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    Cdigo IFAC de Etica para Contadores Profesionales Noviembre 2001 Pg.1

    Traducido por S.A.Mantilla, Departamento de Ciencias Contables, Pontificia Universidad Javeriana.Enero 2002. Web: http://www.javeriana.edu.co/Facultades/C_Econom_y_Admon/SAMantilla

    TRADUCCIN REALIZADA EXCLUSIVAMENTE CON FINES ACADMICOS. PROHIBIDA SUREPRODUCCIN SIN AUTORIZACIN ESCRITA DEL PROPIETARIO DEL COPYRIGHT.

    bb

    IFAC

    Comit de

    Etica

    Emitido por laInternationalFederation of

    Accountants

    Noviembre 2001

    Cdigo IFAC de Etica paraContadores Profesionales

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    Cdigo IFAC de Etica para Contadores Profesionales Noviembre 2001 Pg.2

    Traducido por S.A.Mantilla, Departamento de Ciencias Contables, Pontificia Universidad Javeriana.Enero 2002. Web: http://www.javeriana.edu.co/Facultades/C_Econom_y_Admon/SAMantilla

    TRADUCCIN REALIZADA EXCLUSIVAMENTE CON FINES ACADMICOS. PROHIBIDA SUREPRODUCCIN SIN AUTORIZACIN ESCRITA DEL PROPIETARIO DEL COPYRIGHT.

    A propsito de esta traduccin A propsito de esta traduccin A propsito de esta traduccin A propsito de esta traduccin

    La presente traduccin ha sido realizada exclusivamente con fines acadmicosy tiene una intencin particular:

    mostrar cmo la profesin contable est implementando en el mundolas transformaciones necesarias para responder de manera efectiva

    a las nuevas condiciones del entorno social, econmico y de negocios.

    Por consiguiente, no le gustar a muchos de mis amigos, colegas y compaeros.

    Se ha tenido especial cuidado en el uso de ciertas expresiones como:! Contadura profesional

    ! Aseguramiento! Contadores profesionales en ejercicio profesional pblico

    ! Desempeo! Proveer

    ! Independencia

    Por lo tanto, trminos como contador pblico, prestacin de servicios,llevar a cabo, rendir cuentas, realizar, etc.,

    no se utilizan con la misma intensidaddado que el Cdigo que aqu se traduce emplea otros

    y dado que pertenecen a un esquema que fue muy importante en el pasadopero que ya no corresponde al momento presente

    ni al futuro inmediato.

    El asunto es de fondoy no se trata de una simple utilizacin de sinnimos en espaol:

    para un mundo nuevo, palabras nuevas.

    Ya es una realidad que la profesin evolucion hacia el nuevo esquema decontadura profesional, en el que su funcin bsica es el proveer

    servicios profesionales, mediante procesos que evolucionan con el tiempo

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    y con un claro nfasis en la administracin de riesgos de negocio(aqu entendidos como riesgos de la independencia).

    Por lo tanto, el reconocimiento del trinomioContabilidad-Auditora-Contadura y,sobre todo, el reconocimiento de que

    hay otros actores (no-contadores) en el escenario.

    Se trata, entonces, de un mundo profesional nuevocuya clave radica en la independencia.

    La profesin en Colombia no puede seguir anquilosada,perdida en un pasado ya lejano.

    Tiene que liberarse de las ataduras jurdicasque constrien su tcnica y su prctica profesional.Tiene que olvidarse de nacionalismos trasnochados que soloreivindican intereses particulares, no siempre los ms sanos.

    Tiene que abrirse a construir una conciencia contable colectivay no solo aprovechar las ventajas de un nombre o de unos contactos.

    Tiene que alimentarse de las fuentes ticas ms fundamentalesy reconstruir sus tejidos.

    Para que pueda ayudar, eficazmente,a la construccin de una patria comn.

    Con estas intenciones se le entrega al lectoruna versin lo ms fiel posible al original

    (que es el emitido en ingls por IFAC).Ello no quiere decir que carezca de errores

    (se reciben comentarios y sugerencias).

    Pero lo fundamental es su intencin bsica:mostrar cmo la transformacin de la profesin es una realidad

    e invitar a vincularse con entusiasmo a los nuevos estilos de ejercicio profesional.

    Samuel Alberto MSamuel Alberto MSamuel Alberto MSamuel Alberto Mantilla B.antilla B.antilla B.antilla B.Bogot, enero 27 de 2002

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    CODIGO IFAC DE ETICA

    El texto aprobado de este Cdigo de Etica es el publicado en idioma Ingls.

    A fin de lograr las mximas exposicin y retroalimentacin, IFAC fomenta la reproduccin de estapublicacin en cualquier formato.

    El autor o editor no puede aceptar responsabilidad por prdida ocasionada para cualquier personaque acte o deje de realizar cualquier accin como resultado de cualquier material contenido enesta publicacin.

    Copyright Noviembre 2001 por la International Federation of Accountants. Reservados todos losderechos. Ninguna parte de esta publicacin se puede reproducir, almacenar en un sistema de

    recuperacin, o transmitida en cualquier forma o por cualquier medio, electrnico, fotocopiado,grabacin, u otro, sin el previo permiso escrito de la International Federation of Accountants.

    ISBN: 1-887464-79-4 (para el original en ingls).

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    CONTENIDO

    Pgina

    Cdigo de Etica para Contadores Profesionales 6

    Declaraciones de Poltica del Council:*

    ! Prefacio a los requerimientos ticos de (Nombre de la AsociacinMiembro)

    ! Implementacin y cumplimiento forzoso de los requerimientos ticos

    87

    91

    Para informacin adicional sobre el Comit de Etica, desarrollos recientes, y/u obtencin de losborradores en discusin pblica, visite la pgina del Comit en http://www.ifac.org/Ethics/index.tmpl

    * Con efecto a partir de Mayo 2000, el IFAC Council recibe el nombre de IFAC Board.

    http://www.ifac.org/Ethics/index.tmplhttp://www.ifac.org/Ethics/index.tmpl
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    Julio 1996Revisado Enero 1998 y Noviembre 2001

    CODIGO DE ETICA PARACONTADORES PROFESIONALES

    CONTENIDO

    Pargrafo

    DEFINICIONESINTRODUCCION 1EL INTERES PUBLICO 9OBJETIVOS 14PRINCIPIOS FUNDAMENTALES 15EL CODIGO 17

    PARTE A APLICABLE A TODOS LOS CONTADORES PROFESIONALES1. Integridad y objetividad 1.12. Solucin de conflictos ticos 2.13. Competencia profesional 3.14. Confidencialidad 4.15. Ejercicio profesional tributario 5.16. Actividades ms all de las fronteras 6.17. Publicidad 7.1

    PARTE B APLICABLE A LOS CONTADORES PROFESIONALES ENEJERCICIO PROFESIONAL PUBLICO8. Independencia para los contratos de aseguramiento 8.19. Competencia profesional y responsabilidades relacionadas con el uso de no-contadores 9.110. Honorarios y comisiones 10.111. Actividades incompatibles con el ejercicio profesional de la profesin contable 10.112. Dineros de los clientes 11.113. Relaciones con otros contadores profesionales en ejercicio profesional pblico 12.114. Publicidad y oferta de servicios 13.1

    PARTE C APLICABLE A LOS CONTADORES PROFESIONALES EMPLEADOS

    15. Conflicto de lealtades 15.116. Apoyo a colegas profesionales 16.117. Competencia profesional 17.118. Presentacin de informacin 18.1

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    Definiciones

    En este Cdigo de Etica para Contadores Profesionales aparecen las siguientes expresiones ennegrilla cuando se usan por primera vez y se les asignan los significados siguientes:

    Publicidad[Advertesing]

    La comunicacin, al pblico, de la informacin relacionada con losservicios o habilidades provistos por los contadores profesionalesen prctica pblica, en vistas de conseguir negocios profesionales.

    Cliente de auditora[Audit Client]

    Una entidad respecto de la cual una firma dirige un contrato deauditora. Cuando el cliente de auditora es una entidad que cotizaen bolsa, el cliente de auditora siempre incluir sus entidadesrelacionadas.

    Contrato de auditora[Audit engagement]

    Un contrato de aseguramiento destinado a proveer un nivel alto deaseguramiento respecto de que los estados financieros estn libres

    de equivocaciones materiales, como es el caso de un contrato deacuerdo con Estndares Internacionales de Auditora. Esto incluyeuna Auditora Estatutaria, la cual es una auditora requerida porlegislacin nacional o por otra regulacin.

    Cliente de aseguramiento[Assurance client]

    Una entidad respecto de la cual una firma dirige un contrato deaseguramiento.

    Contrato de aseguramiento[Assurance engagement]

    Un contrato dirigido para proveer:(a) un nivel alto de aseguramiento respecto de que la materia

    sujeto est conforme en todos los aspectos materiales con uncriterio confiable identificado; o

    (b) un nivel moderado de aseguramiento de acuerdo con

    Estndares Internacionales sobre Contratos de Aseguramientoemitidos por el International Auditing Practices Committee o deacuerdo con estndares especficos para contratos deaseguramiento emitidos por el International Auditing PracticesCommittee tal como una auditora o revisin de estadosfinancieros de acuerdo con Estndares Internacionales de

    Auditora.

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    Equipo de aseguramiento[Assurance team]

    (a) Todos los profesionales que participan en el contrato deaseguramiento;

    (b) Todos los otros pertenecientes a una firma y que puedeninfluenciar en el resultado del contrato de aseguramiento,incluyendo:1. quienes recomiendan la compensacin de, o quienes

    proveen supervisin directa, administracin u otraintervencin del contrato de aseguramiento en vinculacincon el desempeo del contrato de aseguramiento. Para lospropsitos de un contrato de auditora esto incluyesucesivamente a todos los niveles principales por encimadel socio a cargo del contrato hasta el ejecutivo jefe de lafirma.

    2. quienes proveen consulta relacionada con problemasespecficos, transacciones o eventos de carcter tcnico ode la industria, para el contrato de aseguramiento; y

    3. quienes proveen control de calidad para el contrato deaseguramiento:

    y(c) Para los propsitos de un cliente de auditora, todos aquellosque estn dentro de una red de la firma y que pueden influirdirectamente en el resultado del contrato de auditora.

    Cuenta de clientes[Client account]

    Cualquier cuenta bancaria utilizada nicamente para el manejobancario de los dineros del cliente.

    Dineros del cliente[Clients monies]

    Cualesquiera dineros -incluyendo documentos de ttulos de dinero,e.g., letras de cambio, pagars, y documentos de ttulos que sepuedan convertir en dinero, e.g., bonos al portador- recibidos porun contador profesional en prctica pblica para ser tenidos opagados sobre instruccin de la persona de quien o a cuyo

    nombre se reciben.Familia cercana[Close familiy]

    Un padre (o madre), hijo o hermano no-dependiente.

    Inters financiero directo[Direct financial interest]

    Un inters financiero:

    ! Posedo directamente por y bajo el control de un individuo o deuna entidad (incluyendo aquellas administradas sobre unabase discrecional por otros); o

    ! Posedo de forma beneficiosa mediante un vehculo deinversin colectiva, propiedad, fideicomiso u otro intermediariosobre el cual el individuo o la entidad tiene el control.

    Directores y ejecutivos[Directors and officers]

    Aquellos encargados del gobierno de una entidad, independientede sus ttulos, los cuales pueden variar de pas a pas.

    Contador profesionalempleado [Employed profesionalaccountant]

    Un contador profesional empleado en industria, comercio, sectorpblico o educacin.

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    Contador existente[Existing accountant]

    Un contador profesional en ejercicio profesional pblico y queactualmente est teniendo un encargo de auditora o que estllevando a cabo un servicio de contabilidad, impuestos, consultorao de tipo similar, para un cliente.

    Inters financiero[Financial interest]

    Un inters o un patrimonio neto o un ttulo valor, obligacin,prstamo u otro instrumento de deuda de una entidad, incluyendoderechos y obligaciones para adquirir tal inters y los derivadosrelacionados directamente con tal inters.

    Firma[Firm]

    (a) Un profesional individual, sociedad o corporacin decontadores profesionales;(b) Una entidad que controla tales partes; y(c) Una entidad controlada por tales partes.

    Familia inmediata[Immediate family]

    Una esposa (o equivalente) o dependiente.

    Independencia[Independence]

    Independencia es:(a) Independencia de la mente el estado de la mente que permitela prestacin de una opinin sin estar siendo afectado porinfluencias que comprometan el juicio profesional, permitindole aun individuo actuar con integridad, y ejercer objetividad yescepticismo profesional; y(b) Independencia en la apariencia el evitar hechos ycircunstancias que son tan significativas para un tercero razonablee informado, que tiene conocimiento de toda la informacinrelevante, incluyendo cualesquiera salvaguardas aplicadas, lo quele llevara razonablemente a concluir que se ha comprometido laintegridad, la objetividad o el escepticismo profesional de una firma,

    o de un miembro del equipo de aseguramiento.Inters financiero indirecto[Indirect financial interest]

    Un inters financiero posedo benficamente mediante un vehculocolectivo de inversin, propiedad, fideicomiso u otro intermediario,en el cual el individuo o la entidad no tiene control.

    Socio encargado [lder] delcontrato[Lead engagement partner]

    En vinculacin con una auditora, el socio responsable de firmar elreporte sobre los estados financieros consolidados del cliente deauditora, y, cuando es relevante, el socio responsable por firmar elreporte en relacin con cualquier entidad cuyos estados financieroshacen parte de los estados financieros consolidados y sobre loscuales se emite un reporte autnomo. Cuando no se preparanestados financieros consolidados, el socio encargado [lder] delcontrato ser el socio responsable de firmar el reporte sobre losestados financieros.

    Entidad que cotiza en bolsa[Listed entity]

    Una entidad cuyas acciones, ttulos o deuda se cotizan o enumeranen un mercado de valores reconocido, o se mercadean bajo lasregulaciones de un mercado de valores reconocido u otro cuerpoequivalente.

    Firma en red Una entidad bajo control, propiedad, o administracin comn

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    [Network firm] dentro de la firma o cualquier entidad de la cual un tercerorazonable e informado, poseedor de conocimiento sobre toda lainformacin relevante, razonablemente concluira como que esparte de la firma nacional o internacionalmente.

    Objetividad[Objectivity]

    Una combinacin de imparcialidad, honestidad intelectual y libertadde conflictos de inters.

    Oficina (Despacho)[Office]

    Un sub-grupo diferenciado, ya sea que est organizadogeogrficamente o en lneas de ejercicio profesional.

    Ejercicio profesional[Practice]

    Un profesional individual, una sociedad o una corporacin decontadores profesionales que ofrecen servicios profesionales alpblico.

    Contador profesional[Professional accountant]

    Aquellas personas, ya sea que se encuentren en ejercicioprofesional pblico (incluyendo un profesional individual, unasociedad o una corporacin), industria, comercio, sector pblico o

    educacin, y que son miembros de una asociacin miembro deIFAC.

    Contador profesional enejercicio profesionalpblico[Professional accountant inpublic practice]

    Cada socio o persona que ocupa una posicin similar a la de unsocio, y cada empleado en ejercicio profesional, que proveeservicios profesionales a un cliente independientemente de suclasificacin funcional (e.g., auditora, impuestos o consultora) ylos contadores profesionales que en ejercicio profesional tienenresponsabilidades directivas. El trmino tambin se usa parareferirse a una firma de contadores profesionales en prcticapblica.

    Servicios profesionales

    [Professional services]

    Cualquier servicio que requiere habilidades de contadura

    profesional o relacionadas, desempeado por un contadorprofesional, incluyendo servicios de contabilidad, auditora,impuestos, consultora gerencial, y administracin financiera.

    Publicidad[Publicity]

    La comunicacin al pblico de hechos sobre un contadorprofesional, que no estn diseados para la promocin deliberadade ese contador profesional.

    Contador que recibe[Receiving accountant]

    Un contador profesional en prctica pblica para quien el contadorexistente o el cliente del contador existente tiene un nombramientoremitido en auditora, contabilidad, impuestos, consultora osimilares, o quien es consultado en orden a satisfacer lasnecesidades del cliente.

    Entidad relacionada[Related entity]

    Una entidad que tiene cualquiera de las siguientes relaciones conel cliente:(a) Una entidad que tiene control directo o indirecto sobre el cliente,provisto que el cliente es material para tal entidad;(b) Una entidad que tiene un inters financiero directo en el cliente,provisto que tal entidad tiene influencia significativa sobre el clientey que el inters en el cliente es material para tal entidad;(c) Una entidad sobre la cual el cliente tiene control directo o

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    indirecto;(d) Una entidad en la cual el cliente, o una entidad relacionada con

    el cliente bajo el literal (c) anterior, tiene un inters financierodirecto que le da influencia significativa sobre tal entidad y elinters es material para el cliente y su entidad relacionadasegn (c); y

    (e) Una entidad que est bajo control comn con el cliente (aqureferida como entidad hermana) provisto que la entidadhermana y el cliente son tanto material para el cliente como elcliente y la entidad hermana.

    Cotizacin (Oferta deservicios )[Solicitation]

    El enfoque dirigido a un cliente potencial con el propsito deofrecer servicios profesionales.

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    CODIGO IFAC DE ETICA PARACONTADORES PROFESIONALES

    Introduccin

    1. La International Federation of Accountants (IFAC) considera que debido a diferenciasnacionales de cultura, lenguaje, sistemas legales y sociales, la tarea de preparar requerimientosticos detallados pertenece principalmente a las asociaciones miembro en cada pas interesado yque ellas tambin tienen la responsabilidad de implementar y hacer cumplir forzosamente talesrequerimientos.

    2. Sin embargo, IFAC considera que la identidad de la profesin contable se caracterizamundialmente por su esfuerzo dirigido a lograr una cantidad de objetivos comunes y por suobservacin de ciertos principios fundamentales para ese propsito.

    3. IFAC, por consiguiente, al reconocer tales responsabilidades de la profesin contable, yconsiderando que su rol propio es proveer orientacin, fomentando la continuidad de esfuerzos, ypromoviendo la armonizacin, ha considerado esencial establecer una Cdigo de Etica paraContadores Profesionales, que sea internacional, para que sea la base sobre la cual sefundamenten los requerimientos ticos (cdigo de tica, reglas detalladas, guas de orientacin,estndares de conducta, etc.) para los contadores profesionales * en cada pas.

    4. La intencin de este Cdigo internacional es que sirva como modelo sobre el cual se basenlas orientaciones ticas nacionales. Establece estndares de conducta para los contadoresprofesionales y seala los principios fundamentales que deben ser observados por parte de loscontadores profesionales en orden a lograr los objetivos comunes. La profesin contable opera enel mundo en un entorno con diferentes culturas y requerimientos reguladores. Sin embargo,

    siempre se debe respetar la intencin bsica del Cdigo. Tambin se reconoce que, en aquelloscasos en los que un requerimiento nacional est en conflicto con una provisin del Cdigo,prevalecer el requerimiento nacional. Para aquellos pases que desean adoptar el Cdigo comosu propio Cdigo nacional, IFAC ha redactado un texto que se puede usar para sealar laautoridad y aplicabilidad en el pas interesado. La redaccin est contenida e n la Declaracin dePoltica del Consejo de IFAC** Prefacio a los requerimientos ticos de (Nombre de la asociacinmiembro) .

    La Seccin 8 de este Cdigo establece una estructur a conceptual para los requerimientos deindependencia * de los contratos de aseguramiento *, estructura que constituye el estndarinternacional sobre el cual se deben bas ar los estndares nacionales. De acuerdo con ello, no se lepermite a ninguna asociacin o firma* miembro el aplicar estndares menos exigentes queaquellos sealados en esa seccin. Sin embargo, si las asociaciones o firmas miembro tienenprohibido, por ley o regulacin, cumplir ciertas partes de la Seccin 8, deben cumplir con todas lasotras partes de esa seccin.

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.** Con efecto a partir de Mayo 2000, el IFAC Council recibe el nombre de IFAC Board. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    Cdigo IFAC de Etica para Contadores Profesionales Noviembre 2001 Pg.13

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    5. Adicional a lo anterior, el Cdigo se establece sobre la base de que a menos que se sealeespecficamente una limitacin, los objetivos y los principios fundamentales son igualmente vlidospara todos los contadores profesionales, ya sea que se encuentren en ejercicio profesional * pblico, industria, comercio, sector pblico o educacin.

    6. Una profesin se distingue por ciertas caractersticas incluyendo:! Dominio de una habilidad intelectual particular, adquirida mediante entrenamiento y

    educacin;1

    ! Adherencia, por parte de sus miembros, a un cdigo comn de valores y de conductaestablecido por su cuerpo administrativo, incluyendo el mantenimiento de una perspectiva,lo cual es esencialmente objetivo; y

    ! Aceptacin de un deber para con la sociedad como un todo (usualmente en retorno por lasrestricciones en el uso de un ttulo o por la concesin de una calificacin).

    7. Los deberes de los miembros para con su profesin y para con la sociedad pueden en

    algunos momentos entrar en conflicto con su propio inters inmediato o con su deber de lealtadpara con su empleador.

    8. En este trasfondo se da la posibilidad de que las asociaciones miembro impongan a susmiembros requerimientos ticos para asegurar la ms alta calidad de desempeo y para mantenerla confianza del pblico en la profesin.

    El inters pblico

    9. Una marca distintiva de una profesin es la aceptacin de su responsabilidad para con elpblico. El pblico de la profesin contable consta de clientes, otorgadores de crdito, gobiernos,empleadores, empleados, inversionistas, la comunidad de negocios y financiera, y otros que

    confan en laobjetividad *

    e integridad de los contadores profesionales para mantener elfuncionamiento ordenado del comercio. Esta confianza impone sobre la profesin contable unaresponsabilidad de inters pblico. El inters pblico se define como el bienestar colectivo de lacomunidad de personas e instituciones a las cuales sirven los contadores profesionales.

    10. La responsabilidad de un contador profesional no es exclusivamente satisfacer lasnecesidades de un cliente o de un empleador individuales. Los estndares de la profesincontable estn fuertemente determinados por el inters pblico, por ejemplo:

    ! Los auditores independientes ayudan a mantener la integridad y la eficiencia de los estadosfinancieros que se presentan a las instituciones como soporte parcial para los prstamos y alos accionistas para la obtencin de capital;

    ! Los ejecutivos financieros sirven en diferentes capacidades de administracin financiera en lasorganizaciones y contribuyen al uso efectivo y eficiente de los recursos de la organizacin;

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. 1 Para detalles sobre los requerimientos de educacin recomendados por IFAC, se debe hacer referencia a las GuasInternacionales de Educacin preparadas por el Comit de Educacin de IFAC.* Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    ! Los auditores internos proveen aseguramiento sobre un sistema de control interno slido queenriquezca la confiabilidad de la informacin financiera externa del empleador;

    ! Los expertos tributarios ayudan a establecer confianza y eficiencia en, y la aplicacin justa de,el sistema tributario; y

    ! Los consultores gerenciales tienen una responsabilidad hacia el inters pblico al asesorar laslida toma de decisiones administrativas.

    11. Los contadores profesionales tienen un rol importante en la sociedad. Inversionistas,acreedores, empleadores y otros sectores de la comunidad de negocios, lo mismo que el gobiernoy el pblico en general confan en los contadores profesionales para la contabilidad financiera y lapresentacin de reportes financieros slidos, la administracin financiera efectiva y la asesoracompetente sobre una variedad de asuntos de negocios y tributarios. La actitud y elcomportamiento de los contadores profesionales en la prestacin de tales servicios tienen unimpacto en el bienestar econmico de su comunidad y de su pas.

    12. Los contadores profesionales pueden mantener su posicin ventajosa solamente si continan

    prestando al pblico esos servicios nicos a un nivel que demuestre que la confianza del pblicoest firmemente fundamentada. Es del mejor inters para la profesin contable mundial el hacerconocer a los usuarios de los servicios que stos son prestados por contadores profesionales quelos ejecutan al nivel ms alto de desempeo y de acuerdo con requerimientos ticos que conducena asegurar tal desempeo.

    13. En la formulacin de sus cdigos nacionales de tica, las asociaciones miembro deben, porconsiguiente, considerar el servicio pblico y las expectativas de los usuarios de los estndaresticos de los contadores profesionales y tener en cuenta sus puntos de vista. Haciendo esto, sepuede direccionar o explicar cualquier brecha de expectativa entre los estndares esperados ylos prescritos.

    Objetivos

    14. El Cdigo reconoce que los objetivos de la profesin contable son trabajar por los estndaresms altos de profesionalismo, con el fin de lograr los niveles ms altos de desempeo ygeneralmente para satisfacer los requerimientos del inters pblico sealado arriba. Esos objetivosrequieren que se satisfagan cuatro necesidades bsicas:

    ! Credibilidad En la sociedad total existe una necesidad de credibilidad en la informacin y en lossistemas de informacin.

    ! Profesionalismo Existe una necesidad de individuos que puedan ser identificados claramente, por losclientes, empleadores y otras partes interesadas, como personas profesionales en elcampo contable.

    ! Calidad de los servicios Existe una necesidad de aseguramiento de que todos los servicios obtenidos de uncontador profesional se lleven a cabo con los estndares ms altos de desempeo.

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    TRADUCCIN REALIZADA EXCLUSIVAMENTE CON FINES ACADMICOS. PROHIBIDA SUREPRODUCCIN SIN AUTORIZACIN ESCRITA DEL PROPIETARIO DEL COPYRIGHT.

    ! Confianza Los usuarios de los servicios de los contadores profesionales deben ser capaces desentir confianza de que existe una estructura conceptual de tica profesional quegobierne la prestacin de esos servicios.

    Principios fundamentales

    15. Para lograr los objetivos de la profesin contable, los contadores profesionales tienen queobservar una cantidad de pre-requisitos o principios fundamentales.

    16. Los principios fundamentales son:

    ! Integridad Un contador profesional debe ser honrado y honesto en el desempeo de losservicios profesionales *

    ! Objetividad

    Un contador profesional debe ser justo y no debe permitir prejuicios o sesgos,conflictos de inters o influencia de otros que menoscabe la objetividad.

    ! Competencia profesional y debido cuidado Un contador profesional debe prestar servicios profesionales con debido cuidado,competencia y diligencia y tiene un deber continuo para mantener el conocimiento y lashabilidades profesionales en el nivel requerido para asegurar que un cliente oempleador recibe la ventaja de servicios profesionales competentes basados endesarrollos actualizados en el ejercicio profesional, en la legislacin y en las tcnicas.

    ! ConfidencialidadUn contador profesional debe respetar la confidencialidad de la informacin obtenidaen el curso del desempeo de los servicios profesionales y no debe usar o revelar

    cualesquiera de tal informacin sin autorizacin apropiada y especfica, a menos queexista un derecho legal o profesional o un deber para hacerlo.

    ! Comportamiento profesional Un contador profesional debe actuar de una manera consistente con la buenareputacin de la profesin y abstenerse de cualquier conducta que pueda desacreditarla profesin. La obligacin de abstenerse de cualquier conducta que puedadesacreditar la profesin requiere que las asociaciones miembro de IFAC consideren,cuando desarrollen requerimientos ticos, las responsabilidades de un contadorprofesional para con clientes, terceros, otros miembros de la profesin contable,personal, empleadores, y el pblico en general.

    ! Estndares tcnicos Un contador profesional debe llevar a cabo los servicios profesionales de acuerdo conlos estndares tcnicos y profesionales relevantes. Los contadores profesionalestienen un deber de cumplir con cuidado y habilidades, las instrucciones del cliente oempleador en cuanto sean compatibles con los requerimientos de integridad,objetividad y, en el caso de contadores profesionales en ejercicio profesional

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    Cdigo IFAC de Etica para Contadores Profesionales Noviembre 2001 Pg.16

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    TRADUCCIN REALIZADA EXCLUSIVAMENTE CON FINES ACADMICOS. PROHIBIDA SUREPRODUCCIN SIN AUTORIZACIN ESCRITA DEL PROPIETARIO DEL COPYRIGHT.

    pblico *, independencia (ver Seccin 8 abajo). Adems, deben ajustarse a losestndares tcnicas y profesionales promulgados por:

    o IFAC (e.g., Estndares Internacionales de Auditora)o International Accounting Standards Committee o La asociacin profesional del miembro u otro cuerpo regulador; yo Legislacin relevante.

    El Cdigo

    17. Los objetivos, as como los principios fundamentales, son de naturaleza general y no tienen laintencin de que sean usados para resolver los problemas ticos de un contador profesional en uncaso especfico. Sin embargo, el Cdigo provee alguna orientacin sobre la aplicacin en laprctica de los objetivos y de los principios fundamentales en relacin con una cantidad desituaciones tpicas que se dan en la profesin contable.

    18. El Cdigo que se presenta abajo se divide en tres partes:

    ! La Parte A aplica a todos los contadores profesionales a menos que se especifique deotra manera.

    ! La Parte B aplica solamente a aquellos contadores profesionales en ejercicioprofesional pblico.

    ! La Parte C aplica a los contadores profesionales empleados *, y tambin puedeaplicar, en las circunstancias apropiadas, a los contadores profesionales en ejercicioprofesional pblico que se encuentren empleados.

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. A partir de Abril de 2001, IASC (International Accounting Standards Committee) fue reemplazado por IASB (International

    Accounting Standards Board) (N del t)* Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    Cdigo IFAC de Etica para Contadores Profesionales Noviembre 2001 Pg.17

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    PARTE A APLICABLE A TODOS LOS CONTADORES PROFESIONALES

    SECCION 1

    Integridad y objetividad

    1.1 Integridad implica no solamente honestidad sino trato justo y completamente veraz. El principiode objetividad le impone a todos los contadores profesionales la obligacin de ser justos,intelectualmente honestos y libres de conflictos de intereses.

    1.2 Los contadores profesionales sirven mediante capacidades muy diferentes y deben demostrarsu objetividad en diversas circunstancias. Los contadores profesionales en ejercicioprofesional pblico emprenden contratos de aseguramiento, y prestan servicios tributarios yotros de asesora gerencial. Otros contadores profesionales preparan estados financieroscomo subordinados de otros, desempean servicios de auditora interna, y sirven con

    capacidades de administracin financiera en industria, comercio, sector pblico y educacin.Tambin educan y entrenan a quienes aspiran ingresar a la profesin. Independiente delservicio o capacidad, los contadores profesionales deben proteger la integridad de susservicios profesionales, y mantener la objetividad en sus juicios.

    1.3 Al seleccionar situaciones y prcticas que especficamente tienen que ver con requerimientosticos relacionados con la objetividad, se debe prestar consideracin adecuada a los siguientesfactores:

    (a) Los contadores profesionales estn expuestos a situaciones que implican la posibilidad depresiones que se ejercen sobre ellos. Esas presiones pueden menoscabar su objetividad.

    (b) No es prctico definir y prescribir todas las situaciones en las que existen posibles

    presiones. Debe prevalecer la razonabilidad en el establecimiento de estndares paraidentificar las relaciones en las que es probable, o aparente, que se menoscabe laobjetividad de un contador profesional.

    (c) Se deben evitar relaciones que permitan prejuicios, sesgos o influencias de otros paramenoscabar la objetividad.

    (d) Los contadores profesionales tienen la obligacin de asegurar que el personal vinculado alos servicios profesionales se adhiere al principio de objetividad.

    (e) Los contadores profesionales no deben ni aceptar ni ofrecer regalos o entretenimientos delos que razonablemente se pueda considerar que tienen una influencia significativa einapropiada en su juicio profesional o en el de aquellos con quienes tratan. Lo queconstituye un regalo excesivo o una oferta de entretenimiento vara de pas a pas pero loscontadores profesionales deben evitar circunstancias que puedan hacer que se deterioresu prestigio profesional.

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    SECCION 2

    Solucin de conflictos ticos

    2.1 De tiempo en tiempo los contadores profesionales enfrentan situaciones que dan origen aconflictos de inters. Tales conflictos pueden surgir en una variedad de formas, desdedilemas relativamente triviales hasta el caso extremo de fraude y actividades ilegalessimilares. No es posible intentar convertir en elementos una lista comprensiva de verificacinsobre los casos potenciales en los que pueden ocurrir conflictos de inters. El contadorprofesional constantemente debe estar consciente de y atento a los factores que dan origen aconflictos de inters. Se debe subrayar que una honesta diferencia de opinin entre uncontador profesional y otra parte no constituye en s misma un problema tico. Sin embargo,los factores y las circunstancias de cada caso requieren investigacin por parte de losinteresados.

    2.2 Sin embargo, se reconoce que pueden existir factores particulares cuando lasresponsabilidades de un contador profesional entren en conflicto con exigencias internas oexternas de un tipo o de otro. Por esa razn:

    ! Puede existir el peligro de presin por parte de un supervisor, administrador, * o sociodominante, o cuando existen relaciones familiares o personales que puedan dar origen a laposibilidad de presiones que sean ejercidas sobre ellos. Adems, se deben desalentar lasrelaciones o intereses que pudieran influenciar, menoscabar o amenazar adversamente laintegridad del contador profesional.

    ! Se le puede solicitar a un contador profesional que acte en contrario a los estndarestcnicos y/o profesionales.

    ! Puede darse disputa sobre lealtades divididas entre el superior del contador profesional ylos estndares profesionales de conducta requeridos.

    !

    Puede surgir conflicto cuando se publica informacin errnea que puede ser ventajosapara el empleador o cliente y que puede no ser benfica para el contador profesional comoresultado de tal publicacin.

    2.3 En la aplicacin de los estndares de conducta tica los contadores profesionales puedenencontrar problemas para identificar comportamientos no-ticos o en la solucin de unconflicto tico. Cuando enfrentan problemas ticos significativos, los contadoresprofesionales deben seguir las polticas establecidas de la organizacin que los emplea parabuscar una solucin a tal conflicto. Si esas polticas no resuelven el conflicto tico, se debeconsiderar lo siguiente:

    ! Revisar el problema conflictivo con el superior inmediato. Si no se resuelve el problemacon el superior inmediato y el contador profesional determina ir al siguiente niveladministrativo ms alto, el superior inmediato debe ser notificado de la decisin. Si pareceque el superior est implicado en el problema conflictivo, el contador profesional debellevar el problema al siguiente nivel ms alto de la administracin. Cuando el superiorinmediato es el Director Ejecutivo Jefe (o equivalente) el siguiente nivel ms alto derevisin puede ser el Comit Ejecutivo, el Consejo de Directores, los Directores No-Ejecutivos, los Fideicomisarios, el Comit Administrativo de los Socios o los Accionistas.

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    ! Buscar consejo o asesora, sobre una base confidencial, con un asesor independiente ocon la asociacin profesional contable aplicable, para obtener un entendimiento sobre loscursos de accin posibles.

    ! Si permanece el conflicto tico luego de haber agotado completamente todos los nivelesinternos de revisin, el contador profesional como ltima alternativa puede no tener otrorecurso sobre asuntos significativos (e.g., fraude) que renunciar y presentar un memorandode informacin a un representante apropiado de esa organizacin.

    2.4 Adicional a lo anterior, en algunos pases las leyes, regulaciones o estndares profesionaleslocales pueden requerir que ciertos asuntos serios sean reportados a un cuerpo externo talcomo una autoridad de cumplimiento forzoso o supervisora.

    2.5 Cualquier contador profesional que se encuentre en una posicin principal debe esforzarsepor asegurar que dentro de la organizacin que lo emplea se establecen polticas para buscarla solucin de conflictos ticos.

    2.6 Las asociaciones miembro estn urgidas para que aseguren que est disponible la consejera

    y la asesora para los miembros que experimenten conflictos ticos.

    SECCION 3

    Competencia profesional

    3.1 Los contadores profesionales no deben presentarse a s mismos como que tienen la experticiao la experiencia que no poseen.

    3.2 La competencia profesional se puede dividir en dos fases separadas:

    (a) Consecucin de la competencia profesionalEl logro de la competencia profesional requiere inicialmente un estndar alto de educacingeneral seguido por educacin, entrenamiento, y exmenes especficos en temasprofesionales relevantes y, ya sea que est prescrito o no, un perodo de experiencia detrabajo. Este debe ser el patrn normal de desarrollo para un contador profesional.

    (b) Mantenimiento de la competencia profesional

    (i) El mantenimiento de la competencia profesional requiere una conciencia continuasobre los desarrollos que se dan en la profesin contable, incluyendo lospronunciamientos nacionales e internacionales relevantes en contabilidad, auditora, yotras regulaciones y requerimientos estatutarios relevantes.

    (ii) Un contador profesional debe adoptar un programa diseado para asegurar control decalidad en el desempeo de servicios profesionales consistentes con los pronunciamientosnacionales e internacionales apropiados.

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    SECCION 4

    Confidencialidad

    4.1 Los contadores profesionales tienen la obligacin de respetar la confidencialidad de lainformacin sobre los asuntos de un cliente o empleador conocidos en el curso de losservicios profesionales. El deber de confidencialidad contina an despus de terminar larelacin entre el contador profesional y el cliente o empleado.

    4.2 La confidencialidad debe ser observada siempre por parte del contador profesional a menosque una autoridad especfica haya dado origen a revelar informacin o que exista un deberlegal o profesional de revelar.

    4.3 Los contadores profesionales tienen la obligacin de asegurar que el personal bajo sucontrol, as como las personas de quienes se obtiene asesora y asistencia, respetan elprincipio de confidencialidad.

    4.4 La confidencialidad no es solamente un asunto de revelacin de informacin. Tambin

    requiere que un contador profesional que obtiene informacin en el curso del desempeo delos servicios profesionales ni use ni parezca que use esa informacin para ventaja personal opara ventaja de un tercero.

    4.5 Un contador profesional tiene acceso a mucha informacin confidencial sobre los asuntos deun cliente o empleador, asuntos que de otra manera no se revelan al pblico. Porconsiguiente, se espera que el contador profesional no haga, a otras personas, revelacionesno-autorizadas. Esto no aplica a la revelacin de tal informacin en orden a cumplirapropiadamente la responsabilidad del contador profesional de acuerdo con los estndaresde la profesin.

    4.6 Es de inters pblico y de la profesin que se definan los estndares de la profesinrelacionados con la confidencialidad y que se d orientacin sobre la naturaleza y extensin

    del deber de confidencialidad y de las circunstancias en que se puede permitir o requerir larevelacin de informacin adquirida en el curso de la prestacin de servicios profesionales.

    4.7 Sin embargo, se debe reconocer que la c onfidencialidad de la informacin hace parte deestatutos o de legislacin consuetudinaria y por consiguiente los requerimientos ticosdetallados sobre el particular dependern de la legislacin del pas de cada asociacinmiembro.

    4.8 Los siguientes son ejemplos de los puntos que se deben considerar en la determinacin de sise puede revelar informacin confidencial:

    (a) Cuando est autorizada la revelacin. Cuando el cliente o empleador da autorizacinpara revelar, se deben considerar los intereses de todas las partes incluyendo terceroscuyos intereses se pueden afectar.

    (b) Cuando la revelacin es requerida por ley. Son ejemplos de cundo un contadorprofesional es requerido por ley para que revele informacin confidencial:

    (i) Para producir documentos o para dar evidencia en el curso de procesoslegales; y

    En el original: common law. Hace referencia al sistema legal anglo-sajn (N del t)

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    (ii) Para revelar a las autoridades pblicas apropiadas las infracciones a la leyque salen a la luz.

    (c) Cuando existe deber o derecho profesional para revelar:

    (i) Para cumplir con estndares tcnicos y requerimientos ticos; tal revelacinno es contraria a esta seccin;

    (ii) Para proteger el inters profesional de un contador profesional en procesoslegales;

    (iii) Para cumplir con la revisin de calidad (o de pares) de una asociacinmiembro o de un cuerpo profesional; y

    (iv) Para responder a una indagacin o investigacin realizada por unaasociacin miembro o por un cuerpo regulador.

    4.9 Cuando el contador profesional ha determinado que se puede revelar esa informacinconfidencial, se deben considerar los siguientes puntos:

    ! Si se conocen o no y si se justifican o no todos los hechos relevantes, en la extensin enque sea prctico hacerlo; cuando la situacin implica hechos u opiniones no justificados, sedebe usar el juicio profesional en la determinacin del tipo de revelacin a realizar, si lahay;

    ! Qu tipo de comunicacin se espera y el destinatario; en particular, el contador profesionaldebe satisfacerse de que las partes a quienes se dirige la comunicacin son receptoresapropiados y tienen la responsabilidad para actuar sobre ello; y

    ! Si el contador profesional incurrir o no en obligaciones legales al hacer una comunicacin,

    as como las consecuencias que de ello se deriva.En tales situaciones, los contadores profesionales deben considerar la necesidad de consultarasesores legales y/o la(s) organizacin(es) profesional(es) interesadas.

    SECCION 5

    Ejercicio profesional tributario

    5.1 De un contador profesional que presta servicios tributarios se espera que coloque a su clienteo empleador en la mejor posicin, provisto que el servicio es prestado con competenciaprofesional, lo cual de ninguna manera menoscaba la integridad y la objetividad, y en laopinin de que el contador profesional es consistente con la ley. La duda se puede resolver afavor del cliente o empleador si existe soporte razonable para la posicin.

    5.2 Un contador profesional no debe generar en el cliente o empleador la expectativa o elaseguramiento de que la declaracin tributaria preparada o la asesora tributaria prestadaestn exentas de modificaciones. En lugar de ello, el contador profesional debe asegurarse deque el cliente o empleador es consciente de las limitaciones vinculadas a la asesora y a los

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    servicios tributarios de manera que ellos no interpreten equivocadamente una expresin deopinin como la afirmacin de un hecho.

    5.3 Un contador profesional que realiza o ayuda a la preparacin de una declaracin tributariadebe asesorar al cliente o empleador respecto de que la responsabilidad por el contenido de ladeclaracin cae principalmente en el cliente o empleador. El contador profesional debe dar lospasos necesarios para asegurar que la declaracin tributaria se prepara apropiadamentesobre la base de la informacin recibida.

    5.4 La asesora o las opiniones tributarias de consecuencias materiales que se dan a un cliente oempleador se deben registrar, ya sea en la forma de una carta o en un memorando para losarchivos.

    5.5 Un contador profesional no se debe asociar con cualquier declaracin o comunicacin en lacual exista razn para creer que:

    (a) Contiene una declaracin falsa o errnea;

    (b) Contiene declaraciones o informacin suministrada imprudentemente o sin unconocimiento real sobre si es verdadera o falsa; o

    (c) Omite u oscurece informacin requerida y tales comisiones u oscurecimientos haranequivocar a las autoridades tributarias.

    5.6 Un contador profesional puede preparar declaraciones tributarias que impliquen el uso deestimados si tal uso es aceptado generalmente o si en las circunstancias dadas no es prcticoobtener datos exactos. Cuando se usan estimados, se deben presentar como tales de maneraque se evite implicar mayor exactitud que la que existe. El contador profesional debesatisfacerse de que las cantidades estimadas son razonables dentro de las circunstancias.

    5.7 En la preparacin de una declaracin tributaria, un contador profesional ordinariamente puede

    confiar en la informacin suministrada por el cliente o empleador provisto que la informacinparece razonable. Si bien no se requiere el examen o la revisin de los documentos o de laotra evidencia que soporta la informacin, el contador profesional debe fomentar, cuando esapropiado, que se provea tal soporte de los datos.

    Adems, el contador profesional:

    (a) Debe hacer uso de las declaraciones del cliente correspondientes a los aos anteriores, sies factible;

    (b) Si se requiere, hacer las indagaciones razonables cuando la informacin presentadaparezca incorrecta o incompleta; y

    (c) Debe hacer referencia a los libros y registros de las operaciones del negocio.

    5.8 Cuando un contador profesional se entera de un error o de una omisin materiales en unadeclaracin tributaria correspondiente a un ao anterior (con el cual el contador profesionalpuede o no haber estado asociado), o de la falla en presentar una declaracin tributariarequerida, el contador profesional tiene la responsabilidad de:

    (a) Asesorar con prontitud al cliente o empleador sobre el error u omisin y recomendar quese haga esa revelacin a las autoridades tributarias. Normalmente, el contador profesional

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    no est obligado a informar a las autoridades tributarias, y tampoco puede hacerlo sinpermiso.

    (b) Si el cliente o empleador no corrige el error, el contador profesional:

    (i) Debe informar al cliente o empleador de que no es posible trabajar para l convinculacin a esa declaracin tributaria u otra informacin relacionada que se hayapresentado a las autoridades; y

    (ii) Debe considerar si contina asociado con el cliente o empleador en cualquier capacidadque sea consistente con las responsabilidades profesionales.

    (c) Si el contador profesional concluye que se puede continuar una relacin profesional con elcliente o empleador, se deben dar todos los pasos razonables para asegurar que en lasdeclaraciones tributarias subsecuentes no se repita el error.

    (d) En algunos pases, los requerimientos profesionales o estatutarios pueden hacernecesario que el contador profesional informe a las autoridades tributarias de que ya no

    existe ninguna relacin con la declaracin tributaria o con otra informacin implicada y deque ha cesado en actuar para el cliente o empleador. En esas circunstancias, el cliente oempleador debe avisar al cliente o empleador sobre la posicin, antes de informar a lasautoridades, y no debe dar informacin adicional a las autoridades sin el consentimientodel cliente o empleador, a menos que le sea requerido hacerlo por ley.

    SECCION 6

    Actividades ms all de las fronteras

    6.1 Cuando se c onsidera la aplicacin de los requerimientos ticos en las actividades ms all delas fronteras, pueden surgir una cantidad de situaciones. Si un contador profesional esmiembro de la profesin en solamente un pas o si tambin es miembro de la profesin en elpas donde est desempeando los servicios no debe afectar la manera de manejar cadasituacin.

    6.2 Un contador profesional calificado en un pas puede residir en otro pas o puede visitartemporalmente ese pas para desempear servicios. En todas las circunstancias, el contadorprofesional debe llevar a cabo los servicios profesionales de acuerdo con los estndarestcnicos y los requerimientos ticos, relevantes. Los estndares tcnicos particulares que sedeben seguir no se tratan en esta seccin. Sin embargo, en todos los otros aspectos, elcontador profesional se debe guiar por los requerimientos ticos establecidos abajo.

    6.3 Cuando un contador profesional desempea servicios en un pas diferente de su pas deresidencia y existen diferencias sobre asuntos especficos entre los requerimientos ticos delos dos pases, se deben aplicar las siguientes disposiciones:

    (a) Cuando los requerimientos ticos del pas en el cual se estn desempeando los serviciosson menos estrictos que el Cdigo de Etica de IFAC, entonces de debe aplicar el Cdigode Etica de IFAC.

    La expresin original es: Cross Border Activities, la cual es de carcter tcnico (N del t)

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    (b) Cuando los requerimientos ticos del pas en el cual se estn desempeando los serviciosson ms estrictos que el Cdigo de Etica de IFAC, entonces se deben aplicar losrequerimientos ticos del pas en el cual se estn desempeando los servicios.

    (c) Cuando los requerimientos ticos del pas de residencia son obligatorios para los serviciosdesempeados por fuera de ese pas y son ms estrictos que los establecidos en (a) y (b)arriba, entonces se deben aplicar los requerimientos ticos del pas de residencia. (En elcaso de la publicidad y oferta de servicios ms all de las fronteras, ver tambin la seccin14, pargrafos 14.4 y 14.5 abajo).

    SECCION 7

    Publicidad *

    7.1 En el mercadeo y promocin de s mismos y de su trabajo, los contadores profesionales no

    deben:(a) Usar medios que desprestigien la profesin;

    (b) Hacer merecimientos exagerados por los servicios que son capaces de ofrecer, por lascalificaciones que poseen, o por la experiencia que han obtenido; y

    (c) Denigrar del trabajo de otros contadores.

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    PARTE B APLICABLE A LOS CONTADORES PROFESIONALES EN EJERCICIOPROFESIONAL PUBLICO

    SECCION 8

    Independencia

    8.1 Es de inters pblico y, por consiguiente, requerimiento de este Cdigo de Etica, que losmiembros de los equipos de aseguramiento *, las firmas y, cuando sea aplicable, las redesde firmas * sean independientes de los clientes de aseguramiento *.

    8.2 Los contratos de aseguramiento tienen la intencin de enriquecer la credibilidad de lainformacin sobre una materia sujeto mediante la evaluacin de si la materia sujeto estconforme, en todos los aspectos materiales, con un criterio confiable. El Estndar

    Internacional sobre Contratos de Aseguramiento emitido por el International Auditing PracticesCommittee describe los objetivos y los elementos de los contratos de aseguramiento paraproveer un nivel de aseguramiento ya sea alto o moderado. El International Auditing PracticesCommittee tambin emiti estndares especficos para ciertos contratos de aseguramiento.Por ejemplo, los Estndares Internacionales de Auditora proveen estndares especficos deauditora (aseguramiento de nivel alto) y revisin (aseguramiento de nivel moderado) de losestados financieros.

    Los pargrafos 8.3 a 8.6 se toman del Estndar Internacional sobre Contratos de Aseguramiento y describen la naturaleza de un contrato de aseguramiento. Esos pargrafosse presentan aqu solamente para describir la naturaleza de un contrato de aseguramiento.Para obtener un entendimiento completo de los objetivos y elementos de un contrato deaseguramiento es necesario referirse al texto completo contenido en el Estndar Internacional

    sobre Contratos de Aseguramiento.8.3 Si un contrato particular es un contrato de aseguramiento depender de si muestra todos los

    elementos siguientes:

    (a) Una relacin con terceros que implique:

    (i) Un contador profesional;

    (ii) Una parte responsable; y

    (iii) Un usuario destinatario;

    (b) Una materia sujeto;

    (c) Un criterio confiable;

    (d) Un proceso de contratacin; y

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    TRADUCCIN REALIZADA EXCLUSIVAMENTE CON FINES ACADMICOS. PROHIBIDA SUREPRODUCCIN SIN AUTORIZACIN ESCRITA DEL PROPIETARIO DEL COPYRIGHT.

    (e) Una conclusin.

    La parte responsable y el usuario destinatario a menudo hacen parte de organizacionesseparadas pero no necesariamente ocurre as. Una parte responsable y un usuariodestinatario pueden hacer parte de la misma organizacin. Por ejemplo, un cuerpogubernamental puede buscar aseguramiento sobre la informacin suministrada por uncomponente de esa organizacin. La relacin entre la parte responsable y el usuariodestinatario requiere ser vista en el contexto de un contrato especfico.

    8.4 Existe un rango amplio de contratos para proveer un nivel alto o moderado deaseguramiento. Tales contratos pueden incluir:

    ! Contratos para reportar sobre un rango amplio de materias sujeto que cubren informacinfinanciera y no-financiera;

    ! Contratos de atestacin y de presentacin directa de reportes;

    !

    Contratos para reportar interna y externamente; y! Contratos en el sector privado y en el sector pblico.

    8.5 La materia sujeto de un contrato de aseguramiento puede tomar muchas formas, tales comolas siguientes:

    ! Datos (por ejemplo, informacin histrica o prospectiva, informacin estadstica,indicadores de desempeo);

    ! Sistemas y procesos (por ejemplo, controles internos); o

    ! Comportamiento (por ejemplo, gobierno corporativo, cumplimiento con las regulaciones,

    prcticas de recursos humanos).8.6 No todos los contratos desempeados por contadores profesionales son contratos de

    aseguramiento. Otros contratos frecuentemente desempeados por contadores profesionalesy que no son contratos de aseguramiento, incluyen:

    ! Procedimientos de acuerdo convenido;

    ! Compilacin de informacin financiera o de otro tipo;

    ! Preparacin de declaraciones tributarias cuando no se expresa conclusin, yconsultora tributaria;

    ! Consultora gerencial; y

    ! Otros servicios de asesora.

    8.7 Esta seccin del Cdigo de Etica (esta seccin) provee una estructura conceptual, construidaa partir de principios, para identificar, evaluar y responder a lo que amenaza la independencia.La estructura conceptual establece los principios que los miembros de los equipos deaseguramiento, las firmas, y las redes de firmas deben usar para identificar las amenazas a laindependencia, evaluar el significado de esas amenazas, y, si las amenazas son diferentes de

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    aquellas claramente insignificantes, identificar y aplicar salvaguardas para eliminar lasamenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Se requiere juicio para determinar qusalvaguardas aplicar. Algunas salvaguardas pueden eliminar la amenaza mientras que otrasla pueden reducir a un nivel aceptable. Esta seccin requiere que los miembros de losequipos de aseguramiento, las firmas, y las redes de firmas apliquen los principios a lascircunstancias particulares bajo consideracin. Los ejemplos que se presentan tienen laintencin de ilustrar la aplicacin de los principios contenidos en esta seccin, pero nobuscan, ni se deben interpretar como, que sean una lista exhaustiva de todas lascircunstancias que puedan generar amenazas a la independencia. En consecuencia, no essuficiente que un miembro de un equipo de aseguramiento, una firma o una red de firmascumpla solamente con los ejemplos presentados, dado que deben aplicar los principioscontenidos en esta seccin a las circunstancias particulares que enfrentan.

    Un enfoque conceptual sobre la independencia

    8.8 La independencia requiere:

    (a) Independencia de la mente:El estado de la mente que permite la provisin de una opinin sin ser afectado porinfluencias que comprometan el juicio profesional, permitindole a un individuo que actecon integridad, y ejerza objetividad y escepticismo profesional.

    (b) Independencia en la apariencia:

    El evitar hechos y circunstancias que sean tan significativos de manera que un tercerorazonable e informado, que tenga conocimiento de toda la informacin relevante,incluyendo las salvaguardas aplicadas, concluira razonablemente que se ha comprometidola integridad, la objetividad o el escepticismo profesional de una firma, o de un miembro delequipo de aseguramiento.

    8.9 Por s mismo, el uso de la palabra independencia puede conducir a interpretacionesequivocadas. Aislada, la palabra puede conducir a que los observadores supongan que unapersona que ejerce juicio profesional tiene que ser libre de toda relacin econmica, financierao de otro tipo. Esto es imposible, en la medida en que cada miembro de la sociedad tienerelaciones con otros. Por consiguiente, el significado de las relaciones econmicas,financieras y de otro tipo tambin se debe evaluar a la luz de lo que un tercero razonable einformado, que tenga conocimiento de toda la informacin razonable, concluirarazonablemente.

    8.10 Pueden ser relevantes circunstancias muy diferentes, o la combinacin de circunstancias, yde acuerdo con ello es imposible definir cada situacin que genere amenazas a laindependencia, as como especificar la accin mitigante apropiada que se deba tomar.

    Adems, puede diferir la naturaleza de los contratos de aseguramiento y en consecuenciapueden existir diferentes amenazas, requiriendo la aplicacin de distintas salvaguardas. Unaestructura conceptual que requiera que las firmas y los miembros de los equipos deaseguramiento identifiquen, evalen y direccionen las amenazas a la independencia, ms quecumplir solamente con un conjunto de reglas especficas que pueden ser arbitrarias, es, porconsiguiente, de inters pblico.

    8.11 Esta seccin se basa en tal enfoque conceptual, uno que tiene en cuenta las amenazas a laindependencia, las salvaguardas aceptadas, y el inters pblico. Bajo este enfoque, las

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    firmas y los miembros de los equipos de aseguramiento tienen la obligacin de identificar yevaluar las circunstancias y las relaciones que generan amenazas a la independencia y tomarlas acciones apropiadas para eliminar esas amenazas o reducirlas a un nivel aceptablemediante la aplicacin de salvaguardas. Adems de identificar y evaluar las relaciones entrela firma, las redes de firmas, los miembros del equipo de aseguramiento y el cliente deaseguramiento, se debe considerar si las relaciones entre los individuos externos al equipo deaseguramiento y el cliente de aseguramiento generan amenazas a la independencia.

    8.12 Esta seccin provee una estructura conceptual de los principios que los miembros de losequipos de aseguramiento, las firmas, y las redes de firmas deben usar para identificar lasamenazas a la independencia, avaluar el significado de esas amenazas y, si las amenazasson diferentes de aquellas claramente insignificantes, identificar y aplicar las salvaguardaspara eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable, de manera que no secomprometan la independencia de la mente y la independencia en la apariencia.

    8.13 Los principios contenidos en esta seccin aplican a todos los contratos de aseguramiento. Lanaturaleza de las amenazas a la independencia y las salvaguardas aplicables que sonnecesarias para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptables difieren

    dependiendo de las caractersticas del contra to individual: ya se trate que el contrato deaseguramiento sea un contrato de auditora * u otro tipo de contrato; y en el caso de uncontrato de aseguramiento que no es un contrato de auditora, del propsito, la materia sujetoy los usuarios destinatarios del reporte. Una firma debe, por consiguiente, evaluar lascircunstancias relevantes, la naturaleza del contrato de aseguramiento y las amenazas a laindependencia, al decidir si es apropiado aceptar o continuar un contrato, lo mismo que lanaturaleza de las salvaguardas requeridas y si un individuo particular debe ser miembro delequipo de aseguramiento.

    8.14 Los contratos de auditora proveen aseguramiento a un rango amplio de usuarios potenciales;en consecuencia, adems de la independencia de la mente, es de particular significa do laindependencia en la apariencia. De acuerdo con ello, de los clientes de auditora *, losmiembros del equipo de aseguramiento, la firma y la red de firmas se requiere que sean

    independientes del cliente de auditora. En el caso de los contratos de aseguramientoprestados a clientes de aseguramiento de no-auditora, los miembros del equipo deaseguramiento y la firma requieren consideraciones similares para que sean independientesdel cliente de aseguramiento de no-auditora. En el caso de esos contratos, se debe prestaratencin a cualesquiera amenazas por las cuales la firma tenga razones para creer que sepuedan crear mediante los intereses y relaciones de la red de firmas.

    8.15 En el caso de un reporte de aseguramiento para un cliente de aseguramiento de no-auditora,restringido expresamente para el uso de usuarios identificados, se considera que los usuariosdel reporte son conocedores del propsito, la materia sujeto y las limitaciones del reporte,dada su participacin en el establecimiento de la naturaleza y el alcance de las instruccionesde la empresa para prestar los servicios, incluyendo el criterio con el cual se evala la materiasujeto. Este conocimiento, as como la habilidad enriquecida de la firma para comunicarsobre las salvaguardas a todos los usuarios del reporte, incrementa la efectividad de lassalvaguardas para la independencia en la apariencia. La firma tiene que tener en cuenta esascircunstancias al evaluar las amenazas a la independencia y al aplicar las salvaguardasnecesarias para eliminar las amenazas o reducirlas a un nivel aceptable. Al evaluar laindependencia de los miembros de un equipo de aseguramiento y su familia cercana * e

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    inmediata, como mnimo, ser necesario aplicar las disposiciones contenidas en esta seccin. Adems, si la firma tiene un inters financiero * material, ya sea directo o indirecto, en elcliente de aseguramiento, la amenaza auto-interesada creada sera tan significativa queninguna salvaguarda podra reducir la amenaza a un nivel aceptable. Puede ser suficiente laconsideracin limitada de cualesquiera amenazas creadas por los intereses y las relacionesde las redes de firmas.

    8.16 De acuerdo con ello:

    ! Para los contratos de aseguramiento provistos para un cliente de auditora, se requiere quelos miembros del equipo de aseguramiento, la firma y las redes de firmas seanindependientes del cliente;

    ! Para los contratos de aseguramiento provistos para clientes que no son clientes deauditora, cuando el reporte no est restringido expresamente para uso por parte deusuarios identificados, se requiere que los miembros del equipo de aseguramiento y lafirma sean independientes del cliente; y

    !

    Para los contratos de aseguramiento provistos para clientes que no son clientes deauditora, cuando el reporte de aseguramiento est restringido expresamente para uso porparte de usuarios identificados, se requiere que los miembros del equipo de aseguramientosean independiente s del cliente. Adems, la firma no debe tener un inters financierodirecto o indirecto * en el cliente.

    Esos requerimientos para los contratos de aseguramiento se ilustran como sigue:

    8.17 Las amenazas y las salvaguardas que se identifican en esta seccin se discutengeneralmente en el contexto de los intereses o relaciones que se dan entre la firma, la red defirmas, un miembro del equipo de aseguramiento y el cliente de aseguramiento. En el caso deun cliente que cotiza en bolsa de valores, a la firma y a cualquier red de firmas se les requiereque consideren los intereses y las relaciones que incluyen las entidades relacionadas de esecliente. Idealmente, esas entidades y esos intereses y relaciones se deben identificar de

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11. * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

    Cliente

    Tipo de contrato de aseguramiento

    AuditoraNo-auditora de

    uso no-restringidoNo-auditora deuso restringido

    Clientede

    AuditoraEquipo de aseguramiento, firma y red de firmas

    Cliente deaseguramientode no-auditora

    Equipo de aseguramientoy firma

    Equipo deaseguramiento y

    firma que no tieneinters financiero

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    antemano. Para todos los otros clientes de aseguramiento, cuand o el equipo deaseguramiento tiene razn para considerar que una entidad relacionada * de tal cliente deaseguramiento es relevante para la evaluacin de la independencia de la firma para con elcliente, el equipo de aseguramiento debe considerar a esa entidad relacionada cuando evalala independencia y aplicar las salvaguardas apropiadas.

    8.18 La evaluacin de las amenazas a la independencia y de la accin subsecuente se debensoportar mediante evidencia obtenida antes de aceptar el contrato y mientras se estdesempeando. La obligacin de realizar tal evaluacin y de tomar las acciones que surgencuando una firma, una red de firmas o un miembro del equipo de aseguramiento conocen, ose podra razonablemente esperar que conozcan, de circunstancias o relaciones que puedancomprometer la independencia. Pueden existir ocasiones en las que la firma, una red defirmas o un individuo violen inadvertidamente esta seccin. Si ocurre tal violacin inadvertida,generalmente no comprometera la independencia en relacin con un cliente deaseguramiento provisto que la firma tiene en funcionamiento las polticas y los procedimientosapropiados de control de calidad para promover la independencia y para que, una vezdescubierta, la violacin sea corregida prontamente y se apliquen cualesquiera de lassalvaguardas necesarias.

    8.19 A travs de toda esta seccin, se hace referencia a amenazas significativas y claramenteinsignificantes en la evaluacin de la independencia. Al considerar la significancia de cualquierasunto particular, se deben tener en cuenta factores cualitativos as como cuantitativos. Unasunto se debe considerar claramente insignificante solamente si se le considera a la veztanto trivial como carente de consecuencias.

    Objetivo y estructura de esta seccin

    8.20 El objetivo de esta seccin es asistir a las firmas y a los miembros de los equipos deaseguramiento a:

    (a) Identificar las amenazas a la independencia;(b) Evaluar si esas amenazas son claramente insignificantes; y

    (c) En los casos en que las amenazas no son claramente insignificantes, identificar y aplicarlas salvaguardas apropiadas para eliminar o reducir las amenazas a un nivel aceptable.

    En las situaciones en que no estn disponibles salvaguardas para reducir la amenaza a unnivel aceptable, las nicas acciones posibles son eliminar las actividades o intereses quegeneran la amenaza, o negarse a aceptar o continuar el contrato de aseguramiento.

    8.21 Esta seccin esboza las amenazas a la independencia (pargrafos 8.28 a 8.33). Luegoanaliza las salvaguardas capaces de eliminar esas amenazas o de reducirlas a un nivelaceptable (pargrafos 8.34 a 8.47). Concluye con algunos ejemplos sobre cmo aplicar esteenfoque conceptual a circunstancias y relaciones especficas. Los ejemplos discutenamenazas a la independencia que pueden ser generadas por circunstancias y relacionesespecficas (pargrafos 8.100 y siguientes). Se usa el juicio profesional para determina lassalvaguardas apropiadas para eliminar las amenazas a la independencia o para reducirlas aun nivel aceptable. En ciertos ejemplos, las amenazas a la independencia son tansignificativas que las nicas acciones posibles son eliminar las actividades o intereses que

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    generan la amenaza, o negarse a aceptar o continuar el contrato de aseguramiento. En otrosejemplos, la amenaza se puede eliminar o reducir a un nivel aceptable mediante la aplicacinde salvaguardas. Los ejemplos no tienen la intencin de ser totalmente inclusivos.

    8.22 Cuando se identifican amenazas a la independencia que no son claramente insignificantes, yla firma decide aceptar o continuar el contrato de aseguramiento, se debe documentar ladecisin. La documentacin debe incluir una descripcin de las amenazas identificadas y lassalvaguardas aplicadas para eliminar o reducir las amenazas a un nivel aceptable.

    8.23 La evaluacin de la significancia de cualquier amenaza a la independencia y de lassalvaguardas necesarias para reducir cualquier amenaza a un nivel aceptable, tiene encuenta el inters pblico. Ciertas entidades pueden ser de inters pblico significativo porque,como resultado de sus negocios, de su tamao o de su posicin corporativa tienen un rangoamplio de accionistas. Ejemplos de tales entidades pueden incluir compaas que cotizan enbolsas de valores, instituciones de crdito, compaas de seguros, y fondos de pensiones.Dado el fuerte inters pblico en los estados financieros de las entidades que cotizan enbolsas de valores, ciertos pargrafos de esta seccin tratan asuntos adicionales que sonrelevantes para la auditora de las entidades que cotizan en bolsas de valores. Se debe

    prestar atencin a la aplicacin de los principios sealados en esta seccin en relacin con laauditora de las entidades que cotizan en bolsas de valores frente a otros clientes de auditoraque pueden ser de inters pblico significativo.

    Perspectivas nacionales

    8.24 Esta seccin establece una estructura conceptual para los requerimientos de independenciapara los contratos de aseguramiento, la cual constituye el estndar internacional sobre el cualse deben basar los estndares nacionales. De acuerdo con ello, a ninguna asociacin o firmamiembro se les permite aplicar estndares menos exigentes que los establecidos en estaseccin.

    Sin embargo, cuando por ley o regulacin, a las asociaciones o firmas miembro se les prohbecumplir ciertas partes de esta seccin, deben cumplir con todas las otras partes de estaseccin.

    8.25 Ciertos ejemplos contenidos en esta seccin sealan cmo se aplican los principios a loscontratos de auditora de una entidad que cotiza en bolsas de valores *. Cuando unaasociacin miembro escoge no diferenciar entre los contratos de auditora de una entidad quecotiza en bolsa de valores y los otros contratos de auditora, los ejemplos que se relacionancon los contratos de auditora de una entidad que cotiza en bolsa de valores se debenconsiderar para aplicarlos a todos los contratos de auditora.

    8.26 Cuando una firma dirige un contrato de aseguramiento de acuerdo con el EstndarInternacional de Contratos de Aseguramiento o con estndares especficos para contratos deaseguramiento emitidos por el International Auditing Practices Committee tales como unaauditora o una revisin de estados financieros de acuerdo con los Estndares Internacionalesde Auditora, los miembros del equipo de aseguramiento y la firma deben cumplir con estaseccin a menos que por ley o regulacin les est prohibido cumplir con ciertas partes de estaseccin. En tales casos, los miembros del equipo de aseguramiento y la firma deben cumplircon todas las otras partes de esta seccin.

    * Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    8.27 Algunos pases y culturas pueden establecer, ya sea por legislacin o por prctica comn,definiciones de las relaciones, diferentes a las que se usan en esta seccin. Por ejemplo,algunos legisladores o reguladores nacionales pueden haber prescrito listas de individuos quese deben considerar como familia estrecha, listas que difieren de la definicin contenida enesta seccin. Las firmas, las redes de firmas y los miembros de los equipos deaseguramiento deben ser conscientes de esas diferencias y cumplir las ms exigentes.

    Amenazas a la independencia

    8.28 La independencia es afectada potencialmente por amenazas de auto-inters, auto-revisin,abogaca , familiaridad e intimidacin.

    8.29 La amenaza de auto-inters ocurre cuando una firma o un miembro del equipo deaseguramiento se pudiera beneficiar de un inters financiero en, u otro auto-inters entra enconflicto con, un cliente de aseguramiento.

    Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero no estn

    limitados a:(a) Un inters financiero directo o un inters financiero indirecto material en un cliente de

    aseguramiento;

    (b) Un prstamo o una garanta a o de un cliente de aseguramiento o de sus directores oejecutivos *;

    (c) Dependencia indebida respecto de los honorarios totales recibidos de un cliente deaseguramiento;

    (d) Afectacin sobre la posibilidad de perder el contrato;

    (e) Tener una estrecha relacin de negocios con un cliente de aseguramiento;(f) Potencialidad de empleo con un cliente de aseguramiento; y

    (g) Honorarios contingentes relacionados con los contratos de aseguramiento.

    8.30 La amenaza de auto-revisin ocurre cuando (1) cualquier producto o juicio de un contratode aseguramiento previo o de un contrato de no-aseguramiento previo requiere ser vuelto aevaluar con el fin de conseguir conclusiones sobre el contrato de aseguramiento o (2) cuandoun miembro del equipo de aseguramiento previamente fue director o ejecutivo del cliente deaseguramiento, o fue un empleado que se encontraba en posicin de ejercer influencia directao significativa sobre la materia sujeto del contrato de aseguramiento.

    Ejemplos de circunstancias que pueden generar esta amenaza incluyen, pero no estnlimitados a:

    Abogaca, en el sentido de abogar por algo, defender. La idea es que la independencia no necesita que se le defienda,dado que de alguna manera tiene que ser obvia. Por eso el texto hace referencia a que una persona razonable einformada...pueda concluir de manera razonable... (N del t)* Para definiciones ver las pginas 7 a 11.

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    (a) Un miembro del equipo de aseguramiento ha sido, o fue recientemente, director oejecutivo del cliente de aseguramiento;

    (b) Un miembro del equipo de aseguramiento ha sido, o fue recientemente, empleado delcliente de aseguramiento en una posicin para ejercer influencia directa y significativasobre la materia sujeto del contrato de aseguramiento;

    (c) Desempear servicios para un cliente de aseguramiento que afecta directamente lamateria sujeto del contrato de aseguramiento; y

    (d) Preparacin de datos originales us