Guía del Estudiante

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INSTITUTO DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICO PÚBLICO “JULIO CÉSAR TELLO” Villa El Salvador SERVICIO DE ASISTENCIA SOCIAL 1 Guía del Estudiante 2014

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La felicidad humana generalmente no se logra con grandes golpes de suerte, que pueden ocurrir pocas veces, sino con pequeñas cosas que ocurren todos los días.

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REGLAMENTODELESTUDIANTE

El presente documento, guía las actividades académicas que se desarrollan en nuestra institución, tiene como objetivo orientar e informar al estudiante sobre las normas dadas por el Ministerio de Educación en relación al Nuevo Diseño Curricular, basado en el Enfoque por Competencias y con Estructura Modular, así como, dar a conocer acerca de los Derechos y Deberes del estudiante, cuyo cumplimiento es obligatorio por parte de los estudiantes, siendo su incumplimiento motivo de aplicación de sanciones que se establecen en el presente reglamento.

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¿Quiénes somos?

Somos una entidad educativa estatal que brinda Formación Profesional, creado el 28 de marzo de 1 980 como ESEP, mediante la RM N° 0310-80-ED y luego con la R.M. N°110-84-ED, le otorga el nivel de Instituto Superior Tecnológico Público; desde entonces brinda a la juventud de Lima Sur, una alternativa de desarrollo y realización personal.

En sus aulas se forman alrededor de mil estudiantes, en las especialidades de: Administración, Computación e Informática, Contabilidad, Electrotecnia Industrial, Mecánica Automotriz, Mecánica de Producción y Secretariado Ejecutivo. Actualmente se aplica en el Instituto el llamado Sistema Modular.

Nuestra Política

En el Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “JULIO CÉSAR TELLO”, El mejoramiento continuo de los procesos académicos y administrativos tendientes a calidad, es un fin para alcanzar la satisfacción de los clientes internos y externos, en el marco de la cultura de los valores y la norma ISO 9001:9008.

Nuestra VISIÓN

Para el año 2014, queremos ser un centro de excelencia que impulse el desarrollo local, regional y nacional a través de la formación profesional tecnológica acorde a la demanda del mercado laboral, articulado con todos los sectores productivos, líderes en investigación, innovación y transferencias tecnológicas, en formación continua y servicios empresariales que respondan a las necesidades del desarrollo del Cono Sur de Lima. Una entidad autorizada como evaluadora, certificadora y acreditadora de la formación profesional técnica; en el marco de la Ley del SINEACE y la norma ISO 9001, desarrollando los valores institucionales e impulsando una cultura de paz.

Nuestra MISIÓN

Somos una Institución de Educación Superior Tecnológica No Universitaria de Formación Profesional Tecnológica, que impulsa la investigación científico tecnológica, humanística y axiológica, ofertando servicios de calidad, en el marco de la Ley del SINEACE y la norma ISO 9001, en la modalidad presencial, en nuestras carreras comerciales e industriales; formando profesionales técnicos, con visión empresarial y capacidad emprendedora, altamente competitivos en el mercado laboral; aplicando un Sistema de Gestión de la Calidad y procesos de mejora continua, satisfaciendo a nuestros clientes internos y externos, en especial los distritos de Villa El Salvador, generando el desarrollo local, regional y nacional con valores e impulsando una cultura de paz.

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Nuestros Valores 1. Honradez: Sensibilizando y educando a los estamentos en el control y

autocontrol sobre bienes materiales y no materiales, respetando sus pertenecías y valor.

2. Puntualidad: Es la opción de cumplir en la hora y en las fechas debidas, las actividades y/o compromisos institucionales.

3. Respeto: Cultivamos en el personal directivo, jerárquico, administrativo, profesores y alumnos; respeto y afecto por nuestra Institución, por las personas en conjunto sin distinción alguna, además de inculcar apego a los símbolos patrios en cualquier circunstancia, así como en las actividades que se celebren en la formación general al inicio de la jornada semanal

4. Responsabilidad: Nos comprometemos el personal en pleno a desarrollar en nosotros e inculcar en los estudiantes el sentido de responsabilidad en el trabajo y acciones educacionales; espíritu de superación que señale metas a las cuales deberán arribar al culminar su vida estudiantil, sin descuidar a aquellos que quedan rezagados en su aprendizaje.

5. Solidaridad: Inculcamos en las personas a tener una cultura de apoyo a los demás en base a la empatía y compartiendo acciones para el bienestar social.

6. Identidad: Inculcamos y sensibilizamos a los miembros de la comunidad educativa a identificarse con la institución y su país, evidenciando en sus acciones cotidianas.

7. Tolerancia: En base a una actitud positiva y confiable que genere el valor de flexibilidad ante las exigencias de acciones lógicas.

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ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL

ÓRGANO DE DIRECCIÓN Directora General (e) Dra. María Sobeida Malca Terrones Jefe de la Unidad Académica (e) Prof. Pedro Bravo Pardo ÓRGANO DE APOYO Secretario Académico (e) Prof. Susana Huerta Olivares Unidad Administrativa Econ. Alfredo Poma Palacios

ÓRGANOS DE LÍNEA (Áreas Académicas) Administración de Empresas (e) Lic. Celso Carranza Chumpitaz Computación e Informática (e) Prof. Eloy HumbertoCojal Torres Contabilidad (e) C.P.C. Susana Pérez Baltazar Electrotecnia Industrial (e) Lic. Luqui Barco Calle Mecánica Automotriz (e) Lic. Enrique García Infanzón Mecánica de Producción (e) Ing. Prudencio Coronel Huamán Secretariado Ejecutivo (e) Mg. Yrene Cifre Grande

Servicios: Asistencia Social A.S. María Lourdes Quispe Tenorio Producción y Servicios (e) Lic. Filiberto González Gómez

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DISPOSICIONES GENERALES 1. De los Estudiantes.

1.1 De la matrícula

a. La matrícula es un vínculo por el que el Instituto se hace

responsable de formar al estudiante y éste se compromete a participar activa y responsablemente en la vida institucional de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente reglamento.

b. Se adquiere la condición de estudiante del instituto por la matrícula y ratificación de matrícula y se mantiene por el cumplimiento del trabajo académico y dura hasta el día en que concluya el acto de matrícula o ratificación de matrícula del semestre académico inmediato siguiente (de acuerdo a programación de fechas establecidas (incluida la prórroga) por Secretaría General y hasta el cierre de matrícula, con conocimiento de la DRELM.

c. Al matricularse el estudiante adquiere los deberes y derechos que le corresponden.

d. La matrícula de los estudiantes se realiza por semestre académico y unidades didácticas (UD).

e. La matrícula en el instituto puede ser reservada por un máximo de dos (2) semestre.

f. No se puede matricular nuevos estudiantes una vez aprobada la nómina de matrícula, salvo si corresponde a traslado.

g. El instituto a solicitud del estudiante, podrán otorgar licencia hasta por un periodo de dos años, dentro de los cuales puede reingresar.

h. Un estudiante abandona sus estudios cuando deja de asistir al instituto sin solicitar licencia por un periodo de veinte días hábiles consecutivos, o cuando estando de licencia no se reincorpora al término de ella. En ambos casos pierde su condición de estudiante y, para ser aceptado nuevamente en el instituto, deberá postular y aprobar el proceso de admisión.

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1.2 De los deberes y derechos del Estudiante.

El estudiante que ingresa al Instituto de Educación Superior Tecnológico Público “JULIO CÉSAR TELLO”, debe ser una persona capaz de ir progresando en su conocimiento, trabajando para su propio desarrollo hasta verse realizado como ser humano y como profesional, comprometido a una convivencia armoniosa y plena con sus semejantes, dispuesto a brindar su conocimiento y esfuerzo en bien del desarrollo de su comunidad y del país.

Son derechos del estudiante: a. Recibir formación integral, en cada semestre de estudios de

acuerdo a la Estructura del Nuevo Diseño Curricular básico de la Educación Superior Tecnológica que está estudiando.

b. Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminación de ningún tipo.

c. Ser informado de las disposiciones que le conciernen como estudiante.

d. Ser informado oportunamente sobre el cronograma de matrícula.

e. Acceder a todos los servicios y ambientes institucionales para su actividad educativa.

f. Recibir el sílabo de la Unidad Didáctica de parte del docente, así como los criterios de evaluación y otras indicaciones pertinentes a la Unidad Didáctica o Actividad, el primer día de clases.

g. Acceder a toda la información sobre su propia actividad académica (trabajos, notas, asistencias entre otras).

h. Recibir las horas efectivas dictadas por el docente. i. Recibir atención y trato respetuoso respecto a sus iniciativas,

creatividad y libre expresión de ideas para el pleno desarrollo de su personalidad.

j. Recibir estímulos, en mérito al cumplimiento de sus deberes y participación extraordinaria.

k. Participar en diversas actividades programadas por la institución.

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Son Deberes del estudiante: a. Matricularse puntualmente y dentro del cronograma

establecido por Secretaría General. b. Leer detenidamente y conocer el contenido del presente

reglamento, cuya entrega al estudiante presupone su conocimiento.

c. Cumplir con los reglamentos y disposiciones normativas del instituto

d. Mantenerse informado sobre su rendimiento académico y asistencia.

e. Asistir con puntualidad a las labores académicas: clases, actividades, evaluaciones, citaciones, etc. Turno diurno de 08.00 a 15.10 y Turno nocturno de 17.20 a 22.20 horas, respectivamente.

f. Velar por el prestigio de la institución respetándose a sí mismo, a los docentes y a los demás (compañeros, docentes, administrativos) y comportándose con dignidad en todo momento y lugar.

g. Mantener limpio y conservar en buen estado las aulas, talleres, laboratorios, equipos, mobiliario, servicios higiénicos, patios, pasadizos, paredes, canchas y demás instalaciones, actuando responsablemente ante cualquier daño o deterioro que pueda causar.

h. Dedicarse íntegramente a sus estudios, cumpliendo con su rol de estudiante, esforzándose constantemente en el logro de su formación profesional y practicando los valores de honradez, lealtad, veracidad, respeto, cooperación y demás.

i. Participar activamente en el desarrollo de clases, manteniendo el orden y disciplina.

j. Participar activa y responsablemente en actividades institucionales.

k. Abstenerse de intervenir y desarrollar actividades político-partidarias dentro de la Institución.

l. Participar los días lunes en el Izamiento de la Bandera y entonación del Himno Nacional (Identidad Nacional).

m. Permanecer en el aula en horas de clases.

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Faltas y Sanciones: El estudiante tiene el deber de respetar y obedecer las reglas que se establecen en el presente documento, dentro de las instalaciones de la institución y dentro de las actividades que la institución realiza fuera de ellas. El no cumplimiento de las disposiciones será considerado falta lo que estará sujeto a las sanciones que correspondan, las que se considerarán como leves y graves. Faltas Leves: a. Ingerir alimentos durante el desarrollo de actividades de

aprendizaje y/ o trabajo en laboratorios y talleres. b. Estar fuera del aula en horas de clase. c. Tener encendido los celulares, beepers, radios, mp3, mp4, o

cualquier tipo de aparato electrónico, durante el desarrollo de clases, o biblioteca.

d. Fumar en las instalaciones del instituto (ley No. Ley 29517). e. Tirar y/o dejar deshechos en las aulas de clase o instalaciones

del instituto. f. Ingresar a los laboratorios y/o talleres sin autorización. g. Hacer uso inadecuado de la biblioteca. h. Fomentar desorden y actos de indisciplina dentro y fuera del

aula de clases. i. Usar aretes, joyas, brazaletes durante las actividades en los

talleres y laboratorios, (según reglamento interno de laboratorio o taller).

j. Tomar actitudes de enamoramiento descuidando sus estudios y faltando a sus horas de clase.

Faltas Graves:

a. Faltar de forma reiterada a las normas establecidas en el

presente reglamento y otros.

b. Desacatar en primera instancia una orden o indicación emitida directamente por un docente o personal autorizado de la institución.

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c. Promover desorden, iniciar o participar en manifestaciones dentro de la institución.

d. Promover y fomentar actos y/o juegos que lastimen o lesionen física y moralmente a sus compañeros de estudios.

e. Faltarelrespetoporacciónuomisiónalpersonaldocente, administrativo y /o de servicio de la institución.

f. Calumniar o difamar a la institución o a alguno de sus miembros.

g. Incurrir en faltas de plagio de exámenes o suplantaciones. h. Deteriorar, sustraer o intentar sustraer o comercializar los

bienes de la institución, los miembros del instituto o compañeros de clase, inclusive de terceras personas.

i. Agredir físicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa u otra persona dentro y fuera de la institución.

j. Presentar conductas que representen riesgo contra la integridad física, emocional y moral de los integrantes de la institución.

k. Realizar actos que atenten contra la moral y buenas costumbres o actitudes de indisciplina, como; robo, delincuencia, sabotaje, pandillaje u otros que perjudiquen o dañen la imagen de la institución.

l. Deteriorar y/o pintarrajear paredes, servicios higiénicos, y otros enseres en perjuicio de nuestra institución.

m. Ingresar a la institución en estado etílico o bajo el efecto de drogas o cualquier tipo de alucinógenos, introducirlos, portarlos, o comercializarlos dentro de la Institución o en sus alrededores.

n. Utilizar el nombre de la institución en actividades no autorizadas oficialmente incluyendo las redes sociales.

o. Subiry/oadministrarimágenes,videos,delaInstitución,susestudia

ntes,personal docentey/o administrativo queno sean

autorizadosexpresamente yoficialmente,sin perjuiciode la

responsabilidadlegala quehubiere lugar.

p. Utilizar el “Logo” de la institución sin la autorización previa.

q. Hacer uso de los sellos de las oficinas administrativas y

académicas.

r. Otrasqueporsuscaracterísticaspuedanasemejarse

ocomparárselesacriteriode la Institución.

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Sanciones:

Las faltas consignadas en los numerales señalados, no

constituyen solo una lista y se plantean a título enunciativo, más

no limitativo.

El estudiante que cometa una falta se hará acreedor a una sanción

y dependiendo de la falta las sanciones podrán ser:

1. Amonestación verbal o escrita: De ser escrita, ésta deberá

ser firmada como cargo de recepción por el estudiante o por el

padre de familia, apoderado o tutor si el estudiante es menor

de edad.

2. Suspensión temporal: Cuya duración será determinada por el

Jefe del área Académica y sin derecho a recuperación de

clases, prácticas, exámenes o trabajos.

3. Separación definitiva o expulsión de la Institución:

Independientemente de la gravedad de la falta si el estudiante

hubiese sido amonestado anteriormente será suspendido

temporalmente y si previamente se le hubiera aplicado una

sanción de suspensión será separado en forma definitiva de la

institución.

En caso de faltas graves se podrá optar por la inmediata

expulsión del estudiante si así lo estima la institución,

aunque no existan sanciones precedentes.

Las amonestaciones verbales serán tomadas en cuenta

como antecedentes para la aplicación de sanciones y se

dejará constancia de éstas en el legajo personal del

estudiante.

Las amonestaciones y/o sanciones podrán ser aplicadas

por los docentes en coordinación con la jefatura de

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especialidad y teniendo en consideración el presente

reglamento.

La aplicación de una sanción no exime de la reposición o

reparación de los bienes dañados, ni del pago de las

indemnizaciones correspondientes y demás

responsabilidades a que hubiere lugar. La aplicación de la

sanción, será traslada a las entidades correspondientes

según sea el caso.

El área académica llevará el registro personal de cada

estudiante en el que se anotarán las faltas y sanciones

impuestas. Podrán tener acceso a dicho registro, los

padres de familia, apoderados o tutores previa solicitud.

Las consecuencias que se deriven de las sanciones

aplicadas al estudiante serán de su entera

responsabilidad.

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1.3 De los aspectos académicos a) El desarrollo del nuevo Diseño Curricular Básico (DCB) de la

Educación Superior Tecnológica, aprobado mediante R.D. Nª0929-2011-ED, se basa en el Enfoque por Competencias y tiene una estructura modular. El enfoque por competencias profesionales tiene la característica de integrar en todo el proceso de la formación; los procedimientos, los conocimientos, las actitudes, configurando un todo, por eso es “holística”. La “estructura modular” organiza la oferta formativa en ciclos laborales y se adapta a las necesidades y tiempos de los estudiantes, con el propósito de fomentar y promover las oportunidades de movilidad estudiantil hacia la empleabilidad, con salidas rápidas al mercado laboral durante su formación, brindarle la posibilidad de reinsertarse al sistema educativo para la culminación de su formación profesional. Tiene además como referente el Catálogo Nacional de Títulos y Certificaciones, aprobado con Resolución Viceministerial Nª 0085-2003-ED.

b) El Plan de Estudios de las Carreras Profesionales, está integrado por el Perfil Profesional (referente productivo) y el Plan Curricular (referente educativo), el cual tiene cuatro componentes: Formación Transversal, Formación Específica, Consejería y Práctica Pre- Profesional.

c) El Perfil Profesional, describe en términos de competencias, las funciones productivas que realiza una persona, de acuerdo a estándares de calidad y condiciones reales de trabajo. Tiene los siguientes componentes: competencia general, capacidades profesionales, evolución previsible de la profesión, unidades de competencias, realizaciones (desempeños), criterios de realización (criterios de desempeño) y dominio profesional.

d) El Plan Curricular, está constituido por un conjunto de módulos educativos, denominados módulos transversales y módulos técnico profesionales.

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El módulo es una unidad formativa y está constituido por un bloque completo, autónomo y coherente de capacidades terminales, contenidos básicos y criterios de evaluación, que garantizan el desempeño eficiente de los egresados en los puestos de trabajo y en la vida social.

e) Los módulos educativos se organizan en Unidades Didácticas, éstas a su vez en actividades de aprendizaje para garantizar el logro de las capacidades terminales del módulo y finalmente la competencia general de la carrera profesional. Las unidades didácticas se desarrollan en cada uno de los semestres académicos.

f) Los planes curriculares de las carreras profesionales se organizan incluyendo los contenidos mínimos aprobados en la Resolución Directoral Nª 0411-2010-ED.

g) La estructura del plan curricular tiene cuatro componentes: Formación Transversal, Formación Específica, Consejería y Prácticas Pre-profesionales. Se desarrolla en no menos de 2160 horas y 90 créditos como mínimos en carreras cuya duración es de 4 semestres; o en no menos de 3240 horas y 134 créditos como mínimo en carreras de 6 semestres, de conformidad con la Resolución Directoral Nª 0411-2010-ED.

h) El crédito académico es una medida del tiempo que dedican los estudiantes para lograr capacidades y competencia, permite convalidar y homologar estudios realizados con otras instituciones de educación superior nacionales y de otros países.

i) En el nuevo DCB, que aplica el enfoque por competencias profesionales, un crédito académico es equivalente a 24 horas de trabajo académico realizado por el estudiante en un semestre, integrando procedimientos, conocimientos, y las actitudes para garantizar las eficiencias en la formación a lo largo de un semestre de 18 semanas de desarrollo curricular que incluyen los procesos de formación, evaluación y recuperación, con un mínimo de treinta (30) horas a la semana

j) El plan de estudios, según la formación profesional que desarrolle, considerará horas adicionales para talleres u horas de trabajo individual, de acuerdo con la naturaleza de la carrera. El tiempo que utilice el docente que se encargue del monitoreo será considerado como carga académica.

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1.4 De la Organización de los Módulos Educativos

1.4.1. Módulos Técnico Profesionales:

a) Desarrollan capacidades para adquirir y procesar

conocimientos científicos y tecnológicos, para la planificación, organización, ejecución y control de procesos de producción, así como actitudes requeridas para lograr las competencias en cada una de las carreras profesionales, que permitan el desempeño eficiente en los puestos de trabajo.

b) El módulo técnico profesional, está integrado por capacidades terminales, criterios de evaluación y contenidos básicos; tienen carácter terminal, y constituye la unidad formativa mínima que se certifica y permite la incorporación progresiva del estudiante al mercado laboral.

c) El módulo técnico profesional, está asociado a una unidad de competencia del perfil profesional que representa un puesto de trabajo.

d) En el módulo técnico profesional, las capacidades terminales se asocian a las realizaciones (desempeños) y los criterios de evaluación, a los criterios de realización (criterios de desempeño), establecidos en el perfil profesional.

e) En los módulos técnicos profesionales, los contenidos se contextualizan en correspondencia con la demanda local, regional y nacional, además con el avance de la ciencia y tecnología.

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1.4.2. Módulos Transversales: a) Desarrollan capacidades genéricas, contribuyen a

proporcionar las bases científicas y humanísticas, proporcionan un conjunto de competencias individuales y sociales que sirven para potenciar la capacidad de actuar con eficiencia y sentido ético en el desarrollo profesional y personal, para situarse en el contexto de las demandas de una sociedad cambiante, para realizar investigación e innovación tecnológica, para comprender y adaptarse al incesante avance de la ciencia, la tecnología y aportar significativamente al desarrollo sostenible del país.

b) Los módulos transversales son los siguientes: Comunicación, Matemática, Informática, Sociedad y Economía, Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, Actividades, Investigación Tecnológica, Idioma Extranjero, Relaciones en el Entorno del Trabajo, Gestión Empresarial y Formación y Orientación. Están orientados a fortalecer en el estudiante los aprendizajes logrados en la Educación Básica y desarrollar capacidades que optimicen el desempeño profesional.

c) Los módulos transversales están integrados por capacidades terminales, criterios de evaluación y contenidos básicos, están asociados a las capacidades profesionales del perfil.

d) El módulo transversal Comunicación, está orientado al dominio de capacidades para expresar ideas con claridad y fluidez en situaciones comunicativas interpersonales, utilizando en forma pertinente las cualidades de la voz, el registro lingüístico y los recursos no verbales. Comprender el mensaje de los demás, asumiendo posiciones, críticas y valorando los giros expresivos de su comunidad en el marco del diálogo, intercultural.

e) Comprender textos de distinto tipos, así como información científica y tecnológica, discriminando lo relevante de lo secundario, realizando inferencias a partir de los datos explícitos; asumiendo posiciones

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críticas y reflexionando sobre su proceso de comprensión con el fin de mejorarlo.

f) Producir textos de distintos tipo en forma clara, coherente y original, en función de diversos propósitos y destinatarios; utilizando en forma apropiada los elementos lingüísticos y no lingüísticos, y reflexionando sobre ellos.

Se desarrolla en dos (2) Unidades Didácticas (U.D.) “Técnicas de Comunicación” e “Interpretación y Producción de Texto”, deben ser asumidas por docentes del IEST con perfil establecido.

g) El módulo transversal Matemática, está orientado al dominio de capacidades para las abstracciones matemáticas aplicadas en la solución de problemas de otras disciplinas y situaciones de la vida real, aplicando además la lógica matemática, elaborar gráficamente la información referente al diseño y desarrollo de los procesos de producción de bienes y servicios, así como la estadística.

Se desarrolla en dos (2) U.D. “Lógica y Funciones” y “Estadística General”, deben ser asumidas por docentes del IEST con el perfil establecido.

h) El módulo transversal Sociedad y Economía, está orientado al dominio de capacidades para analizar las consecuencias de la globalización y la sociedad del conocimiento, las características del proceso de regionalización, el proceso económico nacional y mundial, en relación con factores de producción (trabajo, capital y materias primas), distribución y consumo de bienes y servicios; asignación de recursos disponibles para satisfacer demandas sociales, necesidades básicas (alimentación, vivienda, vestido) y otras de carácter axiológico condicionadas por la disponibilidad de dichos recursos, así como la inserción del Perú en el contexto económico y mundial. Tiene (1) U.D. “Sociedad y Economía en la Globalización”, debe ser asumida por docentes del IEST con el perfil establecido.

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i) El módulo transversal Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, está orientado a promover el cuidado del medio ambiente y valorar la importancia de conservar, proteger y renovar los recursos naturales. Tiene una U.D. “Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible”, debe ser desarrollada preferentemente en el tercer semestre académico y asumido por un docente del IEST con el perfil establecido.

j) El módulo transversal Actividades, está orientado a promover la expresión artística y mantener la salud física y mental, asegurando el desarrollo integral de la persona. Está integrado por dos (2) U.D. “ Cultura Física y Deporte” y “ Cultura Artística”

La U.D. “Cultura Física y Deporte” se ejecuta en dos (2) horas curriculares, debe desarrollarse preferentemente en el primer semestre y ser asumida por docentes especializados en educación física.

La U.D. “Cultura Artística” se ejecuta en dos (2) horas curriculares, debe desarrollarse considerando el entorno cultural y preferentemente en el segundo semestre y ser asumida por docentes especializados en formación artística.

k) El módulo transversal Informática, está orientado a promover la organización, el análisis y el procesamiento de la información utilizando medios y herramientas de ofimática y el manejo de bases de datos e internet como fuente de información global y como medio de comunicación. Está integrado por dos (2) U.D. “Informática e Internet” y “Ofimática”. Las U.D. deben ser desarrolladas preferentemente en los dos primeros semestres y asumidas por docentes con el perfil establecido.

En los IEST que cuentan con la carrera profesional Computación e Informática, los docentes de dicha carrera, deben coordinar con los docentes responsables del módulo transversal Informática.

l) El módulo transversal Idioma Extranjero, está orientado a promover el desarrollo de capacidades para

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leer, comprender y redactar diferentes tipos de textos técnicos en inglés u otro idioma, así como comunicarse en forma oral y escrita. Se desarrolla en dos (2) U.D. “Comunicación Interpersonal” y “Comunicación Empresarial”. Las U.D. deben ser asumidas por docentes con el perfil establecido.

m) El módulo transversal Investigación Tecnológica, está orientado a identificar problemas que se generan en el proceso de producción en las empresas, así como identificar oportunidades de desarrollo, plantear hipótesis, utilizar procesos, métodos, instrumentos de recolección y registros de datos, tratamiento de la información, interpretación de los resultados y proponer la solución a los problemas investigados. Debe identificar prototipos de innovación que propicien el desarrollo institucional, local o regional y orientar su aplicación en los perfiles de proyectos productivos que implementarán los estudiantes para su titulación. Tiene tres (3) U.D. “Fundamentos de Investigación”, “Investigación e Innovación Tecnológica” y “Proyectos de Investigación” e “Innovación Tecnológica”, en esta última U.D. los estudiantes obtendrán el perfil de proyecto productivo que desarrollarán para su titulación. Los docentes que asuman estas UD, deben cumplir el perfil establecido y tener experiencia de haber realizado o participado en algún proyecto de investigación. La programación se realizará en el segundo, tercer y cuarto semestre.

n) El módulo transversal Gestión Empresarial, está orientado al desarrollo de capacidades para organizar, administrar y gestionar empresas; su aplicación se debe hacer en los perfiles de proyectos productivos que los estudiantes obtuvieron como producto del desarrollo del módulo transversal Investigación Tecnológica. Tiene dos (2) U.D. “Organización y Constitución de Empresas” y “Proyecto Empresarial”. En los IEST que cuentan con la carrera profesional Administración de Empresas, los docentes de dicha carrera, deben coordinar y apoyar a los docentes responsables del módulo transversal Gestión Empresarial en la implementación del proyecto

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productivo que los estudiantes desarrollarán para su titulación. Debe programarse en los últimos semestres y ser asumidas por docentes que posean el perfil establecido.

o) El módulo transversal Relaciones en el Entorno de Trabajo, desarrolla capacidades para establecer metas, evaluar riesgos, negociar, trabajar en equipo, resolver conflictos y tomar decisiones; practicar valores como la honestidad, respeto, justicia, equidad, responsabilidad y solidaridad; así como, propiciar la práctica de la asertividad, pro actividad, iniciativa, emprendimiento y el comportamiento ético. Tiene dos (2) U.D. “Comportamiento Ético” y “Liderazgo y Trabajo en Equipo”. Deben ser asumidas por docentes con el perfil establecido.

p) El módulo transversal Formación y Orientación, desarrolla capacidades para interpretar y aplicar la legislación laboral, contribuye a la formación profesional del estudiante y lo orienta para lograr su inserción laboral dependiente o independiente. Tiene una (1) U.D. “Legislación e Inserción Laboral”. Debe ser asumido por un docente con el perfil establecido.

1.5 Del itinerario Formativo

Es la organización del conjunto de módulos transversales y técnicos profesionales correspondientes a una carrera profesional que, ordenados y secuenciados pedagógicamente permiten alcanzar las capacidades previstas. a) El itinerario formativo en el nuevo DCB está integrado por:

Módulos transversales Módulos técnicos profesionales Unidades didácticas Organización del tiempo de las UD. En cada módulo Organización del sistema de créditos Práctica pre-profesional

b) El número total de horas y el número de créditos necesarios para la formación profesional son: Carreras profesionales de seis (6) semestres, 3240 horas y

134 créditos.

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1.6 De la evaluación a) La evaluación es el proceso permanente de obtención de

información, análisis y reflexión sistemática sobre los aprendizajes del estudiante. Orienta la labor del docente y del estudiante; permite tomar decisiones sobre los reajustes a realizar en el proceso de enseñanza y aprendizaje, así como en los elementos y procesos del currículo.

b) En la formación basada en el enfoque por competencias que aplica el nuevo DCB, la evaluación de los aprendizajes se centra en el logro de las capacidades terminales, cuyos parámetros de referencia son los criterios de evaluación. A partir de los criterios de evaluación se establecen los indicadores de evaluación, que son evidencias observables y cuantificables, y constituyen los estándares de calidad mínimos a lograr en la capacidad terminal; estos indicadores sirven también para orientar la selección de las técnicas de evaluación y el diseño de los instrumentos correspondientes.

c) La evaluación es permanente y se efectúa en el desarrollo de las actividades, en estás se comprueba el logro de las capacidades terminales mediante los criterios de evaluación, así como usando los indicadores en las correspondientes pruebas.

d) La evaluación se caracteriza por su carácter totalizador, es tanto interna como externa y da lugar a tres categorías, o modalidades denominadas: autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación. Es necesaria la aplicación de estas categorías a fin de garantizar con mayor precisión el dominio de las capacidades adquiridas por los estudiantes.

e) En la evaluación del aprendizaje de los estudiantes se utiliza el sistema vigesimal. El calificativo mínimo aprobatorio es 13 (trece). En todos los casos la fracción 0,5 o más se considera como una unidad a favor del estudiante.

f) En el desarrollo de la U.D. cuando el docente detecta deficiencias o dificultades de aprendizaje en los estudiantes, debe implementar inmediatamente un programa de

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actividades de recuperación paralelo al desarrollo de la U.D. promoviendo el trabajo colaborativo entre los estudiantes para asegurar el logro de la o las capacidades programadas. Este proceso tiene carácter obligatorio y está bajo responsabilidad del docente, debe ser monitoreado por el Jefe del Área Académica respectiva.

g) Si en la penúltima semana de ejecución de la U.D. los estudiantes con dificultades de aprendizaje, obtuvieran calificativo entre 10 y 12, el docente a cargo de la U.D. organizará, ejecutará y controlará un programa de actividades de recuperación en la última semana del semestre académico; en este programa deben participar todos los estudiantes a fin de reforzar sus aprendizajes y la de los estudiantes con deficiencias de aprendizaje; luego del cual el estudiante será evaluado.

h) los estudiantes que habiendo realizado el programa de actividades de recuperación, obtuvieran como resultado de evaluación en la U.D. entre 10 y 12, serán evaluados por un Jurado conformado por el Jefe del Área Académica respectiva, quien lo preside, y dos docentes con el perfil profesional que garanticen idoneidad en el dominio del tema. El acta correspondiente se emite el mismo día de realizada la evaluación, la firmará el citado Jurado y será entregada a Secretaria Académica. La evaluación consignada en el acta reemplaza a la evaluación anterior.

i) El programa de actividades de recuperación, debe comprender acciones como trabajos prácticos, actividades de auto aprendizaje y otras acciones formativas que el docente considere conveniente. Las mismas que se relacionarán con las deficiencias identificadas en el desarrollo de la U.D.

j) En la U.D. que desarrollará dos (2) o más capacidades terminales, se aplica el mismo procedimiento establecido en los literales f), g), h) e i) anteriores para cada una de las capacidades. La nota final en la U.D. es la que corresponde a la última capacidad terminal, (principio de logro de capacidades).

k) Posterior a la evaluación del programa de actividades de recuperación y habiendo sido evaluado por el Jurado, si el estudiante obtuviera nota menor a 13, repite la U.D.

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l) Si, el estudiante obtuviera nota menor a 10, en todos los casos, repite la U.D.

m) Si después del periodo de recuperación, el estudiante saliera desaprobado en el 50% del número total de U.D. que correspondan a un mismo módulo técnico profesional, repite el módulo.

n) El estudiante que desapruebe una o más U.D. de un mismo módulo educativo, lo podrá volver a llevar cuando se programen las mismas. Esta situación no lo inhabilita para llevar U.D. de otros módulos educativos de la carrera.

o) Si al repetir las U.D., de un módulo técnico profesional, el estudiante volviera a desaprobarlas por segunda vez, será retirado de la carrera.

p) El estudiante que acumulara inasistencias injustificadas en número igual o mayor al 30% del total de horas programadas en la U.D. será desaprobado en forma automática, anotándose en el registro y acta la nota 00, y en observaciones colocar DPI (Desaprobado Por Inasistencia).

q) En casos excepcionales con las opiniones favorables del Jefe de Área Académica respectiva y del docente a cargo de la U.D. el Director General mediante Resolución Directoral, podrá justificar parte de las inasistencias, previa solicitud del estudiante debidamente fundamentada y documentada.

r) Cada docente, bajo responsabilidad, debe informar semanalmente a los estudiantes, sobre los avances y dificultades en el logro de la o las capacidades terminales en la U.D. a fin que tomen conocimiento de las dificultades que se deriven de una probable desaprobación.

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1.7 De la certificación Los certificados que se otorgan a los estudiantes son de dos clases: modular y de estudios.

Certificación Modular a. Es certificado modular el documento que acredita que el

estudiante ha adquirido las capacidades terminales del módulo técnico profesional. Se emitirá en el formato establecido por la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva (DESTP) del Ministerio de Educación.

b. Para lograr la certificación de un módulo técnico profesional,el estudiante debe cumplir con los siguiente requisitos: Haber aprobado las capacidades terminales en cada una

de las U.D. del módulo técnico profesional, con la nota mínima de (13) trece.

Haber aprobado las capacidades terminales en cada una de la U.D. de los módulos transversales, en las que se matriculó con la nota mínima de (13) trece.

Haber realizado satisfactoriamente las prácticas pre profesionales con una duración no menor al 35% del número total de horas del módulo técnico profesional.

c. El certificado modular se elabora en cada Instituto, tomando como modelo el formato aprobado por la DESTP, dicha certificación se otorga mediante Resolución Directoral emitida por la Dirección General de cada Instituto y visado por Dirección Regional de Educación correspondiente.

d. Cada Instituto realiza el trámite de visado de los certificados modulares en la Dirección Regional de Educación (DRE) correspondiente, siendo para ello necesario sólo la respectiva resolución emitida por el Director General del instituto, que otorga el certificado modular.

e. La expedición del certificado modular es previo cumplimiento del trámite administrativo y requisitos siguientes: Solicitud dirigida al Director General.

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Dos (02) fotografías tamaño pasaporte a colores con fondo blanco.

Constancia de haber realizado satisfactoriamente las Prácticas Pre Profesionales con una duración no menor al 35% del número total de horas del módulo técnico profesional.

Constancia de notas de Unidades Didácticas del módulo técnico profesional y módulos transversales matriculados y aprobados.

Pago de derecho de trámite de certificación, el cual no debe ser en ningún caso mayor al costo de un certificado de estudios.

Pago por concepto de visado de la DRE, según el TUPA respectivo.

f. El Secretario Académico, bajo responsabilidad, se encarga del tratamiento de la documentación y trámite de los certificados ante la DRE respectiva. El trámite hasta la entrega del certificado al estudiante no debe superar los 30 días calendarios, a partir de la emisión de la Resolución que otorga el certificado.

g. Los certificados modulares serán registrados en el libro correspondiente del Instituto y de las respectivas Direcciones Regionales de Educación. La relación de certificados será remitida por el Instituto anualmente a la DRE y DESTP precisando el código autogenerado correspondiente.

h. Las Direcciones Regionales de Educación y la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva del Ministerio de Educación, cuando lo considere pertinente, realizarán la supervisión y control del proceso de certificación en los Institutos de su jurisdicción.

i. Todos los estudiantes matriculados deben poseer su respectivo DNI, en caso de no tenerlo no debe ser un impedimento para su matrícula. Los Institutos deben realizar alianzas con el RENIEC para la inscripción de todos los estudiantes y puedan tener su DNI.

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1.8 Certificado de Estudios a. El certificado de estudios, es el documento que contiene el

resultado de la evaluación semestral de las capacidades terminales en las U.D. de los módulos educativos.

.

b. El certificado de estudios será llenado en cada Instituto, adecuando la información necesaria en los formatos proporcionados por el Ministerio de Educación.

1.9 De la Titulación

La titulación se rige por lo dispuesto en las Resoluciones Directorales Nª. 408-2010 ED y 462-2010-ED. a) El título que otorgan los Institutos, que aplican el nuevo DCB,

al egresado de una carrera profesional tecnológica, de conformidad con el Art. 28º de la Ley Nº 29394 Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior es:

Título de Profesional Técnico, a nombre de la nación para estudios de seis (6) semestres académicos, con mención en la respectiva carrera profesional tecnológica.

b) El egresado para obtener el título, profesional técnico en un Instituto que aplica el nuevo DCB, debe cumplir con los siguientes requisitos: Haber aprobado todas las U.D. de los módulos

transversales y de los módulos técnicos profesionales, señalados en el Plan de Estudios de la carrera profesional.

Haber aprobado las prácticas pre profesionales, correspondiente a los módulos técnicos profesionales.

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Haber elaborado y ejecutado un proyecto productivo y/o empresarial relacionado a la carrera profesional y que propicie el desarrollo de su institución, localidad o región.

Haber aprobado las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación, Matemática, Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación.

Haber aprobado el examen teórico práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera

c) Para la titulación de los estudiantes, el Instituto debe asignar un docente asesor de oficio, a fin de orientar y facilitarles el proceso de titulación.

d) Si por la naturaleza del proyecto productivo y/o empresarial para la titulación, se necesitará incrementar el grupo para la titulación con más estudiantes de la misma u otras carreras profesionales, se puede hacer siempre que la sustentación individual garantice el dominio eficiente de la competencia lograda y demostrada en el proyecto productivo y/o empresarial.

e) Por ningún motivo los estudiantes realizarán la compra de un bien o construcción de infraestructura, para remplazar o justificar el proyecto productivo y/o empresarial.

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1.10 De la Consejería

a) El componente de consejería comprende un conjunto

permanente de acciones de acompañamiento y orientación a los estudiantes durante su permanencia en la institución a fin de mejorar su aprendizaje; consiste en brindarles las orientaciones adecuadas, para contribuir en la solución de sus problemas de carácter intrapersonal e interpersonal. La consejería es inherente a la función docente, implica una relación individualizada con el estudiante, además, es una acción colectiva y coordinada que compromete a estudiantes, docentes y entorno.

b) El Instituto implementará el Plan de Consejería Institucional, que posibilite las acciones de acompañamiento y orientación a los estudiantes en base a los “Lineamientos para ejecución del componente consejería del nuevo DCB”.

c) El Director General del Instituto designará al coordinador de consejería, quien debe tener el perfil adecuado y tendrá como función planificar, organizar, ejecutar, monitorear y supervisar el Plan de Consejería Institucional.

d) Todos los docentes participarán obligatoriamente en las acciones previstas y tendrán a su cargo un grupo de estudiantes. La relación de los docentes consejeros y estudiantes a su cargo, será publicada y actualizada permanentemente en el panel del Instituto y en la página web del Instituto.

e) El coordinador de consejería realizará, en el segundo semestre del año académico, por lo menos una actividad dirigida a los estudiantes del 4to y 5to año de secundaria de Educación Básica Regular de su localidad y sus equivalentes de las otras modalidades del sistema educativo, a fin de promocionar la Educación Superior Tecnológica.

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1.11 De la Práctica Pre Profesional

a) La práctica pre profesional, se rige por lo dispuesto en la

Resolución Directoral Nº 0401-2010-ED.

b) La práctica pre profesional tiene como finalidad consolidar, en situaciones reales de trabajo, las competencias logradas durante el proceso formativo desarrollado en el Instituto.

c) El Instituto, implementará el “Comité de Prácticas Pre Profesionales” sobre la base de lo dispuesto en la Resolución Directoral Nº 0401-2010-ED.

d) El número mínimo de horas que se debe utilizar para la práctica pre profesional es equivalente al 35% del número total de horas de cada módulo técnico profesional.

e) La realización de la práctica pre profesional, es requisito indispensable para la certificación y titulación.

f) Para la realización de la práctica pre profesional, el Instituto establecerá mecanismos de vinculación con las empresas u otras instituciones públicas o privadas para garantizar su ejecución.

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1.12 De la ampliación de la matrícula en la U.D.

a) Los estudiantes que, por motivos laborales, habiendo

presentado documentos probatorios, sólo se matriculen en algunas unidades didácticas de un módulo educativo programadas en un semestre y dejan de matricularse en una (1) ò dos (2) unidades didácticas; podrán matricularse en el siguiente semestre en las unidades didácticas que no llevaron el semestre anterior, siempre y cuando estén programadas.

b) Los estudiantes que se encuentren en el tercio superior del rendimiento académico de la carrera profesional, pueden solicitar matrícula de una o dos U.D. además de las regularmente programadas en el semestre; estas U.D. deben estar programadas y en horario que no interfiera al estudiante, su normal asistencia.

c) Los estudiantes que hayan salido desaprobados en una (1) ò dos (2) unidades didácticas, pueden matricularse en unidades didácticas que se desarrollen en el siguiente semestre, hasta un máximo de 6 créditos.

1.13 De los reingresos y traslados

a) Durante el año académico 2013, los traslados internos y

externos de matrícula se efectuarán solo si existe vacante en la carrera de destino.

b) Los traslados internos en una carrera afín, se pueden realizar solo hasta el segundo semestre, previa convalidación de estudios.

c) Los traslados externos pueden ser de otros institutos o escuelas de Educación Superior, así como de Universidades, en ambos casos deben efectuarse las convalidaciones y subsanaciones correspondientes.

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d) Para los traslados de la carrera que desarrollan currículo aprobado por la R.D. Nª 819-86.ED, al nuevo DCB, la nota mínima del currículo por asignaturas, es equivalente a la nota mínima establecida en nuevo DCB.

e) Un estudiante podrá convalidar asignatura de formación tecnológica de acuerdo a la R.D. Nª 819-86.ED, con algunas unidades didácticas del módulo técnico profesional, siempre y cuando éstas tengan similares contenidos de aprendizaje y previa prueba de evaluación de desempeño.

Tabla de equivalencias para la convalidación de las asignaturas de Formación General (R.D. Nª 819-86.ED) con los Módulos Transversales (RD Nª 0896-2006-ED).

ASIGNATURAS DE FORMACIÓN GENERAL

MODULOS TRANSVERSALES

Lenguaje I, II Comunicación

Economía

Sociedad y Economía

Análisis de la Realidad Nacional

Educación Cívica y Defensa Nacional

Matemática I, II Matemática

Investigación Científica Investigación

Tecnológica

Actividades Actividades

OBE Formación y

Orientación

f) Los estudiantes que han iniciado sus estudios con el sistema

modular antes del año 2007-I y que soliciten matricularse en alguna de las carreras profesionales que vienen aplicando en nuevo DCB, podrán convalidar las U.D. de los módulos

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técnicos profesionales y módulos transversales desarrollados, con las U.D. de los módulos educativos del nuevo DCB.

g) Los estudiantes que provienen de un traslado interno o externo o disponen de reserva de matrícula y cuyo reingreso a la carrera profesional este autorizado, pueden matricularse en las unidades didácticas programadas en el semestre, en el horario que la institución lo autorice. En los casos que los itinerarios formativos hayan variado, los estudiantes deben matricularse en la o las unidades didácticas que no hayan desarrollado y que se encuentran en el plan vigente.

h) Los estudiantes que hayan desaprobado una U.D. en el sistema modular de los Programas y Proyectos Piloto y que no se encuentren en el nuevo DCB, podrán subsanar, mediante el desarrollo de un programa que comprenda acciones como trabajos prácticos, actividades de auto aprendizaje y otras acciones formativas relacionadas con la capacidades terminales de la U.D. desaprobada, a fin de continuar sus estudios.

i) Los estudiantes que repitan el semestre y hayan aprobado las asignaturas de formación general en el marco de la RD Nª 819-86-ED, pueden seguir estudiando en el sistema modular, convalidando las asignaturas aprobadas, con el contenido de las U.D. de los módulos transversales del nuevo DCB, de acuerdo a la tabla de equivalencias señalada en el literal e) precedente de la presente Directiva.

j) Los Institutos que hayan desarrollado programas curriculares modulares experimentales antes de la aplicación del nuevo DCB, deberán regularizar la situación de los estudiantes respecto a reingreso, desaprobación, traslado, reserva y/o repitencia, prácticas pre-profesionales y certificación modular de conformidad con las normas señaladas en el presente reglamento.

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k) Los casos no contemplados en las normas que correspondieron a los programas piloto, serán resueltos en lo que corresponde, aplicando las normas vigentes; Para tal fin, los Directores Generales emitirán las Resoluciones, Directorales correspondientes, para resolver cada uno de los casos.

l) Los casos que, como consecuencia de la aplicación del nuevo DCB de la Educación Superior Tecnológica, no estén contemplados en el presente reglamento, serán resueltos por los Directores Generales de los Institutos mediante el dispositivo correspondiente, de acuerdo a la normatividad vigente; considerando el informe del Consejo Académico en lo que sea pertinente, previa consulta con la DESTP. Para que ningún estudiante deje de ser atendido.

m) Las disposiciones establecida en la Resolución Directoral Nª 1067-2010-ED, son de aplicación, en lo que corresponde a los Institutos que desarrollan el nuevo DCB y los que han adecuado sus planes de estudio.

n) Los aspectos no considerados en el presente reglamento, serán absueltos por la Dirección de Educación Superior Tecnológica y Técnico Productiva.

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2. Del consejo consultivo (Art. 50.6 del D.S.No. 004-2010-ED) a) El consejo consultivo, es un órgano de asesoramiento ad honorem

del Consejo Directivo de la institución, está presidido por el Director General, quien lo convoca por lo menos dos veces al año.

b) Todos los Institutos que desarrollan el nuevo DCB, implementarán en forma obligatoria, el Consejo Consultivo con participación del sector empresarial, a fin de proponer nuevos perfiles profesionales, apoyar la actualización de los existentes y orientar la formación tecnológica a la real demanda del sector productivo, a fin de convertir a los Institutos en eje dinamizador del desarrollo regional y nacional. Así mismo, el Consejo Consultivo debe servir para facilitar el desarrollo de las prácticas pre-profesionales.

c) El Consejo Consultivo, debe promover la participación activa de los docentes, estudiantes y egresados do los Institutos, así como de los empresarios e instituciones públicas, en eventos que permitan el intercambio de experiencias exitosas y la actualización en los últimos avances de la ciencia y tecnología, así como de las tendencias del mercado ocupacional y las necesidades del desarrollo local, regional y nacional.

d) El Consejo Consultivo tiene dos niveles de organización: Institucional Por Área Académica

e) Institucional. Se constituirá el Consejo Consultivo, presidido por el Director General, e integrado por el jefe de Unidad Académica del Instituto, los jefes de cada una de las Áreas Académicas, y representantes del sector empresarial vinculados a las carreras profesionales que brinda el Instituto. Su función es coordinar las labores de los Comités Consultivos de cada Área Académica y apoyar su organización y funcionamiento.

f) Por Áreas Académicas. Cada Área Académica organiza un comité Consultivo integrado por el Jefe de Área Académica, quien lo preside, los docentes de la carrera profesional, representantes de empresas y organismos públicos relacionados a la carrera profesional, un representante de los estudiantes y un representante de los egresados de la carrera profesional.

g) Las funciones en cada caso se encuentran descritas en el documento “Lineamientos para la organización del comité consultivo

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en la aplicación del nuevo Diseño Curricular Básico de la Educación Superior Tecnológica en los institutos autorizados”.

2.1. Del Sistema de Seguimiento a Egresados

a) Los Institutos, implementarán el sistema de seguimiento de

egresados, de acuerdo con la Resolución Directoral Nº 056-2008-ED que aprueba la Directiva Nº 030-2008-ED-DIGESUTP-DESTP, con la finalidad de contar con información que permita evaluar el impacto y pertinencia de las carreras profesionales que ofrece la institución.

b) El sistema de seguimiento de egresados será dirigido por un docente designado por el Director General, quien se encargará de su implementación y funcionamiento, que además lidera su ejecución con el apoyo de Secretaría Académica, los jefes de área y los docentes del Instituto público.

c) El Director General del Instituto designará al responsable de los de egresados, quien debe tener el perfil adecuado y realizará la planificación, organización y ejecución de las acciones correspondientes, debiendo el Plan de Seguimiento de egresados formar parte del PEI y el PAT.

d) El Director General del Instituto, aprobará el plan de seguimiento de egresados facilitará la realización de actividades previstas y monitoreará su ejecución.

e) Es de vital importancia implementar el sistema de seguimiento de egresados, ya que la inserción laboral en cada una de las carreras será determinante para garantizar su continuidad en el Instituto.

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2.2. De las Actividades Productivas y Empresariales a) Los proyectos productivos y empresariales deben organizarse

en cada Instituto que desarrolla el nuevo DCB de la Educación Superior Tecnológica, en correspondencia con el reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas, aprobado por D. S. Nª 028-2007-ED. Su ejecución adquiere singular importancia porque sirven para consolidar el enfoque por competencias profesionales que aplica el nuevo DCB.

b) Los proyectos productivos y empresariales deben ser implementados bajo la dirección del Jefe del Área de Producción, quien preside el Comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales y podrán ser ejecutados en las instalaciones del Instituto o en otras que considere el comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, en la ejecución de estos proyectos, pueden participar los estudiantes y el tiempo que utilicen será convalidado como practicas pre-profesionales.

c) Los Institutos, deben organizar un Banco de Proyectos Productivos y Empresariales, los que serán difundidos en la página web del Instituto.

d) El comité de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales, será el encargado de impulsar la ejecución de los proyectos, identificando mercado para los productos o servicios, utilizando todo tipo de estrategias como: Alianzas, feria de ventas, licitaciones, contrato directivo, venta por la web y otros.

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2.3. De la investigación e innovación tecnológica a) En los Institutos se promueve la investigación e innovación

tecnológica orientada a la identificación de oportunidades de desarrollo local, regional, nacional e internacional, así como la aplicación de tecnologías. Todos los docentes desarrollarán actividades de investigación e innovación tecnológica como parte de su carga académica.

b) En los Institutos se promueve la investigación e innovación educativa y tecnológica orientada a mejorar la calidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje, producción de material educativo e innovación de productos y servicios.

c) Los Institutos, organizarán un Banco de Proyectos de Investigación e Innovación Tecnológicas o educativas, los que serán difundidos en la página web institucional.

d) El Director General del Instituto designará al docente coordinador de Investigación e Innovación Tecnológica, quien debe tener el perfil adecuado, para promover y ejecutar el desarrollo de la investigación e innovación tecnológica.

e) El coordinador de Investigación e Innovación Tecnológica, establecerá acciones con los docentes encargados del desarrollo del módulo transversal Investigación Tecnológica, Gestión Empresarial y los docentes asesores designados por Resolución Directoral para la titulación, a fin de facilitar la implementación de los perfiles de proyectos productivos y empresariales que los estudiantes desarrollarán para su titulación.

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3. Servicio de Asistencia Social y Psicología

El servicio está a cargo deprofesionales especialistas, con capacidad de escuchan, con verdadero interés y acogida a quienes acudan al servicio.

Se brinda también Consejería en aspectos personales, familiares, académicos y otros y se desarrollan actividades diversas.

Las acciones del Servicio de Asistencia Social, están orientadas a contribuir en la formación integral del estudiante, para ello organiza actividades orientadas a brindar beneficios a la comunidad estudiantil mediante la realización de talleres, campañas de salud, educación o afines y según necesidad y alcances promoviendo el desarrollo humano, responsabilidad y solidaridad.

Es deber del estudiante participar activamente en los eventos desarrollados por el servicio de Asistencia Social.

En las actividades de Servicio Social participan estudiantes, docentes y trabajadores del instituto, dependiendo de la naturaleza del evento y de la disponibilidad de horario.

Servicio de Tópico La institución cuenta con un servicio de tópico que brinda ayuda en casos necesarios, siendo atendidos o derivados a los centros de salud, según sea el caso.

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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

CONSTANCIA DE ESTUDIOS, CONSTANCIA DE NOTAS, CONSTANCIA DE ACTIVIDADES, CONSTANCIA DE PRIMER PUESTO, CONSTANCIA DE TERCIO SUPERIOR Y CONSTANCIA DE TITULO EN TRÁMITE:

1. Recepción del documento

2. Registrar el expediente

3. Buscar en actas consolidadas los datos del estudiante (Apellidos y nombres,

código de matrícula, especialidad y turno)………………………….…… 03 días

4. Firma del Secretario Académico

5. Se pasa a la Oficina de la Dirección General con cuaderno de cargo para firma

del Director General………………………………………………………… 01 día

CERTIFICADO DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR TECNOLÓGICA

1. Recepción del documento

2. Registrar el expediente con su respectivo formato…………………… 01 día

3. Buscar en actas consolidadas los datos del estudiante, verificando las notas del

record de notas (nombres, código de matrícula, especialidad, asignaturas o

unidades didácticas y notas).

4. Llenarlos datos en el formato de certificado

5. Pegado de foto y sellado

6. Firma del Secretario Académico

7. Se deriva aDirección General con cuaderno de cargo para firma del Director

General…………………..……………………………………..…………….. 01 día

8. Duración 15 días hábiles según orden de correlación de expediente y fecha.

RECORD DE NOTAS

1. Recepción del documento

2. Registrar el expediente…………………………….……………………… 01 día

3. Buscar en actas consolidadas los datos del estudiante (Nombres, código de

matrícula, especialidad y notas)………………………………….………. 01 día

4. Firma del secretario académico

5. Se deriva a mesa de partes con cuaderno de cargo

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CONSTANCIA DE EGRESADO

1. Recepción del documento

2. Registrar el expediente con su respectivo formato

3. Emitir un memorando a Jefe de Unidad Administrativa, solicitando el caligrafiado

del formato de constancia de egresado

4. Pegar foto y sellar

5. Firma del Secretario Académico, Jefe de Unidad Académica y Director General

6. Registrar en el libro de Constancia de Egresados

7. El egresado firma y recoge la constancia de egresado

EXAMEN DE ADMISIÓN

1. Se hace el libro de Inscripción de Postulantes

2. El postulante entrega su carpeta y se revisa los expedientes del postulante,

verificando si cuenta con todos los requisitos (Fichas de inscripción llenas, 02

fotos y recibo de pago)

3. Se le registra en el libro de Inscripción de Postulantes

4. Se le entrega su carnet de Postulante (Con foto pegada y sellada, carné firmada

por el Director General)

5. Registro mediante en el Cuaderno de Cargo por la entrega del Carné de

Postulante……………………………………………………………………. 01 día

MATRÍCULA DE INGRESANTES (I SEMESTRE)

1. Se le hace entrega de su Constancia de Ingreso………………………. 01 día

2. Se verifica si cuenta con todos los requisitos (Partida de nacimiento, certificado

de estudios secundarios 1º a 5º grado, 02 fotos, copia de Constancia de Ingreso

y recibo de pago por matricula)

3. Se le entrega su Ficha de Matrícula (02 fichas), el ingresante lo llena y lo hace

sellar por caja

4. Se le registra en el Libro de registro de Matricula, el estudiante firma.

5. Se le sella y firma la Ficha de Matrícula, se le entrega una ficha al estudiante con

la copia del recibo.

6. Todos sus papeles (Partida de nacimiento, certificado de estudios secundarios 1º

a 5º grado, 02 fotos, copia de constancia de ingreso y recibo de pago por

matricula) se colocan en su carpeta junto con la ficha de

matrícula…………………………………………………………………… 01 día

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RATIFICACIÓN DE MATRÍCULA (II A VI SEMESTRE)

1. Se hace entrega de la Boleta de Notas al estudiante………………….. 01 día

2. El estudiante llena sus Fichas de Ratificación de Matricula y canjea su Boucher

de pago en Caja (Caja sella y firma las fichas)

3. Se revisa los documentos (02 fichas de Ratificación de Matrícula, recibo de pago

y copia de boleta de notas)

4. Se le registra en el Registro de Matricula; luego, el estudiante firma

5. Se le sella las fichas, se le entrega al estudiante una de las fichas con el recibo

copia

ELABORACIÓN DE ACTAS DE EVALUACIÓN FINAL DE LA UNIDAD DIDÁCTICA (NÓMINAS)

1. Se registra en los formatos de Actas de Evaluación Final a todos los

matriculados y los que han hecho su ratificación de matrícula.

2. Se compara los formatos llenos con el Registro de Matrícula

3. Se le hace llegar con memorando un juego de los listados de Actas de

Evaluación Final (Nóminas) al Jefe de Unidad Académica y a los Jefes de Áreas

Académicas

AUTORIZACIÓN Y VISACIÓN DE NÓMINAS OFICIALES

1. Elaborar un memorando dirigido al Jefe de Unidad Administrativa, haciendo el

requerimiento de pago derecho de reproducción y visación de

nóminas……………………………………………………..……………..… 05 días

2. Hacer el pago respectivo en la DRELM (mencionando la cantidad de nóminas

que existen………………………………………………………….………. 01 día

3. Elaborar un Oficio: Autorización de Reproducción de Nóminas semestre…….

(Adjuntar el formato de las nóminas oficiales y recibo de pago en la DRELM por

autorización de reproducción)………………………………………….….. 01 día

4. Posteriormente en la DRELM se entregará un Decreto………………… 15 días

5. Hacer un oficio: Visación Nóminas del semestre académico del IESTP “Julio

César Tello” del distrito de Villa El Salvador (Adjuntar recibo de pago por visación

en la DRELM, Decreto Administrativo y 04 juegos de Nóminas Oficiales

semestre…..)…………………………………………………….………….. 01 día

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ELABORACIÓN DE NÓMINAS OFICIALES

1. Se pasa al formato de Nóminas Oficiales, emitido por el Ministerio de Educación,

el listado de las Actas de Evaluación Final.

2. Las nóminas oficiales son ordenan por carrera profesional, semestre y

turno………………………………………………………………………….. 05 días

3. Se hacen el Decreto Administrativo para aprobar la matrícula y ratificación de

matrícula; y el Decreto Administrativo por aprobación de Reingreso de repitencia,

Traslado interno de turno, Traslado externo, Reingreso, etc.; se elabora el cuadro

estadístico de estudiantes matriculados………………………………..….. 04 días

4. Se sacan copias de los certificados de estudios superiores de aquellos que han

hecho traslado externo y copias del último semestre estudiado de aquellos que

son reingreso (Las copias son fedateadas por el Secretario

Académico)………………………………………………….………………03 días

5. Se arman los 03 juegos iguales de las Nóminas Oficiales………… 01 día

6. Se llevan con Oficio a la DRELM (Recibo de pago, los 03 juegos de nóminas y se

folian con el sello de la DRELM)

CERTIFICACIÓN MODULAR

1. Se registra el expediente (Constancia de prácticas por módulo, Ficha de

evaluación de la empresa, Record o Constancia de notas,Constancia de No

Adeudar, recibo de pago por concepto de visación, recibo de pago por concepto

de Certificado Modular y, 02 fotos tamaño pasaporte)

2. Mediante un memorando se informa que el expediente está completo, y se solita

la respectiva Resolución de autorización; posteriormente, vuelve de Dirección

General.

3. Se solicita el formato de Certificado Modular a sección cobranza

4. Mediante un memorando se hace el requerimiento del caligrafiado del Certificado

Modular (Memorando, Resolución directoral y formato)

5. Se pegan fotos y luego se sella.

6. Firma el Secretario Académico, y con memorando se derivan a Jefe de Área

Académica y Director General, para su respectivo sello y firma.

7. Se registra en el libro Certificados Modulares (Datos del estudiante, Expediente,

Resolución, foto, etc.)

8. Con oficio se presenta a la DRELM para la visación (Oficio, recibo de pago,

Resolución Directoral y Certificado Modular)

9. El egresado recoge el Certificado Modular y firma en el libro de registro de

Certificación Modular.

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TITULACIÓN

a. INFORME FINAL Con un memorando el Jefe de Área Académica, deriva el expediente de la evaluación del informe final: Constancia de Prácticas (original)

Fichas de Evaluación de la Empresa (original)

Acta de Evaluación de la Práctica Profesional (*)

Acta de Evaluación del Informe de Práctica Profesional (*)

Ficha para el Informe Final de la Práctica Profesional (*)

(*)Completamente llenados, firmados y sellados...

b. EXAMEN TEÓRICO PRÁCTICO

1. Se efectúa la recepción en mesa de partes el expediente del egresado

(Requisitos completos)

2. Se registra y revisa que este completo el expediente

3. Se emite un memorando dirigido al Jefe de ÁreaAcadémica, remitiendo las

Fichas de Coordinación

4. Se emite un memorando dirigido al Jefe de Unidad Académica, adjuntando el

expediente de titulación

5. El Jefe de Área Académica remite un memorando, nombrando al Jurado

Evaluador

6. Secretaria Académica elabora la Resolución Directoral, y lo envía a Dirección

General para su respectiva firma. Deriva una copia a la Jefatura de Área

Académica.

c. EXPEDICIÓN DE TITULO

1. Se recepciona en mesa de partes el expediente (Requisitos completos)

2. Se registra y revisa que este completo el expediente

3. Se emite un oficio dirigido a la DRELM (solicitando visación del acta de

Examen Teórico Practico) y un oficio dirigido al Ministerio de Educación

4. Se presentan por mesa de partes de la DRELM (Aprox. 20 días hábiles)

5. Se recoge el oficio visado

6. Se realiza un memorando dirigido al Jefe de Unidad Administrativa,

solicitando requerimiento de compra de formato de título (Puede tardar hasta

un mes)

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7. Se acude al Ministerio de Educación para la compra del formato (Oficio

visado, voucher de pago en el Banco de la Nación y credencial)

8. Se caligrafía el formato de Título

9. Se arma el expediente de titulación y se hace firmar el titulo por el Director

General

10. Se emite un oficio solicitando expedición y registro de título; luego, una

resolución declarando expedito al egresado

11. Se ingresa por mesa de partes de la DRELM: el oficio, Resolución Directoral

y el expediente, más formato de título en sobre manila (60 días hábiles

aprox.).