Civica 2016 páginas 24 a 29

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La Familia en Panamá

Páginas 24 a 36

Fundamento legal de la Familia Panameña

Distintas tesis se han expuesto en la doctrina referente a la naturaleza jurídica y legal de la familia, dichas tesis van desde que consideran esta como una persona sólo de orden social ,capaz de adquirir derechos y contraer obligaciones.

La constitución Nacional de la República de Panamá y el Código de la Familia vigentes son las bases legales en que se desenvuelve la familia panameña.

El Matrimonio

¿Qué es el Matrimonio?

Es la sociedad del hombre y de la mujer que se unen para perpetuar su especie ,para ayudarse por medio del mutuo socorro, a llevar el peso de la vida, y para compartir su común destino.

Fundamento LegalEn nuestro país el tema

del matrimonio era visto inicialmente en el Código Civil, mediante la Ley 3 de 17 de mayo de 1994,nace el Código de la Familia y del Menor, el cual trata los temas del matrimonio y de la familia de manera individual

Clases de MatrimoniosMatrimonio CivilMatrimonio EclesiásticoMatrimonios Especiales:Matrimonio por poderMatrimonio en

inminente peligro de muerte

Matrimonio a bordo de un buque o aeronave

Matrimonio de hechoMatrimonio en los

grupos indígenas.

Matrimonio CivilEl Matrimonio Civil es

la unión entre un hombre y una mujer efectuada ante los funcionarios competentes según el estatuto de familia. Sus requisitos están determinados en el artículo 38 del Código de la Familia y del Menor.

Matrimonio Eclesiástico

Es el efectuado por la Iglesia Católica o cualquier otro culto religioso que tenga personería jurídica en la República y no surtirá efectos civiles cuando esté precedido por el matrimonio civil.

Matrimonio Por Poder“El matrimonio podrá

contraerse compareciendo ante el funcionario y dos testigos sin tacha legal, uno de los contrayentes y la persona a quien el ausente le hubiese otorgado poder especial por escritura pública pero siempre será necesaria la asistencia del contrayente domiciliado”.

Matrimonio en inminente peligro de muerte.

Cuando uno o ambos contrayentes se encontrasen en urgente peligro de muerte,el funcionario correspondiente en presencia de dos testigos capaces,realizará la ceremonia pasando por alto todo tipo de formalidades,incluso la lectura de los deberes y derechos de los consortes.

Matrimonio a bordo de un Buque o Aeronave

“Los capitanes de nave con bandera panameña celebrarán los matrimonios que se efectúen a bordo de un buque en un viaje ,por mar, cualquiera que fuese la nacionalidad de los contrayentes, en presencia de dos testigos idóneos”.

Matrimonio de Hecho

Cuando un hombre y una mujer legalmente aptos para contraer matrimonio, convivan seguidamente durante cinco años en condiciones de singularidad y permanencia , se darán todos los efectos del matrimonio civil.

Matrimonio de los Grupos Indígenas

Dentro del grupo Kuna,el Sáhila es el que tiene la potestad para llevar a cabo el casamiento en la región de la Comarca de San Blas. Este matrimonio no deberá cumplir con los procedimientos comunes.

Divorcio o AnulaciónEl matrimonio se

disuelve por muerte de uno de los cónyuges, por divorcio y por nulidad.

El divorcio es la disolución legal del contrato o vínculo matrimonio, hecha por funcionarios competentes.

Formas de Disolver el Matrimonio

El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro,o de sus hijos,hijas,hijastros o hijastras.

El trato cruel fisico o psíquico si con el se hace imposible la paz y el sosiego doméstico.

La embriaguez habitual.

Efecto del DivorcioSe disuelve el vínculo

matrimonial a partir de su inscripción en el Registro Civil.

La declaración de divorcio no priva a los hijos de las ventajas asignadas por la ley .

En la sentencia que declare el divorcio,el juez puede otorgar pensió alimenticia a favor del cónyuge inocente.

Patria Potestad“La patria potestad

es el conjunto de deberes y derechos que tienen los padres en relación con los hijos”.

Los padres están obligados a alimentar, educar y proteger a sus hijos para que obtengan una buena crianza.

Artículo 319 del Código de la Familia y del menor

Velar por su vida y salud, tenerlos en compañía, suplir sus necesidades afectivas, alimentarlos,educarlos y procurarles una educación integral.

Corregirlos razonable y moderadamente

Representarlos y administrar sus bienes.

Paternidad Responsable

El estado panameño ha promulgado la ley número 39 del 30 de abril de 2003,que modifica y adiciona artículos del Código de la Familia, sobre el reconocimiento de la paternidad.