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    NORMAS REGULADORAS DE LA UNIDAD CURRICULAR CLINICA JURIDICADEL PROGRAMA MUNICIPALIZADO DE FORMACIN EN DERECHO DE LA

    MISION SUCRE

    EXPOSICIN DE MOTIVOSEl proceso de diferentes experiencias practicas, en las diferentes clnicas

    del programa municipalizado de formacin en Derecho, instituyen una estrategiafundamental de aprendizaje y comprende un conjunto de actividades deformacin integral , que relacionan la teora con situaciones y vivencias reales enel campo jurdico , con la finalidad de desarrollar una actitud critica, participativacientfica, as como habilidades y destrezas las cuales le servir al estudiante en elejercicio de su profesin.

    As mismo, el estudiante con la incorporacin de los conocimientos bsicosde las ciencias jurdicas del derecho recibidas en la primera etapa y siguientes de

    su formacin, visualizar las competencias de cada organizacin a travs de laobservacin y participacin directa de manera progresiva dentro de la estructurafuncional de los espacios de aprendizajes que en el futuro sern utilizados por elabogado en desempeo de su profesin.

    Hecho este que ayudar ineludiblemente a forjarse ms que como untecncrata de la ley, en un ser con capacidad crtica y analtico frente al manejode los procedimientos jurdicos, y concientizndose del verdadero deber delejercicio profesional al confrontar las experiencias con los conocimientos tericosconceptuales que va adquiriendo del jurista que comparte en esos espacios. Eneste sentido, el estudiante en formacin ir construyendo un conocimientocontextualizado e individualizado, adoptando una actitud pragmtica cnsona a larealidad actual as mismo promover los espacios acadmicos que coadyuven a laformacin del futuro profesional del derecho cumpliendo con los principiosconsagradas en la Constitucin de la Repblica Bolivariana de Venezuela, la cualcontempla que el Estado asumir la educacin, como funcin indeclinable y demximo inters en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento delconocimiento cientfico, humanstico y tecnolgico al servicio de la sociedad. Laeducacin es un servicio pblico y est fundamentada en el respeto a todas lascorrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo decada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedaddemocrtica basada en la valoracin tica del trabajo y en la participacin activa,consciente y solidaria en los procesos de transformacin social consustanciadoscon los valores de la identidad nacional, y con una visin latinoamericana

    NORMAS REGULADORAS DE CLINICA JURIDICA DEL PROGRAMAMUNICIPALIZADO DE FORMACIN EN DERECHO DE LA MISION SUCRE

    TITULO IDISPOSICIONES GENERALES

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    Capitulo IDisposiciones Generales

    Objeto

    Articulo 1: El presente Reglamento tiene como objeto normar las condiciones,procedimientos y criterios exigidos por el plan de estudio Municipalizado deFormacin en Derecho de la Misin Sucre, para la realizacin de las ClnicasJurdicas y otras formas de conocimientos.

    PrincipiosArticulo 2: Este reglamento se regir por los principios constitucionales desolidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperacin, corresponsabilidad,participacin ciudadana y Reglamento de Estudio de los Programas Nacionales deFormacin a travs de la Misin Sucre.

    mbito de aplicacin

    Articulo 3: La realizacin de las prcticas o pasantitas de las clnicas jurdicas,tendrn su aplicacin en el rea geogrfica que le corresponda por Municipio .Capitulo II

    De la Clnica JurdicaDefinicin

    Articulo 4: A los efectos de estas Normas Reguladoras, se entiende por Clnica jurdica, la actividad que deben desarrollar en las diferentes instituciones losestudiantes de Educacin Superior que cursan estudios de pregrado de formacinprofesional, aplicando los conocimientos cientficos, tcnicos, culturales yhumansticos adquiridos durante su formacin acadmica as mismo la UnidadCurricular de clnica jurdica , se desarrollar sobre la base del Eje Longitudinal,constituido por temas recurrentes que emergen de la realidad social y queaparecen entretejidos en cada una de las unidades curriculares. Estos temassern asumidos, en el contexto de las acciones asumidas en los trayectos deformacin, como medios que conducen a un aprendizaje que favorezca laformacin cientfica, humanstica y tico-moral de los participantes en el marco delos problemas y de los cambios sociales que ocurran en su realidad.

    Requisito para la obtencin del tituloArticulo 5: Clnica jurdica es un requerimiento para la obtencin del titulo deeducacin superior , no crear derechos u obligacin de carcter laboral y debeprestarse sin sueldo o retribucin alguna.

    Articulo 6: Las prcticas Jurdicas son de carcter presenciar y obligatorio por parte del estudiante bajo la supervisin parcial del profesor asesor o tutor decampo.

    Articulo 7: El participante reprobar clnica jurdica con un total de inasistencia deun veinticinco (25%) por ciento en las actividades, debiendo cumplir como mnimo

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    el setenta y cinco (75%) por ciento de las actividades programadas para aprobar la misma.

    Pargrafo nico: En caso de ausencia debidamente justificada el profesor asesor

    evaluara el caso considerando el rendimiento, la actuacin del participante y eltiempo perdido a fin de recuperar tomando las medidas necesarias a los fines deque el estudiante cumpla con sus prcticas y obtenga la calificacincorrespondiente.

    Articulo 8: Al trmino de la unidad curricular en cada trayecto, el estudiante debepresentar como producto final un trabajo que recoja los saberes jurdicosadquiridos y el manejo que hiciste de estos a travs de la vinculacin o realidadesconcretas de manera critica, los cuales debern ser difundidos y comunicadosante el profesor(a), miembros de la comunidad y el grupo de estudiantes.Pargrafo nico : Para la exposicin del informe el participante puede utilizar

    como medio de divulgacin un programa de radio, boletn informativo, una bitcorade sus experiencias o un documento electrnico o videoCriterios para la evaluacin

    Articulo 9: La evaluacin de la unidad curricular la construir el profesor asesor yser discutida con los estudiantes, tomando como criterios generales:

    a) actividades programadas, experiencias surgidas entre el estudiante y lasactividades realizadas, habilidades por parte del estudiante para resolver problemas o situaciones con la aplicacin debida del conocimiento jurdico

    b) Establecer relaciones de participacin o no participacin del estudiante atravs de una evaluacin y supervisin continua .

    Fines de la Clnica jurdicaArticulo 10: La clnica jurdica tiene como fines:

    1. El estudiante visualizar las competencias de cada organizacin atravs de la observacin y participacin directa de manera progresivadentro de la estructura funcional de los espacios de aprendizajes queen el futuro sern utilizados por el abogado en desempeo de suprofesin.

    2. Promover el desarrollo de actitudes, habilidades y destrezas que serequieren en el ejercicio del derecho

    3. Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con lacomunidad

    4. Integrar las diferentes instituciones con el sistema de educacinsuperior, para contribuir al desarrollo de formacin de los futurosprofesionales del derecho.

    5. Enriquecer la actividad de educacin superior , a travs delaprendizaje prctico , con la aplicacin de los conocimientosadquiridos durante la formacin acadmica

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    6. Ofrecer al estudiante la oportunidad para que ejercite desarrolle lasactividades a cumplir en sus diferentes roles.

    7. El estudiante en formacin ir construyendo un conocimientocontextualizado e individualizado, adoptando una actitud pragmtica

    cnsona a la realidad actual.8. Sensibilizar al participante sobre el deber del ejercicio profesional alconfrontar las experiencias con los conocimientos tericosconceptuales que va adquiriendo del jurista que comparte en esosespacios.

    Duracin de la Clnica jurdica

    Articulo 11: La duracin de la prctica Jurdica es de doce (12) horasacadmicas como mnimo, por cada trayecto, y se realizara en el ltimo trimestre,

    comprendiendo la carrera cinco (5) trayectos, para un total de sesenta (60) horasacadmicas.

    Articulo 12: Los horarios para la ejecucin de las prcticas jurdicas, sern enturno diurno, segn lo determine cada institucin.

    ConveniosArticulo 13: Misin Sucre a travs de su Fundacin, Coordinador Regional oInstituto de Educacin Superior que acrediten los programas, podr establecer acuerdos o convenios con las instituciones publicas o privadas a fin de garantizar la ubicacin de los estudiantes para la realizacin de las practicas jurdicasquedando por escrito el convenio entre ambas partes.

    CAPITULO IIIDe los Tutores

    Artculo 14: El Tutor Acadmico: es el Profesor Asesor designado por la MisinSucre, para impartir la unidad curricular de clnica jurdica; a quien le correspondela orientacin del estudiante a su cargo.

    Articulo15: Son funciones del Tutor Asesor. (Profesor Asesor (a) de la asignatura)a) Elaborar un plan de trabajo de Prcticas que incluya nmeros de prcticas,

    institucin y plan de evaluacin de las mismas. El cual se remitir alcoordinador del programa del Municipio quien lo elevara al coordinador Nacional del programa

    b) Elaborar un plan de Actividades a realizar por parte de los pasantesc) Conducir el desarrollo de la prctica o pasantad) Hacer cumplir las normas de este Reglamentoe) Mantener el contacto con las instituciones donde se realicen las prcticas.f) Asesorar y orientar a los alumnos antes de iniciar las practicas.g) El Tutor deber supervisar a los participantes en los horarios asignados.

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    h) Asesorar y orientar a los participantes en los posibles problemas odificultades que se les pudiera presentar en el proceso de aprendizaje.

    Articulo 16: El Profesor asesor deber entregar las calificaciones obtenidas por los participantes en un lapso no mayor de siete (7) das continuos a la finalizacin

    de la pasanta al coordinador acadmico.CAPITULO VDISPOSICIONES FINALES

    Artculo 17: Lo no previsto en la presente Norma Reguladora, as como las dudasque pudieran suscitarse con relacin a la interpretacin y aplicacin del mismo,sern resueltos por lo establecido en el Reglamento de Estudio de los Programasde Formacin administrados por la Fundacin Misin Sucre.