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-EIPé!ua;o Lima, sábado6 de d~iembre de 2008 ---- n , .___.__........_.._._.... =,==--=>M~_=..c = W NORMAS LEGALES del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos: 384658 Designan Dirección Dirección Personas Director Ejecutivo de la de Calidad en Salud de la General de Salud de las RESOLUCiÓN MINISTERIAL N° 860-2008/MINSA Lima, 5 de diciembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 528-2005/MINSA. del 8 de julio de 2005. se aprobó la modificación y reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal de la Administración Central del Ministerio de Salud y en la Dirección General de Salud de las Personas está consignado el cargo de Director Ejecutivo de la Dirección de Calidad en Salud. cuya plaza se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente; Que. por convenir al servicio es necesario designar al profesional correspondiente en el cargo vacante; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Jurídica y del Viceministro de Salud; y. De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento. aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Ley N° 29142. Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley N° 27594, Ley que regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos: SE RESUELVE' Articulo Único.- Designar al médico cirujano LUIS VICENTE GARCiA CORCUERA. en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4. de la Dirección de Calidad en Salud de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud. Registrese. comuniquese y publiquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 287933-5 Designan Asesor 1 de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCiÓN MINISTERIAL N° 861-2008/MINSA Lima. 5 de diciembre del 2008 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Ministerial N° 528-2005/MINSA. del 8 de julio de 2005. se aprobó la modificación y reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal de la Administración Central del Ministerio de Salud y en la Oficina General de Salud de Asesoría Jurídica está consignado el cargo de Asesor 1.cuya plaza se encuentra vacante y cuenta con el financiamiento correspondiente; Que, por convenir al servicio es necesario designar a la profesional correspondiente en el cargo vacante; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos. de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud: y. De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento. aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Ley N° 29142. Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, Ley N° 27594, Ley que regula la Participación SE RESUELVE: Articulo Único.- Designar a la abogada FABIOLA MARI ELLA SALAZAR ACOSTA. en el cargo de Asesor 1, Nível F-4, de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 287933-6 Modifican el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre DECRETO SUPREMO N° 045-2008-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del artículo 16° de la Ley N° 27181, Ley General de Transportey Tránsito Terrestre,el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre. encontrándose dentro de sus competenciasnormativasla de dictar los reglamentos nacionales establecidos en la citada Ley, así como las que sean necesariaspara el desarrollo del transportey el ordenamientodel tránsito: Que el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo W 040-2008-MTC, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para acceder a las licencias de conducir de vehículos automotores y no motorizados por las vías públicas terrestres a nivel nacional y su clasificación. asi como las condiciones, requisitos y procedimientos para la autorización y funcionamiento de las EscuelBs de Conductores, asi como sus obligaciones y régimen sancionador aplicable a las mismas; Que, resulta necesaria la modificación de citado reglamento en lo concemiente a los requisitos para obtener las licenciasde conducir de Clase B en todas sus categorías, toda vez que se advierte que algunos de ellos no redundan directamente en la mejora de la prestación del servicio de transporte terrestre en vehículos livianos motorizados; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118°de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27181,Ley Generalde Transportey TránsitoTerrestrey el DecretoSupremoW 040-2008-MTC; DECRETA: Artículo 1°._ Modificación del Reglamento Nacional de lícencias de Conducir Vehículos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2008-MTC Modifíquese el artículo 13° correspondiente a las licencias de conducir de la Clase B. Categoria 11 del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y No Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo W 040-2008-MTC. en los siguientes términos:

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Page 1: -EIPé!ua;o W NORMAS LEGALES - …transparencia.mtc.gob.pe/idm_docs/normas_legales/1_0_1614.pdf · Que, con Decreto Supremo N° 044-2008-MTC se aprobó la actualización del Clasificador

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Lima, sábado6 de d~iembrede 2008----n , .___.__........_.._._.... =,==--=>M~_=..c =W NORMAS LEGALES

del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación deFuncionarios Públicos:

384658

DesignanDirecciónDirecciónPersonas

Director Ejecutivo de lade Calidad en Salud de laGeneral de Salud de las

RESOLUCiÓN MINISTERIALN° 860-2008/MINSA

Lima,5 de diciembre del 2008

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 528-2005/MINSA.del 8 de julio de 2005. se aprobó la modificación yreordenamiento del Cuadro para Asignación de Personalde la Administración Central del Ministerio de Salud yen la Dirección General de Salud de las Personas estáconsignado el cargo de Director Ejecutivo de la Direcciónde Calidad en Salud. cuya plaza se encuentra vacante ycuenta con el financiamiento correspondiente;

Que. por convenir al servicio es necesario designar alprofesional correspondiente en el cargo vacante;

Con las visaciones del Director General de la OficinaGeneral de Gestión de Recursos Humanos. de la DirectoraGeneral de la Oficina General de Asesoria Jurídica y delViceministro de Salud; y.

De conformidad con lo previsto en el Decreto LegislativoN° 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público y su Reglamento.aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Ley N°29142. Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2008, Ley N° 27594, Ley que regula la Participacióndel Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación deFuncionarios Públicos:

SE RESUELVE'

Articulo Único.- Designar al médico cirujano LUISVICENTE GARCiA CORCUERA.en el cargo de DirectorEjecutivo, Nivel F-4. de la Direcciónde Calidad en Saludde la Dirección General de Salud de las Personas delMinisteriode Salud.

Registrese. comuniquese y publiquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

287933-5

Designan Asesor 1 de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica del Ministerio

RESOLUCiÓN MINISTERIALN° 861-2008/MINSA

Lima. 5 de diciembre del 2008

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Ministerial N° 528-2005/MINSA.del 8 de julio de 2005. se aprobó la modificación yreordenamiento del Cuadro para Asignación de Personalde la Administración Central del Ministerio de Salud y enla Oficina General de Salud de Asesoría Jurídica estáconsignado el cargo de Asesor 1.cuya plaza se encuentravacante y cuenta con el financiamiento correspondiente;

Que, por convenir al servicio es necesario designar a laprofesional correspondiente en el cargo vacante;

Con las visaciones del Director General de la OficinaGeneral de Gestión de Recursos Humanos. de la DirectoraGeneral de la Oficina General de Asesoría Jurídica y delViceministro de Salud: y.

De conformidad con lo previsto en el Decreto LegislativoN° 276. Ley de Bases de la Carrera Administrativa y deRemuneraciones del Sector Público y su Reglamento.aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM; Ley N°29142. Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2008, Ley N° 27594, Ley que regula la Participación

SE RESUELVE:

Articulo Único.- Designar a la abogada FABIOLAMARI ELLA SALAZAR ACOSTA. en el cargo de Asesor 1,Nível F-4, de la Oficina General de Asesoria Juridica delMinisterio de Salud.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

OSCAR RAUL UGARTE UBILLUZMinistro de Salud

287933-6

Modifican el Reglamento Nacionalde Licencias de Conducir VehículosAutomotores y No Motorizados deTransporte Terrestre

DECRETO SUPREMON° 045-2008-MTC

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, de conformidadcon el literal a) del artículo 16°de la Ley N° 27181,Ley General de Transportey TránsitoTerrestre,el Ministeriode Transportesy Comunicacioneses el órgano rector a nivel nacional en materia detransporte y tránsito terrestre. encontrándose dentro desus competenciasnormativasla de dictar los reglamentosnacionales establecidos en la citada Ley, así como lasque sean necesariaspara el desarrollodel transportey elordenamientodel tránsito:

Que el Reglamento Nacional de Licencias deConducir Vehículos Automotores y No Motorizados deTransporte Terrestre, aprobado por Decreto SupremoW 040-2008-MTC, regula las condiciones, requisitosy procedimientos para acceder a las licencias deconducir de vehículos automotores y no motorizadospor las vías públicas terrestres a nivel nacional y suclasificación. asi como las condiciones, requisitos yprocedimientos para la autorización y funcionamientode las EscuelBs de Conductores, asi como susobligaciones y régimen sancionador aplicable a lasmismas;

Que, resulta necesaria la modificación de citadoreglamento en lo concemiente a los requisitos paraobtener las licenciasde conducirde Clase B en todas suscategorías,toda vez que se advierteque algunos de ellosno redundan directamenteen la mejora de la prestacióndel servicio de transporte terrestre en vehículos livianosmotorizados;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) delartículo 118°de la Constitución Política del Perú, la LeyN°27181,LeyGeneralde Transportey TránsitoTerrestreyel DecretoSupremoW 040-2008-MTC;

DECRETA:

Artículo 1°._Modificación del Reglamento Nacionalde lícencias de Conducir Vehículos Automotores y NoMotorizados de Transporte Terrestre, aprobado porDecreto Supremo N° 040-2008-MTC

Modifíquese el artículo 13° correspondiente a laslicencias de conducir de la Clase B. Categoria 11delReglamento Nacional de Licencias de Conducir VehiculosAutomotores y No Motorizados de Transporte Terrestre,aprobado por Decreto Supremo W 040-2008-MTC. en lossiguientes términos:

Page 2: -EIPé!ua;o W NORMAS LEGALES - …transparencia.mtc.gob.pe/idm_docs/normas_legales/1_0_1614.pdf · Que, con Decreto Supremo N° 044-2008-MTC se aprobó la actualización del Clasificador

ElPeruanoLima,sábado6dediciembrede2008

, oo." -...........--..-..-.......

-.-.-..--.-..---.....W NORMAS LEGALES

-.-.---..-..-.-...-..-.-.......------..-..........-.

"Artículo 13°,_ Requisitos para obtener licencias deconducir

(".)

CLASE B

Categoría II-a o ba) Edad minima. 18 años.b) Primaria completa.c) Certificado Médico de Aptitud Psícosomática.d) Certificado de aprobación del examen de normas de

tránsito

e) Aprobar el examen de manejo para la categoria.f) Pago por derecho de tramitación

Categoria II-ca) Edad minima, 18 años.b) Primaria completa.c) Certificado Médico de Aptitud Psicosomática.d) Certificado de capacitación del conductor en

transporte de personas para licencias de Conducir de laClase B.

e) Aprobar el examen de manejo para la categoría.f) Pago por derecho de tramitación"

(.,)

Articulo 2°.-Entrada en vigenciaEl presente Decreto Supremo entrará en vigencia

al dia siguiente de su publicación en el Diario Oficial ElPeruano.

Articulo 3°.-RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno. en lima, a los cinco díasdel mes de diciembre del año dos mil ocho.

ALAN GARCiA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ENRIQUE CORNEJO RAMíREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

287970-8

Reclasifican jerarquía de la Ruta N"PE-20 en tramo comprendido: Ov 200Millas - Av. Gambeta - Pto. Callao, deRuta Nacional a Ruta Departamental oRegional Código CL-lOO

RESOLUCiÓN MINISTERIALN" 887-2008 MTC/02

lima. 5 de diciembre de 2008

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2007-MTC.se aprobó el Reglamento de Jerarquización Vial (enadelante el Reglamento), el cual contiene los criterios declasificación de vías destinados a orientar las decisionesde inversión y operación de éstas en función de los rolesque establece; así como los criterios para la declaración deáreas o vías de acceso restringido;

Que. el articulo 9° del Reglamento dispone quecorresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones,a través de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles.efectuar la Clasificación de las Carreteras que conformanel Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), en aplicacióna los criterios establecidos en el referido Reglamento;

Que, de acuerdo al articulo 15° del Reglamento,el Ministerio de Transportes y Comunicaciones es elresponsable de elaborar la actualización del Clasificadorde Rutas que se aprobará mediante decreto supremo y lasmodificaciones serán aprobadas por resolución mínisterialdel Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

384659

Que, con Decreto Supremo N° 044-2008-MTC seaprobó la actualización del Clasificador de Rutas delSistema Nacional de Carreteras (SINAC);

Que. medíante Memorándum N° 4308-2008-MTC/14la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, hacesuyo el Informe N" 611-2008-MTC/14.07 de la Direcciónde Caminos que señala que de la evaluación efectuada ala Ruta de la Red Vial Nacional, Ruta PE-20. Trayectoria:Emp. PE-1 N (Ov. Naranjal) - Parque Ejércíto Peruano -Ov. 200 Millas - Av. Gambeta - Pto. Callao; en aplicaciónde los criterios de jerarquización establecidos en el articulo8° del Reglamento. se advierte que la indicada Ruta aúnno se encuentra debidamente consolidada como partede la Red Vial Nacional, que articula el Puerto del Callaocon los principales centros de producción y consumo;asimismo. al existir otras vias que también dan accesoal indicado Puerto, por el momento sus caracteristicasestán relacionadas principalmente con la facilitación deltransporte de personas y el intercambio comercial decarácter departamental o regional, por lo que correspondela reclasificación de la jerarquia de la Ruta N" PE-20. en elTramo: Ov. 200 Millas - Av. Gambeta - Pto. Callao. de laRed Vial Nacional a la Red Vial Departamental o Regional,integrándose a la Ruta Departamental o Regional Código:CL-100;

De conformidad con lo dispuesto en el DecretoSupremo N° 017-2007-MTC y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC;

SE RESUELVE:

Articulo Único.- Reclasificar la jerarquia de laRuta N" PE-20. en el tramo comprendido: Ov. 200Millas - Av. Gambeta - Pto. Callao, de Ruta NacionalaRuta Departamental o Regional Código: CL-100. Enconsecuencia. la Ruta Departamental CL-100. asumirála siguiente Trayectoria: Emp. PE-1N (I.V. Zapallal)- Ventanilla- Ov. 200 Millas - Pto. Callao. Asimismo, laRuta PE-20 quedarácon la Trayectoria:Emp.PE-1N (Ov.Naranjal)- Parque Ejército Peruano- Emp. CL-100 (Ov.200 Millas).

Registrese, comuniquese y publíquese.

ENRIQUE CORNEJO RAMIREZMinistro de Transportes y Comunicaciones

287737-1

Aprueban renovación de vigencia dehomologación de diversos equipos paramedición de emisiones vehiculares

RESOLUCiÓN DIRECTORAl. N° 096-2008-MTC/16

lima, 19 de noviembre de 2008

Vista. la solicitud presentada por la empresa SISTEMAAUTOMOTRIZ S.R.L. para que se renueve el plazo devigencia de la homologación de los equipos: Analizadorde Cuatro Gases. marca Pierburg Instruments Hermann.modelo: HGA 400 4 GR; Analizador de Cuatro Gases,marca Pierburg Instruments Hermann, modelo: MHC 218;y. del Opacimetro, marca Pierburg Instruments Hermann,modelo DO 285; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2001-MTC.se establecieron los Limites Máximos Permisibles deemisiones contaminantes de vehiculos automotores quecirculen en la Red Vial, determinándose la obligaciónde homologar y autorizar los equipos a ser usados enel Control Oficial de estos limites por las autoridadescompetentes, a fin de asegurar la calidad y confiabilidadde las mediciones para dicho control;

Que. por Decreto Supremo N° 007-2002-MTC del 28de febrero de 2002. se estableció el procedimiento parahomologación y autorización de equipos a utilizarse en el