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I. Origen y función del Estado

II. Elementos del Estado de Derecho: (1)

El “imperio de la ley”

III. Elementos del Estado de Derecho: (2)

Separación de poderes

IV. Elementos del Estado de Derecho: (3)

Respeto irrestricto de los derechos

fundamentales

V. El Estado Constitucional de Derecho o

la “ley del más débil”

La ruta a seguir…

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III. Elementos del Estado de Derecho:

(2) Separación de poderes

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Poder Judicial

Poder Legislativo

Poder Ejecutivo

ESTADO

Separación de poderes

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IV. Elementos del Estado de Derecho:

(3) Respeto irrestricto de los derechos

fundamentales

Page 5: MTA3 Parte 2 (Revisado Por Jess-revisado)

Respeto irrestricto de los

derechos fundamentales • El respeto de los

derechos

fundamentales y su

consagración en las

normas principales

del Estado es lo que

permite que sea

considerado un

Estado de Derecho.

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Garantía de derechos

• El Estado de Derecho

asegura el cumplimiento

de las reglas y normas

• Nuestros derechos son

meras ilusiones si los

representantes del

Estado no aseguran su

cumplimiento

Fuente: El Otorongo, Diario Perú.21

Page 7: MTA3 Parte 2 (Revisado Por Jess-revisado)

Garantía de derechos

• Si nadie protege

nuestros derechos del

abuso que otros

ciudadanos puedan

hacer de ellos, entonces

es como si no los

tuviéramos

Puedes leer la noticia completa aquí

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Garantía de derechos

Estado de Derecho:

Garantía que brinda el estado a la ciudadanía

para que pueda gozar de una condición

jurídico-política que vele por el cumplimiento

de las leyes y normas que rigen la vida en

común.

Page 9: MTA3 Parte 2 (Revisado Por Jess-revisado)

Garantía de derechos

• El Estado

asegura el

cumplimiento de

las leyes

haciendo uso

legítimo de la

fuerza

únicamente a

través de sus

agentes

especializados:

las fuerzas

policiales y las

fuerzas armadas

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Garantía de derechos

• Ahora bien, ¿pero qué ocurre

cuando la labor del Estado y

sus autoridades no se limitan

únicamente a la recuperación

del orden público sino que

amenazan los derechos de las

personas?

Referencia de fotos: cliquea aquí

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IV

Estado constitucional de derecho o

la “ley del más débil”

Page 12: MTA3 Parte 2 (Revisado Por Jess-revisado)

Estado constitucional de derecho

• El “imperio de la ley”

asegura la vigencia

del Estado de

Derecho: la ley y la

protección del

ciudadano se

encuentran por

encima de cualquier

interés particular de

los representantes

del Estado

Fuente: El Otorongo, Diario Perú.21

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DEL ESTADO LEGISLATIVO AL ESTADO CONSTITUCIONAL

FICHA BIBLIOGRÁFICA No. 3:

“El Estado de derecho limitará no solo la acción del poder

judicial, que deberá fallar no solo acorde con la ley sino con lo

establecido por la Constitución (de ese modo, si la ley

contraviene la Constitución, deberá hacer prevalecer esta

última), sino que el poder legislativo no podrá generar cambio

alguno en su normativa si este resulta atentatorio de derechos

fundamentales, así sea el caso de que una mayoría requiriera

el cambio. Esa esfera compuesta por los derechos

fundamentales constituye el eje central sobre el que gira el

concepto actual de Estado de derecho (…).” (Fernández y

Zambrano 2010: 251)

Estado constitucional de derecho

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LA LEY DEL MÁS DÉBIL

FICHA BIBLIOGRÁFICA No. 4:

“Al establecer como exigencia principal el respeto irrestricto de

los derechos fundamentales y al contar con una norma

constitucional que coloca a la dignidad humana en la base de

nuestro sistema, se cierra el círculo hasta ahora presentado.

No existe norma más importante en el ordenamiento que la

Constitución; por tanto, todas las acciones que desde el poder

estatal se realicen tendrán como principal límite la vigencia de

los derechos fundamentales. El paradigma propuesto en la

actualidad no es más que la real consolidación de la idea de

Estado de derecho entendida como un Estado constitucional

democrático de derecho, es decir, la ley del más débil.”

(Fernández y Zambrano 2010: 251)

Estado constitucional de derecho

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LA LEY DEL MÁS DÉBIL

FICHA BIBLIOGRÁFICA No. 5:

“Los derechos fundamentales son siempre leyes del más débil,

contra la ley del más fuerte (…). Son derechos de los

individuos que sirven para protegerlos también (…) contra sus

culturas e incluso contra sus familias: que protegen a la mujer

contra el padre o el marido, al menor contra los padres, en

general a los oprimidos contra sus culturas opresivas.”

(Ferrajoli 2008: 56)

Estado constitucional de derecho

Page 17: MTA3 Parte 2 (Revisado Por Jess-revisado)

Estado constitucional de derecho

Esto obliga a que los

temas de dignidad

humana abandonen el

ámbito de las decisiones

políticas o de mercado

Ningún funcionario

del Estado puede

tomar decisiones que

involucren ir más allá

del límite que impone

la dignidad humana

El respeto irrestricto por la “ley

del más débil” garantiza el

igual respeto de los derechos

de por todos y todas las

ciudadanas

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A manera de reflexión final…

A) Revisa el siguiente gráfico… ¿cuál parecería ser la opinión de los

peruanos respecto de respetar el debido proceso establecido por ley?

Fuente: Carrión y Zárate 2010

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B) Ahora revisa

el siguiente

gráfico… ¿en

qué posición

se encuentra el

Perú?

Fu

en

te: C

arr

ión

y Z

ára

te 2

01

0

A manera de reflexión final…

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A manera de evaluación…

1. ¿Cuál es el riesgo que surge cuando decidimos no respetar

las leyes en caso de la captura de delincuentes?

2. ¿Por qué esta situación parece corresponder con la

transgresión de la “ley del más débil”?

3. ¿Qué nos revela estas encuestas sobre los peruanos y su

relación con el Estado de Derecho? ¿Qué nos dicen sobre

la manera en que entienden al Estado?

Reflexiona y responde teniendo en cuenta los temas

desarrollados en el MTA 3:

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• Los Estados modernos han sido creados para regular y administrar la

vida en común

• Esto se realiza a través del respeto e “imperio de la ley”, lo que evita

arbitrariedades de los gobernantes, ya que están sometidos a la

propia ley

• Así, el Estado de Derecho (basado en la ley) garantiza el

cumplimiento de los derechos fundamentales.

• Estos derechos están contemplados y promovidos por la Constitución,

lo que asegura el reconocimiento y respeto de la dignidad humana.

• Resultaría, entonces, más apropiado hablar de Estado Constitucional

de Derecho antes que únicamente Estado legislativo de derecho.

• Los derechos fundamentales son establecidos en las constituciones

como límites a las mayorías pues constituyen la “esfera de lo

indecidible”

Algunas conclusiones

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Si quieres conocer más…

Bibliografía sobre Estado de Derecho:

DÍAZ, Elías (1983) Estado liberal de derecho, pp. 23-42. En: Estado de derecho y

sociedad democrática. Madrid: Taurus.

FERRAJOLI, Luigi (2001) Estado de derecho: entre pasado y futuro. Ponencia

presentada en: VII Seminario Público: Cambio de paradigma en la filosofía política,

celebrado el 3 de abril del 2001 y organizado por la Fundación Juan March, Madrid,

España.

HOBBES, Thomas (2006) Leviatán, o la materia, forma y poder de una república

eclesiástica y civil. Traducción de Manuel Sánchez. 2a ed. en español. 14a

reimpresión. México D. F.: Fondo de Cultura Económica.

LUCAS VERDU, Pablo (1983) Estado liberal de derecho y Estado social de derecho.

Salamanca: Acta Salmantincensi.

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Si quieres conocer más…

MARÍN, Fabián (2008) Público y privado. Estudio sobre las transformaciones del

derecho, del Estado y de la empresa. Bogotá: Editorial Temis.

UGAZ, José (2003) Deterioro moral de la sociedad, educación y responsabilidad

ciudadana, pp. 41-50. En: Gheiler, Marcos (ed.). Psicoanálisis, educación y

responsabilidad social. Encuentro y reflexiones. Lima: Centro de Desarrollo Humano y

Creatividad.

Casos para profundizar en el tema:

Documental: “La Cantuta: en la boca del diablo” (2011)

Dirigido por Amanda Gonzales

Duración: 129 min.

http://www.youtube.com/watch?v=ciUe_l3hSYI

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Si quieres conocer más…

Casos para profundizar en el tema:

Documental “Nipon 96. Después del ruido” (2007)

Dirección: Jorge Luis González

Duración: 47 min.

http://www.youtube.com/watch?v=0QgdbVfmieA (parte 1)

http://www.youtube.com/watch?v=MZDuCXHhDhU (parte 2)

http://www.youtube.com/watch?v=BZrgutcfBvM (parte 3)

http://www.youtube.com/watch?v=vF4nSuhEvWQ (parte 4)

http://www.youtube.com/watch?v=juMFCbowiGA (parte 5)

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Bibliografía utilizada

CARRIÓN, Julio y ZÁRATE, Patricia (2010) Cultura política de la democracia en

Perú, 2010. Consolidación democrática en las Américas en tiempos difíciles. Lima:

Instituto de Estudios Peruanos – Vanderbilt University.

FERRAJOLI, Luigi (2008) Democracia y garantismo. Madrid: Trotta.

FERNÁNDEZ, Gisela y ZAMBRANO, Gustavo (2010) El Estado de derecho en la

construcción de la ciudadanía. En: MILLÁN, Armando y VÉLEZ, Odette (comp.),

Ética y Ciudadanía. Los límites de la convivencia. Lima: UPC.

HALL, Stuart (1984) The State in Question, pp. 1-28. En: Mc Lemman, Gregor; Held,

David y Hall, Stuart (eds.) The Idea of Modern State. Londres: Open University

Press.

REVISTA FAST (2014) (http://revistafast.wordpress.com/2009/12/11/%C2%BFson-

los-derechos-humanos-una-verdad-moral-laica-o-cristiana/) Sitio web de la Revista

Fé, arte, solidaridad y Tú; contiene artículos de opinión y fotos (consulta: 10 de abril)

WEBER, Max (2007) La política como profesión. Madrid: Editorial Espasa Calpe