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MinisteriozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAde Economia y FinanzaszyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA
RESOLUCION DE LA SUB DIRECCION DEzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAOPERAClONES REGISTRALESzyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA
N 2 3387/2012-0SCE/SOR
Jesus Maria, 11.SET.2012
VIS T A: la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011 presentada por el arquitecta Marfa
Esther Salazar Usquiano y el expediente de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS de la
empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. aprobado mediante Hoja de
Evaluaci6n - Tramite Aprobado de fecha 16.SET.2011.
CON SID ERA N D 0:
Que, con fecha 02.SET.2011, la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR
S.A.C. presento su solicitud de INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS ante el Registro
Nacional de Proveedores (RNP), la que fue aprobada mediante Hoja de Evaluaci6n - Tramite
Aprobado de fecha 16.SET.2011, otorgandosele una Capacidad Maxima de Contrataci6n de
NOVECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 900,000.00), expidiendosele la respectiva
constancia de inscripci6n para ser participante, postor y contratista con vigen cia desde el
17.SET.2011 hasta el 17.SET.2012, acreditando como integrante de su plantel tecnico a la
arquitecta Maria Esther Salazar Usquiano;
Que, mediante la Carta de Renuncia SIN de fecha 30.SET.2011, recibida en la misma
fecha por la empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C., Y presentada al OSCE
el 14.NOV.2011 por la empresa DISTRIBUCIONES Y SERVICIOS JIASA E.I.R.L., se tomo
conocimiento de la renuncia del mismo como integrante del plantel tecnico de la mencionada
empresa;
Que, al respecto, los articulos 2722 numeral 2, y 2762 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N2 184-2008-EF, en adelante el
Reglamento, establecen que para estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores, los
ejecutores de obras deben acreditar capacidad tecnica, conform ada por el plantel tecnico
minimo, que para el presente caso es de un (01) arquitecto 0 ingeniero, en raz6n que la
capacidad maxima de contrataci6n otorgada a la empresa asciende a NOVECIENTOS MIL Y
00/100 NUEVOS SOLES(S/. 900,000.00);
Que, adicion aIm en te, los articulos 2582 y 2782 del Reglamento establecen que los
ejecutores de obras estan obligados a comunicar al OSCE,dentro de los primeros diez (10) dias
hObiles siguientes al terminG de cada mes, los cam bios que se produzcan con relaci6n a su
plantel tecnico; si comunican el cambio oportunamente, se les concedera un plazo de treinta
(30) dias calendario, contados a partir de la recepcion de dicha comunicacion para acreditar su
reemplazo; de no hacerlo y ser detectado por el OSCE,este de oficio Ie disminuira la capacidad
de contratacion 0 Ie cancelara la inscripcion, segun corresponda;
Que, de la evaluacion efectuada se tiene que la referida empresa, ante la renuncia
producida el 30.SET.2011, disponia de los diez (10) primeros dias habiles del mes siguiente para
comunicar dicha ocurrencia ante el OSCE, plaza que vencio el 17.0CT.2011, sin que hubiera
comunicaci6n alguna al respecto;
Que, conforme a 10 expuesto y en aplicacion de las normas antes acotadas, habiendose
advertido que transcurrio el plazo sefialado en el articulo 2782 de/ Reg/omenta sin quezyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA/0
OrqBnlsmo SUPervisor de las Contrataciones del Esrado
MinisteriozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAde Economia y FmanzaszyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBA
empresa mencionada comunicase 10 renuncia producida con relacion a su plantel tecnico,
procedezyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBACANCELARLA INSCRIPCION de 10 empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR
S.A.C. en el Registro Nacional de Proveedores, por carecer de plantel tecnico debidamente
acreditado ante el RNP;
Estando a 10 dispuesto en el articulo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado,
aprobada por Decreto Legislativo N2 1017; los articulos 2582, 2722, 2762 Y 2782 de su
Reglamento, y elliteral c) del artfculo 58 2 del Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF)
delOSCE, aprobado por Resolucion Ministerial N2 789-2011-EF/I0.
5 ERE 5 U E L V E:
ARTicULO PRIMERO.- CANCELAR LA INSCRIPCION como EJECUTOR DE OBRAS de la
empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA EDINOR S.A.C. en el Registro Nacional de
Proveedores, con Registro RNP W 40896 aprobado mediante Hoja de Evaluacion - Tr6mite
Aprobado de fecha 16.SET.2011, por carecer de plantel tecnico debidamente acreditado ante el
RNP.
ARTicULO SEGUNDO.- Declarar que 10 empresa CONSTRUCTORA E INMOBILIARIA
EDINOR S.A.C. tiene expedito su derecho para iniciar el tr6mite de renovacion de inscripcion en
el Registro Nacional de Proveedores, cumpliendo con los requisitos establecidos en el TUPA del
OSCE.
Regfstrese, comuniquese y publfquese
Organismo Supervisor de las Conira!aciones oel EstadozyxwvutsrqponmlkjihgfedcbaZYXWVUTSRQPONMLKJIHGFEDCBAr .__t~_~ "'~jm'':_; ..... £.'1'l ..CC'!:!i:
A.V. Gregorio Escobedo Cora. 7 sIn I www.oSt&.qOD·P&!r<.t"(n" u"),{-::<. II 'WOo::'I H !Dr.tr{J