Modulo de Teoria Del Acto Juridico

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    EUSTORGIO VERBEL [email protected] 

    TEORIA DEL ACTO JURÍDICO

    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA MONTERIAFACUTAD DE DERECHO

    MONTERÍA  – 2011

    mailto:[email protected]:[email protected]:[email protected]

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    TABLA DE CONTENIDOTEMARIO PÁG.

    HORARIO …………………………………………………………………………..3LISTADO………………………………………………………………………….4

    MICROCURRICULOS………………………………………………………..5

    MISIÓN Y VISIÓN DE LA UNIVERSIDAD…………………………………….18PLAN DE TRABAJO…………………………………………………………...19

    METODOLOGIA……………………………………………………………..20

    OBJETIVO GENERAL…………………………………………………………...22

    UNIDAD I LA VOLUNTAD EN EL ACTO JURÍDICO………..………...23OBJETIVO…………………………………………………………………………23

    BIBLIOGRARIA Y EVALUACIÓN………………………………………………23I. LA VOLUNTAD JURÍDICA Y SU MANIFESTACIÓN………………...241. La voluntad jurídica y su evolución……………………………………262. Tendencia actual…………………………………………………………28 3. La autonomía de la voluntad……………………………………………29 4. Límites de la autonomía de la voluntad………………………………..30 5. Autonomía privada y ordenamiento jurídico…………………………..32 6. Fuerza vinculante de la autonomía privada…………………………..33 7. La simulación……………………………………………………………..34 

    II. EL ACTO JURIDICO……………………………………………………..52  1. Noción de acto jurídico………………………………………………….52 2. El hecho jurídico………………………………………………………….54 

    3. Diferencia entre acto jurídico y hecho jurídico………………………...57 4. Importancia del acto jurídico…………………………………………….59 5. Concepto de negocio jurídico…………………………………………..61 6. Efecto del acto jurídico…………………………………………………..65  

    UNIDAD II - EL ACTO JURÍDICO COMO FUENTE……………………………67 OBJETIVO…………………………………………………………………………...67  I.LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES……...............................................68

    1. Estudio de las fuentes de las obligaciones…………………………………77 2. Fuente de las obligaciones de tipo legal o clásica…………………..79 3. Fuente de las obligaciones según Planiol y Ripert………………….85 4. Fuente de las obligaciones según Josserand……………………….86 5. Fuente de las obligaciones según Pérez Vives………………………87 

    6. Fuente de las obligaciones según Baena Upegui…………………..87 7. Nuestra propuesta de las fuentes de las obligación…………………88 II. EL CONTRATO PRINCIPAL ACTO JURIDICO……………………………….89 

    1. Concepto………………………………………………………………….89  2. Clasificación de los contratos y su importancia………………………90

    UNIDAD III - ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO…………………………108 OBJETIVO.…………………………………………………………………………108  BIBLIOGRAFIA Y EVALUACIÓN………………………………………………..108 

    1. Cosas que deben distinguirse en todo acto jurídico

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    o elementos característicos contrato…………………………………………….1092. Elementos constitutivos o esenciales u orgánicos del acto jurídico. …….111 

     A. La capacidad……………………………………………………………….113  B. El consentimiento………………………………………………………….124 C. Vicios del consentimiento…………………………………………………140 D. El objeto………………………………………………………………………161 E. La Causa……………………………………………………………………163  

    UNIDAD IV - EFECTOS E INTERPRETACIÓN DE LOS CONTRATOSY LA EXTINCIÓN DEL ACTO JURÍDICO………………………………………184 OBJETIVO………………………………………………………………………….184  BIBLIOGRAFIA Y EVALUACIÓN…………………………………………………184 

    1. Efecto de los contratos……………………………………………………….185  2. Concepto de partes…………………………………………………………186 3. Efecto del contrato entre las partes……………………………………….186 

    4. Principio de la autonomía de la voluntad…………………………………187 5. Efecto del contrato respecto de terceros………………………………….188 6. Alteración de los efectos de los contratos…………………………………190 7. Interpretación de los contratos………………………………………………195 8. El acto jurídico como título…………………………………………………..206 9. El acto jurídico frente al modo………………………………………………213 10. Modos de extinción del acto jurídico……………………………………….214 

    SUPLEMENTO…………………………………………………………………….. 227LEY 1275 DE 2009, discapacidad del enano…………………………………..227 LEY 1295 DE 2009, protección a la primera infancia…………………………229 BIBLIOGRAFIA GENERAL……………………………………………………….233EL AUTOR. …………………………………………………………………………235  

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    HORARIOS

    GRUPO 1210

    MATERIA  LUNES MARTES  MIERCOLES  JUEVES  VIERNES 

    TEORIA DEL ACTOJURÍDICO 

    11 : 30 7: 30

    GRUPO 1214

    MATERIA  LUNES MARTES  MIERCOLES  JUEVES  VIERNES 

    TEORIA DEL ACTO

    JURÍDICO  9:30 A.M 7:30 AM 

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    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAFACULTAD DE DERECHO

     AREA CIVIL III “TEORIA DEL ACTO JURÍDICO” CATEDRATICO: EUSTORGIO VERBEL FLOREZ

    CURSO: SEXTO SEMESTRE 1210 AÑO 2011 – SEMESTRE II

    No NOMBRE 25% 25% 25% 25%123456789

    101112131415161718

    19202122232425262728293031

    323334

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    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAFACULTAD DE DERECHO

     AREA CIVIL III “TEORIA DEL ACTO JURÍDICO” CATEDRATICO: EUSTORGIO VERBEL FLOREZ

    CURSO: SEXTO SEMESTRE 1214 AÑO 2011 – SEMESTRE II

    No NOMBRE 25% 25% 25% 25%123456789

    101112131415161718

    19202122232425262728293031

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    MICROCURRICULOS DE CIVIL GENERAL

    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAMICROCURRÍCULOS DE ASIGNATURAS

    Seccional: Montería

    1. Facultad: Derecho2. Programa: Derecho3. Área: Privado4. Asignatura: Teoría del acto jurídico5. Problema: ¿Será que los estudiantes de sexto semestre del programade derecho aprenderán a distinguir un acto jurídico, la importancia de lavoluntad, sus clases, su diferencia con el hecho jurídico?6. Unidad No. : I7. Temática: LA VOLUNTAD EN EL ACTO JURÍDICO.

    8. Contenidos:I. LA VOLUNTAD JURÍDICA Y SU MANIFESTACIÓNI. La voluntad jurídica y su evolución.II. Tendencia actualIII. La autonomía de la voluntad.IV. Límites de la autonomía de la voluntad.V. Autonomía privada y ordenamiento jurídico.VI. Fuerza vinculante de la autonomía privada.II. EL ACTO JURIDICO.

    1. Noción de acto jurídico.2. El hecho jurídico.3. Diferencia entre acto jurídico y hecho jurídico.

    4. Importancia del acto jurídico5. Concepto de negocio jurídico.6.  Efecto del acto jurídico 

    9. Método: Formativo

    10.FORMA

    ESTRATEGIAS 14.MEDIOS

    11.H.T.P

    12.H.T.I

    13. MomentoPresencial

    Con el métodoPhillis 6 – 6 sehace laintroducción alestudio y secombina la clasemagistral, contalleres, mesasredondas y lasconsultasbibliográficas deltema por partede losestudiantes.

    Módulo quese le haceentrega enmediomagnéticopara que loreproduzcan,talleres,chapolas,código civil yde comercio

    10

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    15.Autoaprendizaje

    Investigación detemas, lecturas,ampliarinformación,elevar nuevosproblemas

    Materialbibliográfico,Internet

    3

    16. Trabajo enEquipos

    Se formanequipos detrabajoinmutables, pararealizarlaboratorios-Talleres, creaciónde situaciones.

    Discutir con losdemás grupos

    Puedenutilizar losmedios quemejor seadapte altema atratar, comovideos, retro

    proyectorCarteleras,tablero

    1 4

    17.Acompañamiento

    Asesoría en lasinvestigaciones,apoyo en elanálisis desituaciones ytutorías.Desarrollo deguías de lecturaDiseñó de pautasy directivas detrabajo,

    elaboración deguiones yprocedimientos,metodológicos.Búsquedaasistida enbiblioteca, ysalas deinformática

    Papelógrafo,Carteleras,Guías, saladeInformática,Biblioteca

    1 1

    18. Evaluación Prueba escrita,exposiciones,ensayos,simulacros, para

    obtener unaAuto evaluación,coevaluación yheteroevaluación.

    PapelógrafoCartelerasInstrumentosde

    evaluación

    2

    19. Competencias para el Desarrollo del Ser:Con la instrucción se busca construir una actitud profesional como abogadoen potencia que es el discente, para que asuma una posición crítica sobre elestudio de los actos jurídicos, el papel de la voluntad, la noción, sus clases,sus limitaciones y su importancia en la diferencia con el hecho jurídico quele permiten tener la certeza de cuando está frente a esta institución jurídicade mucha utilidad en el ejercicio profesional.

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    20. Competencias para el Desarrollo del Conocer:Asociando: teoría - experiencia y conceptualizaciones personales, para queComprendan qué es un acto jurídico, el papel de la voluntad, sus clases ydiferencia con el hecho jurídico, por ser muy importante para el ejercicioprofesional.

    21. Competencias para el Desarrollo del Hacer:Identifica el problema de su futuro cliente y busca soluciones jurídicas enlos casos planteados sobre el acto jurídico base para su ejercicioprofesional.22. Bibliografía:BAENA UPEGUI, Mario. De las obligaciones en Derecho civil y comercial.Bogotá. Legis

    DE LA VEGA VELEZ, Antonio. Bases del derecho de obligaciones. Bogotá.Temis.LEDESMA GIL, JJ. Conferencias bases del estudio de las obligaciones.VERBEL FLOREZ, Eustorgio. Conferencia-módulo estudio general del acto jurídico. Montería. Everbel.VALENCIA ZEA, Arturo, “Derecho civil Tomo III de las obligaciones”. Bogotá.Temis.www.ucc.edu.co  en sus bases de datos: EBSCO, E-LIBRO, PROWEST,LEGIS NET, DIALNET.www.monografías.com 23. Total Horas por Unidad Formativa: 14 H. T. P. – 8 H .T. I.

    MICROCURRICULO

    EUSTORGIO VERBEL FLOREZCATEDRÁTICO

    http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/

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    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAMICROCURRÍCULOS DE ASIGNATURAS

    Seccional: Montería

    1. Facultad: Derecho2. Programa: Derecho3. Área: Privado4. Asignatura: Teoría del acto jurídico5. Problema: ¿Será que los estudiantes de sexto semestre del programade derecho aprenderán a distinguir el acto jurídico como fuente de lasobligaciones?6. Unidad No. : II7. Temática: EL ACTO JURÍDICO COMO FUENTE

    8. Contenidos:I. LAS FUENTES DE LAS OBLIGACIONES.8. Fuente de las obligaciones de tipo legal o clásica.9. Fuente de las obligaciones según Planiol y Ripert.10. Fuente de las obligaciones según Josserand.11. Fuente de las obligaciones según Pérez Vives.12. Fuente de las obligaciones según Baena Upegui.13. Nuestra propuesta de las fuentes de la obligación

    II. EL CONTRATO PRINCIPAL ACTO JURIDICO.a. Clasificación de los contratos y su importancia..

    9. Método: Formativo

    10.FORMA ESTRATEGIAS 14.MEDIOS 11.H.T.P 12.H.T.I

    13. MomentoPresencial

    Se determinanlos grupos deestudio y se hacela introducción altemacombinando laclase magistral,con talleres,mesas redondasy las consultasbibliográficas del

    tema por partede losestudiantes.

    módulo,talleres,chapolas,código civil yde comercio

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    15.Autoaprendizaje

    Investigación detemas, para

    Materialbibliográfico,

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    absolver losinterrogantes,lecturas, ampliarinformación,elevar nuevosproblemas sobreel estudio delderecho.

    Internet

    16. Trabajo enEquipos

    Se formanequipos detrabajoinmutables, pararealizarlaboratorios-

    Talleres, creaciónde situaciones.Discutir con losdemás grupos

    Puedenutilizar losmedios quemejor seadapte altema a

    tratar, comovideos, retroproyectorCarteleras,tablero

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    17.Acompañamiento

    Asesoría en lasinvestigaciones,apoyo en elanálisis desituaciones ytutorías.Desarrollo deguías de lecturaDiseñó de pautas

    y directivas detrabajo,elaboración deguiones yprocedimientos,metodológicos.Búsquedaasistida enbiblioteca, ysalas deinformática

    Carteleras,Guías, saladeInformática,Biblioteca

    1 1

    18. Evaluación Prueba escrita,exposiciones,

    ensayos,simulacros, paraobtener unaAuto evaluación,coevaluación yheteroevaluación.

    CartelerasInstrumentos

    deevaluación

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    19. Competencias para el Desarrollo del Ser:Con la instrucción se busca construir una actitud profesional como abogado

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    en potencia que es el discente, para que asuma una posición crítica sobre elacto jurídico como fuente de las obligaciones de mucha utilidad en elejercicio profesional.

    20. Competencias para el Desarrollo del Conocer: Asociando: teoría -experiencia y conceptualizaciones personales, para que Comprendan alacto jurídico como fuente de las obligaciones y el contrato como principalfuente sus clases, por ser muy importante para el ejercicio profesional.

    21. Competencias para el Desarrollo del Hacer: Identifica el problema de sufuturo cliente y busca soluciones jurídicas en los casos planteados sobre elacto jurídico como fuente de las obligaciones y el contrato sus clases basepara su ejercicio profesional.

    22. Bibliografía:BAENA UPEGUI, Mario. De las obligaciones en Derecho civil y comercial.Bogotá. LegisDE LA VEGA VELEZ, Antonio. Bases del derecho de obligaciones. Bogotá.Temis.LEDESMA GIL, JJ. Conferencias bases del estudio de las obligaciones.VERBEL FLOREZ, Eustorgio. Conferencia-módulo estudio general del acto jurídico. Montería. Everbel. 2011.VALENCIA ZEA, Arturo, “Derecho civil Tomo III de las obligaciones”. Bogotá.Temis.www.ucc.edu.co  en sus bases de datos: EBSCO, E-LIBRO, PROWEST,LEGIS NET, DIALNET.www.monografías.com 23. Total Horas por Unidad Formativa: 16 H. T. P. – 8 H .T. I.

    MICROCURRICULO

    EUSTORGIO VERBEL FLOREZCATEDRÁTICO

    http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/

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    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAMICROCURRÍCULOS DE ASIGNATURAS

    Seccional: Montería

    1. Facultad: Derecho2. Programa: Derecho3. Área: Privado4. Asignatura: Teoría del acto jurídico5. Problema: ¿Será que los estudiantes de sexto semestre del programade derecho aprenderán a estructurar un acto jurídico?6. Unidad No. : III7. Temática: ESTRUCTURA DEL ACTO JURÍDICO.

    8. Contenidos:

    1. Cosas que deben distinguirse en todo acto jurídico o elementoscaracterísticos del contrato.2. Elementos constitutivos o esenciales u orgánicos del acto jurídico.

    F. La capacidad,G. El consentimiento,H. El objeto,I.  La Causa.

    9. Método: Formativo

    10.FORMA

    ESTRATEGIAS 14.MEDIOS

    11.H.T.P

    12.H.T.I

    13. Momento

    Presencial

    Mediante

    interrogantes quedeben absolverindividualmentese hace laintroducción alestudio y secombina la clasemagistral, que secombina contalleres, mesasredondas y lasconsultasbibliográficas deltema por parte

    de losestudiantes.

    módulo,

    talleres,chapolas,código civil yde comercio

    14

    15.Autoaprendizaje

    Investigación detemas, lecturas,ampliarinformación,elevar nuevosproblemas

    Materialbibliográfico,Internet

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    16. Trabajo en Se forman Pueden 1 4

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    Equipos equipos detrabajoinmutables, pararealizar Talleres,creación desituaciones.Discutir con losdemás grupos

    utilizar losmedios quemejor seadapte altema atratar, comovideos, retroproyectorCarteleras,tablero

    17.Acompañamiento

    Asesoría en lasinvestigaciones,apoyo en elanálisis de

    situaciones ytutorías.Desarrollo deguías de lecturaDiseñó de pautasy directivas detrabajo,elaboración deguiones yprocedimientos,metodológicos.Búsquedaasistida enbiblioteca, y

    salas deinformática

    Carteleras,Guías, saladeInformática,

    Biblioteca

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    18. Evaluación Prueba escrita,exposiciones,ensayos,simulacros, paraobtener unaAuto evaluación,coevaluación yheteroevaluación.

    CartelerasInstrumentosdeevaluación

    2

    19. Competencias para el Desarrollo del Ser:Con la instrucción se busca construir una actitud profesional como abogadoen potencia que es el discente, para que asuma una posición crítica sobre el

    estudio de la estructura del acto jurídico, sus cosas, elementos que lepermiten entender la configuración y validez de esta institución jurídica demucha utilidad en el ejercicio profesional.

    20. Competencias para el Desarrollo del Conocer:Asociando: teoría - experiencia y conceptualizaciones personales, para queComprendan como se estructura un acto, sus cosas y elementos para suvalidez, por ser muy importante para el ejercicio profesional.

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    21. Competencias para el Desarrollo del Hacer:Identifica el problema de su futuro cliente y busca soluciones jurídicas enlos casos planteados sobre la estructura del acto jurídico base para suejercicio profesional.22. Bibliografía:BAENA UPEGUI, Mario. De las obligaciones en Derecho civil y comercial.Bogotá. LegisDE LA VEGA VELEZ, Antonio. Bases del derecho de obligaciones. Bogotá.Temis.LEDESMA GIL, JJ. Conferencias bases del estudio de las obligaciones.VERBEL FLOREZ, Eustorgio. Conferencia-módulo estudio general del acto jurídico. Montería. Everbel.VALENCIA ZEA, Arturo, “Derecho civil Tomo III de las obligaciones”. Bogotá.Temis.

    VERBEL FLOREZ, Eustorgio. “La Causa en nuestra legislación”. Everbel.www.ucc.edu.co  en sus bases de datos: EBSCO, E-LIBRO, PROWEST,LEGIS NET, DIALNET.www.monografías.com 23. Total Horas por Unidad Formativa: 18 H. T. P. – 8 H .T. I.

    MICROCURRICULO

    EUSTORGIO VERBEL FLOREZCATEDRÁTICO

    http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/

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    UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAMICROCURRÍCULOS DE ASIGNATURAS

    Seccional: Montería

    1. Facultad: Derecho2. Programa: Derecho3. Área: Privado4. Asignatura: Teoría del acto jurídico5. Problema: ¿Será que los estudiantes de sexto semestre del programade derecho aprenderán a determinar los efectos de los contratos y el acto jurídico como título?6. Unidad No. : IV7. Temática: EFECTOS DE LOS CONTRATOS, EL ACTO JURÍDICO COMOTÍTULO Y MODOS DE EXTINCIÓN DEL ACTO JURÍDICO.

    8. Contenidos:1. Los efectos de los contratos.2. Interpretación de los contratos.3. El acto jurídico como título.4. El acto jurídico frente al modo.5. Modos de extinción del acto jurídico.

    9. Método: Formativo

    10.FORMA

    ESTRATEGIAS 14.MEDIOS

    11.H.T.P

    12.H.T.I

    13. MomentoPresencial

    Con el métodoPhillis 6 – 6 sehace laintroducción alestudio y secombina la clasemagistral, contalleres, mesasredondas y lasconsultasbibliográficas deltema por partede losestudiantes.

    módulo,talleres,chapolas,código civil yde comercio

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    15.Autoaprendizaje Investigación detemas, lecturas,ampliarinformación,elevar nuevosproblemas

    Materialbibliográfico,Internet

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    16. Trabajo enEquipos

    Se formanequipos detrabajo

    Puedenutilizar losmedios que

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    inmutables, pararealizar Talleres,creación desituaciones.Discutir con losdemás grupos

    mejor seadapte altema atratar, comovideos, retroproyectorCarteleras,tablero

    17.Acompañamiento

    Asesoría en lasinvestigaciones,apoyo en elanálisis desituaciones ytutorías.

    Desarrollo deguías de lecturaDiseñó de pautasy directivas detrabajo,elaboración deguiones yprocedimientos,metodológicos.Búsquedaasistida enbiblioteca, ysalas deinformática

    Carteleras,Guías sala deInformática,Biblioteca

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    18. Evaluación Prueba escrita,exposiciones,ensayos,simulacros, paraobtener unaAuto evaluación,coevaluación yheteroevaluación.

    CartelerasInstrumentosdeevaluación

    2

    19. Competencias para el Desarrollo del Ser:Con la instrucción se busca construir una actitud profesional como abogadoen potencia que es el discente, para que asuma una posición crítica sobrelos efectos e interpretación de los contratos, el acto jurídico como título ylas formas de extinción de mucha utilidad en el ejercicio profesional.

    20. Competencias para el Desarrollo del Conocer:Asociando: teoría - experiencia y conceptualizaciones personales, para queComprendan los efectos e interpretación de los contratos y al acto jurídicocomo título y las formas de extinción, por ser muy importante para elejercicio profesional.21. Competencias para el Desarrollo del Hacer:Identifica el problema de su futuro cliente y busca soluciones jurídicas enlos casos planteados sobre el acto jurídico como título y las formas deextinción base para su ejercicio profesional.

    22. Bibliografía:

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    BAENA UPEGUI, Mario. De las obligaciones en Derecho civil y comercial.Bogotá. LegisDE LA VEGA VELEZ, Antonio. Bases del derecho de obligaciones. Bogotá.Temis.LEDESMA GIL, JJ. Conferencias bases del estudio de las obligaciones.VERBEL FLOREZ, Eustorgio. Conferencia-módulo estudio general del acto jurídico. Montería. Everbel.VALENCIA ZEA, Arturo, “Derecho civil Tomo III de las obligaciones”. Bogotá.Temis.EMILIANI ROMAN, Raimundo. “Efectos, modalidades y extinción de lasobligaciones”. Universidad Sergio Arboleda. Bogotá.www.ucc.edu.co  en sus bases de datos: EBSCO, E-LIBRO, PROWEST,LEGIS NET, DIALNET.www.monografías.com 

    23. Total Horas por Unidad Formativa: 16 H. T. P. – 8 H .T. I.MICROCURRICULO

    EUSTORGIO VERBEL FLOREZCATEDRÁTICO

    http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/http://www.ucc.edu.co/

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    MISIÓN DE LA UNIVERSIDAD:

    La Universidad Cooperativa de Colombia es una institución de EducaciónSuperior, de propiedad social, que por su origen y organización pertenece alsector de la Economía Solidaria.

    Son sus propósitos fundamentales: LA FORMACIÓN de profesionales concriterios políticos, creativos y solidarios que contribuyan al desarrollo armónicode la sociedad.

    LA INVESTIGACIÓN, vinculada a la docencia, como aporte a la solución de

    problemas científicos y sociales; y la EXTENSIÓN, orientada al servicio públicoy al vínculo efectivo con el sector productivo.

    Imparte formación en los campos de las ciencias, las técnicas, las tecnologías ylas humanidades a nivel de pregrado, postgrado y educación no formal, en unambiente activo y flexible de aprendizaje.

    Como comunidad universitaria valora la libertad, la solidaridad, la equidad y elrespeto a la diversidad como fundamento de la construcción de una nuevasociedad.

    Es una universidad de carácter nacional, descentralizada y abierta al mundo.

    VISION DE LA UNIVERSIDAD

    LA UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA será una instituciónmulticampus, reconocida por la calidad de sus servicios educativos,investigativos y de extensión a la comunidad.

    Modelo para la gestión y el avance de la ECONOMIA SOLIDARIA queirradiará su presencia a nivel regional, nacional e internacional.

    Sus programas educativos abarcarán diferentes áreas del conocimiento,

    ofrecerá un ambiente de aprendizaje activo con escenarios variados y utilizarátecnologías de comunicación apropiadas para la transmisión y construcción delconocimiento.

    Estará conformada por un grupo humano capacitado, creativo, solidario yparticipativo, integrado en una estructura organizacional, flexible, dinámica yadaptativa al cambio.

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    PLAN DE TRABAJO

    Para el desarrollo de esta asignatura, que les permite obtener los créditoscorrespondientes al área de Civil III – Teoría del acto jurídico, lo haremos bajoel siguiente plan de aula:

    1. Les presento el temario a desarrollar, que comprende cuatro unidades,cada una tiene su esquema de evaluación.

    2. El sistema de evaluación que permite medir el grado de asimilación decada uno de ustedes y al mismo tiempo nos da las herramientas paraobtener la calificación correspondiente, lo haremos con: investigaciones,

    laboratorios, talleres en clase, exposiciones y pruebas escritas.Teniendo como guía el módulo.

    3. Para la segunda semana de clases deben estar conformados los gruposde trabajo, con un máximo de cinco miembros, que se convertirán enunos semilleros de investigación. Estos grupos son estables, con ellos,trabajaremos durante el semestre. UNA investigación deben adelantar,así:

    Estudiaron los modos de adquirir el dominio, como la tradición en elprograma de bienes. Dentro de éste estudio haremos el contrato comotítulo, dentro de ellos el contrato real, que nos permita tener una visión

     jurídica de los modos como la tradición y la accesión y del título comolos contratos reales. Esto nos otorga un soporte intelectual que conllevea efectuar una investigación tendiente aclarar los conceptosincoherente que existen en el código civil. Donde haremos el siguienteplanteamiento del problema:

    ¿Será que podemos adquirir el dominio de bienes fiscales de los entesdel Estado, mediante un modo diferente a la tradición? 

    Elaborar el proyecto de investigación. Fecha de entrega: primerasemana del mes de septiembre de 2011, fecha del informe se presenta

    el día que se fije para el examen final. 

    ¡Ojo!

    Concertaremos las fechas exactas de entrega del proyecto y del informede la investigación. Si por cualquier motivo no pueden entregar lostrabajos en las fechas concertadas, me lo llevan a mi oficina y así comolo recibo, lo tiro al cajón de la basura. ¡Quedan advertidos! ¡Muchasuerte y éxitos! LOS CUADROS DE TEXTO, SON TAREAS

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    METODOLOGÍA A DESARROLLAR

    Dos grandes instituciones determinan el estudio del derecho como disciplinaque regula las relaciones del ser humano: El acto jurídico y el hecho jurídico.

    Esto otorga una idea de la importancia del asunto a tratar, el estudio del acto jurídico que permite que los estudiantes del sexto semestre del programa dederecho, dentro del marco de las competencias del aprendizaje de esta

    disciplina del conocimiento se estructure en lo INTELECTUAL, donde elestudiante mediante la adquisición del conocimiento, logre asimilarlo yapropiarse de él, para su práctica profesional, que conlleva a una competenciaCOGNITIVA.

    Esto se logra mediante una debida concentración en las distintas sesiones, quegenere en los estudiantes una actitud motiva, organizada, para que establezcalos parámetros definitivos en su disciplina profesional, aplicando MICEA(Método interdisciplinario centrado en equipos de aprendizaje), método quepermite un momento presencial, estimulando el autoaprendizaje, medianteequipos de trabajo, bajo un acompañamiento permanente que conlleve a unacoevaluación, una autoevaluación en la teoría del acto jurídico, sus clases,consecuencias, modificaciones y extinción.

    Dentro del marco legal, tenemos como puerta de entrada al tema a tratar lanorma del artículo 653 del código civil que establece que todo es una cosa yque éstas se dividen en corporales e incorpores y las incorporales son losderechos reales y personales.

     Aclarando que la palabra derecho en nuestra legislación no tiene un sentidotécnico jurídico.

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    OBJETIVO GENERAL

    Que los estudiantes del programa de derecho de la Universidad Cooperativade Colombia, al finalizar el programa y surtida las evaluaciones de cada unidad,

    estén en capacidad de comprender que es un acto jurídico, su estructura jurídica, su clasificación, efectos y extinción.

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    UNIDAD ILA VOLUNTAD EN EL ACTO JURÍDICO

    OBJETIVO ESPECIFICO: Que los estudiantes mediante pruebas escritas,trabajos individuales e investigaciones, al finalizar la unidad estén encapacidad de distinguir un acto jurídico, su estructura y clasificación.

    I.LA VOLUNTAD JURÍDICA Y SU MANIFESTACIÓN

    1. La voluntad jurídica y su evolución.2. Tendencia actual3. La autonomía de la voluntad.4. Límites de la autonomía de la voluntad.

    5. Autonomía privada y ordenamiento jurídico.6. Fuerza vinculante de la autonomía privada.

    III. EL ACTO JURIDICO.

    1. Noción de acto jurídico.2. El hecho jurídico.3. Diferencia entre acto jurídico y hecho jurídico.4. Importancia del acto jurídico5. Concepto de negocio jurídico.6. Efecto del acto jurídico7. Ubicación del acto jurídico dentro de estudio del

    derecho.

    BIBLIOGRAFIA:

    BAENA UPEGUI, Mario. De las obligaciones en Derecho civil y comercial.Bogotá. LegisDE LA VEGA VELEZ, Antonio. Bases del derecho de obligaciones. Bogotá.Temis.LEDESMA GIL, JJ. Conferencias bases del estudio de las obligaciones.VERBEL FLOREZ, Eustorgio. Conferencia-módulo estudio general de lasObligaciones. Montería. Everbel.

    VALENCIA ZEA, Arturo, “Derecho civil Tomo III de las obligaciones”. Bogotá.Temis.www.monografías.com

    EVALUACIÓN.La evaluación la obtendremos como talleres en clase, investigacionesindividuales y en grupo y con una prueba escrita de cinco preguntas.

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    UNIDAD I

    LA VOLUNTAD EN EL ACTO JURÍDICO

    I. LA VOLUNTAD JURÍDICA Y SU MANIFESTACIÓN.

    El derecho no considera lo que sucede en el fuero interno del individuo. Por lotanto, no basta la intención para que pueda hablarse de voluntad jurídica. Esnecesario que a la voluntad interior se agregue una manifestación de ella, quees el elemento objetivo, material, por el cual la voluntad interna trasciende alexterior y empieza a ser considerada por el derecho y en consecuencia, serequieren dos elementos del consentimiento: uno la intención o voluntad interna

    de quienes se proponen realizar un acto y dos, una manifestación clara yadecuada que revele la intención.

    Esta voluntad subjetiva o intención se puede manifestar: expresa o tácitamente,escrita u oral, en virtud del principio de la autonomía de las voluntades, amenos que la ley exija para dicho acto una determinada solemnidad, donde lavoluntad debe ser expresada a través de la solemnidad requerida por la normalegal o sujeta a dicha modalidad.

    Cabe analizar que sucede cuando la voluntad declarada, no corresponde con lavoluntad real. Cuando existe de manera consciente y deliberada unadisconformidad entre la verdadera intención y la declaración aparente, surgeentonces, LA SIMULACIÓN, sobre el particular la Corte supremo de Justicia,ha indicado, que la simulación: “es el acuerdo contractual mediante el cual laspartes emiten una declaración no acorde con la realidad”1.

    Cuando el acuerdo simulatorio consiste en que las partes no quieren, enrealidad llevar a cabo un acto, o, en otras palabras, va destinado a descartartodo efecto negocial, la simulación es ABSOLUTA. Y si el acuerdo consiste enque las partes quieren celebrar un negocio jurídico, pero se le encubre con unropaje diferente, es RELATIVA2.

    Ha afirmado la doctrina y la jurisprudencia que la simulación al surgir de un

    consenso de voluntades, que supone una disconformidad entre la verdadoculta y la declaración aparente, implica que tal fenómeno es producto de unacuerdo simular. Cuando se manifiesta el propósito de simular y el otro, noasume idéntica conducta, puesto que no es posible la simulación unilateral o encabeza de una parte, surge la RESERVA MENTAL, que por sí sola, no seencuentra revestida de eficacia jurídica.

    1 Casación civil de septiembre 14 de 1976.2 Clasificación que encontramos en todos los textos de la doctrina y en los fallos jurisprudenciales.

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    No ofrece duda, que el proceso simulatorio exige la participación conjunta delos contratantes y si así no ocurre, se presenta el fenómeno de la reservamental, que no tiene ninguna trascendencia sobre la validez y fuerza vinculantedel negocio jurídico celebrado en esas condiciones.

    Para que se produzca el fenómeno jurídico de la simulación, es necesario queconcurran los siguientes elementos:

    a. que sea un acto jurídico de formación bilateral,b. que la voluntad declarada no corresponda con la voluntad real,c. que de manera consciente y deliberada haya una disconformidad entre

    la verdadera intención y la declaración aparente,d. que haya disconformidad entre la verdad oculta y la declaración

    aparente,e. que haya asentimiento de las partes por no ser unilateral, debido a que

    la reserva mental no tiene eficacia jurídica,f. Que haya participación conjunta de los contratantes.

    Concluimos que la voluntad requiere de dos elementos: uno que es la intencióny otro la manifestación. Quiere indicar que la voluntad desde el punto de vista

     jurídico es la intención debidamente manifestada.

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    1. LA VOLUNTAD JURÍDICA Y SU EVOLUCION:

    Las teorías filosóficas de la libertad individual y las económicas del librecambio dieron nacimiento al principio de la autonomía de la voluntad,instituyéndola como norma prevaleciente en el código napoleónico. Eseprincipio ejerció notable influjo en todo el ámbito de las relaciones jurídicas,pero particularmente en las de carácter contractual. Y como consecuencia, elcontrato adquirió una importancia fundamental como fuente de las obligacioneshasta convertirse en la base de casi todas las relaciones de los asuntosprivados dentro del derecho.

    Según el principio de la autonomía de la voluntad, el valor jurídico del contrato

    emana del libre acuerdo de las voluntades, las que al obligarse no hacen sinoejercitar o permitir que ejerza una facultad que es inherente a la naturalezahumana.

    Entre nosotros se ha consagrado la misma teoría, tomada del sistemalegislativo francés. Ella reposa sobre un principio absolutamente diferente delque regía en la legislación romana. En Roma, en sus orígenes, la voluntadhumana, en principio, era incapaz por sí sola de crear obligaciones: eramenester que recurriera a ciertos modos y formalidades organizadas por losasuntos civiles del derecho. En el sistema francés actual reposa sobre elprincipio de la autonomía de la voluntad, que es el principio inverso: lavoluntad, por regla general, es capaz por ella misma de crear obligaciones,salvo en ciertos casos muy excepcionales.

    Frente a este cambio de principios ocurre examinar, como cuestión previa,cómo se produjo el paso de un sistema a otro. Por eso veremos las ideas quese han expuesto sobre este punto.

    La idea esencial del formalismo romano es que la voluntad, consideradaindependientemente, es algo demasiado abstracta que expone a incertidumbre.Ella no puede producir efectos sino concretada por hechos materialessensibles. Es solamente entonces cuando la voluntad se presenta consuficiente evidencia. Se exige en esta escuela que la voluntad sea manifestada

    por figuras patentes, determinadas, o por lo menos acompañada de actosmateriales que hieran los sentidos.

    De ahí se derivan las tres categorías de contratos más antiguos: contratosverbis: compromisos creados por una fórmula oral, sacramental, de los cualesel más frecuente era la estipulatio; contratos litteris: formados medianteinscripción de una fórmula en los registros del paterfamilias y contratos re: quese formaban mediante la entrega material de una cosa.

    Comentario [U1]: PREPARAR UNA

    PONENCIA EN LOS GRUPOS DETRABAJO, SOBRE ESTE TEMA PARAUNA MESA REDONDA.

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    Fuera de esos moldes no había sino pactos desprovistos de sanción judicial: esnudo pacto non nascitur actio.

    Para el siglo VII de Roma, cuatro pactos fueron provistos de acción: la venta, elarrendamiento, el mandato y la sociedad. Se les llamaron contratosconsensúales. Fue esa la primera aparición de la idea según la cual lasvoluntades, ligadas entre sí libremente y sin sujeción a formas, pueden crearobligaciones sancionadas por la autoridad pública. Pero esta idea estabacircunscrita a esos cuatro contratos. En lo tocante a los demás pactos, sudesarrollo fue menos lejos. La idea general de este sistema complejo es la deque el pacto no crea acción. Pues el pretor lo sancionaba simplemente pormedio de una excepción: la exceptio pacti conventi.

    La legislación romana allí se detuvo. Pero guardaba el germen de una ideafecunda. La teoría francesa debía nacer del desarrollo de la noción romana delos pactos.

    Etimológicamente, “voluntad f.  FILOS. y PSICOL. Potencia del hombre, que lemueve a hacer o no hacer una cosa. La función de la voluntad es un aspectode la llamada vida de tendencia, o sea, de la aptitud general para reaccionarante los estímulos externos o internos, pero se diferencia de las demásactividades propias de la vida de tendencia en que la voluntad involucra larepresentación intelectual del objeto y es deliberada, si bien obra a base dehábitos, instintos, etc. El racionalismo postergó el concepto de voluntad, quehasta Kant no vuelve a cobrar prestigio. En la filosofía contemporánea sepresenta como valor fundamental. Schopenhauer interpreta el mundo comouna incontenible «voluntad de vivir», y Nietzsche ve al hombre como unadionisíaca «voluntad de poder», legítimamente avasalladora de toda normamoral y de toda mediocridad espiritual. Acto de esta potencia. Libre albedrío odeterminación. Intención determinada, deseo de hacer una cosa o de que otrosla hagan. Consentimiento o aquiescencia. Afición, afecto o benevolencia.Voluntad de hierro La muy enérgica e inflexible. A voluntad. loc. adv. Cuando ocomo se quiera. Ganarse la voluntad de uno.  Captar su benevolencia. Últimavoluntad. La expresada en testamento. Zurcir voluntades. fig. Alcahuetear ”3. 

    3 Online: http://es.thefreedictionary.com/voluntad  Julio 13 de 2011 –  9:31 A.M.

    http://es.thefreedictionary.com/voluntadhttp://es.thefreedictionary.com/voluntadhttp://es.thefreedictionary.com/voluntadhttp://es.thefreedictionary.com/voluntad

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    2. TENDENCIA ACTUAL.

    Los que formularon el principio de la autonomía de la voluntad, establecieroncomo limitaciones suyas los casos que contrariaran el orden público y lasbuenas costumbres. Pero como tales conceptos no quedaron bien definidoscomo factores de limitación, han venido aumentando progresivamente su poderde contención, como resultado de las transformaciones que impone la vidamoderna y como consecuencia de la creciente aplicación del derecho, queencierra un contexto internacional.

    Las instituciones contemporáneas no tienen ya al ser humano como sujetoabsoluto del derecho y dueño de una voluntad para obligarse sin limitaciones,

    sino como individuo sujeto a cierta interdependencia que compromete a actuaren un medio social que se caracteriza por la existencia de relaciones humanasno siempre confluyentes, que limitan la voluntad individual. La voluntad del serhumano subsiste en el derecho con una concepción moderna, como elementoformador de los contratos en forma mecánica y por adherencia y no dentro deun marco de libre discusión y se aprecia en la vida social como factor deesfuerzo y de progreso, pero atemperada y graduada por el interés económicocomo fin que persiguen las partes en el acuerdo.

    Observamos que el derecho se ha puesto al servicio del mercantilismo yquieren derivar su eficacia en la apertura de mercados internaciones, bajosofismas de globalización y las investigaciones olvidan que el derecho busca

    reglamentar nuestro comportamiento y regular la economía y no que laeconomía direccione el comportamiento a través de normas, dejando a laderiva nuestras relaciones producto de la voluntad, los investigadores aplaudenesta concepción, como el siguiente comentario: “Hoy en día, los grandesnegocios se hacen a un nivel empresarial, que de alguna forma impediría unacercamiento tan personal; es por esto que la concepción tradicional decontrato tiende a transformarse, específicamente en lo referente a la libertad delas partes y sobre todo de aquella que consume, en donde ya deja de ser unaceptante para convertirse en un adherente” 4.

    4 BONIVENTO CORREA, Pedro Felipe. Tesis de grado.Online:http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere1/Tesis16.pdf   - Julio 13 de 2011 –  9:45A.M.

    http://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere1/Tesis16.pdfhttp://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere1/Tesis16.pdfhttp://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere1/Tesis16.pdfhttp://www.javeriana.edu.co/biblos/tesis/derecho/dere1/Tesis16.pdf

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    3. LA AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD.- 

    Principio Jurídico de acuerdo con el cual se tiene la facultad de realizar o nodeterminados actos jurídicos y de realizarlos, en su caso con la forma y en laextensión que las partes consideran convenientes. En sentido muy general seentiende por autonomía privada el poder de autodeterminación de la persona,es aquel poder complejo reconocido a la persona para el ejercicio de lasfacultades, sea dentro del ámbito de libertad que le pertenece como individuo.

    La autonomía privada y el ordenamiento Jurídico.- si bien es cierto que lavoluntad desde el punto de vista de la filosofía suele definírsele como lafacultad de querer, como la potencia del espíritu dirigida hacia un fin, desde el

    punto de vista del derecho, se define como la expresión del querer de un sujetoo de varios dirigidos a la realización de un determinado acto jurídico.

    En las fuentes romanas la significación de las palabras voluntas se identificabacon las palabras consenso, animus, y affectus. La autonomía Privada esconsiderada como la capacidad de los sujetos de autorregular sus relacionesen la forma que lo desee. Se transforma en el principio de relatividad de losefectos de los contratos, que convierte el contrato en ley para las partes,casualmente por provenir de la voluntad autónoma de cada parte. Hoyencontramos una voluntad mecánica sujeta a los lineamientos tecnológicosproducto de la sistematización en la comercialización.

    Este concepto proviene de comentarios de filósofos: “Kant explica en elsiguiente texto la autonomía de la voluntad como la capacidad que tiene elsujeto para darse leyes a sí mismo, y ello sin ningún interés, ni propio ni ajeno(lo que haría que sus imperativos fueran condicionados y no mandatospropiamente morales). Este concepto de ser racional como universalmentelegislador le lleva a Kant al concepto de reino de los fines, y a la ley que exigeno tratarse a sí mismo ni a otro ser racional únicamente como mero medio sinosiempre al mismo tiempo como fin en sí mismo. Pertenecemos a este reinogracias a la libertad de la voluntad, cuyo principio es que todas sus acciones sesometan a una máxima que pueda ser ley universal y por tanto universalmentelegisladora. Kant presenta también en el texto la noción de deber: en nosotros

    las máximas no coinciden necesariamente con el principio citado, por lo que lanecesidad de la acción tiene la forma de constricción práctica, de deber; eldeber no descansa en sentimientos, impulsos o inclinaciones sino sólo en larelación de los seres racionales entre sí. Finalmente, Kant señala la dignidadde todo ser racional, dignidad que le corresponde por el hecho de que puedeobedecer a una ley que él se da a sí mismo”5.

    5 Online: http://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htm  julio 13 de 2011 –  10:03 A.M.

    http://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htmhttp://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htmhttp://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htmhttp://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htmhttp://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htmhttp://www.e-torredebabel.com/Historia-de-la-filosofia/Filosofiamedievalymoderna/Kant/Kant-AutonomiaVoluntad.htm

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    4. LIMITES DE LA AUTONOMÍA PRIVADA.-

    “LA AUTONOMÍA PRIVADA.- El ordenamiento jurídico privado no imponemoldes preestablecidos en cuanto al tipo de relaciones jurídicas que puedansurgir, sino que deja en manos de los propios interesados la regulación de susintereses. Ello quiere decir que los sujetos de una relación pueden diseñarla asu gusto, estableciendo los derechos y deberes que tengan por convenientes,su contenido, alcance... todo con la finalidad de que puedan alcanzar losobjetivos propuestos. - La autonomía privada es la capacidad de los sujetos deautorregular sus relaciones en la forma que deseen.1- Autonomía privada y constitución económica. - El reconocimiento de la

     propiedad privada constituye un presupuesto de la autonomía de la voluntad.Esta implica que los particulares tienen libre disposición sobre sus bienes y

     pueden dar a los mismos el destino que estimen conveniente. El ámbito de laautonomía privada es el de las relaciones económicas entre particulares. - Ensegundo lugar, se establece la libertad de empresa como principio rector de la

     política económica. De esta forma, se garantiza el protagonismo de los particulares de intervenir activamente en la vida económica, creando,desarrollando y extinguiendo las empresas o negocios que deseen.2- Límites de la autonomía privada. - La posibilidad de los sujetos de establecerlas relaciones jurídicas que estimen y darles el alcance que deseen no esilimitada: a) La ley constituye sin duda el límite más importante a la autonomíade los particulares. Se refiere a las leyes imperativas, aquellas cuya aplicaciónes obligada, y no admiten ser sustituidas por la voluntad de las partes. b) La“moral” es también un límite a la autonomía  privada, en el sentido de reputarineficaces los acuerdos que contradigan la moral socialmente aceptada en unacomunidad. c) “Orden Público” significa en este ámbito, el conjunto de

     principios e ideas que inspiran el ordenamiento; las distintas leyes que loforman, responden a una determinada concepción del orden público; es eldiseño de la convivencia social que se desprende del conjunto de las leyes. Sevulnera el orden público cuando, sin quebrantar una norma positiva concreta,sin embargo se contradice algún principio que el ordenamiento contiene” 6 .

    De esta forma lo ha reconocido La Corte Constitucional, mediante sentencia T-

    338 de 1993, con ponencia del Magistrado, Dr. Alejandro Martínez Caballero,sobre la autonomía de la voluntad privada, expresó: “ La autoría de la voluntad

     privada consiste en el reconocimiento más o menos amplio de la eficacia jurídica de ciertos actos o manifestaciones de voluntad de los particulares. Enotras palabras consiste en la delegación que el legislador hace en los

     particulares de la atribución o poder que tienen de regular las relacionessociales, delegación que estos ejercen mediante el otorgamiento de actos o

    6 Online: http://www.robertexto.com/archivo15/representacion.htm  julio 13 de 2011 –  9:58 A.M

    http://www.robertexto.com/archivo15/representacion.htmhttp://www.robertexto.com/archivo15/representacion.htmhttp://www.robertexto.com/archivo15/representacion.htmhttp://www.robertexto.com/archivo15/representacion.htm

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    negocios jurídicos. (…) El ordenamiento jurídico reconoce que la iniciativa y elesfuerzo privados, mientras obren con el debido respeto a los derechos (Sic)ajenos y al interés general, representan decisiva contribución al progreso y albienestar de la sociedad. Por ello pone especial cuidado en garantizar la mayorlibertad posible en las transacciones entre particulares y, en general, en todossus actos jurídicos de contenido económico (…)” 7 .

    a. LOS LÍMITES DE LA AUTONOMÍA PRIVADA SON: 

    La voluntad de las partes es libre respecto de todoaquello que la ley no le prohíba o le ordene.

    En todo contrato operaran las cláusulas que serefieren a los requisitos esenciales.Lo que no esta expresamente prohibido estapermitido.Las normas relativas al orden público y a las buenascostumbres son inderogables por voluntad de laspartes.Las consecuencias derivadas de la buena fe, el usoo la ley resultan aplicables en los contratos porencima de los que se hubiesen pactados.La cláusula penal nunca podrá exceder en valor o

    en cuantía a la obligación principal.

    7 MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA. “Guía Institucional de conciliación en tránsito”. 18 -19. On line:http://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20en  Marzo 15 de 2011 –  3 P.M.

    http://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20enhttp://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20enhttp://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20enhttp://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20enhttp://www.conciliacion.gov.co/archivos/documentos/Publicaciones/Guia%20Conciliaci%C3%B3n%20en

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    5. AUTONOMÍA PRIVADA Y ORDENAMIENTO JURÍDICO.-

    Como se ha señalado la autonomía, es la facultad de hacer, no hacer o dejarhacer, lo que la voluntad del individuo como sujeto desee siempre y cuandoesta autonomía de la voluntad no atente contra la moral, las costumbres y elderecho, visto como un ordenamiento jurídico tendiente a regular la autonomíaprivada a través de cuerpos normativos, restrictivos de conducta, que permitenque el hombre coadyuvé en sociedad, toda vez que sin estos ordenamientos

     jurídicos que hasta cierto punto limitan la autonomía privada, seria imposiblecoincidir una sociedad.

    Por lo tanto desde épocas antiguas, o desde el momento mismo que nace la

    sociedad es necesario contar con ciertos ordenamientos que a lo largo deltiempo se fueron haciendo forzosos.

    La legislación nuestra ha recogido esos preceptos que vienen desde lalegislación romana, que toma el código napoleónico, que los nacientes Estadosamericanos acogen como su legislación donde las partes son libres en estipulartodo aquello que no contravenga las normas y las buenas costumbres.

    Las normas legales son supletivas de la voluntad de las partes, pero esto haido cambiando en virtud de los preceptos constitucionales donde el Estado através de sus ramas interviene en todo aquello que no atente contra el ordenpúblico establecido.

    Dentro del marco de las normas que regulan el comportamiento entreparticulares encontramos unas que trascienden socialmente y que puedenafectar el orden público, que erige una nueva rama del derecho, conocida comola rama social dentro del derecho, que comprende relaciones privadas ovínculos privados con trascendencia social, como contratar a un trabajador ocontraer matrimonio, que no podemos dejar al arbitrio de las partes, es más,contratos como la compraventa han venido siendo limitados dentro del marcolegal, por no haber libertad para estipular precios.

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    6. FUERZA VINCULANTE DE LA AUTONOMÍA PRIVADA.-

    La voluntad cuando es exteriorizada, puede vincular o constreñir a los sujetosen realizar alguna conducta bien sea de dar, de hacer, de no hacer o de dejarde hacer, lo anterior en virtud de que la autonomía privada puede llegar aconcretarse en diversas situaciones o supuestos que caen en el supuesto

     jurídico normativo y que le pueden constreñir al surgimiento de determinadasrelaciones contractuales consetudianarias consistentes en determinadassituaciones jurídicas, que podrán hacerse valer de manera forzosa a través deun poder coercitivo denominado Estado.

    Cabe anotar que la voluntad, es la intención debidamente manifestada, es

    decir, que la simple intención no es suficiente para tener fuerza vinculante, perouna vez manifestada se convierte en voluntad y esta si vincula.

    La intención solo es importante en el campo de la interpretación de los actos jurídicos, como lo veremos más adelante.

    Hay ciertos contratos en los cuales la autonomía dela voluntad no opera. En nuestra legislación, lasnormas que reglamentan los contratos son supletivas

    y en ellos son imperativas. ¿Determinar cuáles sonesos contratos?

    HACER UN ENSAYO SOBRE LA SIMULACIÓN,TOMANDO COMO BASE EL TEXTO DELDOCUMENTO QUE LES EXPONGO.EXPRESANDO EL PAPEL DE LA VOLUNTAD. 

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    7. LA SIMULACIÓN

    “En las  relaciones jurídicas diarias los seres humanos, realizan una diversidadde actos simulados. Algunos por el simple gusto de mentir otros con relevancia

     jurídica. En el ámbito de los actos jurídicos, la simulación muy frecuente. Seusa para engañar a terceros con los más diversos fines: aparentar solvencia oinsolvencia económica, defraudar a los acreedores, engañar a un pariente

     pedigüeño, eludir prohibiciones legales, protegerse contra la delincuencia, evitar herir susceptibilidades, evitar el pago de impuestos,  beneficiar a unoshijos antes que a otros, facilitar la realización de ciertos negocios, etc.

    Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto podemos expresar que la

    simulación es toda operación en virtud de la cual se crea una situación jurídicaaparente que difiere de la situación jurídica verdadera,  producto de laocurrencia de determinadas circunstancias adversas a los intereses

     patrimoniales de las partes contratantes.

    FERRARA, mencionado Cámara nos dice que: por La simulación es ladeclaración de un contenido de voluntad no real, emitido conscientemente y deacuerdo entre las partes, para producir con fines de engaño la apariencia de unnegocio jurídico que no existe o es distinto de aquel que realmente se hallevado a cabo; o el acuerdo de partes de dar una declaración de voluntad adesignio divergente de sus pensamientos íntimos, con el fin de engañarinocuamente en perjuicio de la ley o de terceros.

    En líneas generales luego de afirmar que «simular es, como ya se ha dicho,fingir la existencia de un acto totalmente irreal» y que «simular equivale a crearun acto configurándolo de tal forma que produzca una apariencia de veracidadtanto por su estructura como por su forma de confección», a ello también sedebe ahondar que mediante la simulación también se encubre la naturaleza deun acto bajo la apariencia de un acto otro, verbigracia Juan celebra un contratode compraventa con Pedro, cuando en realidad está donando el bien.

    8. NATURALEZA JURIDICA DE LA SIMULACIÓN:

    1. DOCTRINA QUE CONSIDERA A LA SIMULACION COMO UN CASO DEDIVERGENCIA ENTRE LA VOLUTAD Y SU DECLARACIÓN:

    Esta corriente ha sido sostenida por la doctrina tradicional que considera a lasimulación como un caso de divergencia entre la voluntad y su declaración, porconsiderar que los simulantes hacen una declaración de voluntad que nocoincide con su real querer interno. Existe una diversidad de juristas que hastala actualidad se inclinan por esta doctrina así ALBADALEJO al referir a lasimulación expresa que hay simulación de negocio cuando, de común acuerdo,las partes entre sí -o, si aquél es unilateral, de acuerdo al declarante con el

    http://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=0f14e2f923eb24b0&fi=988dbb16dbf6cfc5http://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=b527ca291c29a6cc&fi=988dbb16dbf6cfc5http://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=d7399015f932cbc8&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=4bbedb719c5ebcd4&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos15/plan-negocio/plan-negocio.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=8ce55d8a15152fe4&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/cont/cont.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/naturaleza/naturaleza.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/elproduc/elproduc.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=8ce55d8a15152fe4&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos15/plan-negocio/plan-negocio.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=4bbedb719c5ebcd4&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/delincuenglob/delincuenglob.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=d7399015f932cbc8&fi=988dbb16dbf6cfc5http://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=b527ca291c29a6cc&fi=988dbb16dbf6cfc5http://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=0f14e2f923eb24b0&fi=988dbb16dbf6cfc5

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    destinatario- emiten una declaración (o declaraciones) no coincidente con lavoluntad interna, con el fin de engañar a terceros.

    En nuestro medio uno de los defensores de la teoría clásica es VIDAL al referirque lo más característico de la simulación es la divergencia intencional entre lavoluntad interna y la voluntad manifestada, y que lo interno, que es lo querido, ylo externo que los manifestado, están en oposición consiente, pues las partesno quieren el negocio, sino quieren solamente aparentarlo y, por eso, emitenuna declaración disconforme con su voluntad, que predetermina la nulidad delacto y, al mismo tiempo, sirve para provocar la ilusión falaz de su existencia.

    Las críticas que se le hace está teoría es que no existe divergencia entre lavoluntad interna y la voluntad declarada, ya que si las partes han querido el

    acto aparente no se puede afirmar que han declarado algo distinto de su quererinterno. DE COSSIO, mencionado por TORRES [6] expresa que ninguna de las partes manifiesta una voluntad disconforme con su interno querer, sino queentre ambas están de acuerdo en dar apariencia de veracidad a una voluntaddiversa de la real: de una parte, aparentan quiere algo, y de la otra, no querernada o querer algo diferente. Así en la simulación no hay disconformidad entrela voluntad y la declaración, lo que hay es un querer aparente y un querer real,el cual puede consistir en no querer nada o querer algo distinto. La declaracióndel querer aparente es comunicada a los terceros y la declaración del quererreal se mantiene en secreto, pero ambas declaraciones, la aparente y la real,corresponde al interno querer de las partes. Los otorgantes de un actosimulado, no manifiestan una voluntad distinta a su interno querer, sino, por el

    contrario, expresan su deseo común de realizar un acto ficticio, de mentira,  para engañar a terceros, ya porque con la apariencia no esconden nada quesea real (simulación absoluta), ya porque quieren esconder la verdaderanaturaleza, o el objeto, o el fin del acto que ocultan bajo la apariencia(simulación relativa).

    DOCTRINA QUE CONSIDERA QUE EN LA SIMULACIÓN HAYDIVERGENCIA ENTRE LA DECLARACION Y CONTRADECLARACION:

    La simulación ofrece el espectáculo de que las partes emiten una declaraciónuna contradeclaración dentro del mismo negocio, de suerte que ambas seneutralizan recíprocamente. No debe creerse que existan dos negocios que se

    excluyen sucesivamente. En el elemento de la declaración está contenidatambién la contradeclaración -aunque se fije posteriormente por escrito- y launa se neutraliza por la otra; de modo que el negocio en conjunto conduce a unefecto nulo, puesto que va al resultado dinámico que se deriva de la totalidadde las declaraciones que comprende.

    Según esta teoría los simulantes hacen dos declaraciones de voluntad: ladeclaración interna, denominada contradeclaración destinada a permanecersecreta y la declaración externa que aparece frente a terceros.

    http://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos56/mentira/mentira.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos56/mentira/mentira.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/epistemologia/epistemologia.shtml

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    DOCTRINA QUE CONSIDERA QUE LA SIMULACION ES UN MERODISFRAZ DE LA VOLUNTAD DE LAS PARTES:

    Esta teoría considera que por la simulación las partes adoptan un lenguajeconvencional atribuyendo a la declaración un significado atípico, pero que entreellas tiene valor solamente el acto real. DE CASTRO Y BRAVO, mencionado

     por MORALES [8] nos dice que la declaración simuladora es querida y no sólo para ocultar o engañar; se quiere crear una apariencia y otra un determinado.El dato necesario y suficiente que identifica la simulación es sobre todo laapariencia intencional de un negocio que por acuerdo de las partes no secorresponde en todo o en parte de su real relación.

    DOCTRINA QUE CONSIDERA AL ACTO SIMULADO COMO UNA

    DIVERGENCIA ENTRE LA DECLARACION Y LA CAUSAEl negocio jurídico simulado no puede tener obtener   tutela del ordenamiento

     por la falta de causa y por eso es considerado nulo. El acuerdo simulatorio priva al contrato simulado de su causa, en la medida en que manifiesta lavoluntad de las partes en dar vida solo a una apariencia. PUGLIATTI,mencionado por MORALES nos dice: "de esta manera, por faltar la causa, elnegocio o contrato ostensible estará viciado de nulidad.

    La crítica que se le hace a esta teoría, es que nadie crea una apariencia deacto jurídico así porque sí, sin perseguir alguna finalidad, sino que lo hace en el

     propósito de obtener algún resultado específico. Con el acto simulado, las partes crean una regulación de intereses con la intención de que sea

    inoperante entre ellas, o sea utilizando de modo ficticio una figura jurídica quetiene una específica función económica-social, persiguiendo un fin prácticodiverso. El fin negocial que aparece exteriormente, con el cual quieren dar aentender que desean los efectos típicos de la figura jurídica que ex

     profesamente han escogido, es designado como simulado y como disimuladoen fin realmente perseguido. Este fin real que queda sin expresión sensiblefrente a los terceros, puede consistir en que las partes no quieren ningúnresultado específico o desean esconder un resultado diferente.

    DOCTRINA QUE CONSIDERA A LA SIMULACION COMO UN ACUERDOCOMPLEJO ÚNICO:

    Esta teoría considera que en la simulación concurren dos negocios: el unoaparente y el otro real, en posición de antagonismo, por cuanto es una

     perspectiva que se coloca en contra de la realidad de las cosas y de la unidadde la compleja determinación negocial de los estipulantes. Entendido así lasimulación es un caso de anomalía de la autonomía de la voluntad privada, porel cual los particulares crean un acto complejo que contiene una dobleregulación de los intereses en juego: una regulación valedera para los terceros,y otra regulación operativa solamente entre las partes. Un acuerdo unitario enel cual no existe antinomia entre sus diversas disposiciones, las mismas que

    http://www.monografias.com/trabajos35/concepto-de-lenguaje/concepto-de-lenguaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/metodos-creativos/metodos-creativos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/metodos-creativos/metodos-creativos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/tutela/tutela.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/nuevmicro/nuevmicro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/concepto-de-lenguaje/concepto-de-lenguaje.shtml

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    son ciertas en su correspondiente ámbito de acción:  el ámbito relativo a lasrelaciones entre las partes y los terceros y el concerniente a las relacionesinternas ente las partes. Autonomía de la voluntad privada asume la funciónespecífica de crear un doble reglamento de relaciones, uno que rige entre losestipulantes y otro respecto a los terceros, función que está reconocida por elordenamiento jurídico, en cuanto atribuye relevancia al acuerdo simulatoriocomo tal, con prescindencia de la finalidad que los contratantes persiguen enconcreto. 

    9. REQUISITOS DE LA SIMULACIÓN: Actualmente la doctrinaes unánime la doctrina que considera que los requisitos de lasimulación de los actos jurídicos son dos:

    a) el acuerdo simulatorio; y,b) el fin de engañar a terceros

    Otros autores consideran que además de los requisitos señaladosanteriormente también debe de considerar a la divergencia entre la voluntad ysu manifestación; en nuestro medio VIDAL RAMIREZ, indica que una de lascaracterísticas de la simulación es: la disconformidad entre la voluntad interna yla voluntad manifestada. No compartimos está última característica que se leconsidera al acto jurídico simulado, puesto que ello se adecuaría a lanaturaleza jurídica de la divergencia entre la voluntad interna y la voluntadexterna (manifestación), tal como se ha referido al tratar la naturaleza jurídicade la simulación.

    1. EL ACUERDO SIMULATORIO:

    La simulación no puede realizarse sin la previa disposición de un medio de preexistencia o coexistencia con el negocio simulado: se trata del acuerdosimulatorio. El acuerdo simulatorio es aquél por el que se determina que lodeclarado no es realmente querido, es decir, sobre lo que realmente quierenhacer en privado y lo que realmente quieren aparentar hacer en público.

    La simulación puede ser bilateral o plurilateral o unilateral. Será bilateralcuando en el negocio sólo participan dos partes, plurilateral si existe acuerdode varías partes; y, unilateral en los negocios receptivos, verbigracia en unadonación, en la cual existe únicamente prestación sólo de una de las partes.

    El acuerdo simulatorio denominado también contradeclaración, vincula lasituación aparente y la situación real. El acuerdo simulatorio podrá ser unacuerdo verbal o constar en un documento. A éste último se le denominacontradocumento que viene hacer el contenido de un instrumento público o

     privado que puede ser modificado o dejado sin efecto por otro documento,también público o privado, otorgado por las mismas partes simultáneamente o

     posteriormente. Se puede afirmar por regla general, su finalidad esgarantizarse una de las partes contra el contenido ficticio o simulado del

    http://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histoconcreto/histoconcreto.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtml

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    instrumento principal. Así cuando se declara una deuda inexistente, el supuestodeudor  suelo exigir, del presunto acreedor, el reconocimiento de que la deudaes fingida, cubriéndose así de cualquier intento de la ejecución de la deuda.

    No existe acuerdo simulatorio, sino una declaración disimulada, en aquella quese manifiesta un contenido volitivo, no invalidador total o parcialmente, sinodistinto de la declaración simulada. A veces en la práctica, declaracióndisimulada y acuerdo simulatorio se hallan unidos (e incluso la declaracióndisimulada, muchas veces supone implícitamente, un acuerdo simulatorio quequiete vigor a la otra parte de la declaración simulada que contradice ladisimulada); pero son separables: así, si simultáneamente se vende una cosa

     por 100, pero realmente se establece ocultamente que será permutada porotra, hay acuerdo simulatorio en cuanto se declara (ocultamente) no vender, y

    hay declaración disimulada en cuanto se declara (ocultamente) permutar.

    De igual forma no se debe confundir el acuerdo simulatorio con la reservamental bilateral. Cuando se actúa con reserva mental, los agentes negocialessilencian parte de su voluntad sin conocimiento de la contraparte, de suerte queambas, recíprocamente ocultan o engañan en algo.

    2. EL PERJUICIO DE CAUSAR DAÑOS A TERCEROS:

    Como la simulación se dirige a producir un acto jurídico aparente, el propósitode engañar le es inherente. El engaño va dirigido a los terceros, aunque sea unengaño no reprobado por la ley, aunque no sea un engaño reprobado por laley. En éste último término al decir del Doctor TORRES. El engaño no siempre

    es fraude de los terceros, porque la simulación puede tener una finalidad lícitacomo lícita. Es decir, no es necesario el animus nocendi, sino el animusdecipiendi.

    Fin de engaño, no implica ni intención de dañar, y ni siquiera ilicitud. Se puedequerer engañar, por ejemplo, a un pariente pedigüeño, a cuyo efecto se simulaun acto que disminuya su patrimonio; o se puede querer engañar, por jactancia,

     para dar la impresión de riqueza, a cuyo efecto se simula, por ejemplo, lacompra de un predio. En ambos casos, hay simulación con fin lícito. Pero éstees ilícito, pongamos por caso, cuando se simulan actos de enajenación  paradefraudar a los acreedores, o para evitar un impuesto que nos alcanzaría si elFisco averiguase que lo enajenado simuladamente nos sigue perteneciendo.

    Con la declaración de la simulada las partes muestran a terceras personascomo real y auténtico un acto que lo quieren como una simple apariencia ocomo una apariencia que oculta la verdadera naturaleza o contenido del actoque realizan.

    http://www.monografias.com/trabajos6/elsu/elsu.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=868508bff0d114a8&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fraer/fraer.shtml#frahttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/concepto-enajenacion/concepto-enajenacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/impu/impu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos29/concepto-enajenacion/concepto-enajenacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/fraer/fraer.shtml#frahttp://www.monografias.com/trabajos/epistemologia2/epistemologia2.shtmlhttp://ads.us.e-planning.net/ei/3/29e9/cfa010f10016a577?rnd=0.29716664787431457&pb=868508bff0d114a8&fi=988dbb16dbf6cfc5http://www.monografias.com/trabajos6/elsu/elsu.shtml

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    10. CLASES DE SIMULACION:

    1. SIMULACION ABSOLUTA:

    En la simulación absoluta, la causa es la finalidad concreta de crear unasituación aparente y, por tanto, no vinculante. Por la simulación absoluta seaparenta celebrar un negocio jurídico, cuando en realidad no se constituyeninguno. El negocio jurídico celebrado no producirá consecuencias jurídicasentre las partes. Nuestra  jurisprudencia nacional siguiendo a la teoría clásicade la naturaleza jurídica de la simulación considera a la simulación absolutacuando no hay voluntad de celebrar el acto jurídico y solo en apariencia secelebra. Un claro ejemplo de la simulación absoluta, será cuando una personacon el fin de engañar a sus acreedores simula enajenar su bienes a otros, a fin

    de impedir que estos cobren sus créditos;  pero en realidad no se transfierenada y lo único que se busca es aparentar la celebración de tal acto, puesto,que ni la transferencia del bien ni el pago del  precio se han concretizado.

    Los simulantes quieren solamente la declaración, pero no sus efectos, esto es,se crea una mera apariencia carente de consecuencias jurídicas entre losotorgantes, destinada a engañar a terceros. Hay una declaración exterior vacíade sustancia para los declarantes.

    2. SIMULACION RELATIVA:

    En la simulación relativa, el fin del negocio simulado sí es el de ocular aldisimulado, o a los elementos disimulados, para que los efectos que aparezcan

    al exterior se crean procedentes de un negocio que no es aquél del querealmente proceden, por ejemplo ocultar una donación a través de unacompraventa. En la simulación relativa se realiza aparentemente un negocio

     jurídico, queriendo y llevando a cabo en realidad otro distinto. Los contratantesconcluyen un negocio verdadero, que ocultan bajo una forma diversa, de talmodo que su verdadera naturaleza permanece secreta.

    En la simulación relativa existen dos negocios jurídicos:

    a) Negocio simulado como aparente y fingido

    b) Negocio disimulado como oculto y real.

    En la simulación relativa no se limita a crear la apariencia, como en la absoluta,

    sino que produce ésta para encubrir un negocio verdadero. Para ello seránecesario considerar la unida de la declaración de voluntad de las partes desustituir la regla aparente por una diversa, uniendo así la declaración devoluntad de simular y la declaración de voluntad de establecer un reglamentode intereses distinto de aquél contenido en la declaración ostensible. La

     jurisprudencia nacional también se ha pronunciado en ese sentido que debeexistir dos negocios, así en la Sala de Civil Permanente en la Casación Nº1230-96-HUAURA, refiere que para que se configure la simulación relativadeben existir dos actos en los que intervenga la voluntad de las partes: el acto

    http://www.monografias.com/trabajos11/parcuno/parcuno.shtml#JURISPhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos16/fijacion-precios/fijacion-precios.shtml#ANTECEDhttp://www.monografias.com/trabajos15/financiamiento/financiamiento.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/perde/perde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/parcuno/parcuno.shtml#JURISP

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    oculto, que es el que contiene la voluntad real y el acto aparente, que es lo queen definitiva se celebra.

    3. SIMULACION TOTAL:

    La simulación es total cuando abarca al acto jurídico en su totalidad. Lasimulación total es inherente a la simulación absoluta, pues en ella tiene estacaracterística desde que comprende la totalidad del acto, en todos susaspectos.

    4. SIMULACION PARCIAL:

    La simulación relativa puede ser parcial o total. La simulación relativa totalafecta la integridad del negocio jurídico, verbigracia un anticipo de herencia es

    ocultado mediante un contrato compraventa.La simulación relativa parcial recae solamente sobre alguna de lasestipulaciones del acto. Esto sucede cuando el acto contiene unasestipulaciones que son verdaderas y otras que son falsas. Tal como en uncontrato de compraventa se simulado el precio con la finalidad de evadirimpuestos.

    En la simulación parcial, el acto jurídico no será nulo, por el principio deconservación de los actos jurídicos el acto se mantendrá sólo se anulara lasestipulaciones en los cuales se haya cometido la simulación.

    De otro lado debe distinguirse la simulación con la falsedad. En la falsedad setrata de un hecho material, por el cual se crea, se altera o se suprime algo, conlo que se forja, se modifica o se destruye una prueba testificativa de algunaobligación. Se trata ya de un hecho punible, que cae dentro de la esfera delDerecho Penal. No es una declaración que no corresponde a la realidad, estoes, a lo verdaderamente querido. Mientras que en la simulación parcialcorresponde a datos inexactos y pueden estar referidos a fechas, hechos,cantidades y, en general, declaraciones que no guardan conformidad con larealidad.

    4. SIMULACION LÍCITA:

    Tal como se ha señalado líneas arriba la simulación en principio no es ilícita. Lailicitud se da cuando se perjudica el derecho a terceros. BARBERO considera

    que el fin de la simulación puede ser lícito y que no hay nada ilícito, por ejemplocuando alguien pretende conservar sus bienes para ello simula enajenarlas, afin de evadir ciertos requerimientos de sus familiares.

    La simulación lícita denominada también legítima, inocente o incolora, estadado cuando no se trata de perjudicar a terceros con el acto; además nodeberá violar normas de orden público, imperativas ni las buenas costumbres.Se funda en razones de honestidad. 

    http://www.monografias.com/trabajos13/heren/heren.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/valores/valores.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/valores/valores.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/leyes/leyes.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/basda/basda.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/evde/evde.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/heren/heren.shtml

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    6. SIMULACION ILICITA:

    La simulación es ilícita, maliciosa, cuando tiene por fin perjudicar a terceros uocultar la transgresión de normas imperativas, el orden público o las buenascostumbres, verbigracia un deudor simula enajenar sus bienes a fin de sustraerde la obligación de sus acreedores.

    De otro lado no se debe confundir el acto jurídico simulado ilícito con el error enla declaración. En el primero las partes en forma concertada antelada mente

     pretenden celebrar un acto a fin de que no tenga efectos entre ellos. En elsegundo las partes quieren que el acto tenga plena eficacia, es decir, no existeun acuerdo para perjudicar a los terceros.

    7. SIMULACION POR INTERPOSITA PERSONA:

    La simulación por interpósita persona es una modalidad de la simulaciónrelativa que consiste en que una persona aparezca como celebrante del acto ydestinatario de sus efectos cuando en realidad es otra persona, pues el queaparece celebrando el acto es un testaferro u hombre de paja, un sujetointerpuestos ficticiamente, ya que el acto realmente se celebra con la otra

     persona, el interponente, y sólo en apariencia se celebra con el interpuesto otestaferro. Esta clase de simulación se configura cuando alguien finge estipularun negocio con un determinado sujeto, cuando, en realidad, quiere concluirlo ylo concluye con otro, que no aparece.

    En la simulación por interpósita persona la interposición es ficticia porque quién

    celebra el negocio con el interpuesto sabe que es un testaferro y que losefectos del acto celebrado se proyectan hacia el simulante interponente, porque el acuerdo simulatorio es tripartito, ya que en él participan las dos partes simulantes y la persona interpuesta, quien deliberadamente, de acuerdocon ambas partes, se presta para la formación del acto jurídico simulado.

    11. EFECTOS DEL ACTO JURIDICO SIMULADO:

    Cuando el acto jurídico simulado es lícito puede generar plenos efectos frente aterceros, mas no así entre las partes. La simulación que tiene como fin engañara los terceros o es contrario a las normas imperativas, al orden público o a lasbuenas costumbres es reprobado por el derecho, por tanto, su eficacia se veráoponible, de ello nos ocuparemos a continuación.

    1. EFECTOS DE LA SIMULACION ABSOLUTA ENTRE LAS PARTES:

    Si el acto jurídico ha sido simulado con simulación absoluta, en la que existesólo un acto aparente, irreal, que carece de contenido, pues la voluntad de las

     partes quedó contenida únicamente en el acuerdo simulatorio convenido precisamente para no producir un acto verdadero, el acto jurídico así simuladono produce eficacia alguna, así también se ha pronunciando la jurisprudencia alestablecer que la simulación absoluta tiene como efecto que el acto sea

    http://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/debate-multicultural-etnia-clase-nacion/debate-multicultural-etnia-clase-nacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/fundamento-ontologico/fundamento-ontologico.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/veref/veref.shtml

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    inválido y no se admite su convalidación o confirmación. La simulación relativaes un acto anulable que puede ser confirmado.

    El acto simulado es un negocio ficticio querido y realizado por las partes paraengañar a terceros, pero no para que produzca efectos entre ellas. Losotorgantes quieren la declaración pero su contenido, por lo que no puedenexigir su cumplimiento. Es decir, el acto simulado no produce ningún efectoentre las partes, por la razón de que no es efectivamente sino sólofingidamente querido. Este es el fundamento de la nulidad inter partes del acto

     jurídico que adolece de simulación absoluta. Por ello discrepamos conLOHAMANN al referir que la simulación absoluta requiere necesariamente deun pronunciamiento jurisdiccional, mediante una sentencia. Debemos tener encuenta que el acto nulo es desde su génesis; además, que el juzgador puede

    declarar de oficio de conformidad con el artículo 220 del Código Civil, sinnecesidad de interponer la acción de nulidad.

    La carencia de efectos entre las partes del acto simulado esindependientemente de su licitud o ilicitud. Un acto ficticio, desprovisto decontenido, aun cuando sea lícito, no puede producir efectos para losotorgantes, porque tal fue su común intención al otorgarlo. Con mayor razón siel acto simulado es ilícito, no produce los efectos entre las partes, ni paranadie. Si la simulación es lícita sólo podrá ser invocada por las partes, losterceros quedan desprovistos de la acción por no tener legitimidad para obrar.

    2. EFECTOS DE LA SIMULACION RELATIVA ENTRE LAS PARTES:

    Este negocio simulado tendrá efectos entre las partes, siempre que concurranlos requisitos de validez y no perjudique el derecho del tercero. Así, el negocio

     jurídico disimulado (oculto y real) vincula efectivamente a las partes siempre ycuando concurran sus requisitos de validez. Además, el negocio jurídicodisimulado no debe afectar el derecho del tercero. Aquí se tutela el  interés delos terceros en hacer prevalecer la realidad (negocio disimulado) sobre laapariencia (negocio simulado). Es irrelevante si el negocio simulado (aparentey fingido) no reúne los requisitos de validez.

    Las mencionadas reglas sobre los efectos de la simulación relativa entre las partes están inspiradas en el principio de respeto de la voluntad negocial: en sucarácter disimulado es eficaz a porque las partes lo han deseado efectivamente

    como un acto que surtirá efectos que