Aceites trafico

35
Programa Educativo: TSU en Desarrollo de Negocios área Logística y Transporte Grupo: 4.1 Asignatura: Trafico Nacional Unidad Temática: II. Leyes y reglamentos sobre la transportación de bienes en el mercado nacional Tipo de Instrumento: Entrenamiento 2.1 Profesor: José Luis Corona Hernández Integrantes: Catillo García Jorge Edgar Torres Rivera Jorge Arturo Universidad Tecnológica de San Luis Potosí Programas educativos de calidad

Transcript of Aceites trafico

Page 1: Aceites trafico

Programa Educativo: TSU en Desarrollo de Negocios área Logística y

Transporte

Grupo: 4.1

Asignatura: Trafico Nacional

Unidad Temática: II. Leyes y reglamentos sobre la transportación de bienes en

el mercado nacional

Tipo de Instrumento: Entrenamiento 2.1

Profesor: José Luis Corona Hernández

Integrantes:

Catillo García Jorge Edgar

Torres Rivera Jorge Arturo

Fecha de entrega: 11 de Octubre de 2012

Universidad Tecnológica de San Luis Potosí Programas educativos de calidad acreditados

por CACEI y CACECA

Page 2: Aceites trafico

Aceites industriales S.A de C.V está instalando su operación en san Luis potosí y está preparando su operación para la entrega de lubricante a GM en su planta de ensamble, el lubricante es un aceite automotriz SAE 15 W 40 y lo entrega en embases de plásticos.Con esta información resuelve lo siguiente:El lubricante se recibirá en Altamira en un contenedor a granel de un servicio multimodal se deberá trasladar de Altamira a san Luis potosí a la planta de aceites industriales S.A de C.V Indica al gerente de trafico cuales son los requisitos que se debe cumplir para hacer el traslado de lubricante por vía terrestre del puerto a la planta de acuerdo al reglamente y a la norma para el transporte terrestre de materiales y residuos peligrosos.Así mismo instalara una maquina de inyección que tiene exceso de dimensiones su peso es de 40 toneladas y las siguientes dimensiones 3 mts de alto, 7 mts, de largo y 4 mts de ancho.

REGLAMENTO PARA EL TRANSPORTE TERRESTRE DE MATERIALES Y RESIDUOSPELIGROSOS

Articulo contenido Como aplica1

El presente ordenamiento tiene por objeto regular el transporte terrestre de materiales yResiduos peligrosos.No es materia de este Reglamento, el transporte terrestre de materiales peligrososrealizado por las fuerzas armadas mexicanas, el cual se regula por las disposiciones

Normativas aplicables.5 Para transportar

materiales y residuos peligrosos por las vías generales de comunicaciónterrestre, es necesario

Solo el transportista deberá ir a bordo del camión, estrictamente no deberá traer acompañantes ni productos que lo puedan distraer, entre otros.

Page 3: Aceites trafico

que la Secretaría así lo establezca en el permiso otorgado a lostransportistas, sin perjuicio de las autorizaciones que otorguen otras dependencias delEjecutivo Federal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables. Las condiciones De operación se sujetarán a las disposiciones establecidas en este Reglamento.

8 Considerando sus características, las substancias peligrosas se clasifican en:CLASE DENOMINACION1 Explosivos.2 Gases comprimidos, refrigerados, licuadosO disueltos a presión.3 Líquidos inflamables.4 Sólidos inflamables.5 Oxidantes y peróxidos orgánicos.6 Tóxicos agudos (venenos) y agentes infecciosos.7 Radiactivos.8 Corrosivos.9 Varios.

El lubricante entra en la clasificación de este articulo

10Clase 3 o líquidos inflamables. Son mezclas o líquidos que contienen substancias sólidas ensolución o suspensión, que despiden vapores

Page 4: Aceites trafico

inflamables a una temperatura no superior a60.5°C en los ensayos en copa cerrada o no superiores a 65.6°C en copa abierta. Lassubstancias de esta clase son:Líquidos que presenten un punto de ebullición inicial igual o menor de 35°C.Líquidos que presentan un punto de inflamación (en copa cerrada) menor de 23°C y un punto inicial de ebullición mayor de 35°C.Líquidos que presentan un punto de inflamación (en copa cerrada) mayor o igual 23°C, Menor o igual de 60.5°C y un punto inicial de ebullición mayor a 35°C.

19El envase y embalaje de substancias y residuos peligrosos deberá cumplir con la clasificación, tipos y disposiciones de las normas correspondientes.

21 El envase y embalaje, antes de ser llenado y entregado para su transporte, deberá serInspeccionado por el expedidor de la substancia o residuo peligros para cerciorarse de que no presenta corrosión, presencia de

Page 5: Aceites trafico

materiales extraños u otro tipo de deterioro.

22 Los envases y embalajes deberán estar cerrados para que una vez preparados para suExpedición, no sufran en condiciones normales de transporte, algún escape debido a cambios de temperatura, humedad o presión.

25 Los envases y embalajes interiores deberán estar colocados en un envase y embalajeExterior, a fin de que en condiciones normales de transporte, no puedan romperse, perforarse ni dejar escapar su contenido al envase o embalaje exterior.

31 Con objeto de identificar a distancia las substancias o residuos peligrosos y reconocer suRiesgo, así como la designación oficial para su transporte, cada envase y embalaje deberá contar con la etiqueta o etiquetas correspondientes, cuyas características estarán señaladas en las normas respectivas.

32 Todo envase y embalaje destinado a transportar substancias o residuos peligrosos deberá llevar marcas indelebles, visibles y legibles que certifiquen que están

Page 6: Aceites trafico

fabricados conforme a las normas respectivas.

34 Los auto tanques, unidades de arrastre, recipientes intermedios para granel y contenedorescisterna deberán construirse o reconstruirse de conformidad con las normas respectivas, las que establecerán los elementos estructurales, componentes y revestimientos que se deban utilizar, los que deberán ser compatibles con las substancias o residuos peligrosos a transportar, y con características tales que no alteren o modifiquen sus propiedades. Las unidades mencionadas deberán contar con aditamentos de emergencia y dispositivos deprotección, a fin de ofrecer la máxima seguridad, de conformidad con norma respectiva

El contenedor a granel utilizado deberá contar con adiciones de emergencia y protección para mantener seguridad tanto de la mercancía así como del transportista.

35 La construcción, reconstrucción y reparación de auto tanques, unidades de arrastre, recipientes intermedios para granel y contenedores cisterna, deberán sujetarse al proceso de certificación y verificación de conformidad con las normas.

Page 7: Aceites trafico

37 Para su identificación, los camiones, las unidades de arrastre, contenedores cisterna y recipientes intermedios para granel destinados al transporte de materiales y residuos peligrosos, tendrán una placa de metal inoxidable permanentemente fija en un lugar de fácil acceso para la inspección, y en el formato que determinen las normas correspondientes.

El camión deberá portar su placa según las especificaciones del a norma y posicionada en un lugar visible pará su inspección.

39 Las unidades de arrastre que transporten o contengan remanentes de substancias o residuos peligrosos, deberán portar los carteles correspondientes y ser manejadas con los mismos requisitos de seguridad establecidos para las unidades cargadas. Cuando setrasladen remanentes de dos o más substancias o residuos peligrosos, en el cartel sólo se citarán a dos de los que tengan mayor grado de peligrosidad en relación a los otros y el símbolo utilizado por el cartel deberá ser el de mayor peligrosidad, seguido por el riesgo secundario.

40 Las claves para identificar el tipo de recipiente intermedio para granel, así como los

Page 8: Aceites trafico

materiales del mismo se especificarán en la norma respectiva.

50 Para el transporte de materiales y residuos peligrosos, el transportista y el expedidor de la carga, deberán tener las autorizaciones correspondientes que en el ámbito de su competencia emitan la Secretaría y demás dependencias del Ejecutivo Federal, de conformidad con las disposiciones legales aplicables.

Tanto el transportista como el expedidor de la carga deberán tener las autorizaciones correspondientes emitidas por la secretaria.

52 En el traslado de materiales y residuos peligrosos será obligatorio que en la unidad detransporte se cuente con los siguientes documentos:

Documentos de embarque del material o residuo peligroso

Documento que avale la inspección técnica de la unidad

Manifiesto de entrega, transporte y recepción, para el caso de transporte de residuos

peligrosos, expedido por la Secretaría de Desarrollo SocialI. Licencia federal de conducir específica para

En este caso deberá contar con: I. Documentos de embarque del material o residuo peligroso;II. "información de emergencia en transportación", que indique las acciones a seguir enCaso de suscitarse un accidente,De preferencia en una carpeta-portafolios que contenga losDemás documentos;III. Documento que avale la inspección técnica de la unidad;IV. Manifiesto de entrega, transporte y recepciónV. Autorización respectiva, para el caso de importación y exportación de materialesPeligrosos; yVI. Manifiesto para casos de derrames de residuos peligrosos por accidenteVII. Los demás que se establezcan en las normas.

Page 9: Aceites trafico

el transporte de materiales peligrosos;II. Bitácora del operador relativa a la inspección ocular diaria de la unidad.III. Bitácora del operador relativa a la inspección ocular diaria de la unida.IV. Póliza de seguro individual o conjunto del auto transportista y del expedidor del material o residuo peligroso.V. Documento que acredite la limpieza y control de remanentes de la unidad, cuando ésta se realice. La limpieza sólo será obligatoria por razones de incompatibilidad de los productos a transportar.

57 En caso de accidente, tales como fugas, derrames, incendios u otros, el operador de launidad de autotransporte o tripulación ferroviaria deberán aplicar las medidas de seguridaddetalladas en la "Información de emergencia en transportación", cuyo diseño y contenidodeberá apegarse a la norma que al efecto expida la Secretaría

59 No deberá abrirse ningún envase y embalaje, recipiente intermedio para granel, contenedor, contenedor cisterna, auto tanque o unidad de

Page 10: Aceites trafico

arrastre entre los puntos de origen y destino excepto en casos en que se presuma un riesgo, para lo cual se deberá actuar de acuerdo a lo previsto en la "Información de emergencia en transportación".

60 Los operadores de vehículos se abstendrán de realizar paradas no justificadas, que no estén contempladas en la operación del servicio, así como circular por áreas centrales de ciudades y poblados. Al efecto, utilizarán los libramientos periféricos cuando éstos existan

El operador no deberá realizar paradas injustificadas o programadas, ni circular por vías centrales a la ciudad o poblados.

62 Se prohíbe purgar al piso o descargar en el camino, calles o en instalaciones no diseñadas para tal efecto; así como ventear innecesariamente cualquier tipo de material o residuo peligroso.

65 Para que una unidad que transporta materiales o residuos peligrosos pueda estacionarse enLa vía pública, el conductor además de cumplir con las disposiciones de tránsito vigentes, deberá asegurarse que la carga esté debidamente protegida de conformidad con las indicaciones del expedidor, a fin de evitar

Page 11: Aceites trafico

que personas ajenas a la transportación manipulen indebidamente el equipo o la carga de tal forma que pudieran propiciar accidentes.

66 Las unidades que transporten materiales o residuos peligros, por ningún motivo podrán estacionarse cerca de fuego abierto, o de incendio.

67 Si durante el transporte del material o residuo peligroso se presentan condiciones meteorológicas adversas, que impidan la visibilidad a una distancia aproximada de 50 metros, tales como tormenta eléctrica, lluvias intensas, niebla cerrada y presencia de vientos fuertes, el conductor del vehículo deberá estacionarlo, absteniéndose de hacerlo en pendientes, declives, curvas, puentes, cruceros, túneles, cruces de ferrocarril, cerca de instalaciones eléctricas de alta tensión u otro lugar que presente peligro para la carga.

68 Cuando por cualquier circunstancia se requiera estacionamiento nocturno en carretera se deben colocar triángulos de seguridad tanto en la parte delantera, como trasera, a la distancia

Page 12: Aceites trafico

que permita a los otros usuarios del camino tomar las precauciones necesarias.

93 El manejo de unidades que contengan materiales y residuos peligrosos, deberán realizarse para su estacionamiento, embarque o desembarque, fuera de áreas pobladas

104 En la carta porte se establecerá claramente el destino final del residuo generado y se notificará a las autoridades correspondientes

110El seguro deberá amparar el traslado de la carga desde el momento en que salga de las instalaciones del expedidor o generador hasta que se reciba en las instalaciones señaladas como destino final.

Page 13: Aceites trafico

CLASE 3 LIQUIDOS INFLAMABLES

UBICACION DEL CARTEL.

Se utilizara una pipa para el traslado del aceite que hará su recorrido ya sea por la carretera federal numero 70 y una segunda opción la carretera federal numero 80 aproximadamente en 5 horas y 5 horas 21 minutos respectivamente

Page 14: Aceites trafico

REGLAMENTO SOBRE EL PESO, DIMENSIONES Y CAPACIDAD DE LOS VEHICULOS DEAUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LOS CAMINOS Y PUENTES DEJURISDICCION FEDERAL

Articulo Contenido Como se aplicaARTICULO 1 presente Reglamento tiene

por objeto regular el peso, dimensiones ycapacidad a que se deben sujetar los vehículos de autotransporte de pasajeros, de turismo y deCarga que transiten en los caminos de jurisdicción federal.

De acuerdo a la ley, para mover mercancías con excesos de dimensiones deberás estar informado de la capacidad total y dimensiones que deba contener el transporte, peso y porque carreteras debes pasar para no cometer alguna sanción e incumplimiento de las leyes de nuestro país.

ARTICULO 3 Compete a la Secretaría la aplicación del presente Reglamento, sin perjuicio deLa competencia que corresponda a otras dependencias de la Administración Pública Federal.

La secretaría de comunicaciones y transporte es la responsable de que se cumpla esta norma sin dañar a otra dependencias públicas federales.

ARTICULO 4 Las características o especificaciones de los vehículos se emitirán como normaEn los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

La ley federal sobre Metrología y Normalización en su ARTÍCULO 40 nos dice.- Las normas oficiales mexicanas tendrán como finalidad establecer VI. Las características y/o especificaciones que deban reunir los aparatos, redes y sistemas de comunicación, así como vehículos de transporte, equipos y servicios conexos para proteger las vías generales de comunicación y la seguridad de sus usuarios; XVII. Las características y/o especificaciones, criterios y procedimientos para el manejo, transporte y confinamiento de materiales y residuos industriales peligrosos y de las sustancias radioactivas-

ARTICULO 5 El peso, dimensiones y En caso de no cumplir con las

Page 15: Aceites trafico

capacidad máximos de los vehículos, así como lasconfiguraciones o combinaciones vehiculares, según el tipo de caminos y puentes por el quetransiten, y la presión de inflado de las llantas, se ajustarán a las normas correspondientesExpedidas de conformidad con lo previsto en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.Las violaciones a este Reglamento y las normas oficiales mexicanas correspondientes, seránSancionadas conforme a lo establecido en la Ley y este Reglamento.

normas de pesos y medidas máximos las sanciones vienen descritas en el ARTÍCULO 112.- El incumplimiento a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones derivadas de ella, será sancionado administrativamente por las dependencias conforme a sus atribuciones y en base a las actas de verificación y dictámenes de laboratorios acreditados que les sean presentados a la Dependencia encargada de vigilar el cumplimiento de la norma conforme lo establecido en esta Ley. Sin perjuicio de las sanciones establecidas en otros ordenamientos legales, las sanciones aplicables serán las siguientes: I. Multa; Fracción reformada DOF 20-05-1997 II. Clausura temporal o definitiva, que podrá ser parcial o total; III. Arresto hasta por treinta y seis horas; Fracción reformada DOF 20-05-1997 IV. Suspensión o revocación de la autorización, aprobación, o registro según corresponda; y Fracción reformada DOF 20-05-1997 V. Suspensión o cancelación del documento donde consten los resultados de la evaluación de la Conformidad, así como de la autorización del uso de contraseñas y marcas registradas.

ARTICULO 6La clasificación de los caminos y puentes para los efectos de

De acuerdo a esta ley el transporte de carga del

Page 16: Aceites trafico

este Reglamento,se sujetará a lo establecido en el Apéndice del mismo.Los tracto camiones y camiones que requieran transitar de una carretera a otra tipo “A”, “B” o “C” en una longitud mayor de 50 km, y hasta 150 km, deben contar en la parte superior con luces blancas dedestello, y los semirremolques y remolques con cintas reflejantes y luces blancas, que demarquen los costados y gálibos del vehículo, conforme a la norma correspondiente.

problema pasara por una carretera tipo ETCARRETERA TIPO ET:Son aquellas que forman parte de los ejes de transporte que establezca la Secretaría, cuyascaracterísticas geométricas y estructurales permitan la operación de todos los vehículosautorizados con las máximas dimensiones, capacidad y peso, así como de otros que por interésgeneral autorice la Secretaría, y que su tránsito se confine a este tipo de caminos.O una segunda opción carreta de tipo ACARRETERA TIPO ASon aquéllas que por sus características geométricas y estructurales permiten la operación detodos los vehículos autorizados con las máximas dimensiones, capacidad y peso, exceptoAquellos vehículos que por sus dimensiones y eso sólo se permitan en las carreteras tipo ET.

Debido a que en el caso proporcionado no se especifica si la maquinaria de inyección sale también de Altamira a San Luis potosí estas son las dos opciones en caso de así serlo:

Primera opción

Page 17: Aceites trafico

Segunda opción

ARTICULO 7 La Secretaría en caso de que las condiciones técnicas de los caminos y puentesno sean adecuados, o bien por grave daño a los mismos, podrá modificar temporalmente suUso.

Si se encuentran carreteras en mal estado la SCT tiene la capacidad de modificar el uso de otras carretas temporalmente para el beneficio de los transportistas.

ARTICULO 8 La Secretaría vigilará, verificará e inspeccionará que la capacidad, peso brutovehicular y dimensiones de los vehículos de autotransporte federal, sus servicios auxiliares ytransporte privado, cumplan con lo establecido en este Reglamento y las normas oficialesMexicanas.

La SCT revisara que no se exceda el peso del transporte y la carga de acuerdo a lo establecido en la ley , la inspección se realizara enCentros fijos de verificación de peso y dimensiones que opere la Secretaría y a lo establecido en la ley de metrología y normalización es decir en kilogramos y metros.

ARTICULO 9 Los pesos de los vehículos y

Se transportara por la carretera federal numero 70 y es de clasificación ET el tiempo del viaje es aproximadamente 5 horas.

Se transportara por la carretera federal numero 80 y es de clasificación A el tiempo del viaje es aproximadamente 5 horas 21 minutos.

Page 18: Aceites trafico

sus dimensiones, según su tipo, se sujetarán a loestablecido en este Reglamento, para cada uno de los tipos de carreteras de acuerdo a laClasificación contenida en el Apéndice a que se refiere el artículo 6o.

ARTICULO 10 Cuando se contrate carro por entero, el usuario del autotransporte de carga y eltransportista, serán responsables de que la carga y el vehículo que la transporta, cumplan conel peso y dimensiones establecidos en este Reglamento y en la Norma correspondiente. Estaresponsabilidad deberá pactarse en el contrato que se celebre entre el usuario y elauto transportista y establecerse en la carta de porte.

En caso de contratar el autotransporte para que lleve la mercancía la responsabilidad cae en el transportista y se debe estipular en el contrato, esto es muy importante para deslindar responsabilidades y derechos de nuestra empresa y no infligir las leyes.

.

ARTICULO 11. El fabricante o reconstructor de

vehículos de autotransportes

deberán proporcionar la

constancia de capacidad y

dimensiones para el transporte

de peso y dimensiones para el

traslado de carga, de

conformidad con la Norma

respectiva

Esta Norma indicará a partir de

qué año/modelo los fabricantes

o reconstructores de vehículos

El vehículo de autotransporte

deberá contar con una

constancia de capacidad y

dimensiones, dicha constancia

la tendrá el transportista.

También el vehículo de

autotransporte deberá traer

colocado una placa legible e

indeleble o calcomanía, esta

contendrá de conformidad

con la Norma respectiva, las

especificaciones técnicas de

peso bruto vehicular.

Page 19: Aceites trafico

nuevos o reconstruidos, deben

otorgar la mencionada

constancia, además de que

incluya como mínimo el peso

bruto vehicular.

Asimismo, el fabricante o

reconstructor debe colocar en

el vehículo una placa legible e

indeleble o calcomanía

inviolable, legible e indeleble,

que contendrá de conformidad

con la Norma respectiva, las

especificaciones técnicas de

peso bruto vehicular.

ARTICULO 12. Tratándose de vehículos

reconstruidos o aquellos que se

dieron de alta previo a

la expedición del Reglamento, o

bien que uno u otro pretenda

ingresar al servicio de

autotransporte federal, deben

cumplir con la verificación

físico-mecánica del vehículo de

acuerdo con lo que establece el

artículo 14 del Reglamento.

Se realizara una verificación

físico-mecánica del vehículo

de acuerdo con lo que

establece el artículo 14 del

Reglamento.

ARTICULO 13. El fabricante o reconstructor

debe tener disponible la

memoria de cálculo

estructural, así como los

diagramas de distribución de

Este articulo se usaría si al

vehículo de autotransporte de

carga le solicitan al

transportista la memoria de

calculo, se utilizaría cuando la

Page 20: Aceites trafico

cargas, esfuerzos cortantes y

momentos

flexionantes del vehículo, que

sirvan para comprobar que las

unidades soportan las cargas y

fatigas a que son sometidas

durante su operación, cuando la

Secretaría u Organismo de

Certificación aprobados por la

misma, así lo requieran.

Secretaría u Organismo de

Certificación aprobados por la

misma, así lo requieran.

CAPITULO IV: DEL CONTROL TECNICO DE LAS UNIDADES

Articulo. contenido Como se aplica ARTICULO 14. Todos los vehículos destinados

a la prestación del servicio de

autotransporte

federal, sus servicios auxiliares y

transporte privado que operen

en puentes y caminos de

jurisdicción federal, deberán

cumplir con la verificación

técnica de sus condiciones

físicas y mecánicas y obtener la

constancia de aprobación

correspondiente con la

periodicidad y condiciones que

establezcan las normas y

disposiciones respectivas.

La verificación la realizará la

Secretaría

Se realizara una verificación

físico-mecánica del vehículo.

Page 21: Aceites trafico

CAPITULO V: DE LA SUJECION DE LA CARGA

Articulo. contenido Como se aplica al caso.

ARTICULO 15. Para garantizar la seguridad, es

responsabilidad del

transportista sujetar la

carga con los elementos

necesarios y vigilar que el

centro de gravedad sea

adecuado a la misma, a fin de

evitar que toda o parte de ésta

se desplace o caiga del vehículo.

La maquina que será

transportada será asegurada

con los elementos necesarios

para que no se desplace o

caiga del vehículo, evitando

sanciones y demandas y

sobretodo costos.

Articulo. ¿De que habla o trata? Como se aplica al caso.ARTICULO 16. Cuando se requiera transportar

bienes de gran peso o volumen

que rebasen lo

establecido en la norma a que

se refiere el artículo 5o. de este

Reglamento, el transportista

deberá obtener previamente

permiso especial de la

Secretaría.

El transportista debe de portar

y obtener previamente

permiso especial de la

Secretaría.

ARTICULO 17. Para obtener el permiso a que

se refiere el artículo anterior, se

deberá

presentar:

I. Tarjetas de circulación de la

combinación vehicular y el

equipo alterno;

II. Plano que muestre la

combinación vehicular en su

Este aplica cuando se tiene

que tramitar el permiso que se

menciona en el artículo 16,

pues son todos los requisitos

que debe de cumplir para

tramitar dicho permiso.

Page 22: Aceites trafico

vista lateral y posterior, firmado

por el

representante legal de la

empresa, salvo tratándose de

grúas industriales, indicando:

a) Dimensiones de la carga y la

combinación vehicular (largo,

ancho y alto);

b) Distancia entre ejes internos

y entre cada uno de los ejes;

c) Altura probable del centro de

gravedad;

d) Carga muerta, útil y total por

eje, y

e) Carga total por llanta.

ARTICULO 18. La Secretaría establecerá un

procedimiento simplificado de

autorización para aquellos

bienes de gran peso o volumen

más comúnmente

transportados, para lo cual

emitirá una clasificación y la

forma para su aplicación

Al momento de transportar la

maquina esta deberá contener

una clasificación que emite la

Secretaria.

ARTÍCULO 19. En todos los casos de permisos

especiales, el transportista

Este artículo aplicaría si no

cumplimos y no acatamos lo

Page 23: Aceites trafico

deberá cumplir con as

disposiciones operativas y de

seguridad que en el permiso se

establezcan por parte de la

Secretaría.

Cuando un vehículo exceda del

10% del peso autorizado en la

norma a que hace referencia el

artículo 5o. del presente

Reglamento, se impedirá su

circulación hasta que disminuya

su carga al peso autorizado,

independientemente de las

sanciones a que se haya hecho

acreedor el transportista.

del reglamento y la norma.

Para transportar la maquinaria de inyección se utilizara un low boy cama baja de dimensiones 7 ejes 8 ruedas el cual deberá cumplir con las siguientes especificaciones según la normatividad que nos marca la ley para transporta este material sin ningún percance.

Peso bruto 2100 kg a 5000Lo máximo que se puede transportar son 60 toneladas en carretera A – ET