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@ / .• 1 l .. )' . .. . . ·, E1 Excmo. l Sr. D. Joseph. Antonio Caballero par- 1ipjp6 al Con~ejo por merlio de) Excmo. Sr. D. Jo- seph Eustaqujo Moreno , ~u Gobcrnador, en 24 de _5eti e e pr6~imo , la Real Orden siguicnte. 1 ,, EJ:cmo. Sr.:::: Coo .fecha 1 5 del prescnte mes ,, me c~unica el ~r. D" Pedro Ceval os cl oficio ,, que s1gue. . ,, P~ta averigu,r - la~ .causas que pu•den opo• ,, netse ~l increment<> ' ~~ la poblacion , y la in- -,ffiuen~aa tep ap en las dif <: rentes clases de( ,, Estad9 c~ respeto al. clima , .... dad, exercicio y · ;, oJras .1elacione1 fi;ic y morale" , r e5ol vi6 el ,, Rey qu en tod91 6US }leynos y S fiorios de Es.: ~, paji se _fo)'masen e t(\dos de los nacidos , ma• ~, trim-0qiqs- y muertos ; que hubi se, e ... pecifican• "~ .Q , varias circunstanci,as, con lo demas que ea ~, 8 de Ma:t~ de este _qo participe la Real 6rden ,, a V. E. Aunque entonccs e veia la ventaja que ,, resultaria para saca-rJ lespues los rei,ultados de ,, dar for , nalarios a 9 u to:los se uniforma- " sen , pareci6 no ob ~ tante oportuno esperar a: "que la experiencia en~cfiase lo mas conveniente ,, y presentara acaso al.gunas dudas y dificulta- ~, des; y en conseqiiencl,l ha resuelto ahora S M. ,, que se comunique.n 1.oi adjuntos patrones 6 for~ ,, rnu.larios , para q ue con arreglo a ellos se or~ . ,, denen las ooticias qu~ se piden , empezando a ~, executarlo por e~te metodo desde el primer mes ~, en que se reciba la orden. ,, Los formulal'ios a~djuntos son nueve: los nu_. 0 , meros 1, z y 3 scrviian pa ra los bautismos, ma~ ,, trimonios y entierros de las Parroquias: el nu. :,, mero 4 para las Gasas de E xpositos : el numero ,, S para Hospitales ~e enfermos , en q~ estos ,,, no resid~~ masque h. a.sta sanar 6 fallccer: el nu-

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E1 Excmo. lSr. D. Joseph. Antonio Caballero par-1ipjp6 al Con~ejo por merlio de) Excmo. Sr. D. Jo­seph Eustaqujo Moreno , ~u Gobcrnador, en 24 de _5eti e e pr6~imo , la Real Orden siguicnte.

1 ,, EJ:cmo. Sr.:::: Coo .fecha 1 5 del prescnte mes ,, me c~unica el ~r. D" Pedro Ceval os cl oficio ,, que s1gue. . ,, P~ta averigu,r- la~.causas que pu•den opo• ,, netse ~l increment<>' ~~ la poblacion , y la in­-,ffiuen~aa tep ap en las dif<:rentes clases de( ,, Estad9 c~ respeto al. clima , .... dad, exercicio y

· ;, oJras .1elacione1 fi ;ic ~ y morale" , re5ol vi6 el ,, Rey qu en tod91 6US }leynos y S fiorios de Es.: ~, paji se _fo)'masen e t(\dos de los nacidos , ma• ~, trim-0qiqs- y muertos ;que hubi se, e ... pecifican• "~.Q ,varias circunstanci,as, con lo demas que ea ~, 8 de Ma:t~ de este _qo participe la Real 6rden ,, a V. E. Aunque entonccs e veia la ventaja que ,, resultaria para saca-rJ lespues los rei,ultados de ,, dar for ,nalarios a 9 u ~ to:los se uniforma­" sen , pareci6 no ob~tante oportuno esperar a: "que la experiencia en~cfiase lo mas conveniente ,, y presentara acaso al.gunas dudas y dificulta­~, des; y en conseqiiencl,l ha resuelto ahora S M. ,, que se comunique.n 1.oi adjuntos patrones 6 for~ ,, rnu.larios , para q ue con arreglo a ellos se or~. ,, denen las ooticias qu~ se piden , empezando a ~, executarlo por e~te metodo desde el primer mes ~, en que se reciba la orden.

,, Los formulal'ios a~djuntos son nueve: los nu_. 0

, meros 1, z y 3 scrviian para los bautismos, ma~ ,, trimonios y entierros de las Parroquias: el nu. :,, mero 4 para las Gasas de E xpositos : el numero ,, S para Hospitales ~e enfermos , en q~ estos ,,, no resid~~ masque h.a.sta sanar 6 fallccer: el nu-

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mero 6 es para Hospicios, Carce1es , Casas de " 1 . Misericordia, de lncura hies, de Rec u31on y otras " 1 . C ,, de esta c pecie: el nqmero 7 para Co egtos , a.,

sas de Educandas y demas de esta cla~c; y los " R 1· . d ,, numeros 8 y 9 1erviran para las e 1g10 es e ,, ambos sexos, Congregaciones, Beater1os y otras ,, semcjc1nte1. ·

,, Todos eatos estadoa se concluiran y cerrar an ,, al fi11 de cada mes; de suerte, que cada uno con· , , tenga un me1 completo , en cuya forma deber an ,, tambien ordenarse los de lo&Hospitales;y solamen­" tc se cxceptuan los numeros 8 y 9, que no de­" hen presentarse sino al fin de cada afio.

,, Si en alguna P.arroquia , Hospital u otra Ca­" sa de las mencionadas oo hubie e habido nove­" dad ninguna en todo el mes, no por eso drxaran ,, de dar el aviso correspondieote al fin de el ; pa­" ra que asi conste, y no se atribuya a omision 6 ,, extravfo, oi 1e ocasione dilacion en el examen de ,, estos estados por duciarse si todavia no eatao ,, completos.

,, Las Parroquias Castrenses, Capellanes de Re­;,, gimientos y demas personas a quienes pueda tocar, ,, advertiran por nota al fin de cada estddo quales ,, son los nacidos, mstrimonios o muertos que e ten ,; compreheodidoa en l s estados de otras Parroquia1 ,, o de a]gun Hospital; teniendo presente qut el ,, objeto de esto es que no resulten duplicado1 por ,, falta de esta advertencia.

, ,, Igus} nola pondran Jos Colegi~!,,,-Ho~pitale~; · Hospicios, Carceles y demas; de m·anera, que den "noticia de los muerto1 que h3ya habido de ~u in• " .- I .£'. 1 dividuos en la Casa m1sma o 1urra dee la, y ad.J " . . ,, viertao lo conveniente para que se sepa quales es-"tan comprehendidos en otros cstados, y nose du• ., pliquen.

,, Los Pirrocos deberan enviar sus estados i sus ,, rcspectiYot Arzobispos u Obi po~, y S. M. e&p ra

0, dcl zelo y -abidupfa de eatos Prelados q ue cuidarao

,, de] p~ntual y cert"·do des~mpeno de este negocio, ,, r ecogtendo ademjs por si y remit iendo todoi los ,, die hos estaclo d~ sus Diocesis; y para gobier oo en ,, e&ta ma teria cada uno de 1os M. RJl. Arzobiapos y ,, RR. O bispos remitira de,dc 1uego, y por una sola ,, vez, un stadb de todos los pueblos de sus Di6ce-­" sis cspecificanao cl nurnero de Parroquiaa que tie­,, ne cada un o.

,, Para remitir dicli.os estados se tendra presente ,, 1~ prevenido en Ja. Real O rden de 8 de Mayo, po­,, n,ten~o el sobrescruo, cubierta o carpeta e estos ,, term1nos ;

,, BautismoJ, Matrimonios y Entii rror. ,, Al Senor primer S,cretario de Estado y del Des•

,., p-acho. La Corte.

~2 U? ~ti~mas Estabtecimientos y Casas referidas; 0 ; cd 1ugclr cle Iladtismos &c. pondran Hospital Hos­" picior&c.' seglln•fuere ~u instit u to.

;, por t1ltimo st encargara a los Directores , ,, Juntas 6 tjualesquiera Xefes de todos estos Esta bl~ ;; cimienit1s y Cas~ i:l urtlar de Ia exactitud y pun• ,, tu~lid~u ~ t! dicho_s esta~os_; y S. M. espera cl ma, ;; B eve j puhtual cumphmt oto de todo, como que ;, se .diH~~ al niejor descthpeiio de un objeto de co­;, mud uHHdad;

,; f~t o ~ que e fll determinacion de S. M. se ,, ~tjmpl§ con 1a exacilt cl necesaria, la comunico a ;; V. R. de R i orl:leti ra que se sirva expedir las ,, correspondieotes, a fin de que por el Consejo se cir­,, cdlE dicha soberana resolucion a todos los Tribu­" riafes, J usticias, Prelados Eclesiasticos Seculares ;, y Regularcs, y demas a quienes pueda tocar so ,, execucion y cumplimiento.

)' Y a este _fin lo comunico a V. E. de Real or~ ,, den , acompafiando los citados e-stados.''

Publicada en el Consejo la antecedente Real Or~ den~ ha acordado se guarde y cumpla lo que S. M.

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se sirve mandar en ella: que con su insercion se ex• pida la correspondiente a la Sala de Alcaldea de la Real Casa y Corte, Chancillerias y Audieocias Rc:a­les, Gobernadores, Corregidores, Alcaldcs ma yore. , 'S demas J usticias d~l Reyno, y a loa M. RR. Arzo­bispos, RR. Obispos y demas Prelados Eclesiasti­cos Seculares y Regulare1, para su puntual obser­vancia ea la parte que respecti vanseote les corres• ponda: y que a cstc fin se les remitan excmplares de )os formularios que exprcsa la misma Real Ord n.

En su conseqtieocia lo participo a V. S de ordtn del Consejo al efecto exprcsado; y que al propio fin la comunique a lasJusticiaa de los Pueblos de ~u Par• tido, a los Hospitales, Casa, de Expositos, Cole· gios, Hospicios, (:as~s de Misaricordia, de Reclu f:ioa, Carceles y denaas establecimientos de csta cspe­cie que de ban coocurrir a su observancia, y para ello remito los, formularios que se citan en la misma Real Orden: y del recibo me dara V. S.aviso para noticia del Con5ejo. , \.

Dios guarde a V S. muchos afios. Mad rid 16 de Octubre de 1801. = D. Manuel Antonio de Santist .. ban.= Sr. Corregidor de la Ciudad de Vich.

Lo que. traslaJo literal a los Pueblos de mi man­'io para SU clibiao cumpJimientO, 'j de SU recibo se -{ir­maron ti la 6rden que lleva el Veredero satisf aciendo fOr las once bojas de los formulario1 60 quartos para el Impres6r conforme e5td arreglado por su Excelencia , '!leal acuerdo: Pich, NO'Uiembre 14 de 1801 •

Don Francisco Antonio Borras de Lluria.

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l'rovincia de Catalufia.

j. SEXO. Militares. l Vecinos. Forasteros. Milirares. l V<!cinos. -- -------- ---

l Varones.

Hembra, . f f I __ _:..;___

Quedaron exis tentes. Entrados.

N,Jmer~ P, Partido de

Hospital do

Salidos.

Forasrcros. Militares. Vecino

.. r·"""··· I

J\11 iii tares.

-

I

Intendeacia de CataJona. Mes de Ai10 de 180

Muertos. Quedan existentes.

Vccinos. Forasteros. Mi Ii tares. Vecinos. Forast eros. -- --- ---

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I -Adviercese que entre los Militares no deben comprehenderse los que esten domiciliados en el Pueblo.

----------------·-------------------------.----·-----------------------/ D!I\S.

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Ya, 01,cs. Naturale::a,

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A dvertenc ias, 1.a Este estado se cerrari el dia tiltimo d~ cada mes •

Vecindad.

Circunstancia3 de los m uertos. I Ed~: I Esrndo. l I J

.. a Servira igoalmente para mugeres , poniendo hembras en la casilla donde dice r,ar,nts ·yea quanto al exercicio se pondra el de Jos padres 6 1naridos. ' ·

j.a Siempre que Ios muertos esten compr~h~ndi<los en los t5tados de alguDa Parroquia, so ad• veriira, po11i6lld0Io por not• al nn de tite estado.

Exercicio. Enfermcd&d, -1 I I

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