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MinisteriozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA de Economia y FinanzaszyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA RESOLUCION DE LA SUB DIRECCION DEzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCB OPERAClONES REGISTRALESzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWV N2 3387/2012-0SCE/SOR Jesus Maria, 11.SET.2012 VIS T A: la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011 presentada por el arquitecta Marfa Esther Salazar Usquiano y el expediente de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS de la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. aprobado mediante Hoja de Evaluaci6n - Tramite Aprobado de fecha 16.SET.2011. CON SID ERA N D 0: Que, con fecha 02.SET.2011, la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. presento su solicitud de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP), la que fue aprobada mediante Hoja de Evaluaci6n - Tramite Aprobado de fecha 16.SET.2011, otorgandosele una Capacidad Maxima de Contrataci6n de NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 900,000.00), expidiendosele la respectiva constancia de inscripci6n para ser participante, postor y contratista con vigen cia desde el 17.SET.2011 hasta el 17.SET.2012, acreditando como integrante de su plantel tecnico a la arquitecta Maria Esther Salazar Usquiano; Que, mediante la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011, recibida en la misma fecha por la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C., Y presentada al OSCE el 14.NOV.2011 por la empresa DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS JIASA E.I.R.L., se tomo conocimiento de la renuncia del mismo como integrante del plantel tecnico de la mencionada empresa; Que, al respecto, los articulos 2722 numeral 2, y 276 2 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N2 184-2008-EF, en adelante el Reglamento, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, los ejecutores de obras deben acreditar capacidad tecnica, conform ada por el plantel tecnico minimo, que para el presente caso es de un (01) arquitecto 0 ingeniero, en raz6n que la capacidad maxima de contrataci6n otorgada a la empresa asciende a NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 900,000.00); Que, adicion aIm en te, los articulos 258 2 y 278 2 del Reglamento establecen que los ejecutores de obras estan obligados a comunicar al OSCE,dentro de los primeros diez (10) dias hObiles siguientes al terminG de cada mes, los cam bios que se produzcan con relaci6n a su plantel tecnico; si comunican el cambio oportunamente, se les concedera un plazo de treinta (30) dias calendario, contados a partir de la recepcion de dicha comunicacion para acreditar su reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por el OSCE,este de oficio Ie disminuira la capacidad de contratacion 0 Ie cancelara la inscripcion, segun corresponda; Que, de la evaluacion efectuada se tiene que la referida empresa, ante la renuncia producida el 30.SET.2011, disponia de los diez (10) primeros dias habiles del mes siguiente para comunicar dicha ocurrencia ante el OSCE, plaza que vencio el 17.0CT.2011, sin que hubiera comunicaci6n alguna al respecto; Que, conforme a 10 expuesto y en aplicacion de las normas antes acotadas, habiendose advertido que transcurrio el plazo sefialado en el articulo 2782 de/ Reg/omenta sin quezyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZY /0 OrqBnlsmo SUPervisor de las Contrataciones del Esrado

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MinisteriozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAde Economia y FinanzaszyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA

RESOLUCION DE LA SUB DIRECCION DEzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAOPERAClONES REGISTRALESzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA

N 2 3387/2012-0SCE/SOR

Jesus Maria, 11.SET.2012

VIS T A: la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011 presentada por el arquitecta Marfa

Esther Salazar Usquiano y el expediente de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS de la

empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. aprobado mediante Hoja de

Evaluaci6n - Tramite Aprobado de fecha 16.SET.2011.

CON SID ERA N D 0:

Que, con fecha 02.SET.2011, la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR

S.A.C. presento su solicitud de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro

Nacional de Proveedores (RNP), la que fue aprobada mediante Hoja de Evaluaci6n - Tramite

Aprobado de fecha 16.SET.2011, otorgandosele una Capacidad Maxima de Contrataci6n de

NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 900,000.00), expidiendosele la respectiva

constancia de inscripci6n para ser participante, postor y contratista con vigen cia desde el

17.SET.2011 hasta el 17.SET.2012, acreditando como integrante de su plantel tecnico a la

arquitecta Maria Esther Salazar Usquiano;

Que, mediante la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011, recibida en la misma

fecha por la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C., Y presentada al OSCE

el 14.NOV.2011 por la empresa DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS JIASA E.I.R.L., se tomo

conocimiento de la renuncia del mismo como integrante del plantel tecnico de la mencionada

empresa;

Que, al respecto, los articulos 2722 numeral 2, y 2762 del Reglamento de la Ley de

Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N2 184-2008-EF, en adelante el

Reglamento, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, los

ejecutores de obras deben acreditar capacidad tecnica, conform ada por el plantel tecnico

minimo, que para el presente caso es de un (01) arquitecto 0 ingeniero, en raz6n que la

capacidad maxima de contrataci6n otorgada a la empresa asciende a NOVECIENTOS MIL Y

00/100 NUEVOS SOLES(S/. 900,000.00);

Que, adicion aIm en te, los articulos 2582 y 2782 del Reglamento establecen que los

ejecutores de obras estan obligados a comunicar al OSCE,dentro de los primeros diez (10) dias

hObiles siguientes al terminG de cada mes, los cam bios que se produzcan con relaci6n a su

plantel tecnico; si comunican el cambio oportunamente, se les concedera un plazo de treinta

(30) dias calendario, contados a partir de la recepcion de dicha comunicacion para acreditar su

reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por el OSCE,este de oficio Ie disminuira la capacidad

de contratacion 0 Ie cancelara la inscripcion, segun corresponda;

Que, de la evaluacion efectuada se tiene que la referida empresa, ante la renuncia

producida el 30.SET.2011, disponia de los diez (10) primeros dias habiles del mes siguiente para

comunicar dicha ocurrencia ante el OSCE, plaza que vencio el 17.0CT.2011, sin que hubiera

comunicaci6n alguna al respecto;

Que, conforme a 10 expuesto y en aplicacion de las normas antes acotadas, habiendose

advertido que transcurrio el plazo sefialado en el articulo 2782 de/ Reg/omenta sin quezyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA/0

OrqBnlsmo SUPervisor de las Contrataciones del Esrado

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MinisteriozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAde Economia y FmanzaszyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA

empresa mencionada comunicase 10 renuncia producida con relacion a su plantel tecnico,

procedezyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBACANCELARLA INSCRIPCION de 10 empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR

S.A.C. en el Registro Nacional de Proveedores, por carecer de plantel tecnico debidamente

acreditado ante el RNP;

Estando a 10 dispuesto en el articulo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado,

aprobada por Decreto Legislativo N2 1017; los articulos 2582, 2722, 2762 Y 2782 de su

Reglamento, y elliteral c) del artfculo 58 2 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF)

delOSCE, aprobado por Resolucion Ministerial N2 789-2011-EF/I0.

5 ERE 5 U E L V E:

ARTicULO PRIMERO.- CANCELAR LA INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS de la

empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. en el Registro Nacional de

Proveedores, con Registro RNP W 40896 aprobado mediante Hoja de Evaluacion - Tr6mite

Aprobado de fecha 16.SET.2011, por carecer de plantel tecnico debidamente acreditado ante el

RNP.

ARTicULO SEGUNDO.- Declarar que 10 empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA

EDINOR S.A.C. tiene expedito su derecho para iniciar el tr6mite de renovacion de inscripcion en

el Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA del

OSCE.

Regfstrese, comuniquese y publfquese

Organismo Supervisor de las Conira!aciones oel EstadozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAr .__t~_~ "'~jm'':_; ..... £.'1'l ..CC'!:!i:

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