsiOn de Traisparencla. Aa:.tl&J a la imrmmi P\d:a ~ y~ de Dl*ls Perw\ales de la Superna Clnl de Jusül de la Nml. del nu.e"Je de.., de dos mi ocOO, telati\o a tos Oq¡¡ra¡ y ~ pa-a ~ El1 ef imbilD de ese Tríbu'lal los delEdlos de 8CQlS() a la ilbmaci'.lri. a la ¡rivacttld y a la r:x'Olecl:i6n de datl6 pelSQ'lales g¡Yal1izaOOs en el articulo s• CoosiUiooéi. el "PltM!edar' se olllga a gualdar seaeb y a oo dMJlgar in rW'g(.rt me00, ast llleá'OOk:o. ri ¡u conferln:ias y/O nbmes los dalas· ¡mooa1es a que tEl"Q8 ax:eso ron rroM:i de la limnentBckln que ~o CXlfl02Ca a1 desa"rola' las acMlales ~del preserte ron1ra1o. En caso de~ "la SUprama Col1f po¡tá eirigil'et pago ro11l!iµJm11e á 10% del rro-m Nde es1e llslnrnentl. pa cxn:ei:*> de pena <XXlYElroblá. Décima Segunda. ResoOOón de CXlMOverSias. Para efecto de la interpretaciln y o..rnpmooto ele lo~ en este ilstnJn1eOO. 9 'f>rooleOOof" se somete ellpl8Sí!!1l9ll a tas decisiones del Trilunal Pleno de 'la Suprema Corte' rer.unciardo en bma expresa a cualquieo' Otro fuero que oo ra2Ón de su doR1ciYo o Ye<i1dad, tengan o Degaten a lllnel'. de conUmldad cm lo~ en el llltiruto 11. lracdOn XX de la Ley ()r¡¡frl'ica del Poder Juci:ili de la Ñldel'alXn Las~ act«<lér1 que cualqlS notilicaclln que ~que reallél'S8 de una pare a ara. se raaliZará por esaito en el ClQOOlo que ha sellala'Jo en tas dedaraoones L 4 y 11.4 de esb3 nstn.menlo. Dt'dna Tarara Legislaciln ai*;able. El ~ de vcbtlades previsi> oo ese hsln.menkl eooi'a::tua se ,ge pa lo ds¡xJeslo en la Consbdin Plfilk:a de los EstaOOs lkW Mexbms, e1 AaJ9IOO Gerual de~ ~ del ~de sepllen'tlre de dos mi ocho. del Corrñ3 de Gcülrno y~ de ta~ Ca1e de Jusík::ia de la Naitl'I y oo b m peYlsto oo este in el Qid9l Qvl Fedlral, Q)IJO Federa de PlooeómientlS CMes, Ley Feder.i de~ y ResponsabJdades Acmnisb'alMls de los seMOOt'es pt:tJioos y ta Ley Federa del Plocedimiert:> Mrnstrativo, en lo~

R ECEP CIÓN Y CONFORMIDAD DEL CONTRATO! "'EL PROVEE.DOR"

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES BOLIVAR No. 30, 4o PISO COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO, D.F. TELS.: 41 13·1000 EXT. 5704,5710,5305,5705 FAX: 5130-1750

JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, D.F. R.F.C. SCJ·950204-6P5

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, D.F TELS.: 5701 2036 y 5763 7883

PROVEEDOR: DÍAZ BELTRÁN ALFREDO / LAGO PETEN 101 , COL. OCHO CEDROS, TOLUCA, 50170 / 7222126625, 7223625952 /

FECHA DEL DOCUMENTO 17/08/2017

FECHA DE ENTREGA 15 Y 20 DÍAS HÁBILES

Partida Clave art.

IMPORTE EN LETRA

FORMA DE PAGO 1 OBSERVACIONES CONTRA ENTREGA CCJ-17085 12154/1031 12153/1030

LUGAR DE ENTREGA AV. HIDALGO OTE. 1204, TOLUCA, 50000, MX, MEX

Cantidad IUnidadl Descripcion

CLASIFICACIÓN: CONTRATACIÓN MÍNIMA PROCEDIMIENTO: ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTO: ARTÍCULOS 39 FRACCIÓN V, 42 SEXTO PÁRRAFO, 43 FRACCIÓN IV, 91 Y 92 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 AUTORIZA: TITULAR DE LA CASA DE LA CULTURA JURÍDICA EN TOLUCA, ESTADO DE MÉXICO, BAJO SU ESTRICTA RESPONSABILIDAD EN EL MARCO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008 Y ARTÍCULOS 64, 66, 70 DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vll/2008. CONTRATACIÓN PREVISTA EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2017.

ESTE CONTRATO SIMPLIFICADO SE REGISTRA EN EL SISTEMA INTEGRAL ADMINISTRATIVO PARA EFECTOS DE SEGUIMIENTO, APLICACIÓN PRESUPUESTAL Y REGISTRO DE BIENES SUJETOS A INVENTARIO, EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 138 SEGUNDO PÁRRAFO DEL ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Vl/2008.

LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES SE DESLINDA DE CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LOS PROCEDIMIENTOS OBSERVADOS PARA LA CONTRATACIÓ DE REFERENCIA.

CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA PESOS 01

~

P.Unitario

SUBTOTAL

CONTRATO SIMPLIFICADO

4517002122

EN SUS REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMEACTDE -DOCUMENTO

S001

Importe Total

48,517.25

7,762.76

56,280.01

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Page 4: t>os .V,~ PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN DIRECCIÓN ... · en Cl.l)(l caso el 'Pro\Eedor" deber3 i'ícia'la entrega o~. seg)! sea el Céal, der4ro de los dez dias hilllies 59ienles

COJITRATO 8 l llPLIFICADO DE llOBILIARIO l. La Suprema Corte de Justicia de la Nación. en lo sucesivo 'la Sllprema Corte' por conducto de su representante para los efectos de este instrumento manifiesta que: 1.1. Es el máximo órgano depositario del Poder Judicial de Ja Federación, en témllnos de lo dispuesto en los artk:ules 94 de la Constitución Politica de IOs Estados Unidos Mellicaoos , 1·. rracción 1, de.la Ley Organica del Poder Judicial de la Federación. • L2 la~ roilralaOOn Ú! aJlolizada por el thllar de la Casa de la caura Jirtica. adsma a la Dilllcdt'.i1 Genn de Gasas.de ta QAia J\rtb de la SU¡J'ema c.one de Justicia de la Nad6n, rrlEda1te el pioooOOislkl de ~ <Wecta. deCXJ1famiclacJ con 1o prevm en el <rtruo 42, p3rrafo Ql.ril. rooo a), del Acuerdo General de M• i iisam 1 W200l. del winti'Jra> de septienilre de dos m1 odio. del Comilé de Gob8ro y Al'.iniislraOOn de 1a Sl4xerna Cate de Justicia de la Nl.liín por eJ ~se ragtAan bs piooedme111os para la ~. actriríslraOOn y OOsil ropooooo de bimes y la~ de otras. usos y 59\t:ioo teQUlrl:bs por EISk! Tltulii. tl La Oio'ecUa General de Recusos Maleñales está faQJllada pwa susaü el pmsente munanlo, de coofoonidad con lo cispueslo en bs ri:Uos 16. rraro6n X y 1e1tero tranmtn fiacciOn l del Reglamenlo lnBior en maleria de iá1iíísba'.i'ln de la Superna Cate de Just:ia de la N<dérl, as! o::mi mbi:> 10, pélral:> ~ del Acuardo General de M1iíísbacilr1 W2W3, del Y!lintiCína> de septlernbre de dos mi odlo. del Cooité de Golllerm y Mnnisraó6n de la Suprema Cale de Juslba de la Nación ra el ~ se lllglBl tE proceiTiemJs para la ~ iltnhis1rad00 y desiroJr¡llfadOn de bimes y 1a CXlllllatad6n de otras. usos y seMilS recpritls por esie Trb.ra. 1.4. Para todo lo relacionado con el presente contralo sellala como su domicilio et ubicado en la Calle de José Mana Pino Suarez número 2, colonia Centro de la dudad de Méllico. delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, en la ciudad de Méxloo. Ois!lilo Federal. 11. El ' Proveedor' por conducto de su represenlante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad que: 11.1. Ccn:n:! ~le ~~léai::as yde~ de b;biere6 ~por 'la~ Cene" y ClJIJ'ICa oon bs ~ .ia'i:Ds ycap¡dJa! 0WllJrlca rvicemis paraemiegaro¡ a salisfaaillldeésla H.2. No setroJel1J'a81 fTOmde bs ~aq.ese reliMJI ros Mia.tls 48, li'acl:in!s ~ u, lti, IV, V, VI, VU, Vil y X. asl C(JTO 58taafi'IXVldelAruel'doGEineládeAdnitáa:tli1 \1112rol. IL3. Conooo y aooixa ~a lo ¡re-.is1o en el AcuerOO Gen9"ai deM!Wlisllad611 VV200!, del~ de~ dedos f!jodio, del Coo#I da <?memo y~ de la &,irema c.one de Justda de la Nacl'.x1 por e1 que se regtdan los ¡:1ooeci1iel 005 para la~ ~ y desilCOIJXllaci6r1 de bienes y la oonll<lla)ón de ctiras. usos y seM:íos recµri:bs por es111 A1IJ Trb.nal. lt4. f'lra txil iJ rela:ionadocoo el pmsente tootrato. sellalaCOTIOsu domblo el i1dml en ta ca8IUa del pmsente insrlmeOO, en el Bplllado <fenalliM:b ~-m. La 'Supiema Corle' y el 'Proveedor' declaran que: 111 1 Reconocen mutuamente la perronatidad juridica con la que comparecen a la celebración del piresenle instrumento y manifiestan que !Odas tas comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domlCilios indicados en los antecedentes 1.4 y 11.4 de este instrumento.

CLÁUSULAS Plilln. QnfOOles ~ B ~ se~ a~ bs bíenes desoibl en la <3áUa del pi1lSellle instnJTlent> y respe1ar en kxt> rnomeoo el precia. pla:zo y cord::ilnes de pago sellalai:ls en la raleiila ~ <Uanle y hasta el ~ W del ot*3k> de esle lnBti> de drildes. 8 pago sB'lalado en la preserte c1lllsula Qire el tllal de los bienes caillli<ltls. pa lo rual 'la Suprema Cate' ro llene ~ ele am ni1gOO ~ adcilnal. En caso de que el ~de bs plaZl:Js sellalaOOs en el pmsente <Xllllrai> se l.ti¡ue en lJl día rtébil. ti pla:zo se racooerá .W dla hábl irYTmao slgUen1e. Segunoa. lnslalacion de bienes. En caso de requerírse instalación de los bienes objeto (!el contrato "el Proveedor' deberá notificar con cinco ellas hilllites de anticlpacic)n la entrega de los bienes para que ·1a Sllprema Corle' programe la lecha a partir de la cual se podrá efectuar la entrega e ins1alaci0n de tos miSmos. En caso de ~atraso en la adecuacl5n de bs espaci>s o ¡xeparacién del érea, desiiaOOs a la ~ de los bienes que 3nlJOOl el pmsente aintra!O. pa causas fnpWü¡s a 'la &lpl9ma Cail', que reperaja en la enrega o i1stalaXrl de los bienes. 'la Suprema Cate' podrá mcxtt;ar la fecha de mrega e irlSlaiacül de los tienes. en ruro caso el 'f'rol4leda" deberá ilida' la entrega o ~. Stl\)11 sea ti caso. dootro de bs <iez dias habies sigl.ientes ¡W quepa estrll:l 'la SI.perna Cate' iJ soidle. Tercera. E~~- B tipo de transpM! a imllzar será aquel que el ¡roveecn o:insiklle cooveníenle y que g¿vanlk:e la entrega~ así CXJOO Qllll la tl1ldad sea eroegada en ÓfÜllO estado en el asirtto Federa B provee00r sera responsable de cubfir tos cwos de b"asalo y seguro de kls bienes desde sus 1nsta10001e; hasta e1 lugar de <!estiro final. La Suprema Corte de Justicia de 1a Na:i6n no rectirá 1os bleres en mat eslado por caJSaS impulab1es al proveedor o su transpof1is1a Para evk daf1os en el ~ y sopollar las maniob'as a las que eslal'ál sujQDs, bs bienes obje1o de este can..-so deberc\n estw preparados para su entrega. aneOOndo la inf<rmación y~ necesaria para su ldentiticad6n, as! corro uoa CXJpia de la~ o rerrisiOn a:rnispondíene. La SCJN. podrá haoor de'tllllxXlnes de la~ Clléllldo: a) Se compruebe que no son de la caidad !diciada. b) PresMten defectos de fabricad6n o deficiencias dixllllll su uso por causas~ al~ e) Cuando los bienes elitregados no cumplan con las caracteristlcas lécnícas sdic:ítadas pala Suprema COOe. En estos casos el particip<m¡ se obrQa a res1ttlir sil coociciOn alguna a la S~ Corte de Jusll:ia de la N<dérl, el equipo dewelio, deotro de los 1 O dJas nat1.ra1es siguientes a la ¡xesen&ación de la rec:trnaoon. Cual1lo la Sup-ema Corte de Justida de la NaciOll requiera hacer la de'idodOn del 6QlÍPO lXl' causas dislintas a las ltdCadas. éstas se eled\Jat'M previO acuen1o por escnt> de ambas par1eS. en cuyo caso se de!lelá efectuar la de~ de los recursos erectrr.mlnte paQadOs pof la Sup-ema C.oóe de Justicia de la Nación, en un plazo que ro exceda 15 dias hábiles meamte dep6silo o cheque certillcado a nombl0 de la ~ as! o::mi los illlefeseS pocdichas cantidades hasla la lecha en que se pongan eíecli.vameote las e<nidadeS a diS¡:iosá:i)n de la Suprema Corte de Justicia de la N300n y que se a:rnputaran por días Caleodario. Cun. P9na ~ En caso de~ en cuaQJera de las~~ en el~ (X)l1raCtJal. la SI.perna Cate de Ju&Ca de la NacOi pcxta apic8' a los pltN0000res \tia pena COOYencional hasla pa l6l 10% del nmto cµumesponda al lliD de los tienes (Sin nü l. VA)~ ro se hay¡ri en1legacb y de los setVlci:>s que no se hayan prastaOO, e entera~ de la Suprema Corle de Justicia de la NIDón. Encaso de l'runplí1lenil en el li1Zil de ertega paaa:i> en el cmrakJ. se le ~ a bs ~ lJla pena OOl1Wl100nal p:ir bs atrasos que le SE1E11 ~ en la entrega de los blems y en su caso la i'lstéiaci6r1 de nmiiro y a:a!90lbs. ~al roon«> que~ de af*:ar el 10 al~ pa C<lla ella nalral de retraso a la car8clad que~ los bi!rJe$ no entreg<KDs en el JW,o ~y los smbJs ro p-estlltls. b que no pcxt:1 exa!d!w del 10% del llOlil wi de los bienes en ~ sil nik L VA En las qiera:mes en que se pade ljJsl9 de pr8Cil&, la penafzaciOn se cak:Wwá me el J:tE1CiO atJsladO. B ~responsaba del~ se hll'á Deedor a las Sln:iooes ~ en los pilTatls que~ ron i'depel delda de que se haQai ~ las~~ OOIQadas. Las penas pocJran cJescoolarse de los mootls pendienils de CWi por pa9 de ta~ Corte, al~ y, de ser neresaio. l'Q.resadosu roont> a la TEmeriade este A'IJ Tlbml. Quilla. ~ para re<JiZalkls. pagos resp!dvos. Para eíeGtls fiscales e1 'Proveedor' deberá IJ'eserB la o las f<l:Uas a nombre de "la Suµema Corte' S8')'.ln ronsta en ta ax1t-'a de ~ fiscal. eicpedida rala Seaetar1a de HaciErtla y Ctécl\o Píbli:o GX)l1 el RegSro Fecea de cmriWyentes SCJ 950204 6P5. irdcanOO el OOIT1icli> senata:lo en la ~ L 4 de este ilsnlT1entl y damas ~ tsc:ales a que haya ~- S8$. MdicacicJlE!S de ll!lle lnsUunenkl. Las caddones pa:1adas en el plllSa1te ~ ~ ser Obje'IJ de rnodilí;ai'.ln en tem'li'os de lo pi'0Vlslo en los <ltJcubs 12. tacx:iOn XXI~ 143, tracxm 1 y penulino pélralo, 146 y 162 del relelido Ar:ue«lo Genera Vll2008. Sépeina. Gar.Jlltade ~· B ·~. garrilaá bs ~en !odas rus p¡ms pa lJl aío a p¡rti" de la fedla de enrega y/o reoepciOn a entera S<tisfacci6r1 de "la Sup-ema Ccr'e'. mJ)'0ndo ~y mm de !ixa (o SU'ádOO del~ en el caso que éste no sea~ en menos de 72 haas), del:int> ~con lllfaccior¡es agí1ales (de i;lual marca y modeloo ~) ooevas; en caso de en caso de despelfec:bs deb8a suslllúOOs por Otro i;lual al~ cle!tado. Los~ 1B1BS y maleñáes que esléf1 fuera de especifr:acilne y/o ¡JéSelllBll ruque~ su uso adecuado y oporUlO anes de su ínslalaó.'Jn y ~o tien después y IBWde los IJlrt!(jas sigljellles, dete1lrl ser~ lXl' pn:WD IU!l.OS.J)a"pa9 del~. síi niriglil COS\'.I dblal para "la~ Cate'. A la entrega de los hienes ~del ~ hsln,Jnenb, 'el prcM!900(' entrega"á CXJpia de la pll2a giJ<lllla en1Wa pa el tat:mne, en su caso, caia g¡B1(ia ~ Q.Ua los ~ a que se l*'1! el capitUo IX de '1 Ley Federá de PIU1eCXXln al~. en la que se~ el ab1ce, cb'aciOn. cxn:iictms. mec:a1smos p¡ra hacerla efecllv.I, ruya 'Ág9l1CÍ3~serpa111 mlnimo de doce meses conllllOs a par1ir de la en1Je9a de iJs bienes $J del ¡:lllSE!(llB nsrunento. Octava. Confidencialidad. La doeumenlación que se proporcione al 'Proveedor' con motivo de la celebraclóo de este contrato. es propiedad de 'la Suprema Corte', por lo que el 'Proveedor', por si o a través de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a través de cualquier medio de comunlcacl6n. CllalQUler resultado o dato obtenido de los bíeoes objeto de este contrato simplificado. NcMlna. ~ ()SJa ~con~ que 'la SlftEl'lla Corte" poOOI da" por resci'dOO eJ JJ9Se1119 conlrati stl ra:esi:iad de que mec1e dedn:i(rl p;w, en caso de que el 'f'lolleab' ~de CU'nl* ruatµeta de las cblig¡r:bles que a5llTl9 en este cootr8lo pa causas que le seoo il'lpl.Jtali!s. o lien. en caso de ser~ de ernbar!J>, tuitJa estlllacla. cxn:mo JTl0lta'lll o~ M8 de dEára" la resdsO\ 'la SlftEl'lla c.im· frtibá pa e&m las CéllS3S respecWas al 'PrtMlaD" en su OOTii:iíJ sell¡jar;t) en la dedéraOOn 11.5 de• ~ coo QlíErl en el OCIO se El'QJElln, ~ l6l p1a1o de ~ d'ias httlles JlErll que mrieskl lo que a su <8ecto ~ aneKe lo! dooJtnenbl queesüne ocrMrier*9s y~ en su ca9:l, las puabas que estne pQlenlBs. VM::d> ese pla:zo el Olg<m ~19 de 'la Superna c.im· determllar8 sotre la f)OClldencla de la teSdsi6ri. kl que se ~ al ·~ en su danicilo sMafaclo en la declaraci6n 11.5 de ~ lnslru'nenil. Déána. Sl4)UllSIOs de ~ del cmrat>, civelros a la resasm 8 ~ <XJlfatJ pociá dcrse ra ~ al oon 1pien 101 ose su otJ¡to o tien de m<roera ¡r1tDpada aam exisl;rl CélJS8S ;.istiblas o razr.nis de illlrés genera en IMlinos de iJ ~ en bs Mí:ulos 148. 149, 150 y 151 del Ao..fltdo.Genlral de Aánli~m' Vl/2008. Declma Primera. Del fomento a la transparencia y de la protección de datos personales. Las partes están de acoordo en que el presente lnslromento constituye infoonación pubfica en lémlfnos de lo d1Spuesto en los articulas 1•, r y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la lnformaciOo Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podran realizar su consulta. De cxrilnnilad con b ~ en el mbi:> 71 del AaJelOO General de la Comisil:r1 de T ransparancia, Aw!tili a la lrtlrmm1 Pl'.dca Gl.tlernamenlal y ~ de DatlS P9"salales de la &.i¡¡rema Cate de JustiJa de la N<mi. del nue'lll de ).ío de dos ITil odio, relatiw a bs Ófgil')lS y ~ pera llAela' en el 8'lll:ilD de ese T ribooaf bs <lered'os de a:x:eso a la inloonaá'.ln, a la pivacldad y a la ~ de dalos pelSCllafes ~en el artkub 6º Cros1il.mlal. el 'f'lcMledc( se <dga a guardar Sl9CJ1lto y a ro ~ pa f1iV'.il meoo. a11 elet1'6nk:o. rl pa conferencias yfo ilbmes los d<*lS ~a que ~acceso con IT'dM> de la <*xlrnentackln que l1meje o cxmzx:a al des<rlOlw las a:t.ttldes OCj!to del preseru¡ cmtralo. En caso de~ 'la Superna Ccne' poOOI exigir el p¡q¡ a:m¡spcnlieule al 10% del monlo W de este ilslnment>. p:ir armp1o de pena ~ Dec:ima ~ Resoludón de~ Para efecto de la lnlerpretadón y c:urnpilrieOO de lo G$IÍlllA3clo en este ilslrumer*>. el 'PnMleda" se~ ~a las decisiones del Trbml Pleno de "la SUprema Cene' nn.nciando en foo'na expresa a GUa1QU1e." Otro fuero que en razón de su dorridllo o ~' 1e1YiJa1 o llegaren a iener. de coobm~ con lo lrld(;aOO en el ar1írulo 11, lracdOn XX de la Ley ~ del Poder JUdi:iá de la Federai'.n Las PEJ1llS acuefdM que~ notificación que ~que realzase de una pare a Olla. se reaf!Zlllá por escrto en el donlcilo ~ ha sell8!m en las dedaradooes L4 y 11.4 de este Í1Si\1Tlenk).

DOCina Timra. LegislacOl aptabla. El a:u:roo de vWltades ~en este hslnJnenk> ~ se !Vl por lo~ en la Conskroi Pób de los Eslados ~ Mexams, el Aaado GEJlera de~ vtarol, del "*tiro de~ de cbl mi odio, del CorrM de Gotierm y ~~aiór1 de la ~ Cone de Jusllcia de la NOOai y en b ro~ en estepa el CiJd9> ™Federa. CócJgo Federal de Plocecimie11klS CMes, Ley Federal de Pmsupuestl y ~ M1lnislralNas de bs seM:lores püttoos y la Ley Federa del Plocld1iel il> Mmistrlil\o, en lo a.n:iJoenle.

L P.ROVEE.DOR"

de ..fc)I) (~

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“En términos de lo previsto en los artículos 111, 116 y 120, primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I y el Capítulo IV del Título Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.”

“Este documento es parte integrante de la versión pública del Contrato Simplificado, correspondiente al procedimiento de contratación 4517002122”.