Quito, 2 9 JUINI 2012...Gerencia Distrital de Aduanas de Quito, período del 1 de agosto de 2004 al...
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CONTRALORÍAGENERAL
DEL ESTADO
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7-1QRA
No.:I ,5
E
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OFICIO DCAI
Dirección de Coordinación de Auditorías InternasO Sección: R Asunto: Aprobación de informe de Auditoría Interna
Quito, 2 9 JUINI 2012
LicenciadaWendy Enríquez S.Directora Nacional de Auditoría InternaServicio Nacional de Aduanas del EcuadorGuayaquil
Con el propósito de que se distribuya a las autoridades de esa Institución, funcionariosy personas vinculadas con las labores de control gubernamental, le comunico que enejercicio de la atribución constante en el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 031-CG,publicado en el Registro Oficial 536 de 27 de febrero de 2009, el informe de examenespecial DNA-018-2010, al "Seguimiento de Recomendaciones de los Informes deAuditoría Interna y Externa en el Distrito de Aduanas Quito", por el períodocomprendido entre 2 de enero de 2008 y el 30 de septiembre de 2010, fue aprobadoel 26 de junio de 2012.
Atentamente,Dios, Patria y Libertad,Por el Contralor General del Estado,
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CPA, Fabiola Tapia ParedesDirectora de Coordinación de Auditorías Internas, (e)
Oficina Matriz. Av. Juan Montalvo E4-37 y Av. 6 de Diciembre. Teléfono: (593 .2) 290 0831. Quito-Ecuador
Memorando Nro. SENAE-DNA-2012-0668-M
Guayaquil, 18 de julio de 2012
PARA: Sr. Econ. Pedro Xavier Cárdenas MoncayoDirector General
ASUNTO: Aprobación del informe de Examen Especial al Seguimiento derecomendaciones de los informes de Auditoria Interna y Externa en elDistrito de Aduana de Quito
De mi consideración:
De conformidad con lo dispuesto en el articulo 9 del reglamento sustitutivo sobre laorganización, funcionamiento y dependencia técnica de las unidades de auditoria internade las entidades que controla la Contraloría General del Estado, públicado en el RegistroOficial 461 de 06 de noviembre de 2008, participo a usted que el informeDNA-018-2010 derivado del examen especial "al seguimiento de recomendaciones delos informes de auditorio interna y externa en el Distrito de Aduana de Quito", por elperíodo comprendido entre el 2 de enero de 2008 y el 30 se septiembre de 2010, fueaprobado el 26 de junio de 2012 y, comunicado a esta Dirección por la Directora deCoordinación de Auditorías Intrerna (e) de la Contraloría General del Estado, medianteoficio DCAI 15063 de 29 de junio de 2012.
Del presente examen no se emitieron recomendaciones, pero en su lugar se debe darcumplimiento al oficio circular DGN-OF-056 de 6 de julio de 2011.
Atentamente,
Documento firmada electrónicamente
Lcda. Wendy Mabel Enríquez SalazarDIRECTORA NACIONAL DE AUDITORIA INTERNA
Referencias:- SENAE-DNA-2012-0626-M
Anexos:- of dcai 15063 ee seguimiento-quito (aprobado).pdf- aprobado dna-018-2010.pdf
Copia:Sr. Econ. Ricardo Manuel Troya AndradeDirector Distrital de Quito
Servicio Nacional de Aduana del EcuadorDirección General — Av. 25 de Julio Km. 4.5 Vía Puerto Marítimo. PBX: (04) 2481)640
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Memorando Nro. SENAE-DGN-2012-1744-M
Guayaquil, 19 de julio de 2012
PARA: Marco Vinicio Echeverria ViteriDirector Distrital de Quito, Subrogante
Srta. Ing. Ana Patricia Ordoñez PiscoDirectora de Secretaria General
Ing. Luis Antonio Villavicencio FrancoDirector Nacional de Mejora Continua y Tecnología de la Información
ASUNTO: Aprobación del informe de Examen Especial al Seguimiento derecomendaciones de los informes de Auditoria Interna y Externa en elDistrito de Aduana de Quito
De mi consideración:
Adjunto al presente, remito para vuestra revisión y fiel cumplimiento, el InformeDNA-018-2010 derivado del examen especial "al seguimiento de recomendaciones delos informes de auditoria interna y externa en el Distrito de Aduana de Quito", por elperíodo comprendido entre el 2 de enero de 2008 y el 30 se septiembre de 2010, fueaprobado el 26 de junio de 2012 y, comunicado a este despacho mediante MemorandoNo. SENAE-DNA-2012-0668-M emitido por la Dirección Nacional de Intervención, deconformidad con lo dispuesto en el articulo 9 del reglamento sustitutivo sobre laorganización, funcionamiento y dependencia técnica de las unidades de auditoria internade las entidades que controla la Contraloría General del Estado, públicado en el RegistroOficial 461 de 06 de noviembre de 2008.
De la revisión efectuada al referido Informe DNA-018-2010, se observan los siguientes"criterios de auditoria":
• 1. Del Informe de examen especial GAD-002-2009 de la Coordinación General deAuditoría Interna, a las ventas a terceros con fines de exportación de mercancíasimportadas por Depósitos Industriales del Distrito de Quito de la CAE, por elperiodo comprendido entre el 2 de enero de 2005 y el 31 de octubre de 2007, se haemitido el siguiente "Criterio de Auditoria" relacionado con la Recomendación 7:
Criterio de Auditoria con respecto a la Recomendación 7: "El argumento presentado noes concordante con el contenido de la recomendación, y con la confirmación de lostitulares de Procesos Aduaneros, quienes realizan una coordinación conjunta entredepartamentos con el Director de Despacho; comprobándose que no se generan reportesde los controles realizados por los supervisores, por tanto lo expresado no modyica laopinión de Auditoría".
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Memorando Nro. SENAE-DGN-2012-1744-M
Guayaquil, 19 de julio de 2012
Criterio de Auditoria con respecto a la Recomendación 1: "El retraso en la divulgaciónde esta recomendación no ha facilitado su cumplimiento".
Criterio de Auditoria con respecto a las Recomendaciones 15 y 17: "El argumento delGerente Distrital no justifica la inacción, pues el Soporte Funcional en cada Distrito seconvierte en una delegación de la Dirección de Sistemas, que debe comunicar a lamatriz, los problemas que se presenten, y colaborar en las soluciones; por tanto, las dosrecomendaciones se consideran incumplidas".
Criterio de Auditoria con respecto a la Recomendación 3: "No existe evidencia de que sehaya puesto en práctica esta posibilidad, ni de que se haya estudiado su conveniencia;sin embargo se estima que esta recomendación es inaplicable por la logística quedemandaría, dada la situación geográfica".
Criterio de Auditoria respecto al no cumplimiento de la Recomendación 13: "Laimplantación del Reglamento de Courier y la terminación de la relación contractual conla empresa The Microserv S. A., hacen que esta recomendación se torne inaplicable".
• 5. Del Informe de examen especial DA3-0037-2007 de la Contraloría General delEstado, a los ingresos por desaduanamiento directo con garantías aduanerasespecificas y su devolución, del 1 de noviembre de 2003 al 30 de septiembre de2006 y el análisis de la cuenta corriente 862218-5 del Banco del Pichincha del 1 demayo de 2002 al 30 de septiembre de 2006, en la Gerencia Distrital de Aduana deQuito, se han emitido los siguientes "Criterios de Auditoria" relacionados conlas recomendaciones 2, 6, 11, 12 y 4:
Criterio de Auditoria respecto al no cumplimiento de la Recomendación 2: "El Equipo deauditoría constató que el sistema aún no está implementado, demostrando la Jefa deProcesos Aduaneros Garantías, que llevan un registro manual en formato Excel".
Criterio de Auditoria respecto al no cumplimiento de la Recomendación 6: "Por loexpuesto, se concluye que la recomendación no fue implantada".
Criterio de Auditoria respecto al no cumplimiento de la Recomendación 11: "Sinembargo de no existir un pronunciamiento actualizado sobre esta recomendación, seconcluye que se dieron pasos iníciales, persistiendo la deficiencia, por lo que se estimacumplida parcialmente".
Criterio de Auditoria respecto al no cumplimiento de la Recomendación 12: "Lasopciones que brinda el sistema han dificultado el cumplimiento total de estarecomendación, sin embargo Auditoría Interna verificó el interés de los responsables
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Memorando Nro. SENAE-DGN-2012-1744-M
Guayaquil, 19 de julio de 2012
Documento firmado electrónicamente
Econ. Pedro Xavier Cárdenas MoncayoDIRECTOR GENERAL
Referencias:- SENAE-DNA-2012-0668-M
Anexos:- of dcai 15063 ee seguimiento-quito (aprobado).pdf- aprobado dna-018-2010.pdf
Copia:Sra. Lcda. Wendy Mabel Enríquez SalazarDirectora Nacional de Auditoría Interna
Econ. Mario Santiago Pinto SalazarSubdirector General de Normativa Aduanera
Sra. Econ. María Pia Williams CascanteAsesor 2 - Dirección General
Sr. Econ. Ricardo Manuel Troya AndradeDirector Distrital de Quito
Srta. Abg. María Cristina Villacreses EstevesDirectora de Autorizaciones y Expedientes OCEs
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ADUANADEL
1 ECUADOR
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA
DNA-018-2010
INFORME
Examen Especial al seguimiento de recomendaciones de los informes deauditoría externa e interna en el Distrito de Aduana de Quito, por elperíodo comprendido entre el 2 de enero de 2008 y el 30 de septiembre de2010.
SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR
ACCIÓN DE CONTROL: EXAMEN ESPECIAL AL SEGUIMIENTO DERECOMENDACIONES DE LOS INFORMES DE AUDITORÍA EXTERNA E INTERNAEN EL DISTRITO DE ADUANA DE QUITO.
Por el período comprendido entre el 2 de enero de 2008 y el 30 de septiembre de2010.
DIRECCIÓN NACIONAL DE AUDITORÍA INTERNA
Guayaquil - Ecuador
RELACIÓN DE SIGLAS Y ABREVIATURAS UTILIZADAS
SENAE Servicio Nacional de Aduana del Ecuador
CGE Contraloría General del Estado
CAE
Corporación Aduanera Ecuatoriana
NCI Norma de Control Interno
SICE: Sistema Interactivo de Comercio Exterior
SIA Sistema Interno Aduanero
INDICE
CONTENIDO PAGINASCarta de Presentación
CAPITULO IINFORMACIÓN INTRODUCTORIAMotivo del examen 2Objetivos del examen 2Alcance del examen 2Base Legal 2Estructura Orgánica 3Objetivos de la Entidad 4Monto de los recursos examinados 4Servidores Relacionados — Anexo 1 4
CAPITULO IIRESULTADOS DEL EXAMENRecomendaciones emitidas por la Coordinación de Auditoría Interna y laContraloría General del Estado 5
Informe de examen especial GAD-002-2009 de la Coordinación General deAuditoría Interna, a las ventas a terceros con fines de exportación demercancías importadas por Depósitos Industriales del Distrito de Quito de 6la CAE, por el período comprendido entre el 2 de enero de 2005 y el 31 deOctubre de 2007.
Informe de examen especial DA3-0034-2008 de la Contraloría General delEstado, a los reembarques de mercaderías manifestadas en los procesosoperacionales para nacionalizar las mercaderías ingresadas al país, de laGerencia Distrital de Aduanas de Quito, período del 1 de agosto de 2004 al30 de noviembre de 2006.
Informe de examen especial DA3-0199-2009 de la Contraloría General delEstado, a los procesos de los servicios aduaneros de almacenamiento,verificación, valoración, aforo, liquidación tributaria y control y vigilancia delas mercaderías declaradas a consumo ingresadas con régimen 10, de la 9Gerencia Distrital de Aduanas Quito, por el período comprendido entre el 1de enero de 2005 y el 30 de septiembre de 2007.
Informe de examen especial DA3-0024-2007 de la Contraloría General delEstado, a los procesos de determinación, recaudación, depósito y registrode los ingresos por importación de mercaderías ingresadas a través de lasempresas courier en la Gerencia Distrital de Aduana de Quito, por elperiodo del 1 de enero de 2004 al 31 de agosto de 2006.
Informe de examen especial DA3-0037-2007 de la Contraloría General delEstado, a los ingresos por desaduanamiento directo con garantíasaduaneras específicas y su devolución, del 1 de noviembre de 2003 al 30de septiembre de 2006 y el arrálisis de la cuenta corriente 862218.5 del 14Banco del Pichincha del 1 de mayo de 2002 al 30 de septiembre de 2006,en la Gerencia Distrital de Aduana de Quito.
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• Informe de examen especial DA3-0025-2007 de la Contraloría General delEstado, a las mercaderías declaradas en abandono en las bodegas dealmacenamiento temporal y bodegas en Calderón de la Gerencia Distrital 18de Aduanas Quito; periodo i de mayo de 2003 al 31 de diciembre de 2006.
Nómina de Servidores Relacionados
1:11ADUANADELECUADOR
Informe aprobado el:
Guayaquil,
SeñorDirector GeneralServicio Nacional de Aduana del EcuadorPresente
De mí consideración:
Hemos efectuado el examen especial al seguimiento de recomendaciones de losinformes de auditoría externa e interna en el Distrito de Aduana de Quito, por elperíodo comprendido entre el 2 de enero de 2008 y el 30 de septiembre de 2010.
Nuestra acción de control se efectuó de acuerdo con las Normas Ecuatorianas deAuditoría Gubernamental emitidas por la Contraloría General del Estado. Estasnormas requieren que el examen sea planificado y ejecutado para obtener certezarazonable de que la información y la documentación examinada no contienenexposiciones erróneas de carácter significativo, igualmente que las operaciones a lascuales corresponden, se hayan ejecutado de conformidad con las disposicioneslegales y reglamentarias vigentes, políticas y demás normas aplicables.
Debido a la naturaleza de la acción de control efectuada, los resultados se encuentranexpresados en los comentarios, conclusiones y recomendaciones que constan en elpresente informe.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 de la Ley Orgánica de la ContraloríaGeneral del Estado, las recomendaciones deben ser aplicadas de manera inmediata ycon el carácter de obligatorio.
Atentamente,Dio atria Li
Lcd e • y EDirectora NacionServicio Nacio
e Auditoría I
Mine
CAPÍTULO I
INFORMACIÓN 1NTRODUCTORIA
Motivo del examen
El examen especial efectuado al seguimiento de recomendaciones de los informes de
auditoría externa e interna en el Distrito de Aduana de Quito, se efectuó con cargo al Plan
Anual de Control 2010 de la Coordinación General de Auditoría Interna de la Corporación
Aduanera Ecuatoriana, debidamente aprobado por el Contralor General del Estado
mediante Acuerdo 003 CG de 13 de enero de 2010, y en cumplimiento a la orden de
trabajo CAI 013 de 18 de octubre de 2010.
Objetivo del examen
• Determinar el grado de cumplimiento de las recomendaciones contenidas en los
Informes de exámenes especiales realizados por la Contraloría General del Estado
y la Unidad de Auditoría Interna de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
Alcance del examen
Se analizó el cumplimiento de las recomendaciones, constantes en ocho informes de
exámenes especiales ejecutados por la Coordinación General de Auditoría Interna y la
Contraloría General del Estado, durante el período comprendido entre el 2 de enero de
2008 y el 30 de septiembre de 2010.
Base legal
La Corporación Aduanera Ecuatoriana es una persona es una persona jurídica de
derecho público, de duración indefinida, patrimonio del Estado, con autonomía técnica,
administrativa, financiera y presupuestaria, domiciliada en la ciudad de Guayaquil y
con jurisdicción en todo el territorio nacional. Fue constituida mediante Ley 99,
publicada en el Registro Oficial 359 de 13 de julio de 1998, derogada por codificación
\ No. 1 publicada en el Registro Oficial Suplemento 219 de 26 de noviembre de 2003.[
2
Estructura orgánica
El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador durante el período sujeto a examen se
rigió por el Reglamento Orgánico Funcional, publicado en el en el Registro Oficial 138
de 1 de agosto de 2003 mismo que estuvo en vigencia hasta la expedición del nuevo
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, publicado en el
Suplemento del Registro Oficial 362 de 18 de junio de 2008, con las siguientes
estructuras:
Reglamento Orgánico Funcional
Directorio
Gerencia General
Gerencia Jurídica
Departamento Jurídico Administrativo
Gerencia Administrativa Financiera
Departamento Administrativo
Departamento de Control Financiero
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
9.3.1. Procesos Gobernantes
9.3.1.1 Directorio
9.3.1.2 Gerencia General
9.3.2. Procesos Agregadores de Valor
9.3.2.1. Subgerencia de Operaciones
9.3.2.1.1.Gerencias Distritales
9.3.2.1.2. Servicio de Vigilancia Aduanera
9.3.2.1.3. Atención al Usuario
9.3.2.1.4 Seguridad Integral
9.3.2.2. Subgerencia Regional
9.3.2.3. Gestión Aduanera
9.3.2.4. Proyectos y Sistemas
9.3.2.5 Intervención
9.3.3. Procesos Habilitantes
De Asesoría:
o 9.3.3.1 Planificación Institucional
3
9.3.3.2. Auditoría Interna
9.3.3.3. Asesoría Jurídica
9.3.3.4. Comunicación Social
De Apoyo:
9.3.3.5 Administración de Recursos Humanos- UARH
9.3.3.6 Gestión Administrativa — Financiera
9.3.3.7 Secretaria General
Objetivos de la entidad
Objetivo general
Facilitar las operaciones de comercio exterior y ejercer control sobre las mercancías,
personas y medios de transporte, de tal forma que se pueda determinar el correcto
cobro de los tributos a fin de disminuir los tiempos de despacho.
Objetivos específicos
Alcanzar efectividad en el control aduanero.
Mejorar la eficiencia en el proceso operativo aduanero
Institucionalizar la Corporación Aduanera Ecuatoriana
Crear una cultura aduanera en la sociedad
Monto de recursos examinados
La naturaleza del examen no permite cuantificar los recursos.
Servidores relacionados
La nómina de servidores relacionados consta en Anexo 1
4
CAPÍTULO II
RESULTADOS DEL EXAMEN
Recomendaciones emitidas por la Coordinación General de Auditoría Interna y laContraloría General del Estado.
Del seguimiento realizado a 86 recomendaciones constantes en 8 informes deexámenes especiales practicados por la Coordinación General de Auditoría Interna yla Contraloría General del Estado, se estableció que en 6 informes: 5 emitidos por laDirección de Auditoría 3 de la Contraloría General del Estado, y 1 por la AuditoríaInterna, se ha producido incumplimiento total y parcial, e inaplicabilidad, querepresenta un 22% del universo examinado, como se resume en el siguiente cuadro:
# informe deE.E. Emitido por Cumplidas
parcialmenteNo
cumplidasNo
aplicablesGAD-002-2009 Auditoría Interna 1DA3-0034-2008 CGE 2DA3-0199-2009 CGE 2 1DA3-0024-2007 CGE 3 2DA3-0037-2007 CGE 2 2 1DA3-0025-2007 CGE 3
TOTAL 6 10 3En porcentaje 7% 12% 3%
La Coordinación General de Auditoría Interna verificó que las recomendaciones fuerontransmitidas por la Gerencia General, a los responsables de su ejecución; no obstante,la falta de aplicación de las reseñadas, se debe a los frecuentes cambios de personal,y a la falta de seguimiento que asegure la continuidad de la administración,contraviniéndose el artículo 92 de la Ley Orgánica de la Contraloría General delEstado, y las normas de control interno 600-01 y 600-02 Seguimiento continuo o enoperación, y Evaluaciones periódicas, ocasionando que se mantengan las deficienciasadministrativas.
A continuación se detallan las recomendaciones incumplidas y no aplicables:
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1. Informe de examen especial GAD-002-2009 de la Coordinación General deAuditoría Interna, a las ventas a terceros con fines de exportación demercancías importadas por Depósitos Industriales del Distrito de Quito de laCAE, por el período comprendido entre el 2 de enero de 2005 y el 31 deoctubre de 2007.
El informe GAD-002-2009, realizado por la Coordinación General de Auditoría Internay aprobado el 16 de octubre de 2009 contiene 7 recomendaciones, de las cuales unadirigida al Gerente Distrital, no se cumplió:
Al Gerente Distrital7.- "Dispondrá al supervisor de Regímenes Especiales y Zona Primaria, efectuarreportes de los controles que realiza y dirigirlos al Jefe de Operaciones, indicandolas novedades detectadas y los correctivos recomendados, de los cuales esteúltimo llevará registros actualizados de estos controles".
Situación actual
El Gerente General con oficio SEG-OF-1272 de 1 de diciembre de 2010, informó aAuditoría Interna, que con oficio circular GGN-GAJ-DNC-OF-(i)-017 de 27 de marzode 2009, remitió a los funcionarios relacionados, la matriz de recomendaciones paraque se adopten las medidas necesarias.
El Gerente Distrital con oficio GDQ-OF-(i)-599 de 24 de noviembre de 2010, informó alequipo de auditoría que el 13 de noviembre de 2009, dio a conocer la recomendaciónal Jefe de Regímenes Especiales y al Director de Zona Primaria para su implantación,adjuntando el oficio REGQ-OF-(i)-0151 de 18 de noviembre de 2010, como prueba deque se está cumpliendo.
Criterio de Auditoría
El argumento presentado no es concordante con el contenido de la recomendación, ycon la confirmación de los titulares de Procesos Aduaneros, quienes realizan unacoordinación conjunta entre departamentos con el Director de Despacho;comprobándose que no se generan reportes de los controles realizados por lossupervisores, por tanto lo expresado no modifica la opinión de Auditoría.
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2. Informe de examen especial DA3-0034-2008 de la Contraloría General del
Estado, a los reembarques de mercaderías manifestadas en los procesos
operacionales para nacionalizar las mercaderías ingresadas al país, de la
Gerencia Distrital de Aduanas de Quito, período del 1 de agosto de 2004 al 30
de noviembre de 2006.
El informe DA3-0034-2008 realizado por la Contraloría General del Estado y aprobado
el 30 de abril de 2009 por el Director de Auditoría 3, contiene 11 recomendaciones, de
las cuales 2 se encuentran parcialmente cumplidas así:
Al Gerente Distrital de Aduanas Quito
2.- "Dispondrá al Jefe de la Unidad de Zona Primaria; cumpla con lo que indica elinstructivo de Trabajo de Reembarque Aéreo, al momento de emitir la providenciaautorizando el reembarque, incluya el número de guía aérea de entrada y salida dela mercadería, descripción de la mercadería y el país de destino de la mercaderíaque se reembarca; mantenga el archivo adecuado y en forma cronológica, de losdocumentos que soportan la operación de reembarque; realice el control en formamensual de los reembarques y emita el reporte al Gerente Distrital para suconocimiento y solicite al Importador o Agente Afianzado los originales de loscortes finales de las guías aéreas de salida para realizar el reembarquecorrespondiente, las mismas que tendrán sellos y firmas de los responsables deltrámite".
Situación actual
Mediante oficio GGN-OF-(i)-1916 de 27 de mayo de 2009, el Gerente General
transmitió dicha recomendación al Gerente Distrital de Aduana de Quito para su
cumplimiento, quien con oficio GDQ-OF-(i)-535 de 11 de junio de 2009, dio respuesta
en los siguientes términos:
"...Al respecto, sírvase encontrar el oficio No. ZPRQ-OF-(i)-395 de fecha 08 dejunio de 2009 suscrito por Director Control Zona Primaria (e), quien para podercumplir con las recomendaciones que competen a Zona Primaria en su partepertinente solicita: "...1.Solicitar a la Gerencia General de la CAE la aprobación ypublicación del Instructivo de Trabajo Reembarque Aéreo, previa revisión yactualización del proceso por las áreas correspondientes en coordinación con lasDirecciones de Control de Zona Primaria de los distritos de la CAE...".
El Jefe de Procesos Aduaneros Zona Primaria, refiriéndose al oficio GGN-OF-(i)-1916
del Gerente General, remitió oficio CZPQ-0E-(i)-0790 de 24 de noviembre de 2010, al
Director de la Unidad de Control Zona Primaria, expresando que:
7
En las providencias de autorización de reembarques cuando lo solicita el
consignatario, es exige la presentación de la guía de salida, pero en el caso de
reembarques por mercancía de prohibida importación, la providencia se realiza
de oficio, en base a los informes de las unidades pertinentes de la entidad o de
los Organismos respectivos, y se notifica al consignatario una vez que la
providencia de reembarque es aprobada.
Estas operaciones se registran manualmente, en forma cronológica, en una
hoja de archivo Excel desde el año 2009, cuyos respaldos documentales son
enviados cada año al archivo pasivo de las Bodegas de Calderón, con las
respectivas actas de entrega recepción.
Cuando el reembarque no se realiza, se solicita el respectivo Decomiso
Administrativo a la Dirección de Asesoría Jurídica.
El control de salida y la entrega de los cortes finales de las guías aéreas es
realizado por el Servicio de Vigilancia Aduanera.
Criterio de Auditoría
No se observan algunos aspectos del instructivo de trabajo de Reembarque Aéreo, por n
lo que se considera la recomendación incumplida parcialmente.
Al Gerente Distrital de Aduanas Quito
6.- "Dispondrá al Jefe Financiero, elabore y presente el reporte mensual de lasrecaudaciones por concepto de faltas reglamentarias, de la tasa de cobro por elservicio de vigilancia aduanera y de las operaciones realizadas por reembarquesde mercaderías".
Situación actual
El Gerente General con oficio GGN-OF-(i)-1916 de 27 de mayo de 2009, dispuso al
Gerente Distrital su cumplimiento, quien con oficio GDQ-OF-(i)-519 de 8 de junio de
2009, adjuntó el oficio DAFQ-DCFQ-OF-(i)-180 de 3 de junio de 2009 del Director
Administrativo-Financiero, determinándose que el informe de recaudaciones obtenido
\9del sistema, se elabora mensualmente de manera general, sin especificar los
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reembarques, el cual es remitido posteriormente a la Coordinación General
Administrativo Financiero.
Criterio de auditoría
Los reportes no muestran de manera específica, las operaciones de reembarques, por
tanto, se estima que esta recomendación se encuentra parcialmente cumplida.
3. Informe de examen especial DA3-0199-2009 de la Contraloría General del
Estado, a los procesos de los servicios aduaneros de almacenamiento,
verificación, valoración, aforo, liquidación tributaria y control y vigilancia de
las mercaderías declaradas a consumo ingresadas con régimen 10, de la
Gerencia Distrital de Aduanas Quito, por el período comprendido entre el 1
de enero de 2005 y el 30 de septiembre de 2007.
El informe DA3-0199-2009, realizado por la Dirección de Auditoría 3 de la Contraloría
General del Estado y aprobado el 12 de octubre de 2009, contiene 15
recomendaciones, de las cuales 1 no se cumplió, y 2 bajo los números 13 y 15 se
hallan cumplidas parcialmente, como se detalla a continuación:
Al Gerente General de la CAE
12.- "Dispondrá al Gerente de Gestión Aduanera, que los Instructivos de Trabajo,sobre el envío de la transmisión electrónica del informe de ingreso de mercadería,se unifiquen en cuanto al tiempo de receptar la información, que sean aprobadospor las autoridades de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, CAE y se publiquenen el Registro Oficial, para el cumplimiento obligatorio".
El Gerente General dispuso mediante oficios GGN-GAJ-DRR-OF-(i)-4533 y 4536 de
27 de noviembre de 2009, al Coordinador General de Gestión Aduanera y al
Coordinador General de Proyectos y Sistemas, su cumplimiento
Situación actual
Mediante oficios CAI-OF-0940 y CAI-OF-0952 de 30 de octubre de 2010, se requirió
información al Coordinador General de Gestión Aduanera y al Coordinador General
de Proyectos y Sistemas, respondiendo el primero de los nombrados, con oficio OF-
FRN-(i)-011-2010 de 30 de noviembre de 2010, que con oficio CGGA-DNA-PYNA-OF-
fi9
0243 de 28 de enero de 2010, solicitó al Coordinador General de Proyectos y
Sistemas, que lo recomendado sea considerado en el proyecto CEMASCORP.
Criterio de Auditoría
El Coordinador General de Proyectos y Sistemas con oficio CPS-DPR-JCM-OF-(i)- .
0905 de 10 de diciembre de 2010, no indicó específicamente sí los instructivos de
trabajo fueron publicados en registro oficial, .por lo que se considera que la
recomendación no está cumplida.
Al Gerente General de la CAE
13.- "Dispondrá al Secretario General de la Corporación Aduanera, que lasResoluciones de suspensión o cancelación de las licencias a los Agentes deAduana, se comuniquen con oportunidad a todas las Gerencias Distritales deAduana, a efectos de que tengan conocimiento y adopten las accionescorrectivas".
Situación actual
Con oficio CAI-EESQ-MMA-001 de 30 de octubre de 2010 se solicitó información a la
Directora de Secretaría General, quien adjuntó a su oficio SEG-OF-1221 de 17 de
noviembre de 2010, el oficio SEG-OF-1331 de 9 de diciembre de 2009, en el que la
Secretaria General que le precedió, manifiesta que las Resoluciones de suspensión o
cancelación de licencias de agentes de aduana fueron notificadas por el Secretario Ad
hoc de la Dirección de Trámites Aduaneros, limitándose la Secretaría General a
numerar, fechar, registrar y devolverlos al referido funcionario para que proceda con
los trámites de ley, agregando que dichos actos son atendidos con prioridad.
Los servidores del área de Despacho indicaron que a ellos no les comunican
oportunamente las suspensiones de los Agentes, lo cual dificulta el trabajo.
Criterio de Auditoría
El hecho de no comunicar con oportunidad las medidas tomadas contra los agentes,
revela que la recomendación se cumple parcialmente.
10
Al Gerente General de la CAE
15.- «Dispondrá al Gerente de Desarrollo Institucional, realice los ajustesnecesarios a los manuales de operaciones, procedimientos e instructivos detrabajo, que regulan la actividad aduanera, para la implantación y mejoramientocontinuo de los procesos operativos y administrativos de la CAE, los que seránpublicados en el Registro Oficial y difundidos al personal para el cumplimientoobligatorio".
Situación actual
El Gerente General dispuso el cumplimiento de la recomendación con oficio GGN-
GAJ-DRR-OF-(i)-4533 de 27 de noviembre de 2009, al Coordinador General de
Proyectos y Sistemas, quien en oficio CPS-DPR-JCM-OF-(i)-0905 de 10 de diciembre
de 2010, indicó que las mejoras a los manuales e instructivos están consideradas
dentro del proyecto del nuevo sistema informático de la aduana, que iniciará a partir de
la firma del contrato, lo cual fue constatado por el equipo de auditoría.
Criterio de Auditoría
Por estar prevista la consideración de estas mejoras en el futuro proyecto, se estima
que actualmente, la recomendación está parcialmente cumplida.
4. Informe de examen especial DA3-0024-2007 de la Contraloría General del
Estado, a los procesos de determinación, recaudación, depósito y registro de
los ingresos por importación de mercaderías ingresadas a través de las
empresas courier en la Gerencia Distrital de Aduana de Quito, por el periodo
del 1 de enero de 2004 al 31 de agosto de 2006.
El informe DA3-0024-2007, realizado por la Dirección de Auditoría 3 de la Contraloría
General del Estado y aprobado el 28 de enero de 2008, contiene 17 recomendaciones,
de las cuales 3 no se han cumplido, y 2 son consideradas inaplicables.
Al Gerente Distrital de Aduana de Quito
1.- «Cumplirá y hará cumplir en forma inmediata y obligatoria a los Directores yJefes Departamentales, las recomendaciones constantes en los informes emitidospor la CGE y la Unidad de Auditoría Interna de la CAE, a fin de que se corrija lasdeficiencias y mejore las operaciones administrativas y financieras, ademásdispondrá que se efectúen evaluaciones periódicas sobre la aplicación de las
11
recomendaciones; los resultados obtenidos constarán en un informe que seráelaborado para fines de control y seguimiento".
Situación actual
El Gerente General dispuso su cumplimiento en oficio GG.OFIC-0903 de 6 de marzo
de 2008, sin embargo se evidenció que el titular de la Gerencia Distrital de Quito no la
difundió al personal bajo su administración, lo que es subsanado en la actualidad, con
oficio GDQ-OF-(i)-591 de 23 de noviembre de 2010.
Criterio de Auditoría
El retraso en la divulgación de esta recomendación no ha facilitado su cumplimiento.
Al Gerente Distrital de Aduana de Quito
15.- "Dispondrá al Jefe de Sistemas del Distrito de Aduana de Quito, apliqueprocedimientos de mantenimiento de sistemas, que serán definidos por la Entidad,debiendo contar con mecanismos documentados de los cambios y los ajustes".
17.- "Dispondrá al Jefe de Sistemas del Distrito de Aduana de Quito, realicecontroles periódicos en el Área de Courier, en el caso de identificar errores odesviaciones presentará informes a fin de que la Gerencia, tome las accionescorrectivas inmediatas".
Situación actual
Mediante oficio CAI-OF- 0979 de 10 de noviembre de 2010, se solicitó información al
Gerente Distrital, quien con oficio SRU-OF-(i)-1300 de 13 de diciembre de 2010,
manifestó que el Distrito de Quito no cuenta orgánicamente, con Jefe de Sistemas,
debiendo emitir los procedimientos, la Coordinación General de Proyectos y Sistemas.
Criterio de Auditoría
El argumento del Gerente Distrital no justifica la inacción, pues el Soporte Funcional en
cada distrito se convierte en una delegación de la Dirección de Sistemas, que debe
comunicar a la matriz, los problemas que se presenten, y colaborar en las soluciones;
por tanto, las dos recomendaciones se consideran incumplidas.
12
Al Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana
3.- "Dispondrá al Gerente de Desarrollo Institucional, determine la conveniencia deque el servicio de pesaje y anexos en el área de courier de la CAE, ejecute conrecurso humano del Departamento de Operaciones de Gerencia General y delDistrito de Aduana de Quito, a fin de dar mayor confiabilidad al proceso dedeterminación, ingreso, depósito de las mercancía a través de las empresasCourier".
Situación actual
Se comunicaron resultados al Gerente General mediante oficio CAI-OF-1030 de 30 de
noviembre de 2010, sin obtener respuesta.
Criterio de Auditoría
No existe evidencia de que se haya puesto en práctica esta posibilidad, ni de que se
haya estudiado su conveniencia; sin embargo se estima que esta recomendación es
inaplicable por la logística que demandaría, dada la situación geográfica de ambas
dependencias.
Al Gerente Distrital de Aduana de Quito
13.- "Coordinará con las áreas de sistemas de la empresa mixta de serviciosaeroportuarios, The Microserv S.A. y de la CAE, a fin de integrar los sistemasinformáticos y mantener registros con iguales características que permita el crucede información".
Situación actual
El Gerente Distrital con oficio SRU-OF-(i)-1300 de 13 de diciembre de 2010, informó
que desde septiembre de 2008, se utiliza un único sistema para todo el proceso de
desaduanamiento de la carga ingresada bajo el régimen de Courier, en base al nuevo
Reglamento de Courier.
Criterio de Auditoría
La implantación del Reglamento de Courier y la terminación de la relación contractual
con la empresa The Microserv S.A., hacen que esta recomendación se torne
inaplicable.
13
5. Informe de examen especial DA3-0037-2007 de la Contraloría General del
Estado, a los ingresos por desaduanamiento directo con garantías aduaneras
específicas y su devolución, del 1 de noviembre de 2003 al 30 de septiembre
de 2006 y el análisis de la cuenta corriente 862218.5 del Banco del Pichincha
del 1 de mayo de 2002 al 30 de septiembre de 2006, en la Gerencia Distrital de
Aduana de Quito.
El informe DA3-0037-2007, realizado por la Dirección de Auditoría 3 de la Contraloría
General del Estado y aprobado el 10 de marzo de 2008, contiene 12
recomendaciones, de las cuales 2 no se cumplen; 2 se cumplen parcialmente y, 1 se
considera inaplicable.
Al Gerente General
2.- "Dispondrá al Gerente de Desarrollo Institucional, implante un sistema deregistro de los depósitos y devoluciones de garantías aduaneras específicas,realizados por los importadores o agentes afianzados, a fin de mantener saldosactualizados y efectuar seguimientos de control de las garantías".
El Gerente General con oficio 1605 de 16 de abril de 2008, transmitió la
recomendación al Gerente de Desarrollo Institucional, y con oficio circular GGN-OF-
4381 de 5 de noviembre de 2008, la difundió al Coordinador General de Proyectos y
Sistemas.
El Coordinador General de Proyectos y Sistemas con oficio GDI-DPP-OF-1300 de 18
de diciembre de 2009, informó al Gerente General que para el último trimestre del año
2010, se programó iniciar el proyecto "Acreditación Automática de Garantías", mismo
que contempla, entre algunos aspectos, la recomendación antes mencionada."
Situación actual
Se solicitó información al responsable de su ejecución con oficio CAI-OF-1065 de 14
de diciembre de 2010, sin recibir respuesta.
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14
Criterio de Auditoría
El equipo de auditoría constató que el sistema aún no está implementado,
demostrando la Jefa de Procesos Aduaneros Garantías, que llevan un registro manual
en formato Excel.
Al Secretario General de la Gerencia Distrital Aduanas de Quito
6.- "Dispondrá al encargado del archivo mantenga en un solo expediente todos losdocumentos que intervienen en el trámite de mercaderías por desaduanamientodirecto, desde el oficio de petición que hace el importador al Gerente, hasta lasdeclaraciones aduaneras para levantar, efectivizar o ejecutar las garantías".
El Gerente General dispuso su cumplimiento al Secretario General a través de oficio
1611 de 16 de abril de 2008.
Situación actual
Mediante oficio CAI-EESQ-MMA-004 de 13 de enero de 2011, se comunicaron
resultados a la Secretaria de la Gerencia Distrital, en funciones entre el 4 de junio de
2004 y el 22 de abril de 2010, quien manifestó en comunicación de 24 de enero de
2011, que con oficio SEGQ-2008-0031 de 24 de abril de 2008, hizo conocer al
encargado del Archivo, la disposición del Gerente General referente a larecomendación 6, acompañando un expediente de 28 fojas que incluye oficio 1611 del
Gerente General, oficio 6615 suscrito por el Director de Auditoria 3 de la Contraloría
General del Estado y el Informe del Examen Especial, para su cumplimiento; y adjunta
una impresión del seguimiento del trámite en el SIA como prueba de lo aseverado.
Mediante oficio CAI-EESQ-MMA-005 de 1 de febrero de 2011 se comunicaron
resultados al Jefe de Documentación y Archivo, quien se refiere al comentario de la exSecretaria de la Gerencia Distrital, en oficio UCHQ-OF-(i)-040 de 9 de febrero de
2011, expresando que es falso, por cuanto en consulta realizada por ella, se respondió
en forma verbal que el Archivo no tiene registros de su recepción, y adjunta además,
copias del oficio SEGQ-UCHQ-OF-(i)-251 de 27 de noviembre de 2008, que remitió al
Gerente Distrital, en respuesta a requerimiento relativo a la misma recomendación, en
el que manifiesta que el Archivo General del Distrito se limita a recibir, organizar,archivar y custodiar la documentación tal como ha sido entregada por los diversos
departamentos, de conformidad con el Manual de Procedimientos para el Manejo
15
Operativo de Operaciones Aduaneras y Documentos de respaldo, mas no a unificar
expedientes de áreas diversas, como en este caso en que intervienen las áreas de
Nacionalización y de Garantías.
Criterio de Auditoría
Por lo expuesto se concluye que la recomendación no fue implantada.
Al Gerente General de la CAE
11.- "Dispondrá al Gerente de Desarrollo Institucional, analice y depure lainformación de las garantías específicas ingresadas por los usuarios en el SICE,correspondientes al Distrito Aduanas de Quito, a fin de mantener informaciónconfiable".
El Gerente General dispuso el cumplimiento de la recomendación al Gerente de
Desarrollo Institucional con oficio 1605 de 16 de abril de 2008 y con oficio circular
GGN-OF-4381 de 5 de noviembre de 2008.
El Coordinador General de Proyectos y Sistemas con oficio GDI-DPP-OF-1300 de 18
de diciembre de 2009, informó al Gerente General que mediante oficio GD1-0E-(0-
1129 de 30 de octubre del mismo año, solicitó a la Coordinación General de Gestión
Aduanera que realice las acciones pertinentes para que la Gerencia General emita
disposiciones que determinen el tiempo que deberán permanecer en el Sistema
Interactivo de Comercio Exterior, SICE, los Trámites Documentarios tipo 42 "Solicitud
de Autorización de Garantías" (CDA's), 'con estado "Ingresada", sin completar, por no
haberse presentado físicamente la documentación, para su aprobación; y, que una vez
emitida la norma, se procederá a depurar la información pertinente.
Situación actual
La Jefa de Procesos Aduaneros, Garantías, manifestó que las garantías vigentes si se
encuentran depuradas en el sistema, siendo confiable su información, lo que no ocurre
con aquellas en estado de canceladas, anuladas, entre otras; refiriéndose en cuanto a
los errores detectados, que se corrigen gradualmente, con providencias y hojas de
cambio.
Se solicitó información mediante oficio CAI-OF-1065 de 14 de diciembre de 2010, al
Gerente Desarrollo Institucional, sin obtener respuesta.
16
Criterio de Auditoría
Sin embargo de no existir un pronunciamiento actualizado sobre esta recomendación,
se concluye que se dieron los pasos iniciales, persistiendo la deficiencia, por lo que se
estima cumplida parcialmente.
Al Gerente Distrital Aduanas de Quito
12.- "Dispondrá al Supervisor de la Unidad de Garantías, convalide selectivamentela información de las garantías ingresadas al SICE con la documentación fuente, afin de identificar errores y efectuar los ajustes que sean necesarios en el proceso".
Con oficio ARAQ-OF-(i)-00156 de 8 de diciembre de 2009, la Jefa de Procesos
Aduaneros, Garantías señaló que la disposición para dar cumplimiento a esta
recomendación fue emitida el 5 de noviembre de 2008 mediante oficio GGN-OF-4381,
y que el reporte en medio magnético enviado por la Coordinación General de
Proyectos y Sistemas para revisar e informar sobre las garantías transmitidas y
aprobadas de manera errada, contiene el detalle de la totalidad de garantías que
fueron ingresadas al sistema desde octubre de 2002 a noviembre de 2006, consistente
en 11.898 registros, de los cuales 5091 están asociados a un refrendo de declaración,
lo que concuerda con lo expresado en el informe DA3-0037-2007 de la Contraloría que
dice:
"...Existen 6461 registros que de acuerdo al campo Estado, se encuentranlevantados sin liquidación y 3 registros levantados con liquidación, los cualesobligadamente deberían tener completo el campo DAU, sin que conste elnúmero de refrendo...".
La referida servidora agrega que en su mayor parte se tratan de garantías levantadas
que fueron devueltas a los importadores hace más de 3 años, por haber cancelado sus
obligaciones tributarias y cumplido las formalidades aduaneras, sin existir una opción
en el sistema que identifique las garantías presentadas por desaduanamientos,
dificultando el cumplimiento de la recomendación.
Situación actual
El Gerente Distrital con oficio SRU-OF-(i)-1300 de 13 de diciembre de 2010, manifestó
que la Jefa de Garantías del Distrito en oficio GARQ-OF-(i)-112 de 9 de diciembre de
010, informó que previo a la aprobación en el sistema, todas las garantías son
17
revisadas físicamente para comparar los datos del documento con los ingresados al
sistema, corrigiéndose los errores antes de la aprobación. En caso de presentarse
inconsistencias en las garantías ya aprobadas, se solicitan las respectivas
correcciones al Departamento de Sistemas de la Coordinación General de Proyectos.
Criterio de Auditoría
Las opciones que brinda el sistema han dificultado el cumplimiento total de esta
recomendación, sin embargo Auditoría Interna verificó el interés de los responsables
para subsanar esta deficiencia.
Al Gerente Distrital Aduanas de Quito
4.- "Los cheques por devolución de las garantías específicas serán entregadosdirectamente a los beneficiarios o a quienes tengan la autorización expresa porparte del beneficiario, dejando constancia de la recepción con la firma y número decédula de ciudadanía".
Situación actual
Al respecto, el Jefe Administrativo Financiero señaló en oficio DAFQ-OF-(i)-0165 de 28
de mayo de 2008, que a partir de enero de 2007 se adoptó el sistema de pagos
interbancarios, obligatorio para todas las instituciones del sector público, por lo que las
transferencias se realizan directamente a la cuenta del importador, con su respectivo
comprobante y previa verificación de los datos proporcionados por los beneficiarios.
Criterio de Auditoría
El sistema vigente torna esta recomendación inaplicable.
6. Informe de examen especial DA3-0025-2007 de la Contraloría General del
Estado, a las mercaderías declaradas en abandono en las bodegas de
almacenamiento temporal y bodegas en Calderón de la Gerencia Distrital de
Aduanas Quito; periodo 1 de mayo de 2003 al 31 de diciembre de 2006.
El informe DA3-0025-2007 realizado por la Dirección de Auditoría 3 de la Contraloría
General del Estado y aprobado el 28 de enero de 2008, contiene 18 recomendaciones,
de las cuales 3 (5, 7 y 10) detalladas a continuación no se cumplen.
-.1111
18
Al Gerente del IV Distrito de Aduanas
5.- "Dispondrá a los Jefes de Zona Primaria y Sistemas, implementen un sistemade registro para el control de las mercancías que bajo declaratorias de abandono odecomisos ingresan a la Bodega en Calderón, además se efectúe de formainmediata una constatación física y se elabore el inventario de mercancíasexistentes".
El Gerente General con oficio GG.OFIC-0903 de 6 de marzo de 2008, dispuso su
cumplimiento al Gerente Distrital.
Situación actual
Con oficio CAI-OF-979 de 10 de noviembre de 2010, se solicitó al Gerente Distrital
información sobre las acciones tomadas, quien con oficio SRU-OF-(i)-1300 de 13 de
diciembre de 2010, señaló que el 22 de diciembre de 2006, la entidad suscribió
contrato con la compañía CEMASCORP S.A., para la ejecución del Proyecto de
Control de Almacenes Temporales (Abandono y Remates) y Control de Ingresos y
Egresos de mercancías de Zona Primaria, cuyos objetivos son: Abandono y remates
de Mercancías, Entrada y salida de mercancías, mismo que se implementó en el
Distrito entre el 31 de mayo y el 4 de junio del 2007.
Respecto del inventario de bodega, el Director de Zona Primaria con oficio DZPQ-
CZPQ-OF-(i)-0791 de 23 de noviembre de 2010, manifestó que se encuentra en
ejecución, y que ha dispuesto al Guardalmacén remitir los resultados hasta el 15 de
diciembre de 2010.
El Jefe de la Bodega de Calderón indicó que no está implementado el sistema de
registro, y que no se le han asignado privilegios para acceder al SICE ni al SIA;
habiéndose encontrado en su archivo, aproximadamente 200 actas de entrega
recepción sin legalizar entre los servidores entrante y saliente.
Mediante oficio CAI-OF-0088 de 7 de febrero de 2011, se comunicaron resultados al
Gerente Distrítal, quien con oficio SRU-OF-(i)-0087 de 14 de febrero de 2011,
manifestó que dentro de las Atribuciones y Responsabilidades de las Gerencias
Distritales del país, no consta la implementación de sistemas, atribución que le
compete a la Coordinación General de Proyectos y Sistemas, tal como se indica en el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, literal i) artículo 9.5.2.4:
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"...Gestionar y/o efectuar el análisis, diseño, programación, pruebas eimplementación de las aplicaciones informáticas, asegurando el cumplimientode los criterios de calidad establecidos"
Al respecto se debe indicar que no se encontró evidencia de que dicha recomendación
haya sido derivada al área correspondiente.
Si bien, se han tomado medidas complementarias, la recomendación no se encuentra
cumplida, y las deficiencias persisten.
Al Gerente del IV Distrito de Aduanas
7.- "Ordenará a los Jefes de Asesoría Jurídica, Administrativo Financiero, ZonaPrimaria y Bodega de Calderón emitan e implementen disposiciones yprocedimientos escritos para organizar, controlar y mantener las mercancías bajocustodia del Distrito Aduanero".
Situación actual
Respecto de la recomendación 7, tanto la Directora Administrativa Financiera y la
Directora Jurídica, conjuntamente con el Jefe de bodega, mencionaron desconocer el
contenido de la recomendación y que, este último ha organizado la mercadería sin
regirse por un procedimiento oficial.
Mediante oficio CAI-OF-0088 de 7 de febrero de 2011, se comunicaron resultados al
Gerente Distrital, quien con oficio SRU-OF-(i)-0087 de 14 de febrero de 2011,
respondió que de acuerdo a lo establecido en el literal g) del artículo 9.5.2.3 del
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Corporación
Aduanera Ecuatoriana, es atribución de la Coordinación General de Gestión Aduanera,
"... Preparar propuestas de procedimientos, reglamentos y manuales decarácter general de operación en materia de regímenes aduaneros y todo lorelacionado con la operación técnica aduanera, para la aprobación de laGerencia General o del Directorio cuando corresponda, las que serán deaplicación a nivel nacional de manera obligatoria..."
Criterio de Auditoría
Lo expuesto por los responsables de la implementación de esta recomendación, no
modifica lo comentado.
20
Al Gerente del IV Distrito de Aduanas
10.- "Dispondrá al Jefe de la Bodega en Calderón, que las actas de entregarecepción de mercancías que se suscriban con las Bodegas de AlmacenamientoTemporal, contengan la descripción pormenorizada así como de las característicastécnicas y comerciales de todos los ítems".
Situación actual
No se pudo evidenciar que esta recomendación se haya extendido, por lo que,
mediante oficio CAI-OF-0088 de 7 de febrero de 2011, se comunicaron resultados al
Gerente Distrital, quien con oficio SRU-OF-(i)-0087 de 14 de febrero de 2011, expresa:
"...que todas las actas de entrega recepción que se realizan entre la bodega deCalderón y las bodegas de almacenamiento temporal, tienen especificadas lascantidades, descripción de la mercancía (nombre técnico o comercial dependiendodel caso), así como datos relacionados con los documentos de transporte con loscuales arribaron al país las mercancías...".
Criterio de Auditoría
Este argumento se contrapone con lo verificado por el equipo actuante, y con la
respuesta del Jefe de Bodega de Calderón; en consecuencia, se ratifica que la
recomendación no se ha cumplido.
Conclusión
Del seguimiento realizado a 86 recomendaciones constantes en 8 exámenes
especiales practicados por la Contraloría General del Estado y por la Coordinación
General de Auditoría Interna, se determinó que debido a los constantes cambios de
personal, 10 no fueron cumplidas, 6 se han cumplido parcialmente, y 3 se consideran
inaplicables en la actualidad, incidiendo en el debilitamiento del control interno en
ciertas áreas consideradas como críticas.
En virtud de que con oficio circular DGN-OF-056-2011 de 6 de julio de 2011, el
Director General dispuso, en atención a recomendación planteada por esta Dirección,
a los Subdirectores Generales, Directores Nacionales y Distritales, Directores y Jefes,
que todas las áreas deberán llevar una bitácora de control, de las recomendaciones
derivadas de los informes realizados tanto por la Dirección Nacional de Auditoría
21
Interna como por la Contraloría General del Estado, a fin de asegurar su cumplimiento,cuando ocurran cambios administrativos, no se emiten recomendaciones en elpresente informe. t, DE AD0,14,
Lcda. ► enDirectora NaServicio Naci
ternaI Ecuador
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