Post on 10-Jan-2016
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GUA DEL PENSIONISTAde la Seguridad Social
@dministracinelectrnica
GOBIERNODE ESPAA
MINISTERIODE EMPLEOY SEGURIDAD SOCIAL
SECRETARA DE ESTADODE LA SEGURIDAD SOCIAL
INSTITUTO NACIONAL DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
20 Edicin (2015)
Edita: Instituto Nacional de la Seguridad Social
Nipo: 271-15-049-3
www.seg-social.es
https://sede.seg-social.gob.es/
http://publicacionesoficiales.boe.es/
GUA DEL PENSIONISTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL
NDICE
Presentacin 3
Cmo ponerse en contacto con el INSS? 5
Cmo es su pensin? 7
Qu derechos tiene como pensionista? 12
Qu obligaciones tiene como pensionista? 18
Tambin le interesa saber 20
Consejos tiles para la salud 26
Otras recomendaciones 29
Despedida 31
guia 2015 cas 12/5/15 08:31 Pgina 2
3GUA DELpensionista
PRESENTACIN
ESTIMADO PENSIONISTA:
Nos complace presentarle la Gua del pensionista de la SeguridadSocial, con el deseo de proporcionarle informacin desde esteprimer momento en que ya es pensionista de la Seguridad Social.
La informacin que le facilitamos aqu se refiere a los aspectosgenerales de aquellos temas que consideramos de ms inters parausted, como son los relacionados con la pensin reconocida y losderechos que le asisten en su nueva condicin de pensionista.
Si desea conocer con ms detalle alguna cuestin concreta,pngase en contacto con nosotros.
Asimismo, si aprecia que algunos temas no estn lo suficientementetratados o, simplemente, su lectura le sugiere alguna idea oconsideracin que quiera darnos a conocer, le rogamos que nos locomunique, pues slo con su ayuda podremos mejorar.
Reciba un cordial saludo y nuestro agradecimiento anticipado porsu colaboracin.
GUA DELpensionista [ Presentacin ]
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ANTES DE REALIZAR LAEXPOSICIN DE LOS TEMAS,
CONSIDERAMOS NECESARIO QUENOS IDENTIFIQUE CLARAMENTE
EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS),
dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, esel organismo que le ha reconocido el derecho a su pensin ya la asistencia sanitaria.
La resolucin de dicho reconocimiento contiene los datosespecficos de su pensin.
En el futuro, el INSS le comunicarpuntualmente todo aquello que
afecte a su pensin y a sucondicin de pensionista
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CMO PONERSE EN CONTACTO CON EL INSS?
PERSONALMENTE
Si desea recibir una atencin personal y directa,puede dirigirse a cualquier Centro de Atencin eInformacin de la Seguridad Social (CAISS), loscuales disponen de servicio de cita previa en eltelfono 901 10 65 70.
Esta Gua incluye en sus pginas finales unarelacin de los CAISS de su provincia, conindicacin de sus domicilios y telfonos.
TELFONO
El INSS tiene una lnea de llamada con costecompartido, a la que puede telefonear desdecualquier lugar del territorio nacional.
Este es el nmero: 901 16 65 65
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INTERNET
Si desea comunicarse con nosotros por este medio,tenemos a su disposicin una pgina web con buznde consultas y sugerencias, as como una sedeelectrnica.
Estas son las direcciones:www.seg-social.es
https://sede.seg-social.gob.es/
[ Cmo ponerse en contacto con el INSS? ]
CORREO
Puede enviar las cartas y comunicaciones a sudireccin provincial, CAISS o al apartado de correos65.000 de su provincia. Conviene que en sus escritosnos indique, al menos:
Su nombre y dos apellidos.
Su nmero de documento nacional de identidad(DNI) u otro documento oficial que le identifique.
Su domicilio postal completo.
Un nmero de telfono con el que podamosestablecer contacto con usted.
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CMO ES SU PENSIN?
SU PENSIN ES DE MODALIDAD CONTRIBUTIVA
Tienen esta consideracin las pensiones que han sido reconocidas comoconsecuencia de haber cotizado el tiempo previsto para acceder a ellas,adems de reunir otros requisitos legalmente establecidos.
PENSIN INICIAL
Su importe depende de:
El tipo de pensin que se le haya reconocido.
Los aos por los que haya cotizado y las cuantas de suscorrespondientes bases de cotizacin.
El grado de incapacidad que le haya sido declarado, si se trata de unapensin por incapacidad permanente.
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[ Cmo es su pensin? ]
INCREMENTO DE LAS PENSIONES DE SEGURIDAD SOCIAL
Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva,incluido el importe de la pensin mnima, sern incrementadas alcomienzo de cada ao en funcin del ndice de revalorizacin previstoen la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
El ndice se determinar segn una frmula matemtica, y suresultado nunca podr dar lugar a un incremento anual de laspensiones inferior al 0,25 por ciento ni superior a la variacin del IPCdel ao anterior ms el 0,50 por ciento.
Cada vez que su pensin sea incrementada, el INSS le enviar,directamente a su domicilio, una notificacin en la que se explicarnlas principales caractersticas de esa actualizacin econmica.
GUA DELpensionista[ Cmo es su pensin? ]
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CUANTAS MNIMAS DE LAS PENSIONES
Las cuantas mnimas de las pensiones del sistema de la Seguridad Socialse fijan habitualmente en la correspondiente Ley de PresupuestosGenerales del Estado (LPGE), dependiendo su importe de:
La clase de pensin.
La edad del pensionista.
Las diferentes modalidades de convivencia y dependencia econmica:con cnyuge a cargo, con cnyuge no a cargo o sin cnyuge (unidadeconmica unipersonal).
El reconocimiento de una discapacidad en grado igual o superior al65%, en las pensiones de viudedad y en las de orfandad cuando elhurfano es menor de 18 aos.
Las cargas familiares en los casos de pensiones de viudedad, a cuyosefectos, se requerir:
No alcanzar un determinado nivel de rentas.
Convivencia y dependencia econmica de los hijos menores de 26aos o mayores con un grado de discapacidad de, al menos, el33% o de los menores de edad acogidos.
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[ Cmo es su pensin? ]
COMPLEMENTO POR MNIMOS
Tendr derecho a percibir un complemento para alcanzar la cuantamnima que para su pensin haya fijado la correspondiente LPGE,siempre que el importe de su pensin, el inicial ms sus revalorizacionessucesivas, no alcance la citada cuanta mnima.
Si percibe varias pensiones y la suma de todas ellas no alcanza elimporte mnimo establecido, el complemento se asignar a aqulla delas pensiones de la Seguridad Social cuya cuanta mnima le sea msfavorable.
Este complemento no le ser abonado si, adems de la pensin, ustedtiene otros ingresos que superen una determinada cantidad fijadaanualmente.
Para las pensiones causadas a partir de 1 de enero de 2013:
Los complementos por mnimosnecesarios para alcanzar las cuantasmnimas de las pensiones contributivas,no podrn superar el importeestablecido para las pensiones dejubilacin e invalidez en sumodalidad no contributiva.
Ser necesario residir enterritorio espaol para percibirdichos complementospor mnimos.
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CUANTA MXIMA DE LAS PENSIONES
De la misma manera que existen cuantas mnimas, tambin existe untope o lmite mximo, fijado habitualmente en la correspondiente LPGE.
Si su pensin, o la suma de sus pensiones de carcter pblico, superaese lmite mximo establecido, solamente se le abona esta cantidadmxima fijada.
Al igual que las cuantas mnimas, los importes mximos de laspensiones son revisados peridicamente.
DESCUENTO MENSUAL DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTADE LAS PERSONAS FSICAS (IRPF)
Si el importe de la pensin que le ha sido reconocida excede de unadeterminada cantidad anual, establecida en la normativa fiscal, serobjeto de una retencin a cuenta del IRPF.
La cuanta de esta retencin depender, asimismo, de sus propiascircunstancias familiares.
Las pensiones de orfandad y las de incapacidad permanente en losgrados de absoluta y gran invalidez, estn exentas de este impuesto,as como las prestaciones familiares.
[ Cmo es su pensin? ]
Cada ao el INSS le enviar un certificado con la informacin necesaria para su posible declaracin de la renta
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QU DERECHOS TIENE COMO PENSIONISTA?
COMO PENSIONISTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL TIENEDERECHO A:
Percibir mensualmente la cuanta de su pensin, en la modalidad depago elegida por usted.
Recibir asistencia sanitaria (prestaciones mdicas y farmacuticas),tanto usted como sus beneficiarios.
Percibir prestaciones familiares, siempre que rena los requisitosexigidos.
Disfrutar de los servicios sociales complementarios de la SeguridadSocial.
Solicitar y obtener cuanta informacin precise en relacin con sunueva condicin de pensionista de la Seguridad Social.
Pedir certificados referidos a su condicin de pensionista. Porejemplo, sobre el importe de su pensin, sobre las retencionespracticadas a efectos del IRPF, etc.
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ABONO DE SU PENSIN
Una vez efectuado el primer pago, la Seguridad Social le abonar supensin por mensualidades vencidas, estando el importe a sudisposicin en la entidad financiera e ingresado en su cuenta, cuandocobre por esta modalidad, desde el primer da hbil de cada mes.
Las pensiones se satisfacen en 14 pagas (salvo que hayan sidocausadas por un accidente de trabajo o por una enfermedadprofesional, en cuyo caso seran 12 pagas) correspondientes a cadauno de los meses del ao y 2 pagas extraordinarias, que se devenganen junio y noviembre.
Si ha elegido cobrar en efectivo, directamente de su banco o caja deahorros, es importante que lo haga entre los das 1 y 15 de cada mes.Si no lo hace en esas fechas, esa mensualidad ser devuelta por elbanco o caja a la Seguridad Social. Cuando se encuentre en este caso,la mensualidad no percibida debe solicitarla nuevamente, antes deltranscurso de un ao, pues el derecho al percibo de cada mensualidadde pensin caduca al ao de su respectivo vencimiento.
Para evitar problemas de este tipo, puede optar por el abono de lapensin en cuenta corriente o libreta de ahorros.
Si desea cambiar de modalidad de cobro (ingreso en su cuenta, cobroen efectivo o giro postal) o de entidad financiera, dirjase a su CAISSo al telfono de llamada compartida. Le ayudaremos a realizar estetrmite.
Si lo que desea es, solamente, cambiar de sucursal o de modalidad decobro dentro de la misma entidad financiera, dirjase directamente asu banco o caja de ahorros.
[ Qu derechos tiene como pensionista? ]
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ASISTENCIA SANITARIA
Esta prestacin, a la que usted y sus beneficiarios tienen derecho, y ya leha sido reconocida por el INSS, incluye:
La atencin mdica, dispensada gratuitamente por la red pblica de salud.
La atencin farmacutica de medicamentos incluidos en el SistemaNacional de Salud. Cuando se trate de atencin farmacuticaambulatoria, los usuarios contribuirn en el coste con la aportacin deunos porcentajes sobre el precio de venta al pblico, con unos topesvariables.
[ Qu derechos tiene como pensionista? ]
Los servicios sanitarios, dependiendo del mbito geogrfico, los gestionanlas comunidades autnomas, excepto en las ciudades de Ceuta y Melilla, que
son gestionados por el Instituto Nacional de Gestin Sanitaria (INGESA)
Tambin tiene derecho a recibir asistencia sanitaria en sus despla-zamientos. Para ello:
Si viaja por Espaa, es suficiente que lleve consigo su documentonacional de identidad (DNI) o documento oficial que le identifique y sutarjeta de asistencia sanitaria.
Si viaja a cualquier pas miembro del Espacio Econmico Europeo o aSuiza, en estancia temporal, debe llevar consigo la tarjeta sanitariaeuropea, que tiene un plazo de validez de 2 aos.
Estados en los que tiene validez la TSE: Alemania, Austria, Blgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca,
Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungra,Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania,
Luxemburgo, Malta, Noruega, Pases Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Repblica Checa, Rumana, Suecia y Suiza
GUA DELpensionista[ Qu derechos tiene como pensionista? ]
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La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) es el documento personal eintransferible que acredita el derecho a recibir las prestacionessanitarias que resulten necesarias, desde un punto de vista mdico,durante una estancia temporal, en el territorio del Espacio EconmicoEuropeo o Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestacionesy la duracin de la estancia prevista, de acuerdo con la legislacin delpas de estancia, independientemente de que el objeto de la estanciasea el turismo, una actividad profesional o los estudios.
La Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) no es vlida cuando eldesplazamiento tenga la finalidad de recibir tratamiento mdico, encuyo caso es necesario que el Instituto Nacional de la SeguridadSocial (INSS) emita el formulario correspondiente, previo informefavorable del Servicio de Salud. Tampoco es el documento vlido siusted traslada su residencia al territorio de otro Estado.
En algunos casos, deber asumir una cantidad fija o un porcentaje delos gastos derivados de la asistencia sanitaria, en igualdad decondiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estosimportes no son reintegrables.
Podr obtener o renovar la TSE solicitndola por telfono (901 16 6565), a travs de la sede electrnica: sede.seg-social.gob.es, odirigindose a cualquier Centro de Atencin e Informacin de laSeguridad Social (CAISS), contactando previamente con el CAISSelegido, para concertar cita previa, si dispone de este servicio.
Cualquiera que sea la forma de su peticin, la tarjeta sanitariaeuropea se le enviar a su domicilio en un plazo inferior a 10 dasdesde la solicitud. En ningn caso se entregar en mano, por lo quees imprescindible que su domicilio est actualizado en el fichero depensionistas de la Seguridad Social.
En los casos de un viaje urgente, puede obtener un certificadoprovisional sustitutorio (CPS), con validez de 3 meses.
Si va a viajar a otros pases, antes de emprender el viaje, debedirigirse a su CAISS, o llamar a los telfonos de informacin, o bien,consultar nuestra pgina web.
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PRESTACIONES FAMILIARES
La existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopcinde hijos, podra dar derecho a las siguientes prestaciones:
Prestacin econmica por hijo o menor acogido a cargo: si tiene asu cargo hijos menores de 18 aos o mayores de esa edad afectadospor una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, o menoresacogidos, en acogimiento familiar, permanente o preadoptivo.
Cuando se trate de hijos o menores acogidos, menores de 18 aossin discapacidad, el reconocimiento de la prestacin estarcondicionado por el nivel de sus ingresos.
En los casos de hijos con discapacidad, cualquiera que sea suedad, no afecta el nivel de ingresos para obtener estasprestaciones.
Prestacin econmica por nacimiento o adopcin de hijo ensupuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casosde madres con discapacidad: cuando el nacimiento o adopcin dehijo se produce en una familia numerosa o que, con tal motivo,adquiera dicha condicin, en una familia monoparental o en lossupuestos de madres que padezcan una discapacidad igual o superioral 65%, siempre que no se supere un determinado nivel de ingresos.
Prestacin econmica por parto o adopcin mltiples: cuando seproduce el nacimiento o adopcin de 2 o ms hijos por parto oadopcin mltiples, en familias con residencia legal en Espaa.
[ Qu derechos tiene como pensionista? ]
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[ Qu derechos tiene como pensionista? ]
SERVICIOS SOCIALES Y OTRAS PRESTACIONES
Como pensionista, puede usted beneficiarse de los servicios socialesde carcter complementario, tales como centros dedicados a laatencin de pensionistas (hogares, residencias, etc.), personas condiscapacidad (ocupacionales y de recuperacin), servicios de ayuda adomicilio, teleasistencia, etc.
Tambin, en su caso, podra beneficiarse de prestaciones de carcterespecfico, establecidas por el Sistema para la autonoma y atencina la dependencia, que van dirigidas a personas, que han sidovaloradas con un determinado grado y nivel de dependencia, en ordena su capacidad y autonoma personal para realizar las tareas bsicasde la vida ordinaria y a su necesidad de apoyo y supervisin.
Adems, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO)gestiona el Programa de vacaciones para mayores destinado a viajestursticos y culturales y el Programa de termalismo social que ofrecetratamientos para la prevencin y rehabilitacin de enfermedades.
Los servicios sociales y las prestaciones mencionadas,dependiendo del mbito geogrfico, se gestionan por las
comunidades autnomas y por el IMSERSO
Si desea ms informacin, puede dirigirse a lasunidades de informacin de servicios sociales
de su municipio,llamar al telfono del IMSERSO 901 109 899
o consultar su pgina web enwww.imserso.es
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QU OBLIGACIONES TIENE COMO PENSIONISTA?
Hasta ahora, le hemos informado de sus derechos, pero tambindeseamos que conozca sus deberes y obligaciones en materia deSeguridad Social.
COMO TITULAR DE UNA PENSIN CONTRIBUTIVA
Debe comunicar al INSS, dentro de los 30 das siguientes a que seproduzcan, las variaciones que afecten a la situacin que usted tenacuando se le reconoci la pensin.
En todos los casos:
Los cambios de estado civil, nacimientos, defunciones.
Sus cambios de domicilio.
El inicio de actividades laborales.
El reconocimiento y/o cobro de otras pensiones, nacionales oextranjeras.
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Si percibe complemento por mnimos:
Los incrementos del nivel de rentas, tanto suyos como los de sucnyuge, que sean incompatibles con el cobro de complementos pormnimos.
El inicio de actividades laborales de su cnyuge.
El reconocimiento y cobro de otras pensiones nacionales oextranjeras, por parte de su cnyuge.
[ Qu obligaciones tiene como pensionista? ]
TELFONO DEL INSS901 16 65 65
www.seg-social.es
Para poder mantener el contacto con usted,necesitamos conocer su domicilio.Comunquenos cualquier cambio
Tambin el INSS puede solicitar de oficio a los pensionistasque acrediten su vivencia,
as como cualquier dato relativo a la identificacin de su cnyuge y a los ingresos obtenidos
durante el ao anterior
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TAMBIN LE INTERESA SABER
Si usted es pensionista de jubilacin o incapacidad permanenteen la modalidad contributiva y va a trabajar por cuenta
propia o ajena, deber comunicarlo al INSS
Si usted es pensionista de INCAPACIDAD PERMANENTE, en sumodalidad contributiva, que:
Hasta que cumpla la edad legal de jubilacin que, en cada caso resultede aplicacin, la declaracin de incapacidad permanente puede serrevisada por el INSS o a peticin suya.
Si es pensionista de una incapacidad permanente total para suprofesin habitual, su pensin es compatible con el desempeo de unempleo en una actividad distinta de la habitual.
Si se le ha reconocido una incapacidad permanente total para suprofesin habitual, puede tener derecho al incremento del 20% en elimporte inicial de su pensin cuando, a partir de los 55 aos y pordeterminadas circunstancias, se presuma la dificultad de obtenerempleo en actividad distinta de la habitual.
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[ Tambin le interesa saber ]
Si usted es pensionista de JUBILACIN, en su modalidad contributiva,que:
El percibo de su pensin en un 50% de su cuanta, es compatible concualquier empleo por cuenta propia o ajena siempre que no se trate deuna actividad pblica, sea cual sea la duracin de su jornada, y se den lossiguientes requisitos:
Que haya accedido a su pensin a la edad que corresponda en cadacaso, sin tener en cuenta bonificaciones o anticipaciones.
Que haya acreditado periodo de cotizacin suficiente para tenerderecho al 100% de la base reguladora de la pensin.
La cuanta del 50% de la pensin que usted est percibiendo serevalorizar, en tanto mantenga el trabajo compatible, pero noproceder en ningn caso, la aplicacin de complementos por mnimos.
Aun cuando perciba el 50% de su pensin, usted contina con laconsideracin de pensionista de la Seguridad Social a todos los efectos(asistencia sanitaria, prestaciones familiares).
Durante la realizacin del trabajo compatible con la pensin de jubilacin,se efectuar una cotizacin especial de solidaridad del 8%, que para lostrabajadores por cuenta ajena supondr el 2%, siendo el resto a cuentadel empresario.
El percibo de la pensin es compatible con un trabajo a tiempo parcial enlos trminos establecidos, percibindola en un porcentaje igual a lareduccin de la jornada desarrollada en relacin a la jornada completa.
El percibo de la cuanta total de su pensin es compatible con larealizacin de trabajos por cuenta propia, por los que perciba ingresosanuales no superiores al salario mnimo interprofesional.
La pensin es compatible con el percibo de rentas patrimoniales, con elmantenimiento de la titularidad de su negocio y con el desempeo de lasfunciones inherentes a dicha titularidad.
La pensin tambin es compatible con la afiliacin a la mutualidad de uncolegio profesional.
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Si usted es pensionista de VIUDEDAD, que:
Su pensin es compatible con las rentas del trabajo, as como con otrapensin de jubilacin o de incapacidad permanente a las que puedatener derecho.
Su pensin se extinguir, entre otras causas, por contraer matrimonioo constituir una pareja de hecho formalizada conforme a la regulacinestablecida, salvo que concurran las siguientes circunstancias:
Que usted tenga ms de 61 aos o, en el caso de ser menor deesta edad, perciba una pensin de incapacidad permanenteabsoluta o gran invalidez, o tenga reconocida una discapacidadigual o superior al 65%.
Que su pensin o pensiones constituyan la principal fuente deingresos. Se entiende que la pensin o pensiones de viudedadconstituyen la principal fuente de ingresos, cuando el importeanual de las mismas represente el 75% del total de ingresos.
Que su nuevo matrimonio o pareja de hecho tenga unos ingresosanuales que no superen 2 veces el salario mnimo interprofesional.
[ Tambin le interesa saber ]
Quien percibe una pensin a la que no tiene derecho,perjudica a los dems ciudadanos
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[ Tambin le interesa saber ]
Si usted es pensionista de ORFANDAD, que:
Esta pensin de orfandad es compatible con cualquier renta de trabajohasta los 21 aos de edad.
Si no efecta un trabajo lucrativo o realizndolo, los ingresos queobtenga resultan inferiores a la cuanta del salario mnimointerprofesional vigente, todo ello en cmputo anual, podr serperceptor de la pensin de orfandad hasta los 25 aos.
Si estuviera cursando estudios y cumpliera los 25 aos durante eltranscurso del curso escolar, la percepcin de la pensin semantendr hasta el da primero del mes siguiente al del inicio delsiguiente curso acadmico.
Su pensin se extinguir, si contrae matrimonio (salvo que seencuentre incapacitado en grado de incapacidad permanente absolutao gran invalidez) o es adoptado.
Si se encuentra incapacitado en el grado de incapacidad permanenteabsoluta o gran invalidez, la pensin es vitalicia, con independencia dela cuanta de los ingresos.
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[ Tambin le interesa saber ]
Otra informacin de inters
Las parejas de hecho formalizadas, al menos, con 2 aos deantelacin al fallecimiento del causante y que acrediten unaconvivencia estable y notoria mnima de 5 aos, podrn tener derechoa la pensin de viudedad siempre que se renan los dems requisitosexigidos.
El derecho a pensin de viudedad de las personas divorciadas oseparadas judicialmente quedar condicionado a estar percibiendo lapensin compensatoria a que hace referencia el art. 97 del CdigoCivil, quedando extinguida sta por el fallecimiento del causante.
Si la separacin judicial o divorcio fue anterior a 1 de enero de 2008puede acceder a la pensin de viudedad, an cuando no hayapercibido la pensin compensatoria, siempre que se cumplandeterminadas condiciones.
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Las mujeres que puedan acreditar haber sido vctimas de violencia degnero en el momento de la separacin judicial o el divorcio, podrnacceder a la pensin de viudedad, aunque no hayan sido acreedorasde pensin compensatoria.
El derecho a la pensin de viudedad, en caso de nulidad matrimonial,corresponder al superviviente al que se le haya reconocido laindemnizacin a que hace referencia el art. 98 del Cdigo Civil,siempre que no hubiera contrado nuevas nupcias o hubieraconstituido una pareja de hecho.
Las personas condenadas en sentencia firme por homicidio o lesiones(salvo reconciliacin en el ltimo supuesto) no sern beneficiarias dela pensin de viudedad cuando la vctima sea la causante de lapensin, que pasar a incrementar, en su caso, el importe de laspensiones de orfandad.
[ Tambin le interesa saber ]
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CONSEJOS TILES PARA LA SALUD
La salud es la base del bienestar. El envejecimiento y la salud no sonincompatibles, sino todo lo contrario; disfrutar de un buen estado de saludes un derecho fundamental de todo individuo, al que debe prestarsesingular atencin durante la tercera edad.
Una persona sana es quien logra relacionarse de forma armnica yequilibrada consigo mismo y con los dems. Por ello, vamos a tratar,brevemente, algunas orientaciones prcticas que le ayudarn a mantenerun buen estado de salud integral.
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ALIMENTACIN
Es uno de los factores que ms incide en la salud y tiene una importanciavital para prevenir y evitar el envejecimiento precoz. Una dieta correctaha de ser equilibrada. Debe estar compuesta de hidratos de carbono,protenas, grasa, vitaminas, minerales, agua y fibra.
Los alimentos ms aconsejables son los productos lcteos, carnesmagras, pescados, huevos, verduras, hortalizas, frutas y cereales pocorefinados.
Deben ingerirse con moderacin los azcares, bebidas alcohlicas yestimulantes y es aconsejable eliminar de la dieta los condimentosfuertes y los alimentos ricos en grasas de origen animal.
Debe insistirse en el beneficio que supone consumir mucha fibra(presente en los cereales integrales, pan y arroz integral, vegetales dehoja verde...).
Por ltimo, no debe olvidar que los lquidos son fundamentales para elorganismo. Se debe beber alrededor de 2 litros de agua al da.
EJERCICIO FSICO
La persona debe mantener activo tanto su cuerpo como su mente. Ahorabien, el ejercicio fsico debe ser apropiado y ha de realizarse de formacontrolada, regular y constante.
El propio cuerpo nos avisa cuando la actividad que se est realizando noes la adecuada: aparicin de fatiga, taquicardia o mareo son signos dealarma ante los que debe suspender la actividad, descansar y consultar almdico.
[ Consejos tiles para la salud ]
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Si quiere comenzar a practicar algn deporte, hgase previamente unreconocimiento mdico que descarte cualquier riesgo.
Para quien no tenga aficin por ningn deporte, el mejor ejercicioconsiste en andar todos los das cuatro o cinco kilmetros (si no puedecon esta distancia, comience por menos) por terreno llano, con pasoregular y cuerpo erguido. Aproveche las actividades que realiza duranteel da para hacer ejercicio.
ALCOHOL Y TABACO
Est claro que el alcohol y el tabaco son perjudiciales para la salud. Porello, es muy importante no excederse en su consumo si se quieredisfrutar de una buena calidad de vida.
Si usted quiere abandonar alguno de estos hbitos y ha fallado en susintentos, recuerde que existen profesionales que pueden ayudarle aconseguirlo.
[ Consejos tiles para la salud ]
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OTRAS RECOMENDACIONES
Adems de los cuidados fsicos, es importante que cultive el aspectosocial de su vida, lo que le permitir mantener y ampliar su crculo deamistades, as como participar en actividades culturales o deentretenimiento para enriquecer su formacin personal.
En este sentido, puede entrar en contacto con alguna asociacin o visitarcualquiera de los centros, pblicos y privados, que hacen posible laconvivencia y la amistad.
EL VOLUNTARIADO
La solidaridad hacia las personas menos favorecidas o que sufren algunaforma de exclusin social, se viene canalizando a travs del voluntariadoy de la constitucin de organizaciones no gubernamentales (ONG).
Esta modalidad de realizacin personal, con independencia de la frmulaorganizativa que adopte, es una manifestacin de generosidad vital y deconciencia solidaria en favor de los ms necesitados.
Su finalidad bsica es mejorar las condiciones de vida de cuantospadecen alguna carencia o discriminacin, sin olvidar la lucha porremover las causas que originan la desigualdad de oportunidades.
Es muy probable que en su entorno ms prximo, o a travs de familiaresy amigos, conozca ya alguna de estas organizaciones, con las que puedeestablecer distintas frmulas de colaboracin y de intercambio.
Con su participacin contribuir tanto a su bienestar personal como a laayuda altruista de aquellos ciudadanos menos afortunados.
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EL DEFENSOR DEL PUEBLO
Queremos recoger una mencin expresa a la institucin del Defensor delPueblo.
Como alto comisionado de las Cortes Generales tiene la misin prioritariade la defensa de las libertades y derechos fundamentales proclamados enel propio texto constitucional, para lo que podr supervisar la actividad delas distintas administraciones pblicas.
Las actuaciones del Defensor del Pueblo se pueden iniciar de oficio, esdecir por decisin propia de su titular, o bien a instancia de parte, es decira peticin de un particular o de un representante institucional. Por lotanto, puede dirigirse al Defensor del Pueblo toda persona natural ojurdica que invoque un inters legtimo, mediante la presentacin de laoportuna queja o denuncia.
Es muy importante recordar que las intervenciones ante el Defensor delPueblo no sustituyen a figuras procedimentales o procesales previstaspara impugnar las resoluciones administrativas, como son la reclamacinprevia ante la entidad gestora y la interposicin de demanda ante lajurisdiccin social, cuya utilizacin es obligada para intentar lamodificacin de sus contenidos.
La sede del Defensor del Pueblo, con atribuciones en todo el territorionacional y que es compatible con la existencia de otros comisionados anivel autonmico, est en:
[ Otras recomendaciones ]
p Eduardo Dato, 31 y c/ Zurbano, 42
28010 - Madrid
Telfonos: 91 432 79 00 - 900 101 025
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DESPEDIDA
No queremos finalizar esta Gua sin enviarle un mensaje de tranquilidady de responsabilidad.
De tranquilidad, porque es una obligacin de los poderes pblicosmantener un rgimen pblico de Seguridad Social para todos losciudadanos, que garantice pensiones adecuadas y peridicamenteactualizadas.
De responsabilidad, porque este mandato, recogido en laConstitucin, necesita la solidaridad de las personas que estntrabajando con las que no tienen trabajo, y de las que ya cobran unapensin, con las que cobrarn ms adelante. Por eso, siexcepcionalmente, alguna persona percibiera indebidamenteprestaciones o cuantas superiores a las que correspondan, ese gastoest incidiendo tanto en los que, como usted, ya son pensionistas,como en los que pueden llegar a serlo en el futuro. Con sucolaboracin ayudar a garantizar las pensiones actuales y futuras.
Confiamos que esta informacin le haya sido de utilidad en esta nuevaetapa de su vida como pensionista.
DE NUEVO,
MUCHAS GRACIAS POR LA ATENCIN
PRESTADA A ESTA GUA
Direccin Provincialde Madrid (centros urbanos)
Madrid(Direccin Provincial)Serrano, 102Tel: 915 661 000
Manuel BecerraDr. Gmez Ulla, 2Tel: 917 264 500
CentroCedaceros, 11Tel: 914 296 661
MoratalazHacienda de Pavones, 348Tel: 917 724 100
PeagrandeIsla de Arosa, 20 BTel: 917 395 967
MaldonadoMaldonado, 2Tel: 915 661 000
VallecasPicos de Europa, 49Tel: 913 280 635
VillanuevaVillanueva, 2Tel: 915 762 810
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