Exégesis de Los Fundamentos Filosóficos Del Acta Declaratotia de La Independencia de La República...

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    EXÉGESIS DE LOS FUNDAMENTOS FILOSÓFICOS DEL ACTA

    DECLARATORIA DE LA INDEPENDECIA DE LA REPÚBLICA DEL 05 DE

    JULIO DE 1811

    Por Gerso G!"e# A$os%& '

    (erso&$os%&)("&*+,$o"

    Res-"e.

     A continuación presentamos una exégesis de los fundamentos filosóficos del

    acta declaratoria de la independencia de la República del 05 de julio de 1811.

    En atención a lo cual emos di!idido esta in!estigación en cuatro apartados al

    modo siguiente" en el primero presentamos el paradigma gnoseológico#

    ontológico $ epistemológico desde el cual se crea# dise%a# formula $ declara

    este documento& en el segundo anali'amos $ discutimos la idea central del acta

    en cuestión" ()ué régimen de gobierno se asumir*a en la República naciente+

    $ en un tercer momento decantamos el sujeto istórico $ social )ue redacta $

    declara la independencia# este es# el blanco criollo o mantuano& para en un

    cuarto apartado atender al argumento fundamental sobre la base del cual los

    mantuanos se abrogan la rector*a de la República en ciernes. , por último#

    enunciamos $ discutimos las conclusiones de este estudio.

    P&+&/r&s C+&es. C**+*#&$*! Cos%*%-2e%e So/er&3& Fe4er&+*s"o

    Ce%r&+*s"o I4ee4e$*& E"&$*&$*! 2 Le(*%*"*4&4,

    **  -nd*gena a$uu# profesor asistente e in!estigador en la /ni!ersidad oli!ariana deene'uela 2/3 adscrito al 4E$4# con grado en 6ilosof*a 2/4A3 7ost graduado en6ilosof*a de la uerra 2/93# -ntegración :atinoamericana $ del 4aribe 2/:A43 $4omercio -nternacional 2E;A73# el >octorado en eguridad# >efensa e -ntegración enel -AE>E; 2/93 $ el >octorado en 4iencias del >esarrollo Estratégico en la /.4oordinador ;acional 26undador3 del 7rograma 2Escuela3 de Relaciones -nternacionesde la /.

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    1, U& A$%& De$+&r&%or*& $re2e%e +&*$& 2 $**+*#&4&

    El Acta olemne de la -ndependencia de nuestra República se inicia con

    una in!ocación ?En el nombre de Dios Todopoderoso…” 1, algo por dems mu$

    curioso si recordamos )ue el Acta fue aprobada por ?B los representantes de

    las Provincias Unidas de Caracas, Cumaná, Barinas, Margarita, Barcelona,

    Mrida ! Tru"illo…@ 26olio 110!3 mediante !otación unnime# $ sólo se opuso a

    ella en 4ongreso# el clérigo tacirense Cuan icente 9a$a# entiéndase un

    9inistro $ 7resb*tero de :a -glesia 4atólica Apostólica Romana# -nstitución

    garante de la legitimidad del >ereco >i!ino de los Re$es a gobernar $ delegar 

    el gobierno a las 7ro!incias Americanas# )uien de eco no estampó su firma

    en el documento. :o cual no amilanó al 7rimer 4ongreso 4onstitu$ente D  de

    1 Folio 110v. Documento que reposa en el libro de Actas nº 2 del Supremo

    Congreso de Venezuela !olios 110v."11# actualmente resguardados en un

    arca de madera en el Sal$n %l&ptico del 'alacio Federal (egislativo. Aqu&

    usamos la !otoest)tica del original publicado por la Direcci$n *eneral de

    +nvestigaciones , Desarrollo (egislativo , la Direcci$n de +nvestigaciones ,

    Asesor&a -ist$rica de la Asamblea acional de (a /epblica olivariana de

    Venezuela. %n adelante se citar) el Acta por Folio , su nmero

    correspondiente.

    2 %l Supremo Congreso Constitu,ente !ue presidido por Felipe Ferm&n 'al ,como secretario Francisco +snardi. %l %ecutivo design$ un triunvirato que se

    turnaban la presidencia compuesto por Crist$bal 3endoza 4uan de

    %scalona , altazar 'adr$n5 se orden$ la creaci$n de una Alta Corte de

     4usticia que presidi$ Francisco %speo5 se reorganiz$ el 6ribunal de

    Apelaciones que cre$ una 4unta de Arbitrio encargada de las rentas del

    %stado , se con!orm$ un 6ribunal de 3unicipalidades. %ste Congreso sesion$

    7asta el 8 de abril de 1912. V:ase; Fasc&mil de la *azeta de Caracas martes

    < de marzo de 1911. º 22 6omo + en *azeta de Caracas. Caracas

    iblioteca de (a Academia acional de -istoria. 1=80. 6omo + >1911"1912?5

    Fortoul *il 4. >1=

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    @

    ene'uela a profesar su confesión religiosa en el penúltimo prrafo del Acta de

    -ndependencia enunciado )ue"

    #…$osotros, los representantes de las Provincias Unidas de %ene&uela, poniendo por testigo al 'er 'upremo de la "usticia de nuestro proceder ! de la rectitud de nuestras intenciones, implorando su divinos celestialesau(ilios, ! rati)icándole, en el momento en *ue nacemos a la dignidad,*ue su Providencia nos restitu!e el deseo el deseo de vivir ! morir libre,cre!endo ! de)endiendo la 'anta Cat+lica ! post+lica religi+n de-esucristo, como el primero de nuestros deberes. $osotros, pues anombre ! con la voluntad ! autoridad *ue tenernos del virtuoso Pueblo de%ene&uela, declaramos solemnemente al Mundo *ue sus ProvinciasUnidas son ! deben ser de /o! más de /ec/o ! de derec/o Estadoslibres, 'oberanos e independientes, ! *ue están absueltos de todasumisi+n ! dependencia de la Corona de Espa0a, o de los *ue se dicen odi"eren sus apoderados o representantes, ! *ue como tal Estado libre e

    independiente, tiene un pleno poder para darse la )orma de gobierno *uesea con)orme a la voluntad general de sus pueblos, declarar la guerra,/acer la pa&, )ormar alian&as, arreglar tratados de comercio, lmite ! navegaci+n, /acer ! e"ecutar todos los demás actos, *ue /acen ! e"ecutan las $aciones libres e independientes. 2 para /acer válida, )irme! subsistente esta nuestra solemne declaraci+n, damos ! empe0amosmutuamente unas provincias a otras, nuestras vidas, nuestras )ortunas ! el sagrado de nuestro /onor $acional…” 34olios, 1156115v7.

     Atiéndase# )ue el colocar como testigo ?al er upremo@ en la cultura

    religiosa popular católica del . - en la otrora 4apitan*a eneral de

    ene'uela# e)ui!al*a a tener la firme con!icción de conciencia para el proceder 

    desde la buena fe alejado de toda intención de acer el mal# $ por ende de

    pecar de acción u omisión ante la Frascendencia $ su -nstitución representante

    en la Fierra" :a -glesia 4atólica $ Romana. o pena de condenarse al infierno

    cu$a prédica era tomada mu$ en serio para entonces. , si esto a)u*#

    adicionalmente implica optar por la autonom*a de la 4atólica 4orona espa%ola#

    la comprensión de dico eco se conclu$e como la necesaria superación de la

    conciencia de culpa )ue la moral religiosa le tributa a tal acto o la firme

    con!icción $ certe'a de )ue no se est cometiendo un pecado# según la

    doctrina eclesistica tradicional. 7ara esto segundo es menester legitimar )ue

    ello no es pecado# argumentando $ documentando )ue el mismo no se opone a

    la !oluntad del er upremo# es decir )ue independi'arse del Re$ no era

    desacatar la !oluntad de >ios para estos pobladores# una tarea nada fcil

    reali'ada en su tiempo por el Representante >iputado de la illa de 4alabo'o $

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    #

    ecretario del 4ongreso del 05 de julio de 1811# Cuan ermn Roscio G# en su

    Hbra ?El Triun)o de 8a 8ibertad sobre es Despotismo@I. Fexto en el cual nos

    dice"

    #9ue Moiss, autori&ado para arreglar el culto e(terior, para dictar, !  proponer le!es al pueblo :ebreo, /ubiese me&clado lo poltico con loreligioso, nada tiene de reprensible; pero *ue a prete(to de esto *uieranlos adoradores de la tirana con)undir de tal manera lo uno con lo otro,*ue /a!an elevado a los tiranos a la clase de /ec/uras sagradas de la

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    <

    :os argumentos de Roscio introducen el carcter ci!il $ laico de la

    República naciente. ;o sólo por establecer con claridad los l*mites entre el

    7oder Femporal 2ci!il $ laico3 $ el 7oder Espiritual 2:a religión3 )ue tantas

    discusiones suscitó en la Edad media Europea# sino adems por)ue afirma la

    independencia de la racionalidad umana# la ra'ón umana# )ue a)u* se

    presenta como racionalidad instrumental ilustrada ante los dogmas religiosos $

    la teolog*a católica# con lo cual# es posible en conclusión alcan'ar la

    -ndependencia pol*tica sin la tutela religiosa. En atención a esto Roscio se%ala"

    #Para *u buscar autores clásicos, ni autoridades de '.'. Padres,cuando está de por medio la lu& del entendimiento con el testimonio delas Escrituras Tan natural es la ciencia del gobierno civil, como lo sonlas demás por incidentes, o de caso pensado están insertas en los librosde la revelaci+n. 9uien procura el monopolio de ellas, *uien se a)ana encon)undirlas con los misterios de la salud espiritual, *uien la marca con el sello de la religi+n, ! trastorna los principios )undamentales de cual*uierade ellas, se es *uien merece ser declarado /ere"e, diab+lico, peligroso,atesta, sedicioso, proditorio, enemigo de la )e, ! contrario a la pa& ! dignidad del pueblo”. 3>?@ A17

     Argumentos )ue subra$emos# después de tres meses de acaloradas e

    intelectuales discusiones# se confirman in!ocando a la Frascendencia al

    principio del Acta en cuestión# lo cual también podr*a obedecer a dos

    moti!aciones de carcter estrictamente !inculadas a la co$untura pol*tica e

    istórica para el momento de la firma" primero presentarse ante la opinión

    pública local $ emisférica como ombres de fe cristiana $ católica# $ no como

    instauradores de un régimen ateo# masón $ alejado de las buenas# sanas $

    santas costumbres de la ci!ili'ación occidental. :o cual e!itó de su$o# una

    inmediata oposición armada liderada por cre$entes $ beatos# )ue ms adelante

    reclutar*an las montoneras de o!es# el caudillo tropical rei!indicador de los

    derecos de la 4atólica 9onar)u*a Espa%ola.

    /n segundo moti!o estar*a representado por el en!iar mensajes de

    amistad $ tender puentes con las naciones cre$entes protestantes mu$

    influ$entes para entonces# los Estados de la /nión al norte del 4ontinente# la

    nación )ue o$ llamamos los Estados /nidos# ran reta%a# Rusia# Austria $

    7rusia# estas últimas maltratadas con la expansión europea de ;apoleón

    onaparte# cu$o -mperio en 1805 derrota a Austria $ a Rusia en Austerlit'# en

    180J mediante la 4onfederación del Rin controla los Estados Alemanes $

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    7olonia e inicia el mismo a%o el blo)ueo $ la ruina al comercio britnico# en

    180K in!ade 7ortugal por ser aliada de los britnicos# en 1808 corona como

    Re$ de Espa%a a su ermano Cosé onaparte# $ en 180L usurpa Roma $ los

    Estado 7ontificios" el mensaje de los >iputados !ene'olanos a estos territorios

    europeos in!adido por 6rancia# era el militar en el club de ?todos contra

    ;apoleón@# $ por ende acerse dignos de apo$o pol*tico# económico $ militar.

    Esto último logro sus propósitos# a partir del 05 de julio de 1811 asta las dos

    últimas campa%as militares )ue sellaron la -ndependencia de nuestra

    República# la de 4arabobo el DI de junio de 18D1 $ la atalla ;a!al del :ago

    de 9aracaibo el DI de julio de 18DG# jams los britnicos desamparar*an las

    tropas terrestres $ na!ales comandadas por E: :ibertador imón ol*!ar. All*

    estn en nuestra istoria de -ndependencia# >aniel 6lorence HM:ear$5 nacido

    en 4orN# -rlanda# edecn del :ibertador# $ la :egión ritnica al mando de los

    enerales >OE!ereux $ 9ac regor.

    >etengmonos aora sobre algunos términos enunciados en la cita de

    nuestra Acta en cuestión. Atendamos oraciones como #…sus Provincias

    Unidades son ! deben ser de /o! más de /ec/o ! de derec/o Estados libres,

    'oberanos e ndependientes…” 26olio 11G3 $ en atención a esto #…tiene un pleno poder para darse la )orma de gobierno *ue sea con)orme a la voluntad 

    general de sus pueblos…@ 26olio 11G3. Es as* como la !oluntad general para

    )uienes redactan dica Acta est orientada siempre a la utilidad pública# $ se

    entiende a s* misma como incapa' de concebir $ actuar contra el interés

    contrario al anelado por los particulares asociados. :o cual le legitima el

    dereco pleno a constre%ir a todos los ciudadanos para acatar su !oluntad. En

    definiti!a se pretende acerles un bien# por)ue se )uiere con!ertirlos en

    ciudadanos libres# part*cipes plenos de las implicaciones de dica asociación. ,

    adems# puesto )ue tal poder es en s* mismo sagrado# soberano e in!iolable#

    es comprensible )ue contemple $ se reser!e la facultad de apo$arse en las

    capacidades $ limitaciones de los ciudadanos.

    < C:lebre por la redacci$n de sus memorias. %n su 7onor nuestro %:rcito

    olivariano cuenta con unidades de combate que lleva su nombre. V:ase su

    obra en; E(ear, Daniel F. >1=

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    >e lo expuesto se conclu$e# )ue El soberano puede solicitar )ue los

    ciudadanos combatan en aras de preser!ar la soberan*a de :a República. e

    deduce adems# )ue la emancipación del ombre no se produce sino cuando

    el indi!iduo transforma sus fuer'as sociales $ pol*ticas# cuando se desprende

    de los condicionamientos sociales impuestos en su subjeti!idad# eso )ue en la

    cultura occidental se llama ?ci!ili'ación@# pero adems se presenta como

    necesaria la pregunta acerca de (a )uién corresponde el poder absoluto+ A

     juicio de RousseauJ 21L813 la soberan*a #...no puede nunca ser ena"enada, !a

    *ue el soberano, *ue no es más *ue un ser colectivo, no puede estar 

    representado más *ue por s mismo@ el poder puede trasmitirse, pero no la

    voluntad …” 2p. DK 7.

    7or tanto es una enajenación# el )ue una persona se crea encarnar la

    !oluntad general# con lo cual la mentalidad ilustrada de Rousseau $ la de

    Roscio deslegitiman a Cosé onaparte $ a la 4orte' de 4di' en sus

    pretensiones. , puesto )ue como $a emos se%alado# la !oluntad general no

    es necesariamente a)uella )ue comulga con la ma$or*a 2Rousseau# 1L81"

    G0=GD3# puede darse el caso de )ue postulando un estado de corrupción en el

    pueblo# alguien se erija como intérprete pri!ilegiado de la !oluntad general# $)ue a esta acción le caracterice la buena fe# pues dico sujeto# pretende el

    bien de todos# sólo perseguir )ue los ombres se reúnan $ se consideren un

    solo cuerpo con una única !oluntad orientada a la F...com=n conservaci+n ! al 

    bienestar general...” 2Rousseau, 1L81" 10L3. 7erseguir as* establecer un

    Estado donde su objeti!o sea ?Bdeclarar la guerra, /acer la pa&, )ormar 

    alian&as, arreglar tratados de comercio, lmite ! navegaci+n, /acer ! e"ecutar 

    todos los demás actos, *ue /acen ! e"ecutan las $aciones libres e

    independientes. 2 para /acer válida, )irme ! subsistente esta nuestra solemne

    declaraci+n, damos ! empe0amos mutuamente unas provincias a otras,

    nuestras vidas, nuestras )ortunas ! el sagrado de nuestro /onor $acional B@

    26olios# 11G=11G!3. 7ara lo cual a de ad!ertir con rigurosidad# en el estado de

    corrupción del pueblo# las concreciones destructi!as para el Estado# $ la

    condición istórica en la cual estar*a inmersa la !oluntad general"

    6 Roouseau, J. (1981). El Contrato Social . Madrid, Aguilar.

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    4inalmente, cuando el estado, cerca de su ruina, !a no subsiste más *ueen una )orma ilusoria ! vana, cuando se /a roto en todos los cora&ones el vnculo social, cuando el más vil inters toma descaradamente el sagradonombre de bien p=blico, entonces la voluntad general enmudece; todos,

    guiados por motivos secretos, de"an absolutamente de opinar comociudadanos, como si el Estado no /ubiera e(istido "amás, ! se /acen pasar )alsamente con el nombre de le!es decretos inicuos *ue no tienenmás )inalidad *ue el inters particular 3G1@ 11H7.

    6, 7U Go/*ero Fe4er&+ o - Go/*ero Ce%r&+*s%&

    :as pro!incias !ene'olanas cre$entes $ aliadas contra los ermanos

    onaparte adems #…)orman la Con)ederaci+n americana de %ene&uela en el 

    continente meridional, reunidos en Congreso…” I .  s estn enunciando su

    opción tcita por el sistema de gobierno federal# por el federalismo. Algo por 

    dems debatido para el momento entre los actores $ la ?opinión pública

    mantuana@ de los blancos criollos. Atiéndase )ue no se asum*a en consenso#

    en la exgeograf*a de la 4apitan*a eneral de ene'uela# )ue el federalismo

    fuese el sistema de gobierno ms idóneo para sus pobladores.

    Folio 110v.

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    =

    Este reca'o al gobierno federal lo compart*an para la época

    republicanos como imón ol*!ar# )uien en 8a Carta de -amaica de 1G1J G #

    cinco a%os después de los sucesos del 05 de julio de 1810# propone para la

    ma$or*a de las repúblicas )ue se estable'can en :a América :atina# un

    constitucionalismo republicano )ue contempla los tres poderes clsicos

    postulados por 9ontes)uieu" el 7oder Ejecuti!o# el 7oder :egislati!o $ el 7oder 

    Cudicial& con una expl*cita inclinación a )ue este ejecuti!o sea centrali'ado en

    la figura de un 7residente cu$o per*odo de duración pudiese ser !italicio&

    secundado por un enado :egislati!o

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    9ontes)uieu también admiraba el constitucionalismo britnico. Acerca

    del mismo# en el cap*tulo -# :ibro - de su obra #Del Espritu de 8as 8e!es” >#

    nos dice"

    :a! en cada Estado tres clases de poderes@ el poder legislativo, el poder e"ecutivo de los asuntos *ue dependen del derec/o de gentes ! el poder e"ecutivo de los *ue dependen del derec/o civil.Por el poder legislativo, el prncipe, o el magistrado, promulgan le!es por cierto tiempo o para siempre, ! enmienda o deroga las e(istentes. Por el segundo poder, dispone de la guerra ! de la pa&, enva o recibeemba"adores, establece la seguridad, previene las invasiones. Por el tercer, castiga los delitos o "u&ga las di)erencias entre particulares.8lamaremos a ste poder "udicial, ! al otro simplemente, el poder e"ecutivo del Estado.8a libertad poltica de un ciudadano depende de la tran*uilidad de

    espritu *ue nace de la opini+n *ue tiene cada uno de su seguridad. 2  para *ue e(ista la libertad es necesario *ue el Kobierno sea tal *uening=n ciudadano pueda temer nada de otro3Montes*uieu, 1>GH@ 1HI7.

    uscribiéndose a 9oste)uieu )uien redacta 8a Carta de -amaica culmina

    optando por una república pseudoinglesa $ regentada por los blancos criollos#

    ol*!ar pre!io lamentarse de la ausencia de poder gestado por los

    acontecimientos suscitados en a$ona# por)ue estos precipitaron al caos de :a

    Re!olución de -ndependencia a su grupo social# con la consecuente

    impro!isación de los blancos criollos inexpertos en la administración pública al

    ejercicio de cargos públicos# $ en consecuencia a concluir la propuesta jur*dica

    )ue concretó la -ndependencia# postula un gobierno con un poder ejecuti!o

    electi!o !italicio $ no ereditario# una república de senado ereditario $ una

    cmara legislati!a inspirada en la cmara baja del parlamento inglés.

    7ropuesta cu$a intencionalidad es superar las ad!ersidades gestadas por el

    federalismo de :a 4onstitución de 1811 )ue a juicio de ol*!ar fracaso en su

    aplicación por)ue no era !inculante con la cultura pol*tica !ene'olana para la

    época# $ un fracaso )ue alcan'a su mxima expresión con la pérdida de :a

    7rimera República. Atendamos este diagnóstico citado por ol*!ar a

    continuación"

    #8os americanos /an subido de repente ! sin los conocimientos previos,!, lo *ue es más sensible, sin la práctica de los negocios p=blicos, a

    9 Montesquieu. (1980). Del Espíritu De Las Leyes. Madrid: Ténos. 

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    representar en la escena del mundo las eminentes dignidades delegisladores, magistrados del erario, diplomáticos, generales ! cuantasautoridades supremas subalternas )orman la "erar*ua de un estadoorgani&ado con regularidad.Cuando las águilas )rancesas s+lo respetaron los muros de la ciudad deCádi&, ! con su vuelo arrollaron los )rágiles gobiernos de la Pennsula,entonces *uedamos en la or)andad. 2a antes /abamos sido entregadosa la merced de un usurpador e(tran"ero; despus, lison"eados con la "usticia *ue se nos deba ! con esperan&as /alagLe0as siempreburladas; por =ltimo, incierto sobre nuestro destino )uturo, ! amena&ados por la anar*ua, a causa de un gobierno legtimo, "usto ! liberal, nos precipitamos en el caos de la revoluci+n. En el primer momento s+lo secuid+ de proveer a la seguridad interior, contra los enemigos *ueencerraban nuestro seno. 8uego se e(tendi+ la seguridad e(terior; seestablecieron autoridades *ue sustituimos a las *ue acabamos dedeponer, encargadas de dirigir el curso de nuestra revoluci+n, ! deaprovec/ar la co!untura )eli& en *ue no nos )uese posible )undar un

    gobierno constitucional, digno del presente siglo ! adecuado a nuestrasituaci+n todos los nuevos gobiernos marcaron sus primeros pasos conel establecimiento de "untas populares. Estas )ormaron en seguidareglamentos para la convocaci+n de congresos *ue produ"eronalteraciones importantes, %ene&uela erigi+ un gobierno democrático ! )ederal, declarando previamente los derec/os del /ombre, manteniendoel e*uilibrio de los poderes ! estatu!endo le!es a )avor de la libertad civil, de imprenta ! otras; )inalmente se constitu!o un gobiernoindependiente. 8a $ueva Kranada sigui+ con uni)ormidad losestablecimientos polticos ! cuantas re)ormas /i&o %ene&uela, poniendo por base )undamental el sistema )ederal más e(agerado *ue "amáse(isti+; recientemente se /a me"orado con respecto al poder e"ecutivo

    general, *ue /a obtenido cuantas atribuciones le corresponden.” 3Bolvar, 1>GJ@ ?J7.

     A juicio de ol*!ar# el )ue las guilas de ;apoleón onaparte in!adiesen

    la 7en*nsula imponiendo la autoridad tutelada de su ermano Cosé $ la prisión

    de 6ernando --# an pri!ado a las colonias de su madre protectora. 4reando

    una ausencia del monarca en las tierras americanas# ausencia )ue

    pretendieron ocupar despóticamente las 4ortes de 4di'# declarndose

    defensoras de los derecos de la 4orona $ promo!iendo una pol*tica

    denigrante de las colonias# situación )ue for'aba a los blancos criollos a la

    desobediencia $ declaración de la autonom*a local& as* adems los ecos

    inmediatos posteriores a :a >eclaración del Acta de -ndependencia $ a

    promulgación de :a 4onstitución de 1811 para ol*!ar estaban caracteri'ados

    por la di!isión propiciada por partidos contrarios# al punto )ue la sociedad# las

    asambleas $ las elecciones populares mostraban una e!idente incapacidad

    funcional para articular e implementar un pro$ecto común# uniforme $

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    centrali'ado en un momento co$untural donde era menester la coesión de las

    diferentes pro!incias )ue conformaban la otrora 4apitan*a eneral de

    ene'uela. 7ara ol*!ar era menester un Estado centrali'ado $ mantener la $a

    declarada independencia de Espa%a. ;o obstante# :a 4onstitución de 1811

    estableció excesi!as facultades de autonom*a para su gobierno a las

    7ro!incias respecto al gobierno central. :o cual imped*a se estableciesen

    consensos $ acuerdos a corto pla'o )ue a su !e' posibilitaran establecer 

    pol*ticas de respuesta común ante la amena'a espa%ola.

    El federalismo como sistema de gobierno# imped*a articular un 7ro$ecto

    ;acional )ue implementara un 7lan desde un enfo)ue compartido# )ue tra'ase

    un objeti!o cu$as estrategias $ pol*ticas de desarrollo del mismo coad$u!aran a

    la consolidación de la 7rimera República. ;o era posible para el obierno

    4entral coordinar los plurales $ di!ersos gobiernos pro!inciales en aras de

    orientarlos $ regirlos en torno a un 7ro$ecto ;acional. As* ante tal inexistencia

    de un Estado 4entrali'ado se i'o ms sencilla la derrota de los patriotas. 7or 

    esto ol*!ar adjudica a :a 4onstitución de 1811 la pérdida de :a 7rimera

    República. Adems# ol*!ar no sólo adjudica el fracaso al modelo federal en la

    co$untura pol*tica de las colonias# sino a la cultura pol*tica de los americanos

    signada por la erencia del !asallaje espa%ol# )ue no le facilita contar con los

    talentos $ !irtudes pol*ticas necesarios para garanti'ar el éxito al momento de

    administrar el sistema federal# para ol*!ar# el alcan'ar estas cualidades por 

    parte de los pobladores de estos territorios $ sus dependencias era una tarea a

    mu$ largo pla'o. Es comprensible entonces )ue ol*!ar conclu$a la falta de

    idoneidad de dica 4onstitución para el carcter $ costumbres de los

    pobladores de ene'uela $ :a ;ue!a ranada# $ )ue también conclu$a

    ad!irtiendo )ue las instituciones representati!as no se adecuan al carcter#

    costumbres $ luces de la entonces América del ur# no eran por ende

    pertinentes para nuestras sociedades a su juicio.

    Hbsér!ese )ue ol*!ar oponiéndose a las resoluciones de los oficiales de

    :a 4orona Espa%ola $ a las 4ortes de 4di' constituidas una !e' apresado

    6ernando --# e incluso al 4ongreso )ue declara nuestra Acta de-ndependencia el 05 de julio de 1810# $ sobre la base del diagnóstico de una

  • 8/17/2019 Exégesis de Los Fundamentos Filosóficos Del Acta Declaratotia de La Independencia de La República de Venezuela…

    13/41

    1@

    realidad cultural# social $ pol*tica local compleja# propone un Estado

    centrali'ado con un ejecuti!o electo $ un enado ereditario )ue exigir*a#

    impl*citamente# estar compuesto por sujetos con una educación cultural $

    pol*tica del ms alto ni!el para el momento istórico# $a )ue# la función del

    enado es mediar entre las masas populares $ el Ejecuti!o# es decir# un

    enado integrado por blancos criollos. As* ol*!ar conclu$e $ fundamenta la

    preeminencia de su clase social como los ms aptos para dirigir el proceso de

    construcción de sociedades estado independientes de Espa%a en :a América

    del ur.

    Es nue!amente ol*!ar )uien en el ?Discurso de ngostura” de 1G1>

    elabora un diagnóstico de la población !ene'olana mu$ próximo al )ue

    expusiese en ?8a Carta de -amaica” de 1G1J # acerca de estas cuestiones nos

    se%ala"

    #$o /a sido la poca de la

  • 8/17/2019 Exégesis de Los Fundamentos Filosóficos Del Acta Declaratotia de La Independencia de La República de Venezuela…

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    1#

    pol*ticos capaces de poner en marca un pro$ecto republicano. Es decir# para

    el momento )ue ol*!ar presenta ?El Discurso de ngostura”, el pueblo de

    ene'uela entonces en !*as de emancipación# contaba con circunstancias

    istóricas co$unturales )ue le limitan la necesidad perentoria de acer su

    propio camino# su propia istoria. emejante panorama presentado pro$ecta

    para el pueblo de ene'uela dos posibles desenlaces inmediatos" una primera

    $ necesaria autodestrucción a tra!és de la acentuación de sus limitaciones#

    como consecuencia lógica de no tomar conciencia de su situación. >esenlace

    )ue descarta la participación de algún agente externo.

    En un segundo desenlace puede e!itarse esta autodestrucción si algún o

    algunos agentes externos a él le propician lo contrario. 7ero puede ocurrir )ue

    este agente externo promue!a la destrucción# o )ue le manipule para su

    pro!eco particular. Apreciaciones )ue se suscribir*an dentro del segundo

    desenlace. >entro de esta segunda posibilidad# est la opción planteada por 

    ol*!ar al incidir radicalmente en dico proceso# proponiendo una república

    inspirada en el sistema pol*tico inglés.

    ol*!ar no se co*be al a!enturar la propuesta de un Estado ;acional

    cu$o objeti!o sea garanti'ar lo ms posible la felicidad# la seguridad $ la

    estabilidad pol*tica para contrarrestar el despotismo espa%ol $ su erencia de

    !asallaje al pueblo de ene'uela" !icios# ignorancia e ineptitud para el ejercicio

    del gobierno. En atención a esto nos dice en ?El Discurso de ngostura”   de

    181L"

    #El sistema de gobierno más per)ecto es a*uel *ue produce ma!or sumade )elicidad posible, ma!or suma de seguridad social ! ma!or suma deestabilidad poltica. Por las le!es *ue dict+ el primer Congreso tenemosderec/o de esperar *ue la dic/a sea el dote de %ene&uela; ! por lasvuestras, debemos lison"earnos *ue la seguridad ! la estabilidad eterni&arán esa dic/a. vosotros toca resolver el problema. C+mo,despus de /aber roto todas las trabas de nuestra antigua opresi+n, podemos /acer la obra maravillosa de evitar *ue los restos de nuestrosduros /ierros se cambien en armas liberticidas 8as reli*uias de ladominaci+n espa0ola permanecerán largo tiempo antes *ue lleguemos aanonadarlas; el contagio del despotismo /a impregnado nuestraatm+s)era, ! ni el )uego de la guerra, ni el espec)ico de nuestrassaludables 8e!es /an puri)icado el aire *ue respiramos. $uestras manos

    !a están libres, ! todava nuestros cora&ones padecen de las dolenciasde la servidumbre. El /ombre, al perder la libertad, deca :omero, pierdela mitad de su espritu”.

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    1<

     3Bolvar, 1>GJ@ 111611A7

    Este programa pol*tico era sólo reali'able para él desde su ilustrado

    Estado republicano $ !irtuoso. As* esta República irtuosa se funda en la

    soberan*a del pueblo# estructura su organi'ación desde la di!isión de poderes#declara la libertad ci!il $ la abolición de la escla!itud# la monar)u*a $ los

    pri!ilegios entre los otrora ?blancos criollos@ nobles )ue aora se conciben

    ciudadanos. ol*!ar est explicitando# )ue los ciudadanos son iguales en

    cuantos part*cipes de similares deberes $ derecos pol*ticos# recogidos en :a

    4onstitución de dico Estado ;acional.

    ol*!ar e!idencia una clara conciencia de clase social" se percibe $

    asume como un ?blanco criollo@. 4on ello a asumido una lectura istórica $

    social del sector social al cual pertenece. u blanca $ criolla conciencia le a

    proporcionado eso )ue Arturo Andrés Roig10  llama el ?a priori  antropológico@#

    es decir# la noción  )ue se postula como punto de partida para elaborar una

    teor*a $ cr*tica del pensamiento latinoamericano# esto es# una necesaria noción

    de sujeto para apuntalar el pensamiento mismo. Pue se usa

    metodológicamente para reali'ar una reflexión acerca del alcance $ sentido de

    las pautas impl*citas en la exigencia fundante de #...ponernos para nosotros ! 

    valer sencillamente para nosotros...” 2Roig# 1L81" 1J3. Roig sostiene )ue esta

    noción estar*a expuesta $a en ico momento para

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    valioso, condici+n por la cual la )iloso)a seg=n :egel tuvo /ist+ricamente

    sus inicios con los griegos 3Die P/ilosop/ie beginnt in der griec/isc/en

    Qelt7, no es pues un su"eto singular, sino plural, en cuanto *ue las

    categoras de #mundo” ! de #Pueblo” /acen re)erencia "ustamente en l a

    una universalidad s+lo posible desde una pluralidad, motivo por el cual 

     podemos enunciar el a priori antropol+gico *ue plantea :egel, como un#*uerernos a nosotros mismos como valiosos” ! consecuentemente un

    #tener como valioso el conocernos a nosotros mismos”, aun cuando sea

    este o a*uel /ombre en particular el *ue ponga de mani)iesto dic/o punto

    de partida. 3G1@ 117.

     As* el considerarse como !alioso implica )ue el sujeto se cono'ca sólo a

    tra!és de él# llmase uni!ersal en

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    1

    decir# no ser necesario tener istoria sino saberse ente istórico. /na

    problemtica )ue para Roig est $a presente en ?8a Carta de -amaica” muco

    antes de )ue e

    eco# emos explicitado )ue para ol*!ar la unidad de nuestra América

    comprend*a toda la problemtica de nuestro destino istórico# su punto de

    partida $ también su meta. A juicio de Roig# este blanco criollo ten*a una clara

    conciencia del margen de utop*a )ue comprend*a su pro$ecto. Acerca de esto

    citemos un prrafo de ol*!ar )ue expl*cita el anelo de este pro$ecto en ? 8a

    Carta de -amaica”@

     9ue bello sera *ue el stmo de Panamá )uese para nosotros lo *ue el 

    de Corinto para los griegosN R"alá *ue alg=n da tengamos la )ortuna de

    instalar un augusto congreso de los representantes de las rep=blicas,

    reinos e imperios a tratar ! discutir sobre los altos intereses de la pa& ! 

    de la guerra, con las naciones de las otras partes del mundo 3Bolvar,

    1>GJ@ IA7.

    7ara Roig tales palabras de ol*!ar# suponen una filosof*a de la istoria

    fundada no sólo en una experiencia istórica !i!ida directamente por el mismo

    ol*!ar $ por su grupo social# sino adems sobre la base de la conciencia de la

    capacidad de ?acer istoria@# $ por ende de plantearse su futuro# )ue se

    entiende como a)uello )ue estamos llamados a ser social $ culturalmente#

    partiendo de a)uello )ue $a somos# entes istóricos.

    :a mentalidad de ol*!ar no se ocupa $ no se estanca en a)uello )ue a

    sido# sino de lo )ue ?es@ $ de lo )ue ?ser@# en cuanto posibilidad real $ futura

    para América. obre la base de las potencialidades o l*mites del sujeto istórico

    americano. Entendida esta mentalidad en el plano concreto de la contingencia

    de lo istórico.

     As* pues# el proceso de autoafirmación )ue se ab*a dado en ol*!ar# le

    lle!a a plantearse la autonom*a e independencia de su grupo social de la

    7en*nsula espa%ola como un deber )ue nace de una necesidad# ésta es# el

    !erse a s* mismo $ a los su$os como sujetos de su propia istoria. ,a no ser

    aceptado el discurso opresor !iolento bajo ninguna de sus presentaciones. :a

    elaboración intelectual de los blancos peninsulares al presentar un discurso

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    19

    opresor !iolento mati'ado con estatutos jur*dicos# concesiones de noble'a $

    disposiciones signadas por pliegues deslumbrantes# se reca'arn por su

    impl*cita pretensión de actuar como legitimadoras de relaciones de dominio $

    opresión. Pue en definiti!a acen mella durante la co$untura de cambios# en

    los matices de las relaciones de dominación introducidas por las 4ortes

    despóticas de 4di' defensoras de los derecos de 6ernando --. er esto

    a)uello )ue precipite a los blancos criollos a la re!olución. 7ero# est también

    expl*cito en ol*!ar el )ue dico eco le obliga a ca!ilar ms all del eco

    mismo# es decir# cules ser*an las implicaciones futuras para él $ los su$os.

    Entiéndase# )ue el discurso de ol*!ar deri!a en una conclusión )ue trasciende

    las demandas de su grupo social particular# esta es" legitimar la necesidad# la

    exigencia $ el carcter justo de una emancipación del dominio europeo por 

    parte de los dominados naturales de las tierras americanas.

    El formular el diagnóstico referido $ la propuesta de un gobierno

    republicano# ace de ol*!ar un !ene'olano especial en su contexto# un agente

    externo al pueblo. Es decir# puesto )ue él no es pueblo puede tomar distancia $

    aproximarse a un conocimiento e interpretación para reali'ar una lectura

    inteligente de sus circunstancias. /na situación por dems pri!ilegiada desde la

    contextuali'ación espacial $ temporal donde se desarrolla este drama. En un

    territorio aora recorrido por escla!os libertos# ind*genas a!entureros# mesti'os#

    negros cimarrones# espa%oles peninsulares identificados u opuestos a la

    -ndependencia $ blancos criollos patriotas o realistas. Fodas estas clases

    sociales distanciados por sus patrimonios económicos $ culturales# pero mu$

    cercanos $ espordicamente unidos por obra de un anelo común# )ue les

    coloca socialmente en una igualdad !irtual de reconocimiento $ camarader*a

    ante otros" la militancia en sus impro!isados ejércitos )ue literalmente mor*an.

    9, I4ee4e$*& o es E"&$*&$*! 4e L&s C+&ses So$*&+es

      :os redactores de la >eclaración del Acta de -ndependencia# a

    continuación resaltan su sentimiento de tenencia $ posesión del dereco a

    consentir o no la sucesión de :a 4orona Espa%ola# alegando )ue #…! 

    considerando la plena ! absoluta posesi+n de nuestros derec/os, *ue

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    1=

    recobramos "usta ! legtimamente desde el 1> de abril de 1G1H, en

    consecuencia de la "ornada de Ba!ona ! la ocupaci+n del Trono Espa0ol por la

    con*uista ! sucesi+n de otra nueva Dinasta constituida sin nuestro

    consentimiento;…” 2 6olio 110!3. 

     Atendamos en suma# )ue la última cita referida de nuestra Acta de

    -ndependencia afirma la conjura de los mantuanos del 1L de abril de 1810#

    como una maniobra pol*tica para# so pretexto de declararse como Cunta

    4onser!adora de :os >erecos de 6ernando --# preser!aran su 7atrimonio#

    su status )uo# $ el sistema social de di!isión de clases. e%alemos también

    )ue ?los mantuanos@ o ?blancos criollos@ )uienes suscriben el Acta en cuestión#

    fundamentan su plena $ absoluta posesión de sus derecos , en su identidad eistoria como clase social# es decir fundamentada en la concesión feudal )ue

    El emperador 4arlos # Re$ de Espa%a $ Emperador de Alemania# respecto a

    la administración mutua de dicas tierras acordara mediante un pacto con sus

    antepasados" los primeros espa%oles coloni'adores $ pobladores de estas

    tierras.

     A continuación aremos mención de este pacto citado por ol*!ar en 8a

    Carta de -amaica. 7ero# puesto )ue ol*!ar menciona este pacto en referencia

    al registro )ue de este presenta 6ra$ er!ando Feresa de 9ier ;oriega $

    uerra11# emos elaborado un cuadro comparati!o entre la cita del 7acto por 

    parte de ol*!ar $ la fuente )ue usó para luego reali'ar una aproximación

    comparati!a explicati!a de ambas referencias"

    11 Fra, Servando 6eresa de 3ier oriega , *uerra !ue un presb&tero

    !ranciscano , pr$cer de la independecia de la ueva %spaBa >3:ico?.Luien naci$ en 3onterre, >18

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    20

    E+ P&$%o $*%&4o or Bo+3&r E+ P&$%o $*%&4o or Fr&2

    Ser&4o

    I. El emperador Carlos % )orm+ un pacto con losdescubridores ! pobladores, *ue como dice Kuerra

    es nuestro contrato social. 8os re!es de Espa0a

    convinieron solemnemente con ellos *ue lo

    e"ecutasen por su cuenta ! riesgo.

    I,  8os re!es de Espa0a capitularon "urdica ! solemnemente, desde

    Col+n, con los con*uistadores ! 

    descurbridores de mrica para *ue

    lo )uesen por su propia cuenta ! 

    riesgo.

    II. 3...7 pro/ibindoseles /acerlo a costa de la real /acienda, ! por esta ra&+n se les conceda *ue

    )uesen se0ores de la tierra, *ue organi&acen la

    administraci+n ! e"erciesen la "udicatura en

    apelaci+n con otras e(enciones ! privilegios *uesera proli"o detallar.

    II.3 pro/ibindose e(presamente/acer alg=n descubrimiento,

    navegaci+n, ni poblaci+n a costa de

    la

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    21

    III. El

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    22

    re!es posteriores. Medtese bien esta

    le!, *ue autori&a en primer lugar a los

    vasallos americanos a resistir toda

    ena"enaci+n, ba"o el seguro de la

     palabra real, ! en segundo les da una

    acci+n de "usticia para oponerse a

    ella, )undada en los traba"os ! gastos

    de sus ma!ores en la con*uista como

    se trata de remunerarlos. 2 si los

    dic/os no se llaman pactos e(plcitos

    ! solemnes, inalterables por 

    onerosos, !o no s *u cosa pueda

    serlo en el mundo.

    Hbser!emos en el apartado I )ue ambos escritos guardan un estrecoparecido en su estructura. >esde el inicio se e!idencia )ue el acuerdo

    mencionado por cada escrito remite a las mismas partes en cuestión" la 4orona

    espa%ola $ los con)uistadores o colonos de América& entre los cuales se

    establecen licencias# como el )ue los con)uistadores ejecutasen dico 7acto

    según su parecer e iniciati!a# esto es# la con)uista $ explotación de las tierras

    americanas corr*a por parte de los !asallos americanos. 7ero adems# se

    establecen restricciones# puesto )ue la licencia citada no se extiende a la Real

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    2@

    En el apartado II de la cita de ol*!ar# est ausente la idea de protección $

    educación de los ind*genas )ue est presente en el apartado II citado por de

    9ier. Es decir# para el momento ol*!ar no cita las circunstancias sociales $

    pol*ticas de este grupo social.

    Respecto al apartado III obser!amos )ue ol*!ar reitera la potestad

    otorgada a los colonos por el Re$& tal $ como lo iciera en el apartado I en su

    texto de 9ier. 7ero ol*!ar# inclu$e en el apartado III adems el compromiso del

    Re$ a no pasar o trasmitir la propiedad de las colonias americanas a terceros .

     A tal frase le sigue una mención de la potestad del Re$ respecto al 7acto. /na

    mención )ue por el momento en )ue aparece en la estructura del texto# $ la

    forma de la oración )ue la expresa# es una se%al de alto a la potestad de la

    4orona# perctese )ue su introducción es for'ada en el prrafo al presentarse

    como se%alamiento de l*mites al Re$ en su ejercicio del alto gobierno de las

    colonias& esa es su jurisdicción única. , ol*!ar se interesa por)ue el

    destinatario de esta Carta se entere del albedr*o )ue esto supon*a para los

    blancos criollos descendientes de los primeros con)uistadores espa%oles&

    reiterando la potestad de iniciati!a para la explotación $ con)uista de las tierras

    americanas mencionadas en el prrafo I. ;o obstante# ol*!ar no profundi'a

    cómo se entiende esta jurisdicción del Re$# aun)ue en los prrafos I $ II $a lo

    a esbo'ado.

    El prrafo III es donde de 9ier contempla mu$ rigurosamente un

    se%alamiento de las implicaciones inmediatas de la capitulación real a los

    blancos criollos& incluso menciona algunas de estas atribuciones# atiéndase

    )ue éstas coinciden en mencionar )ue sea el con)uistador con sus propios

    recursos )uien colonice las tierras americanas instaurando instituciones propias

    de la ci!ili'ación europea& tal enumeración de concesiones culmina enunciando

    una condición necesaria a ejercitar por los colonos para )ue participasen de

    ellas" el asallaje por siempre de la 4orona de 4astilla& los con)uistadores se

    compromet*an a no prescindir de su condición de súbditos de la 4orona# $ a no

    separar las tierras americanas del -mperio Espa%ol& restricción esta de la )ue

    se desprend*a el predominio perpetuo de la monar)u*a espa%ola $ sus

    descendientes en las comarcas americanas& al modo mismo como lo presenta

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    2#

    ol*!ar al final del prrafo III de su cita al 7acto en estudio# $a citado en el

    prrafo I# esto es# )ue el carcter de pertenencia de las tierras americanas a las

    colonias es cual ?propiedad feudal@ $ )ue este carcter se extiende a los

    descendientes de estos primeros colonos como una concesión ereditaria

    !italicia.

    En el prrafo I: en el texto de ol*!ar se denuncia la existencia de le$es

    )ue otorgan cargos preferenciales $ exclusi!os a los espa%oles peninsulares#

    espec*ficamente en la administración pública $ en la institución eclesial#

    particularidad de exclusión directa de los descendientes de los primeros

    con)uistadores $ colonos de su majestad 4arlos # es pues una transgresión a

    lo expresado en los prrafos III $ I del 7acto citado por ambos autores. 4onesto ol*!ar subra$a la !iolación del antiguo 7acto# al )ue el prrafo I: del texto

    de uerra ace mención# como compromiso $ promesa de la 4orona de

    4astilla a guardar las clusulas en él contempladas con los descendientes de

    los con)uistadores& 4arlos :  prometió $ con él sus sucesores# a nunca

    usufructuar las tierras americanas a sus !asallos o sucesores en aras de

    entregar a terceros# )uedando in!lido cual)uier acto )ue guarde relación con

    tal asunto.

    ol*!ar en el prrafo : de su texto# refiere el efecto inmediato propiciado

    por la arbitraria transgresión )ue conced*a pri!ilegios exclusi!os a los

    peninsulares" la anulación de los compromisos entre las partes. Puedaban

    pues los blancos criollos pri!ados del asallaje $ de sus prescripciones& la

    4orona ab*a roto una clusula del 7acto# a)uella citada por uerra en el

    prrafo III de su texto con la promulgación de la le$ de preferencia peninsular&

    por ende en adelante no se ace !inculante el cumplimiento del 7acto para la

    otra parte representada por los blancos criollos. 4on lo cual se colige la

    autonom*a de los colonos americanos de la 7en*nsula# mencionada por de 9ier 

    en su prrafo :. All* nos dice )ue 4arlos acordó )uedase nulo el 7acto si su

    persona o sus sucesores los transgrediesen& agregando de 9ier# el )ue los

    posteriores monarcas lo an confirmado. , )ue lo con!enido $ lo último

    enunciado por el Re$ es una autori'ación para ?resistir@ cual)uier transgresión

    as* como una legitimación para ?oponerse@ a la misma. Entiéndase# )ue ol*!ar con este 7acto se ab*a eco con una argumentación enmarcada en el

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    25/41

    2<

    ?dereco de gentes@# )ue le conced*a un reconocimiento de ra'onabilidad a su

    causa independentista. /na acción )ue comprend*a una empresa )ue sin

    embargo no contaba con la cualificación de los blancos criollos para lle!arse a

    cabo# con la premura $ eficiencia )ue una cultura ci!ili'ada pudiese reali'ar.

    Esta limitación social de los pobladores de ene'uela es tan delicada $

    determinante para las circunstancias istóricas de nuestra independencia# )ue

    incluso es recogida muco antes por los redactores de nuestra Acta de

    -ndependencia# )uienes nos se%alan"

    #*ueremos, antes de usar de los derec/os de *ue nos tuvo privados la)uer&a, por más de tres siglos, ! nos /a restituido el orden poltico de losacontecimientos /umanos, patenti&ar al Universo las ra&ones *ue /anemanado de estos mismos acontecimientos ! autori&an el libre uso, *uevamos a /acer de nuestra soberana. $o *ueremos, sin embargo,empe&ar alegando los derec/os *ue tiene todo pas con*uistado, pararecuperar su estado de propiedad e independencia; olvidamosgenerosamente la larga serie de males, agravios ! privaciones, *ue el derec/o )unesto de con*uista, /a causado indistintamente a todos losdescendientes de los descubridores, con*uistadores ! pobladores deestos pases, /ec/os de peor condici+n, por la misma ra&+n *ue deba)avorecerlos, ! corriendo un velo sobre los trescientos a0os dedominaci+n espa0ola en mrica, s+lo presentaremos los /ec/osautnticos ! notorios *ue /an debido desprender ! /an desprendido dederec/o a un mundo de otro en el trastorno, desorden ! con*uista *ue

    tiene !a disuelta la $aci+n Espa0ola”.

     34olio 11Hv.7

    Resaltemos )ue esta cita en comparación con la cita anterior de ol*!ar 

    nos presenta# a los blancos criollos como un grupo social limitado por)ue no

    cuentan con ninguna formación para asumir las instituciones de la

    administración pública# una !e' expulsadas las autoridades peninsulares. in

    embargo# los blancos criollos se an lan'ado a desempe%ar oficios cu$as

    exigencias desconoc*an del todo& las circunstancias istóricas les an impuesto

    un protagonismo $ lidera'go inesperado# e incluso esta posibilidad por la

    -ndependencia ajustada a dereco leg*timo encuentra en el 7acto de asallage

    citado por de 9ier una argumentación istórica# )ue lógicamente es ra'onada

    por ol*!ar en los apartados I: $ : del 7acto $a presentado por nosotros.

    >istingamos la siguiente frase de nuestro última cita textual #…! corriendo

    un velo sobre los trescientos a0os de dominaci+n espa0ola en mrica, s+lo

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     presentaremos los /ec/os autnticos ! notorios…# 26olio 110!3 $

    comparémosla con esta cita de 8a Carta de -amaica el  ?Bvelo se /a rasgado,

    !a /emos visto la lu& ! se nos *uiere volver a las tinieblas; se /an roto las

    cadenas, !a /emos sido libres ! nuestros enemigos pretenden de nuevo

    esclavi&arnos...”  2ol*!ar# 1L85" 5K3.

    Este ejercicio leg*timo de la desobediencia $ declaración de la autonom*a

    local# es apelado también como un dereco citado en el Acta del 05 de julio de

    1811@#…8as sesiones ! abdicaciones de Ba!ona, las "ornadas del Escorial ! de

     ran"ue&, ! las +rdenes del lugar teniente Du*ue de Berg, a la mrica

    debieron poner en uso los derec/os *ue /asta entonces /aban sacri)icado los

    americanos a la unidad e integridad de la $aci+n Espa0ola…” 26olio 1113.

    e a ejercido as*# una acción l*cita en el ?dereco de gentes@ suscrito con

    la 4orona& sin una pre!ia planificación# estudio o concepción m*nima de un

    pro$ecto pol*tico alternati!o. :a co$untura istórica les impuso la senda de la

    re!olución. As* se colige# )ue el acontecimiento independentista capitaneado

    por los blancos criollos representó un momento necesario del de!enir istórico

    de su tiempo# as* un acto ?ci!il@ sujeto a dereco.

    Retomemos nuestra última cita de ol*!ar $ resaltemos aora las

    sugerencias de una inclinación por un pro$ecto pol*tico espec*fico# )ue

    reiteramos no es el federalismo esgrimido por el 4ongreso )ue redacta el Acta

    )ue nos ata%e# nuestro autor nos dice" #...! amena&ados por la anar*ua, a

    causa de la )alta de un gobierno legítimo, justo y liberal, nos precipitamos en

    el caos de la revoluci+n...”  2ol*!ar# 1L85" J53 2ubra$ado nuestro3. 4on lo cual

    se explicita# en principio# una identificación del autor por las libertades públicas

    como caracter*sticas de un gobierno# ms no define en s* )ué entiende con el

    término liberal. Pue a)u* nosotros concluimos se refiere al liberalismo -nglés#

    )ue como emos $a referido se sostiene en una monar)u*a constitucional $

    republicana# por)ue en esta Carta  se mantiene como ilo conductor la afinidad

    con

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    in negar )ue de tal liberalismo# ol*!ar reali'a una selección de

    instituciones. Es decir# se recurre a una opción liberal inglesa manifiesta

    también ms adelante en la misma cita según nos ad!ierte Reinaldo Rojas

    21LLL3# )uien nos dice"

     nte esta circunstancia, el movimiento emancipador se dio a la tarea deSacto seguido se remite a la americana de 1II?, es decir, a la #declaraci+n dederec/os )ormulada por los representantes del buen pueblo de %irginia,reunido en una convenci+n libre ! plena”, en cu!o artculo 1. leemos *ue#todos los /ombres son, por naturale&a, igualmente libres eindependientes ! poseen determinados derec/os innatos, de los cuales Vcuando entran en el estado de sociedad6 no pueden mediante ning=n pacto privar o despo"ar a sus descendientes@ el dis)rute de la vida ! la posesi+n de la propiedad, ! la b=s*ueda ! el logro de la )elicidad ! de laseguridad #. Esto se declara en el artculo 1., mientras *ue en el artculoA. se dice *ue #todo el poder reside en el pueblo !, por consiguiente, del procede”. El artculo 5. Contin=a #el gobierno es, o debe ser, instituido

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     para la utilidad p=blica, la protecci+n ! la seguridad del pueblo”; artculo@ #ning=n /ombre o grupo de /ombres tiene derec/o a remuneracioneso privilegios particulares”; artculo J. #los poderes legislativo ! e"ecutivodel Estado deben estar separados ! distinguirse del poder "udicial”. Eneste mismo tono prosigue la enunciaci+n de lo *ue más adelante seránconsiderados como principios básicos del Estado liberal6democrático oEstado de derec/o 3pp. JI16JIA7

     As* pues# llamemos la atención acerca de lo siguiente $a expl*cito por las

    últimas dos citas" la primera 4onstitución de la filosof*a moderna se redactó $

    estableció en los Estados /nidos de América el a%o 1K8K# la segunda en la

    6rancia de 1KL1. , la tercera 4onstitución moderna $ republicana se formuló $

    decretó en la ene'uela de 1811. :uego de estas consideraciones# podemos

    colegir )ue la referencia al gobierno constitucional enunciada por ol*!ar $

    ad!ertida por Rojas# se refiere al constitucionalismo inglés $ no al

    constitucionalismo federal# comprendido como un código filosófico $ jur*dico

    formulado por el pueblo o sus representantes como un ejercicio de la !oluntad

    de todos $ cada uno de sus miembros# en cuanto garanti'a $ prescribe un

    modo de proceder para sus instancias de gobierno# para con ellos entre s*#

    como partes )ue conforman la sociedad ci!il# $ para con otras sociedades

    ci!iles# ms all de sus fronteras. Pue adems establece una estructuraorgani'ati!a del Estado& instaurando instituciones para gerenciar el mbito

    público o social# es decir# el marco geogrfico cu$o territorio lo comprenden las

    ciudades. 4u$os abitantes al suscribirse a la 4onstitución !igente en dica

    ciudad es concebido como parte del Estado )ue all* gobierna& concepción del

    indi!iduo )ue se conoce como SciudadanoS# $ a las prerrogati!as contempladas

    en la legislación )ue determina el modo de proceder en la ciudad# se llama

    ciudadan*a.

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    2=

    ;, Los Le(3%*"os Dere$

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    @0

    #8uego *ue se disolvieron, sustitu!eron ! destru!eron entre s las varias)ormas de gobierno de Espa0a, ! *ue la le! imperiosa de la necesidad,dict+ a %ene&uela el conservarse a s misma, para ventilar ! conservar los derec/os de su

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    @1

    Este otro concepto para concebir las relaciones internacionales ms

    cercano al ?dereco de gentes@ cu$a intencionalidad es coad$u!ar #…la

    necesidad de recobrar la dignidad natural…”  26olio# 11D!3# )ue les a de!uelto

    cual derecos inalienables por dems #…imprescindibles derec/os *ue tienen

    los pueblos, para destruir todo pacto, convenio o asociaci+n *ue no llena los

    )ines para *ue )ueron instituidos los gobiernos…”   26olio 11D!3 $ por ende ?B

    como todos los pueblos del Mundo estamos libres ! autori&ados para no

    depender de otra autoridad *ue la nuestraB@ 26olio 11D!3 e incluso ?B! *ue

    es !a de nuestro indispensable deber proveer a nuestra conservaci+n,

    seguridad ! )elicidad, variando esencialmente todas las )ormas de nuestra

    anterior constituci+nB@ 26olio# 11G3.

    :o expuesto nos lle!a a concluir )ue El 4ongreso del 05 de julio de 1811

    replantea incluso el parecer subjeti!o del ciudadano respecto al Estado

    mismo# la indi!idualidad del ciudadano se expresa $ alcan'a su reali'ación en

    el ori'onte republicano# cuando contribu$e a )ue istóricamente aconte'ca el

    bien público& gestando relaciones sociales caracteri'adas por la solidaridad# la

    igualdad $ la libertad con justicia. El ciudadano se limita a ejercitar su

    subjeti!idad en atención a los parmetros pre!iamente concedidos por laestructura del Estado irtuoso sobre la base ?Bdel virtuoso Pueblo de

    %ene&uela…”  26olio 11G3. As* se concibe con ello el propiciar un trnsito de

    indi!iduo a ciudadano. Acerca de esto nos dice Antoni >omTnec1D 21L8L3"

    9u propicia ese tránsito nos lo e(plica, sin embargo, el ciudadano -ean-ac*ues de un modo caractersticamente republicano@ el desarrollo de lasartes ! las industrias, el progreso de la civili&aci+n, /a multiplicado losbienes materiales !, con ellos, las necesidades ! deseos de los /ombres

    /asta degenerarlos Fen de vrais besoinsF, en verdaderas necesidades enel sentido de *ue resulta más doloroso pasarse sin ellas *ue [email protected], outre *uWils Slos /ombres en curso de civili&aci+n continuirent ainsi á sWsamollir le corps et lWesprit, ces comodits a!ant par l W/abitude perdu pres*ue tout leur agrment, et tant en mXme tempsdgneres en de vrais besoins, la privation en devint beaucouop pluscruelle *ue la possession nWen toit douce; et lW on toit mal/ereu( de les perdre sans Xtre /ereu( de les possder 3 p. 1GG7.

    1% &o$éne', A. (1989). De la Etica a la Política: De la razón erótica a la razón inerte. arelona:

    rial+o.

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    @2

    El nue!o estado referido por el Acta de -ndependencia# secundado por 

    Roscio# ol*!ar $ Rousseau# es a)uel )ue a sido constituido gracias al

    progreso de la ci!ili'ación o imposición de la cultura occidental a tra!és del

    liberalismo económico e ilustrado. A)u* entendemos por cultura occidental

    a)uella )ue se constitu$e istóricamente de la fusión de cuatro pilares

    fundamentales" la filosof*a griega# el dereco romano# el liberalismo

    económico $ el cristianismo originado en Cudea $ luego institucionali'ado por 

    el -mperio Romano# ad!ertimos esto por las ra'onables connotaciones )ue

    pudiese darse al término cristianismo.

    Entiéndase )ue por definición de ?cultura occidental@# comprender*a el

    desarrollo de las artes# la industria $ la propiedad pri!ada. Eso )ue en su jerga

    ol*!ar llama ?la ci!ili'ación@# $ es a)u* donde se juega el trnsito del estado

    natural al estado ci!il de Rousseau $ de ol*!ar. /n trnsito# )ue Rousseau a

    descrito como ablandar el cuerpo $ el esp*ritu domesticando mediante

    condicionamientos ficticios# la sencille' primera del indi!iduo# $ )ue ol*!ar 

    resume en educar al ciudadano en la !irtud republicana.

    ;os a dico Rousseau# )ue para la domesticación del indi!iduo se

    in!entaron falsas necesidades )ue se presentan como !erdaderas# $ cu$a

    posesión incita el deseo de poseerlas# pero una !e' )ue se tienen no

    compensan la ansiedad del deseo de posesión# o a)uello )ue es ms cruel" el

    sentimiento de concebirse como desgraciado $ experimentarse como tal

    debido a la pri!ación de esto o a)uello. As* Rousseau pareciera concluir en

    nuestra última cita# )ue Sla ci!ili'aciónS a proporcionado ms desgracias )ue

    felicidad al ombre# pues en definiti!a dicas necesidades para Rousseau

    significaron" S...el primer !ugo *ue se impusiera sin pensar en ello ! la primera

    )uente de males *ue ellos Slos promotores de la civili&aci+n prepararon para

    sus descendientes…F  2Rousseau# 1L8L" 1JK3.

    4onclusión esta )ue para >omTnec responder*a a un estilo

    propiamente clsico" pues SclsicoS $ no SromnticoS es malfiarse de la ri)ue'a

    $ alabar la austeridad. /na concepción del Estado de naturale'a )ue

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    @@

    >omTnec considera mu$ optimista# de la cual Rousseau se distancia al

    proponer :a 4onstitución del estado ci!il $ su concreción en un Estado pol*tico#

    pues Rousseau concibe a los ombres cegados por sus intereses particulares

    al abandonar su estado natural. Es decir# la guerra de todos contra todos

    acontecer*a como el primer momento del estado ci!il.

    7ara >oménec# los ciudadanos presentados por Rousseau )ue

    promue!an un proceso pol*tico constitu$ente# pudieran estar absortos en sus

    propios intereses. ;o obstante# ni por este moti!o o por ningún otro les eximir*a

    Rosseau sus derecos inalienables. 7or ende# en Rousseau no ser*a el

    soberano a)uel )ue elabora el dereco $ posteriormente lo otorga a los

    ciudadanos# mu$ por el contrario# son los indi!iduos los )ue al efectuar el

    contrato introducen la figura del soberano como instancia )ue !ela por el

    ejercicio de esos derecos $ los garanti'an. Estos derecos le lle!an a concluir 

    a >oménec# )ue la libertad $ la felicidad en el Estado rousseauniano

    pertenecen al ombre natural& al ombre ci!il o ciudadano le pertenece una

    !ulgar imitación aproximada. Esto es as* por)ue Rousseau no )uer*a un

    acuerdo de sumisión al soberano sino un acuerdo de unión# para )ue sólo

    dico acuerdo legitime la !oluntad general.

    En suma# para >omTnec el Estado republicano de Rousseau#

    promue!e la austeridad $ la regulación del lujo por la pretensión de mantener la

    simplicidad de  las costumbres# buscando establecer una igualdad de rangos $

    fortunas entre los ciudadanos. , esto por)ue se e!ita colocar la soberan*a al

    ser!icio de la econom*a de mercado# se cierra la puerta al liberalismo en la

    república rousseauniana. >e lo contrario# el !icio corromper*a a los ciudadanos

    rasgando en ellos los condicionamientos de la !oluntad general& sobre la base

    del interés particular $ el amor propio# deri!ando en el colapso del Estado cu$a

    decantación comprender*a los extremos" la tiran*a $ la anar)u*a.

    ólo desde la !irtud republicana# como mediación de la !oluntad general

    en la conciencia del ciudadano# es posible tal pro$ecto rousseauniano.

    5. E3+o(o. De L& Cos%*%-2e%e 4e 1811 & L& Cos%*%-2e%e 4e 1===.7E+ P-e/+o re%o"& s- +e(*%*"*4&4

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    @#

    :a sesión inaugural )ue instaló el upremo 4ongreso de ene'uela se

    reali'ó el 1D de mar'o de 1811# en la 4iudad de 4aracas# all* concurrieron G0

    diputados electos de los IG con!ocados. El acto tu!o lugar en la 4asa del

    4onde de an Ca!ier# la o$ conocida es)uina El 4onde. Este ser*a el 7rimer 

    4ongreso 4onstitu$ente de nuestra República# declaró nuestra -ndependencia

    el 5 de julio de ese a%o $ sancionó la primera 4onstitución del pa*s e

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    @<

    obre la base de lo expuesto# concluimos )ue en la esde esa feca

    asta 1L5D gobierna un Cunta 9ilitar regida por 4arlos >elgado 4albaud#

    9arcos 7ére' Ciméne' $ :uis 6elipe llo!er 7e'# los tres tenientes coroneles

    del Ejército ;acional formados en academias militares del exterior#pertenecientes a una generación )ue inicia ?la profesionali'ación militar@ en

    ene'uela# decretan la ilegalidad del partido Acción >emocrtica e inician un

    gobierno de las 6uer'as Armadas ;acionales con represión selecti!a sin dar 

    pie a escndalos públicos# manifiesta abiertamente su disposición de con!ocar 

    a elecciones. Algunos autores conceptuali'an este per*odo como dicta=blanda#

    para diferenciarlo de una dictadura por su carcter de control lig/t  e!idente al

    mantener legales al 7artido 4omunista de ene'uela 2743# :a /niónRepublicana >emocrtica 2/R>3 $ al 4omité de Hrgani'ación 7ol*tica Electoral

    -ndependiente 24H7E-3 de tendencia social cristiana conser!adora. Esta dicta=

    blanda es frustrada por el asesinato del 7residente de la Cunta de obierno#

    >elgado 4albaud# por parte de Rafael imón /rbina cercano a 9arcos 7ére'

    Ciméne'. Este a%o el 74 reali'a uelgas obreras# se clausura su periódico

    ?Fribuna 7opular@# ?El rfico de 4H7E-@ $ aumentan los presos pol*ticos. :a

    Cunta 9ilitar se trasmuta en Cunta de obierno al incorporar a un ci!il para

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    36/41

    @8

    presidirla" el >r. ermn ure' 6lameric. Esta junta inicia la preparación de

    unas elecciones para una Asamblea 4onstitu$ente en no!iembre de 1L5D.;uestra istoria nos lle!a a concluir )ue :a 4onstitu$ente de 1LLL es la

    primera )ue redacta una 4onstitución originaria# 2por cuanto ésta emerge del

    7oder 4onstitu$ente )uien se dispuso en la primera sesión de la Asamblea de

    1LLL a refundar la República3 $ esto lo e!idencia adicionalmente el proceso de

    su gestación. Es el 7residente de :a República )uien consulta al Fribunal

    upremo de Custicia la posibilidad de con!ocarla& este Fribunal decreta )ue se

    realicen elecciones directas# uni!ersales $ secretas para )ue el 7ueblo elija sin

    discriminación alguna de su seno los participantes& una !e' instalada la

     Asamblea 4onstitu$ente se reconoce como un instrumento del 7ueblo para

    acer un mandado 2:a redacción de :a 4onstitución de 1LLL3# cabe subra$ar 

    )ue los constitu$entes sociológicamente ablando fueron una expresión

    cultural del 7ueblo de ene'uela en cuanto pluricultural# multicultural $

    multiétnico# all* discutieron empresarios de abolengo con ind*genas# estos con

    proletarios educadores criollos $ afrodescendientes igualmente proletarios#

    pol*ticos de carrera con feministas $ omosexuales# fer!orosos cristianos

    católicos con santeros $ académicos juristas# inmigrantes entre otros& ese

    mandado se ace $ se le consulta al 7ueblo depositario único del 7oder Hriginario. :a 4onstitu$ente se reconoció as* como sin autoridad $ legitimidad

    para aprobar la 4onstitución# $ por ende con un poder sólo para redactarla# $

    a)u* radica el carcter originario de la 4onstitu$ente de 1LLL $ de la

    4onstitución de 1LLL" )ue el 7ueblo eligió a los 4onstitu$entes para redactarla#

    $ luego pre!io estudio de dica redacción el mismo 7ueblo es )uien la aprueba

    mediante el sufragio uni!ersal# directo $ secreto.Ese 7ueblo )ue aprobó por ma$or*a significati!a la 4onstitución de 1LLL.

    Es un 7ueblo pluricultural# multicultural $ multiétnico# $ por ende la 4onstitución

    de 1LLL respecto sus fundamentos $ principios# el esp*ritu $ las estructuras )ue

    dan !ialidad a dico esp*ritu como mandatos ontológicos# rompe con el

    liberalismo pol*tico# por)ue el 7oder Ejecuti!o# el 7oder :egislati!o $ el 7oder 

    Cudicial son super!isados por el 7oder 9oral 2:a 6iscal*a eneral de :a

    República# :a 4ontralor*a eneral de :a República $ :a >efensor*a del 7ueblo3

    para !elar por)ue el cumplimiento de la representati!idad $ los fines di!ersos

    de elección a ellos dados# no interfieran ni transgredan la oberan*a -ndi!isible

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    @

    del 7ueblo# )ue según la 4onstitución de :a República oli!ariana de

    ene'uela de 1LLL no se puede transferir e incluso delegar en sus

    representantes leg*timos. Es as* como a partir de 1LLL# nuestro Estado

    >emocrtico $ ocial# de >ereco $ de Custicia# 6ederal $ 4ooperati!o# $

    arantista# priori'a el ?garanti'ar@ se ejer'a el dereco# $a )ue todas las

    constituciones anteriores se an abrogado la delegación de la oberan*a

    -ndi!isible. egún esta nue!a concepción de la oberan*a -ndi!isible la

     Asamblea -nstitu$ente del 7ueblo# entiéndase el 7ueblo organi'ado en

    4onsejos 4omunales# 4omunas o 4ofrad*as de an Hnofre u Hbatal# entre

    otros# comprende en s* mismo Asambleas del Autogobierno# con lo cual puede

    solicitarle al Estado se abstenga para el ejercicio de funciones en las

    respecti!as poligonales )ue esta Asamblea ocupe. Atiéndase adems )ue el

    mal llamado# asambleismo de calle# esto es la consulta del 7ueblo en una

    7la'a# por parte de la Asamblea ;acional o 7oder :egislati!o# para la

    aprobación o no de una le$# como consulta no es !inculante a la oberan*a

    -ndi!isible del 7ueblo. >esde esta misma argumentación es inconstitucional el

    ejercicio de cual)uier 9inisterio del 7oder 7opular para :a 4omunas o para lo

    )ue sea# si no se subordina a los 4onsejos 4omunales# a las 4omunas $ al

    7ueblo en concreto. Este Estado 6ederal 4ooperati!o sobre la base del poder 

    obendecial al 7ueblo organi'ado# se subordina a un 7ueblo organi'ado para la

    formación# ejecución $ control de la gestión pública $ no sólo de las pol*ticas

    públicas. Es as* como el Estado est en la obligación de crear formas mixtas de

    gobierno en corresponsabilidad junto con el 7ueblo para gerenciar el espacio

    estadal $ el espacio social# en atención a ello ambos deben coad$u!ar al

    Estado a democrati'ar $ desconcentrar el 7oder. 7or ello# se crea el 4oncejo

    de Estado $ el 4oncejo 6ederal de obierno. El primero para planificar el

    Estado# compuesto por el Ejecuti!o# $ el resto de los 7oderes 7úblicos $ una

    !ocera del 7oder 4omunal. El segundo# por el icepresidente $ los

    gobernadores $ alcaldes. 4on ambos 4onsejos se diferencia el Estado $ el

    obierno. Ambos 4onsejos se unen en sus potestades de s*ntesis entendida#

    según :a Exposición de moti!os de :a 4onstitución de 1LLL# as* @Ben el )ue

    las comunidades $ autoridades de los distintos ni!eles pol*ticoterritoriales

    participan en la formación de pol*ticas públicas comunes a la ;ación#integrndose en una esfera de gobierno compartida para el ejercicio de las

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    @9

    competencias en )ue concurrenB@1I. Este 7ueblo pluricultural# multicultural $

    multiétnico $ no sólo mantuano# como ujeto

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    @=

    eredada liberal actualmente tutela# subsume $ destru$e las

    nacientes dinmicas comunales socialistas emergentes.I. El pueblo debe asumir a tra!és de las 4onfederaciones de 4omunas#

    por)ue le compete como oberano insustituible# la administración de

    lo público# los impuestos $ administración fiscal $ tributaria# la anca

    7ública# los ser!icios 2alud# Educación# Fransporte# Electricidad#

     Agua# >eporte $ 4ultura3# la seguridad interna entre otras reas. ólo

    considero pertinente discutir la corresponsabilidad con el Estado

    respecto a las reas de >efensa -nternacional# :as Relaciones

    -nternacionales $ el 4omercio Exterior# $ los recursos estratégicos

    como el petróleo# el oro# el !anadio $ la biodi!ersidad# $a )ue por la

    co$untura nacional e internacional re)uieren un trato especial.5. Pue las 4omunas implementen empresas en reas no petroleras#

    especialmente en el rea agropecuaria# turismo# ciencia $

    tecnolog*as# textiles $ manufactura.J. Erradicar del todo la exclusión social# pol*tica $ económica defendida

    actualmente por una clase media cu$a resurrección $ consolidación

    fue obra del obierno oli!ariano# Re!olucionario# ocialista $

    4a!ista.

    K. :a acentuación en la formación técnica $ pol*tica de patriotascomprometidos con la 4onstitución de 1LLL $ con el 7ro$ecto

    ;acional imón ol*!ar# as* como con los planes socialista de nuestra

    nación.

    B*/+*o(r&>3&

    1. >ocumento )ue reposa en el libro de Actas nV D del upremo 4ongresode ene'uela# folios 110!.=11I. Actualmente resguardado en un arca demadera en el alón El*ptico del 7alacio 6ederal :egislati!o. fotoestticadel original publicado por la >irección eneral de -n!estigaciones $

    >esarrollo :egislati!o $ la >irección de -n!estigaciones $ Asesor*a

  • 8/17/2019 Exégesis de Los Fundamentos Filosóficos Del Acta Declaratotia de La Independencia de La República de Venezuela…

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    #0

    ene'uela. En adelante se citar el Acta por 6olio $ su númerocorrespondiente.

    D. 6asc*mil de la a'eta de 4aracas# martes 5 de mar'o de 1811. ;V DD#

    Fomo -# en a'eta de 4aracas. 4aracas# iblioteca de :a Academia

    ;acional de

  • 8/17/2019 Exégesis de Los Fundamentos Filosóficos Del Acta Declaratotia de La Independencia de La República de Venezuela…

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    #1

    15.G&$e%& O>*$*&+ 4e L& Re?/+*$& Bo+*&r*&& 4e :ee#-e+&. ;V 5.L08

    Extraordinario# 4onstitución de :a República oli!ariana de ene'uela

    con la Enmienda ;V 1 de feca 15 de febrero de D00L# A%o 4-#

    4aracas# jue!es 1L de febrero de D00L.

    1J. cmitt# 4arl. 21LLD3. Teor3& 4e +& Cos%*%-$*!. 9adrid" Alian'aEditorial.