CASUÍSTICA - RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGVCDSTICA_R%C9GIMEN_RETENCIONES_IGV.pdf · retención...

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Aulacontable © 2005 -2009 informes: [email protected] Telf. 043-429824 - Cel. 043-943081715 – RPM #635979 CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV - “ELECTROMIRAFLORES SA” fue designado como Agente de Retención del IGV a partir del 01 de abril del 2009. - El 05-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó una adquisición de materias primas de la empresa “Grupo 9 SA”. Ese mismo día, el proveedor emitió una primera factura de S/.39,500.00 más IGV en horas de la mañana y en la tarde emitió otra por S/.500.00 más IGV. “ELECTROMIRAFLORES SA” registró ambas facturas en el Registro de Compras en la fecha de emisión pero el pago lo realizó el 06-04-2009. - El 07-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó la venta de materias primas por un importe de S/.60,000.00 más IGV a “TERMONUCLEAR TIAHUANACO SA”, empresa Agente de Retención del IGV. La empresa adquiriente de las materias primas realizó el pago ese mismo día. - El 12-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó la venta de productos por un importe de S/.80,000.00 más IGV a “HIDROAMAZONICO SA”, otra empresa Agente de Retención del IGV. La cancelación de la operación fue realizada ese mismo día. - El 20-04-2009, nuevamente “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó una adquisición de materias primas de la empresa “Grupo 9 SA” por un importe de S/.10,000.00 más IGV. La adquisición fue registrada en el Registro de Compras ese mismo día pero el pago al proveedor se realizará el 14-10-2009. - El 21-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó una operación de compra de suministros a otra empresa que no es Agente de Retención del IGV por S/.30,000.00 más IGV siendo la operación cancelada ese mismo día. - El 05-05-2009 “Grupo 9 SA” cumplió con presentar oportunamente su PDT 621 correspondiente al mes de abril. Desarrollo .- En primer lugar se desarrolla el tratamiento para el Agente de Retención “ELECTROMIRAFLORES SA”. De conformidad con el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT la oportunidad de la retención es en el momento en que se realice el pago, independientemente de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV. - ELECTROMIRAFLORES SA – Agente de Retención del IGV : Por la adquisición de materias primas a la empresa “Grupo 9 SA”: DEBE HABER 60 COMPRAS 40,000.00 602. Materias Primas 39,500.00 609. Costos vinculados con las compras 500.00 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 7,600.00 4011. Impuesto General a las Ventas 42. CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES - TERCEROS 47,600.00 421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

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CASUÍSTICA SOBRE EL RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV - “ELECTROMIRAFLORES SA” fue designado como Agente de Retención del IGV a partir del 01 de abril del 2009. - El 05-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó una adquisición de materias primas de la empresa “Grupo 9 SA”. Ese mismo día, el proveedor emitió una primera factura de S/.39,500.00 más IGV en horas de la mañana y en la tarde emitió otra por S/.500.00 más IGV. “ELECTROMIRAFLORES SA” registró ambas facturas en el Registro de Compras en la fecha de emisión pero el pago lo realizó el 06-04-2009. - El 07-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó la venta de materias primas por un importe de S/.60,000.00 más IGV a “TERMONUCLEAR TIAHUANACO SA”, empresa Agente de Retención del IGV. La empresa adquiriente de las materias primas realizó el pago ese mismo día. - El 12-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó la venta de productos por un importe de S/.80,000.00 más IGV a “HIDROAMAZONICO SA”, otra empresa Agente de Retención del IGV. La cancelación de la operación fue realizada ese mismo día. - El 20-04-2009, nuevamente “ELECTROMIRAFLORES SA” realizó una adquisición de materias primas de la empresa “Grupo 9 SA” por un importe de S/.10,000.00 más IGV. La adquisición fue registrada en el Registro de Compras ese mismo día pero el pago al proveedor se realizará el 14-10-2009. - El 21-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó una operación de compra de suministros a otra empresa que no es Agente de Retención del IGV por S/.30,000.00 más IGV siendo la operación cancelada ese mismo día. - El 05-05-2009 “Grupo 9 SA” cumplió con presentar oportunamente su PDT 621 correspondiente al mes de abril. Desarrollo.- En primer lugar se desarrolla el tratamiento para el Agente de Retención “ELECTROMIRAFLORES SA”. De conformidad con el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT la oportunidad de la retención es en el momento en que se realice el pago, independientemente de la fecha en que se efectuó la operación gravada con el IGV. - ELECTROMIRAFLORES SA – Agente de Retención del IGV: Por la adquisición de materias primas a la empresa “Grupo 9 SA”: DEBE HABER 60 COMPRAS 40,000.00 602. Materias Primas 39,500.00 609. Costos vinculados con las compras 500.00 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 7,600.00

4011. Impuesto General a las Ventas 42. CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -

TERCEROS 47,600.00

421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

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05/04/2009. Para registrar la adquisición de materias primas DEBE HABER 24 MATERIAS PRIMAS 40,000.00 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 40,000.00 05/04/2009. Por el ingreso de las materias primas al almacén de la empresa El importe de la operación corresponde a la suma de los comprobantes involucrados y de los tributos que gravan la operación. Factura 1 supera los S/.700.00 39,500.00 Factura 2 no supera los S/.700.00 pero se encuentra vinculada a la Factura 1 formando parte de un mismo importe de operación.

500.00

IGV correspondiente a facturas 1 y 2 7,600.00 IMPORTE DE LA OPERACION 47,600.00

Monto de la Retención = 47,600.00 x 6% = S/.2,856.00 Conforme al artículo 13 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT, “ELECTROMIRAFLORES SA” abrirá en su contabilidad una cuenta denominada: “IGV –Retenciones por Pagar”.

DEBE HABER 42. CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -

TERCEROS 47,600.00

421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

40. TRIBUTOS POR PAGAR 2,856.00 4011. Impuesto General a las Ventas 4011.4. IGV – Régimen de Retenciones 10. CAJA Y BANCOS 44,744.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 06/04/2009. Por la cancelación de la factura al proveedor neto de la retención del IGV . DEBE HABER 64. GASTOS TRIBUTOS 26.84 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 26.84 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 06/04/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 44,744.00 “ELETROMIRAFLORES SA” deberá entregar un Comprobante de Retención a “Grupo 9 SA” conforme al artículo 8 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT:

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El 12-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” también efectuó una venta de bienes a “HIDROAMAZONICO SA”, que también es Agente de Retención del IGV. Conforme al inciso b) del artículo 5 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT no se efectuará la retención del IGV en las operaciones realizadas con otros sujetos que tengan la condición de Agentes de Retención, por lo tanto “HIDROAMAZONICO SA” no deberá efectuar ninguna retención a “ELECTROMIRAFLORES SA”. El registro de la operación será el siguiente:

DEBE HABER 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 95,200.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

15,200.00

4011. Impuesto General a las Ventas 70. VENTAS 80,000.00 702. Productos Terminados 12/04/2009. Por la provisión de la factura por cobrar.

DEBE HABER 10. CAJA Y BANCOS 95,200.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 95,200.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

12/04/2009. Por el cobro de la factura a través de la cuenta corriente. . DEBE HABER 64. GASTOS POR TRIBUTOS 57.12 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 57.12 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 12/04/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 95,200.00.

“ELECTROMIRAFLORES SA” Av. Aramburú 450 – Miraflores – Lima Señores: Grupo 9 SA RUC Nº 20508499702 Fecha de emisión: 06-04-2009

RUC Nº 20506342563 COMPROBANTE DE

RETENCIÓN 020-0000001

Comprobante de pago materia de retención

TOTALES

0001

Retención

2,856.00

2,856.00

Monto

47,600.00

47,600.00

05-04-2009 00005200

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El 20-04-2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” realiza una segunda adquisición de materias primas por un importe de S/.10,000.00 más IGV. La entrega de estos bienes fue ese mismo día. DEBE HABER 60 COMPRAS 10,000.00 604. Materias Primas 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 1,900.00

4011. Impuesto General a la Ventas 42. CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -

TERCEROS 11,900.00

421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

20/04/2009. Por el registro de la adquisición de materias primas DEBE HABER 24 MATERIAS PRIMAS 10,000.00 61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 10,000.00 20/04/2009. Por el ingreso de las materias primas al almacén de la empresa Sin embargo el pago al proveedor se realizará recién el 14-10-2009 por lo tanto la retención del 6% del IGV se efectuará no en el mes de abril sino en octubre. Al 30 de abril del 2009, “ELECTROMIRAFLORES SA” tendrá el siguiente detalle de su cuenta “Tributos por pagar”: 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y

DE SALUD POR PAGAR 4011. Impuesto General a las Ventas

DEBE HABER 05-04-2009 7,600.00 12-04-2009 15,200.00 20-04-2009 1,900.00

9,500.00 15,200.00 IGV POR PAGAR S/.5,700.00

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y

DE SALUD POR PAGAR 4011.4 IGV – RÉGIMEN DE RETENCIONES – RETENCIONES

POR PAGAR DEBE HABER

06-04-2009 2,856.00 2,856.00

IGV – RETENCIONES POR PAGAR S/.2,856.00

DEBE HABER 40 TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 5,700.00

4011. Impuesto General a las Ventas 10 CAJA Y BANCOS 5,700.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 30/04/2009. Por la cancelación del IGV del mes de abril en el PDT 621.

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DEBE HABER

64 GASTOS TRIBUTOS 3.42 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10 CAJA Y BANCOS 3.42 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 30/04/2009. Por el ITF de la operación. S/.5,700.00 x 0.06%

DEBE HABER 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 2,856.00

4011. Impuesto General a las Ventas 4011.4. IGV – Retenciones por pagar 10. CAJA Y BANCOS 2,856.00 101. Caja 30/04/2009. Por la cancelación de las retenciones del IGV del mes de abril en el PDT 626 “Agentes de Retención”. “ELECTROMIRAFLORES SA” debe presentar su PDT 626 “Agentes de Retención”:

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- “Grupo 9 SA ” - Proveedor El 05-04-2009, se debe provisionar las dos facturas relacionadas con la venta de materias primas a “ELECTROMIRAFLORES SA”: Factura 1 supera los S/.700.00 39,500.00 Factura 2 no supera los S/.700.00 pero se encuentra vinculada a la Factura 1 formando parte de un mismo importe de operación.

500.00

IGV correspondiente a facturas 1 y 2 7,600.00 IMPORTE DE LA OPERACION 47,600.00

DEBE HABER 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 47,600.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

7,600.00

4011. Impuesto General a las Ventas 70. VENTAS 40,000.00 705. Materias primas 05/04/2009. Por la provisión de las facturas relacionadas con la venta de materias primas a “ELECTROMIRAFLORES SA”. . Conforme al inciso b) del artículo 13 de la Resolución de Superintendencia Nº 037-2002/SUNAT el proveedor abrirá una subcuenta denominada “IGV Retenido”:

Monto de la Retención = 47,600.00 x 6% = S/.2,856.00

DEBE HABER 10. CAJA Y BANCOS 44,744.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 2,856.00

4011. IGV 4011.6. IGV Retenido 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 47,600.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

06/04/2009. Por la cobranza de las facturas sujetas a retención del IGV. . DEBE HABER 64. GASTOS POR TRIBUTOS 26.84 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 26.84 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 06/04/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 44,744.00 . El 07-04-2009, “Grupo 9 SA” deberá provisionar la venta de materias primas a “TERMONUCLEAR TIAHUANACO SA”, empresa que también es Agente de Retención del IGV. La empresa adquiriente de las materias primas realizó el pago ese mismo día.

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DEBE HABER 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 71,400.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

11,400.00

4011. Impuesto General a las Ventas 70. VENTAS 60,000.00 705. Materias primas 07/04/2009. Por la provisión de la factura emitida a “TERMONUCLEAR TIAHUANACO SA”.

Monto de la Retención = 71,400.00 x 6% = S/.2,856.00

DEBE HABER 10. CAJA Y BANCOS 67,116.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 4,284.00

4011. Impuesto General a las Ventas 4011.6. IGV Retenido 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 71,400.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

07/04/2009. Por el cobro de la factura neto de la retención del IGV. DEBE HABER 64. GASTOS POR TRIBUTOS 40.26 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 40.26 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 07/04/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 67,116.00 El 20-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó una segunda venta de materias primas a “ELECTROMIRAFLORES SA”. La entrega de estos bienes fue ese mismo día, pero “ELECTROMIRAFLORES SA” recién pagará el 14-10-2009. De conformidad con el artículo 4 de la Ley del IGV, en la venta de bienes el nacimiento de la obligación tributaria se origina en la fecha en que se emita el comprobante de pago de acuerdo a lo que establezca el reglamento o en la fecha en que se entregue el bien, lo que ocurra primero. En concordancia con la normatividad del IGV, el numeral 1 del artículo 5 del Reglamento de Comprobantes de Pago establece que en la transferencia de bienes muebles el comprobante de pago deberá ser entregado en el momento en que se entregue el bien o en el momento en que se efectúe el pago, lo que ocurra primero. En el presente caso la entrega de los bienes se realizó el 20-04-2009, motivo por lo cual en esa fecha se debe emitir la factura correspondiente a dicha operación y además también se origina la obligación tributaria del IGV.

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DEBE HABER 12. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 11,900.00

121. Facturas, boletas y otros comprobantes por cobrar

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

1,900.00

4011. Impuesto General a las Ventas 70. VENTAS 10,000.00 705. Materias primas 20/04/2009. Por la provisión de la venta de materias primas a “ELECTROMIRAFLORES SA” que fueron entregadas en esa misma fecha. Toda vez que la cobranza será el 14-10-2009, el Agente de Retención no puede aún retener a “Grupo 9 SA”. - El 21-04-2009, “Grupo 9 SA” realizó una operación de compra de suministros a otra empresa que no es Agente de Retención del IGV. DEBE HABER 60 COMPRAS 30,000.00 603. Materiales auxiliares, suministros y repuestos 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 5,700.00

4011. Impuesto General a las Ventas 42. CUENTAS POR COBRAR COMERCIALES -

TERCEROS 35,700.00

421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

21/04/2009. Por el registro de la adquisición de suministros diversos. DEBE HABER 25 MATERIALES AUXILIARES, SUMINISTROS Y

REPUESTOS 30,000.00

61 VARIACIÓN DE EXISTENCIAS 30,000.00 21/04/2009. Por el ingreso de los suministros al almacén de la empresa. DEBE HABER 42 CUENTAS POR PAGAR COMERCIALES -

TERCEROS 35,700.00

421. Facturas, boletas y otros comprobantes por pagar

10 CAJA Y BANCOS 35,700.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 21/04/2009. Por la cancelación de la factura correspondiente a los suministros adquiridos en la fecha. DEBE HABER 64. GASTOS POR TRIBUTOS 21.42 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 21.42 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 21/04/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 35,700.00

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Al 30 de abril del 2009, “GRUPO 9 SA” tendrá el siguiente detalle de su cuenta “Tributos por pagar”:

4011. IGV

4011.6. IGV Retenido DEBE HABER DEBE HABER

05-04-2009 --------- 7,600.00 -------- -------- 06-04-2009 --------- --------- 2,856.00 --------- 07-04-2009 -------- 11,400.00 4,284.00 --------- 20-04-2009 -------- 1,900.00 --------- --------- 21-04-2009 5,700 ---------- --------- ---------

5,700 20,900 7,140.00 --------- SALDO ------ 15,200 7,140.00 ---------

A continuación en el PDT 621 de abril del 2009 se aprecia los montos retenidos:

.

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.

El saldo de la cuenta “4011. IGV” consta en la casilla 184 del PDT 621. Asimismo, la casilla 179 permite identificar las retenciones (S/.2,856.00 + S/.4,284.00) que han sido efectuadas a “Grupo 9 SA”:

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En la casilla 188 del PDT 621 se observa el saldo neto del IGV por regularizar:

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DEBE HABER

40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR

15,200.00

4011. IGV 40. TRIBUTOS Y APORTES AL SISTEMA DE

PENSIONES Y DE SALUD POR PAGAR 7,140.00

4011. IGV 4011.6. IGV Retenido 10. CAJA Y BANCOS 8,060.00 104. Cuentas Corrientes en instituciones financieras 05/05/2009. Por la cancelación del IGV del mes de abril del 2009. . DEBE HABER 64. GASTOS POR TRIBUTOS 4.83 649. Otros Tributos 649.1. ITF 10. CAJA Y BANCOS 4.83 104. Cuentas corrientes en instituciones financieras 05/05/2009. Por el cargo del ITF aplicando la alícuota de 0.06% sobre 8,060.00