Adicionales 2015 (1)

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VALORIZACIÓN Y REAJUSTES

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VALORIZACIÓN Y REAJUSTES

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Cuantificación económica del avance físico dela ejecución de la obra.

Las valorizaciones tienen el carácter de pagos a cuenta (del monto contratado).

• Se elaboran:

a. Último día de cada período: mensual, quincenal, etc.

b. Metrados elaborados en forma conjunta: Residente / Inspector o Supervisor

Valorizaciones y Metrados

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VALORIZACIONES Y METRADOS Cuantificación por partidas de la

cantidad de obras a ejecutar. Expresión de la cantidad de los trabajos que se ejecutarán en un plazo determinado.

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• Tipos:a. Obra a Precios Unitarios.

V = ( Mtdo.ejecutado x P.Uofertado) +

Gt.Grl.Ofertado +Utilidad ofertadab. Obra a Suma Alzada.

V = (( Mtdo.ejecutado x P.U. Del V.R.) +

Gt.Grl.V.R. + Utilidad V.R. ) x F.R.

Valorizaciones y Metrados

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• Formulación y valorización de metrados.• Presentación a la entidad • Revisión de los metrados• Plazo máximo de aprobación• Valorización en periodo diferencial.• Reconocimiento de intereses

Valorizaciones y Metrados

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Obras Adicionales por MontoMenores al 15%

• Sólo procederá la ejecución de obras adicionales cuando:

Exista disponibilidad presupuestal. Resolución del Titular En los casos en que sus montos, por sí solos o

restándole los presupuestos deductivos vinculados, sean = o no superen el 15% del monto del contrato original.

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Obras Adicionales por Monto Menores al 15%

• En contratos a precios unitarios los adicionales se formulan con los precios contratados o pactados con los gastos generales fijos y variables propios del adicional, sustentados en sus propios análisis que deberán ser concordantes con los originales y la utilidad ofertada.

• En contratos a suma alzada se usan los previos del VR afectados del factor de relación y/o los precios pactados con los gastos generales fijos y variables propios de la prestación adicional, más la utilidad del valor referencial por el FR.

Formulación de presupuestos adicionales

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Obras Adicionales por MontoMenores al 15%

• La necesidad de tramitar la autorización de la ejecución de prestaciones adicionales de obra debe ser anotada en el cuaderno de obra, ya sea por el inspector o supervisor o por el contratista.

• El inspector o supervisor debe comunicar a la Entidad sobre la necesidad de elaborar el expediente técnico de la prestación adicional de obra. La Entidad define si la elaboración del expediente estará a cargo de un consultor externo o a cargo del contratista ejecutor de la obra principal.

Procedimientos

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Obras Adicionales por MontoMenores al 15%

• Concluida la elaboración del expediente técnico, el inspector o supervisor cuenta con un plazo de catorce (14) días para remitir a la Entidad el informe pronunciándose sobre la procedencia de la ejecución de la prestación adicional. Recibido dicho informe, la Entidad cuenta con catorce (14) días para emitir y notificar al contratista la Resolución en la que se pronuncia sobre la ejecución de la prestación adicional.

• La demora de la Entidad en notificar y emitir la resolución podrá ser causal de ampliación de plazo.

• Si la resolución aprueba la prestación adicional debe acompañar el expediente técnico debidamente aprobado.

• El pago es mediante valorizaciones adicionales• Se debe ampliar las garantías.

Procedimientos

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Por excepción se aprueban, siempre que su no ejecución:

- Pueda afectar al medio ambiente- Poner en peligro a la población- Poner en peligro a los trabajadores- Poner en peligro la integridad de la obra.

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Valorización de obras adicionales

• Dec. Leg. Nº 1017/Disposición Complementaria Modificatoria: Tope Control C.G.R. > 15% MCO

• Obra Precios Unitarios: – Ppto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Ofert. ) +

Gt.Grl.propio + Utilid.oferta– Ppto.Adic. = (Metdo.adic. x P.U. Pactado ) +

Gt.Grl.propio + Utilidad oferta

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Valorización de obras adicionales

• Obra Suma Alzada: ¿EN QUÉ CASOS HAY ADICIONALES EN LAS OBRAS A SUMA ALZADA?– Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. VR x FR ) +

%Gt.Grl. propio + %(Utilidad del VR x FR)– Pto.Adic. = (Mtdo.adic. x P.U. Pact. ) +

Gt.Grl.propio + %(Utilidad x VR x FR)• Demora Entidad emitir Resolución autorice

obras adicionales: Ampliación Plazo.

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Reajustes

– Valorizaciones de Obra y Adicionales : reajustan con “K”

– Ejecución de obra: Reintegro con el “K” conocido al momento de la Valorización: Ejm.Val. Enero 2009 con el “K” de Diciembre 2008.

– Liquidación de obra: Reintegro con el “K” definitivo que corresponde. Ejm.Val. Enero 2009 con el “K” de Febrero 2009.

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AMPLIACIÓN DE PLAZO

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Canales de ampliación del plazo

El contratista podrá solicitar la ampliación de plazo contractual pactado cuando se modifique la ruta crítica del programa de ejecución de obra vigente por:

• atraso y/o paralizaciones ajenos a su voluntad, • atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones

por causas atribuibles a la Entidad contratante, • caso fortuito o fuerza mayor debidamente

comprobado• cuando se aprueba la prestación adicional de

obra con ampliación de garantías.

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Ampliación del plazo

La solicitud de ampliación de plazo debe contener:

1. Cuantificar los días requeridos2. Sustento de hecho y de derecho, que

compatibilicen con las causales previstas en la Ley.3. Debe demostrarse que se afecta la ruta crítica del

programa de ejecución de obra.4. Demostrar que el plazo adicional es necesario para

culminar la obra.

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Efectos de la ampliación de plazo

• Los efectos de la modificación de plazo contractual se dan en tres aspectos principalmente:– Efectos económicos– Efectos sobre el calendario– Efectos sobre otros contratos relacionados

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Cálculo del mayor gasto general

• En contratos a precios unitarios :GGV ofertado/días del plazo contractual*días de ampliación*Ip/Io

• En contratos a suma alzada :GGV del VR / días del plazo contractual * días de amp * Ip/Io * FR

• Para obras adicionales y mayores servicios de supervisión, los necesarios para su ejecución.

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Nuevo Cronograma

• La ampliación de plazo obligará al contratista a presentar al inspector o supervisor un Calendario de Avance de Obra Actualizado y la programación PERT-CPM correspondiente, considerando para ello sólo las partidas que se han visto afectadas y en armonía con la ampliación de plazo concedida, en un plazo que no excederá de diez (10) días contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación al contratista de la resolución que aprueba la ampliación de plazo.

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ATRASOS Y PENALIDADES

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Atraso en el cumplimiento

• En caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, la Entidad le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual o, de ser el caso, del ítem, tramo, etapa o lote que debió ejecutarse o de la prestación parcial en el caso de ejecución periódica.

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Penalidad por incumplimiento

Penalidad diaria = 0.10 x Monto F x Plazo en días

Donde F tendrá los siguientes valores:- Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días F = 0.40-Para plazos mayores a sesenta (60) días F = 0.15

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Otras Penalidades

• En las Bases o el contrato se podrán establecer penalidades distintas a la mencionada en el Artículo precedente, siempre y cuando sean razonables y congruentes con la prestación a cargo del contratista hasta por un monto máximo de 10% del monto del contrato vigente. Se calcularán de manera independiente a la penalidad por mora.